La presidenta del Observatorio contra la Violencia de Género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Montserrat Comas, propuso ayer en el Congreso, en el transcurso de su comparecencia ante la Comisión Mixta de los Derechos de la Mujer y de Igualdad de Oportunidades, una serie de reformas de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Tambien se propone la modificación del artículo 57.2 del Código Penal para que los jueces no estén obligados a dictar órdenes de alejamiento en todas las condenas por malos tratos, que han superado la cifra de 50.000 en solo dos años.
En base a un informe elaborado por el grupo de expertos del CGPJ en violencia sexista, Comas abogó por permitir que sea el juez quien, de forma facultativa, valore la gravedad del delito y el riesgo para la víctima, y en función de ello dicte o no el alejamiento que ahora, en virtud de la Ley Orgánica 15/2003, es imperativo en todas las condenas. Afirmaó que se dan casos en los que "las propias víctimas no entienden ni quieren que se mantenga ese alejamiento".
Otra de las propuestas del Observatorio es que los juzgados específicos contra la violencia a la mujer extiendan su jurisdicción a varios partidos judiciales que estén próximos entre ellos, porque están dando resultados satisfactorios algo que no ocurre del todo con los juzgados mixtos, los que se encargan de violencia de género y otros asuntos.
Balance
En el balance sobre los dos años en vigor de la Ley Integral contra la Violencia de Género caben destacar las 133 cuestiones de inconstitucionalidad interpuestas por 22 juzgados.
Respecto a los datos de violencia, crece el porcentaje de las víctimas mortales de nacionalidad extranjera, que suponían casi un 31% en 2005 y ahora alcanzan el 39,3% del total de muertas. No así los agresores (con resultado de muerte) extranjeros, que han pasado de ser el 34,6% del total a un 30% en el mismo periodo.
Respecto a las órdenes de protección, se han adoptado el 75% de las solicitadas. Y se ha condenado a 50.086 personas, un 72% de los juzgados. Pero también se incrementan los procedimientos que han de abandonarse hasta mejor fortuna por falta de pruebas, a pesar de que las pruebas pueden buscarse aunque no haya denuncia, pero no siempre es fácil recabarlas. Estos procedimientos abortados han pasado de 3.847 a 10.773. Una de las sugerencias del Observatorio es que se elimine la dispensa que tienen los cónyuges para no declarar contra su pareja, porque en estos casos, la testigo de lo ocurrido es también la víctima y su testimonio es fundamental.