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05/01/2007 06:30:00 Redacción NJ TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA 2 minutos

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña reconoce la fatiga crónica como causa de invalidez permanente absoluta

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha dictado una sentencia por la que reconoce el síndrome de fatiga crónica como causa de invalidez permanente absoluta. Este síndrome, conocido también como encefalomielitis miálgica, es una enfermedad en la cual faltan las fuerzas y se sufre un cansancio fuerte y prolongado en el tiempo, cuyo origen es todavía desconocido. Para poder diagnosticar este síndrome, es necesario que el paciente haya visto disminuir, al menos en un 50%, la capacidad para realizar sus actividades diarias.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha dictado una sentencia por la que reconoce el síndrome de fatiga crónica como causa de invalidez permanente absoluta. Este síndrome, conocido también como encefalomielitis miálgica, es una enfermedad en la cual faltan las fuerzas y se sufre un cansancio fuerte y prolongado en el tiempo, cuyo origen es todavía desconocido. Para poder diagnosticar este síndrome, es necesario que el paciente haya visto disminuir, al menos en un 50%, la capacidad para realizar sus actividades diarias.

El texto de la sentencia del TSJC señala que “las secuelas determinantes del grado de invalidez permanente absoluta son aquéllas que no permiten siquiera quehaceres livianos, sean o no sedentarios, con un mínimo de continuidad, profesionalidad y eficacia, habiéndose precisado en este sentido que no es posible pensar que en el amplio campo del mercado laboral exista profesión en la que no sea exigible una mínima dedicación, diligencia y atención, indispensables en el más simple de los oficios...”.

La dirección provincial de Girona del INSS reconoció que la demandante padecía fibromialgia reumática, síndrome depresivo-ansioso y síndrome de fatiga crónica, pero denegaba la prestación por considerar que las lesiones no producían un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral como para ser constitutivas de una invalidez permanente. El juzgado de lo social número 3 de Girona no reconoció la invalidez de la mujer, que alegaba en un primer momento fibromialgia, trastorno depresivo-ansioso y radiculopatías, sentencia que fue confirmada en mayo de 2005 por el Tribunal Superior de Justicia.

Posteriormente se reabrió un nuevo proceso, incorporando la fatiga crónica como causa mayor. La sentencia fue dictada en marzo de 2006 por el juzgado de lo social número 1 de Girona y ahora ha sido confirmada por el Tribunal Superior, que además reconoce a la trabajadora el derecho a percibir el cien por cien de la base reguladora de su sueldo con efectos retroactivos desde julio de 2005.

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