Noticias JurídicasOrigen https://noticias.juridicas.com

Actualidad Noticias
16/11/2007 06:21:00 Ministerio de Trabajo DISCAPACITADOS 1 minuto

El Congreso debate la ley que regula las sanciones por vulnerar los derechos de las personas con discapacidad

La Comisión de Trabajo y Asuntos Sociales del Congreso de los Diputados ha sometido a votación el proyecto de ley de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

La Comisión de Trabajo y Asuntos Sociales del Congreso de los Diputados ha sometido a votación el proyecto de ley de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

En la necesidad de una ley de estas características coincide el movimiento asociativo español de la discapacidad y sus familias. El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) participó en su elaboración y este proyecto fue informado favorablemente por el Consejo Nacional de la Discapacidad.

Asimismo, las Comunidades Autónomas fueron consultadas en el proceso de elaboración y en la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales.

Infracciones

Se considerarán infracciones administrativas las vulneraciones del derecho a la igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad cuando se produzcan discriminaciones directas o indirectas, acosos, incumplimiento de las exigencias de accesibilidad y de realizar ajustes razonables, así como el incumplimiento de las medidas de acción positiva legalmente establecidas, especialmente cuando se deriven beneficios económicos para el infractor.

Las infracciones serán "leves", "graves" o "muy graves", según la gravedad de los hechos punibles.

Sanciones

Las infracciones serán sancionadas con multas que irán desde un mínimo de 301 euros hasta un máximo de un millón de euros.

Los criterios tenidos en cuenta en la graduación de las sanciones serán la intencionalidad del sujeto infractor, la negligencia, el fraude, el incumplimiento de las advertencias previas, el volumen de negocios y el número de personas afectadas.

Te recomendamos