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31/12/2007 06:28:00 Tribunal Constitucional DERECHOS Y LIBERTADES DE LOS EXTRANJEROS EN ESPAÑA 1 minuto

El TC declara inconstitucionales y anula varios preceptos de la Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España

El Pleno del Tribunal Constitucional, en Sentencia de fecha diecinueve de diciembre de dos mil siete, y de la que ha sido Ponente el Magistrado don Vicente Conde Martín de Hijas, ha decidido declarar inconstitucionales los arts. 7.1, 8 y 11.1 (exclusivamente respecto al derecho a sindicarse libremente) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, y el inciso “cuando estén autorizados a trabajar” del art. 11.2.

El Pleno del Tribunal Constitucional, en Sentencia de fecha diecinueve de diciembre de dos mil siete, y de la que ha sido Ponente el Magistrado don Vicente Conde Martín de Hijas, ha decidido estimar parcialmente el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía contra la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

A raíz de la citada sentencia se ha declarado extinto  el recurso por desaparición sobrevenida del objeto respecto de la impugnación del art. 22.2 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, en la redacción dada por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre.

Se han declarado inconstitucionales los arts. 7.1, 8 y 11.1 (exclusivamente respecto al derecho a sindicarse libremente) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, en la redacción dada por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre. De igual modo, también se ha declarado la  inconstitucionalidad y nulidad del inciso “cuando estén autorizados a trabajar” del art. 11.2 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, en la redacción dada por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre.

La Sentencia ha recibido el voto particular formulado por  el Magistrado don Vicente Conde Martín de Hijas, al que se adhieren los Magistrados don Jorge Rodríguez-Zapata Pérez y don Roberto García-Calvo y Montiel.

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