Por un lado, figura el compromiso unilateral de lograr, al menos, una reducción del 20 por 100 de las emisiones de gases de efecto invernadero de aquí a 2020 en comparación con 1990. Esta reducción se podría aumentar al 30 por 100 si otros países desarrollados asumen reducciones equivalentes.
Por otro lado, la propuesta incluye el compromiso de alcanzar un 20 por 100 de energías renovables en el consumo total de energía de la UE en 2020. Asimismo, se fijó el objetivo vinculante del 10 por 100 de biocombustibles en el conjunto de combustibles de transporte consumidos en la Unión Europea en 2020, sujeto a la condición de que su producción sea sostenible y a que estén disponibles los biocombustibles de segunda generación.
Este paquete de energía y cambio climático define aspectos clave para la acción comunitaria en materia de energía y de lucha contra el cambio climático. Con ello, la propuesta de la Comisión precisa un marco estable a nivel europeo, independiente de la evolución del proceso negociador en el ámbito de Naciones Unidas.
En coherencia con lo anunciado por el Consejo de Primavera de 2007, la mayor parte del esfuerzo reductor, hasta el -20 por 100, se produce con medidas domésticas y se vincula el incremento del -20 por 100 al -30 por 100 al éxito de la negociación. Como medida incentivadora para los países en desarrollo, se establece que en este período los mercados internacionales de carbono puedan tener un papel más relevante.
Valoración preliminar
Este paquete afecta solamente a las emisiones posteriores a 2012, sin alterar en absoluto los compromisos asumidos por cada uno de los países para el periodo 2008-2012. Lo más novedoso de la propuesta hecha pública por la Comisión es el importante cambio de perspectiva con el que se establecen los objetivos.
Con carácter general, el Gobierno acoge con agrado los principios generales de la propuesta, mucho más coherentes en términos de distribución equitativa del esfuerzo que el esquema de distribución vigente.
No obstante, es preciso hacer una valoración en profundidad de los textos presentados, tanto en el seno del Grupo Interministerial de Cambio Climático, como, con las Comunidades Autónomas, a través de la Comisión creada a tal efecto de Políticas de Cambio Climático y los distintos interesados con representación en el Consejo Nacional del Clima.
Con respecto al contenido de las propuestas, cabe señalar que, en términos generales, la Comisión ha tenido en cuenta adecuadamente el principio de equidad entre Estados y entre instalaciones sujetas al régimen de comercio de derechos de emisión. Se proponen reglas más coherentes con criterios ambientales de eficiencia que evitarán posibles discriminaciones entre instalaciones independientemente del país en que se ubiquen. Se asume una mayor capacidad de pago por parte de los países más ricos de la Unión Europea de cara a facilitar la transición tecnológica de los más pobres. Simultáneamente, se establecen mecanismos para permitir un crecimiento económico más rápido a aquellos Estados miembros más alejados del nivel medio comunitario. Estos principios están en línea con las posiciones que ha venido defendiendo España en el ámbito comunitario.