Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil
- ÓrganoJEFATURA DEL ESTADO
- Publicado en BOE núm. 254 de 23 de Octubre de 2007
- Vigencia desde 12 de Noviembre de 2007. Revisión vigente desde 18 de Agosto de 2015


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TÍTULO IV
De los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil
Artículo 24 Defensa de España
Los Guardias Civiles tienen el derecho y deber de defender España de acuerdo con lo previsto en la legislación orgánica de defensa nacional.
Artículo 25 Uso del uniforme y de armas
Los miembros de la Guardia Civil tendrán el derecho y el deber de utilizar el uniforme reglamentario, así como el deber de portar armas para la prestación del servicio, de acuerdo con las normas que regulen dichos usos, en el ejercicio de sus funciones.
Artículo 26 Formación y perfeccionamiento
Los miembros de la Guardia Civil tendrán el derecho y, en su caso, el deber de participar en los cursos y en las actividades formativas destinadas a mejorar su capacidad profesional y facilitar su promoción de acuerdo con los criterios objetivos de selección que se establezcan para el acceso a dichas actividades. Estos criterios deberán respetar los principios que regulan la carrera profesional.