Decreto del Presidente de la Comunidad Autónoma número 13/2013, de veintitrés de julio, de reorganización de la Administración Regional
- Órgano PRESIDENCIA DE LA REGION DE MURCIA
- Publicado en BORM núm. 170 de 24 de Julio de 2013
- Vigencia desde 24 de Julio de 2013. Revisión vigente desde 24 de Julio de 2013
Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- INTRODUCCION
- Artículo Único
- DISPOSICIONES TRANSITORIAS
- DISPOSICIONES DEROGATORIAS
- DISPOSICIONES FINALES

El artículo 5.3 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, atribuye al Presidente de la Comunidad Autónoma la facultad de crear y suprimir las Consejerías, o modificar la denominación y las competencias atribuidas a las existentes.
En virtud de lo expuesto y en uso de las facultades que legalmente me están atribuidas
Dispongo
Artículo Único
La Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia se organiza en las Consejerías que a continuación se indican:
- - Consejería de Presidencia
- - Consejería de Economía y Hacienda
- - Consejería de Agricultura y Agua
- - Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio
- - Consejería de Cultura y Turismo
- - Consejería de Sanidad y Política Social
- - Consejería de Industria, Empresa e Innovación
- - Consejería de Educación, Universidades y Empleo
Disposición transitoria
El personal afectado por las modificaciones orgánicas establecidas en el presente Decreto seguirá percibiendo la totalidad de sus retribuciones con cargo a los créditos a los que venían imputándose, hasta que se proceda a las correspondientes modificaciones presupuestarias.
Disposición derogatoria
Queda derogado el Decreto del Presidente de la Comunidad Autónoma n.o 12/2011, de 27 de junio, de reorganización de la Administración Regional.

Disposición final única
El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.