Decreto 11/2014, de 21 de marzo, por el que se modifica el Decreto 1/2014, de 3 de enero, por el que se regula la Comisión Institucional de La Rioja para la Coordinación de actuaciones de sensibilización, protección y recuperación integral de las víctimas.
- Órgano CONSEJERIA DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA
- Publicado en BOLR núm. 37 de 24 de Marzo de 2014
- Vigencia desde 25 de Marzo de 2014
Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- INTRODUCCION
- Artículo único
- DISPOSICIONES FINALES
- Norma afectada por
-
BOLR 23 Mayo. Corrección de errores del D 11/2014 de 21 Mar. CA La Rioja (modificación del D 1/2014, de regulación de la Comisión Institucional para Coordinación actuaciones de sensibilización, protección y recuperación de las víctimas)
En desarrollo de la Ley 3/2011, de 1 de marzo, de prevención, protección y coordinación institucional en materia de violencia en La Rioja, se aprobó el Decreto 1/2014, de 3 de enero, por el que se regula la Comisión Institucional de La Rioja para la coordinación de actuaciones de Sensibilización, Protección y Recuperación Integral de las Víctimas.
El citado Decreto establece en su artículo 3 la composición e indica que estará integrada por el Presidente, el Vicepresidente y 19 vocales, entre los que se encuentran representantes de las administraciones públicas, y otras instituciones y entidades orientadas a prevenir la violencia, como son las asociaciones que desarrollan el programa de la Red Vecinal de apoyo y acompañamiento a las víctimas del maltrato doméstico.
La Asociación de Familias y Mujeres del Mundo Rural se encuentra representada mediante un vocal en la Comisión, pero no la Federación de Asociaciones de Vecinos de La Rioja, y considerando necesario que figure un vocal en representación de la misma, dado que el objeto del programa de la red vecinal se desarrolla de forma conjunta entre ambas asociaciones, se pretende modificar el Decreto 1/2014, de 3 de enero por el que se regula la Comisión Institucional de La Rioja para la coordinación de actuaciones de Sensibilización, Protección y Recuperación Integral de las Víctimas.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Justicia, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 21 de marzo de 2014 acuerda aprobar el siguiente,
DECRETO
Artículo único
El artículo 3.1.del Decreto 1/2014, de 3 de enero, por el que se regula la Comisión Institucional de La Rioja para la Coordinación de actuaciones de sensibilización, protección y recuperación integral de las víctimas, queda redactado como sigue:
«Artículo 3 Composición
1. La Comisión Institucional de La Rioja para la coordinación de actuaciones de sensibilización, protección y recuperación integral de las víctimas de violencia, estará integrada por su presidente, el vicepresidente y veinte vocales en representación de las administraciones públicas, instituciones y entidades implicadas en la prevención y erradicación de la violencia, con la siguiente distribución:
.../...
- i) Ocho vocales con la siguiente distribución: Un vocal en representación del Colegio de Abogados de La Rioja; un vocal en representación del Colegio de Médicos de La Rioja; un vocal en representación del Colegio de Psicólogos de La Rioja; un vocal en representación del Colegio de Procuradores de La Rioja; un vocal en representación del Colegio de Periodistas de La Rioja; un vocal en representación de la Asociación de Familias y Mujeres del Medio Rural y un vocal en representación de la Federación de Asociaciones de Vecinos de La Rioja, como representantes de la Red Vecinal de apoyo y acompañamiento a las víctimas de maltrato doméstico; y un vocal en representación de la Federación Riojana de Municipios.»

Disposición Final Única Entrada en vigor
El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.