Decreto 206/2006, de 28 de noviembre, por el que se adapta el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía a las Resoluciones aprobadas por el Parlamento de Andalucía en sesión celebrada los días 25 y 26 de octubre de 2006 y se acuerda su publicación.
- Órgano CONSEJERIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
- Publicado en BOJA núm. 250 de 29 de Diciembre de 2006
- Vigencia desde 30 de Diciembre de 2006
Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- INTRODUCCION
- Artículo único. Adaptación y publicación del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía
- DISPOSICIONES FINALES
-
ANEXO
. PLAN DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO DE ANDALUCÍA
- TÍTULO I. BASES DE ORDENACIÓN, APLICACIÓN Y DESARROLLO
- TÍTULO II. MODELO TERRITORIAL DE ANDALUCÍA
- TÍTULO III. ESTRATEGIAS DE DESARROLLO TERRITORIAL
- TÍTULO IV. ZONIFICACIÓN
- TÍTULO V. DESARROLLO Y GESTIÓN DE LA POLÍTICA TERRITORIAL
- SC - 01
- SC - 02
- SC-O3
- SC- 04
- SC - 05
- SC - 06
- SC - 07
- SC - 08
- AR - 01
- AR - 02
- AR - 03
- AR - 04
- AR - 05
- AR - 06
- AR - 07
- AR - 08
- PT - 01
- PT - 02
- ZN - 01
- ZN-02
- ZN - 03
- ZN-04
- SG - 01
- SG - 02
- SG - 03
- SG - 04
- SG - 05
- SG - 06
- Índice de Determinaciones
- Índice de Cartografía
- Serie Cartográfica 1400.000 (Edición reducida)
El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía aprobó mediante Decreto 129/2006, de 27 de junio, el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía. De acuerdo con lo estipulado en el artículo 8.4 de la 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en el artículo 1 del mencionado Decreto, el Plan fue remitido al Parlamento de Andalucía para su aprobación.
El Pleno del Parlamento de Andalucía, en sesión celebrada los días 25 y 26 de octubre de 2006, ha aprobado el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía, así como las Resoluciones consecuencia del debate del citado Plan. Una vez finalizada esta tramitación parlamentaria y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.5 de la Ley 1/1994, 11 de enero, corresponde al Consejo de Gobierno realizar las adaptaciones necesarias del documento y proceder a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para hacer efectiva su entrada en vigor.
En virtud de los antecedentes, a propuesta de la Consejera de Obras Públicas y Transportes conforme dispone el artículo 5.2.b) del Decreto 193/2003, de 1 de julio, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, en relación con el Decreto 202/2004, de 11 de mayo, de estructura orgánica de dicha Consejería, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 28 de noviembre de 2006,
DISPONGO
Artículo único Adaptación y publicación del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía
Se dispone la publicación del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía aprobado por Decreto 129/2006, de 27 de junio, que se acompaña como Anexo al presente Decreto, con las adaptaciones requeridas por las Resoluciones aprobadas por el Parlamento de Andalucía en sesión celebrada los días 25 y 26 de octubre de 2006.
DISPOSICIONES FINALES
Disposición final primera Observatorio Territorial de Andalucía
La creación del Observatorio Territorial de Andalucía, previsto en la determinación normativa 172 del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía, se llevará a cabo mediante Orden de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor del presente Decreto, sin que su funcionamiento implique aumento de las necesidades presupuestarias de la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, a la cual le corresponderá el apoyo técnico y administrativo para el adecuado desarrollo de sus funciones.
Disposición final segunda Habilitación para su desarrollo normativo
Se autoriza a la Consejera de Obras Públicas y Transportes para dictar cuantas disposiciones y actos precise la ejecución y desarrollo de este Decreto.
Disposición final tercera Entrada en vigor
El presente Decreto y el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía, que lo acompaña como Anexo entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
ANEXO
PLAN DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO DE ANDALUCÍA
TÍTULO I
BASES DE ORDENACIÓN, APLICACIÓN Y DESARROLLO
El Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía tiene su fundamento en el desarrollo de las Bases y Estrategias aprobadas por el Consejo de Gobierno (Decreto 103/1999, de 4 de mayo). Como se establece en el artículo 2.3 del Decreto 83/1995, de 28 de marzo, tienen como referencia obligada las políticas de la Unión Europea (principalmente la Estrategia Territorial Europea) y del Estado, así como el conjunto de políticas, planes y programas con incidencia territorial de la Comunidad Autónoma.
El contenido sustantivo del plan queda establecido en la presente Memoria de Ordenación, organizada en un texto articulado con el carácter de determinaciones normativas, de acuerdo con el diferente alcance y finalidad establecidas en la Ley 1/1994, de Ordenación del Territorio de Andalucía.
Con independencia de la Memoria de Diagnóstico Territorial, y demás elementos de carácter informativo del Plan, esta Memoria de Ordenación viene precedida en cada bloque temático significativo de una breve síntesis que expresa la situación de partida y el estado de la cuestión. Ello permite otorgar a esta Memoria de Ordenación un valor añadido por cuanto mejora la comprensión del Plan en su conjunto, y sirve, asimismo, para situar al universo de asuntos que atiende cada apartado sustantivo, justificando y orientando sus objetivos y determinaciones.
El primer Título de este texto articulado está dedicado a las BASES DE ORDENACIÓN, APLICACIÓN Y DESARROLLO que constituyen el núcleo central que define la estructura y la operatividad de las determinaciones sustantivas del Plan.
Además de las cuestiones más generales relacionadas con las características de cualquier instrumento de planificación (naturaleza, finalidad, alcance de sus determinaciones, o la vigencia del Plan), en este Título se establece la coherencia interna de su contenido sustantivo: el Modelo Territorial de Andalucía, las Estrategias de Desarrollo Territorial, y la Zonificación del territorio regional, la cual permite tratar ciertas cuestiones de interés regional en el ámbito territorial en el que se manifiestan. Finalmente, contiene las determinaciones apropiadas para la gestión de la política territorial, que incluye la programación de actuaciones y las medidas instrumentales adecuadas para el desarrollo de sus previsiones.
Todo el Plan, sus contenidos y determinaciones, habrán de ser interpretados a la luz de estas Bases. Es por ello que tienen la condición de «normas», es decir que juegan un papel de aplicación directa e inmediata en el desarrollo de la gestión y aplicación del Plan.
[1] Naturaleza, ámbito y finalidad del Plan [N].
1. El Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía es el instrumento mediante el cual se establecen los elementos básicos de la organización y estructura del territorio de la Comunidad Autónoma, siendo el marco de referencia territorial para los demás planes y la acción pública en general. Su elaboración y aprobación se ha realizado conforme a lo establecido en la Ley 1/1994, de 11 enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía (en adelante Ley 1/1994), el Decreto 83/1995, de 28 de marzo, por el que se acuerda su formulación (en adelante Decreto 83/95), y el Decreto 103/1999, de 4 de mayo, por el que se aprueban las Bases y Estrategias del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía (en adelante Decreto 103/99).
2. El Plan tiene como ámbito de aplicación el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. El límite marítimo se define por la línea exterior del mar territorial, entendida como aquella que transcurre a una distancia de 12 millas contadas desde las líneas de base recta.
3. El Plan defiende una concepción integral del territorio, comprendiendo desde el suelo y el paisaje hasta la cultura, economía y política, dado que es el territorio el que aporta relieves sociales para nuestra identificación como andaluces y andaluzas. En este sentido, el Plan coordinará todas las políticas sectoriales con incidencia en el territorio para aportar coherencia a los territorios que conforman la identidad de Andalucía.
4. El Plan se configura como garante de igualdad entre todos los ciudadanos de Andalucía, en el entendimiento de que el territorio en la actualidad es factor esencial de oportunidades y calidad de vida, por lo que el Plan articula mecanismos que eliminen desigualdades.
5. El Plan tiene entre sus cometidos recoger el mapa de infraestructuras y los niveles de equipamientos andaluces, las zonas protegidas de ámbito autonómico y los límites, así como los criterios de crecimiento de los distintos planes de ordenación urbana.
6. La finalidad general del Plan es definir la organización física espacial para las funciones territoriales de Andalucía, adecuadas a sus necesidades y potencialidades actuales y diseñar una estrategia territorial andaluza global, para garantizar el fin de los desequilibrios internos y asegurar una adecuada conexión del territorio andaluz con el entorno europeo y el Magreb. Dicha organización, en su desarrollo y ordenación detallada, debe cumplir las siguientes condiciones:
- a) Que contribuya al desarrollo socioeconómico equilibrado de la región.
- b) Que proporcione el máximo nivel de articulación e integración interna y con el exterior.
- c) Que haga posible la sostenibilidad regional y su contribución al equilibrio ecológico global.
- d) Que favorezca la cohesión social y la mejora de la calidad de vida mediante el acceso equivalente a los equipamientos y servicios.
7. Los objetivos específicos del Plan se dirigen hacia:
- a) La integración de Andalucía en los procesos de transformación económica, social y territorial que surgen del desarrollo de la sociedad de la información a escala internacional.
- b) La potenciación de aquellos instrumentos que se dirigen a reforzar la competitividad económica y la cohesión social y territorial, en la perspectiva de lograr la convergencia de Andalucía en la Unión Europea.
- c) El establecimiento de una estrategia de desarrollo territorial de Andalucía que permita movilizar su potencial urbano y productivo, garantizar unos niveles de calidad de vida equivalentes para el conjunto de la población, y avanzar hacia un modelo de desarrollo sostenible.
[2] Tipología, alcance y eficacia de las determinaciones del Plan [N].
1. Las determinaciones del presente Plan, de acuerdo con lo establecido en la Ley 1/1994, en el Decreto 83/95, y el Decreto 103/99 se estructuran en: Objetivos, Líneas Estratégicas, Directrices, Normas y Recomendaciones.
2. Las determinaciones del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía vinculan a las Administraciones Públicas y a los particulares en los siguientes términos:
- a) Objetivos [O]: Enuncian la finalidad última a alcanzar con el desarrollo y aplicación del Plan.
- b) Líneas Estratégicas [E]: Definen la orientación general de la actuación pública para materializar los fundamentos básicos del Modelo Territorial de Andalucía, sobre la base de los principios de planificación, coordinación, cooperación y participación.
- c) Normas [N]: Son las determinaciones del Plan que vinculan directamente a las administraciones públicas, tanto en sus objetivos como en los instrumentos a aplicar, para los cuales se establecen criterios, plazos y orientaciones específicas para su aplicación.
- d) Directrices [D]: Son determinaciones vinculantes en cuanto a los objetivos y resultados que deban lograrse, facilitando criterios territoriales, pero dejando los medios concretos para conseguirlos a los distintos organismos competentes.
- e) Recomendaciones [R]: Son determinaciones de carácter indicativo dirigidas a las administraciones públicas en cuyo ejercicio de competencias, en aplicación de los principios de coordinación y concertación, deberán justificar su compatibilidad con los objetivos de la política territorial autonómica.
3. Las actuaciones que se desvíen de las determinaciones establecidas en el Plan deberán justificarse, haciendo explícitas las razones de ello y de la necesidad de reorientar el contenido de las disposiciones del Plan afectadas.
4. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley 1/1994, la actuación de las Administraciones Públicas en la ejecución del presente Plan se regirá por los principios de planificación, participación, cooperación y coordinación, y garantizará la plena aplicación y efectividad de los instrumentos y procedimientos en ella establecidos, sin perjuicio del ejercicio de las competencias atribuidas a cada una de ellas.
[3] Contenido sustantivo y documentación del Plan. Interpretación [N].
1. De acuerdo con lo establecido en la Ley 1/1994, el Decreto 83/95 y el Decreto 103/99, el contenido sustantivo del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía se estructura en los siguientes apartados:
2. El contenido material se compone de los siguientes documentos:
- a) Memoria de Ordenación. Está compuesta por el contenido sustantivo descrito en el apartado anterior, determinaciones y programa de actuación.
- b) Cartografía de Ordenación. La escala de representación (1:400.000) requiere su formalización autónoma, con independencia de la utilización de esquemas o reducciones en la Memoria de Ordenación.
- c) Memoria Informativa. Diagnóstico Territorial. Está constituida por el conjunto de estudios y análisis que fundamentan y justifican los objetivos y propuestas de ordenación y desarrollo territorial. Incluye Anexos y Apéndices, en los que se organizan los estudios complementarios y bases de datos estadísticos utilizados.
3. Constituye un documento complementario del Plan el Informe de Sostenibilidad, elaborado de acuerdo con las orientaciones establecidas en la Directiva 2001/42/CE, que tiene la función de mejorar, desde la perspectiva de la sostenibilidad, los procesos de planificación como proceso continuo de toma de decisiones. Como tal, forma parte del Plan pero, al mismo tiempo, tiene su propia especificidad en su tramitación.
4. El conjunto de estos documentos y apartados específicos constituyen un todo unitario que deberá interpretarse globalmente, buscando la coherencia de sus partes.
[4] Modelo Territorial de Andalucía [N].
1. El Modelo Territorial de Andalucía constituye la referencia más básica de los objetivos de la política territorial andaluza, ofreciendo un esquema de la organización del territorio andaluz que responde a los objetivos y necesidades de la Comunidad, en cuanto que espacio común para su desarrollo equilibrado, solidario y sostenible. Las estrategias territoriales y políticas específicas se entienden en la perspectiva de desarrollar y consolidar dicho Modelo, debiendo la actuación pública, en su conjunto tenerlo en consideración en el diseño de sus políticas y contribuir activamente a su consecución.
2. Principios.
El Modelo Territorial de Andalucía, en cuanto que propuesta intencionada para la consolidación de Andalucía como Comunidad en la perspectiva del medio-largo plazo, se formula a partir de un conjunto de principios que constituyen una determinada opción que le da fundamento y coherencia (Título II), y que asimismo inspiran sus estrategias de desarrollo territorial (Título III). Dichos principios son:
- a) El reconocimiento de la diversidad natural y cultural de Andalucía.
- b) El uso más sostenible de los recursos.
- c) La cohesión social y el equilibrio territorial.
- d) La integración y la cooperación territorial.
3. Referentes.
Los referentes territoriales del Modelo Territorial de Andalucía son los siguientes:
- a) El Sistema de Ciudades.
- b) El Esquema Básico de Articulación Regional.
- c) Los Dominios Territoriales.
- d) Las Unidades Territoriales.
4. Zonificación.
Las referencias territoriales básicas contenida en el Modelo se complementan con la zonificación establecida (Título IV) que opera a diferentes niveles de desagregación espacial según las necesidades funcionales o específicas derivada de sus propias características y de las opciones políticas contenidas en el propio Modelo Territorial:
- a) Dominio Territorial: Corresponde a las más elementales unidades geográficas del Modelo Territorial de Andalucía (Capítulo 1) que permiten la identificación de características, problemas y oportunidades comunes, así como la concreción de determinadas estrategias de desarrollo.
- b) Unidad Territorial: Ámbitos que operan como marco para la aplicación particular de objetivos estratégicos de ordenación territorial y de directrices para su desarrollo (Capítulo 2).
- c) Ámbito de planificación. Se corresponde con los ámbitos específicos para los que se establece, y en su caso se programa, la realización de determinados planes o programas.
[5] Estrategias de Desarrollo Territorial y Zonificación [N].
1. Las Estrategias de Desarrollo Territorial constituyen el núcleo central y más desarrollado de las propuestas del Plan, en la medida que contienen las líneas de actuación necesarias para la consecución del Modelo Territorial de Andalucía. Estas Estrategias son el resultado de aplicar los principios del Modelo a cada uno de los referentes espaciales considerados. Las Estrategias se agrupan en cuatro capítulos: Sistema de Ciudades, Sistemas de Articulación Regional, Sistema Regional de Protección del Territorio, e Integración Exterior.
2. Sistema de Ciudades.
En donde se establecen determinaciones en relación con el Sistema de Ciudades, formado por el conjunto de asentamientos de Andalucía, y las estructuras urbanas intermedias en su conjunto, y con las políticas que deben ser desarrolladas para consolidarlo. Constituye un conjunto coherente de determinaciones que se adaptan a las diferentes escalas y tipología de Redes de Ciudades establecidas en el Modelo, y a los diferentes aspectos de ordenación territorial que deban ser desarrollados (funciones y dotaciones urbanas, planificación de servicios y equipamientos, cooperación para el desarrollo, planificación y control de procesos de urbanización, etc.).
3. Sistemas de Articulación Regional.
Determinaciones dirigidas a dar respuesta a las necesidades de integración regional y de acceso equivalente a bienes y servicios. Dicho Sistema considera, de forma integrada y específica cada uno de los grandes subsistemas infraestructurales: transportes, telecomunicaciones, energía y agua.
4. Sistema Regional de Protección del Territorio.
El Plan establece como una componente fundamental de la estructura territorial de Andalucía, y de su articulación regional, los distintos bienes y espacios pertenecientes al patrimonio, tanto natural como cultural y el paisajístico. Esta consideración conjunta debe permitir una gestión más integrada para su protección, mejora y puesta en valor. Así mismo, se incluyen las determinaciones dirigidas a la prevención y tratamiento de los riesgos catastróficos.
5. Integración exterior.
Conjunto de determinaciones dirigidas a favorecer las relaciones de Andalucía con el exterior, tanto a escala nacional como continental, a través de los ejes de desarrollo europeo, reforzando la dimensión y el protagonismo euromediterráneo de Andalucía.
6. Zonificación: Dominios y Unidades Territoriales.
El Plan contiene una zonificación del territorio regional, en ámbitos inferiores al conjunto regional, o de escala intermedia (Dominios Territoriales y Unidades Territoriales). A estos ámbitos están referidas ciertas determinaciones complementarias motivadas por las particularidades físico-naturales y de los aprovechamientos socio-económicos de los recursos de cada uno de ellos. Asimismo, son referencias necesarias para la organización funcional del territorio y para el desarrollo de procesos de planificación integral y sectorial de ámbito subregional y, en su caso, local.
[6] Desarrollo operativo y aplicación del Plan [N].
1. Por su naturaleza y ámbito, el Plan adquiere un carácter ordenador de la actuación pública, especialmente en su función planificadora, siendo necesaria para su completo desarrollo la mediación de otros instrumentos que concreten las orientaciones estratégicas de la política territorial definida en éste. El Plan activa la capacidad instrumental (planes y programas) del vigente marco jurídico-administrativo para ordenar la actuación pública en la perspectiva de consolidar y profundizar en el Modelo Territorial de Andalucía.
2. Planificación.
De acuerdo con la Ley 1/1994, los planes a los que vinculan las determinaciones del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía, de acuerdo con su naturaleza y funcionalidad, son: los planes de ordenación territorial de ámbito subregional y los planes con incidencia en la ordenación del territorio. A su vez, el Plan se desarrolla a través de los instrumentos urbanísticos estableciendo criterios para asegurar su coherencia con la política territorial, así como mediante otros instrumentos de planificación directiva o de programación de actuaciones.
- a) Planes de Ordenación del Territorio de ámbito subregional. Son los instrumentos de planificación adecuados para establecer los objetivos y elementos básicos de la organización y estructura del territorio en ámbitos supramunicipales, siendo el marco idóneo para el desarrollo y coordinación de políticas, planes y programas de las administraciones públicas, así como para las actividades de particulares. El Plan establece los ámbitos en los que resulta conveniente y necesaria su formulación y aprobación. Para los planes en vigor, en aquellos casos que proceda una adaptación de sus determinaciones a lo previsto en el Plan, ésta se producirá durante el procedimiento de revisión previsto para cada uno de ellos. La zonificación establecida en este Plan (Dominios y Unidades Territoriales) constituye el marco de referencia más amplio que debe ser tenido en cuenta para la formulación de los Planes de Ordenación del Territorio de ámbito subregional.
- b) Planes con Incidencia en la Ordenación del Territorio. Las actividades de planificación de competencia autonómica señaladas en el Plan, de acuerdo con la Ley 1/1994, tienen la consideración de planes con incidencia en la ordenación del territorio, y son instrumentos necesarios para el desarrollo de la política territorial y la consecución del Modelo Territorial de Andalucía. En el presente Plan se indican los sectores o áreas en los que resultan prioritarios su formulación, definiendo sus objetivos territoriales. Así mismo, se identifican aquellos planes en los que resulta necesaria algún tipo de adaptación para que se desarrollen de forma coherente con la política territorial.
- c) Instrumentos del sistema de planeamiento urbanístico. El planeamiento urbanístico queda obligado a guardar la debida coherencia con las determinaciones de la planificación territorial. La adaptación del planeamiento general se producirá en el proceso normal de su formulación o innovación en los términos establecidos en la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y el artículo 29 de la Ley 13/2005, de 11 de noviembre de Medidas para la Viviendas Protegida y el Suelo.
- d) Otros instrumentos de planificación. El Plan establece directrices y recomendaciones dirigidas a incorporar criterios territoriales a planes y programas sectoriales que forman parte del acervo habitual de la gestión pública.
- e) Instrumentos propios de desarrollo del Plan. En determinados casos el Plan establece la necesidad de poner en marcha instrumentos de actuación que desarrollen estrategias y determinaciones, bajo la denominación genérica de «Programas Coordinados». Dichos Programas tienen como finalidad el desarrollo de acciones integradas cuya corresponsabilidad afecta a diferentes organismos de la Administración Pública.
3. Programa de Actuación.
El Plan contiene una programación del conjunto de planes y programas considerado en las Estrategias de Desarrollo Territorial, cuya ejecución permitirá consolidar los objetivos del Plan. Para cada uno de estos planes y programas se establece de forma específica sus objetivos y contenidos, alcance, responsabilidad administrativa y prioridad temporal [Título V, Capítulo 3].
4. Seguimiento y evaluación.
La Ley 1/1994 establece para las actividades de planificación y las intervenciones singulares en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía un Informe de Incidencia Territorial con la finalidad de evaluar su coherencia con la ordenación del territorio. El órgano promotor de estas actividades debe proporcionar la información suficiente sobre los efectos territoriales de dicha iniciativa de planificación y la justificación de su coherencia con la ordenación del territorio vigente. El órgano competente debe realizar un informe señalando, en su caso, las medidas preventivas, correctoras y compensatorias que deban adoptarse.
[7] Gestión de la política territorial [N].
1. La política territorial, por su carácter transversal, requiere para su efectiva aplicación y desarrollo unos órganos que se responsabilicen de su gestión y aplicación, asumiendo el impulso de los instrumentos previstos para su desarrollo y la aplicación de sus determinaciones [Título V].
2. Dichos órganos son, a escala de la Comunidad Autónoma, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, titular de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, titular de la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, la Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Andalucía, y a escala provincial, las respectivas Comisiones Provinciales de Ordenación del Territorio y Urbanismo y los titulares de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Obras Públicas y Transporte.
3. Constituyen, igualmente, medidas necesarias para el desarrollo de las previsiones del Plan, la adecuación de aquellos instrumentos organizativos que cumplen una función de toma de decisiones colegiadas en materias con repercusión territorial e intersectorial.
4. La efectiva ordenación del territorio requiere, asimismo, un nuevo escenario para las estructuras de gestión que sean adecuadas a una realidad de creciente necesidad de cooperación y concertación interadministrativa. Son los instrumentos previstos en la legislación sobre administración local y en consonancia con los principios y orientaciones comunitarias sobre gobernanza. Para su aplicación y desarrollo el presente Plan ofrece un marco de referencia para lograr la coherencia de sus objetivos y funciones con el Modelo Territorial de Andalucía y las Estrategias de Desarrollo Territorial.
5. Para promover la mayor implicación y participación de otras administraciones, de las organizaciones empresariales y sindicales y de la sociedad en general, en el desarrollo del Plan y en la política territorial de la Comunidad, se establecen los mecanismos de información, participación y coordinación más adecuados para ello.
6. Memoria de Gestión del Plan.
Periódicamente la Junta de Andalucía elaborará una Memoria relativa al desarrollo y aplicación del Plan en la que se analizará su grado de cumplimiento de la planificación territorial y previsiones, así como su incidencia en el conjunto de las actuaciones públicas, y propondrá las medidas a adoptar para evitar los desajustes que sean identificados. Asimismo, podrá proponer la modificación parcial o de revisión, y orientar los criterios por los que, en su caso, deban guiarse.
7. Sistema de Información Territorial.
Instrumento previsto en la Ley 1/1994 para el apoyo a la gestión de la política territorial desde el conocimiento de la evolución del territorio y la incidencia de las políticas públicas. El Sistema deberá adecuarse al esquema conceptual derivado del Plan en la organización de la información relativa al territorio andaluz y a las políticas que incidan sobre él, aportando la información necesaria para la elaboración de los indicadores de seguimiento del Plan y la Memoria de Gestión [163].
8. Observatorio Territorial de Andalucía.
Se impulsará la creación del Observatorio Territorial de Andalucía, como órgano de apoyo y colaboración con la Administración, en la aplicación y gestión de la política territorial, con el objetivo específico de analizar las características del territorio andaluz y evaluar sus tendencias, concitando la más amplia participación institucional y de los agentes sociales.
9. El Plan establece el marco conceptual y operativo para la evaluación del sistema territorial de Andalucía, así como para el seguimiento de las políticas, estrategias y actuaciones de acuerdo a sus previsiones, en el marco de los requisitos derivados de las directrices europeas, y en la perspectiva de lograr los objetivos relacionados con el Modelo Territorial de Andalucía y su desarrollo.
[8] Vigencia. Condiciones de modificación y revisión [N].
1. El Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía tendrá vigencia indefinida de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 1/1994. Su entrada en vigor comporta la aplicación de sus determinaciones en los nuevos procesos de formulación y revisión de los planes y programas.
2. El Plan será susceptible de revisión o modificación, de acuerdo con el artículo 27.1 de la Ley 1/1994, y en todo caso, a los ocho años de vigencia se procederá por la Junta de Andalucía a verificar la oportunidad de proceder a su Revisión, la cual se podrá producir en cualquier otro momento si, debidamente justificada y contenida en el informe a que se refiere el apartado 6 del artículo anterior, se produjeran algunos de los supuestos siguientes:
- a) Cuando circunstancias sobrevenidas alteren las hipótesis adoptadas para el Modelo Territorial de Andalucía o las Estrategias de Desarrollo Territorial, en cuanto a sus principios o criterios básicos adoptados en el presente Plan.
- b) Cuando en el desarrollo del Plan se ponga de manifiesto la necesidad o conveniencia de ampliar los principios y objetivos del mismo Modelo Territorial de Andalucía o de sus desarrollos estratégicos.
- c) Cuando la aprobación de algún Plan o Norma de carácter suprarregional (estatal o comunitario) establezcan determinaciones aplicables al interior de la Comunidad de Andalucía que impliquen una transformación del Modelo Territorial.
- d) Cuando otras circunstancias de análoga naturaleza e importancia lo justifiquen, por afectar a los criterios básicos del Modelo Territorial de Andalucía y sus Estrategias de Desarrollo, y así se proponga en el Informe a que se refiere el apartado 6 del artículo 7.
3. La Revisión del Plan requerirá en todo caso que sea acordada por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, y su tramitación se someterá a los mismos procedimientos establecidos para su formulación (artículo 9 Decreto 83/95), siendo potestativa la fase de Bases y Estrategias.
4. Se entiende por Modificación del Plan toda alteración o adición de sus determinaciones básicas que no constituya supuesto de revisión conforme a lo previsto en el apartado anterior, y que puedan ser aprobadas, en su caso, sin reconsiderar la globalidad del Modelo Territorial de Andalucía por no afectar sino de forma puntual y aislada a sus determinaciones.
5. Corresponde al Consejo de Gobierno, a propuesta del titular de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, acordar la formulación de las modificaciones del Plan. Una vez elaborado el documento, será sometido a información pública e institucional. La aprobación final será por Decreto del Consejo de Gobierno, debiendo dar cuenta al Parlamento de Andalucía.
[9] Información y publicidad [N].
1. El Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía se podrá consultar, y obtener información de su contenido, en la sede de los servicios centrales de la Consejería de Obras Públicas y Transportes y en las Delegaciones Provinciales de esta Consejería.
2. Asimismo, se dispondrán los medios necesarios para incorporar sus principales contenidos, y las actuaciones que se realicen en su desarrollo y aplicación, en el portal de la Junta de Andalucía y de la página web de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, así como para ofrecer las posibilidades interactivas suficientes para facilitar su gestión.
TÍTULO II
MODELO TERRITORIAL DE ANDALUCÍA
El Modelo Territorial de Andalucía constituye la imagen más genérica a través de la cual se expresan los objetivos de mayor alcance de la política territorial andaluza. El Modelo ofrece una propuesta finalista y a largo plazo de la ordenación territorial de Andalucía más deseable, partiendo de la identificación de los problemas y oportunidades detectados en el diagnóstico del Plan, en la dirección establecida en el documento Bases y Estrategias aprobadas por el Consejo de Gobierno (Decreto 103/1999).
El Modelo Territorial sustenta las Determinaciones del Plan, en cuanto éstas se dirigen a su construcción, y se constituye como un referente general para las políticas públicas y la actuación de los agentes sociales.
El Modelo Territorial traspasa en algunos aspectos los límites temporales a los que necesariamente se ajustan las Estrategias y las Determinaciones del Plan, ya sea porque plantea objetivos que, razonablemente, escapan de las posibilidades de programación del Plan, ya sea porque, debido a su propio carácter genérico y finalista, no puede ser objeto de una programación precisa.
El Modelo Territorial de Andalucía se fundamenta en dos tipos de consideraciones. Por un lado, contiene el conjunto de referencias territoriales básicas que deben ser tenidas en cuenta por las políticas de ordenación territorial y por las actividades con incidencia sobre el territorio. Por otro lado, enuncia un conjunto de principios orientadores en los que debe sustentarse las estrategias de ordenación y desarrollo territorial a escala regional.
A través de sus referencias y principios, el Modelo sugiere las líneas esenciales a partir de las cuales es posible progresar en la conformación de Andalucía como espacio común, articulado y cohesionado. La historia del territorio andaluz muestra claramente que esa concepción como espacio común ha estado lejos de ser una realidad. Tanto la historia de sus ciudades y sus pueblos como la historia de los aprovechamientos de los recursos naturales ha estado marcada por una clara disimetría en cuanto al comportamiento de los diferentes elementos y estructuras que componen hoy Andalucía. Florecimientos y decadencias de ciudades y territorios se han sucedido en el tiempo. Los ciclos de expansión de las diversas partes del territorio pocas veces han coincidido o se han reforzado mutuamente. Por lo general, esos ciclos han sido, además, de duración limitada, ya se trate de los ciclos mineros (en los siglos XIX y XX), de los ciclos agrícolas (los varios ciclos del olivar, de los viñedos o, en la actualidad de las nuevas agriculturas) o de los ciclos propios de las ciudades (crisis y expansiones urbanas de Sevilla, Cádiz, Málaga, Córdoba y otras muchas ciudades a lo largo de la prolongada historia urbana andaluza). La constitución de Andalucía como Comunidad Autónoma supuso, por primera vez en la historia, la posibilidad de gobernar un territorio bajo un proyecto común, integrando un espacio geográfico de indudable personalidad histórica pero que, de hecho, había funcionado como partes sin un todo.
El Modelo Territorial de Andalucía pretende ser una contribución a la configuración territorial del proyecto común, en donde los diferentes componentes del territorio puedan engarzarse internamente y proyectarse hacia el exterior.
No se trata, en todo caso, de la primera contribución realizada. Desde los inicios de la reciente etapa autonómica, la política territorial ha sido un componente esencial de la administración andaluza. Ello ha permitido lograr avances significativos en la definición de objetivos específicos de ordenación territorial, plasmados en importantes documentos de planificación que han servido como referentes de la acción pública a escala regional y subregional. Así mismo, se ha avanzado notablemente en la incorporación de criterios territoriales en planes y programas de naturaleza sectorial (redes de transporte, energía, agua, equipamientos públicos, desarrollo económico, etc.).
La formulación a mediados de los ochenta, de una propuesta de Sistema de Ciudades, y la aprobación en 1990 de las Bases para la Ordenación del Territorio de Andalucía, constituyó una aportación fundamental para un primer entendimiento global de Andalucía. Dichas propuestas han funcionado, de hecho, como un Modelo de referencia para múltiples políticas con incidencia territorial (especialmente aquellas destinadas a organizar en el espacio el acceso de la población a las redes de infraestructuras, equipamientos y servicios básicos).
Como resultado de la acción pública de los últimos decenios se han logrado avances importantes en una cobertura equilibrada en el territorio para el acceso a bienes y equipamientos públicos aun cuando sea preciso completar determinadas infraestructuras y mejorar la eficacia de los servicios prestados. Por otra parte, las políticas sectoriales con mayor incidencia territorial han ido incorporando en sus instrumentos de planificación criterios acordes con los objetivos de integración y articulación regional. Así, particularmente, han sido los casos de la planificación de infraestructuras (Plan Director de Infraestructuras de Andalucía) o de las planificaciones de servicios y dotaciones a la población (sanidad, educación, servicios sociales, cultura, deporte o equipamientos ambientales). Ello ha repercutido en una sustancial mejora de la calidad de vida de los ciudadanos y en la reducción del desequilibrio histórico entre las áreas urbanas y las rurales (de hecho es ahora en las grandes ciudades donde se detectan quizás los mayores déficit). Y por otra parte, el desarrollo de las infraestructuras territoriales (red viaria especialmente) ha contribuido de manera notable a mejorar la articulación física de Andalucía.
El Modelo Territorial de Andalucía debe considerar como punto de partida esa experiencia. Pero también debe avanzar en la dirección sugerida por nuevas tendencias y nuevos retos observados en los ámbitos regionales e internacionales. Debe ser capaz de dar respuesta a nuevas exigencias de la política territorial, cada vez más amplias y complejas y con mayor necesidad de integrar perspectivas ecológicas y económicas.
En este sentido, es necesario destacar que la propuesta de Modelo Territorial se orienta a dar respuesta a los principales nuevos retos que tiene planteados Andalucía en el contexto de las nuevas tendencias y formas de organización espacial derivadas del proceso de globalización económica y del desarrollo de la sociedad de la información.
Estas nuevas pautas están reforzando el papel directivo que desempeñan las grandes áreas metropolitanas de los países más desarrollados a escala mundial ya que, en ellas, a la tradicional concentración de funciones económicas, se une la consolidación de sus funciones como nodos centrales decisionales de las redes de la información.
El grado de integración en el ámbito de las sociedades con una mayor implantación de las actividades productivas vinculadas con las nuevas tecnologías de la información es, sin lugar a dudas, el factor más decisivo para el desarrollo regional.
Por ello Andalucía ha de optar decididamente por el impulso a la modernización de su base productiva desde la perspectiva de la innovación tecnológica y la cada vez mayor integración exterior. Desde la perspectiva territorial, Andalucía ha de marcarse el objetivo esencial de integrarse plenamente en el territorio de las redes globales, esto es, el de las redes urbanas que forman el entramado básico de la sociedad y la economía de la información.
Sin embargo, esta integración ha de realizarse desde una apuesta explícita por potenciar la propia estructura territorial interna de la Comunidad Autónoma, como única vía para que los procesos de integración exterior permitan un desarrollo equilibrado del conjunto del espacio andaluz. En el futuro, la condición periférica de Andalucía sólo podrá ser superada si sus economías urbanas aprovechan las oportunidades que ofrecen las tecnologías de la información para, una vez eliminado el limitante de la distancia geográfica, desarrollar sectores innovadores fuertemente integrados en las redes internacionales.
Pese a ello, el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía debe reconocer también que subsisten importantes problemas que son reflejo de una insuficiente integración regional.
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• En primer lugar, es preciso mencionar la escasa integración económica del espacio regional. Los análisis económicos (por ejemplo, a partir de las tablas de flujos económicos intersectoriales) muestran con claridad la debilidad de las relaciones económicas internas de Andalucía. Esta debilidad se expresa territorialmente, sobre todo, en la carencia de interrelaciones entre las economías urbanas andaluzas, particularmente entre las grandes ciudades que concentran buena parte de la actividad productiva.
Fuera de las grandes ciudades, en el mundo rural andaluz y en las de ciudades medias, se perciben, por contra, incipientes procesos de integración a escala comarcal, sustentados en el desarrollo de algunos sistemas productivos locales, generadores de bases económicas compartidas, y en el impulso a la cooperación social e institucional (programas de desarrollo rural, creación de mancomunidades y consorcios con fines y objetivos de desarrollo territorial cada vez más complejos, etc.).
La debilidad de las relaciones económicas (e institucionales) entre las diferentes partes del territorio afecta sin duda a la competitividad global de la región y a los términos de su integración exterior.
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• En segundo lugar, y en buena parte relacionado con lo anterior, subsisten en Andalucía desequilibrios territoriales que no han podido ser superados por las políticas de equipamientos o infraestructuras de los últimos años, por más que éstas hayan contribuido de manera notable a la mejora de la calidad de vida y a la accesibilidad de muchas áreas tradicionalmente marginadas.
Los datos demográficos más recientes muestran una clara diferenciación entre una Andalucía en crecimiento poblacional (Litoral, Aglomeraciones Urbanas, Subbético de Córdoba y, en menor medida, Bajo Guadalquivir, Condado-Aljarafe y campiñas del Guadalquivir) y una Andalucía rural que, globalmente, continúa un proceso de despoblamiento, especialmente acusado en ciertas zonas de montaña y de agricultura desfavorecida (poblamiento rural de las Altiplanicies Orientales, Levante de Jaén, Filabres, Alpujarras, Montes de Granada, Valle del Genal, Guadiato, Andévalo, etc.).
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• Los problemas derivados de la falta de integración económica y de los desequilibrios territoriales tienen, finalmente, una traducción espacial en los procesos ecológicos o ambientales. La concentración espacial de la población y la actividad económica en el litoral y en las áreas metropolitanas, con formas muy expansivas de urbanización (asimilando a ese concepto el espacio de las nuevas agriculturas litorales), ha dado lugar a la aparición de importantes desequilibrios ecológicos:
- - Degradación de paisajes rurales centenarios de gran valor cultural (Vega de Granada, Aljarafe, Alcores, hoyas y vegas litorales, tramas urbanas de la Vega del Guadalquivir, etc.).
- - Desaparición de espacios naturales de especial valor ecológico (especialmente en el litoral), y la fragmentación de ecosistemas.
- - Contaminación de suelo, agua y atmósfera, que en algunos enclaves de concentración industrial puede llegar a afectar de forma significativa a la calidad de vida de la población.
- - Generación de un modelo de consumo de recursos naturales (suelo, agua, energía, materiales) crecientemente ineficaz (por más que, en algunos casos, las ratios de consumo andaluz estén por debajo de los niveles nacionales y europeos).
- • Por contra, en las áreas rurales con procesos de despoblamiento, los desequilibrios ambientales se asocian más bien a la pérdida de control territorial sobre el medio; falta de control que tiene su reflejo más evidente en la aceleración de procesos erosivos. El abandono de paisajes agrícolas (ruedos y huertas serranas) o la decadencia de agrosistemas como la dehesa (sustituida en buena parte por cerramientos cinegéticos). Todo ello contribuye al empobrecimiento de muchas culturas territoriales mediante las que se han expresado históricamente las relaciones del hombre con el medio andaluz.
El Modelo Territorial de Andalucía se dirige a dar respuesta a esos problemas territoriales, ejemplificados en los anteriores elementos de diagnóstico (insuficiente integración espacial, particularmente económica, y desequilibrios territoriales y ecológicos). Pero el Modelo también se apoya en la constatación de tendencias y oportunidades que desempeñan, o puedan desempeñar, un papel decisivo en la configuración de un proyecto territorial compartido. Entre esas tendencias y oportunidades merecen destacarse las siguientes:
- • La propia diversidad andaluza, tanto urbana como territorial, que si bien puede ser (o lo ha sido hasta épocas recientes) un factor disgregador, puede ahora ser orientada hacia la búsqueda de complementariedades y sinergias.
- • Los crecientes procesos de relación territorial que se detectan en el espacio regional, que sugieren cada vez más un funcionamiento en red de los componentes del espacio andaluz (ciudades, pueblos, comarcas) tanto en la perspectiva interna como en el marco de la integración exterior. La puesta en marcha de instrumentos de cooperación debe significar un impulso decisivo a la consolidación de estas tendencias.
- • La incipiente incorporación de la perspectiva ambiental a la gestión y el desarrollo de actividades económicas claves. La incorporación de variables ecológicas en las estrategias de las economías urbanas, el turismo o la agricultura intensiva empiezan a ser cada vez menos un componente voluntarista o anecdótico de la actividad para convertirse en un factor determinante de su futuro y de su competitividad a largo plazo.
El Sistema de Ciudades formado por el conjunto de asentamientos de la región -desde las grandes ciudades hasta los pequeños núcleos rurales y sus relaciones de articulación a todas las escalas, constituyen el elemento básico de referencia del Modelo para el diseño de sus Estrategias de Desarrollo.
La organización urbana, sin embargo, no puede ser entendida como un artificio desligado del continuo territorial en el que se localiza. El funcionamiento y la sostenibilidad global del Sistema de Ciudades están condicionados por un envolvente de recursos naturales con el que dicho Sistema mantiene vínculos económicos y ecológicos.
Por otra parte, la competitividad global del sistema productivo andaluz depende, en gran medida, del adecuado manejo de sus recursos naturales. La gestión racional de esos recursos implica dos perspectivas interdependientes:
- • Los sectores productivos que utilizan los recursos naturales han de adecuar su manejo a las condiciones de su capacidad de renovación, es decir, al uso más eficiente a largo plazo de los stocks.
- • La evolución del sistema productivo en su conjunto ha de garantizar las condiciones ambientales de la región mediante el control de los niveles de contaminación, destrucción de la biodiversidad o degradación de los paisajes.
Se trata, pues, de tomar en consideración al territorio en sí mismo como soporte de usos y actividades económicas y bienes patrimoniales capaces de sustentar procesos de desarrollo, enmarcando dichos procesos en una perspectiva de gestión sostenible de los recursos naturales. En esta perspectiva, es preciso evitar que el desarrollo económico conlleve una pérdida de los valores patrimoniales (ecológicos y culturales) o que la permisividad ambiental sea utilizada como factor de competitividad del territorio regional. Para compatibilizar ambas perspectivas, en el último decenio se han aprobado diversos planes relacionados con el aprovechamiento de los recursos naturales, de carácter sectorial pero con una importante incidencia territorial, tales como el Plan Forestal Andaluz, el Plan de Desarrollo Rural, el Plan de Modernización de la Agricultura Andaluza, el Plan de Medio Ambiente de Andalucía, el Plan Andaluz de Regadíos, o el Plan Energético de Andalucía.
En este contexto, el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía propone un referente basado en la zonificación en Dominios y Unidades Territoriales, en las que es posible y deseable plantear estrategias integradas, y diferenciadas, de gestión económica y ecológica del territorio.
Sobre la base de las anteriores consideraciones, el Modelo Territorial de Andalucía constituye una imagen regional que quiere ser, a la vez, una imagen construida a partir del reconocimiento de su propia diversidad interna, esto es, de las diferentes potencialidades y funciones de esos elementos y de las culturas territoriales que han ido fijando la historia andaluza, y por otra parte, una imagen completa, abarcadora de la totalidad de Andalucía en términos de integración de todos sus elementos constitutivos. La diversidad del espacio regional no debe ser entendida como un factor negativo para la consolidación de un espacio común e integrado, sino que, antes bien, es una cualidad que debe ser reconocida, valorada y aprovechada para el logro de esos objetivos.
En ese sentido, el Modelo Territorial de Andalucía es, básicamente, la expresión de un orden que deviene de fomentar y consolidar las relaciones cooperativas entre ciudades y asentamientos, y entre éstos y el territorio y los recursos naturales.
En consecuencia, el Modelo pone el acento en identificar determinadas estructuras territoriales (tanto de escala intermedia o supramunicipal como regional) en las que es posible y deseable impulsar procesos de relación cada vez más complejos entre sus diversos componentes. Se trata, en definitiva, de contribuir mediante medidas de política territorial a la transformación de esas estructuras en redes o sistemas, en ámbitos de relación en los que cada elemento considerado (ciudad, territorio o recurso) salga reforzado y enriquecido, contribuyendo activamente a la vertebración de toda la región y a la activación de sus potenciales de desarrollo.
Los anteriores argumentos abundan en la necesidad de diseñar un Modelo abierto e integrador, cuya imagen no comporte un orden cerrado y jerárquico sino, antes bien, se constituya en una referencia flexible y cuyos contenidos deben servir de guía orientadora para la formulación de objetivos concretos y de estrategias específicas de actuación.
Para ello, el Modelo se concreta en dos tipos de elementos: los Principios orientadores para su efectiva construcción o armadura y los Referentes Territoriales básicos, que se pretende sirvan de marco general al conjunto de políticas con incidencia territorial. Las determinaciones sustantivas del Plan, que se desarrollan posteriormente, se encaminan a hacer efectivos tales Principios y Referentes.
[10] Objetivos del Modelo Territorial de Andalucía [O].
Constituyen la expresión más global de la política territorial andaluza y pueden resumirse en:
- 1. Consolidar Andalucía como un territorio articulado físicamente, integrado económicamente y cohesionado socialmente en el marco de la comunidad española y europea.
- 2. Servir de referencia y favorecer un desarrollo económico solidario y territorialmente equilibrado, que contribuya al incremento de la calidad de vida, el bienestar social y el uso racional de los recursos naturales y culturales.
- 3. Contribuir al desarrollo y aprovechamiento de las capacidades y valores propios del conjunto de la región y de cada una de sus partes, en la perspectiva de su plena integración en el territorio de las redes y de la sociedad de la información y el conocimiento a escala global.
[11] Principios orientadores del Modelo Territorial de Andalucía [E].
El Modelo se construye a partir de unos Principios que son el marco conceptual que permite el entendimiento de la organización del territorio andaluz y, en consecuencia, del conjunto de orientaciones generales y líneas estratégicas para su desarrollo.
1. La diversidad natural y cultural de Andalucía
El Modelo plantea una imagen de la integración regional basada en la consideración de la diversidad y complejidad del territorio andaluz. La rica y prolongada historia del solar andaluz ha dado lugar a una variada gama de matices en las formas de ocupación del territorio, reflejo de las relaciones entre el hombre y el medio en la historia.
Todo ello constituye hoy un patrimonio territorial que debe ser considerado atentamente. Aun cuando el orden territorial heredado no sea considerado intocable (incluso debe o puede ser modificado), las pautas de su organización (tramas de ciudades y asentamientos, colonizaciones del medio rural, invariantes naturales...) deben constituir aspectos a valorar en sí mismos en cuanto constituyentes de culturas territoriales diferenciadas.
El Modelo Territorial de Andalucía y las estrategias y determinaciones que lo desarrollan, contemplan específicamente esta perspectiva: los referentes y relaciones territoriales propuestos incorporan entre sus criterios de definición el potencial, todavía vivo, de sus culturas territoriales y se apoyan en ellas para establecer estrategias de cooperación e integración.
No puede olvidarse, en todo caso, que entre los valores de esas culturas territoriales existe también componentes negativos que dificultan la integración andaluza, entre ellos, especialmente, las denominadas mentalidades localistas que suponen un freno evidente a la formulación de un proyecto común. En ese sentido, el Modelo, en lo que tiene de fomento de las relaciones de integración y cooperación, puede entenderse como una propuesta superadora de dicha mentalidad, aunque sin olvidar la importancia de las identidades locales.
2. El uso más sostenible de los recursos
El Modelo Territorial de Andalucía asume como uno de sus principios orientadores la utilización racional de los recursos, entendida como argumento indispensable para progresar en la creación de un sistema territorial y productivo sostenible, que contribuya a hacer frente a retos de tanta trascendencia como los que plantea el cambio climático.
Esta exigencia implica tener en cuenta la trama de relaciones ecológicas que sustenta el orden territorial, considerando sus consecuencias en coordenadas espaciales y temporales lo más amplias posibles. El Modelo Territorial se reconoce integrado en un sistema de relaciones ecológicas. La ordenación territorial puede y debe contribuir al progreso de la sostenibilidad regional y global a partir de los siguientes aspectos:
- a) Constituyendo un orden territorial favorecedor de la moderación en el consumo de recursos naturales (suelo, agua, energía y materiales) a partir de decisiones que reduzcan las necesidades del desplazamiento horizontal de dichos recursos, especialmente en todo lo que se refiere a la movilidad urbana e interurbana, la potenciación de los recursos energéticos renovables y la más racional utilización del agua. Ello se refleja, especialmente, en el énfasis por opciones de gestión de recursos desde la perspectiva de la demanda.
- b) Favoreciendo, en lo posible, el cierre en los ciclos de producción y consumo de recursos naturales (reducción, reutilización y reciclaje de recursos y dotación de infraestructuras adecuadas para tal fin) y la consecuente mejora de la calidad ambiental mediante la disminución de los efectos contaminantes. El cierre de estos ciclos debe comportar un cambio conceptual de 'residuo' por 'materia prima', así como en el propio tejido productivo para aprovechar estas nuevas oportunidades.
- c) Dando prioridad a soluciones tecnológicas y de gestión que favorezcan el mejor uso de los recursos naturales y la disminución de los efectos contaminantes sobre el medio (en ese sentido deben considerarse las propuestas en relación con los sistemas públicos de transporte como el ferrocarril, el uso de energías más limpias y renovables o la opción por modelos de gestión vinculados a la demanda en los casos del agua y la energía).
- d) Cooperando en la conservación de la biodiversidad presente en el territorio andaluz (espacios naturales, hábitats y especies).
El Modelo del Plan se dirige a una mejora de la relación entre los procesos de desarrollo urbano y las actividades productivas y la gestión de los recursos naturales, teniendo presente que la diversidad del territorio andaluz exige soluciones concretas adaptadas a las variables características sociales y culturales que en él se verifican.
3. La cohesión social y el equilibrio territorial
En los últimos treinta años la mayoría de los pueblos y ciudades andaluzas han dejado de tener una vida cerrada y autárquica. Esta tendencia queda reflejada en procesos territoriales como el crecimiento urbano y económico continuado de la franja litoral, o las crecientes relaciones entre los municipios, incluso de la Andalucía interior y más rural, para gestionar servicios comunes, compartir equipamientos y servicios públicos, o beneficiarse de ayudas públicas (por ejemplo, los programas de desarrollo rural).
No obstante, la insuficiente integración económica de los componentes del territorio regional y la fuerte dualidad social que alberga en su interior cada uno de ellos (áreas urbanas, ciudades, medios rurales) son aspectos aún a superar, como lo es, igualmente, la necesidad de incrementar y mejorar la calidad del empleo . En este sentido, el Modelo Territorial de Andalucía pretende coadyuvar al incremento de la cohesión social, en cuanto ofrece referencias para la creación de espacios de integración económica y aporta argumentos en los que basar proyectos de cooperación.
La cohesión social se entiende, en definitiva, estrechamente vinculada a la integración económica. Es decir, las políticas destinadas a definir las estrategias de desarrollo y a la solución de problemas sociales (paro, marginalidad de grupos de población, condiciones de la población inmigrante...), pueden adquirir mayor eficacia y lógica interna teniendo en cuenta las referencias territoriales del Modelo, en la medida en que éste es expresivo del mayor número posible de relaciones de cooperación en el territorio, sinergias potenciales y creación de economías de escala.
El Modelo y el Plan identifican especialmente tres ámbitos donde la quiebra de la cohesión social pueden resultar determinantes para la integración y articulación del territorio regional:
- a) Por un lado, el mundo rural andaluz más alejado de los niveles de renta y empleo de la media andaluza, todavía con importantes problemas de accesibilidad y con un fuerte y continuado despoblamiento. Por población representa un fragmento minoritario de Andalucía, pero afecta al conjunto de las áreas de montaña de Sierra Morena y Penibética.
- b) Por otro, las áreas y barrios marginales de las grandes ciudades, donde se da el mayor número de hogares vulnerables y excluidos de Andalucía. Son zonas urbanas segregadas desde el punto de vista social, cultural y urbanístico que reflejan la fuerte dualidad de la estructura socioeconómica de Andalucía.
- c) Finalmente, las áreas de concentración de la reciente inmigración, con grupos sociales de procedencia muy diversa y gran movilidad a través de circuitos de trabajo temporal, pero que, en determinadas zonas de Andalucía (especialmente las comarcas de agricultura intensiva litoral) constituyen ya un componente social de las economías locales.
4. La integración y cooperación territorial: el territorio de las redes
La formulación del Modelo es, en gran medida, una propuesta para desarrollar la cooperación territorial en Andalucía. La trama de relaciones entre los diferentes elementos territoriales del espacio regional que el Modelo propone se sustenta sobre la potenciación de los factores de integración y de la cooperación entre ellos. Las referencias territoriales del Modelo deben ser entendidas, pues, como la identificación de aquellos ámbitos económicos y sociales en donde ya se han establecido o es factible establecer redes y estructuras de colaboración para la gestión de asuntos concretos entre los diferentes agentes sociales e institucionales presentes en el territorio. El principio de integración y cooperación territorial se constituye en base para la articulación e integración regional del Modelo Territorial de Andalucía.
Tal como aquí se enuncia, este principio debe responder a dos finalidades:
- a) Lograr un mayor grado de eficacia en la gestión territorial mediante la generación de sinergias y economías de escala que mejoren la competitividad de cada elemento del territorio y de éste en su conjunto.
- b) Responder a criterios de equilibrio y solidaridad territorial y de cohesión social, de manera que el resultado de las estrategias de cooperación tenga en cuenta la superación de las actuales desigualdades territoriales.
El Plan, sin embargo, no puede agotar las posibilidades de relación y cooperación territorial implícitas en el Modelo. El Plan, como instrumento director, se centra específicamente en aquellos aspectos que resultan relevantes en el marco de los objetivos propios y de su escala de referencia:
- a) A escala regional, el diagnóstico efectuado sobre debilidades y oportunidades de la base económica del conjunto de la región, conlleva la necesidad de establecer estrategias de integración y cooperación global y, especialmente, entre los componentes de la estructura territorial de Andalucía con más oportunidades de integración competitiva con el exterior, esto es, las principales áreas urbanas. En ellas, la creación de un orden interno metropolitano es un requisito indispensable para el correcto desarrollo de sus funciones territoriales regionales, así como para mejorar los niveles de calidad de vida de una gran parte de la población andaluza.
- b) A escala intermedia, o subregional, es preciso consolidar las relaciones de cooperación en determinadas estructuras territoriales que desempeñan un papel articulador y equilibrador del territorio, como son las redes de ciudades medias.
- c) En esa misma escala, los escenarios y perspectivas de la Andalucía rural requieren, igualmente, la definición de ámbitos de cooperación supramunicipal, que den respuesta a los problemas y oportunidades específicos a cada territorio y aseguren su integración con el resto del espacio regional.
El énfasis sobre la cooperación territorial no puede ser entendido en términos voluntaristas, aun cuando tanto el Modelo como las Estrategias y Determinaciones del Plan se dirijan a fomentar los procesos de interrelación entre los componentes del la estructura territorial. El principio de cooperación debe ser ante todo un componente esencial de la acción pública a través de políticas concretas que se apoyen en escenarios de integración territorial. Debe ser, por tanto, un criterio de actuación para que alcance la debida maduración e institucionalización.
[12] Referentes Territoriales del Modelo [N].
El Modelo identifica cuatro sistemas básicos determinantes para la ordenación del territorio regional, en la perspectiva de conseguir que sus elementos y estructuras terminen por conformar sistemas, esto es, conjuntos coherentes de relaciones a partir de los cuales pueda mejorarse la integración y la articulación de Andalucía.
1. El Sistema de Ciudades.
El Modelo se centra en aquellas estructuras que se deducen de la red de asentamientos urbanos y rurales de Andalucía, mostrando los vínculos determinantes entre los componentes de dicha red que tienen capacidad para generar ámbitos de cooperación de carácter supramunicipal y de interés regional. El resultado de todo ello es la organización del Sistema de Ciudades entendido como estructuras urbanas de relación con capacidad de conformar redes o sistemas territoriales: el Sistema Polinuclear de Centros Regionales, las Redes de Ciudades Medias, y las Redes Urbanas en Áreas Rurales.
El Modelo identifica, asimismo, la jerarquía urbana configuradas a partir de un cierto número de categorías básicas de las ciudades y asentamientos de la región: las Ciudades principales que se sitúan en la cabecera del sistema y componentes básicos de los Centros Regionales; las Ciudades Medias, con dos niveles internos en consideración de su diferente tamaño demográfico, diversidad y dinámica de su base económica y peso funcional; los Centros Rurales o Pequeñas Ciudades, igualmente subdivididas en dos niveles jerárquicos; y finalmente el resto de asentamientos.
2. Esquema Básico de Articulación Territorial de Andalucía.
La identificación y potenciación de los vínculos de relación entre los diferentes elementos o componentes del territorio está dirigida hacia el objetivo global de su vertebración regional. Los componentes del Modelo resultan de la identificación en el espacio de esas relaciones con capacidad potencial para contribuir a la integración territorial en la escala regional. Como una consecuencia directa de lo anterior, el Modelo contiene una segunda referencia constituida por el Esquema Básico de Articulación Territorial de Andalucía, en el que se expresan las vinculaciones que se establecen entre los diferentes componentes del Sistema de Ciudades, en una imagen global de integración regional.
3. Dominios Territoriales.
La base natural y la historia cultural del territorio andaluz constituyen un referente ineludible del Modelo, en cuanto expresión física de las relaciones entre la sociedad y el medio. Los usos extensivos del suelo y las formas de utilización de los recursos naturales constituyen la base económica directa o indirecta del territorio andaluz, que, por otro lado, han ido generando en el tiempo un conjunto de bienes patrimoniales (naturales, culturales y paisajísticos) que conforman una herencia global que debe ser preservada y potenciada. El Modelo establece como marco de referencia los Dominios Territoriales, las grandes piezas geográficas susceptibles de contener las estrategias más globales sobre los usos del territorio.
4. Unidades Territoriales.
El Modelo aporta un último referente de síntesis basado en la zonificación de la región en Unidades Territoriales. Éstas son el resultado espacial de la integración de los anteriores referentes considerados: las ciudades y los asentamientos junto con sus estructuras y redes; los ejes de articulación física regional; y la base natural y patrimonial.
[13] Sistema Polinuclear de Centros Regionales [N].
Constituye el primer referente urbano para la articulación. Se entiende por Centro Regional al conjunto del ámbito urbano, afectado en mayor o menor medida por procesos de naturaleza metropolitana, en el que se integran cada una de las ciudades principales de Andalucía (capitales de provincia, más Jerez y Algeciras), y su ámbito metropolitano. La delimitación de dicho ámbito ha de considerarse de forma flexible, por lo que el propio Plan prevé la posibilidad de que a lo largo de su período de vigencia puedan incorporarse en cada uno de ellos nuevos municipios atendiendo a las características y tendencias de cada ámbito (Título IV. Zonificación). Se distinguen diferentes situaciones de partida:
1. Atendiendo a la dimensión, estructura y madurez de cada ámbito urbano se distinguen situaciones diversas que tienen, a su vez, un reflejo particularizado a la hora de establecer determinaciones y prioridades sobre la ordenación interna de esos espacios metropolitano:
- a) Las áreas urbanas de Sevilla, Málaga y Granada, responden a un modelo clásico de ciudad central dominante, que han alcanzado un importante grado de complejidad, y que se encuentran en un ciclo del proceso metropolitano en el que la ciudad central empieza a perder peso poblacional y económico relativo a favor de los municipios y núcleos de su primera o segunda corona metropolitana.
- b) Los casos de las áreas de carácter netamente polinuclear, ejemplarmente representados por la Bahía de Cádiz-Jerez y Bahía de Algeciras. La primera con una estructura urbana muy compleja, resultado de una historia territorial muy rica, la segunda con menores dimensiones urbanas, resultado de procesos contemporáneos todavía no consolidados totalmente.
- c) El resto de las áreas urbanas presentan evidentes síntomas de iniciar o consolidar procesos de desarrollo urbano tendentes a formalizar estructuras metropolitanas: Huelva, Almería, Jaén y Córdoba.
2. Este primer nivel del Sistema de Ciudades comparte una responsabilidad común en el proyecto territorial andaluz, aunque se distingan algunas diferencias de pesos económicos, territoriales y funcionales entre ellos:
- a) Los Centros Regionales de Sevilla y Málaga destacan por la concentración de población y actividad económica, por su dinámica urbana y funcional y por su papel decisivo para la integración exterior de Andalucía.
- b) Los Centros Regionales de Bahía de Cádiz-Jerez, Granada y Córdoba, constituyen el segundo nivel. Córdoba y Granada son grandes centros urbanos históricos con poblaciones superiores a los 300.000 habitantes que desempeñan un papel decisivo como referentes urbanos de amplias zonas de Andalucía central y oriental El Centro Regional de Bahía de Cádiz-Jerez muestra importantes potencialidades de desarrollo en la perspectiva de su mayor integración como espacio económico y funcional.
- c) Los Centros Regionales de Huelva, Bahía de Algeciras, Jaén y Almería presentan en la actualidad un menor peso demográfico y económico, consecuencia de su más reciente consolidación como hechos urbanos maduros y complejos, incluyendo su formalización urbanística. Huelva y Almería son factores básicos para la integración de los dos ámbitos geográficos extremos de Andalucía, Jaén se conforma como un área urbana con funciones clave para la organización territorial del interior de la región, mientras la Bahía de Algeciras es un nodo territorial estratégico para las relaciones exteriores andaluzas.
3. El Plan utiliza el referente territorial de los Centros Regionales con dos orientaciones principales, a su vez íntimamente relacionadas entre sí:
- a) Para incorporar a cada uno de los Centros Regionales en un proyecto regional compartido y común para la articulación del espacio andaluz y su integración económica.
- b) Para impulsar políticas de ordenación interna de cada uno de los Centros basándose en enfoques y perspectivas supramunicipales, que den respuesta a los problemas de naturaleza metropolitana en constante incremento.
4. El Plan desarrolla esa doble perspectiva a partir de un conjunto de estrategias relativas a:
- a) La puesta en marcha de la Política Regional de Ciudades
- b) El impulso a la participación activa de los agentes públicos y sociales de cada Centro Regional en la consolidación de procesos de coordinación y cooperación.
- c) La formulación de políticas de ordenación territorial específicas para los Centros Regionales.
- d) La consideración específica de este primer nivel jerárquico del Sistema de Ciudades como componente esencial del Esquema de Articulación Regional y la integración exterior andaluza.
[14] Redes de Ciudades Medias [N].
Constituyen el segundo nivel del Sistema de Ciudades entendidas como conjuntos de ciudades y pueblos que organizan o pueden organizar coherentemente un territorio relativamente homogéneo. El Plan se orienta a consolidar una estrategia global sobre las Ciudades Medias, adaptada a la distinta naturaleza y potencialidades y a su capacidad de completar y enriquecer el Esquema Básico de Articulación Regional sustentado, fundamentalmente, en los Centros Regionales. Las Ciudades Medias deben ser entendidas no como elementos aislados, sino en cuanto a su capacidad de formar redes o sistemas, diferenciadas en función de los variables niveles de madurez y dinámicas, distinguiéndose las siguientes situaciones:
1. Redes de Ciudades Medias Litorales.
A lo largo del litoral atlántico y mediterráneo andaluz se disponen un conjunto de Ciudades Medias que presentan características propias que deben ser tenidas en cuenta de manera diferenciada al resto de Ciudades Medias interiores. El hecho litoral, en sí mismo, constituye un importante aspecto diferenciador, pero también lo es la potente dinámica económica y demográfica de las ciudades de estos ámbitos y la particular configuración de su estructura territorial. Asimismo, es preciso considerar las particularidades del proceso de urbanización de estas ciudades y sus entornos (procesos expansivos que tienden a generar un continuo urbanizado en el que quedan englobadas las ciudades históricas). Ello comporta problemas y oportunidades de ordenación territorial de naturaleza muy diferente al de las Ciudades Medias interiores.
En este ámbito pueden distinguirse redes con diferentes niveles de consolidación:
- a) Redes de Ciudades Medias que ya concentran un importante volumen de población (superior a 200.000 habitantes) y presentan una fuerte especialización funcional (turismo y nuevas agriculturas). Son los casos, en primer lugar, de la Costa del Sol, un ámbito de gran importancia para Andalucía debido a su intenso crecimiento demográfico y su contribución económica al conjunto del sector turístico regional, pero que también soporta serios conflictos urbanísticos y ambientales, generados por el modelo de desarrollo seguido. Y, en segundo lugar, del Poniente almeriense, exponente del fuerte crecimiento sustentado en un sector tan estratégico como las nuevas agriculturas de exportación, que también afronta importantes retos de futuro por sus problemas ambientales, sociales y urbanísticos.
- b) Redes de Ciudades Medias con una base económica mixta de agriculturas intensivas y turismo. Se encuentran aquí las Redes de Ciudades Medias del litoral occidental de Huelva, Costa Noroeste de Cádiz, La Janda, Axarquía-Vélez-Málaga, Costa Tropical granadina y Levante de Almería. Estas Redes no alcanzan aún las dimensiones de las anteriores y carecen todavía de la intensidad y continuidad suficiente en sus relaciones interurbanas. Pese a ello, las tendencias y dinámicas observadas (se trata de algunos de los sistemas urbanos más dinámicos de Andalucía) hacen prever que, en un corto período de tiempo estos conjuntos urbanos se consolidarán como tales redes.
2. Redes de Ciudades Medias interiores.
El valle del Guadalquivir y el surco intrabético constituyen el ámbito con mayor presencia de ciudades medias históricas de Andalucía, componente esencial de su organización y su patrimonio territorial. La proximidad física de este conjunto de ciudades, su continuidad y coherencia espacial y la existencia de bases económicas compartidas (usos agrarios, sistemas productivos locales, etc.) constituyen unos factores que propician un entendimiento en red sobre numerosos aspectos relacionados con el desarrollo territorial de estas ciudades y sus ámbitos de influencia supralocales. De hecho, buena parte de estas ciudades medias han establecido ya importantes vínculos de cooperación en materias económicas, de gestión de servicios o de política territorial y ambiental.
Teniendo en cuenta su distribución territorial, pueden diferenciarse dos grandes ámbitos:
- a) Redes de Ciudades Medias del Valle del Guadalquivir en las que existen ya procesos más o menos intensos de relación económica y territorial. Se consideran dentro de este grupo: Campiña y Subbético de Córdoba y Jaén, Centro-Norte de Jaén, Bajo Guadalquivir, Vega del Guadalquivir, Campiña de Sevilla, Aljarafe-Condado y el ámbito de Montoro.
- b) Redes de Ciudades Medias de las Sierras y Valles Béticos con menor nivel de consolidación interna, ya sea por el menor peso urbano de los elementos que potencialmente pueden constituir dichas redes o por la escasa intensidad y formalización de sus relaciones actuales. Serían los casos de: Serranía de Cádiz-Ronda; Depresiones de Antequera y Granada, Altiplanicies Orientales y el Valle del Almanzora.
[15] Redes de Asentamientos en Áreas Rurales [N].
El Modelo Territorial de Andalucía identifica, en la escala regional, tres tipos básicos de organización del espacio rural, basados en el entendimiento de su funcionamiento como redes de ciudades y pueblos de diferentes características, que aseguran la integración y cooperación entre los asentamientos indispensable para el desarrollo territorial de estas áreas:
1. Redes organizadas por Ciudades Medias.
Fuera de los ámbitos de campiña y litoral, existen Ciudades Medias localizadas en áreas rurales de montaña, en las cuales la aplicación de la propuesta de Red resulta menos inmediata. Son Ciudades Medias representativas de ámbitos territoriales muy centralizados y con predominio de asentamientos rurales. Su papel es particularmente decisivo en la configuración territorial de Andalucía, por cuanto constituyen nodos urbanos vitales para la organización de extensos ámbitos rurales andaluces, si bien deben tender a ir conformando estructuras en red aunque éstas se presentan reducidas a un número limitado de hechos urbanos: Los Pedroches-Guadiato (donde Pozoblanco es la única ciudad media de tamaño demográfico y funcional, aun cuando existen determinados Centros Rurales y Pequeñas Ciudades con cierto potencial: Hinojosa del Duque, Villanueva de Córdoba o Peñarroya-Pueblonuevo, en el valle del Guadiato), y Andévalo-Minas (Valverde del Camino, Riotinto-Nerva).
2. Redes organizados por Centros Rurales.
El Modelo reconoce la centralidad ejercida por algunos núcleos (pequeña ciudad o centros rurales) que desempeñan, como referente de identificación territorial y cultural, así como económica y funcionalmente, papeles similares a los de las Ciudades Medias de las zonas de montaña. A pesar de su menor potencial urbano, dan lugar a formas de organización centralizadas de los asentamientos de un espacio rural.
Aquí se incluyen los ámbitos organizados en torno a uno o varios Centros Rurales con cierta capacidad de servir como referente para la localización de servicios públicos y privados de ámbito supralocal en un territorio de características homogéneas (Aracena, Cazalla-Constantina, Villacarrillo, Cazorla). En estos casos, los Centros Rurales tienen una función decisiva para la organización y funcionamiento en red del conjunto de los asentamientos rurales.
3. Otras Redes de Asentamientos Rurales.
En este tipo de organización se agrupan todas aquellas redes en las que la existencia de Centros Rurales con algunas funciones supralocales, no supone necesariamente la opción por formas de organización netamente centralizadas. De este hecho deriva la necesidad de dar respuestas diferenciadas sobre la base de que, en todo caso, las estrategias de actuación sobre estas Redes deben, por una parte, garantizar un adecuado acceso de la población a los servicios básicos mediante formas de organización adaptadas a la baja densidad y débil demanda, y por otra, asegurar su mejor integración en el Esquema Básico de Articulación Territorial de Andalucía. Dentro de este enfoque se reconocen dos tipos de situaciones:
- a) Redes densas de asentamientos rurales con un alto nivel de cohesión y homogeneidad interna. Dentro de este grupo se encuentran estructuras territoriales como las de Las Alpujarras, Río Nacimiento, y otras de menor dimensión como las existentes en Los Filabres, Contraviesa o Sierra Norte de Huelva (Las Cumbres).
- b) Este tipo de redes de asentamientos rurales puede existir en el interior de estructuras centralizadas, como son los casos de Valle del Genal y Alto Guadalhorce dentro del ámbito de Ronda; la Sierra Sur de Sevilla respecto al subsistema de ciudades medias de la Campiña; o la Axarquía respecto al ámbito de Vélez-Málaga. En estos ámbitos, el Modelo Territorial del Plan subsume esas redes en el interior de estructuras centralizadas, entendiéndolas como dominantes en la escala regional. Sin embargo, en la escala subregional deben ser plenamente analizadas y valoradas como tales ámbitos rurales.
- c) Redes de asentamientos rurales de baja densidad, con estructuras poco definidas. Normalmente es el sistema de asentamientos resultante de procesos de colonización territorial más débiles o inacabados, o bien de procesos de decadencia de un poblamiento rural histórico. Es en este tipo de organizaciones más desarticuladas y también más complejas, donde en mayor medida deben establecerse estrategias de organización propias, las cuales sólo es posible definir con precisión desde la escala subregional.
[16] Esquema Básico de Articulación Territorial de Andalucía [N].
1. Constituye el segundo conjunto de Referentes Territoriales del Modelo. Las categorías y estructuras del Sistema de Ciudades son el fundamento a partir del cual se construye, valorando los requerimientos de relación de cada nodo urbano y de cada estructura de organización territorial intermedia, con un objetivo de integración regional interna y con el exterior. De manera general, todos los componentes del Esquema Básico de Articulación Territorial de Andalucía contribuyen a asegurar la integración en un espacio común de cada una de las partes representativas de la diversidad territorial de Andalucía, pero determinados ejes de relación poseen una carga de valores territoriales que resultan determinantes en mayor medida para la articulación interna y la integración exterior de Andalucía:
- a) La articulación territorial entre los Centros Regionales, en apoyo de su configuración como Sistema Polinuclear de Centros Regionales.
- b) La articulación territorial del litoral andaluz.
- c) La articulación de las Redes de Ciudades Medias, entre sí y en relación con los Centros Regionales.
- d) La articulación de las Estructuras y Redes de Asentamientos Rurales internamente y en su relación con los Centros Regionales y Ciudades Medias.
2. A partir de la aplicación sistemática de los anteriores criterios se establecen una serie de Ejes de Articulación:
- a) Ejes principales de articulación regional basados en la continuidad espacial de hechos urbanos, principalmente Centros Regionales y Redes de Ciudades Medias, así como las principales relaciones con el exterior.
- b) Ejes de articulación regional complementarios que sirven a determinadas conexiones de Redes de Ciudades Medias y relaciones exteriores.
- c) Ejes de articulación de áreas rurales que sirven para la conexión de estructuras de centros rurales.
[17] Dominios Territoriales [N].
1. La base físico-natural y patrimonial de Andalucía constituye un referente ineludible para la planificación territorial. El Modelo reconoce, por una parte, los grandes Dominios Territoriales como componentes de la estructura regional, en cuanto que requieren el desarrollo de políticas coherentes y coordinadas.
2. Los Dominios Territoriales son: Sierra Morena-Los Pedroches; Valle del Guadalquivir; Sierras y Valles Béticos; y Litoral.
3. El Modelo reconoce la existencia de determinados espacios caracterizados por haber sido históricamente excluidos de los procesos de urbanización que, si bien han sido objeto de aprovechamientos más o menos extensivos de sus recursos, presentan un poblamiento disperso y de muy baja densidad. Su elevado valor ecológico hace de estos ámbitos elementos que han de considerarse como invariantes de la región que han de mantener dicha función en el futuro. Dichos ámbitos son: Doñana, Alcornocales, Sierra Nevada, Sierra Morena central y Sierra Morena oriental.
4. El Plan establece una serie de opciones generales en torno al futuro económico de los diferentes territorios, en las que el uso racional y sostenible de los recursos ha de ser el criterio fundamental. En este sentido, es especialmente importante que las estrategias del Plan superen una concepción basada, únicamente, en la identificación de objetivos de protección de los recursos naturales más valiosos desde la perspectiva ecológica o cultural. El punto de partida de este referente del Modelo Territorial es, precisamente, la necesidad de considerar que no pueden disociarse, en modo alguno, los procesos de transformación económica y territorial del conjunto de los recursos naturales y patrimoniales y, por tanto, no sólo de aquellos más reconocidos y sujetos a determinados regímenes de protección. Se trata, por tanto, de establecer estrategias de desarrollo de largo plazo que, sustentadas en objetivos de uso racional del conjunto de los recursos, identifiquen las actuaciones y políticas más relevantes en relación con los usos y actividades productivas y los procesos de evolución territorial.
5. La identificación de estas políticas y actuaciones se entiende como la expresión de los objetivos más globales de la Comunidad en relación con el futuro de cada territorio de Andalucía. Su consecución es, en gran medida, una responsabilidad compartida entre el conjunto de los agentes públicos y privados. En cualquier caso, tales objetivos han de servir de orientación al conjunto de las políticas sectoriales y, a la vez, han de servir de base para el establecimiento de estrategias de desarrollo de ámbito supralocal que surjan de los procesos de integración y cooperación territorial.
6. Los Dominios Territoriales son el marco más general desde el que es posible diseñar líneas estratégicas referidas a problemas y oportunidades como: la ordenación de los grandes usos del suelo, las políticas ambientales en materia de paisaje, agua, suelo, lucha contra la erosión, la preservación y puesta en valor del patrimonio natural y cultural o las políticas de desarrollo rural.
7. Las estrategias que el Plan desarrolla en relación con estos Dominios Territoriales han de dirigirse a definir, en cada caso, cuáles han de ser los objetivos de desarrollo futuros en lo que hace referencia, no sólo a los modelos de uso y gestión de los recursos naturales y patrimoniales, sino también a las tendencias y procesos de transformación económica y territorial más relevantes.
[18] Unidades Territoriales [N].
1. La zonificación en Unidades Territoriales responde a una consideración cruzada del conjunto de los referentes del Modelo antes enunciados: Sistema de Ciudades, Esquema Básico de Articulación Territorial y Dominios Territoriales. Las Unidades Territoriales son áreas continuas definidas por su homogeneidad física y funcional, así como por presentar problemas y oportunidades comunes en materias relacionadas con el uso económico del territorio y la gestión de sus recursos patrimoniales. Estas Unidades guardan, a grandes rasgos, correspondencia geográfica con la organización del Sistema de Ciudades, de modo que en el Plan se consideran, aunque con importantes matizaciones, como el espacio ambiental y la base productiva primaria asociada a dicho Sistema. Las Unidades Territoriales son referentes básicos para el desarrollo de estrategias territoriales en una doble orientación:
- a) Son referentes asociados con modelos específicos de gestión del uso del suelo y de utilización de los recursos naturales, el paisaje o la prevención de riesgos.
- b) Son referentes en los que contextualizar los grandes Sistemas Regionales (ciudades, transportes, hidráulico, energético y patrimonial). Esto significa que no se contemplan como recintos cerrados, sino como referencias que se influyen mutuamente y de manera dinámica.
2. El Plan fija los objetivos de las Unidades Territoriales, delimita cada una de ellas e identifica sus principales rasgos característicos de la tipología establecida, y define las condiciones de su organización funcional.
TÍTULO III
ESTRATEGIAS DE DESARROLLO TERRITORIAL
Capítulo 1
Sistema de Ciudades
Las Estrategias de Desarrollo Territorial prestan una especial atención al Sistema de Ciudades, entendido como el conjunto de pueblos y ciudades que organizan el territorio de la Comunidad Autónoma, teniendo en cuenta su papel decisivo en la conformación del orden territorial regional.
El Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía define un marco de política territorial para la totalidad de los asentamientos humanos de la región, atendiendo a las categorías del Sistema de Ciudades expresamente definidas en el Modelo Territorial.
Las determinaciones relativas a la Política de Ciudades tienen su base en las siguientes consideraciones:
- • La valoración del conjunto del Sistema de Ciudades es muy adecuada para sustentar un espacio regional equilibrado y vivo en todas sus dimensiones. Ello es así por la particular distribución en la geografía andaluza de las ciudades y pueblos y por su distribución de rangos y tamaños en la jerarquía funcional.
-
• La constatación de procesos y tendencias que pueden alterar o comprometer los valores arriba enunciados del Sistema de Ciudades andaluz. Entre esos procesos y tendencias (en ningún caso irreversibles) pueden destacarse los siguientes:
- - El despoblamiento de determinadas áreas rurales y de montaña y el creciente abandono de núcleos de población y diseminados de menor tamaño.
- - La decadencia de algunas ciudades medias, especialmente de aquellas situadas en áreas rurales interiores y zonas más periféricas de Andalucía.
- - La tendencia general hacia una concentración de los crecimientos urbanos en el litoral y en los Centros Regionales, en detrimento de la Andalucía interior y de su sistema de ciudades.
- • La dimensión urbana de los Centros Regionales andaluces, favorable al equilibrio interno regional, presenta dificultades, sin embargo, en cuanto a su integración en el sistema de ciudades europeo, en el sentido que ninguno de los hechos urbanos andaluces (tanto por sus dimensiones demográficas como económicas) se sitúa en las jerarquías superiores de las ciudades continentales. En ese contexto, la verdadera dimensión urbana del territorio andaluz (y de su potencial de competitividad) sólo podrá ser puesta de manifiesto en la escala europea a través de intensos procesos de cooperación y coordinación interna entre todos los Centros Regionales.
- • En general, se constata que los niveles de integración y cooperación territorial entre los Centros Regionales son todavía insuficientes, lo que repercute de manera importante en los niveles de integración en el conjunto de la región y de su competitividad hacia el exterior. Desde la perspectiva de la ordenación territorial se considera prioritario identificar los campos y las temáticas de cooperación entre los Centros Regionales, de manera que se refuercen mutuamente y aumente la competitividad de cada uno de ellos y del conjunto.
- • A diferencia de los Centros Regionales, en el nivel de las Ciudades Medias y de las Áreas Rurales, se constata una creciente tendencia a impulsar procesos de cooperación, cada vez más intensos y de finalidad más integral, ya sea sobre aspectos que tienen que ver con la organización funcional del territorio y la gestión de servicios e infraestructuras, ya sea sobre proyectos de desarrollo de carácter integral. En la perspectiva del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía se pretende reforzar y apoyar esos procesos, más o menos consolidados, ofreciendo un marco de referencias territoriales y de infraestructuras físicas que hagan más eficaces las estrategias de integración en curso.
- • Por otro lado, el proceso de urbanización contemporáneo, inherente al desarrollo del sistema de ciudades y asentamientos, está conllevando problemas que tienen que ver con la distorsión del orden territorial, la destrucción o degradación del patrimonio natural y cultural heredado y la insostenibilidad creciente de las áreas urbanas. Esto afecta a formas de urbanización relacionadas principalmente tanto con la construcción de los espacios metropolitanos de los Centros Regionales como con la ocupación cada vez más densa del frente litoral de la región. Igualmente es preciso tener en cuenta los procesos de ocupación difusa del medio rural y los problemas y oportunidades específicos del urbanismo de las ciudades medias andaluzas.
- • Frente a las tendencias menos deseables que adopta a veces el reciente proceso de urbanización, deben constatarse y destacarse las oportunidades que se derivan del reconocimiento de los valores de la ciudad histórica andaluza, de raigambre mediterránea, en tanto ciudad compacta y de compleja diversidad, apoyada en un orden territorial equilibrado en la escala regional. Factores todos ellos que pueden ser utilizados para el logro de mejores niveles de calidad de vida y de sostenibilidad urbana.
Las redes definidas en el Modelo Territorial de Andalucía constituyen la base sobre la que sustentar las propuestas de ordenación territorial del Plan. Para cada una de ellas se establecen líneas estratégicas y determinaciones dirigidas a consolidarlas y a fortalecer su contribución a la creación de un espacio regional articulado.
La efectiva plasmación de esos objetivos requiere incorporar al conjunto de planes y programas regionales con impacto urbano los enfoques y las referencias territoriales contenidas en el Modelo, desarrolladas de manera particular para las distintas estructuras propuestas. Ello afecta a un buen número de planes y programas existentes, que requieren necesariamente una profundización o adaptación de su alcance y sus determinaciones para integrar el marco de referencias, principios y propuestas contenidas en el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía. Dichos planes y programas, por su decisiva incidencia en los desarrollos urbanos, deben ser considerados como prioritarios a la hora de adaptar sus contenidos a las propuestas de ordenación territorial de escala regional.
El logro de la máxima coherencia y coordinación entre los planes y programas regionales con incidencia territorial es un requisito imprescindible para lograr los objetivos marcados por este Plan en materia de política de ciudades. Las políticas públicas, progresivamente, han ido ganando en intensidad y coherencia respecto al entendimiento del sistema urbano andaluz, de sus jerarquías y de sus potencialidades. Sin embargo, se constata la necesidad de profundizar en la definición de una política de ciudades a largo plazo y de mejorar la eficacia de los mecanismos de intervención y coordinación de las distintas administraciones públicas, principalmente a través de:
- • La formulación explícita de una estrategia regional que contemple el papel de las ciudades en el desarrollo regional, atendiendo a las particularidades del sistema de ciudades andaluz.
- • El incremento de la coordinación de las actuaciones públicas sectoriales con impacto urbano.
- • El refuerzo de las políticas de urbanismo y ordenación territorial a escalas supramunicipales.
- • El reconocimiento de formas de organización urbana cada vez más complejas y que no encuentran, sin embargo, el adecuado marco administrativo de gestión, ejemplificado principalmente en el desfase entre la aparición de procesos metropolitanos de hecho, y la insuficiencia de los mecanismos jurídicos y de gestión para dar respuesta a esas nuevas realidades urbanas.
- • La necesidad de implicar a las ciudades andaluzas (y particularmente a las grandes ciudades y Centros Regionales) en un proyecto común de corresponsabilidad en la construcción regional.
[19] Objetivos de la Política Regional de Ciudades (O).
1. Consolidar en Andalucía un Sistema de Ciudades funcional y territorialmente equilibrado como base para la mejora de la competitividad global de la región, la difusión del desarrollo y el acceso equivalente a equipamientos y servicios.
2. Definir un marco regional de coherencia para los planes y programas con incidencia urbana, aportando criterios que permitan la incorporación de las variables territoriales a los objetivos de dichos planes y programas
3. Contribuir desde las políticas urbanas a la sostenibilidad general del sistema.
4. Favorecer la cohesión social y la mejora de la calidad de vida en las ciudades andaluzas
[20] Líneas Estratégicas de la Política Regional de Ciudades (E).
1. Potenciar la integración y cooperación (funcional, productiva, etc.) entre los diferentes componentes del Sistema de Ciudades, particularmente las redes de carácter policéntrico, en cada uno de los niveles del Sistema de Ciudades.
2. Establecer estrategias diferenciadas en las políticas regionales para cada uno de los componentes del Sistema de Ciudades:
- a) Los Centros Regionales (Sección 1).
- b) Las Redes de Ciudades Medias (Sección 2).
- c) Las Redes de Asentamientos en Áreas Rurales (Sección 3).
3. Orientar los desarrollos urbanos y los procesos de urbanización de acuerdo a criterios de sostenibilidad, de refuerzo de la cohesión social y de mejora de la calidad de vida, así como mejorar la competitividad de las ciudades andaluzas (Sección 4).
4. Establecer como base de la Política Regional de Ciudades la máxima coordinación entre las diferentes políticas, planes y programas con incidencia en las diferentes redes de ciudades para mejorar su eficacia y su contribución a la construcción del Modelo Territorial de Andalucía establecido en este Plan.
5. Establecer, para aquellos planes y programas de especial impacto urbano, los requerimientos necesarios para que en su formulación o programación se incorporen los objetivos implícitos en el Modelo Territorial de Andalucía, y los específicos de la Política Regional de Ciudades contenidos en sus determinaciones.
6. Adecuar los planes y programas regionales de equipamientos y servicios a las determinaciones del Modelo Territorial de Andalucía y a la organización funcional del Sistema de Ciudades.
7. Favorecer la diversificación económica y productiva del sistema urbano andaluz y mejorar sus niveles de competitividad global.
[21] Planes y programas con incidencia urbana [N].
1. Se identifican los siguientes actividades de planificación en función de su incidencia sobre el sistema de ciudades y las estructuras urbanas establecidas en este Plan:
- a) Planificación económica directora de la Junta de Andalucía.
- b) Planificación económica sectorial: agricultura, pesca, industria, minería, comercio, turismo y desarrollo rural.
- c) Planificación estratégica para el desarrollo de la sociedad de la información, innovación y modernización tecnológica.
- d) Planificación de infraestructuras de comunicación y servicios de transportes.
- e) Planificación del sistema energético.
- f) Planificación urbanística, de suelo y vivienda.
- g) Planificación del patrimonio y bienes culturales.
- h) Planes y programas para la dotación de equipamientos y servicios públicos: sanidad, educación, cultura, deporte y servicios sociales.
- i) Planificación del medio ambiente urbano.
- j) Planificación de dotaciones y servicios ambientales.
2. Con carácter general, los planes y programas señalados deberán incorporar, entre sus determinaciones, las siguientes:
- a) Valoración general de la incidencia de sus actuaciones sobre el sistema urbano definido en este Plan y, en especial, con relación a las consecuencias de dichas actuaciones sobre la construcción del Modelo Territorial de Andalucía y la consolidación de las estructuras urbanas establecidas (Centros Regionales, Redes de Ciudades Medias y Redes de Asentamientos en Áreas Rurales).
- b) Valoración de la incidencia de las determinaciones de los planes y programas sobre la calidad de vida urbana.
- c) Incorporación a sus contenidos de los objetivos y líneas estratégicas, que más adelante se señalan, para cada uno de los tipos de redes (Centros Regionales, Redes de Ciudades Medias y Redes de Asentamientos Rurales), con especial atención a la coordinación de dichos planes y programas sectoriales con el Programa Andaluz de Ciudades, así como a las determinaciones sobre dotaciones y equipamientos para dichas estructuras.
[22] Programa Andaluz de Ciudades [N].
1. El Programa Andaluz de Ciudades es el principal instrumento de la Política Regional de Ciudades cuyo objetivo principal es la coordinación de los planes, programas y actuaciones de la Junta de Andalucía, aportando la adecuada dimensión territorial para el desarrollo de las diferentes políticas sectoriales con incidencia urbana.
2. El Programa Andaluz de Ciudades se formulará por el Consejo de Gobierno, tendrá carácter plurianual y se redactará bajo la corresponsabilidad de una Comisión Interdepartamental de la que formarán parte, las siguientes Consejerías de la Junta de Andalucía: Presidencia; Gobernación; Economía y Hacienda; Obras Públicas y Transporte; Innovación, Ciencia y Empresa; Turismo, Comercio y Deportes; Empleo; Igualdad y Bienestar Social; Educación, Salud; Cultura; y Medio Ambiente.
3. En la elaboración del Programa Andaluz de Ciudades, y en el marco de la Mesa de Concertación Local, se establecerán los cauces adecuados para la cooperación con Diputaciones y Municipios
4. El Plan aporta al Programa Andaluz de Ciudades [SC-02] la estructura y los contenidos mínimos de una estrategia establecida para cada uno de los componentes del Sistema de Ciudades, señalando los aspectos específicos que deberán ser tenidos en cuenta por las diferentes políticas sectoriales.
5. Las medidas del Programa se materializarán a través de las diferentes iniciativas de planificación con incidencia territorial previstas en el ordenamiento jurídico, adecuando sus determinaciones y programas respectivos a las determinaciones del presente Plan.
6. La capacidad de incidencia del Plan sobre el elenco de planes e instrumentos operativos dependerá de varios factores y, especialmente, del estado y del proceso de planificación de cada uno de ellos, pudiendo en algunos casos influir sobre sus determinaciones en el momento de la formulación o revisión y, en otros casos, a través de los mecanismos de gestión y aplicación de planes en marcha.
Sección 1
Centros Regionales
Las principales consideraciones que justifican los contenidos del Plan en relación con los Centros Regionales son las siguientes:
-
• Los Centros Regionales son elementos esenciales de la organización del territorio de Andalucía que aseguran su equilibrio territorial y el mantenimiento activo de cada una de sus partes, a la vez que desempeñan una función esencial para la integración exterior, debido a:
- - Su equilibrada distribución territorial, que favorece una mejor articulación física del conjunto de Andalucía.
- - Su tamaño demográfico, que las caracteriza como ciudades medias en la escala europea y nacional.
- - Su peso y dinámica económica, así como el bajo grado de interrelación entre el conjunto de Centros Regionales, que aparecen como la principal debilidad para favorecer la integración territorial de Andalucía.
- - Que los actuales condicionantes del sistema económico internacional, refuerzan la viabilidad de una opción basada en centros urbanos medios (con una menor intensidad de los problemas de congestión y deseconomías de escala) siempre y cuando dichas ciudades sean capaces de liderar los procesos de innovación y desarrollo económico.
- • Desempeñan múltiples y complejas funciones de alcance regional: concentración de actividad económica e innovación; nodos principales de transporte y comunicaciones; principales nodos funcionales por la presencia de servicios públicos y privados muy especializados; centros de decisión; principales referentes para la integración exterior.
-
• Los Centros Regionales son, también, ámbitos de concentración de problemas territoriales:
- - Pese a ser los centros económicos principales de la región, cuentan con una base productiva relativamente débil y escasamente integrada internamente y en el conjunto regional. La escasa interrelación económica entre estas nueve áreas urbanas determina una debilidad clave para el territorio y el sistema productivo andaluz.
- - El proceso de crecimiento urbano y los fenómenos de conurbación han dado lugar a modelos de ciudad que no son el resultado de un proceso consciente y ordenado de desarrollo. Ello comporta importantes carencias y déficit en cuanto a su organización y funcionamiento, a la vez que ha puesto de manifiesto la inadecuación del actual ámbito administrativo de gestión municipal frente a los procesos metropolitanos.
- - De todo ello se deriva que estos ámbitos se produzca la concentración a nivel regional de una serie de conflictos específicos que afectan a la organización territorial y a la calidad de vida, entre los que destacan: los problemas de marginalidad social, los déficit de equipamientos públicos, los problemas ambientales, los problemas de vivienda y suelo, los problemas de tráfico y transporte, etc.
[23] Objetivos (O).
1. Consolidar un Sistema polinuclear de Centros Regionales que, concebido como una red de ciudades metropolitanas, constituya el primer nivel del sistema urbano de Andalucía.
2. Mejorar la competitividad global del Sistema de Centros Regionales como nodos centrales para el desarrollo territorial de Andalucía, mediante su adecuada ordenación interna.
[24] Líneas Estratégicas (E).
1. Incrementar los actuales niveles de integración y cooperación entre los Centros Regionales, como base fundamental para la construcción y articulación del espacio regional y la mejora global de la competitividad exterior de Andalucía.
2. Incorporar la perspectiva supralocal en la ordenación y gestión de los problemas metropolitanos de los Centros Regionales.
3. Coordinar las políticas autonómicas con incidencia en los Centros Regionales estableciendo para ello un Programa específico.
[25] Programa Andaluz de Ciudades: contenidos para los Centros Regionales [N].
El Programa Andaluz de Ciudades, previos los acuerdos pertinentes con las Administraciones implicadas, establecerá para los Centros Regionales un contenido específico cuyos objetivos y contenidos indicativos son las siguientes:
1. Ordenación Territorial en los Centros Regionales
- a) Definir el modelo territorial de cada Centro Regional favoreciendo un desarrollo urbano equilibrado, atendiendo especialmente a la mejora de la calidad de vida, la conservación del patrimonio cultural y urbanístico, del medio ambiente y del paisaje.
- b) Favorecer el desarrollo social y económico de los Centros Regionales.
- c) Dotar a los Centros Regionales con Planes de Ordenación del Territorio de ámbito subregional [SC-01]. La elaboración de estos planes debe entenderse como un instrumento de profundización en los enfoques metropolitanos, incluyendo la coordinación de los planes urbanísticos de los respectivos municipios.
- d) Elaborar Programas de Suelo y Vivienda en cada Centro Regional, en el marco del Plan de Vivienda y Suelo de Andalucía, considerando entre sus líneas prioritarias la rehabilitación urbana, y la recualificación de la ciudad existente.
2. Infraestructuras básicas en Centros Regionales
- a) Dotar a cada Centro Regional de los sistemas generales de articulación y las infraestructuras y servicios que posibiliten su desarrollo territorial y económico y su funcionamiento como Nodos principales en el esquema de articulación regional.
- b) Crear un sistema integrado de infraestructuras y servicios de transporte en cada Centro Regional que garantice una adecuada accesibilidad al territorio y favorezca la intermodalidad y la potenciación de los servicios públicos. Dichos sistemas se conformarán a través de la elaboración de Planes Intermodales de Transporte metropolitano, y de los instrumentos adecuados para su gestión (Consorcios Metropolitanos de Transporte), en la perspectiva de su integración en una red regional.
- c) Dotar a los Centros Regionales con infraestructuras y servicios avanzados de telecomunicaciones, a través de la elaboración de Programas Coordinados entre las administraciones públicas (regional y local) y las empresas operadoras.
- d) Dotar a los Centros Regionales con infraestructuras y servicios energéticos, implantación de sistemas de ahorro y eficiencia energética y promoción de las energías renovables, a través de Programas Coordinados entre las administraciones públicas (regional y local) y las empresas operadoras. Creación de Agencias de la Energía de ámbito supramunicipal.
- e) Crear un sistema integrado de gestión del ciclo integral del agua en los Centros Regionales a través del cual se garantice el suministro urbano, la depuración y, en su caso, reutilización del agua, a través de un Programa Coordinado de Infraestructuras y Servicios Hidráulicos.
3. Equipamientos en Centros Regionales
- a) Dotar a los Centros Regionales de equipamientos y servicios especializados de nivel regional/provincial, a partir de una estrategia compartida e integradora de intereses locales y regionales, de manera que sea posible alcanzar niveles de equipamientos y servicios en todos los campos capaces de competir en la escala nacional y europea.
- b) Mejorar los niveles de calidad de vida de los ciudadanos a través de las dotaciones adecuadas de servicios y equipamientos básicos, con especial atención a la supresión de bolsas de marginalidad y exclusión social en las áreas urbanas.
-
c) Dotar con equipamientos y servicios especializados atendiendo a criterios de descentralización y especialización compartida a nivel regional.
- - Equipamientos especializados de primer nivel regional (Hospitales de Especialidades, Servicios Sociales especializados, Centros Deportivos de alta competición...)
- - Centro Universitarios y Centros de I+D, con el objetivo de reforzar la integración del sistema universitario regional, fomentar especializaciones fuertes (acordes con las ventajas y oportunidades de cada Centro Regional) e integrar las actividades de investigación en las necesidades sociales y del aparato productivo regional.
- - Dotaciones especializadas de servicios y eventos relacionados con el ocio y el turismo (Museos, Palacios de Congresos, parques y centros temáticos, realización de eventos internacionales).
- - Localización de sedes administrativas y organismos internacionales.
- d) Elaborar un Programa de actuaciones para la dotación de equipamientos y servicios básicos a escala de distritos urbanos y metropolitanos (Centros de Salud, Centros Docentes, Servicios Sociales Comunitarios, Centros Deportivos Básicos y Complementarios).
-
e) La Tabla III.1, de dotaciones de los diferentes equipamientos y servicios, tiene carácter orientativo y no exhaustivo, siendo su finalidad definir un cierto nivel de prestaciones para los Centros Regionales.
Tabla III.1. Dotaciones de equipamientos y servicios Centros Regionales [D] Equipamientos y servicios educativos. • Universidad.
• Escuela Oficial de Idiomas.
• Escuelas de Arte.
• Centros de Educación Especial.
• Equipos de Orientación Educativa.
Equipamientos y servicios sanitarios. • Centros de Salud (1 por cada ámbito de 25.000 habitantes).
• Centros Coordinadores de Distrito (1 por cada 150.000 habitantes).
• Hospitales de Especialidades (250.000-650.000 habitantes).
• Hospitales Regionales (1.000.000 habitantes).
• Servicio de Urgencias Sanitarias 061.
• Centro Regional de Transfusión Sanguínea.
• Laboratorio de Salud Pública.
Equipamientos y servicios sociales. • Zonas de Trabajo Social (1 por cada 20.000-30.000 habitantes).
• Unidades de Trabajo Social.
• Centros de Atención a Personas con Discapacidad.
Equipamientos y dotaciones culturales. • Bibliotecas Provinciales.
• Archivos Históricos Provinciales.
• Museos Provinciales y especializados.
• Centros Culturales Especializados.
Equipamientos y servicios deportivos. • Estadios (> 5.000 espectadores).
• Estadio atletismo (> 2.000 espectadores).
• Piscinas cubiertas (50 metros).
• Pabellones cubiertos (1.000-5.000 espectadores).
• Complejos deportivos de excelencia.
• Centro de Tecnificación Deportiva.
• Grandes eventos deportivos.
Equipamientos y servicios ambientales. • Puntos Limpios: 50.000 hab.: 1 Punto Limpio. 50.000-100.000 hab.: 2. 100.000-200.000 hab.: 3. 200.000-400.000 hab.: 4. >400.000 hab.: 5.
• Planta de Recuperación y Compostaje y Vertedero controlado.
• Centro de Tratamiento de Residuos Específicos.
• Planta de Tratamiento y Clasificación de Escombros.
• Centro de Enseres Domésticos y Voluminosos.
• Plantas de Desmontaje y Trituración de Vehículos Usados y Maquinaria Industrial.
• Centros de Acondicionamiento, Separación e Intercambio de los materiales recogidos en los Puntos Limpios.
Equipamientos y servicios económicos. • Delegaciones Provinciales de Organismos y Empresas Públicas de la Junta de Andalucía: RTVA, Agencia IDEA, EPSA, Empresa Pública de Desarrollo Agrícola y Pesquero de Andalucía, Empresa de Gestión Medio Ambiental de Andalucía.
• Red de Espacios Tecnológicos de Andalucía.
• Red Territorial de Emprendedores.
• Centros de Formación Ocupacional.
• Laboratorios Agroalimentarios y Agroganaderos.
• Juntas Arbitrales de Consumo.
• Centros de Mediación Arbitraje y Conciliación.
• Sistema de Resolución de Conflictos Laborales (SERCLA).
• Centros de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
• Administraciones de Aduanas e Impuestos Especiales.
Equipamientos y servicios administrativos. • Delegaciones Provinciales del Gobierno Andaluz (capitales más Subdelegación del Campo de Gibraltar).
• Delegaciones Provinciales de las Consejerías del Gobierno Andaluz.
• Oficinas de Respuesta Unificada.
• Servicio Andaluz de Empleo.
• Centros de Coordinación de Protección Civil y Emergencias.
• Delegaciones Provinciales de Instituto Andaluz de la Mujer.
• Delegaciones Provinciales del Instituto Andaluz de la Juventud.
• Delegación del Gobierno del Estado en Andalucía y Subdelegaciones Provinciales.
• Delegaciones Provinciales de los Ministerios.
• Direcciones Provinciales del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
• Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social.
• Direcciones Provinciales del Instituto Nacional de Empleo.
• Direcciones Provinciales de la Agencia Tributaria.
• Administraciones de Aduanas e Impuestos Especiales.
• Confederaciones Hidrográficas.
Equipamientos y servicios judiciales. • Tribunal superior: Granada, Sevilla y Málaga.
• Audiencia Provincial.
Espacios Libres metropolitanos. • Parques metropolitanos.
• Parques Periurbanos.
• Redes de articulación de los sistemas de espacios libres metropolitanos.
4. Promoción económica
- a) Favorecer los desarrollos económicos de los Centros Regionales necesarios para una adecuada relación entre las actividades productivas y la ciudad.
- b) Dotar a cada Centro Regional de Parques Tecnológicos o Medios de Innovación que queden integrados en la red andaluza de espacios de innovación, adaptados a las especializaciones en que cada uno posea ventajas competitivas.
- c) Intervenir en la oferta de suelo para actividades productivas mediante la creación de parques empresariales con suelos altamente cualificados y la regeneración de suelos industriales obsoletos en el marco del Plan de Desarrollo Industrial de Andalucía 2007-2013 [SC-05].
- d) Ordenar la oferta de suelo para actividades comerciales, regulando la implantación de grandes superficies comerciales y regenerando y potenciando los espacios comerciales tradicionales de la ciudad y las nuevas áreas de centralidad urbana.
- e) Promover turísticamente los Centros Regionales mediante estrategias conjuntas que pongan en valor sus recursos patrimoniales y de actividad urbana, así como la dotación de equipamientos y servicios turísticos especializados.
- f) Establecer criterios para la valoración de las inversiones públicas en materia de promoción económica, atendiendo al carácter supramunicipal/regional de los proyectos, y a su capacidad de favorecer una mejor integración sectorial y territorial de las actividades productivas.
5. Medio ambiente urbano
- a) Establecer objetivos y estrategias para mejorar el balance ecológico de los Centros Regionales, atendiendo a los ciclos de los recursos naturales básicos y a la huella ecológica de las actividades urbanas.
- b) Mejorar la calidad ambiental y la habitabilidad de las ciudades.
- c) Establecer una estrategia regional sobre el medio ambiente en los Centros Regionales a través de los instrumentos de planificación y programación (Plan de Medio Ambiente Urbano de Andalucía, Programa Ciudad 21, etc.).
- d) Elaborar Balances Ecológicos (agua, energía y materiales) para el establecimiento de un sistema de indicadores ambientales urbanos comunes.
- e) Dotar a los Centros Regionales con infraestructuras y servicios energéticos, de implantación de sistemas de ahorro y eficiencia energética y promoción de las energías renovables, a través de actuaciones coordinadas entre las administraciones públicas (regional y local) y las empresas operadoras.
- f) Crear un sistema integrado de gestión del ciclo integral del agua en los Centros Regionales a través del cual se garantice el suministro urbano, la depuración y, en su caso, reutilización del agua, a través de un Programa Coordinado de Infraestructuras y Servicios Hidráulicos y Planes Correctores de Vertidos.
- g) Crear un sistema integrado de gestión de residuos a través de un Programa Coordinado que incluya el impulso de medias de reciclaje, recuperación y revalorización de materiales.
- h) Establecer un programa de Intervención singular de mejora del medio ambiente en las áreas urbanas de Huelva y Bahía de Algeciras.
6. Erradicación de la marginación y la exclusión social
- a) Establecer Programas Coordinados para la supresión de bolsas de marginación y exclusión social en las áreas urbanas.
- b) Desarrollar acciones integradas sobre barriadas y zonas urbanas de máxima concentración de hogares marginados y excluidos.
7. Patrimonio cultural y paisaje
- a) Garantizar la conservación de los recursos patrimoniales de la ciudad histórica de manera compatible con su revitalización funcional.
- b) Desarrollar actuaciones de carácter integral para la protección, conservación y mejora de la ciudad histórica.
- c) Establecer criterios para la protección, mejora y puesta en valor del paisaje urbano y metropolitano como recurso territorial al servicio de la calidad de vida.
8. Cooperación transfronteriza
- a) Incrementar las relaciones con áreas urbanas próximas de otros países.
- b) Reafirmar el papel de las ciudades andaluzas como elementos claves en las relaciones de la frontera sur de la Unión Europea y el norte de África.
- c) Participar activamente en la política mediterránea (desarrollo económico, transporte, energía, medio ambiente y relaciones culturales).
- d) Desarrollar programas de cooperación en el marco de las iniciativas y programas de la Unión Europea: proyectos comunes del sistema urbano onubense y del Algarve y Alentejo; proyectos comunes de grandes ciudades del frente marítimo andaluz y el norte de África.
- e) Establecer la prioridad para el desarrollo de programas de cooperación para el Nodo del Estrecho de Gibraltar.
[26] Perspectivas y enfoques metropolitanos de los Centros Regionales [D].
1. El enfoque supramunicipal y metropolitano debe constituir una prioridad de la acción pública para la resolución de múltiples problemas de las aglomeraciones urbanas (transporte, suelo y vivienda, espacios libres y, también, en materia de desarrollo económico y organización del espacio productivo), y en la perspectiva de reforzar los instrumentos de cooperación que permitan una gestión metropolitana de estas estructuras urbanas.
2. Las determinaciones del Plan a este respecto se dirigen a establecer criterios de actuación relativos a la ordenación interna de los Centros Regionales, en la perspectiva de su calidad urbana y la sostenibilidad de las áreas urbanas.
3. A corto plazo es preciso profundizar en las iniciativas de planificación y en los métodos de gestión basados en enfoques metropolitanos y perspectivas supramunicipales, en especial:
- a) Formulación y desarrollo de Planes de Ordenación del Territorio de ámbito subregional en los Centros Regionales [SC-01], que deben recibir un impulso decidido por parte de la Administración. Los contenidos de estos planes deberán integrar, en la mayor medida posible, a otras iniciativas de planificación confluyentes en cuanto a la escala de intervención y la incidencia sobre el modelo territorial de los Centros Regionales. Igualmente deberán reforzar su papel como instrumentos de coordinación urbanística de las aglomeraciones urbanas. Entre los cometidos de estos planes se encontrará definir las prioridades y necesidades en materia de movilidad, áreas libres, organización de espacios productivos, agua y energía, al objeto de mejorar la calidad de vida de los ciudadanos.
- b) Formulación y tramitación de Planes de Transportes Metropolitanos, así como la dotación de los instrumentos adecuados para su gestión e impulso a la ejecución de los ya aprobados. En ellos se prestará especial atención a las redes de metro y cercanías, así como a la creación de plataformas reservadas para transporte público.
- c) Desarrollo del Programa Andaluz de Ciudades con el objetivo de coordinar el conjunto de intervenciones públicas de escala regional de la Junta de Andalucía, y que sirva de base para la coordinación y concertación con las políticas de la Administración Central y Administraciones Locales.
4. Los instrumentos de planificación enumerados en el apartado anterior deberán tener en cuenta en sus determinaciones a los ámbitos limítrofes a cada uno de los Centros Regionales, en los que la incidencia de los procesos metropolitanos es más intensa y que conforman lo que han venido en denominarse segundas coronas metropolitanas (Extensión de la influencia de los Centros Regionales).
[27] Cooperación entre los Centros Regionales [R].
1. La efectiva cooperación e integración de los Centros Regionales andaluces requiere la existencia de instancias de coordinación entre ellos. En ese sentido se impulsará la creación de redes de intercambio de experiencias y el desarrollo de programas de trabajo que sirvan para impulsar la cooperación del conjunto de los Centros Regionales, o específicos de temáticas particulares.
2. Los campos de actividad en los que resulta oportuna la creación de estas redes son: ordenación del territorio y urbanismo; movilidad y transporte metropolitanos; suelo y vivienda; servicios públicos; sostenibilidad urbana; desarrollo de actividades productivas; innovación e investigación.
3. La creación de estas redes deberán contar con la participación de los distintos agentes sociales y económicos, en particular para las cuestiones relacionadas con el desarrollo de actividades productivas, innovación e investigación.
Sección 2
Redes de Ciudades Medias
Las determinaciones del Plan en relación con las Redes de Ciudades Medias tienen su base en las siguientes consideraciones:
- • Desempeñan una función esencial para la articulación del territorio de Andalucía en tanto que nivel intermedio entre los Centros Regionales y las áreas netamente rurales.
- • Son la expresión de un rico patrimonio urbano tanto desde el punto de vista del modelo de ciudad (que responde a las características de la ciudad compacta mediterránea), como desde el punto de vista del valor de su herencia patrimonial y cultural.
-
• Su distribución territorial, sus especializaciones y funciones ponen de manifiesto la riqueza de significados que tienen en diferentes ámbitos de la región:
- - Las ciudades medias integradas en los ámbitos de los Centros Regionales son, en muchas ocasiones, los elementos más dinámicos de los procesos de formación de ámbitos metropolitanos y actúan como centros para la descentralización de numerosas actividades productivas y funciones urbanas.
- - Las ciudades medias de las áreas litorales, caracterizadas por su intenso dinamismo económico y urbano, y por la presencia de sectores productivos innovadores: turismo y nuevas agriculturas.
- - Las ciudades medias del interior, herederas en muchos casos de las tradicionales agrociudades, ofrecen la posibilidad de consolidar economías urbanas con un cierto grado de madurez y diversificación.
- - Las ciudades medias de las áreas de montaña constituyen los elementos urbanos más importantes para garantizar la articulación territorial de estas zonas rurales.
Independientemente de la consideración de las ciudades medias como hechos urbanos individuales de enorme importancia territorial, gran parte de sus oportunidades de futuro se centran en su capacidad para conformar redes urbanas, es decir, su capacidad para cooperar y para mejorar la integración de sus sistemas productivos, beneficiándose de las economías de escala que aportan la cooperación y el funcionamiento en red. Su consideración como redes de ciudades permite que las políticas regionales se apoyen en ellas para la potenciación de ejes de organización territorial a nivel regional sobre los cuales se estructuren las principales infraestructuras de comunicación. En definitiva, las ventajas (ambientales y de calidad de vida) que ofrece el tamaño medio de estas ciudades, se contrapesa con las limitaciones que, en muchas ocasiones, impone lo limitado de sus umbrales de mercado individualmente consideradas, lo que refuerza la idea de la necesidad de avanzar en la consolidación de redes urbanas.
En este marco es necesario destacar las funciones que ejercen algunas redes de ciudades. El caso más significativo se corresponde con la Costa del Sol malagueña, que debe ser reconocida como un área singular dentro de la Comunidad Autónoma, con personalidad propia y de dimensión internacional, que desempeña un papel estratégico, actual y futuro, para el conjunto de la economía andaluza y española. En este sentido deben abordarse el desarrollo de las infraestructuras y los equipamientos y las políticas de fomento y cualificación turística, en el marco de la ordenación del territorio.
Junto a ella, cabe destacar, igualmente, otros ámbitos singulares.
-
• La zona central de Andalucía, el pentágono interior delimitado por los Centros Regionales de Jaén, Córdoba y Granada y por el ámbito del área de Antequera-Estepa, debe ser potenciada como una pieza territorial clave para el desarrollo regional.
Desde Estepa, pasando por las ciudades medias del sur de Córdoba y Jaén (Puente Genil, Lucena, Cabra, Baena, Martos, Torredonjimeno y Jaén capital, Úbeda y Baeza), se configura un territorio en que se localizan una parte importante de las ciudades medias de la Comunidad Autónoma, con un importante potencial de desarrollo socioeconómico.
El desarrollo económico de estas ciudades pasa, en gran medida, por reforzar su posición en los ejes de comunicación de primer nivel a escala regional, como base a partir de la cual favorecer el aprovechamiento del potencial que ofrecen los diversos sistemas productivos locales.
Es por ello que se considera prioritario el impulso a la culminación del Eje Diagonal Intermedio como eje viario de gran capacidad entre Úbeda y Estepa. Este eje ha de complementarse con otras vías de gran capacidad como la Linares-Albacete que le da continuidad hacia el Arco Mediterráneo, y la Granada-Córdoba-Badajoz-Lisboa que conecta el interior de Andalucía con la Ruta de la Plata y Portugal.
- • La importante red de ciudades medias del área norte y oeste de la provincia (Andujar, Linares, Bailén, La Carolina, Martos, Torredonjimeno, Jaén capital, Úbeda, Baeza, Alcaudete y Alcalá la Real) ofrece importantes oportunidades para el desarrollo y diversificación de los sectores productivos, potenciando su posición en los ejes principales de comunicaciones (el eje Andalucía-Madrid y, en el mencionado Eje Diagonal Intermedio, la conexión Linares-Albacete y el eje Granada-Córdoba-Badajoz-Lisboa), lo que le otorga especiales ventajas para el desarrollo de funciones logísticas a escala regional.
- • El Valle del Almanzora, en tanto ámbito en el que se está desarrollando un dinámico complejo productivo y un reforzamiento de las relaciones supramunicipales, asociado a diferentes proyectos de infraestructuras. Todo ello hace necesaria la futura formulación de un plan de ordenación del territorio de ámbito subregional.
[28] Objetivos (O).
1. Potenciar las Ciudades Medias y las Redes de Ciudades Medias como el nivel jerárquico intermedio del Sistema de Ciudades.
2. Potenciar el papel de las Ciudades Medias y sus Redes como elementos claves de para la organización funcional del territorio y los procesos de desarrollo local y comarcal.
3. Preservar los modelos urbanos propios de la ciudad media.
[29] Líneas Estratégicas (E).
1. Incorporar las perspectivas supramunicipales, en la ordenación y gestión de estos ámbitos, impulsando los procesos de cooperación en el interior de las Redes de Ciudades Medias.
2. Desarrollar las iniciativas y actuaciones enmarcadas en el Programa Andaluz de Ciudades.
3. Favorecer la localización en las Redes de Ciudades Medias de equipamientos y servicios especializados adecuando los programas regionales a las determinaciones del Modelo Territorial de Andalucía.
4. Integrar a las Ciudades Medias y a las Redes de Ciudades Medias en los Ejes de Articulación Regional.
5. Aportar estrategias de ordenación territorial de apoyo a los sistemas productivos locales y a los procesos de desarrollo rural.
6. Establecer criterios en materia de política urbanística y ambiental que favorezcan el mantenimiento de los valores característicos de este tipo de ciudades.
[30] Programa Andaluz de Ciudades: contenidos para las Redes de Ciudades Medias [N]
1. El Programa Andaluz de Ciudades establecerá para las Redes de Ciudades Medias un contenido específico con el doble objetivo de potenciar su posición en los Ejes de Articulación Regional, y para reforzar las relaciones de complementariedad y cooperación entre los núcleos para hacer efectivo su funcionamiento en red.
2. Dichos objetivos habrán de plasmarse a través de la formulación de la planificación territorial, la coordinación de acciones en materia de equipamientos y servicios públicos de carácter supramunicipal, así como para la dotación de suelos para actividades productivas.
[31] Planes de Ordenación del Territorio [N].
1. En los territorios organizados por las Redes de Ciudades Medias se formularán Planes de Ordenación del Territorio de ámbito subregional [SC-01] que desarrollen las medidas para consolidar y desarrollar el Modelo Territorial de Andalucía.
2. El grado de madurez y complejidad alcanzado en las Redes de Ciudades Medias plantea la necesidad de abordar instrumentos de ordenación territorial específicos dirigidos a establecer el modelo territorial de cada uno de estos ámbitos.
3. La formulación de los Planes de Ordenación del Territorio de ámbito subregional definirá los objetivos y las condiciones específicas para su desarrollo, de acuerdo con las líneas estratégicas, directrices y recomendaciones del presente Plan orientadas hacia:
- a) La consolidación de un modelo territorial que favorezca una estructura policéntrica y su organización en red para aprovechar las oportunidades de la dimensión y escala intermedia en la gestión.
- b) Dicho modelo debe basarse en la valoración y activación de los recursos territoriales y en su desarrollo equilibrado, potenciando los rasgos de la ciudad compacta, y atendiendo especialmente la mejora de la calidad de vida y la conservación del patrimonio urbano, ambiental y paisajístico.
- c) La adecuada localización de equipamientos, servicios y espacios libres, así como suelos para actividades productivas en las áreas de oportunidad.
- d) El establecimiento de un sistema de transportes y comunicaciones que potencie la interconexión de cada red urbana internamente y con el conjunto regional.
- e) El establecimiento de de un sistema de espacios y bienes sujetos a protección en razón de sus valores naturales, culturales y paisajísticos.
4. El Consejo de Gobierno determinará la prioridad en la formulación de los planes de ordenación del territorio para estas redes. En todo caso, en los ámbitos litorales se acelerará la redacción y aprobación de los planes actualmente en elaboración y se formularán antes de la finalización del primer semestre de 2007 los planes de las restantes comarcas litorales.
[32] Localización de equipamientos y servicios especializados [D].
1. Se favorecerá la localización de equipamientos y servicios especializados elevando su capacidad para organizar la prestación de servicios públicos y privados a los territorios que articulan, de acuerdo con las determinaciones del presente Plan.
2. El Plan refuerza dicha capacidad mediante el establecimiento de ciertos niveles de dotación para las Estructuras de Ciudades Medias, con una doble finalidad:
- a) Por un lado, garantizar un acceso adecuado del conjunto de la población a los servicios públicos básicos mediante la definición de estándares para las dotaciones especializadas.
- b) Por otro, potenciar el grado de madurez y diversificación urbana de las ciudades medias, incrementando la localización de funciones más especializadas.
3. Los instrumentos de planificación y programación de equipamientos y servicios deberán justificar la adecuación de sus determinaciones al Modelo Territorial. Serán criterios preferentes para la localización de dotaciones y servicios los siguientes:
- a) Las previsiones de su integración funcional con aquellos otros equipamientos con los que guarden cierto valor complementario.
- b) Su aportación a la superación de déficit y al reequilibrio territorial.
- c) El valor añadido que representa su ubicación para la mejora de la estructura urbana en la que se inserta, y para las estrategias socioeconómicas.
4. Además de la consideración de las dotaciones de carácter local de cada Ciudad Media, se habrá de favorecer la extensión de determinadas dotaciones de servicios públicos más especializadas, adecuada y necesaria para el conjunto de las redes de Ciudades Medias.
5. Con carácter orientativo, y no exhaustivo, las dotaciones y equipamientos supramunicipales adecuados para definir un cierto nivel de prestaciones cualificadas en la redes de Ciudades Medias son las que se expresan en la Tabla III.2.
Equipamientos y servicios educativos: |
• Centros de Profesores. • Equipos de Orientación Educativa. • Centros adscritos a la Universidad. |
Equipamientos y servicios sanitarios: |
• Centros de Salud (1 por cada ámbito de 25.000 habitantes). • Centros Coordinadores de Distrito Sanitario (1 por 150.000 habitantes). • Hospitales Generales Básicos (100.000-250.000 habitantes). |
Equipamientos y servicios sociales: |
• Zonas de Trabajo Social (1 por cada 20.000-30.000 habitantes). • Unidades de Trabajo Social. |
Equipamientos y dotaciones culturales: | • Red de Espacios Escénicos. |
Equipamientos y servicios deportivos: |
• Pabellón cubierto (>15.000 habitantes). • Piscina cubierta (>20.000 habitantes). • Pista de atletismo (> 40.000 habitantes). |
Dotaciones de equipamiento ambiental. Ámbitos supramunicipales de gestión de residuos sólidos urbanos: |
• Estaciones de Transferencia de Residuos (a menos de 30 minutos de una Planta de Recuperación y Compostaje). • Implantación de la recogida selectiva: >5.000 habitantes en 2005. >2.000 habitantes en 2008. • Puntos Limpios: 1 por cada 40.000-50.000 habitantes. • Centros de Recogida y Selección de Escombros y Depósito Controlado (1 por cada área de gestión). En áreas de baja densidad: Plantas Móviles de Recogida de Escombros. • Centro de Recogida y Descontaminación de Vehículos y Maquinaria Industrial. (1 por cada área de gestión). • Centro de Acopio de Residuos Agrícolas. (1 por cada área de gestión). |
Equipamientos y servicios económicos: |
• Unidades Territoriales de Empleo, Desarrollo Local y Tecnológico. • Parques empresariales. • Parques Tecnoalimentarios. • Escuelas de Empresas. • Centros de Formación Ocupacional. • Escuelas Especializadas de Formación Profesional Ocupacional. • Centros Comarcales del Instituto Nacional de la Seguridad Social. • Unidades de Recaudación Ejecutiva de la Tesorería de la S. Social. • Administración de la Agencia Tributaria. • Registros de la Propiedad. • Oficinas Comarcales Agrarias. • Grupo de Desarrollo Rural (sede). |
Espacios Libres supramunicipal: |
• Parques urbanos. • Parques Periurbanos. • Redes de articulación de los sistemas de espacios libres supramunicipales. |
Equipamientos turísticos: |
• Infraestructuras de ocio. • Infraestructuras de servicios turísticos. |
[33] Funciones de las Redes de Ciudades Medias en los Ejes de Articulación Regional (D).
1. Dentro de los principales ejes de articulación regional, las Redes de Ciudades Medias han de desempeñar una función esencial, especialmente en lo que se refiere al refuerzo de su posición en el Sistema Intermodal de Transportes y Comunicaciones, en el Sistema Energético y en el Sistema de Telecomunicaciones.
2. Las acciones para reforzar esta posición deben materializarse a través, principalmente, del Plan Director de Infraestructuras de Andalucía y de otros planes sectoriales en los que este se desarrolle (carreteras, ferrocarril, transporte intermodal, energía, etc.). En todos ello deberán contemplarse las Redes de Ciudades Medias con la finalidad de:
- a) Integración de estas Redes en los ejes viarios de alta capacidad.
- b) Organización de Centros de Transporte de Mercancías y servicios logísticos.
- c) Oferta coordinada de infraestructuras y servicios de transporte de viajeros.
- d) Integración, en su caso, de Redes de Ciudades Medias mediante servicios ferroviarios de cercanías.
- e) Integración, en su caso, de la red de puertos pesqueros y deportivos.
- f) Difusión de los efectos territoriales y económicos de las infraestructuras de transporte.
- g) Extensión de la red de gas natural.
- h) Extensión de las infraestructuras y servicios de telecomunicaciones.
3. Para consolidar la articulación regional y la funcionalidad de las Redes de las Ciudades Medias en el centro de Andalucía, se desarrollarán diversas iniciativas para el ámbito denominado Eje Diagonal Intermedio. Sus objetivos y contenidos se desarrollarán mediante un Programa Coordinado [ZN-03]. El Programa, que se desarrollará dentro del ámbito delimitado por las ciudades de Córdoba, Estepa, Antequera, Granada y Úbeda, reforzará la zona central de Andalucía como una pieza estratégica para el desarrollo económico y territorial de la Comunidad Autónoma, que debe contribuir a equilibrar el dinamismo generado por las aglomeraciones urbanas y la franja litoral. Entre sus contenidos se encontrará la coordinación entre las diversas actuaciones previstas en materia de infraestructuras del transporte y las comunicaciones y el apoyo a los Sistemas Productivos Locales con medidas de incentivos para la actividad empresarial, la creación y mantenimiento de empleo, la innovación productiva y la difusión del desarrollo tecnológico
[34] Redes de Ciudades Medias y Cooperación [R].
1. Para potenciar los procesos de integración y cooperación entre Redes de Ciudades Medias, se fomentará la creación de instancias tanto de carácter institucional como de los agentes sociales y económicos (asociaciones sindicales, empresariales y ciudadanas), que representan un capital social entendido como factor necesario para el desarrollo socioeconómico.
Dichas instancias toman como punto de partida Mancomunidades y Consorcios, así como Grupos de Desarrollo Rural, Agencias de Promoción Económica o las Unidades Territoriales de Empleo y Desarrollo Tecnológico actualmente creadas.
2. Estas instancias de cooperación han de abordar la elaboración de estrategias de desarrollo económico y territorial dirigidas a favorecer la promoción conjunta de un espacio económico, territorialmente coherente, y que ofrezca potencialidades de diversificación y modernización productiva, a partir de generar economías de escala.
3. En el marco de la planificación económica regional, y teniendo en cuenta los requerimientos de apoyo a los sistemas productivos locales y supralocales, se desarrollarán los siguientes aspectos:
- a) Elaboración de estrategias de desarrollo de sistemas productivos locales. Dichas estrategias se dirigen a mejorar el grado de integración de sectores especializados en determinadas Redes: turismo, agroalimentación, mueble, textil-confección, materiales de construcción, etc. Estas estrategias se insertan en el marco de planificación de la promoción industrial, agroalimentaria y turística.
- b) Coordinación de la oferta de suelo para actividades productivas. Junto a la necesidad de coordinar la oferta de suelo industrial convencional, las economías de escala que ofrecen estas Redes permiten avanzar hacia la creación de una oferta de suelo más cualificado en cuanto a sus dotaciones infraestructurales y de servicios a las empresas (centros de I+D, escuelas de empresas, etc.). Coordinación de la oferta de innovación tecnológica y de formación de recursos humanos. En relación con los sistemas productivos locales en que se especializa cada estructura de ciudades medias, han de considerarse las dotaciones comunes en materia de investigación y desarrollo tecnológico y las iniciativas específicas para la cualificación profesional. Ello se realizará en el marco de la planificación autonómica en materia de innovación y desarrollo tecnológico.
- c) Coordinación en materia de cultura, deporte, infraestructuras y servicios de transporte. Las posibilidades de cooperación deben extenderse a cualquier ámbito de actividad en el que existan oportunidades de mejorar de esta forma la oferta y gestión de bienes y servicios públicos.
4. Las redes territoriales de Ciudades Medias identificadas no agotan todas las posibles relaciones que potencialmente puedan desarrollarse. El Modelo considera, también, la necesidad de impulsar la creación de Redes temáticas en las que pueden integrarse este tipo de ciudades (ciudades turísticas, patrimoniales o con sectores económicos compartidos), y para lo cual no debe ser un requisito excluyente la proximidad o continuidad territorial.
Sección 3
Redes de Asentamientos en Áreas Rurales
Las zonas interiores de Andalucía, tanto las de áreas de campiña como las zonas de montaña, constituyen una pieza esencial del territorio de la Comunidad en las que recae una importante responsabilidad para el mantenimiento tanto de las actividades productivas agrarias, como de los valores ecológicos y paisajísticos del conjunto de Andalucía.
Las zonas rurales de Andalucía garantizan su futuro a través de la potenciación de sus sistemas urbanos (las redes de ciudades medias y las redes de pueblos y ciudades de las zonas de sierra) entendidos como un patrimonio de primer nivel, a la vez que como una potencialidad para el desarrollo de los sistemas productivos locales.
Las estrategias de modernización de la agricultura, del desarrollo forestal y ganadero, así como las dirigidas a potenciar los sectores industriales y de servicios en sus economías urbanas, han de entenderse como una prioridad para el desarrollo territorial del conjunto de Andalucía, con el objetivo de mantener la población y mejorar sus niveles de calidad de vida, a la vez que se garantiza un uso sostenible de los recursos naturales y el paisaje.
Especial importancia han de tener los programas relacionados con la promoción del desarrollo rural, en sintonía con las orientaciones de la Unión Europea, y apoyando los instrumentos de cooperación territorial ya consolidados a través de los grupos de desarrollo rural.
Las determinaciones que establece el plan sobre los asentamientos rurales y sus estructuras de organización se fundamentan en las siguientes consideraciones:
- • Una gran parte del territorio andaluz se caracteriza por el predominio de una base económica y un tipo de asentamientos de carácter rural.
- • Las áreas rurales son las que en menor medida se han beneficiado de los procesos de modernización de la base productiva y cuentan, por lo general, con un menor grado de integración en la economía globalizada.
- • El extenso sistema de poblamiento rural de Andalucía ha de considerarse como un recurso territorial de primer orden, del que depende la articulación de extensas áreas de la región, siendo depositario además de un valioso patrimonio urbano y cultural, inserto en un medio de elevado valor ecológico y ambiental.
- • La diversidad de asentamientos rurales andaluces obliga a diferenciar, atendiendo a su distribución territorial y al tipo de funciones que desempeñan, varios ámbitos:
-
• Desde la perspectiva de los tipos de organización territorial, es necesario distinguir entre diversos tipos de redes:
- - Redes de Asentamientos en áreas rurales con fuerte centralidad (generalmente polarizados por ciudades medias del propio ámbito, e incluso por ciudades externas o Centros Regionales). Presupone la existencia de uno o varios centros urbanos que ejercen una clara y fuerte centralidad funcional para el medio rural circundante, y un papel determinante en la prestación de servicios y aspectos claves del desarrollo económico.
- - Redes con centralidad media (un conjunto de asentamientos es polarizado por uno o más Centros Rurales). Estos Centros Rurales localizan un número importante de servicios y equipamientos supralocales, siendo más limitada su influencia como centro difusor de actividades económicas.
- - Ámbitos rurales con débil centralidad o con organización no centralizada (un conjunto de asentamientos en el que ningún núcleo desempeña funciones claras de Centro Rural). Coinciden generalmente con áreas de baja densidad demográfica (lo que no excluye una alta densidad de asentamientos en núcleos o en diseminados).
- - Ciertas zonas presentan como valor añadido una organización territorial singular, consecuencia de su adaptación a las características del medio y a los modelos de aprovechamientos tradicionales de los recursos territoriales. Circunstancia que ha de ser valorada convenientemente en las propuestas de ordenación (Alpujarras, Serranía de Ronda, Filabres, o Sierra de Huelva).
- • Una parte de las Redes de Asentamientos en Áreas Rurales (especialmente las pertenecientes a las zonas de montaña), se caracteriza por haber sufrido en las últimas décadas una fuerte regresión demográfica, a la vez que presentan bajos niveles de accesibilidad debido a las limitaciones impuestas por el relieve y su posición alejada respecto a los principales ejes de comunicaciones.
- • En general, las condiciones de calidad de vida y bienestar social en las zonas rurales han mejorado sensiblemente en las dos últimas décadas, especialmente debido a la implantación de dotaciones de servicios públicos. Pese a ello, los bajos umbrales de población y la baja densidad, la debilidad de determinadas centralidades, y los problemas de accesibilidad hacen que la extensión de los servicios públicos deba adoptar fórmulas de organización específicas adaptadas a dichas condiciones de baja demanda. En algunos casos, la importancia de esos déficit y carencias exige una acción urgente de mejora de la accesibilidad y la prestación de servicios públicos.
- • Las oportunidades de desarrollo en las áreas rurales son variables, dependiendo en muchas ocasiones de la posibilidad de integrarse en el área de influencia de determinadas Redes de Ciudades Medias en el interior, en el área de influencia de las áreas litorales o en el área de influencia de los Centros Regionales. En cualquier caso, los nuevos procesos de desarrollo en sectores agrarios, industriales, y sobre todo turísticos, han de tomar en consideración su obligada compatibilidad con el mantenimiento de los espacios rurales y naturales y con la preservación de la identidad territorial y el patrimonio urbano y cultural. Destaca, en este sentido, la importancia de la puesta en marcha de medidas dirigidas a favorecer el desarrollo de las zonas rurales (fomento de uso turístico, sectores industriales endógenos y dotaciones) en los distintos dominios en los que están presentes los asentamientos rurales: Sierra Morena-Pedroches, Valle del Guadalquivir y Sierras y Valles Béticos.
- • La experiencia reciente muestra cómo es en las áreas rurales en las que con más intensidad se han producido procesos de cooperación territorial. Más allá del establecimiento de sistemas supramunicipales para la gestión de determinados servicios (agua, residuos...), han alcanzado un cierto nivel de consolidación las iniciativas de cooperación con objetivos globales de desarrollo territorial y económico, especialmente las vinculadas con instrumentos públicos de promoción del desarrollo rural. La cooperación se convierte, así, en un requisito indispensable para poder plantear proyectos de desarrollo comunes en las zonas rurales.
[35] Objetivos (O).
El Plan establece en su Modelo Territorial un tercer nivel del Sistema de Ciudades constituido por las Redes de Asentamientos en Áreas Rurales, cuyos objetivos son los siguientes:
1. Consolidar las Redes de Asentamientos en Áreas Rurales como referentes para la ordenación territorial de los espacios rurales.
2. Mejorar los niveles de calidad de vida de la población rural para frenar los procesos de despoblamiento.
3. Favorecer el desarrollo territorial de las áreas rurales de forma compatible con la preservación y puesta en valor de sus recursos naturales, culturales y paisajísticos.
[36] Líneas Estratégicas [E].
Para la consecución de dichos objetivos se prevé el desarrollo y aplicación de las siguientes Líneas Estratégicas:
1. Potenciar las perspectivas supramunicipales en la ordenación y gestión de las Redes de Asentamientos en Áreas Rurales.
2. Garantizar unos adecuados niveles de accesibilidad a las Áreas Rurales y su conexión con los principales Ejes de Articulación Regional, así como el acceso a las infraestructuras y servicios de la sociedad de la información.
3. Potenciar la localización de equipamientos y servicios adaptados a las características territoriales de los ámbitos rurales y de acuerdo con las determinaciones del Modelo Territorial de Andalucía.
4. Adoptar estrategias territoriales favorecedoras de los procesos de desarrollo rural.
5. Apoyar los procesos de integración y cooperación dentro de las Redes de Asentamientos en Áreas Rurales.
6. Incluir las Redes de Asentamientos en Áreas Rurales en el Programa Andaluz de Ciudades con el objetivo de conectar estos ámbitos en los Ejes de Articulación Regional, asegurar un acceso equivalente a equipamientos y servicios, y potenciar el desarrollo de los sectores productivos, de acuerdo con los criterios establecidos en este Plan.
[37] Accesibilidad y conectividad de las Áreas Rurales [D].
El Plan establece las siguientes directrices para garantizar unos adecuados niveles de accesibilidad a las Estructuras en Áreas Rurales y su conexión con los principales Ejes de Articulación Territorial.
1. El Plan define los ejes de comunicaciones que articulan a las Estructuras Urbanas en Áreas Rurales en el Sistema Intermodal de Transportes y Comunicaciones para garantizar la plena articulación de las áreas rurales con el conjunto del territorio regional. Identifica los ejes principales que interconectan dichas áreas con los ejes viarios principales que sirven a la conexión entre los Centros Regionales, las Redes de Ciudades Medias y las conexiones de Andalucía con el exterior. Así mismo se incluyen aquí los ejes de la red ferroviaria que prestan servicio en áreas rurales.
2. Se establece la necesidad de considerar en la planificación de transporte de pasajeros y mercancías una estrategia para las Áreas Rurales con el fin de mejorar los niveles de servicio actualmente existentes, desde la óptica de los requerimientos de las áreas de baja densidad y demanda. Ello supone la gestión de servicios de transporte adaptados a las condiciones de accesibilidad específicas de cada ámbito. En su caso se prestará especial atención a la gestión de los servicios ferroviarios que dan conexión a las redes de asentamientos rurales.
3. El Plan define, complementariamente, los ejes de comunicaciones esenciales para articular y garantizar una adecuada accesibilidad interna a cada red de asentamientos rurales. Para ello, los ejes de comunicaciones se seleccionan atendiendo principalmente a la accesibilidad del conjunto de núcleos a los Centros Rurales y de estos a los ejes definidos en la propuesta anterior.
4. El Plan, atendiendo a criterios de equidad y articulación territorial considera esencial incentivar, desde los poderes públicos, la extensión de las redes y servicios de telecomunicaciones en las áreas rurales. Este objetivo deberá formar parte de la estrategia general de la Junta de Andalucía en materia de telecomunicaciones a nivel regional.
5. El desarrollo de las infraestructuras y los servicios de telecomunicaciones en las áreas rurales ha de apoyarse en los Centros Rurales y los Ejes de Articulación identificados en el Plan, debiendo adaptarse, en su concepción y desarrollo, a las condiciones de baja densidad. Junto al objetivo de completar el acceso a los servicios de telefonía básica en el medio rural, deberán tener especial atención los programas dirigidos a favorecer la difusión de los servicios avanzados a través de medidas en el campo educativo, empresarial e institucional. Así mismo se contempla el impulso a los proyectos telemáticos locales y supralocales, basados en la difusión de la utilización de Internet.
[38] Localización de equipamientos y servicios [N].
El Plan establece un conjunto de criterios territoriales para la localización de equipamientos y servicios básicos adaptados a las características de organización de los ámbitos rurales.
1. Los instrumentos de planificación y programación de equipamientos y servicios deberán justificar la adecuación de sus determinaciones al Modelo Territorial de Andalucía.
2. En los territorios organizados mediante Estructuras en Áreas Rurales dicha planificación y programación tendrá en consideración las especiales características para garantizar un acceso equivalente en estas áreas, y en particular:
- a) El escaso tamaño demográfico de muchos asentamientos rurales hace que parte de los servicios públicos deban prestarse mediante la creación de dotaciones de ámbito supramunicipal lo que conlleva la selección de un núcleo central y la generación de desplazamientos desde el conjunto de núcleos hasta dicho centro.
- b) En determinadas áreas rurales, la baja densidad y la falta de núcleos urbanos con suficiente peso funcional dificulta la creación de centralidades claras para la prestación de los servicios. Por ello en dichas zonas es necesario abordar estrategias específicamente adaptadas a tales condiciones de baja densidad (dotaciones móviles, dotaciones locales compartidas, etc.).
3. El Plan establece una estrategia específica para la dotación de equipamientos y servicios básicos en las Unidades Territoriales rurales fundamentada en:
- a) Un marco de referencia general para la zonificación de ámbitos funcionales para la prestación de servicios públicos. Dicho marco establecido toma en consideración las propuestas sectoriales más significativas y ya implantadas (equipamientos de salud, educativos, de servicios sociales, ambientales, etc.), así como la existencia en cada ámbito de una o varias centralidades.
- b) La identificación de un conjunto de Centros Rurales que, con diferente importancia en cuanto a su peso funcional y a su centralidad, tienen capacidad para actuar como centros para la prestación de servicios de ámbito supramunicipal.
- c) El señalamiento de un conjunto de dotaciones básicas de ámbito supramunicipal con que ha de dotarse las Redes de Asentamientos en Áreas Rurales.
- d) Estándares y zonificación tienen carácter indicativo y han de servir de apoyo a las estrategias que adopte cada administración para la implantación territorial de los servicios y equipamientos.
[39] Redes de Asentamientos en Áreas Rurales y Cooperación [R].
1. Los procesos de cooperación intermunicipal tienen una especial importancia en las Áreas Rurales. Tanto la necesidad de mancomunar servicios como los de agua y residuos como, sobre todo, las iniciativas vinculadas a programas de desarrollo rural, han mostrado sus ventajas por cuanto las economías de escala que se consiguen, permiten superar el inconveniente de su escaso peso poblacional.
2. El Plan establece la necesidad de reforzar y consolidar las estructuras técnicas y de gestión para la cooperación entre Ayuntamientos, entidades y empresas de cada zona, en tanto que soportes fundamentales para la puesta en marcha de proyectos de desarrollo rural. La consolidación de las estructuras de cooperación se realizará en el marco de la legislación autonómica en materia de cooperación territorial, teniendo como referencia las Estructuras urbanas definidas en el Plan y, en todo caso, guardando coherencia con el Modelo Territorial de Andalucía.
3. Los ámbitos en los que se llevan a cabo estos procesos de cooperación son variables en la actualidad y se considera que es positivo que se mantenga una geometría variable que permita que la cooperación entre unos municipios y otros se produzca adaptándose a las necesidades de cada caso (podrá existir un ámbito para la gestión del agua, otro para la gestión de residuos, otro para los programas de desarrollo etc.). Pese a ello, el Plan aporta una zonificación de Unidades Territoriales (Título IV) que ha de servir como referente, y en las que alcanzan coherencia territorial los procesos de cooperación.
4. Los aspectos que abarca la cooperación en las Estructuras Urbanas en Áreas Rurales son enormemente amplios y deben estar abiertos a nuevos planteamientos en el futuro. Algunas de las líneas esenciales, desde el punto de vista territorial son:
- a) La elaboración de estrategias globales de desarrollo económico y territorial.
- b) La elaboración de estrategias sectoriales de desarrollo vinculadas a sistemas productivos locales (planes y programas de agricultura, industria, servicios, turismo).
- c) La elaboración de estrategias de protección, conservación y puesta en valor de los recursos del patrimonio territorial (natural, histórico, cultural y paisajístico).
- d) La coordinación de la oferta de suelo para actividades productivas (suelo industrial, parques empresariales, centros de I+D).
- e) La coordinación de la oferta de formación de recursos humanos (programas formativos, formación ocupacional, etc.).
- f) La puesta en marcha de proyectos telemáticos locales y supralocales.
[40] Planes de Ordenación del Territorio [N].
1. Se formularán Planes de Ordenación del Territorio de ámbito subregional en aquellas áreas rurales que así lo precisen teniendo en cuenta su complejidad, los requerimientos de accesibilidad en el contexto regional, las necesidades de organización funcional o coordinación urbanística, la intensidad actual o prevista de usos turísticos y recreativos y la importancia del patrimonio urbano y natural que es necesario preservar.
2. El ámbito de referencia para estos planes serán las Unidades Territoriales, sin perjuicio de que en su formulación se ajuste su delimitación, tras los estudios y justificación pertinentes.
[41] Programas de intervención en Áreas Rurales con problemas específicos [N].
1. Estos Programas de Intervención [ZN-01] tienen como objetivo la mejora a corto plazo de las condiciones de calidad de vida en determinadas áreas rurales, actuando especialmente en la dotación de servicios públicos y en la mejora de las infraestructuras. Así mismo, promoverá políticas que ofrezcan incentivos a la población local para actividades productivas (agrícolas, forestales, ganaderas, industriales y de turismo rural) que sean compatibles con la conservación de los recursos naturales.
2. Se formularán en ámbitos que presentan indicadores especialmente desfavorables en dotaciones de servicios y equipamientos. Estas áreas se sitúan por lo general en las zonas de menor accesibilidad de la región y presentan, además, un nivel de despoblamiento muy elevado.
3. Estos Programas de intervención tendrán carácter multisectorial, bajo la corresponsabilidad de las siguientes Consejerías: Agricultura y Pesca; Igualdad y Bienestar Social, Salud, Educación, Medio Ambiente y Obras Públicas y Transportes, en coordinación con las respectivas Diputaciones Provinciales.
4. Los ámbitos prioritarios para la puesta en marcha de estos Programas son: Filabres (Almería); Andévalo occidental (Huelva); Valle del Guadiato (Córdoba), Valle del Genal (Málaga); Sierra de Segura (Jaén), Sierra Tejeda-Almijara (Málaga y Granada), Alpujarras (Granada y Almería) y Los Montes (Granada).
[42] Localización de equipamientos y servicios especializados [D].
La Tabla III. 3 recoge, con carácter orientativo y no exhaustivo, las dotaciones y equipamientos supramunicipales necesarias para definir un nivel de prestaciones adecuadas en las Estructuras de Áreas Rurales.
Dotaciones de equipamiento ambiental. Ámbitos supramunicipales de gestión de residuos sólidos urbanos: |
• Estaciones de Transferencia de Residuos (a menos de 30 minutos de una Planta de Recuperación y Compostaje). • Implantación de la recogida selectiva: >5.000 habitantes en 2005. >2.000 habitantes en 2008. • Puntos Limpios: 1 por cada 40.000-50.000 habitantes. >2.000 habitantes: Dotación móvil de Punto Limpio. • Centros de Recogida y Selección de Escombros y Depósito Controlado (1 por cada área de gestión). En áreas de baja densidad: Plantas Móviles de Recogida de Escombros. • Centro de Recogida y Descontaminación de Vehículos y Maquinaria Industrial. (1 por cada área de gestión). • Centro de Acopio de Residuos Agrícolas. (1 por cada área de gestión) |
Equipamientos y servicios educativos: |
• Centros de Educación Secundaria. • Equipo de Orientación Educativa. • Colegios rurales (áreas de baja densidad). |
Equipamientos y servicios sanitarios: |
• 5.000-25.000 habitantes (áreas rurales): Centro de Salud. Accesibilidad de la población atendida: < 20 minutos al Centro de Salud. • 64.000 habitantes (áreas rurales): Distritos sanitarios. |
Equipamientos y servicios sociales: | • 20.000 hab. (máximo en áreas rurales) y 20.000-30.000 hab. (máximo en áreas urbanas): Zona de Trabajo Social. |
Equipamientos y servicios culturales: | • Gestión descentralizada de servicios culturales (bibliotecas, difusión y eventos culturales). |
Equipamientos y servicios deportivos: |
• 5.000 hab. Pista deportiva al aire libre. Campo de fútbol. • 10.000 hab. Sala cubierta de deporte individual. • 15.000 hab. Pabellón cubierto. • 20.000 hab. Piscina cubierta. • > 40.000 hab. Pista de atletismo. |
Equipamientos y servicios de empleo: | • Oficina de Empleo. |
Dotaciones y servicios económicos: |
• Unidades Territoriales de Empleo, Desarrollo Local y Tecnológico. • Centros comarcales del Instituto Nacional de la Seguridad Social. • Administraciones de la Agencia Tributaria. • Registro de la Propiedad. • Centros GuadalInfo. • Oficinas Comarcales Agrarias. • Grupo de Desarrollo Rural (sede). |
Equipamientos turísticos: |
• Infraestructuras de ocio. • Infraestructuras de servicios turísticos. |
Sección 4
Orientación y control de los procesos de urbanización y la calidad urbana
En las últimas décadas, Andalucía ha sufrido un fuerte proceso de urbanización que ha provocado una importante expansión de los suelos urbanizados. Este proceso se ha centrado fundamentalmente en tres ámbitos del territorio regional:
- • El proceso de expansión urbana en las ciudades históricas, especialmente relevante en lo que se refiere al crecimiento de las grandes ciudades y a la formación de entornos metropolitanos, aunque también afecta a numerosas ciudades medias.
- • La ocupación del litoral, donde se han sumado los procesos de crecimiento urbano de las ciudades costeras con la expansión turística, como forma ésta última muy especializada (y segregada) de urbanización.
- • La ocupación, más difusa, pero no menos importante en términos superficiales, de muchos espacios rurales del interior por urbanizaciones de segunda residencia, a través de procesos de parcelación muchas veces fuera de la legalidad. Este proceso se combina en muchos casos con las expansiones urbanas, pero también surge en espacios netamente rurales, a veces de alto valor ecológico y paisajístico.
La combinación de todos estos procesos ha provocado una auténtica reurbanización de Andalucía. Esto es, ha significado no tanto un aumento de las tasas de urbanización (Andalucía ha sido históricamente una sociedad altamente urbana), como una reorganización profunda de las pautas territoriales que sustentaban los espacios urbanos tradicionales.
Los procesos de urbanización señalados son, en gran parte, característicos de las sociedades modernas y tienen que ver con la existencia de nuevas demandas ciudadanas y nuevas funciones territoriales (por ejemplo, la acogida de los usos turísticos). Pero en el caso andaluz, esos procesos han comportado y siguen comportando determinados riesgos y problemas derivados de dos factores principales:
- • Por un lado, el carácter extremadamente acelerado de la expansión reciente de los nuevos procesos de urbanización, concentrados en un período de tiempo relativamente breve (comienzos de los años sesenta).
- • Por otro lado, esa rápida expansión se produce muchas veces sin una cobertura adecuada de planificación urbanística, con una perspectiva de planificación local (cuando se requeriría una escala superior a la municipal como es el caso de los conjuntos metropolitanos o del litoral) o, simplemente, al margen de cualquier esquema de planificación y fuera de la legalidad urbanística (como es el caso particularmente de las parcelaciones de segundas residencias en el medio rural).
La confluencia de todos estas dinámicas obliga necesariamente a formular una política territorial regional sobre los procesos de urbanización que tenga en cuenta cuatro dimensiones básicas de orientación y control:
- • En relación con las dinámicas de urbanización que comprometan o alteren el orden territorial regional. Los procesos de urbanización deben contribuir a reforzar un modelo territorial basado en la existencia de una matriz urbana, de un sistema de ciudades, equilibrado y coherente.
- • En relación con las dinámicas de urbanización que repercuten en la pérdida de cohesión social. Tiene que ver principalmente con la exigencia de altos niveles de calidad en la formalización de los espacios urbanizados, y de dotación de servicios públicos, en cuanto marco físico de la vida cotidiana de todos los ciudadanos.
- • En relación con la competitividad de las ciudades. Las condiciones actuales de desarrollo de las actividades económicas sólo pueden sostenerse en un marco urbanístico de sólidas bases infraestructurales y de ordenación física adecuada.
- • En relación con la sostenibilidad de los procesos de urbanización. La base ecológica de la ciudad debe ser considerada desde la perspectiva de su responsabilidad en el consumo global de recursos naturales y en la conservación del capital natural (agua, energía y materiales y espacios rurales y naturales) y en la creación de condiciones internas de adecuada habitabilidad y buena calidad ambiental.
Todos estos aspectos deben ser considerados e integrados dentro de la Política Regional de Ciudades como un elemento fundamental para la materialización del Modelo Territorial de Andalucía. De hecho, una gran parte de las determinaciones contenidas en anteriores apartados relativos a la Política de Ciudades están estrechamente vinculadas a los objetivos y propuestas que a continuación se especifican con relación a la orientación y control de los procesos de urbanización.
[43] Objetivos [O].
1. Preservar el Modelo Territorial de Andalucía frente a procesos de urbanización no deseables.
2. Mejorar los niveles de competitividad, calidad de vida y cohesión social de las ciudades andaluzas.
3. Contribuir desde el Sistema de Ciudades a la sostenibilidad global.
[44] Líneas Estratégicas [E].
1. Definir los modelos de ciudad que deben ser tenidos en cuenta por el planeamiento urbanístico y territorial, para consolidar las Redes del Sistema de Ciudades y preservar los valores ecológicos y ambientales del territorio.
2. Favorecer la aplicación de políticas públicas con especial incidencia en el medio urbano y su integración con los procesos de planificación urbanística y territorial.
3. Mejorar el balance ecológico de las ciudades con relación a los ciclos de consumo y procesamiento de recursos naturales (agua, suelo, energía y materiales).
[45] Modelo de ciudad [N].
1. El planeamiento urbanístico y territorial favorecerá la consolidación de modelos de ciudad que contribuyan a los objetivos definidos y a su integración ambiental y territorial en el marco del Modelo Territorial de Andalucía. Por ello, el Plan considera necesario la defensa de un sistema y un modelo de ciudad en su conjunto de acuerdo a la tradición mediterránea, como depositarias activas de nuestra cultura en toda su diversidad, así como factor de dinamismo y competitividad en España, Europa y en el Mundo.
2. De acuerdo con las previsiones de la legislación urbanística y territorial, el planeamiento tendrá entre sus objetivos la consecución de un modelo de ciudad compacta, funcional y económicamente diversificada, evitando procesos de expansión indiscriminada y de consumo innecesario de recursos naturales y de suelo. Este modelo de ciudad compacta es la versión física de la ciudad mediterránea, permeable y diversificada en su totalidad y en cada una de sus partes, y que evita en lo posible la excesiva especialización funcional y de usos para reducir desplazamientos obligados, así como la segregación social del espacio urbano.
El desarrollo urbano debe sustentarse en un modelo basado en la creación de ciudad que genere proximidad y una movilidad asegurada por altos niveles de dotaciones de infraestructuras, equipamientos y servicios de transportes públicos.
3. Esta orientación debe adaptarse a las condiciones particulares que presentan los diferentes territorios y redes del Sistema de Ciudades.
- a) En los Centros Regionales, inmersos en procesos de carácter metropolitano, el modelo de ciudad compacta y diversificada debe ser preservado y defendido frente a tendencias que produzcan la segregación social y funcional, especialmente del espacio residencial (urbanizaciones residenciales suburbanas de primera y segunda residencia) y comercial (grandes superficies desvinculadas de la estructura urbana), y que produzcan un espacio urbano continuo o conurbado en el que se eliminan los componentes rurales y naturales de mayor valor. Especial importancia tiene la defensa de la personalidad urbana y funcional diferenciada de los núcleos que forman parte de los procesos metropolitanos. Las ciudades medias y pequeñas que se integran en los ámbitos metropolitanos deben hacerlo desde la preservación de sus características y valores urbanos propios, evitando la indiscriminada formación de continuos urbanos que acaben con los modelos diversos de ciudad preexistente.
- b) En las áreas turísticas litorales especializadas debe lograrse una reconversión del carácter monofuncional del espacio urbanizado, para alcanzar un mayor grado de complejidad y madurez de los procesos urbanos y la integración del espacio turístico en el sistema de ciudades tradicional de las zonas costeras. La mejora de los procesos de desarrollo urbano de las áreas turísticas ha de entenderse como la estrategia fundamental para lograr la sostenibilidad ecológica de las zonas litorales y para garantizar la viabilidad económica y social de la propia actividad turística a largo plazo.
- c) En las Ciudades Medias, la ciudad compacta debe ser un modelo preservado, evitando la reproducción de modelos expansivos propios de las grandes ciudades y manteniendo las características y valores propios de este tipo de ciudades, a la vez que se las dota de infraestructuras capaces de sustentar su desarrollo urbano y su competitividad económica. Las dimensiones y características propias de la ciudad media la hacen especialmente apta para estrategias de desarrollo urbano capaces de garantizar un elevado nivel de calidad de vida y, a su vez, de favorecer formas de desarrollo económico y social que no han de implicar consumos excesivos de suelo, ni la pérdida de su personalidad e implantación territorial característica. La protección de la imagen paisajística de la ciudad media en el territorio en que se inserta ha de ser una de las orientaciones a considerar en las estrategias de desarrollo urbano.
- d) Los asentamientos rurales deben considerar que en sus operaciones de expansión se garantice su adecuada integración en el medio, así como promover su patrimonio construido para las nuevas funciones residenciales y turísticas, procurando en todo momento el respeto a la trama de ocupación histórica del territorio.
4. Como norma y con criterio general, serán criterios básicos para el análisis y evaluación de la incidencia y coherencia de los Planes Generales de Ordenación Urbanística con el modelo de ciudad establecido en este Plan los siguientes:
- a) La dimensión del crecimiento propuesto, en función de parámetros objetivos (demográfico, del parque de viviendas, de los usos productivos y de la ocupación de nuevos suelos por la urbanización), y su relación con la tendencia seguida para dichos parámetros en los últimos diez años, debiendo justificarse adecuadamente una alteración sustancial de los mismos. Con carácter general no se admitirán los crecimientos que supongan incrementos de suelo urbanizable superiores al 40% del suelo urbano existente ni los crecimientos que supongan incrementos de población superiores al 30% en ocho años. Los planes de ordenación del territorio de ámbito subregional determinarán criterios específicos para cada ámbito.
- b) El grado de ejecución alcanzado en el desarrollo de las previsiones del planeamiento anterior, dando prioridad a la culminación de dichos desarrollos y a la intervención sobre la ciudad consolidada sobre los nuevos crecimientos.
- c) La no alteración del modelo de asentamiento, resultando excepcional los desarrollos urbanos desvinculados de los núcleos que en todo caso deberán cumplir las condiciones exigidas por la legislación urbanística, en especial su integración en la ordenación estructural, la no afección a los suelos preservados del desarrollo urbano y la justificación de la capacidad de los sistemas generales, existentes o previstos, para satisfacer la demanda prevista.
- d) Un desarrollo urbanístico eficiente que permita adecuar el ritmo de crecimiento a la efectiva implantación de las dotaciones y equipamientos básicos (educativos, sanitarios, asistenciales, deportivos, culturales), los sistemas generales de espacios libres y el transporte público.
- e) La disponibilidad y suficiencia de los recursos hídricos y energéticos adecuados a las previsiones del desarrollo urbanístico establecido.
En el supuesto de existencia de planes de ordenación del territorio de ámbito subregional en vigor, los referidos criterios se enmarcarán en las determinaciones y contenidos de éstos.
[46] Ordenación y mejora de los procesos de urbanización [D].
1. De acuerdo con los instrumentos previstos en la legislación urbanística, los órganos responsables de la política urbanística autonómica establecerán directrices y criterios relativos al tratamiento territorial y urbanístico de los procesos de urbanización característicos de Andalucía, en particular sobre todas o algunas las siguientes cuestiones:
- a) Definición de orientaciones y parámetros urbanísticos generales que se consideren adecuados para la consecución de los objetivos del modelo de ciudad propuesto en este Plan.
- b) Requisitos mínimos de calidad urbana en materia de movilidad urbana e infraestructuras de comunicaciones atendiendo especialmente al transporte público, la integración de los modos no motorizados y la mejora de la accesibilidad para la población discapacitada y con problemas de movilidad.
- c) Requisitos y condiciones en materia de equipamientos, servicios públicos y espacios libres.
- d) Orientaciones para mejorar la cohesión social y la integración de las áreas y barrios con problemas de marginalidad.
- e) Orientaciones generales para la mejor aplicación de ordenanzas de uso y edificación que consideren las características ambientales (en relación con la reducción del consumo de agua y energía), paisajísticas y urbano-territoriales de los respectivos ámbitos de aplicación.
- f) Condiciones para las implantaciones de usos desvinculados del sistema de asentamientos.
- g) Criterios y parámetros que debe adoptar el planeamiento urbanístico para establecer las dimensiones y características de los desarrollos urbanos necesarios.
- h) Criterios para favorecer el diseño de políticas de desarrollos urbanos basados en la recualificación de la ciudad existente, y el aprovechamiento del suelo y el parque edificatorio.
- i) Orientaciones para la integración paisajística de la ciudad en su entorno natural y rural, contribuyendo a la recualificación de los espacios periurbanos, especialmente en las coronas metropolitanas y del litoral.
- j) Criterios para la regulación general del uso turístico, y en particular sobre establecimientos con requerimientos especiales de suelo y otros recursos del territorio.
- k) Orientaciones generales relativas a la ordenación del suelo no urbanizable y la protección de los patrimonios territoriales y del paisaje.
- l) Los criterios de actuación y protección relativos al patrimonio arqueológico urbano.
- m) Condiciones para la regulación de las nuevas formas de actividades productivas agrarias, especialmente de aquellas modalidades agrícolas y agroindustriales con grandes exigencias de dotaciones e infraestructuras.
2. Estas orientaciones y directrices podrán estar dirigidas para su aplicación al conjunto del territorio o aquellos ámbitos con procesos de urbanización con características particulares que requieran criterios adaptados a sus circunstancias.
[47] Políticas urbanas con incidencia en los procesos de planificación [D].
1. La situación actual de los procesos de desarrollo urbano permite identificar un conjunto de cuestiones que deben ser objeto de atención prioritaria, por parte de la acción pública. Por otro lado, la concurrencia de políticas sectoriales con impacto urbano requiere cada vez más un alto nivel de coordinación entre ellas, así como una adecuada integración en y desde los procesos de planificación urbanística y territorial. Dichas cuestiones responden a los siguientes objetivos compartidos, y que son objeto de directrices en los apartados siguientes:
- a) Mejorar la calidad de vida urbana y del espacio urbanizado: equipamientos; dotaciones de espacios libres de ámbito supralocal; política de suelo residencial y vivienda; movilidad urbana y transporte público; y control de los procesos de urbanización.
- b) Incrementar las condiciones de competitividad y desarrollo de los recursos propios: suelo para actividades productivas; actividad comercial; urbanización del espacio turístico.
- c) Favorecer la cohesión social: integración social en el espacio urbano.
- d) Establecer medidas para la contribución del sistema urbano a la sostenibilidad global, mejorando el balance ecológico de las ciudades, y el adecuado tratamiento de los recursos patrimoniales y paisajístico de la ciudad.
- e) Mejorar la calidad ambiental urbana incorporando instrumentos para controlar la calidad del aire y la contaminación acústica.
2. La planificación territorial y urbanística con independencia de los contenidos propios asignados por las respectivas legislaciones, deben incorporar estos objetivos programáticos, favoreciendo la integración de políticas y de procesos.
[48] Equipamientos [D].
El planeamiento urbanístico y territorial debe adoptar estrategias específicas con relación a la dotación y mejora de los equipamientos urbanos desde la consideración de los siguientes criterios:
- a) Favorecer la implantación de los equipamientos especializados de ámbito supramunicipal definidos en este Plan para cada una de las estructuras del Sistema de Ciudades, con los niveles de dotación establecidos, evaluando las implicaciones territoriales derivadas de su implantación y adoptando las determinaciones de ordenación y gestión que sean precisas.
- b) Adoptar criterios de ordenación desde los instrumentos de planificación que permitan un funcionamiento en red del sistema de equipamientos y su conexión o integración con otras redes urbanas, especialmente el sistema de espacios libres. La red debe responder a criterios de accesibilidad que permitan una movilidad eficiente, especialmente en los colectivos más sensibles.
- c) Favorecer la complementariedad y multifuncionalidad de los distintos equipamientos, especialmente los equipamientos educativos, culturales, sociales y deportivos, evitando una segregación innecesaria y la ineficiencia en su utilización y explotación.
- d) Prioridad en la gestión de calidad y consolidada frente a la expansión, incorporando fórmulas de participación social en su programación y explotación.
[49] Mejora de la dotación de zonas verdes y espacios libres de carácter metropolitano o supralocal [D].
1. El planeamiento urbanístico y territorial contemplará a los espacios libres en su triple condición de dotación urbana para el uso público, recurso ambiental, y recurso de ordenación, precisando de una mejora cualitativa en su diseño y ordenación, de forma que se posibilite:
- a) Un incremento de las dotaciones de carácter supramunicipal y la superación de los déficits existentes, dimensionándolos en función de la población efectiva en razón a su uso y ámbito de servicio con independencia de su ubicación.
- b) Su ordenación como sistema o red de espacios libres, dotada de continuidad espacial tanto urbana como territorial con las condiciones máximas de accesibilidad. La red de espacios libres debe contribuir de manera efectiva, y no secundaria, a la mejora de la movilidad no motorizada en la ciudad y su área.
- c) Su utilización como recurso de ordenación debe contribuir, especialmente en las aglomeraciones urbanas, a preservar la identidad de los núcleos evitando los procesos de conurbación, a la mejora ambiental del área (especialmente en el tratamiento de espacios intersticiales, setos, lindes y riberas que permitan el mantenimiento de hábitats naturales), y a la adecuada protección y ordenación del entorno de las infraestructuras territoriales.
- d) El establecimiento de formulas de gestión supramunicipal en ámbitos metropolitanos, así como para desarrollar criterios técnicos de mantenimiento de sistemas de bajo consumo.
2. Establecimiento de una Red de interés regional de espacios libres de uso público y de naturaleza metropolitana o supramunicipal.
- a) Dicha red estará integrada por aquellos elementos que defina el planeamiento territorial en los ámbitos metropolitanos, y aquellos otros espacios libres supramunicipales de relevancia regional contemplados en el planeamiento urbanístico.
- b) Esta red debe jugar un papel complementario a los espacios naturales en su función de esparcimiento y ocio de la población.
- c) La red se desarrollará en el contexto del Programa Regional de Espacios Públicos [SC-08] de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, disponiendo de los recursos y medidas de fomento necesarios.
[50] Política de vivienda y suelo residencial [N].
1. La satisfacción de un bien social como es la vivienda, exige una mejora sustancial en las condiciones actuales de accesibilidad, afectando de manera destacada a importantes colectivos (especialmente jóvenes para el primer acceso, colectivos ciudadanos con altos niveles de exclusión o marginación social y población inmigrante), localizados de manera preferente en los ámbitos urbanos más dinámicos de Andalucía. El suelo, como factor básico de la producción inmobiliaria, condicionado por la demanda, incide de manera efectiva en la evolución del mercado y en el mantenimiento de sus fases expansivas.
2. Una de las más eficientes políticas de vivienda es una adecuada política de suelo residencial mantenida en el tiempo. Desde la ordenación territorial, la política de suelo adquiere una dimensión de política estructural, a medio y largo plazo, con ciclos de producción diferentes en amplitud y magnitud a los de la vivienda y de responsabilidad de todas las Administraciones Públicas.
3. Desde la Administración regional, la política de suelo residencial debe ser, ante todo, una política de concertación y de reequilibrio territorial que permita atender los mercados más desequilibrados, incrementar la accesibilidad a la vivienda de los colectivos más desfavorecidos y garantizar la producción de viviendas protegidas. Para ello desarrollará las siguientes medidas de política de suelo residencial:
- a) Incorporación de criterios territoriales a los Planes de Vivienda y Suelo elaborados por la Junta de Andalucía estableciendo determinaciones específicas para cada una de las diferentes estructuras territoriales y su adecuación al Modelo Territorial de Andalucía.
- b) Desarrollo de estrategias de política de suelo para viviendas protegidas y la formación de patrimonios públicos de suelo, tal como se establece en la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, que en el caso de las áreas metropolitanas deberá dar lugar a políticas de ámbito supramunicipal.
- c) Incorporar, en la formulación de los Planes de Ordenación del Territorio de los Centros Regionales y litoral y aquellos otros ámbitos donde pueda establecerse una unidad de mercado, estrategias integradas en materia de vivienda y suelo, identificando actuaciones estratégicas para su ejecución concertada.
4. Desarrollo del Patrimonio Autonómico de Suelo, previsto en la legislación urbanística andaluza, como instrumento de apoyo a la ejecución de los planes de ordenación del territorio y del propio planeamiento urbanístico, permitiendo la constitución de reservas de suelo de carácter estratégico y coadyuvando al desarrollo de los correspondientes Patrimonios Municipales de Suelo.
5. Elaborar un Programa Andaluz de Suelo Residencial, formulado por la Consejería de Obras Públicas y Transportes e integrado en los Planes de Vivienda y Suelo [SC-03], que sirva de marco estratégico para la concertación en materia de suelo entre las distintas Administraciones, establezca las prioridades de actuación a nivel regional y permita la programación del Patrimonio Autonómico de Suelo.
6. Incorporar en la planificación territorial, urbanística y de vivienda, criterios dirigidos a dimensionar los crecimientos urbanos desde la perspectiva de dar prioridad a la rehabilitación física y funcional del parque residencial existente mediante la rehabilitación de viviendas.
7. Desarrollar proyectos de urbanización en los nuevos desarrollos residenciales basados en la calidad del espacio urbano, la prioridad en la ejecución de las dotaciones de los equipamientos y servicios públicos previstos, así como de los sistemas de transporte público.
[51] Suelo para actividades productivas [N].
1. Las políticas territoriales favorecerán la consolidación de los diferentes sistemas productivos locales existentes en Andalucía como elemento de vertebración territorial que permita aprovechar los recursos y potencialidades de cada parte del territorio.
2. Una adecuada dotación de suelo para actividades económicas resulta un factor clave para la competitividad de las áreas urbanas. Por ello, en los procesos de planificación y promoción de estos espacios deben tenerse en cuenta los siguientes factores:
- a) La necesidad de adoptar objetivos y estrategias territoriales desde una visión supralocal, especialmente en los ámbitos metropolitanos y redes de ciudades medias, y desde una óptica sectorial, favoreciendo la implantación de actividades vinculadas a los sistemas productivos locales.
- b) Una oferta de espacios de mayor cualificación, tanto en calidad de urbanización y dotación de infraestructuras y servicios, como en organización y gestión.
- c) Los procesos de recualificación y rehabilitación de espacios industriales para su integración urbana y territorial, en particular con la puesta en valor del patrimonio industrial de interés cultural.
3. Las medidas que en materia de suelo para actividades productivas deberán desarrollarse se centran en:
- a) Favorecer la coordinación y planificación de actuaciones de suelo para actividades productivas a nivel supramunicipal, con participación de Ayuntamientos y Grupos de Desarrollo Local, mediante la elaboración de programas de ámbito comarcal.
- b) Incorporar a los planes de ordenación del territorio de ámbito subregional determinaciones en relación a este tipo de suelo, estableciendo directrices para el planeamiento urbanístico para la ordenación y recualificación de espacios productivos, e identificando actuaciones estratégicas de desarrollo concertado.
- c) En el marco del planeamiento urbanístico deberán justificarse las dimensiones y cualificación de los suelos destinados a actividades productivas a partir de un análisis supramunicipal, en el que se valoren las oportunidades reales en el contexto de las estructuras territoriales intermedias propuestas por este Plan y los sistemas productivos locales presentes.
- d) Formular un Programa Regional de Suelo para Actividades Productivas por las Consejerías de Innovación Ciencia y Empresa, y Obras Públicas y Transportes, de acuerdo con el Plan Andaluz de Desarrollo Industrial, que permita coordinar la participación de entidades públicas en la promoción de suelo, dando prioridad a las actuaciones de escala regional contempladas en la Red de Espacios Tecnológicos de Andalucía.
[52] Actividad comercial [D].
1. Las nuevas formas del espacio comercial, particularmente aquellas que tienen que ver con la progresiva implantación de grandes establecimientos comerciales, tienen cada vez mayor repercusión sobre los modelos de ciudad, afectando de manera decisiva a múltiples aspectos de la organización urbana (particularmente en la generación de flujos de transportes internos e interurbanos), así como a la supervivencia de formas de comercio tradicional que constituyen un elemento básico de la identidad urbana y social de las ciudades históricas.
2. El planeamiento territorial de ámbito subregional considerará específicamente entre sus determinaciones las relativas al espacio comercial, desarrollando las directrices y criterios marcadas en la legislación y planificación comercial de Andalucía.
3. El planeamiento urbanístico establecerá la determinación de los nuevos grandes establecimientos comerciales de acuerdo con los criterios de la legislación y la planificación comercial y del Plan de Ordenación Territorial de ámbito subregional correspondiente, en su caso, valorando principalmente su impacto sobre el modelo de ciudad, el medio ambiente, la ordenación de la movilidad urbana, la integración urbana y paisajística y el mantenimiento de las formas de comercio tradicional presentes en la ciudad.
4. El planeamiento urbanístico considerará específicamente la regulación espacial del pequeño y mediano comercio de las áreas urbanas, favoreciendo su desarrollo como elemento básico del modelo de ciudad funcional y económicamente diversificada.
5. El planeamiento urbanístico que afecta a ciudades consideradas como Conjuntos o Centros Históricos recogerá entre sus determinaciones, las condiciones específicas mediante las que se regule la implantación de las actividades comerciales con el objetivo de preservar los valores paisajísticos de la escena urbana.
[53] Urbanización de áreas turísticas [D].
1. El proceso de urbanización en áreas turística, en todas sus tipologías y particularmente en la Unidades del litoral, ha incidido de manera determinante en la transformación del territorio andaluz en los últimos decenios. El carácter masivo, confundido frecuentemente con los desarrollos urbanos-residenciales, y muchas veces incontrolado, de dichos procesos ha motivado la aparición de problemas urbanos, territoriales y ambientales que pueden influir negativamente en el futuro de un sector clave de la economía andaluza. Ello requiere la consideración específica y propia del espacio turístico, y su adecuada ordenación, como un factor determinante para el desarrollo territorial de Andalucía.
2. La Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, reforzará los medios materiales y humanos dirigidos al control de la legalidad urbanística en las áreas turísticas del litoral andaluz.
3. El planeamiento urbanístico y territorial orientará la ordenación del espacio turístico según los siguientes criterios básicos:
- a) Dar prioridad a la integración de las nuevas ofertas turísticas en los núcleos urbanos existentes, evitando los procesos de expansión desligados del sistema urbano preexistente.
- b) Establecer medidas de reconversión y recualificación de las áreas turísticas existentes, dirigidas a lograr mayores niveles de diversificación de usos y una mejora sustancial de las condiciones urbanas y ambientales de esos espacios.
- c) Favorecer en las áreas turísticas modelos de desarrollo menos consuntivos de suelo y de mayor valor añadido (establecimientos reglados de oferta turística), frente a modelos basados exclusivamente en la promoción inmobiliaria y la oferta de segundas residencias.
- d) Proteger y conservar estrictamente los espacios naturales, los elementos patrimoniales y los valores paisajísticos frente a los procesos de expansión turística, evitando los fenómenos de conurbación de las áreas turísticas, especialmente en el litoral.
- e) Proteger y regular la utilización del dominio público marítimo-terrestre y sus zonas de servidumbre e influencia de acuerdo con la legislación de Costas, cuyos límites deben ser reproducidos adecuadamente, en la perspectiva de asegurar su articulación con los espacios urbanos y los ámbitos libres existentes, potenciar su capacidad como recurso de esparcimiento y ocio. Asimismo, deberá tratar adecuadamente los usos, edificaciones e instalaciones existentes que sean contrarios a los criterios establecidos por la legislación costas.
- f) Compatibilizar el desarrollo turístico con el mantenimiento de actividades primarias del territorio como la agricultura o la pesca, promoviendo las producciones locales de calidad (alimentación, artesanías...) como parte del atractivo turístico.
- g) Dimensionar la oferta y el uso del espacio turístico atendiendo a la capacidad de carga de los territorios y a las posibilidades reales de acceso a recursos naturales escasos, particularmente hídricos. Los nuevos desarrollos deberán justificar y garantizar las dotaciones necesarias en materia de agua y energía. A estos efectos se entenderá como capacidad de carga al conjunto de factores que permiten el uso turístico sin una excesiva presión sobre los recursos turísticos, y sin una alteración ecológica, territorial y paisajística inadmisible, disponiendo, a su vez, de los equipamientos, servicios e infraestructuras generales precisos para el desarrollo de la actividad y la atención de las demandas de la población.
- h) Considerar las instalaciones turísticas singulares destinados al ocio, deporte y espacios libres (campos de golf, parques temáticos...), desde su propio valor añadido en cuanto que instalaciones especializadas de altas prestaciones y servicios, y con total independencia de las promociones inmobiliarias asociadas. El planeamiento territorial establecerá las condiciones que deben cumplir estas instalaciones, atendiendo especialmente las condiciones de calidad, de integración urbana y paisajística y la garantía de viabilidad económica de las actuaciones, pudiendo establecer la localización concreta de aquellos equipamientos que tengan un carácter supramunicipal.
4. La planificación urbanística y territorial deberá alcanzar el mayor grado de coordinación con la planificación sectorial contenida el Plan General del Turismo Sostenible de Andalucía [SC-06] y sus instrumentos de desarrollo.
5. Con el fin de garantizar su correcta integración territorial y ambiental, se elaborará una disposición normativa durante el primer semestre de 2007, que regule la instalación de campos de golf en Andalucía, disociándolos del desarrollo urbanístico y estableciendo los parámetros limitativos para regular su tamaño e impacto ambiental y paisajístico
[54] Movilidad urbana [D].
1. Las políticas de movilidad urbana y su integración con los procesos de planificación urbanística y territorial desempeñan un importante papel en la ordenación y gestión de las ciudades. Los criterios básicos que deberá desarrollar la planificación territorial y urbanística son los siguientes:
- a) Modelos urbanos que favorezcan la ciudad multifuncional, equilibrada y accesible con un adecuado tratamiento de los problemas de movilidad en los centros urbanos y en la ordenación del crecimiento de la ciudad, incorporando criterios de diversidad, proximidad y complejidad en la trama urbana.
- b) Incorporar el transporte público como modo preferente en los ámbitos metropolitanos, grandes ciudades y ciudades medias. Creación de una red coherente de plataformas reservadas para los medios de transporte colectivos (carriles-bus, metro, cercanías, tranvías, etc.).
- c) Incorporar criterios de diseño urbanístico dirigidos a moderar y pacificar el tráfico urbano: incremento de áreas peatonales frente a las reservadas al tráfico rodado.
- d) Construir un sistema integrado de carácter intermodal que evite el uso ineficiente de los medios de transportes disponibles a nivel urbano y territorial.
- e) Desarrollar sistemas de movilidad por medios de transporte no motorizado. Una red coherente de carriles para bicicletas e itinerarios peatonales deberán formar parte integrante de los Sistemas Generales del planeamiento urbanístico.
- f) Adaptar el diseño de las infraestructuras y equipamientos a las necesidades de la población con discapacidad y movilidad reducida.
2. Se elaborarán Planes de Transporte Metropolitano en los Centros Regionales como instrumento para la programación de las infraestructuras y servicios del transporte, en consonancia con la ordenación territorial y urbanística que habrán de definir el modelo de ciudad y su correspondencia con las necesidades de movilidad.
3. Se impulsarán los sistemas de gestión, en particular la creación de Consorcios de Transporte metropolitano en las áreas urbanas constituidos por la Junta de Andalucía y los Ayuntamientos implicados, sobre la base de la definición de ámbitos de transporte coherentes con criterios de ordenación territorial y de la logística del sector. Dichos Consorcios se dotarán de una instancia de coordinación regional para favorecer el intercambio de experiencias y la aplicación de buenas prácticas en el desarrollo de modelos de gestión de transportes públicos.
[55] Control de los procesos de parcelación urbanística en suelo no urbanizable [D].
1. La ocupación por parcelaciones urbanísticas del suelo no urbanizable es un fenómeno contemporáneo que ha alcanzado dimensiones importantes en determinados ámbitos de Andalucía, principalmente en el entorno de los Centros Regionales, en las áreas litorales y prelitorales y en determinados espacios forestales. Estas actuaciones provocan importantes alteraciones del orden territorial de estos espacios y frecuentes impactos sobre los recursos naturales y el paisaje. Por otro lado, la complejidad de las situaciones de hecho creadas por estas parcelaciones dificulta notablemente la acción pública, lo que lleva, a menudo, a implementar soluciones de carácter local y parcial, sin una suficiente coherencia regional, a lo que, sin duda, constituye una cuestión de alcance regional.
2. El Plan establece la necesidad de implantar, mediante la correspondiente normativa urbanística, instrumentos regionales de control y regulación de las parcelaciones urbanísticas en suelo no urbanizable que se desarrollan en las siguientes medidas:
- a) Recomendaciones preventivas a incorporar en los planes urbanísticos para evitar los procesos de parcelación urbanística en este tipo de suelo.
- b) Recomendaciones dirigidas a la reconversión urbanística de las parcelaciones para su adecuación a la legalidad vigente.
- c) Medidas para evitar, en su caso, la consolidación de los asentamientos ilegales.
3. Elaborar un Inventario, permanentemente actualizado, de Parcelaciones en Andalucía con identificación de las tipologías por áreas y casuística, impactos y riesgos ambientales, a las que dirigir las recomendaciones precedentes.
[56] Integración social en el espacio urbano [D].
Las áreas urbanas, particularmente las grandes ciudades y determinadas zonas del litoral, concentran una gran parte de la población andaluza afectada por problemas de exclusión y marginalidad social. La política territorial y urbanística, en apoyo de las políticas sociales y en coordinación con otras intervenciones sectoriales concurrentes, debe hacer frente a la superación de estas situaciones estructurales, que constituyen una importante quiebra de la cohesión social de Andalucía, mediante las siguientes medidas:
- a) Actuaciones coordinadas en las áreas urbanas de las ciudades andaluzas con mayores problemas de exclusión y marginalidad social. Estas actuaciones deberán realizarse mediante un Programa Coordinado de Rehabilitación Integral en Zonas con Necesidades de Transformación Social [SC-03] entre las Consejerías de Igualdad y Bienestar Social, Gobernación y Obras Públicas y Transporte, reforzando conjuntamente las acciones de cada una de dichas Consejerías relacionadas con los problemas de estas zonas urbanas . Esta coordinación deberá reforzarse igualmente desde una perspectiva intersectorial, al menos, con los departamentos administrativos con competencias en educación, salud y empleo.
- b) Actuaciones coordinadas de la misma naturaleza en las Unidades Territoriales con mayor presencia de población inmigrante de carácter estacional (con prioridad en el Poniente y Levante almeriense y en la Costa Occidental de Huelva). El planeamiento urbanístico, en los municipios de estas Unidades, deberá dimensionar las necesidades de viviendas y equipamientos públicos tomando en consideración las características sociales y demográficas de estos ámbitos.
[57] Valorización de los recursos patrimoniales de la ciudad [D].
1. Favorecer, desde el planeamiento urbanístico, el desarrollo de una política activa de protección y conservación de la ciudad histórica, dirigida hacia su revitalización, y orientada a:
- a) Diversificar las funciones urbanas asignadas a los centros históricos (productivas y residenciales) evitando la pérdida de diversidad e incrementando la calidad residencial mediante un equipamiento cualificado.
- b) Favorecer la accesibilidad a los centros históricos, tanto externa como interna, desde estrategias de movilidad que potencien la utilización del transporte público, el desplazamiento peatonal y la movilidad por medios alternativos.
- c) Mejora de la escena urbana y de la calidad ambiental de la ciudad histórica.
- d) Protección del patrimonio urbanístico y arquitectónico, histórico y contemporáneo, que contribuya a establecer la personalidad y la identificación cultural de la ciudad. Impulso de los procesos de rehabilitación pública y del fomento de la rehabilitación privada.
2. Potenciar el Programa Regional de Centros Históricos, formulado conjuntamente por las Consejerías de Obras Públicas y Transportes y Cultura para la dotación de planeamiento de protección en los municipios andaluces.
3. Desarrollar las Áreas de Rehabilitación Concertada como instrumento operativo para la mejora de la habitabilidad y calidad de vida en la ciudad histórica, estableciendo la coordinación de sus actuaciones entre la administración regional y los ayuntamientos.
[58] Medidas y criterios para la sostenibilidad del sistema urbano [D].
1. Para la mejora de la sostenibilidad de los sistemas urbanos, el planeamiento deberá incluir una serie de criterios o estrategias de actuación que deberán informar todas las decisiones que en este ámbito se produzcan, tanto en el diseño del modelo urbano como en la gestión del sistema respecto al planeamiento. Entre estas estrategias o principios deberán incorporarse las siguientes:
- a) El planeamiento tendrá en cuenta el hecho de que la configuración física de la ciudad contribuye decisivamente en el modo de funcionamiento de los flujos y ciclos físicos que sostienen al sistema urbano. El modelo de ciudad deberá responder a objetivos de reducción del nivel de consumo de recursos y promoverá una correcta gestión de estos ciclos.
- b) Introducción del concepto de eficiencia en sus vertientes ecológica, económica y social y aplicación efectiva de este principio en todas las áreas del planeamiento urbanístico.
-
c) En cuanto al modelo urbano, deberán considerarse:
- - La introducción del concepto de sostenibilidad en los desarrollos urbanos. En este sentido, se primará la recualificación de lo ya existente frente al desarrollo de nuevos crecimientos, haciendo especial hincapié en la importancia fundamental de los desarrollos cualitativos en oposición a los cuantitativos.
- - La conservación de la diversidad y la complejidad de las tramas urbanas, evitando que los distintos componentes del medio urbano se vean disgregados debido a una excesiva segregación funcional. Este criterio también deberá aplicarse al hecho social urbano, evitando la separación espacial de los diferentes grupos sociales por razones económicas.
- - La distribución de los usos del suelo según el principio de creación de proximidad evitando la generación de desplazamientos obligados en medios mecanizados y, al mismo tiempo, evitando una yuxtaposición de usos que puedan crear problemas de incompatibilidad.
-
- La adecuación del planeamiento a la singularidad ecológica del territorio, contribuyendo a la conservación del capital natural del municipio. Para ello, asegurará la integración de los procesos de urbanización en el entorno natural y rural de las ciudades, evitando procesos de conurbación mediante:
- • La consideración especial de los suelos agrícolas y forestales de los entornos urbanos, valorando sus funciones ecológicas y paisajísticas y su capacidad estructurante, excluyéndolos de los procesos de urbanización.
- • El reconocimiento, la protección y la valoración de la capacidad estructurante para el proyecto urbano de los elementos del espacio rural y natural, como cauces fluviales, ramblas, escarpes y áreas de interés paisajístico, caminos rurales y otros, evitando en todo momento opciones que supongan la fragmentación de hábitats naturales.
2. Con la intención de mejorar el conocimiento específico sobre los factores que inciden sobre la evaluación del comportamiento ecológico de las ciudades, deberán considerarse un conjunto de indicadores de sostenibilidad, que serán integrados en el planeamiento urbano con objeto de determinar la sostenibilidad de los planes adoptados. Estos indicadores se desarrollará a partir de una información básica de calidad sobre los flujos físicos que atraviesan y mantienen el sistema urbano.
3. El planeamiento deberá considerar la integración de sus propuestas y determinaciones con aquellas emanadas de los procesos concretos de planificación estratégica hacia la sostenibilidad, y en particular las medidas incluidas en el desarrollo del Programa de Sostenibilidad Ambiental Ciudad 21 [SC-08]. Asimismo, también se integrarán los procesos de evaluación y seguimiento en aquellas áreas comunes a ambos procesos de planificación.
[59] Medidas y líneas de actuación para la mejora del balance ecológico de las ciudades [D].
1. Ahorro energético.
Fomento de las medidas orientadas hacia:
- a) La intensificación de los programas de ahorro energético y de incorporación de energías renovables y no contaminantes.
- b) La puesta en práctica de experiencias de viviendas y edificaciones bioclimáticas. La introducción de criterios bioclimáticos en la edificación deberá ser considerada en el marco del Plan Andaluz de Vivienda y Suelo y ser un requisito obligado en la construcción de viviendas y edificaciones.
- c) La reducción del impacto ambiental en el uso de la energía en los sectores de actividad (industria, comercio, transportes, servicios y doméstico) mediante el ahorro en los consumos, y la mejora de la eficiencia en los procesos de conversión así como en los de uso final.
2. Ciclo del agua.
En el marco del Plan Director de Infraestructuras de Andalucía, deberá contemplarse un programa específico relativo a la mejora de la gestión de los sistemas de abastecimiento y saneamiento, dirigido especialmente a la racionalización de los consumos urbanos, la reducción de pérdidas y la reutilización de aguas residuales.
3. Ciclo de los materiales.
Es necesaria la culminación de los Planes Directores de Residuos Urbanos así como el desarrollo de los programas de reducción de residuos urbanos y control y gestión de residuos peligrosos en el marco del Plan de Medio Ambiente de Andalucía.
4. Configuración urbanística.
En el diseño urbano se tendrán en cuenta las condiciones físico-climáticas del entorno (temperatura, topografía, corrientes de viento dominantes, etc.), para optar por los diseños que más se adapten a ellas, y más contribuyan a evitar la aceleración de los procesos relacionados con el cambio climático.
5. Edificación.
El planeamiento incidirá en la mejora del comportamiento ecológico de las edificaciones, tanto en la fase de diseño (orientación, aislamiento, instalaciones), como en la construcción (materiales utilizados, minimización de residuos, etc.).
6. Modelo de transporte.
El planeamiento urbanístico considerará y analizará la movilidad de la población como referente principal para la reordenación del tráfico urbano. En este contexto, dispondrá de las medidas necesarias para el fomento del transporte público y los modos de transporte no motorizado en detrimento del transporte privado motorizado.
[60] Calidad ambiental en el medio urbano [D].
La calidad del medio ambiente urbano es un reflejo directo de las condiciones en las que se gestionan los ciclos de materiales y del modo en que consume la energía. Por ello, el planeamiento urbanístico tendrá en cuenta este enfoque integrador a la hora de abordar la mejora de la calidad ambiental de la ciudad, en especial en lo que se refiere a las siguientes cuestiones:
1. Mejora de la calidad del aire y reducción de la contaminación atmosférica y acústica.
- a) Se tendrá en cuenta la ordenación adecuada de las fuentes que generan la mayor parte de la contaminación atmosférica. En especial, aplicará medidas para la reducción del tráfico rodado (principal fuente emisora) y analizará y, en su caso, reubicará aquellas otras fuentes que pudieran empeorar la calidad atmosférica de la ciudad (industrias existentes o nuevos desarrollos de suelo industrial).
- b) Se reordenará, de forma adecuada, el tráfico urbano (principal fuente generadora de ruidos) y establecerá medidas concretas para la minimización de los niveles sonoros que soporta la población (reubicación de fuentes emisoras, establecimiento de zonas de prohibición para el desarrollo de ciertas actividades, normativa en cuanto al aislamiento acústico de viviendas y otros edificios, etc.).
- c) Se tendrán en cuenta las condiciones de contaminación lumínica regulando la instalación de dispositivos potencialmente contaminadores. Asimismo, se promoverá la eficiencia lumínica y energética en el alumbrado público sin merma de la seguridad en las calles.
- d) Se tratará de reducir las emisiones contaminantes mediante el fomento del uso de las mejores técnicas disponibles, adoptando medidas derivadas de la buenas prácticas en materia de transportes, energías y procesos industriales.
2. Control de los residuos urbanos.
La gestión de los residuos urbanos deberá estar integrada como parte de una estrategia global de gestión encaminada a la moderación y el cierre del ciclo de los materiales con la consiguiente jerarquía de actuaciones: prevención, reducción, reutilización, reciclado, valorización y depósito de los residuos finales en condiciones seguras. El planeamiento urbanístico deberá prever y asegurar unas condiciones infraestructurales idóneas para que esta gestión se pueda producir. Para ello se considerarán:
- a) Cuestiones relativas al modelo de ciudad, para la optimización de las rutas de recogida de residuos.
- b) Condiciones idóneas en los edificios, de viviendas y de producción y servicios, para una correcta separación y almacenamiento de las diferentes fracciones presentes en los residuos urbanos.
- c) Medidas encaminadas a proveer al sistema municipal de recogida y gestión de las instalaciones necesarias.
3. Mejora del entorno ambiental y paisajístico.
- a) El planeamiento territorial y urbanístico deberá considerar el paisaje urbano y su integración en el entorno, como parte de su patrimonio natural y cultural por lo que velará por su conservación y correcta gestión.
- b) En este sentido, identificará y cualificará aquellos elementos característicos del paisaje urbano, tanto escenas concretas como hitos paisajísticos que ayuden a su interpretación.
- c) Asimismo, identificará corredores visuales de importancia, especialmente aquellos que se vinculan con las vías de acceso al núcleo urbano y la periferia, desarrollando programas de actuación tendentes al mantenimiento de su estado de limpieza y cuidado.
- d) El planeamiento territorial y urbanístico pondrá especial cuidado en el tratamiento paisajístico de infraestructuras, nuevos polígonos industriales y recualificación de los existentes, minimizando sus efectos sobre la calidad de los paisajes urbanos.
- e) El planeamiento territorial y urbanístico deberá definir y delimitar el espacio agrario, asumiéndolo como un valor actual y potencial, limitando el sellado de los suelos fértiles, y garantizando su articulación territorial.
[61] Mejora de los mecanismos de evaluación de impacto ambiental de la planificación urbanística y territorial [D].
En el marco de la Directiva 2001/42/CE de Evaluación Ambiental de planes y programas y de la Ley 9/2006, se desarrollarán los instrumentos normativos y de aplicación que permitan la mejora de la evaluación de la planificación, teniendo en cuenta los siguientes criterios:
- a) La evaluación considerará la prevención, minimización y corrección de los impactos ambientales derivados del modelo de ciudad seleccionado.
- b) Profundizar en la integración del proceso de evaluación ambiental con el propio proceso de planeamiento urbanístico y territorial. Con independencia de los respectivos itinerarios de tramitación y de las competencias de cada uno de los citados procesos, deberá procurarse que, desde las primeras fases del planeamiento urbanístico y territorial, se integren las consideraciones de naturaleza ambiental y ecológica.
- c) La evaluación ambiental estratégica debe permitir valorar los aspectos más globales de la ordenación y su contribución a la sostenibilidad: modelos de ocupación del suelo, movilidad derivada del esquema general de usos del suelo, los requerimientos de recursos y la eficiencia de su utilización, y las actuaciones que representen la restauración y mejora del medio ambiente.
- d) Incluir entre las determinaciones del planeamiento urbanístico y territorial una aproximación al balance ecológico resultante del proyecto urbano propuesto, evaluando globalmente sus consecuencias en cuanto al aumento o disminución del consumo de recursos naturales básicos (agua, energía, suelo y materiales), así como de la correcta gestión de sus ciclos.
- e) Valorar desde el punto de vista ecológico y paisajístico las determinaciones del planeamiento en cuanto a las ordenanzas de edificación y las tipologías edificatorias propuestas.
Capítulo 2
Sistemas de Articulación Regional
Se consideran en este capítulo las determinaciones relativas a los principales elementos, redes y sistemas, que aseguran la articulación física de Andalucía: Sistema Intermodal de Transportes, Sistema de Telecomunicaciones, Sistema Energético, y Sistema Hidrológico-Hidráulico.
Sección 1
Sistema Intermodal de Transportes
El conjunto de redes e infraestructuras del transporte, así como los servicios que sobre ellas se desarrollan, constituyen elementos esenciales tanto para la articulación física del territorio (al que aportan interconexión y accesibilidad, con unos determinados niveles de calidad y seguridad), como para el desarrollo de las actividades económicas (estableciendo unas determinadas condiciones de competitividad a cada territorio).
El sistema de transportes ha sido considerado, históricamente, como una de las limitaciones más potentes para el desarrollo económico y territorial de Andalucía. La posición geográfica, como una región periférica en el contexto europeo, alejada de los principales centros económicos, determina que Andalucía haya contado, hasta ahora, con unos bajos niveles de accesibilidad, tanto externa como interna, a lo que contribuyó decisivamente, además, el tradicional bajo nivel de dotación de infraestructuras.
El importante esfuerzo inversor realizado en las dos últimas décadas en Andalucía ha permitido, sin embargo, dotar al territorio de unas infraestructuras de transportes renovadas que han permitido superar parte de las históricas deficiencias del sistema de comunicaciones.
Otro factor territorial determinante para entender las características del sistema de transportes de Andalucía es, sin duda, su conformación geográfica: un territorio de gran extensión, y una importante fachada litoral con un sistema de asentamientos muy diversificado en cuanto a tamaños y con una distribución muy descentralizada, y en el que adquieren gran importancia las barreras físicas y naturales, especialmente las cadenas montañosas. Así, junto a la separación de Andalucía respecto del resto de España por la Sierra Morena, los sistemas montañosos de las Sierras Béticas constituyen el principal obstáculo orográfico para el desarrollo de los sistemas de comunicaciones. Ello tiene una incidencia directa en las limitaciones que imponen a la conexión entre el litoral y el Valle del Guadalquivir (los dos espacios económicos principales), así como a la propia comunicación interna del conjunto de las áreas litorales.
Desde el punto de vista de la intermodalidad, el actual sistema de transportes dominante en Andalucía (similar al del conjunto de regiones y países de nuestro entorno), se caracteriza, principalmente, por los siguientes rasgos:
- • El elevado predominio de la carretera y los medios privados de transporte, frente al resto de los modos de transporte.
- • La baja participación del transporte ferroviario, tanto en pasajeros como en mercancías aunque en el primer caso experimenta una tendencia de clara recuperación.
- • La importancia del tráfico marítimo internacional que se vincula, con la existencia de un potente sistema portuario, pero sobre todo, con la especialización desarrollada por el puerto de la Bahía de Algeciras, tanto en el tráfico intercontinental de mercancías como en el tráfico de pasajeros con el norte de África. Por el contrario, tienen poca importancia los tráficos marítimos internos entre los puertos andaluces.
- • La especialización del transporte aéreo en el tráfico turístico de pasajeros, canalizado mayoritariamente a través del aeropuerto de Málaga.
- • La existencia de una débil integración entre los diferentes modos de transportes lo que se traduce en un poco desarrollado funcionamiento intermodal.
- • El sistema de transportes influye de manera decisiva en el modelo energético general, basado en el consumo masivo de combustibles fósiles derivados del petróleo, presentando, además, una baja eficiencia energética debido, ante todo, al predominio del transporte privado.
-
• En consecuencia, el modelo de transporte actual arroja un elevado impacto ambiental debido, principalmente, a:
- - Ser el principal sector responsable de las emisiones contaminantes a la atmósfera y de la generación de la contaminación acústica.
- - La concentración de los flujos de transporte genera fenómenos de congestión urbana, especialmente importantes en los Centros Regionales y en las áreas más dinámicas (litoral).
- - El trazado de las infraestructuras genera un impacto sobre el medio natural y sobre el paisaje.
Las tendencias de evolución del territorio y la actividad económica de Andalucía en las últimas décadas, permiten describir los siguientes procesos relevantes:
- • El crecimiento económico y la mejora de los niveles de calidad de vida han ido acompañados de un intenso crecimiento de la movilidad y los niveles de motorización. Pese a ello, Andalucía se encuentra por debajo de los niveles medios de los países y regiones europeas.
-
• Así mismo, la evolución económica del territorio andaluz ha dado lugar a una serie de nuevas pautas en la localización de los centros generadores de tráfico y movilidad, entre los que han de destacarse:
- - El conjunto de Centros Regionales, aún con notables diferencias entre ellos, se caracteriza por haberse convertido en los nodos principales generadores de flujos de movilidad, tanto de personas (dada su función como centros de servicios) como de mercancías (al ser origen y destino de los principales tráficos de materias primas y productos manufacturados). En estas áreas urbanas se concentran, además, las principales infraestructuras nodales del transporte (puertos comerciales, aeropuertos, plataformas logísticas).
- - El intenso crecimiento de los flujos turísticos de pasajeros que, aún con un importante componente de estacionalidad, se concentran mayoritariamente en las zonas litorales. El acceso mayoritario de estos tráficos es por vía aérea, generando posteriormente una intensificación de los tráficos terrestres internos.
- • El fuerte crecimiento de los tráficos de mercancías con origen en las áreas especializadas en las agriculturas intensivas de exportación, que también se localizan principalmente en áreas litorales.
- • Con una menor intensidad, también sigue una tendencia creciente la generación de flujos de transporte con origen y destino en las ciudades de tamaño medio del interior, especialmente en aquellos casos en los que, a la potenciación de su papel como centros de servicios, se une el desarrollo de industrias exportadoras.
- • En las extensas áreas agrícolas del interior de Andalucía siguen manteniendo un peso significativo los tráficos agrarios estacionales, que incluyen tanto los derivados de las exportaciones de productos, como los tráficos locales y comarcales. Especial significación tiene, por ejemplo, el crecimiento de los tráficos asociados a la producción olivarera.
- • Por el contrario, determinados tráficos como los de productos minerales, que históricamente han sido fundamentales en Andalucía, han mantenido una tendencia fuertemente regresiva debido a la propia reducción de la explotación minera, especialmente observable en casos como las cuencas mineras de Río Tinto en Huelva y Alquife en Granada. Pese a ello, determinados tráficos se mantienen activos y presentan significación en ámbitos comarcales (caso de la explotación de carbón del Valle del Guadiato en Córdoba), e incluso muestran una tendencia expansiva como en el caso de la cuenca del mármol en el Valle del Almanzora en Almería. Así mismo, la minería de rocas industriales (vinculada con el potente sector de la construcción), arroja una tendencia creciente en sus tráficos, aunque muy distribuidos territorialmente.
Dentro del análisis de la evolución de los sistemas de transportes es necesario hacer referencia, también, al contexto de la planificación pública que ha supuesto importantes transformaciones en las dos últimas décadas. La situación de partida de Andalucía, al inicio de su autonomía, era fuertemente deficitaria en cuanto al nivel de dotación de infraestructuras de transportes y, por tanto, en cuanto a su accesibilidad interna y exterior. Sin lugar a dudas, el I Plan General de Carreteras de Andalucía de 1986 supuso un cambio notable en tanto que, por primera vez, se abordó una planificación basada en objetivos propios de articulación regional, orientada por criterios de ordenación territorial (basados en la interconexión de los centros del Sistema de Ciudades). En el resto de sistemas de transportes, también se comenzó a establecer un conjunto de objetivos propios para la articulación del territorio andaluz, que cristalizaron con la elaboración del Plan Director de Infraestructuras de Andalucía (PDIA 1997-2007), y así habrá de consolidarse en la nueva revisión del Plan (2007-2013). Este instrumento se concibe como un plan marco en el que se plantean objetivos y estrategias referidas a los diferentes modos de transporte, tanto los que son competencia de la propia Comunidad Autónoma como los que dependen de otras administraciones y entes privados. Por ello, del PDIA se derivan tanto una serie de planes y programas sectoriales autonómicos para las diferentes infraestructuras de transporte, como los elementos de coordinación y concertación con la planificación estatal y privada. En este sentido, el PDIA constituye el marco de referencia que establece los objetivos de la Comunidad Autónoma en relación con el Plan Estratégico de Infraestructuras y Transporte (PEIT), así como con el diseño de las Redes Europeas de transporte. Así mismo, más recientemente, la Junta de Andalucía está poniendo en marcha los Planes Intermodales de Transporte en los ámbitos metropolitanos en las que se concentran los principales flujos de movilidad y en que de manera más evidente son necesarios criterios de coordinación entre los diferentes modos de transporte, así como entre las redes infraestructurales y los servicios que prestan.
El papel decisivo que desempeña el sistema de transportes tanto para la articulación del territorio de Andalucía como para su competitividad, hace que el Plan tome como justificación y punto de partida para la elaboración de sus propuestas, la identificación de una serie de retos de futuro fundamentales.
Los objetivos globales planteados en el Libro Blanco sobre la política de transportes de la Unión Europea, marcan la meta de avanzar hacia un modelo de transporte sostenible, sobre la base del reequilibrio entre los modos de transportes, la reducción de la dependencia del petróleo, la mejora de la eficiencia energética y la reducción de la contaminación. Este objetivo se fundamenta en la necesidad de superar la identificación entre crecimiento económico y crecimiento del transporte.
Este planteamiento global, sin embargo, tiene una incidencia diferenciada en cada territorio europeo. Así, son las áreas más congestionadas por el transporte (principalmente las zonas centrales de Europa y las grandes áreas metropolitanas), las que presentan una mayor concentración de problemas y, consiguientemente, son las que han de abordar de manera más urgente la solución de las deseconomías generadas por la congestión y el impacto ambiental.
Entre tanto, otro tipo de territorios (y singularmente las zonas más periféricas de Europa entre las que se encuentra Andalucía) se encuentran en una situación bien distinta (con niveles de movilidad, congestión e impacto, mucho menores), son territorios en los que todavía, han de superarse algunos problemas de falta de accesibilidad y articulación. A su vez, estos territorios ofrecen una oportunidad para la descongestión de determinadas infraestructuras europeas (por ejemplo para el tráfico aéreo) y, en general, para la aparición de nuevos polos de actividad económica. Por ello, en estas zonas periféricas han de tener más peso las políticas dirigidas a completar las redes infraestructurales y dotarlas adecuadamente para cumplir sus funciones como factores impulsores del desarrollo económico.
Sin embargo, y a pesar de ese menor nivel de motorización y movilidad, en una región mediterránea como Andalucía, se plantean unos problemas de congestión del tráfico específicos y diferenciados, sobre todo en lo que se refiere al transporte urbano. Ello se debe, en parte, al menor desarrollo de las infraestructuras urbanas, pero, por lo general, obedece más a un motivo estructural que tiene que ver con las características singulares de la ciudad histórica mediterránea.
La antigua urbanización andaluza ligada al modelo de ciudad compacta, un factor que favorece la sostenibilidad general del sistema, puede, sin embargo, jugar también a la contra a la hora de dar cobertura al modelo de movilidad imperante en el mundo contemporáneo basado, como se ha dicho, en la preeminencia del automóvil privado. De este modo, si la tendencia futura de Andalucía es a igualar los niveles de movilidad de las zonas centrales europeas, ello no podrá lograrse si no es a costa de multiplicar las presiones sobre la ciudad histórica (tanto en los Centros Regionales, como en las ciudades de tamaño medio) y arriesgar la conservación adecuada de su patrimonio urbanístico. Es por ello fundamental definir los términos en los que se dará respuesta a las necesidades crecientes de movilidad teniendo en cuenta su impacto sobre el sistema urbano regional.
En cualquier caso, Andalucía ha de abordar de manera consecuente cuáles son sus respuestas a los retos de futuro que tiene planteados el modelo de transportes a escala global, al menos en un doble sentido:
- • Identificando cuáles son las necesidades que aún plantea la articulación plena de Andalucía en Europa y la mejora de la accesibilidad de su territorio, tanto internamente como con el exterior.
- • Evaluando, en paralelo, cuál es su contribución en el avance hacia la sostenibilidad del transporte a largo plazo, adaptando tales objetivos a las características y necesidades específicas del territorio andaluz y de sus ciudades.
En este marco, adquiere especial importancia el papel que debe desempeñar el ferrocarril, como uno de los elementos fundamentales para el desarrollo de los sistemas de comunicaciones de Andalucía. Andalucía ha sido pionera en el desarrollo de la alta velocidad ferroviaria en España a través del eje Sevilla-Córdoba-Madrid y, más recientemente, con el eje Córdoba-Málaga.
La Comunidad Autónoma debe marcarse como objetivo la conexión de todos los Centros Regionales entre sí y con el exterior de forma que el ferrocarril se convierta en un modo de transporte competitivo que permita, no sólo integrar plenamente a Andalucía en las redes española y europea, sino también, el futuro desarrollo de los servicios de alta velocidad interiores de Andalucía. Ello requiere el desarrollo de las conexiones programadas por el Plan.
Paralelamente, debe ser también objetivo prioritario para Andalucía garantizar la operatividad de la red ferroviaria de mercancías que conecte a todos los puertos de interés general con la red de áreas logísticas y con el exterior de la Comunidad. Ello supone, junto al desarrollo de los ejes de altas prestaciones de tráfico mixto, mantener y mejorar los ejes de la red convencional y, de manera especial las conexiones con Linares y de Huelva y Sevilla con la Ruta de la Plata, por su función esencial para las comunicaciones de los puertos hacia el interior. Igualmente ha de destacarse la importancia estratégica del eje Algeciras-Madrid-París que conecta al mayor puerto español a través de una línea integrada dentro de los proyectos prioritarios de la red transeuropea.
Además, el conjunto de la red convencional ha de seguir desempeñando importantes funciones territoriales tanto para el transporte de mercancías como de viajeros en servicios regionales y de cercanías. En este sentido debe ser prioritaria la protección y mantenimiento de toda la red ferroviaria existente para el desarrollo de los servicios actuales y otros que pueden prestarse en el futuro.
En coherencia con lo anterior, el ferrocarril y los sistemas tranviarios y de metro han de ser una de las opciones clave para la mejora y modernización del transporte público en los ámbitos metropolitanos.
Por último, debe destacarse la importancia de continuar con la mejora de las comunicaciones viarias de cada provincia, tanto hacia el exterior como internamente, dotando además de mayor accesibilidad determinados ámbitos territoriales.
[62] Objetivos [O].
1. Articular plenamente el territorio de Andalucía, internamente y con el exterior, a través del Sistema Intermodal de Transportes y Comunicaciones.
2. Aumentar sustancialmente la participación del transporte público, y de manera específica del ferrocarril, en los flujos de transporte de pasajeros y mercancías.
3. Avanzar en la constitución de un Sistema de Transportes ambientalmente sostenible.
4. Potenciar los efectos de las infraestructuras sobre el desarrollo regional.
5. Adaptar el Sistema de Transportes a los requerimientos del territorio regional, de manera compatible con las características particulares de la ciudad y el urbanismo mediterráneo.
6. Mejorar la calidad y la seguridad del transporte.
[63] Líneas Estratégicas [E].
1. Para la consecución de estos objetivos el Plan define el Sistema Intermodal de Transportes y Comunicaciones de Andalucía, como desarrollo del Modelo Territorial de Andalucía, que deberá informar a todas las políticas de transporte y lograr su efectiva integración con otras políticas más generales como la económica, la energética, la ambiental, la tecnológica, y la territorial. El Plan Director de Infraestructuras de Andalucía [AR-01], en coordinación con el Plan Estratégico de Infraestructuras del Estado y con los instrumentos de la política europea en esta materia, desarrollará estas Líneas Estratégicas y las determinaciones del Plan:
- a) Disociar el crecimiento económico del crecimiento de las necesidades de transporte para lo que se favorecerán modelos de ocupación del territorio y de crecimiento urbano que contribuyan a gestionar la movilidad y a regular la demanda de transporte racionalizando las necesidades de desplazamientos de viajeros y el transporte de mercancías, de acuerdo con las características propias de la ciudad y el urbanismo mediterráneo.
- b) Modificar el reparto entre modos favoreciendo la utilización de las infraestructuras ya existentes y los modos más sostenibles ambientalmente.
- c) Desarrollo de la intermodalidad. La articulación del territorio deberá realizarse mediante redes de infraestructuras diversificadas e interconectadas, que garanticen una adecuada accesibilidad y la distribución más eficaz de los flujos de transporte entre cada uno de los modos. La efectiva intermodalidad del Sistema de Transportes requiere, también, una planificación coordinada del conjunto de infraestructuras y servicios en los lugares en que se concentran la mayor parte de los flujos de la movilidad en el contexto regional: los ámbitos de los Centros Regionales y el litoral.
- d) Fomento del transporte público. Prioridad al desarrollo del ferrocarril y, en general, de los medios públicos de transporte, a fin de lograr que incrementen su cuota de participación, tanto para el transporte de viajeros como de mercancías.
- e) Establecimiento de modelos de transporte territorialmente diferenciados, adaptados a las necesidades del territorio regional, especialmente en lo que se refiere a los ámbitos de los Centros Regionales, las Redes de Ciudades Medias y las áreas rurales de baja densidad.
- f) Reducción del impacto energético y ambiental. El objetivo de avanzar hacia un sistema de transportes sostenible, está en directa relación con la necesidad de reducir el consumo de energía en el transporte, así como las emisiones contaminantes generadas por los distintos modos de transporte. El Sistema de Transportes ha de desarrollarse de manera que garantice una integración respetuosa con el medio físico y natural y con el paisaje.
- g) Impulsar la investigación relacionada con la movilidad y la difusión de innovaciones orientadas a la modernización de los sistemas de transportes, y la mejora de la seguridad y la calidad general del transporte.
- h) Fomentar los medios de transporte no motorizados y facilitar la utilización intermodal de los mismos.
- i) Mejorar el acceso a los transportes públicos y adaptar las infraestructuras nodales a las necesidades de la población discapacitada.
2. Las administraciones públicas andaluzas, dentro del marco de sus respectivas competencias, asumirán que la función del transporte es crear accesibilidad, sin generar otra movilidad que la estrictamente necesaria. Accesibilidad definida como la facilidad con la que los bienes y los servicios pueden ser alcanzados o utilizados por todas las personas. Accesibilidad que se identifica, por tanto, con proximidad. Teniendo en cuenta que en el ámbito de la mejora de las condiciones de vida y de trabajo el derecho social y ecológicamente justo es el derecho a la accesibilidad.
3. De acuerdo con lo anterior, las administraciones públicas promoverán un sistema de transporte multimodal e integral basado en los servicios de transporte público y el fomento de los desplazamientos en medios no motorizados (en bicicleta, a pie), frente a la preeminencia del automóvil. El sistema de transporte contribuirá a la reducción de la movilidad innecesaria, al equilibrio entre el mundo rural y el mundo urbano, al desarrollo del sistema de ciudades medias que eviten los fenómenos de congestión urbana y, en definitiva, a alcanzar la máxima accesibilidad atenuando el tráfico y la movilidad innecesaria. El sistema de transporte ha de basarse en una múltiple combinación de infraestructuras y servicios como corresponde al complejo conjunto de demandas que debe atender. El sistema de transporte ha de tener carácter universal y ser público, garantizando el servicio a todas las personas, independientemente de su situación geográfica, poder adquisitivo, capacidad de movilidad, género, edad, raza y cultura.
[64] Directrices territoriales sobre infraestructuras y redes de transporte a escala regional [D].
1. El Plan define los siguientes criterios territoriales mediante los cuales se identifican y jerarquizan cada una de las redes y sistemas de transportes y comunicaciones:
- a) Establecer infraestructuras y redes de transporte de primer nivel que interconecten al Sistema de Centros Regionales entre sí y con el exterior.
- b) Establecer y dimensionar las infraestructuras y redes de transportes que articulen el espacio litoral andaluz y su relación exterior atlántica y mediterránea.
- c) Establecer infraestructuras y redes de transporte complementarias de las anteriores, que interconecten a las Redes de Ciudades Medias entre sí y con el Sistema de Centros Regionales.
- d) Establecer infraestructuras y redes de transporte que articulen el territorio organizado por Redes de Asentamientos en Áreas Rurales y le garanticen unos niveles adecuados de accesibilidad interna y con las Ciudades Medias y Centros Regionales.
2. En su aplicación, el Plan identifica las principales redes que conforman la base física y territorial del Sistema Intermodal de Transportes y Comunicaciones de Andalucía.
- a) La creación de una serie de ejes intermodales de primer nivel a través de la Red de Carreteras y de la Red Ferroviaria de Alta Velocidad de Andalucía que sirven, por un lado, a la conexión de Andalucía con las redes nacionales y europeas y, por otro, a la interconexión de los nueve Centros Regionales. Esta propuesta incluye la consideración de los Centros Regionales como nodos fundamentales del Sistema Intermodal, origen y destino de los mayores flujos de movilidad, en los que se encuentran las grandes infraestructuras logísticas (aeropuertos, puertos, centros de transporte de mercancías) y a través de los cuáles se estructuran las redes de transporte de primer nivel.
- b) La creación de los ejes de transporte que complementan la malla de los ejes de primer nivel, desarrollados a partir de las estructuras territoriales de las Redes de Ciudades Medias. Una parte importante de las Redes de Ciudades Medias se encuentran ya conectadas a través de los ejes de primer nivel. Dentro de los ejes complementarios se incluyen, por tanto, las conexiones viarias que completan la conexión de las Redes de Ciudades Medias con los Centros Regionales, así como otras conexiones de Andalucía con el exterior (viarias y ferroviarias), complementarias de las relaciones principales de primer nivel. Igualmente, se incluyen aquí las conexiones ferroviarias convencionales, que desempeñan una función complementaria de los ejes ferroviarios de alta velocidad.
- c) La creación de una serie de ejes de transporte que articulen y mejoren la accesibilidad de las áreas rurales, conectándolas con las Ciudades Medias y los Centros Regionales y con las redes de transporte de nivel superior, a través de los Centros Rurales propuestos en el Sistema de Ciudades.
- d) La creación de una serie de ejes de integración exterior de Andalucía, tomando como base de partida las anteriores propuestas de ejes de articulación regional, diferenciando los que sirven a la relación exterior de los Centros Regionales y han de formar parte de las redes de ámbito internacional, y los que sirven a la relación exterior de redes de ciudades medias o redes de asentamientos rurales.
- e) La potenciación de las infraestructuras vinculadas a los nodos de transportes de viajeros y mercancías (puertos, aeropuertos, Centros de Transportes de Mercancías y estaciones) como elementos básicos para la articulación del sistema intermodal de transportes que han de estar conectados con las redes viarias y ferroviarias de primer nivel.
3. Como desarrollo del Plan el Consejo de Gobierno elaborará un Plan Director de Infraestructuras de Andalucía para el periodo 2007-2013 [AR-01], que contará y recogerá las correspondientes dotaciones presupuestarias, así como el calendario de ejecución.
4. Los criterios expuestos en el apartado 2 de la presente determinación han de ser utilizados como referente y desarrollados en el marco del Plan Director de Infraestructuras de Andalucía, a la vez que, en lo que afecta a cada caso, a través de los siguientes instrumentos sectoriales:
- a) La planificación de las Redes Transeuropeas de Transportes y Comunicaciones.
- b) La planificación de las Redes Nacionales de Transportes y Comunicaciones.
- c) La planificación de la Red de Carreteras de Andalucía.
- d) La planificación de la Red Ferroviaria de Andalucía.
- e) La planificación del Sistema Portuario de Andalucía.
- f) La planificación del Sistema Aeroportuario de Andalucía.
- g) La planificación de las infraestructuras nodales del transporte de viajeros y mercancías (estaciones de autobuses, estaciones ferroviarias, centros de transporte de mercancías, zonas de actividades logísticas).
- h) La planificación de los servicios de transporte y comunicaciones.
- i) La planificación del Sistema de Telecomunicaciones de Andalucía.
[65] Estrategias y prioridades territoriales del Sistema Ferroviario [D].
1. El Sistema Ferroviario constituye la prioridad entre los medios de transporte del sistema de articulación regional por las ventajas que ofrece como medio de transporte público y su mayor eficiencia energética y ambiental, unidas a su capacidad para interconectar a las principales áreas urbanas y económicas de Andalucía. Por ello, se adoptará una legislación propia en materia de transporte ferroviario. Los criterios territoriales para su desarrollo son:
- a) Integrar plenamente a Andalucía en la red de transporte ferroviario europea y española.
- b) Establecer una propuesta de largo plazo de la Red Ferroviaria de Alta Velocidad de Andalucía, que articule al conjunto del territorio internamente y con el exterior, a partir de la interconexión del Sistema de Centros Regionales y la creación de la conexión ferroviaria del litoral. Dicha Red, dotada con unas características técnicas comunes a las de la red europea y adecuadas para un alto nivel de prestaciones (en cuanto a velocidad, calidad y seguridad), ha de servir como soporte a unos servicios ferroviarios que garanticen unos elevados niveles de calidad.
- c) Potenciar los servicios de cercanías y regionales para reforzar la articulación de los centros regionales y las relaciones de éstos con las redes de ciudades medias de su entorno.
- d) Potenciar las líneas y servicios específicos para mercancías como estrategia prioritaria para mejorar la competitividad y la sostenibilidad del sistema intermodal de transporte.
- e) Favorecer la complementariedad entre la red ferroviaria y el resto de los modos de transporte, incrementando la participación del ferrocarril en el reparto modal del tráfico de pasajeros y mercancías.
- f) Reordenar el espacio ferroviario en la ciudad, potenciando su integración urbana y su relación con otros medios de transportes urbanos e interurbanos.
2. En su aplicación se establecen las siguientes prioridades territoriales:
-
a) Completar el trazado de la Red Ferroviaria de Alta Velocidad de Andalucía a través de las siguientes actuaciones:
- • Ejecución del nuevo eje Córdoba-Málaga.
- • Creación de nuevos ejes de alta velocidad: eje transversal de Andalucía (Ayamonte - Huelva - Sevilla - Bobadilla - Granada - Almería), Cádiz - Sevilla, Córdoba - Jaén -Madrid, Algeciras - Bobadilla, cierre del corredor ferroviario del Mediterráneo en Andalucía (Cádiz - Algeciras - Málaga - Motril - Almería - Murcia) y nuevas conexiones: Jaén - Granada, Granada - Motril y Guadix - Levante.
En la ejecución de los nuevos ejes deberá garantizarse la conexión de las ciudades medias (Loja, Motril, etc.) situadas en los respectivos corredores.
- b) Garantizar la operabilidad de la red ferroviaria para el transporte de mercancías, asegurando la conexión de todos los puertos de interés general en Andalucía y los principales centros generadores de tráfico de mercancías, con el conjunto de la red ferroviaria española y europea; en particular, con la mejora de las líneas Algeciras-Bobadilla y Huelva-Zafra y el ramal directo con el puerto de Sevilla.
- c) Potenciar y desarrollar de manera complementaria servicios regionales y de cercanías de pasajeros, y servicios para el tráfico de mercancías sobre el conjunto de los ejes ferroviarios convencionales.
- d) Desarrollar las funciones del transporte ferroviario en los ámbitos de los Centros Regionales y áreas litorales, integrando las redes ferroviarias de ámbito regional con las redes ferroviarias metropolitanas (metro, tranvía), en el marco de una planificación intermodal de las infraestructuras y los servicios de transporte en dichos ámbitos. En el caso de la Bahía de Cádiz deberá desarrollarse y extender las infraestructuras y servicios ferroviarios en el marco del Plan de Transporte Metropolitano para la movilidad sostenible, considerando específicamente el tren tranvía en el 2º puente de acceso a Cádiz.
- e) Mantener y potenciar la función del ferrocarril como medio de transporte en ámbitos territoriales específicos en los que existe presencia de infraestructuras que interconectan a los Centros Regionales con Ciudades Medias, e incluso, con asentamientos rurales. Este es el caso de los siguientes ámbitos territoriales: Noroeste de Jaén, Vega del Guadalquivir, Condado-Aljarafe, Bajo Guadalquivir, Campiña de Sevilla, Sur de Córdoba, Surco Intrabético, Sierra Morena (Huelva y Sevilla), y Serranía de Ronda.
3. El Consejo de Gobierno realizará las actuaciones oportunas para asumir con la mayor urgencia las máximas competencias sobre los ferrocarriles y líneas ferroviarias que transcurren por el territorio andaluz, de acuerdo con el Estatuto de Autonomía.
4. Las líneas ferroviarias identificadas en el Mapa 10 «Estrategias y Prioridades Territoriales para el Sistema Ferroviario» tendrán carácter estratégico y sobre ellas deberán desarrollarse prioritariamente los servicios públicos ferroviarios.
[66] Estrategias y prioridades territoriales del Sistema Viario [D].
1. Las carreteras constituyen la red con mayor nivel de capilaridad territorial y, como tal, son el soporte más extendido para la movilidad en el territorio. Los criterios territoriales para la configuración del Sistema Viario son los siguientes:
- a) Consolidar la posición de Andalucía, en el largo plazo, en el marco de su plena incorporación a las redes viarias europeas y nacionales de primer nivel (ejes viarios regionales de primer nivel).
- b) Completar y diversificar la interconexión viaria entre los Centros Regionales del Sistema de Ciudades (ejes viarios regionales de primer nivel).
- c) Desarrollar las conexiones viarias de las Redes de Ciudades Medias interiores y litorales y las conexiones con el exterior de segundo nivel (ejes viarios para la articulación de Redes de Ciudades Medias y otros ejes de conexión exterior).
- d) Desarrollar las conexiones viarias de las Redes de Asentamientos en Áreas Rurales y garantizar unas condiciones de accesibilidad al conjunto del territorio regional desarrollando los ejes que permitan acceder a las redes de gran capacidad (resto de Ejes para la Articulación Regional).
- e) Establecer una organización de las redes viarias que favorezca el desarrollo de la intermodalidad y, consiguientemente, su interconexión con los sistemas ferroviario, portuario y aeroportuario.
- f) Favorecer el desarrollo de los servicios de transporte público de viajeros por carretera, adecuándolos a los objetivos de articulación del Sistema de Ciudades.
- g) Favorecer la adaptación de las características técnicas y los niveles de servicio de las carreteras a los diferentes ámbitos territoriales: metropolitanos, áreas litorales, áreas interiores, y áreas de montaña. Asimismo, se prestará especial atención al tratamiento paisajístico de las carreteras, y a su integración ambiental, de forma singular en los ámbitos de la red de espacios naturales protegidos.
- h) Apoyar en los ámbitos metropolitanos una recuperación del transporte público por carretera en el marco de un sistema intermodal coordinado con el transporte ferroviario, y garantizar el desarrollo de los modos no motorizados en unas condiciones adecuadas de seguridad y calidad.
- i) Contribuir a la mejora de la intermodalidad y la eficiencia general del transporte de mercancías previendo la implantación de Áreas de Transporte de Mercancías en los nodos del sistema viario de alta capacidad.
2. Para las áreas rurales se considera prioritario garantizar una adecuada accesibilidad del conjunto de las zonas del interior mediante la potenciación de los ejes viarios de primer nivel (Eje Diagonal Intermedio Estepa-Úbeda, Linares-Albacete, Granada-Córdoba-Badajoz-Lisboa, Valle del Almanzora, Huelva-Badajoz), así como mediante el desarrollo de una política de mejora de la accesibilidad, tanto interna como con el exterior, de cada ámbito territorial, atendiendo a sus particularidades económicas, territoriales, ambientales y paisajísticas.
3. Para los sistemas viarios provinciales se plantean las siguientes orientaciones:
- - Dar continuidad a las políticas de mejora de las comunicaciones viarias del conjunto de la provincia de Almería y, en especial, las del Valle del Almanzora, y las conexiones entre el norte y sur de la provincia, dando respuesta a las necesidades de los diferentes sistemas productivos locales.
- - Continuar mejorando los sistemas de comunicaciones viarios del conjunto de la provincia de Cádiz, tanto hacia el exterior, como internamente, dando un adecuado nivel de servicio a las conexiones de cada ámbito territorial: la Sierra, la costa noroeste, La Janda y los ámbitos metropolitanos.
- - Necesidad de continuar la mejora de las comunicaciones viarias y la accesibilidad de manera específica en el ámbito del Valle del Guadiato y Los Pedroches en la provincia de Córdoba.
- - Continuidad de las políticas de mejora de las comunicaciones viarias del conjunto de zonas de la provincia, en especial entre los ámbitos de los Montes de Granada y Alhama de Granada, así como de las conexiones desde el norte de la provincia con la Comunidad Autónoma de Murcia.
- - Continuar impulsando la mejora de las comunicaciones viarias y la accesibilidad de la provincia de Huelva, tanto en sus relaciones con el exterior como internas, prestando especial atención a las áreas rurales del Andévalo y la Sierra. Especial mención ha de hacerse a la mejora de las comunicaciones en la zona norte de la sierra y sus relaciones con el sur de Badajoz.
- - Continuar impulsando la mejora de la accesibilidad de la red viaria en la provincia de Jaén, atendiendo de manera específica a las necesidades de las zonas rurales y de montaña (Sierras de Cazorla y Segura, Sierra Mágina, Sierra Sur, Las Villas).
- - Impulsar la continuidad en las políticas de mejora de las comunicaciones del conjunto de zonas de la provincia de Málaga, prestando especial atención a las conexiones internas de cada zona y del interior con el litoral, atendiendo específicamente a los ámbitos del Valle del Guadalhorce, Serranía de Ronda, Axarquía Antequera y Costa del Sol.
- - Mejora de la funcionalidad y el nivel de servicio de los ejes viarios que garantizan las conexiones interiores entre redes de ciudades medias, prestando especial atención a la comunicación del Bajo Guadalquivir con Cádiz, a los ejes que vertebran la Sierra Sur y posibilitan su conexión con el Centro Regional de Sevilla y con el litoral, a la conexión de las pequeñas ciudades de la Sierra Norte con Extremadura y con la red viaria de primer nivel, y a las comunicaciones entre las distintas estructuras organizadas por ciudades medias del interior con objeto de favorecer un desarrollo equilibrado. Al mismo tiempo, garantizar la conexión de Sevilla, como capital andaluza, con el resto de centros regionales, prestando especial atención al desarrollo de la red ferroviaria de alta velocidad, a los servicios regionales, y al impulso de sus centros logísticos, el puerto y el aeropuerto.
[67] Estrategias y prioridades territoriales del Sistema Portuario [D].
El Sistema Portuario debe lograr una organización del conjunto de puertos comerciales, pesqueros y deportivos como un sistema integrado y coordinado, conjuntamente con la red ferroviaria y viaria de alta capacidad y la red de Áreas de Transporte de Mercancías. Ello supone implicar a la totalidad de las autoridades portuarias y a las instituciones autonómicas y estatales corresponsables en estas materias, en la planificación del transporte de Andalucía, basado en los siguientes contenidos:
- a) Creación de un marco legal propio en relación con el Sistema Portuario de Andalucía.
- b) Asignación del nivel jerárquico y de las estrategias de complementariedad a tener en cuenta en cada puerto dentro del sistema, mediante el análisis del sistema portuario regional, de sus niveles de integración y coordinación interior y, de las funciones a desempeñar como tal en el sistema portuario español y europeo.
- c) Determinación de las funciones de los puertos y de las demandas territoriales y urbanísticas que el desarrollo de aquéllas plantea, estableciendo criterios para la adecuada integración de las infraestructuras portuarias en la planificación urbanística y territorial, y que permitan la gestión económica sostenible de las mismas.
- d) Medidas para la potenciación del conjunto de puertos comerciales, y en especial del Puerto de la Bahía de Algeciras como nodo de primer nivel para el tráfico marítimo internacional y de su articulación con el resto de Andalucía.
- e) Establecimiento de una estrategia coordinada y con una visión prospectiva, sobre las funciones de los puertos andaluces en relación con el sistema portuario mediterráneo, en especial de Ceuta y Melilla y Magreb, y Atlántico (Islas Canarias).
- f) Establecimiento de modos concretos de participación de la Comunidad Autónoma en el desarrollo de funciones propias de su competencia en los Puertos de Interés General.
- g) Potenciación de las funciones comerciales, turísticas y económicas de los puertos pesqueros y de recreo sobre los ámbitos territoriales y urbanos en que se ubican.
- h) Mejora de la oferta de atraques de los puertos náuticos deportivos andaluces, dando prioridad a las actuaciones sobre las infraestructuras existentes.
- i) El establecimiento, reestructuración o ampliación de nuevos puertos deportivos deberán estar comprendidos en una estrategia regional que justifique, estructure y valore el conjunto de impactos acumulados del sistema portuario náutico-deportivo.
[68] Estrategias y prioridades territoriales del Sistema Aeroportuario [D].
1. El Sistema Aeroportuario deberá desarrollarse con arreglo a los siguientes criterios territoriales:
- a) Integrar plenamente los aeropuertos en el sistema intermodal de transportes de Andalucía, mediante su conexión con la red viaria de alta capacidad y la red ferroviaria de alta velocidad.
- b) Potenciación de las funciones de los aeropuertos andaluces como nodos del sistema aeroportuario internacional, especialmente en el caso del aeropuerto de Málaga.
- c) Apoyo a la implantación de comunicaciones aéreas de tercer nivel entre las ciudades andaluzas y los ámbitos territoriales próximos (Magreb, arco mediterráneo, arco atlántico).
- d) Desarrollo de planes estratégicos de los aeropuertos (coordinados entre la autoridad aeroportuaria, la Junta de Andalucía y los Ayuntamientos) mediante los cuales se potencien sus funciones económicas y logísticas en los ámbitos metropolitanos en que se insertan.
- e) Considerar las iniciativas para la creación de nuevos aeropuertos de iniciativa privada, en particular en los casos de Campo de Gibraltar, Huelva y Antequera.
- f) Impulsar la participación de la Comunidad Autónoma en la gestión de los aeropuertos, y su integración en la planificación del transporte de Andalucía.
2. El Consejo de Gobierno identificará los futuros aeropuertos que pudieran surgir en Andalucía que tengan carácter estratégico en los que prioritariamente deban desarrollarse servicios públicos de transporte aéreo.
[69] Infraestructuras intermodales en los Nodos de Transporte [D].
1. El Sistema de Transporte, desde la perspectiva de su mayor integración modal, identifica las infraestructuras intermodales y los nodos de intercambio como lugares prioritarios para la dotación de equipamientos y servicios de gestión del transporte. Para ello, se desarrollarán Planes de Transportes de Viajeros [AR-02] y Planes de Transportes de Mercancías [AR-03].
2. En los ámbitos territoriales con función de nodos se distinguen tres niveles:
- a) Los Nodos Regionales, que a su vez se organizan en dos niveles:
- b) Los Nodos Urbanos en los que una ciudad actúa como centro de intersección de redes de transporte de nivel regional. A efectos de los niveles de dotaciones intermodales se distinguen nodos urbanos de primer y segundo nivel.
- c) Las Áreas de Ordenación del Transporte que abarcan un territorio complejo estructurado sobre la base de Redes de Ciudades Medias con una posición estratégica en las redes del transporte.
3. Los nodos del sistema de transportes son lugares prioritarios para la ordenación y dotación de infraestructuras intermodales de tráfico de pasajeros y mercancías:
-
a) Los nodos de los Centros Regionales serán objeto de Planes de Transporte Metropolitano y la creación de Consorcios Metropolitanos de Transporte [AR-02]. En estos ámbitos las prioridades se dirigen hacia:
- - La identificación de la imagen final de las redes de transporte metropolitano en sus diferentes niveles jerárquicos y funcionales (redes interurbanas, redes metropolitanas, redes locales, redes urbanas);
- - El fomento de los servicios de transporte público metropolitano, que en los nodos litorales contemplará la potenciación del transporte marítimo dentro de los servicios públicos metropolitanos;
- - El desarrollo de servicios ferroviarios y/o de metro;
- - La potenciación de órganos supramunicipales para desarrollar la gestión y planificación del transporte público en los ámbitos metropolitanos, y
- - La coordinación y complementariedad de los servicios de transporte público de viajeros por carretera, ferrocarril, y, en su caso, marítimos.
De igual forma, la Administración Autonómica abordará la ordenación de las infraestructuras y servicios para el transporte. En este sentido instalaciones como los puertos y los aeropuertos han de convertirse en elementos esenciales para la creación de infraestructuras y servicios intermodales del transporte. Así mismo, estos Planes han de incorporar objetivos y medidas concretos en relación con la mejora del impacto energético, ambiental y paisajístico del transporte en el ámbito metropolitano.
-
b) Los nodos urbanos se conciben como puntos de interconexión de las redes de transporte de primer nivel que coinciden generalmente con Ciudades Medias y que, por tanto, cuentan con posibilidades de actuar como puntos de intercambio en los flujos de transporte para lo que requieren las infraestructuras oportunas (estaciones de autobuses y, en su caso, ferroviarias, centros para el transporte de mercancías, etc.). Estas dotaciones dependerán, en cada caso, de los siguientes criterios: la integración del nodo urbano dentro de un Área de Ordenación del Transporte, el volumen y nivel de complejidad de los flujos de transporte que canaliza, y la centralidad del nodo medida en el número de conexiones con ejes de transporte de primer nivel con que cuenta.
En un primer nivel se identifican una serie de nodos urbanos en las Ciudades Medias de mayor peso económico y que desempeñan una función de gran importancia territorial como complemento de los Nodos de los Centros Regionales.
En un segundo nivel se identifican una serie de nodos urbanos localizados en los principales ejes de articulación regional tanto en Ciudades Medias como en algunos Centros Rurales con funciones estratégicas en el Sistema de Transportes.
- c) Las Áreas de Ordenación del Transporte son ámbitos prioritarios para la ordenación subregional de las actuaciones en infraestructuras y el desarrollo de modelos específicos de gestión del transporte. Al tratarse de ámbitos organizados por Redes de Ciudades Medias, la localización de las infraestructuras nodales (estaciones de autobuses y ferroviarias, áreas de transporte de mercancías) y la organización de los servicios de transporte público, han de adaptarse a dicha estructura territorial aprovechando la potencialidad urbana que ofrecen y las especificidades de cada modelo territorial.
4. Las Áreas de Ordenación del Transporte con requisitos específicos derivados de la importancia, a escala regional, y considerados prioritarios para el establecimiento de programas de actuación dirigidos a la ordenación del transporte de mercancías y la dotación de las infraestructuras logísticas, son las siguientes:
-
a) Tres áreas de primer nivel que han de desempeñar un función esencial en la organización de los transportes a escala regional:
- • El área central de Andalucía, con una función clave para la interconexión de ejes viarios y ferroviarios de primer nivel y para la articulación entre el área occidental y oriental de Andalucía, así como del valle del Guadalquivir con el litoral mediterráneo.
- • El área de la Costa del Sol malagueña en la que se concentran los mayores flujos de transporte asociados al sector turístico.
- • El área del Poniente Almeriense, un ámbito en el que el transporte de productos agrícolas adquiere una especial intensidad y en el que se dan los mayores flujos de transporte de mercancías por carretera, al margen de los Nodos Regionales.
-
b) En un segundo nivel se encuentran otros ámbitos que plantean, igualmente, requisitos específicos de ordenación del transporte:
- • El resto de áreas litorales (Costa Granadina, Levante de Almería, La Janda, Costa Noroeste de Cádiz y Costa Occidental de Huelva).
- • Áreas interiores (eje Écija-Carmona-Utrera, Bajo Guadalquivir, Aljarafe-Condado, Vega del Guadalquivir y Almanzora).
- • Áreas generadoras de tráficos mineros (Guadiato, Franja Pirítica y Cuenca del Mármol).
- c) Finalmente se incluyen también áreas con requerimientos específicos derivados de su posición en las principales redes de transporte para la conexión exterior de Andalucía (Noroeste de Jaén, Levante almeriense, Costa Occidental de Huelva, Guadiato-Los Pedroches y conexiones con Extremadura).
5. Para el adecuado desarrollo de la red de infraestructuras intermodales y la organización de la logística del transporte de personas, mercancías e información, se establecen los siguientes criterios básicos:
-
a) La creación de una Red Regional de Áreas de Transporte de Mercancías integrada por los siguientes componentes:
- • Centros de Transporte de Mercancías de primer nivel en los Nodos Regionales y en las Áreas de Ordenación del Transporte de Área Central de Andalucía, Noroeste de Jaén, Costa del Sol y Poniente Almeriense;
- • Centros de Transporte de segundo nivel en el resto de Áreas de Ordenación del Transporte;
- • Estaciones de Transporte de Mercancías de primer nivel en los restantes Nodos Urbanos de primer nivel;
- • Estaciones de Transporte de Mercancías de segundo nivel en los Nodos Urbanos de segundo nivel.
- b) La potenciación de la Red de Estaciones de los nodos principales de la Red Ferroviaria de Alta Velocidad, desarrollando su función como intercambiadores del transporte de pasajeros y mercancías, y ordenando las operaciones de integración ferroviaria urbana, de manera concertada con la Administración del Estado, la Junta de Andalucía, y la Administración Local correspondiente.
- c) La creación de una Red Regional de instalaciones para el transporte de viajeros por carreteras, con un primer nivel constituido por las estaciones centrales de los Centros Regionales y un segundo nivel en Ciudades Medias y Centros Rurales y otros centros generadores de tráfico e intercambio.
- d) La conexión de puertos y aeropuertos con la Red de Carreteras de Alta Capacidad y con la Red Ferroviaria.
- e) El desarrollo de las infraestructuras y servicios de telecomunicaciones en las infraestructuras nodales del transporte (aeropuertos, puertos, centros de transporte de mercancías, estaciones ferroviarias y de autobuses).
[70] Integración urbana de redes y nodos [D].
1. Los Planes de Ordenación del Territorio de ámbito subregional y el planeamiento urbanístico para la correcta integración urbana de las redes y los equipamientos intermodales deberán seguir los siguientes criterios:
- a) La delimitación de emplazamientos idóneos para la implantación de infraestructuras intermodales de transporte en los Nodos y Áreas de Ordenación, de acuerdo con las previsiones de los Planes de Transporte Metropolitano, los Planes de Transporte Público de Viajeros y los Planes de Transporte de Mercancías.
- b) La permeabilidad de las diferentes infraestructuras nodales de comunicaciones (puertos, aeropuertos y estaciones centrales), y la máxima accesibilidad e interconexión entre ellas para asegurar plenamente la posibilidad de un funcionamiento y gestión intermodal del sistema de transporte urbano e interurbano, lo que deberá ponerse en relación con la potenciación de los modos no motorizados y la adaptación de las distintas instalaciones a las necesidades de la población discapacitada.
- c) La correcta integración de las redes y equipamientos en la estructura urbana y metropolitana, valorando especialmente sus funciones como referentes básicos en la construcción de la ciudad y la mejora de la calidad de vida, desde su adecuado tratamiento ambiental y paisajístico. Especial importancia tendrán las operaciones de integración urbana asociada a la renovación de infraestructuras de la alta velocidad.
- d) La plena integración urbana del espacio industrial o productivo asociado a las infraestructuras nodales, especialmente en los casos de los puertos y aeropuertos.
2. Los municipios integrantes de los Nodos del Sistema de Transportes habrán de establecer en su planeamiento urbanístico, de manera específica, su adecuación a las previsiones del presente Plan y prever la realización de planes de movilidad sostenible y potenciación del transporte público.
3. El Consejo de Gobierno elaborará, una estrategia para el desarrollo del transporte no motorizado, dirigida fundamentalmente a fomentar el uso de la bicicleta y los desplazamientos a pie, incluyendo el diseño y construcción de redes de carriles bici y senderos peatonales. Así mismo, en el contexto de los sistemas intermodales de transporte se fomentarán iniciativas destinadas a incrementar el protagonismo de la bicicleta con medidas como la potenciación y facilitación de su acceso a los medios de transporte público.
[71] Modelos territoriales específicos en relación con la gestión del transporte [D].
1. Cada tipo de ámbitos territoriales establecidos requieren que su planificación se adapte a sus necesidades y requerimientos particulares (Centros Regionales, Redes de Ciudades Medias y áreas rurales de baja densidad) a partir de los siguientes criterios generales:
- a) La incorporación de criterios de intermodalidad en la planificación y la gestión de los sistemas de transporte.
- b) El establecimiento de objetivos de movilidad sostenible basados en la gestión racional de las demandas y el incremento del transporte público.
- c) La potenciación de los efectos económicos de las infraestructuras de transporte en el territorio, favoreciendo la articulación entre redes principales y secundarias y aprovechando las oportunidades que presenta el dominio público de dichas infraestructuras.
- d) La mejora de la calidad y la seguridad en el transporte.
- e) La integración urbana, ambiental y paisajística de las infraestructuras.
2. Los contenidos que han de abordar las estrategias de los modelos de transporte son las siguientes:
- a) Definición de modelo de infraestructuras de transporte (a partir de la propuesta establecida en el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía): viarias (incluyendo las redes principales y secundarias de manera coordinada); ferroviarias; portuarias y aeroportuarias en su caso; y nodales (estaciones de autobuses, estaciones ferroviarias, instalaciones para el transporte de mercancías).
- b) Ordenación del dominio público de las infraestructuras del transporte, atendiendo de manera especial al aprovechamiento de las oportunidades que ofrecen para el desarrollo económico de cada ámbito.
- c) Organización de las infraestructuras y servicios de transporte público de viajeros (red de estaciones de autobuses, coordinación territorial de los servicios).
- d) Organización de las infraestructuras y servicios de transporte de mercancías (incluyendo las vinculadas a sistemas productivos locales con requerimientos específicos de infraestructuras de transporte).
3. Con carácter particular, para cada tipo de ámbito han de considerarse una serie de requerimientos especiales:
- a) En los ámbitos de los Centros Regionales tales requerimientos son los ya recogidos anteriormente en las determinaciones referidas a los nodos del Sistema Intermodal de Transportes: Planes Intermodales de Transportes y creación de Consorcios Metropolitanos de Transporte.
-
b) En los ámbitos organizados por las Ciudades Medias, junto a las determinaciones ya recogidas en relación con los Nodos y Áreas de Ordenación, han de considerarse, al menos, los siguientes aspectos:
- • El fomento de un sistema intermodal de infraestructuras y servicios de transporte en las áreas litorales (transporte ferroviario, por carretera y marítimo) adaptado a las características específicas de su sistema urbano y a los fenómenos de congestión y estacionalidad.
- • El fomento de la cooperación entre ciudades y sistemas productivos especializados en las Redes de Ciudades Medias interiores, a fin de crear infraestructuras y servicios de transportes comunes y compartidos que aprovechen la economía de escala que ofrece la cooperación, así como las oportunidades que ofrecen los grandes ejes regionales de transporte.
- c) La creación de infraestructuras y servicios de transporte adaptados específicamente a las condiciones de débil demanda y baja accesibilidad de las áreas rurales y de montaña de baja densidad, en base al establecimiento de objetivos que garanticen una adecuada accesibilidad al conjunto de asentamientos de población, y el aprovechamiento del potencial de los sistemas productivos locales.
[72] Consumo energético y ambiental de los transportes [D].
1. La planificación regional de infraestructuras del transporte (tanto la elaborada con carácter director como la de naturaleza sectorial), incorporará objetivos concretos sobre las siguientes materias:
- a) La reducción del consumo energético en el transporte a través de programas de ahorro y eficiencia.
- b) La reducción de la contaminación atmosférica y acústica asociada al transporte.
- c) La reducción de los efectos de congestión generados por la confluencia de redes y tráficos interurbanos en los ámbitos metropolitanos y en áreas de intensa movilidad generada por las actividades productivas (especialmente el turismo y la agricultura intensiva en el litoral).
- d) La evaluación ambiental global de la planificación de los sistemas de transporte (incluyendo la formulación de un modelo de movilidad global y unos objetivos de reparto intermodal, así como el establecimiento de alternativas, la evaluación de su impacto energético y ambiental y la concreción de las medidas correctoras de la alternativa elegida).
- e) La especificación de contenidos y criterios para la elaboración de la evaluación ambiental de los proyectos de infraestructuras programados.
- f) La incorporación de criterios de evaluación del impacto paisajístico de las infraestructuras, y de desarrollo de medidas de protección, mejora y restauración del paisaje en los proyectos y actuaciones infraestructurales.
2. El desarrollo de estos criterios a escala regional ha de tomar en consideración, así mismo, los contenidos del Plan en cuanto a:
- a) Las determinaciones en relación con el Sistema Energético.
- b) Las determinaciones en relación con el Sistema de Patrimonio Territorial.
- c) Las determinaciones en relación con la prevención de riesgos.
- d) Las determinaciones en relación con los Dominios Territoriales y las Unidades Territoriales.
3. La planificación territorial e intermodal de transportes en los ámbitos metropolitanos, así como en los instrumentos de planeamiento urbanístico de escala local y supralocal, desarrollarán los siguientes criterios específicos (ver Determinaciones en la Sección «Orientación y control de los procesos de urbanización y la calidad urbana»):
- a) La evaluación del sistema de transportes en el contexto de los balances ecológicos de los ámbitos metropolitanos, especialmente en lo que se refiere a su contribución al consumo energético y las emisiones de gases contaminantes a la atmósfera.
- b) El establecimiento de objetivos específicos para la gestión de la movilidad, en especial para la atenuación del tráfico privado y promoción de la movilidad en transporte público y en medios no motorizados.
- c) El establecimiento de objetivos y medidas específicos dirigidos a la reducción de las emisiones contaminantes a la atmósfera y el ruido.
- d) El desarrollo de sistemas eficientes en el uso de la energía en los medios públicos de transporte y la incorporación de combustibles de sustitución y energías renovables.
- e) La incorporación de criterios referidos a la movilidad sostenible en el diseño del modelo de ciudad a través del planeamiento urbanístico.
- f) El establecimiento de redes alternativas metropolitanas y urbanas que interconecten el sistema de espacios libres mediante medios de transporte no motorizados.
- g) El establecimiento de criterios de diseño de las infraestructuras para que primen la viabilidad de los transportes públicos, peatonal y ciclista a través de plataformas reservadas, los medios adecuados para el intercambio modal, y el tratamiento adecuado para su integración urbana y paisajística.
4. La planificación y proyectos de actuación en materia de infraestructuras de transportes tendrán en cuenta las limitaciones físicas y ambientales derivados del Sistema del Patrimonio Territorial y sus diferentes componentes, especialmente:
- a) Red de espacios naturales protegidos.
- b) Catálogo de espacios sometidos a protección urbanística.
- c) Redes de Ciudades Patrimoniales, Sitios Históricos, Lugares de Interés Etnológico y Zonas Arqueológicas.
- d) Ámbitos especiales por su concentración de infraestructuras de transportes.
5. La planificación y los proyectos de infraestructuras de transportes incorporará el paisaje como recurso a considerar y valorar desde las siguientes perspectivas:
- a) El establecimiento de criterios que minimicen el impacto transformador del paisaje.
- b) El planteamiento de alternativas en el trazado de las infraestructuras.
- c) La justificación de la opción elegida en cuanto a su incidencia sobre el paisaje.
- d) El establecimiento de medidas correctoras de los impactos y de mejora y adecuación paisajística.
- e) La inclusión de propuestas de infraestructuras de servicio de las carreteras, específicas para la visión y legibilidad del paisaje (red de miradores).
Sección 2
Sistema de Telecomunicaciones
El papel esencial que desempeñan los sistemas de telecomunicaciones en tanto que soporte para el desarrollo de la sociedad de la información y la modernización regional (y consiguientemente para el posicionamiento competitivo de cada territorio en la economía global), justifica que el Plan deba abordar el establecimiento de una serie de objetivos y propuestas dirigidos a desarrollar un papel activo del territorio andaluz en el nuevo modelo económico y espacial que se está implantando a escala global.
Este nuevo modelo económico está modificando profundamente las pautas territoriales de organización del sistema productivo. El papel de centros económicos principales corresponde ahora a aquellas grandes áreas metropolitanas que, a nivel mundial, son capaces de concentrar las actividades vinculadas con el desarrollo de las nuevas tecnologías, las funciones decisionales, el conocimiento y la gestión de la información. Este modelo espacial global se conforma, por tanto, como un nuevo tipo de espacio: el espacio de los nodos y de las redes a través de las cuales se interconectan.
De esta forma, a escala internacional se estructuran una serie de centros metropolitanos principales, concentrados mayoritariamente en Estados Unidos, Japón y el centro y norte de Europa, que desempeñan una función directiva del proceso de desarrollo económico basado en la gestión de la información.
En un segundo nivel se encuentran los territorios que, formando parte del espacio económico más desarrollado, constituyen la periferia del mismo. En esta situación se encuentra el conjunto del territorio español, en el que las áreas metropolitanas de Madrid y Barcelona se constituyen en nodos secundarios de la red europea. En el caso de Andalucía, la posición periférica es aún mayor, debido en gran medida al menor desarrollo alcanzado en los sectores económicos más innovadores, y a la inexistencia de núcleos urbanos con suficiente capacidad para integrarse con los grandes centros europeos.
Andalucía se encuentra, en el contexto europeo y nacional, por debajo de la media en los indicadores de implantación de las tecnologías de la información y las comunicaciones. La necesidad de superar el diferencial de desarrollo en este campo constituye uno de los más importantes retos de futuro para la región, en especial si se pretende que la dotación de infraestructuras soporte una previsible expansión de la demanda.
Para reducir este diferencial, la Junta de Andalucía ha puesto en marcha los siguientes instrumentos de planificación y fomento de las tecnologías de la información:
- • El Plan de Innovación y Modernización de Andalucía que se marca como objetivo la equidad territorial para evitar la exclusión en los procesos de innovación y fija como una línea estratégica la igualdad geográfica en el terreno digital entre las zonas urbanas y las rurales.
- • El Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información, cuyo objetivo central es el de fomentar la implantación de las tecnologías de la información y las comunicaciones en Andalucía.
- • El Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación dirigido a desarrollar la innovación científica a través del sistema universitario andaluz y las empresas.
- • El proyecto Mercurio para fomentar la extensión de la banda ancha en los núcleos de población y polígonos industriales de zonas rurales.
- • El programa Guadalinfo que tiene como finalidad la creación de una red de centros de acceso público a Internet.
- • La creación de una red corporativa de la Junta de Andalucía como medio para ofrecer servicios de administración electrónica.
Estos planes y programas autonómicos se coordinan a su vez con el plan Avanza del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio que se plantea como objetivo para 2010 la convergencia entre comunidades autónomas y con Europa en materia de sociedad de la información; así como con la iniciativa europea i-2010, que define una sociedad de la información en Europa para el crecimiento y el empleo a través de políticas de extensión de la banda ancha, incremento de los servicios y cierre de la brecha digital. Estos planes marcan unas líneas comunes de alineamiento estratégico al compartir objetivos, medidas y horizonte temporal.
A escala regional el nuevo modelo territorial impulsado por el desarrollo de la sociedad de la información plantea las siguientes cuestiones principales:
- • Se refuerza el papel estratégico que desempeñan los principales Centros Regionales como los puntos a través de los cuales el conjunto del territorio se integra en las redes de primer nivel. Dicho papel estratégico se sustenta no sólo en el reforzamiento de sus funciones como nodos de telecomunicaciones, sino también a través de su interconexión y relación mediante el resto de sistemas de transportes (viario, ferroviario, aeroportuario y portuario).
-
• La estructura territorial que se deriva del modelo de organización sobre la base de nodos urbanos interconectados plantea una serie de nuevos problemas territoriales que pueden sintetizarse en:
- · La intensificación de los procesos de concentración territorial de las infraestructuras de telecomunicaciones y de las actividades productivas, especialmente las vinculadas con las tecnologías de la información y las comunicaciones, en los núcleos urbanos de mayor tamaño y más dinámicos desde el punto de vista económico.
- · Por el contrario, la agudización de los procesos de desarticulación territorial de las zonas que no forman parte de dichos centros principales, fundamentalmente las áreas rurales.
-
• La aparición de un doble proceso territorial en los Centros Regionales:
- · Por una parte, la generación, dentro de la ciudad, de espacios urbanos especialmente bien conectados y en los que se concentran los centros directivos, las empresas, las infraestructuras y los servicios de telecomunicación, en tanto que determinadas zonas de la ciudad (las de menor nivel de renta y actividad) quedan al margen de las ventajas que ofrecen tales infraestructuras y servicios.
- · Por otra, la ampliación del área de influencia metropolitana en tanto que el espacio metropolitano no se delimita ya necesariamente en función de la continuidad espacial de los usos urbanos, sino que cada ámbito metropolitano se puede organizar internamente sobre la base de una red de centros dispersos pero interconectados, lo que se ve favorecido por la capacidad de las actividades económicas más innovadoras para deslocalizar determinados procesos productivos dentro del espacio metropolitano.
En suma, la estructura territorial constituye un factor determinante para el desarrollo de las tecnologías de la información, no sólo por la constatación de los procesos de concentración y desarticulación antes mencionados, sino también por ofrecer una serie de oportunidades para favorecer el impulso a la modernización tecnológica y económica de Andalucía. Ello justifica que el Plan de Ordenación del Territorio deba dar una especial relevancia a una propuesta de Modelo Territorial fundamentada, principalmente, en la consolidación de las redes territoriales como estructura especialmente adecuada para el desarrollo de las infraestructuras y servicios de telecomunicaciones que sirven de soporte a los flujos de información.
[73] Objetivos [O]
1. Desarrollar los servicios e infraestructuras que posibiliten la plena incorporación de la región a la sociedad de la información asegurando su inserción en las redes con cobertura mundial.
2. Favorecer el desarrollo de un Sistema de Telecomunicaciones que articule el conjunto del territorio regional internamente, garantizando la equidad territorial y el acceso universal a los servicios avanzados en banda ancha.
3. Asegurar y garantizar que la red de telecomunicaciones llegue a toda Andalucía en condiciones de igualdad, como factor de desarrollo y cohesión territorial
4. Impulsar el desarrollo de la demanda de servicios de telecomunicaciones, atendiendo a las características propias de cada ámbito territorial y dando prioridad a la intervención pública en las áreas rurales.
[74] Líneas Estratégicas [E].
1. Cooperar desde la perspectiva territorial al desarrollo de la planificación regional en materia de telecomunicaciones y acceso a los bienes y servicios de la sociedad de la información.
2. Señalar líneas de actuación para el desarrollo de servicios e infraestructuras de telecomunicaciones atendiendo a criterios de equidad en el territorio y evitando la exclusión social y geográfica en las oportunidades de su utilización, para lo que se favorecerá la extensión de las redes de banda ancha y, en general de las infraestructuras y servicios de telecomunicaciones vinculados con el desarrollo de la sociedad de la información, dando prioridad a la cobertura de las áreas rurales.
3. Establecer criterios diferenciados para las distintas unidades territoriales respecto al desarrollo de infraestructuras de telecomunicaciones adecuadas y dimensionadas en coherencia con los referentes definidos en el Modelo Territorial.
[75] Desarrollo Territorial de la Sociedad de la Información [D].
1. Extensión del acceso a las tecnologías de la información y las comunicaciones.
A partir del Plan de Innovación y Modernización de Andalucía y del Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información se llevarán a cabo un conjunto de actuaciones que aborden los siguientes aspectos:
- a) El desarrollo de los sistemas públicos de telecomunicaciones (vinculados tanto a la Junta de Andalucía como a las Administraciones Locales y a los servicios públicos de radio y televisión).
- b) Una estrategia regional que sirva de marco, tanto a las iniciativas de los operadores privados de infraestructuras y servicios, como al desarrollo de programas públicos. Dichas actuaciones estarán directamente dirigidas al fomento del uso y difusión de las tecnologías de la información, basados en la universalización del uso de Internet como servicio público básico.
2. Desarrollo de las redes de banda ancha sobre la base de los ejes principales que interconectan el Sistema de Centros Regionales y las Redes de Ciudades Medias entre sí y con el exterior de Andalucía.
El Sistema de Ciudades de Andalucía ha de actuar como referente para el conjunto de las actuaciones públicas y privadas relativa a las infraestructuras y servicios de telecomunicaciones en un doble sentido:
- a) El Sistema de Centros Regionales y las Redes de Ciudades Medias, así como los Centros Rurales, se constituyen en armazón básico a través del cual han de organizarse los diferentes sistemas de transporte de información.
- b) Especial prioridad se dará al desarrollo de las redes de banda ancha en los territorios menos cubiertos por la iniciativa privada, como las áreas rurales y los núcleos menores de 10.000 habitantes.
3. Potenciación de las interconexiones con el exterior de Andalucía.
El desarrollo de las redes de banda ancha ha de tomar en consideración, igualmente, la necesidad de reforzar y diversificar los ejes de conexión exterior de Andalucía, garantizando un nivel de mallado de las redes que otorgue un alto nivel de calidad y seguridad al territorio regional dentro del Sistema de Telecomunicaciones mundial. Deberán para ello seguirse dos grandes orientaciones:
- a) Se considera prioritario reforzar y diversificar las redes internacionales que interconectan Andalucía con el ámbito del Mediterráneo, el Atlántico norte, América, Canarias, Portugal y el Magreb.
- b) Específicamente, en el caso de los ámbitos limítrofes de Portugal y norte de África, la Junta de Andalucía impulsará el desarrollo de programas que impulsen la interconexión de las redes de telecomunicaciones.
4. Potenciación de los sistemas y redes de telecomunicaciones en los ámbitos de los nueve Centros Regionales, de acuerdo con las determinaciones siguientes:
- a) Los ámbitos de las Centros Regionales han de constituir los nodos de primer nivel para configurar el Sistema de Telecomunicaciones regional. Desde la perspectiva de la integración exterior de Andalucía debe considerarse prioritaria la interconexión a través de los nodos de Sevilla y Málaga. A su vez, cada uno de estos nueve ámbitos metropolitanos ha de dotarse de un sistema de infraestructuras y servicios que articulen al conjunto del espacio metropolitano, dotándolo de adecuados niveles de capacidad y seguridad.
- b) La prioridad de los poderes públicos se centrará, por una parte, en la orientación general al desarrollo de las infraestructuras de los operadores privados y, por otra, en garantizar unos niveles de acceso equivalentes en las áreas urbanas con riesgo de marginalización en el desarrollo de las infraestructuras y servicios.
- c) La aplicación de estos criterios se incorporará tanto en los instrumentos de ordenación territorial y urbanística (Planes de Ordenación del Territorio de ámbito subregional y planeamiento urbanístico municipal), como en los instrumentos de fomento económico (Planes Estratégicos).
- d) Como medio complementario para la extensión de la demanda de servicios y reducción de la brecha digital en las periferias metropolitanas además resulta necesaria la realización de campañas de alfabetización digital.
5. Potenciación de los sistemas y redes de telecomunicaciones en los ámbitos de las Redes de Ciudades Medias mediante dos líneas:
- a) Las Redes de Ciudades Medias han de constituirse en el soporte a través del cual las redes de telecomunicación se descentralizan en el territorio, otorgando capilaridad a los ejes que tienen como nodos principales a los Centros Regionales.
- b) Los procesos de cooperación entre las Redes de Ciudades Medias han de contemplar el desarrollo de programas específicos para el fomento del uso de las telecomunicaciones por parte del sistema productivo, así como para la implantación de infraestructuras y servicios compartidos tanto en el ámbito de las administraciones públicas, como dentro de programas para el fomento económico y territorial de cada ámbito.
6. Mejora de las condiciones de acceso a las telecomunicaciones en los ámbitos rurales:
- a) Las áreas más netamente rurales de Andalucía, en especial las zonas de montaña de menor densidad y accesibilidad, han de considerarse un objetivo prioritario por parte de la acción de los poderes públicos en materia de telecomunicaciones, en respuesta al objetivo de equidad territorial.
- b) La Junta de Andalucía promoverá el uso de las tecnologías de la información en estos ámbitos mediante el refuerzo de la oferta de servicios (teleformación, teletrabajo, comercio electrónico, telemedicina, centros de acceso público, alojamiento en Web, etc.), así como que los operadores privados den cobertura adecuada a estos territorios mediante la dotación de infraestructuras, tanto a nivel local como de las Redes de Asentamientos en Áreas Rurales identificadas en el Sistema de Ciudades de Andalucía.
7. Potenciación de las infraestructuras y servicios de telecomunicaciones vinculados al sistema intermodal de transportes (puertos, aeropuertos, red viaria y ferroviaria, centros de transportes de mercancías y estaciones de autobuses).
- a) Las planificaciones en materia de transportes y comunicaciones tanto generales (Plan Director de Infraestructuras de Andalucía) como sectoriales (carreteras, ferrocarril, puertos y aeropuertos, servicios de transporte público, planificación intermodal de transporte en ámbitos metropolitanos, etc.) habrán de incorporar objetivos y propuestas de actuación específicas en relación con los sistemas de telecomunicaciones que han de ir asociados a cada una de las redes y servicios de transporte.
- b) Las redes de infraestructuras de la Junta de Andalucía incorporarán, en su proyecto de ejecución, el trazado de redes de telecomunicaciones de titularidad pública.
- c) Las infraestructuras nodales del transporte (estaciones de autobuses y ferroviarias, centros de transporte de mercancías, puertos, etc.) se dotarán de un sistema propio de telecomunicaciones sobre cuya base se organizará la gestión de los servicios.
8. Consideración de los sistemas de telecomunicaciones como sistema general de infraestructuras urbanas y territoriales.
El planeamiento urbanístico y los Planes de Ordenación del Territorio de ámbito subregional incorporarán las infraestructuras de telecomunicaciones como sistemas generales esenciales para la articulación del territorio. El planeamiento urbanístico, por su parte, contemplará la previsión de infraestructuras comunes de telecomunicaciones en las nuevas edificaciones.
[76] Desarrollo de una Red Corporativa de Telecomunicaciones de Andalucía [D].
El Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información deberá profundizar en sus contenidos territoriales de acuerdo con los siguientes criterios:
- a) Completar la red corporativa de la Junta de Andalucía y extenderla territorialmente, tomando como base todas las redes de equipamientos y servicios públicos existentes en el territorio (con especial atención a las redes de centros públicos educativos, de salud y de servicios sociales).
- b) Promover la interconexión entre la red corporativa de la Junta de Andalucía y las redes de las otras administraciones públicas que, junto al desarrollo de redes propias en el ámbito local y comarcal (Redes de Ciudades), debe tener una vocación regional que articule al conjunto de las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma. Un aspecto esencial de esta propuesta es el decidido impulso al desarrollo de servicios de administración inteligente que atiendan a la población.
- c) La Red Corporativa Pública de Telecomunicaciones ha de desempeñar una función impulsora del desarrollo económico en cada territorio, para lo cual se interconectarán con ella las diferentes infraestructuras y servicios públicos de promoción económica.
[77] Fomento de proyectos telemáticos locales y comarcales [D].
La Junta de Andalucía favorecerá el desarrollo de los proyectos de nivel local y, preferentemente, los desarrollados sobre la base de Redes de Ciudades. Estos proyectos, basados en el fomento de la oferta de servicios de telecomunicaciones y administración electrónica, se basarán en los siguientes objetivos: hacer de Internet un servicio público cuyo acceso se garantiza al conjunto de la población, desarrollar los teleservicios públicos de la administración local y fomentar las aplicaciones telemáticas en los sistemas productivos locales. Especial prioridad se dará a los proyectos telemáticos para las áreas rurales.
[78] Diagnóstico y seguimiento sobre el Sistema de Telecomunicaciones [D].
1. La Junta de Andalucía se dotará de un observatorio permanente que permita un completo diagnóstico sobre la evolución del sistema de telecomunicaciones en el que, entre otros aspectos, se abordará la elaboración del mapa de infraestructuras de telecomunicaciones de Andalucía y se evaluará el grado de penetración de las tecnologías de la información (especialmente Internet) en los diferentes ámbitos territoriales.
2. Un objetivo principal de dicho observatorio será la definición, en el marco del Sistema Estadístico de Andalucía, de un conjunto de información de base e indicadores basados en estándares europeos (hasta el nivel municipal al menos) relativo a la evolución de las dotaciones y al uso de los servicios de las tecnologías de la información.
Sección 3
Sistema Energético
El Sistema Energético constituye uno de los componentes básicos tanto para la articulación física del territorio como para el desenvolvimiento de la actividad económica. Por otra parte, es un elemento clave para medir la sostenibilidad del sistema productivo y el territorio.
Los rasgos que caracterizan el actual Sistema Energético en Andalucía, compartidos en gran medida con el de países y regiones de nuestro entorno, son en síntesis los siguientes:
- • Se trata de un modelo energético basado fundamentalmente en el consumo de fuentes energéticas fósiles no renovables (petróleo, carbón, gas natural). Ello supone, por una parte, una fuerte dependencia económica exterior y, por otra, su insostenibilidad a largo plazo, tanto por el previsible agotamiento de dichas fuentes en el futuro, como por los impactos ambientales que genera (especialmente en lo que se refiere a las emisiones contaminantes a la atmósfera y, en concreto, los gases de efecto invernadero). De aquí se deriva la necesidad de estrategias globales hacia la sostenibilidad del sistema energético que, en la actualidad, chocan con las tendencias dominantes de incremento de la dependencia de las fuentes fósiles y de las emisiones contaminantes.
- • El modelo energético común a los países y regiones desarrollados presenta importantes rigideces que se derivan de su carácter global, así como de las resistencias a modificaciones en profundidad de la estructura energética y, fundamentalmente, de las fuentes de aprovisionamiento.
- • Los principales indicadores energéticos muestran como Andalucía, en la misma tónica que el conjunto de España, mantiene unas tasas de crecimiento de la demanda superiores a la media europea, en la senda de equiparar los niveles de consumo medio por habitante. Por otra parte, la intensidad energética (relación entre consumo energético y PIB) en España y Andalucía continúa creciendo (tendencia inversa a la de la Unión Europea).
- • Andalucía cuenta con muy escasos recursos energéticos convencionales propios (con lo que su grado de dependencia es especialmente alto) y, sin embargo, posee abundantes recursos energéticos renovables (solares, eólicos, de la biomasa, y en menor medida hidráulicos) que se encuentran escasamente explotados.
- • En la actualidad, el sistema energético andaluz está plenamente interconectado no sólo a nivel nacional sino también con el resto de Europa y el norte de África. En este sistema, el territorio de Andalucía desempeña una función clave como punto de aprovisionamiento y distribución de recursos energéticos: gas natural a través del gasoducto Magreb-Europa y del puerto de Huelva, petróleo a través de los puertos de Algeciras y Huelva principalmente, carbón a través sobre todo de Algeciras, Carboneras y Huelva, e intercambio de electricidad con Marruecos a través del Estrecho de Gibraltar.
-
• Los componentes básicos del actual sistema energético andaluz son:
- - Las instalaciones de recepción y almacenamiento de productos petrolíferos de Palos de la Frontera (Huelva) y Bahía de Algeciras (Cádiz) y las de recepción, almacenamiento y regasificación de gas natural de Palos de la Frontera (Huelva).
- - El parque de centrales eléctricas térmicas: de carbón en Carboneras (Almería), Bahía de Algeciras (Cádiz) y Valle de Guadiato (Córdoba), de fuel-gas, en Bahía de Algeciras y Huelva (en vías de sustitución por ciclo combinado) y de gas natural (ciclo combinado) en San Roque (Cádiz), Palos de la Frontera (Huelva) y Arcos de la Frontera (Cádiz). Hay que añadir las plantas de cogeneración, plantas hidroeléctricas y parques eólicos, instalaciones en general más dispersas y con menor contribución a la producción.
- - Las plantas de generación con biomasa, e instalaciones solares fotovoltáicas.
- - Las redes de transporte: eléctrica, de gas natural y de productos petrolíferos.
- - Los yacimientos de recursos energéticos fósiles propios, con una escasa significación en la estructura energética, y que se reducen a las reservas de carbón del valle del Guadiato, y las de gas natural del golfo de Cádiz y valle del Guadalquivir.
- • Hasta el momento, Andalucía muestra una situación deficitaria en cuanto a generación eléctrica, de tal forma que cubre sus demandas mediante intercambios (importaciones netas) del resto del sistema eléctrico peninsular (a su vez interconectado con el europeo y marroquí). Una de las actividades liberalizadas en el nuevo marco regulador del sector es la generación de energía eléctrica, hecho que ha motivado que las empresas promotoras se dirijan a las mejores localizaciones siguiendo criterios, básicamente, de suministro de gas, agua, y evacuación de la electricidad generada. Andalucía cuenta con buenas localizaciones, corriendo el riesgo de una concentración excesiva que podría ocasionar ciertos desequilibrios territoriales y ambientales.
- • Desde la perspectiva territorial, el abastecimiento energético se ha modificado en los últimos años debido, principalmente, a la extensión de la red de gasoductos que alcanza, en la actualidad, a todas las provincias excepto Almería, aunque existen proyectos para que sean cubiertas. En cuanto a la cobertura de la demanda de energía eléctrica, la red de alta tensión interconecta los principales centros de generación (de Andalucía, y de Extremadura, Castilla-La Mancha, y Murcia) con los principales centros urbanos regionales. Con respecto a la situación del suministro eléctrico, se dan dos tipos de situaciones: por un lado, en las principales áreas urbanas y las zonas de mayor dinamismo económico e industrial, se necesitan actuaciones de mejora infraestructural que garanticen unos niveles de seguridad y calidad suficientes ante el crecimiento de las demandas; por otro, en las áreas rurales de menor densidad, el mayor coste y dificultad para el trazado de infraestructuras se traduce en menores niveles de calidad en el suministro lo que requiere actuaciones de modernización y ampliación de las infraestructuras.
- • Así mismo, es importante destacar, desde la óptica territorial, la fuerte interrelación entre el sistema energético y el sistema de transportes por un lado (en tanto que es la principal actividad consumidora de productos petrolíferos y responsable de buena parte de las emisiones contaminantes), y el sistema de ciudades por otro (en tanto que el tráfico urbano constituye uno de los factores esenciales que explican las funciones de la ciudad, su organización física y el estado de su medio ambiente).
- • El contexto de la planificación ha cambiado sustancialmente con la liberalización del mercado energético español y europeo. La Administración del Estado cuenta con competencias para redes de transporte y actividades estratégicas, infraestructuras sujetas a una cierta regulación específica. Andalucía, por su parte, ha elaborado el II Plan Energético, concebido como «instrumento estratégico y de coordinación de las políticas sectoriales en materia de infraestructuras energéticas, de fomento de las energías renovables, así como de las actuaciones en materia de ahorro, eficiencia y diversificación energética». Ambas administraciones deben velar y establecer los niveles de coordinación necesarios para que los criterios de ordenación territorial estén presentes en la planificación de las infraestructuras energéticas.
- • Una de las cuestiones con mayor trascendencia es la necesidad de avanzar en la integración de objetivos energéticos en las políticas sectoriales. Así, la política de transportes ha de tener una responsabilidad fundamental en cuanto a la mejora de la eficiencia energética y la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y otros impactos ambientales. Por su parte, la política de vivienda y, en general la de dotación de equipamientos, debe incorporar criterios de ahorro energético y de utilización de energías renovables. La política medioambiental, igualmente, ha de abordar de manera específica las implicaciones energéticas de las actividades productivas y el transporte. La política urbanística y territorial, en fin, no puede dejar de considerar las implicaciones energéticas del modelo de organización de la ciudad y el territorio.
- • La ordenación del territorio ha de establecer los criterios que contribuyan a que el Sistema Energético se adapte a los objetivos del Modelo Territorial desde una triple perspectiva:
Las determinaciones del Plan tienen una directa relación con la consecución del Modelo Territorial de Andalucía y con sus principios orientadores. Así mismo, estas determinaciones se ponen en relación con el Esquema Básico de Articulación Regional que se deriva de dicho Modelo, en lo que respecta a la conexión física del territorio regional tanto internamente como con el exterior a través del Sistema Energético. Estas determinaciones deben ser coherentes con la planificación energética que expresan los objetivos y líneas de actuación de la Comunidad Autónoma en materia de energía.
[79] Objetivos [O].
1. Dotar al conjunto del territorio regional de un sistema energético seguro, eficiente y diversificado.
2. Mejorar la sostenibilidad del sistema energético.
[80] Líneas Estratégicas [E].
1. Orientar el Sistema Energético regional hacia una distribución territorial descentralizada, que aproveche los recursos y oportunidades de cada territorio, y evite la excesiva concentración y especialización de determinados territorios en las funciones de aprovisionamiento y generación.
2. Primar las políticas de gestión de la demanda basadas en la reducción del consumo de recursos energéticos y la mejora de la eficiencia energética del Sistema.
3. Favorecer una mayor diversificación en la utilización de las fuentes de energía, e impulsar un mayor aprovechamiento de las energías renovables, como estrategia de desarrollo regional sostenible.
4. Reducir el impacto ambiental del sector energético, en especial el provocado por las emisiones de gases que incrementen el efecto invernadero.
5. Integrar los objetivos de la política energética en el resto de políticas sectoriales, territoriales, urbanas y ambientales.
6. Optimizar las redes de transporte y distribución energéticas.
7. Instaurar paulatinamente una nueva «cultura energética», basada, no ya tanto en los niveles de consumo, sino en el análisis de las justificaciones de éstos.
[81] Redes e infraestructuras territoriales del Sistema Energético regional [D].
1. El Plan establece como referente el Esquema Básico de Articulación Regional del que se derivan los siguientes criterios territoriales que han de se considerados por el Plan Andaluz de Sostenibilidad Energética [AR-06] como instrumento que debe definir la imagen final de las diferentes redes y demás componentes del Sistema Energético en el territorio:
- a) Establecer infraestructuras y redes de transporte energético de primer nivel que interconecten el sistema de Centros Regionales entre sí y con el exterior.
- b) Establecer infraestructuras y redes de transporte energético complementarias de las anteriores que interconecten a las Redes de Ciudades Medias.
- c) Establecer infraestructuras y redes de transporte energético que conecten los territorios organizados por Redes de Asentamientos en Áreas Rurales, garantizándoles unos niveles de dotación de servicios energéticos adecuados.
2. Las redes y los demás componentes del sistema energético serán desarrollados a través de los siguientes instrumentos de planificación:
- a) Planes Energéticos públicos de ámbito europeo, nacional, regional y subregional.
- b) Planificación de las redes de transporte y distribución eléctrica.
- c) Planificación de la red de transporte y distribución de gas natural.
- d) Planificación de la red de transporte y distribución de productos petrolíferos.
[82] Requisitos territoriales de las redes energéticas de transporte y distribución [D].
1. Infraestructuras eléctricas.
La red eléctrica es un elemento esencial para el transporte y la distribución de energía en tanto que es el que posee mayor grado de extensión en el territorio y suministra el recurso energético más universal en su utilización final. La liberalización del mercado eléctrico ha introducido algunas incertidumbres sobre la evolución futura del sistema eléctrico en Andalucía, por lo que el Plan define, con carácter orientativo, una propuesta para el Sistema Eléctrico a escala regional basada en los siguientes criterios:
-
a) El parque de centrales de generación eléctrica debe asegurar la cobertura de las demandas futuras previstas en Andalucía (autogeneración) e incrementar la participación de las fuentes renovables y de menor impacto ambiental, ateniéndose a las siguientes orientaciones:
- • El uso de centrales de ciclo combinado con gas natural por su mayor eficiencia energética y menor impacto ambiental. Las nuevas centrales han de ser, a medio-largo plazo, sustitutivas de las centrales que utilicen tecnologías más obsoletas y de mayor impacto ambiental (carbón, fuel-gas). La localización de las centrales habrá de tomar en consideración, además de las oportunidades que ofrezca el aprovisionamiento de gas y la existencia de infraestructuras de evacuación, el criterio de equilibrio territorial y de evitar la excesiva concentración territorial de las infraestructuras.
- • La prioridad al desarrollo de plantas eléctricas que utilicen energías renovables (solar, eólica, biomasa, minihidráulica) y plantas de cogeneración, en tanto que sistemas que permiten una mayor descentralización de los centros generadores de electricidad, con una elevada eficiencia y bajo impacto ambiental, y que favorecen el aprovechamiento de los recursos energéticos de cada territorio.
-
b) La red de transporte y distribución eléctrica debe articular al conjunto del territorio regional y garantizar un elevado grado de calidad en el servicio. La propuesta de red eléctrica a medio-largo plazo ha de responder a los siguientes criterios:
- • Los criterios generales de articulación del Sistema de Ciudades regional establecidos anteriormente.
- • La creación de las infraestructuras que garanticen la evacuación de las nuevas instalaciones de generación, tanto las centrales de ciclo combinado como los parques eólicos y las plantas solares, de biomasa o de cogeneración, primando el criterio de reducir las pérdidas en el transporte.
- • La garantía de seguridad y calidad del suministro en los ámbitos territoriales caracterizados por la concentración de las demandas eléctricas (áreas metropolitanas y áreas más dinámicas desde el punto de vista económico).
- • La garantía de seguridad y calidad del suministro en las áreas rurales de baja densidad en las que las redes alcanzan actualmente menor desarrollo y menor nivel de mallado.
2. Infraestructuras de gas natural.
El desarrollo de la red de transporte y distribución de gas natural ha supuesto un cambio notable en el Sistema Energético andaluz por lo que supone de diversificación de las fuentes de aprovisionamiento, así como por su mayor eficiencia y menor impacto ambiental en comparación con otros combustibles fósiles como el petróleo y el carbón. El gas natural supone, además, la principal oportunidad de futuro para la transformación del actual parque de generación eléctrica, toda vez que una de las opciones prioritarias es la creación de centrales de ciclo combinado abastecidas de gas natural. Su desarrollo deberá sustentarse en los siguientes criterios:
- a) La extensión de la red de transporte de gas natural al conjunto del Sistema de Centros Regionales y a las Redes de Ciudades Medias, asegurando el abastecimiento de, al menos, el 90% de los núcleos de más de 20.000 habitantes.
- b) El reforzamiento de la integración exterior de la red de gasoductos, estudiando la viabilidad de nuevos trazados (Orán-Almería).
- c) El desarrollo de las redes de distribución urbana para usos industriales, de servicios y residenciales, en las áreas metropolitanas y redes de ciudades medias.
- d) La garantía de seguridad y calidad del suministro en áreas rurales de baja densidad a las que actualmente no alcanzan las redes de distribución.
3. Infraestructuras para transporte de productos petrolíferos.
El actual sistema de aprovisionamiento, transformación y transporte de productos petrolíferos no se prevé que sea modificado sustancialmente a medio-largo plazo ya que cuenta con capacidad suficiente para desarrollar las importantes funciones que desempeña Andalucía en el sistema de abastecimiento a nivel nacional. Por ello, el Plan prevé el mantenimiento de la actual red de instalaciones y redes principales: refinerías de Palos de la Frontera y Bahía de Algeciras, instalaciones de suministro portuarias y aeroportuarias, y oleoductos Rota-Algeciras-Zaragoza y Huelva-Sevilla-Málaga.
[83] Fomento de las energías renovables y sostenibilidad del Sistema Energético [D].
El incremento del aprovechamiento de las energías renovables es una prioridad fundamental para favorecer el avance hacia la sostenibilidad del Sistema Energético de Andalucía y, a su vez, para lograr una distribución territorial más descentralizada de los aprovechamientos energéticos. Desde la perspectiva territorial el fomento de las energías renovables ha de realizarse de acuerdo con los siguientes criterios:
- a) El establecimiento de una Ley de Fomento de las Energías Renovables y del Ahorro y Eficiencia Energética de Andalucía.
-
b) El desarrollo de las energías renovables de acuerdo con los previsiones y objetivos de la planificación energética andaluza:
-
• Energía solar térmica: Ampliar a todo el territorio andaluz la instalación de sistemas de aprovisionamiento de la energía solar térmica de baja temperatura (particularmente para usos residenciales y en los equipamientos públicos).
Alentar el desarrollo de nuevos usos para la energía solar térmica de alta temperatura para aprovechar el potencial de la región y convertir a Andalucía en referente tecnológico en esta materia.
-
• Energía solar fotovoltaica. Crear un espacio favorable para incorporar las instalaciones solares fotovoltaicas a la red, mejorando los procedimientos administrativos e incorporando nuevos usos.
Potenciar el uso de la fotovoltaica aislada en el medio rural y, especialmente, en zonas de difícil acceso para la red eléctrica.
- • Energía eólica. Consolidación efectiva de Andalucía de los grandes proyectos eólicos. Impulso de la pequeña y mediana eólica y de los sistemas híbridos con otras energías renovables, como alternativa de abastecimiento energético en entornos aislados de la red eléctrica.
- • Energía de la biomasa. Reconversión progresiva de los agrosistemas andaluces contemplando aprovechamientos energéticos de los cultivos, implantando nuevos recursos tales como los biocombustibles. Diseño de un modelo eficiente y adecuado de red logística de recogida y distribución de la biomasa para Andalucía.
- c) La elaboración de una normativa sobre la aplicación de las energías renovables en la edificación, que incluya la obligatoriedad de instalar energía solar en viviendas y edificios terciarios, y un sistema de certificación energética.
- d) La elaboración de una normativa sobre la aplicación de las energías renovables en la edificación (que incluya la obligatoriedad de sistemas de energía solar en las viviendas y edificios terciarios), y un sistema de certificación energética de la edificación.
- e) El desarrollo de un programa de fomento del aprovechamiento energético de la biomasa, vinculado a las acciones agroambientales agrarias.
- f) La elaboración de un programa de fomento de la aplicación de los biocombustibles en el sector del transporte.
[84] Energía y ciudad [D].
1. La ciudad es el ámbito de concentración de las demandas energéticas, tanto las que proceden del sector industrial como las del sector de los servicios y las demandas residenciales. Por consiguiente habrán de considerarse como nodos principales de las redes de transporte y distribución tanto eléctricas como de gas natural.
2. De forma particular habrán de considerarse los ámbitos urbanos portuarios como enclaves para el abastecimiento energético, lo que se traduce en un elevado grado de concentración de instalaciones e infraestructuras y, consiguientemente, en una concentración de los impactos ambientales asociados al sistema energético.
3. Las ciudades han de ser consideradas como los ámbitos territoriales claves para el desarrollo de políticas dirigidas a la gestión de la demanda y, por tanto, componentes esenciales para el avance hacia una mayor eficiencia y sostenibilidad energética, de acuerdo con los siguientes criterios:
- a) La incorporación en la planificación estratégica de las ciudades y en el planeamiento territorial y urbanístico de balances energéticos globales de los ámbitos urbanos, que habrán de ser tomados como referente para el establecimiento de propuestas tanto en el campo del desarrollo económico, como en la definición del modelo de ciudad y el modelo de movilidad y transportes.
- b) La incorporación en el planeamiento urbanístico de determinaciones en relación con el Sistema Energético en diferentes niveles:
- c) El desarrollo de competencias locales en materia energética mediante la creación de Agencias Locales de la Energía vinculadas a normativas de rango autonómico que regulen sus funciones, estructura, competencia y ámbitos poblacionales.
- d) El desarrollo de diagnósticos y planes energéticos específicos de los sectores industriales, de servicios y de la Administración Pública, que permitan establecer medidas de mejora de la eficiencia y ahorro energético en cada unidad de consumo y en cada ciudad.
- e) El establecimiento de normativas municipales en materia de promoción de las energías renovables, el ahorro y la eficiencia energética, que incluyan la aplicación de la metodología de las auditorias y la calificación energética en la edificación, así como la realización de programas específicos sobre los consumos públicos municipales.
- f) La incorporación de criterios energéticos y ambientales en las políticas urbanas y metropolitanas en relación con la ordenación del transporte y la movilidad.
[85] Impacto ambiental del Sistema Energético [D].
1. El Sistema Energético constituye uno de los factores principales de generación de impactos ambientales a nivel global y también regional y local. El avance hacia la sostenibilidad general del sistema productivo y territorial tiene una directa relación con el Sistema Energético debido al predominio de las fuentes energéticas no renovables y a la incidencia de las emisiones contaminantes a la atmósfera sobre los problemas ambientales globales del planeta (cambio climático).
2. La contribución regional-local a las estrategias globales de sostenibilidad del modelo energético se fundamenta en los siguientes criterios:
- a) Favorecer la sustitución de las fuentes no renovables mediante el fomento de las fuentes renovables propias.
- b) Reducir el consumo energético mediante políticas de gestión de la demanda, concretamente los programas de ahorro y eficiencia energética.
- c) La reducción de las emisiones contaminantes a la atmósfera por parte del Sistema Energético.
- d) Identificación de territorios con limitaciones físicas y ambientales para el desarrollo de las infraestructuras del Sistema Energético.
- e) Establecimiento de medidas de protección del paisaje en los instrumentos de planificación energética general y sectorial, así como en los proyectos individuales de cada infraestructura.
- f) Valoración y las previsiones oportunas en relación con los riesgos derivados del sistema energético.
[86] Sistema Energético y modelo territorial [N].
1. El Plan Andaluz de Sostenibilidad Energética es el instrumento de planificación estratégico y de coordinación de las políticas sectoriales en materia de infraestructuras energéticas, de fomento de las energías renovables, así como de las actuaciones en materia de ahorro y eficiencia energética que se desarrollen en Andalucía.
2. El Plan Andaluz de Sostenibilidad Energética incorporará la perspectiva territorial presentando referencias a los ámbitos territoriales identificados en este Plan: Centros Regionales, Redes de Ciudades Medias litorales, Redes de Ciudades Medias interiores, y Redes de Asentamientos Rurales. Estas referencias tendrán carácter general, destacando las principales características de estos ámbitos singulares desde el punto de vista energético y dejando el estudio detallado de zonas concretas para un nivel inferior de planificación.
3. El planeamiento territorial subregional, en colaboración con la Consejería competente en materia energética mediante la realización de Informes técnicos, concretará en sus respectivos ámbitos las propuestas que en materia energética se derivan de las determinaciones del Plan. En dichos Informes deberán plantearse objetivos orientados a la reducción del consumo y mejora de la eficiencia energética, así como de fomento de las energías renovables y del uso del gas natural. Con carácter particular, la planificación territorial subregional deberá prestar especial atención a los siguientes aspectos en cada tipo de ámbito:
- a) Centros Regionales. La planificación territorial deberá aportar al planeamiento urbanístico criterios y recomendaciones en relación con las materias con incidencia energética por ellos reguladas: ordenación general del territorio, ordenanzas de uso, normas de edificación, diseño del sistema viario y de comunicaciones de la ciudad, etc.
- b) Redes de Ciudades Medias Litorales. Deberán identificarse las medidas de promoción de las energías renovables (solar y eólica sobre todo, y de la biomasa en los ámbitos especializados en las nuevas agriculturas), en relación con el mayor potencial que las Unidades Litorales presentan en relación con estos recursos.
- c) Redes de Ciudades Medias Interiores. Deberán incluirse los objetivos y medidas dirigidas a favorecer el aprovechamiento de los recursos energéticos renovables, de manera prioritaria en aquellos ámbitos señalados por el Plan Andaluz de Sostenibilidad Energética en función de su potencial, de la biomasa sobre todo, y de la solar y eólica. Así mismo se desarrollarán modelos de gestión energética específicamente adaptados al tamaño y características del modelo de ciudad media.
- d) Redes de Asentamientos Rurales. Deberán establecerse objetivos y medidas específicas para el aprovechamiento de las energías renovables, en el mismo sentido apuntado en relación con las Redes de Ciudades Medias, así como los programas de mejora de las infraestructuras y servicios de suministro eléctrico que atiendan a los mayores déficits que estas zonas presentan.
Sección 4
Sistema Hidrológico-Hidráulico
Las funciones ecológicas del agua y los modelos de utilización de los recursos tienen una importancia singular para la organización y funcionamiento del territorio en una región mediterránea como Andalucía.
A partir del siglo XX, y especialmente su segunda mitad, la capacidad técnica para intervenir sobre el ciclo natural del agua ha permitido el desarrollo de potentes sistemas infraestructurales para la captación de agua (tanto superficial como subterránea), su transporte y su utilización para el abastecimiento humano y las actividades agrícolas. Esta transformación ha supuesto un proceso caracterizado por:
- • Una profunda alteración de las condiciones naturales del ciclo hidrológico con un fuerte impactos sobre la ecología y condiciones ambientales del agua y los ecosistemas.
- • Una tendencia al incremento continuado de las demandas de agua, debido, por un lado, a la mejora de las condiciones de calidad de vida urbana y el crecimiento de la actividad turística, pero, sobre todo, debido al crecimiento de las demandas agrícolas.
De esta forma, el modelo general de gestión del agua se ha caracterizado, hasta el presente, por un constante aumento de la oferta de recursos regulados como respuesta al crecimiento de las demandas. Así se llega a la situación actual en la que la demanda supera la disponibilidad de recursos (especialmente en los periodos secos) con lo que existe un déficit o desequilibrio en la balance hídrico global del territorio andaluz.
Este concepto de déficit ha de ser entendido, necesariamente, de manera relativa. No se trata tanto de un déficit de recursos naturales, como de una excesiva presión de las demandas sobre dichos recursos. En cualquier caso, para el futuro no es pensable el mantenimiento de las tendencias antes mencionadas. El crecimiento de nuevas demandas no puede suponer seguir incrementando indefinidamente los recursos disponibles. Junto a los límites naturales y ecológicos del territorio para la obtención de nuevos recursos, en la actualidad se unen los límites marcados por las cada vez mayores resistencias a las transferencias de recursos entre cuencas.
Todo ello hace que, de manera inexcusable, Andalucía deba afrontar un cambio sustancial en su modelo de uso y gestión del agua. La directa relación entre agua y territorio (distribución de los recursos naturales, sistemas territoriales de transporte del agua, distribución de usos y actividades consumidoras) justifica que la definición del modelo de gestión del agua sea una de las cuestiones centrales del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía.
La política de aguas ha de emprender, pues, nuevas orientaciones. En gran medida tales orientaciones vienen marcadas por la nueva Directiva Marco del Agua de la Unión Europea (2000/60/CE), en la que se da prioridad a las políticas encaminadas a la protección ecológica de los recursos hídricos y a las políticas de uso racional y eficiente del agua.
Más allá de las directrices de la Unión Europea, es necesario destacar varios aspectos esenciales que justifican la necesidad de un profundo cambio de orientación de la política hidráulica tanto a nivel general como, específicamente, en Andalucía:
- • El actual modelo de uso y gestión del agua es claramente insostenible desde la perspectiva ecológica y desde la perspectiva de la viabilidad técnica, económica y social. Dicho modelo se ve agravado por el crecimiento continuado de las demandas de agua (en especial el crecimiento de los regadíos) y la consiguiente necesidad de construir nuevas infraestructuras que aporten nuevos recursos. Este modelo tiene un claro limite debido a las escasas posibilidades de continuar en el futuro creando nuevas infraestructuras de regulación y nuevos trasvases entre cuencas por su cuestionable pertinencia desde el punto de vista territorial y ecológico.
- • En las áreas litorales, la desalación de agua marina aparece como una de las opciones para la obtención de nuevos recursos. Su desarrollo, vinculado prioritariamente al abastecimiento urbano, ha de garantizar un estricto control sobre sus efectos sobre las aguas y ecosistemas costeros, y sus niveles de consumo energético, y ha de considerarse, en cualquier caso, complementario de los programas de ahorro y eficiencia.
- • El concepto del déficit hídrico ha de ser profundamente revisado ya que en él no pueden incluirse demandas insatisfechas que no respondan a una opción consciente y coherente por un determinado modelo de desarrollo territorial de Andalucía. El aumento de la superficie regada que se implanta, de hecho, sin ajustarse a las previsiones de la planificación, el consumo excesivo de agua sin justificación técnica ni económica en determinados regadíos y el no reconocimiento de los costes efectivos del agua para riego, son algunos de los factores principales que explican el modelo predominante de uso del agua. Se trata, por tanto, más que de un problema de déficit de agua, de un problema de excesiva (y en muchos casos injustificada) demanda. El déficit ha de entenderse, por tanto, como el objetivo de ahorro de unas políticas basadas en la gestión y reducción de las demandas, principalmente mediante la modernización de los regadíos, y en el uso eficiente que debe plantearse para el conjunto del sistema hidráulico.
- • La planificación y la gestión hidráulica no puede continuar siendo una cuestión de decisiones técnicas, sino que han de responder a un muevo modelo de concertación social y territorial. Esta concertación requiere, de manera inexcusable, la definición previa del modelo de ordenación territorial al que se aspira en el futuro, de tal manera que los procesos de desarrollo territorial vinculados al agua respondan a objetivos conscientes aceptados por la sociedad en su conjunto.
- • La importancia ecológica del agua, especialmente en una región mediterránea como Andalucía, hace que los objetivos de protección del recurso, y de los ecosistemas asociados al agua, no deban ser una parte más de la política hidráulica, sino su objetivo principal y prioritario toda vez que la sostenibilidad a largo plazo tanto del abastecimiento humano como del propio regadío, dependerá de la preservación de los recursos y su calidad.
- • Todo ello conduce a la necesidad de reformular los principios en que, tradicionalmente, se ha desarrollado la política hidráulica. El uso sostenible de los recursos y la orientación prioritaria a la gestión de las demandas son las líneas maestras en que se ha de fundamentar en el futuro la política hidráulica de Andalucía.
En este marco el regadío ha seguir siendo considerado como un elemento fundamental del sistema agrario andaluz que, desde los principios de gestión sostenible, debe abordar importantes procesos de modernización que favorezcan su consolidación y, en su caso, desarrollo, a partir de un uso eficiente y ahorrador del agua, como principio que ha de orientar el conjunto de la política hidráulica y, especialmente la de nuevas infraestructuras. Especial mención ha de hacerse a la importancia de mantener los regadíos tradicionales de las zonas de montaña por su papel en las economías locales y sus valores como recurso ambiental y paisajístico
Todas estas consideraciones hay que concretarlas en una serie de componentes interrelacionados entre sí que configuran el Sistema Hidrológico-Hidráulico. Por una parte, hay que considerar el agua como un bien natural, cuyos elementos más directos son las aguas continentales (tanto superficiales como subterráneas) y las aguas costeras. Por otra, está el medio natural y el territorio conformados por los cauces naturales y zonas de protección, áreas inundables y humedales, por su singularidad como elementos de especial interés ecológico. Por último, hay que considerar la acción humana sobre los elementos mencionados que suponen la adaptación de los ritmos naturales a las necesidades antrópicas, y que se concretan en captaciones, almacenamientos de aguas, sistemas de conducciones y sistemas de potabilización y de depuración de aguas residuales urbanas.
Cada uno de estos componentes, en la triple perspectiva considerada (el agua como bien natural, el medio natural y territorio y las infraestructuras del agua), tienen unos objetivos y unas líneas estratégicas específicas.
Debe, por último, hacerse una referencia al papel central que tiene el río Guadalquivir dentro del Sistema Hidrológico-Hidráulico. Constituye un elemento fundamental para entender el territorio y la historia de Andalucía. Su cuenca se extiende por las provincias de Jaén, Granada, Córdoba, Sevilla, Huelva y Cádiz, por lo que constituye una pieza clave para el desarrollo económico y la gestión sostenible de los recursos hídricos de la Comunidad Autónoma.
Por ello, la Comunidad Autónoma debe desempeñar un papel protagonista en su gestión tal como se recogerá en el nuevo Estatuto de Autonomía. Desde la ordenación del territorio debe darse una especial atención no sólo al conjunto de su cuenca, sino específicamente, al propio curso del río, que desde su nacimiento a su desembocadura recorre espacios naturales, zonas agrícolas de regadío, pueblos y ciudades, que encuentran su fundamento histórico, actual y de futuro, precisamente, en su relación con el río.
De esta forma se considera prioritario el desarrollo de un programa específico sobre el Guadalquivir que aborde tanto los aspectos ambientales como territoriales, económicos y culturales en base a un proyecto de interés regional en el que cooperen el conjunto de las Administraciones públicas y agentes sociales implicados.
[87] Objetivos [O].
1. Progresar en el uso sostenible del agua.
2. Proteger el patrimonio natural.
3. Conservar y proteger las funciones ecológicas de los sistemas acuáticos.
4. Prevenir y evitar los daños por inundaciones.
5. Incorporar la gestión del agua en el marco de la ordenación del territorio.
6. Fomentar estrategias de gestión de la demanda dirigidas a racionalizar el uso del agua.
7. Satisfacer los requerimientos de un servicio de calidad.
8. Puesta en valor del patrimonio del agua.
[88] Líneas Estratégicas [E].
- a) Establecer un marco territorial regional del Sistema Hidrológico-Hidráulico en el que se desarrollen los principios fundamentales en que debe basarse la ordenación territorial en relación con los recursos hídricos, su utilización y su gestión, desde la perspectiva de la sostenibilidad.
- b) Preservar la calidad de los recursos y garantizar la eficiencia territorial de su uso.
- c) Análisis multicriterio y de cohesión territorial de los regadíos y del ciclo urbano del agua.
- d) Identificar los elementos territoriales que conforman el Sistema Hidráulico de Andalucía.
- e) Armonizar los usos del territorio y ciclo hidrológico.
- f) Identificar el valor cultural y ecológico del agua.
- g) Integrar los cauces en los núcleos urbanos.
- h) Desarrollar el modelo de valoración, gestión y control de la demanda, para la utilización de los recursos.
- i) Establecer redes de interconexión de Sistemas.
- j) Constituir infraestructuras generales de abastecimiento para situaciones de escasez.
- k) Establecer un modelo financiero-económico sostenible del agua.
- l) Desarrollar programas coordinados de actuación desde una perspectiva de ordenación integral de los recursos.
[89] Componentes del Sistema Hidrológico [N].
1. El Plan establece como primera determinación la identificación de los elementos territoriales constitutivos del sistema hidrológico que han de ser objeto de protección y, paralelamente, objeto de políticas activas que garanticen su sostenibilidad ecológica a largo plazo.
2. Los componentes del sistema hidrológico de Andalucía son recursos y espacios de dominio público y, como tales son incorporados en el Plan como elementos del Sistema del Patrimonio Territorial. Dichos elementos son:
[90] Red hidrográfica [D].
1. La totalidad de los cauces fluviales, incluyendo las aguas y las zonas de protección de las márgenes establecidas en la Ley de Aguas constituyen un dominio público que, como tal, ha de ser identificado, reconocido y protegido.
Las múltiples funciones ecológicas y territoriales de los ríos han de ser tomadas en consideración de manera integrada. Junto a la protección del recurso agua y su calidad, es necesario proteger los propios espacios fluviales.
2. Desde la perspectiva de la ordenación del territorio y de las políticas activas dirigidas a la prevención y evitación de los procesos de deterioro que pueden afectar a este dominio público, las determinaciones del Plan consisten en:
- a) La prioridad para culminar la delimitación y deslinde del dominio público hidráulico de los cauces fluviales andaluces.
- b) El desarrollo de políticas dirigidas a la identificación y la prevención de los riesgos de avenidas e inundaciones.
- c) La inclusión detallada de estas afecciones en el planeamiento territorial y urbanístico con el carácter de suelo no urbanizable de especial protección.
- d) El fomento de las actuaciones dirigidas a la recuperación del dominio público afectado por ocupaciones de usos no legales con el objetivo principal de regenerar los ecosistemas de las riberas.
- e) El desarrollo de políticas integradas de lucha contra la contaminación de las aguas superficiales y subterráneas con el objetivo central de recuperar el buen estado de la calidad de las aguas.
- f) La prioridad, dentro de los modelos de gestión de los sistemas de regulación, a la dotación de los caudales ecológicos en la totalidad de los cauces fluviales.
- g) El desarrollo de programas específicos de gestión hidrológico forestal y lucha contra la erosión en las cabeceras de cuencas hidrográficas, con prioridad a las que afectan a cuencas alimentadoras de embalses.
- h) El desarrollo de actuaciones de recuperación y mejora de los paisajes fluviales, tanto en los cauces urbanos, incluyendo la ordenación del uso público y recreativo, como en el medio rural, incorporando aquellos ecosistemas singulares derivados del aprovechamiento secular del agua a conservar.
- i) La culminación de la implantación de los sistemas de información hidrológica que garanticen un control y conocimiento permanente sobre las aguas superficiales tanto en sus aforos como en sus parámetros de calidad.
3. Este conjunto de determinaciones del Plan sobre la protección integrada de los ríos, aplicable al conjunto de la red hidrográfica, incluye, de manera específica, un programa singular de interés regional: el Programa Coordinado de Recuperación Integral del Río Guadalquivir, cuyos contenidos se desarrollan más adelante.
[91] Zonas húmedas [D].
1. La totalidad de las zonas húmedas naturales constituyen elementos del dominio público hidráulico, y en ocasiones forman también parte del dominio público marítimo-terrestre, estando, en su mayor parte, protegidas a través de diferentes figuras legales como espacios naturales protegidos debido a sus especiales valores ecológicos. Así mismo, cuentan con un instrumento específico a través del Plan Andaluz de Humedales.
2. Desde la perspectiva de la ordenación del territorio, la protección y preservación ecológica de los humedales ha de ser el objetivo principal. Ello exige que, junto a la gestión y protección específica de los recursos hídricos, se desarrollen modelos de gestión integral que afecten al conjunto del territorio del entorno de las zonas húmedas, en el que los usos y actividades tengan una incidencia sobre la conservación de los ecosistemas.
3. Los aspectos principales de esta ordenación son:
- a) La eliminación de los vertidos contaminantes a las aguas y los suelos, que afecten a la calidad de las aguas de las zonas húmedas.
- b) La ordenación de los usos del suelo del entorno de las zonas húmedas de manera compatible con los objetivos de conservación de los ecosistemas.
- c) La recuperación de las zonas de dominio público afectadas por procesos de ocupación por usos y actividades no compatibles con la preservación ecológica de los humedales.
- d) La protección y conservación y, en su caso, la regeneración de los humedales.
[92] Embalses [D].
1. Los embalses constituyen elementos del dominio público hidráulico, sujetos a modelos de gestión derivada de sus usos específicos (regulación general, regadío, abastecimiento urbano, mixtos).
2. Desde la perspectiva de la ordenación del territorio el objetivo principal ha de ser el de incorporar a dichos modelos de gestión una serie de contenidos específicamente territoriales y ambientales. Tales contenidos son:
- a) La ordenación de los usos del suelo del entorno de los embalses y la eliminación de los vertidos contaminantes a las aguas y los suelos, de manera compatible con los objetivos de mantenimiento de la buena calidad de las aguas y la conservación de los ecosistemas.
- b) El establecimiento de programas específicos de cada embalse para la gestión hidrológico forestal y la lucha contra la erosión en las cuencas alimentadoras.
- c) La consideración de los embalses como ecosistemas creados por el hombre cuyas características y dinámicas ecológicas hay que conocer y proteger. Para ello, los embalses deberán contar con un programa de gestión ecológica específico donde se contemple, junto al control de la calidad de las aguas, la protección de las comunidades de flora y fauna acuáticas, y la protección y regeneración del paisaje.
- d) El desarrollo de programas de uso público y recreativo de los embalses y su entorno, en la medida que puedan ser compatibles con los usos de las aguas y el mantenimiento de su calidad.
- e) Se dará la máxima prioridad a las instalaciones de depuración de aguas residuales de aquellas poblaciones y actividades situadas en las cuencas alimentadoras de embalses.
[93] Acuíferos [D].
1. Las aguas subterráneas constituyen un elemento de enorme importancia para el Sistema Hidrológico regional, tanto desde el punto de vista del ciclo natural del agua, como por que sobre ellas recae una parte importante de los abastecimientos tanto para usos urbanos como para el regadío. Es por ello que es necesario mejorar el conocimiento sobre las características y dinámicas de los sistemas acuíferos andaluces, a la vez que establecer los mecanismos necesarios para la protección de los recursos afectados tanto por problemas de sobreexplotación como por fenómenos de contaminación.
2. Las determinaciones del Plan se centran en:
- a) Establecer un programa de información permanente sobre las características y dinámicas de los sistemas acuíferos que permita evaluar la capacidad de uso de cada uno de ellos y establecer de manera global, a escala regional, la declaración de acuíferos sobreexplotados y acuíferos contaminados, definiendo los niveles de calidad exigibles para cada uno de ellos.
- b) Garantizar el control sobre las extracciones de agua de los acuíferos, estableciendo los límites y capacidades de cada sistema.
- c) Establecer, en las zonas de filtración de acuíferos contaminados, una ordenación de los usos del suelo y las actividades que sean compatibles con la recuperación de la calidad de las aguas subterráneas.
- d) Establecer un programa de recarga de acuíferos en aquellos sistemas afectados por sobreexplotación y por problemas de intrusión salina.
- e) Establecer un programa de utilización conjunta de recursos superficiales y subterráneos en aquellos sistemas de abastecimiento urbano y de regadío en los que existan tales posibilidades.
- f) El Plan identifica los acuíferos prioritarios para la realización de actuaciones de corrección de la sobreexplotación, la contaminación y la intrusión marina.
[94] Aguas costeras [D].
1. Las aguas costeras, tal como aparecen definidas en la Directiva Marco de la Unión Europea (las aguas situadas en la zona delimitada a partir de una milla náutica desde el punto más próximo de la línea de base que mide las aguas territoriales), han de considerarse conjuntamente con el resto del Sistema Hidrológico-Hidráulico regional ya que se ven afectadas directamente en su calidad por las aguas continentales al desembocar en el mar.
2. Las determinaciones del Plan se dirigen a:
- a) El establecimiento de un sistema de protección de la calidad de las aguas y de los ecosistemas de las aguas costeras, basado en los sistemas de control de la calidad (emisiones e inmisiones), así como en el estudio y caracterización de los ecosistemas naturales costeros, identificando aquellos usos y actividades que inciden en el deterioro de sus valores naturales y estableciendo las medidas necesarias para su recuperación.
- b) El establecimiento de un régimen de protección ambiental para aquellos ecosistemas marinos de mayor interés ecológico.
[95] Ordenación territorial del regadío [N].
1. El futuro del agua en Andalucía depende, principalmente, de la evolución que sigan los regadíos, tanto desde el punto de vista de su extensión superficial, como de los modelos de uso y gestión del agua que en ellos se desarrollen. Ello hace que las propuestas de ordenación territorial a este respecto se consideren un elemento decisivo para el conjunto del Sistema Hidrológico-Hidráulico.
2. La sostenibilidad económica y ecológica de los regadíos andaluces, y con ello la sostenibilidad del conjunto del sistema hidrológico, requiere un cambio decidido, tanto de las pautas de evolución seguidas hasta la actualidad en cuanto a las superficies regadas, como de los modelos de uso y gestión de los recursos hídricos.
3. Ello supone que las políticas públicas en relación con el regadío han de fundamentarse, desde la perspectiva territorial, en tres principios básicos:
- a) La reducción del consumo de agua en la agricultura, requisito indispensable para lograr un balance hídrico regional equilibrado. Ello significa poner, en primer lugar, las políticas basadas en la gestión de la demanda (que favorezcan el ahorro y la eficiencia) y mantener el objetivo global de no incrementar las demandas de agua.
- b) Fomentar las actuaciones relacionadas con la mejora y modernización de los regadíos, así como los cultivos y sistemas de manejo que reduzcan la demanda de agua.
- c) La supeditación de la ampliación de las superficies regadas y del incremento de las dotaciones de agua en los regadíos existentes, a la obtención de los nuevos recursos demandados mediante el desarrollo previo de medidas de ahorro y eficiencia y mediante la generación de nuevos recursos preferentemente por reutilización.
4. El desarrollo del Plan Andaluz de Regadíos, instrumento contemplado en el Plan de Modernización de la Agricultura Andaluza 2000-2006 elaborado por la Consejería de Agricultura y Pesca, deberá llevarse a cabo de manera coordinada con el Plan Nacional de Regadíos e incorporará los siguientes criterios territoriales:
- a) El Programa de nuevas transformaciones en regadío habrá de contemplar todas las variables propias de la Ordenación del Territorio, en cuyo ámbito deben programarse. En este sentido el Plan plantea la necesidad de revisar las propuestas del Plan Andaluz de Regadíos. En particular respecto a la definición de un horizonte a medio y largo plazo de evolución de la superficie regable de Andalucía, en el que se replanteen las tendencias de crecimiento de las nuevas superficies a transformar en regadío, tanto de iniciativa pública como privada. Desde el principio de reducir el consumo de agua en el regadío, las nuevas transformaciones, que en su caso se consideren, deberán estar justificadas por la obtención de recursos vía ahorro y eficiencia de los regadíos actualmente existentes o vía obtención de nuevos recursos no convencionales (preferentemente reutilización y en determinados casos desalación). Así mismo, habrá de establecerse estrategias adecuadas para las explotaciones menos rentables o con un uso más ineficiente del agua.
-
b) Los proyectos de nuevas transformaciones que resultaran del establecimiento de dicho horizonte, habrán de justificarse en base a:
- • Un análisis pormenorizado de las condiciones ecológicas, económicas, sociales y territoriales del ámbito territorial al que afecten y de los efectos previstos sobre dichas variables.
- • Una justificación de la garantía de suministro de los recursos demandados, así como de su no contribución al incremento del déficit hídrico del ámbito.
- • Una justificación de la aplicación de la mejor tecnología disponible en cuanto a la captación de los recursos y su transporte, la distribución del agua en las parcelas, y la eficiencia de las tecnologías de riego.
- • Una justificación del modelo interanual de gestión del agua que contemple las opciones y garantías en periodos de sequía.
- • La creación de un órgano de gestión específico, formado por los usuarios del agua y en el que recaerá la responsabilidad de desarrollar adecuadamente el modelo de gestión de los recursos hídricos.
5. El Programa de Modernización de Regadíos tendrá un papel fundamental en el cumplimiento de los objetivos de reducción del consumo de agua y de implantación de sistemas de gestión y tecnologías eficientes y ahorradoras. Desde la perspectiva territorial se incorporarán los siguientes criterios de ordenación:
- a) Los incentivos e inversiones públicas se priorizarán en función de la mayor contribución al ahorro y uso eficiente del agua, así como de la mayor rentabilidad social, territorial y económica de los regadíos.
- b) Los regadíos menos rentables desde el punto de vista social, territorial y económico y con menor eficiencia en el uso del agua serán prioritarios para el incentivo de la retirada de tierras del regadío.
- c) Los proyectos de modernización de regadíos habrán de contener, junto a la previsión de las actuaciones de mejora y creación de infraestructuras, la justificación de los efectos económicos, sociales, territoriales y ambientales del proyecto, incluyendo la cuantificación de los recursos a ahorrar.
6. El Programa de reutilización de aguas residuales depuradas en el litoral (Plan Litoral del Plan Andaluz de Regadíos) habrá de cubrir un objetivo esencial como es aportar recursos a los regadíos que, actualmente, se extraen de acuíferos sometidos a sobreexplotación e intrusión salina. La ejecución de este programa requiere una efectiva coordinación con el Plan General de Saneamiento y Depuración de Andalucía. Los proyectos de reutilización de aguas deberán contener, junto a la previsión de las actuaciones e infraestructuras necesarias, la justificación del volumen de recursos generados y, paralelamente, la cuantificación de la reducción del consumo de recursos superficiales o subterráneos que suponen. El planeamiento urbanístico y, en su caso, los planes de ordenación del territorio de ámbito subregional, deberán establecer las reservas de suelo necesarias en cuanto a los sistemas generales de saneamiento, teniendo en cuenta los criterios de localización que posibiliten la reutilización máxima de los efluentes.
[96] El ciclo urbano del agua [N].
1. En desarrollo de las determinaciones del Plan, la Junta de Andalucía impulsará cuantas medidas sean necesarias para impulsar la gestión supramunicipal del ciclo integral del agua.
2. El sistema de infraestructuras que conforma el ciclo urbano del agua tiene por objeto garantizar el abastecimiento de agua para usos urbanos e industriales al conjunto de los núcleos urbanos del territorio andaluz, su distribución y utilización, así como su depuración y, en su caso, reutilización. El ciclo urbano del agua ha de ser concebido, desde la perspectiva de la gestión integral (abastecimiento, utilización, depuración, reutilización), ateniéndose a los siguientes principios generales:
- a) Garantizar unas condiciones equivalentes de servicio (en cuanto a cantidad y calidad de los recursos) para la totalidad de los núcleos de población de Andalucía.
- b) Dar prioridad a una gestión de la demanda dirigida a obtener la máxima rentabilidad en el uso urbano del agua, de manera compatible con la aplicación de la mejor tecnología disponible para el ahorro y la eficiencia en el consumo.
- c) Completar la depuración de las aguas residuales urbanas en el conjunto de Andalucía, desarrollando los sistemas de reutilización.
- d) Abordar actuaciones preventivas en materia de abastecimiento de agua potable, así como acometer las acciones necesarias en materia de saneamiento integral.
3. Desde el punto de vista territorial las determinaciones del Plan se dirigen a la formulación y elaboración del Plan General de Abastecimiento Urbano de Agua de Andalucía y del Plan General de Saneamiento Urbano de Andalucía, entre cuyos contenidos deben incluirse:
- a) El establecimiento de Sistemas supramunicipales públicos de gestión del ciclo integral del agua para usos urbanos, de forma que abarquen al conjunto del territorio andaluz, y sobre los que ha de recaer el desarrollo de la gestión de los sistemas de abastecimiento, distribución, depuración y reutilización del agua y la aplicación prioritaria de políticas de ahorro y eficiencia.
- b) El desarrollo de las actuaciones infraestructurales necesarias para mejorar las garantías del suministro y para modernizar las infraestructuras de transporte y distribución en los ámbitos territoriales señalados al efecto.
- c) El desarrollo de las interconexiones entre los sistemas supramunicipales de abastecimiento.
- d) El desarrollo de sistemas de utilización conjunta de aguas superficiales y subterráneas que optimicen la gestión de los recursos y prevean la garantía del suministro en situaciones de sequía.
- e) La incorporación de la tecnología de aprovechamiento de las aguas marinas a las soluciones a los problemas de abastecimiento de agua para usos urbanos en áreas litorales.
- f) El desarrollo de las actuaciones infraestructurales necesarias para completar la depuración de las aguas residuales urbanas, desarrollando los sistemas de reutilización.
4. Los nuevos desarrollos urbanos previstos en el planeamiento deberán justificar previamente a su aprobación la disponibilidad de recursos suficientes y adecuados a sus usos, y debidamente acreditados por el organismo responsable en materia de aguas.
5. El Plan Director de Infraestructuras de Andalucía 20072013 tendrá entre sus objetivos:
- - Activar inversiones que garanticen el suministro en todos los ámbitos supramunicipales de gestión del ciclo integral del agua, en toda Andalucía, coordinadas con los programas del Gobierno Central y de la Unión Europea.
- - Un calendario de puesta en marcha de instalaciones depuradoras de aguas en toda Andalucía.
[97] Programas Agua-Territorio [N].
1. El Plan aboga por el desarrollo de una nueva orientación en la política hidráulica que se dirige a dar prioridad a la protección de los recursos hídricos, y de los ecosistemas a ellos asociados, así como a la creación de un modelo de gestión de los usos del agua basado en la gestión de la demanda, de forma que se frene el incremento permanente de los consumos, dando prioridad al uso racional de los recursos disponibles y a la implantación de políticas de ahorro y eficiencia.
Estos principios generales que han de informar la gestión del agua han de tener una traslación a los territorios concretos en los que se produce la gestión de los recursos, su captación, transporte y utilización. Estos territorios han de ser considerados tanto desde el punto de vista de sus características físico-naturales y ecológicas y de la disponibilidad de recursos hídricos, como desde el punto de vista de los modelos de usos y actividades vinculados con el uso del agua.
2. El Plan plantea la necesidad de que, en cada ámbito, el conjunto de agentes institucionales, económicos y sociales vinculados con la gestión territorial del agua, establezcan unos objetivos y un marco estratégico de planificación y actuación basados en los principios antes mencionados: los Programas Agua-Territorio [AR-07].
3. Estos Programas Agua-Territorio suponen una profundización de los mecanismos tradicionales de planificación hidrológica, respetando, en todo caso, el principio de la ordenación con referencia a las cuencas hidrográficas. Los Planes Hidrológicos de Cuenca, en los que se establece el marco de las actuaciones públicas, requieren para su desarrollo en el tiempo establecer una vinculación mucho más directa con los problemas y oportunidades de cada territorio y sus tendencias de evolución.
4. El papel protagonista del agua como factor de desarrollo territorial en Andalucía hace que en las decisiones que afectan a la gestión del agua sean una responsabilidad compartida entre varios tipos de agentes y políticas públicas:
- a) Políticas públicas y agentes institucionales: planificación hidrológica, políticas agrarias, políticas de calidad ambiental, políticas de protección y conservación de la naturaleza, políticas de infraestructuras y ordenación del territorio, políticas de promoción económica, políticas de innovación tecnológica, administración local.
- b) Agentes económicos y sociales: comunidades de regantes, entes supralocales de gestión del abastecimiento y depuración urbana del agua, sindicatos, organizaciones profesionales agrarias y empresas del sector del agua.
5. La gestión del agua ha de plantear un escenario de evolución territorial que tome en consideración, de manera integrada, el modelo deseable de cada ámbito en cuanto a la utilización de los recursos hídricos disponibles. Los contenidos mínimos que han de contemplar estos Programas para la gestión del agua en cada ámbito, son:
- a) Definición cuantitativa de los objetivos de gestión de la demanda, ahorro y reutilización a los que deberán atenerse cualquier iniciativa de incremento de los recursos (regulación, explotación de acuíferos, desalación), en base al principio de vincular el incremento a la oferta de recursos al cumplimiento de medidas de racionalización de la demanda y máxima eficiencia en la gestión de los recursos disponibles.
- b) Modelo de gestión interanual de los recursos hídricos: recursos disponibles y dotaciones por tipos de usos y estrategia de garantía en periodos de sequías.
-
c) Objetivos de ahorro y eficiencia en el uso del agua.
- • Evolución de las superficies regadas: nuevas transformaciones, mejora y modernización, retirada de tierras, en función de los objetivos de ahorro y eficiencia.
- • Evolución de las infraestructuras territoriales de riego y de abastecimiento y depuración urbana.
- • Evolución de las tecnologías de riego y cuantificación de los consumos por hectárea y tipo de cultivos.
- • Gestión económica del agua.
- • Protección de los ecosistemas.
- • Objetivos de calidad de las aguas superficiales y subterráneas.
- • Sustitución de productos agroquímicos y mejora ambiental de la agricultura.
6. La programación de actuaciones ha de contemplar los siguientes contenidos:
-
a) Medio ambiente:
- • Calidad de las aguas: cauces críticos; acuíferos contaminados y sobreexplotados; aguas costeras.
- • Protección de los ecosistemas: espacios naturales protegidos; humedales; cursos fluviales y riberas; ecosistemas marinos costeros.
- • Protección del dominio público.
- • Protección y mejora del paisaje.
- b) Regadíos: objetivos cuantificados de ahorro; nuevas transformaciones; mejora y modernización; retirada de tierras; tecnologías aplicables.
- c) Infraestructuras del regadío: infraestructuras de regulación; infraestructuras de captación subterránea; infraestructuras de transporte y distribución; uso conjunto de aguas superficiales y subterráneas; red de control de extracciones subterráneas; redes de control de la calidad de las aguas superficiales y subterráneas; redes de control de la calidad de las aguas costeras.
- d) Abastecimiento y depuración urbana: ámbitos de gestión supramunicipal; infraestructuras territoriales de abastecimiento y depuración; garantía del suministro; programas de ahorro y eficiencia; interconexión de sistemas supramunicipales; mejora y modernización de las redes urbanas de distribución.
7. Los Programas Agua-Territorio [AR-07] se desarrollarán en los siguientes ámbitos:
- a) Cuenca del Guadalquivir: Tronco Guadalquivir-Sierra Morena; Alto Guadalquivir.; Campiña del Guadalquivir; Vega de Granada; Altiplanicies orientales.
- b) Cuenca del Sur: Ronda-Guadalhorce-Costa del Sol-Río Vélez-Costa Oriental de Málaga; Sierra Nevada-Costa Tropical-Poniente Almeriense; Cuenca del Río Nacimiento-Campos de Níjar; Cuenca del río Almanzora.
- c) Cuenca del Guadalete-Barbate.
- d) Cuenca del Tinto, Odiel y Piedras.
- e) Cuenca del Guadiana II.
- f) Cuenca del Guadiana I.
- g) Cuenca del Segura.
[98] Programas Coordinados de Recuperación Integral del Río Guadalquivir [D].
1. El Plan prevé la realización de un Programa Coordinado [AR-08] destinados a la Recuperación Integral del río Guadalquivir en su conjunto, cuyo objetivo es hacer del principal río de Andalucía, un ejemplo de lo que debe ser la acción integrada para la protección y regeneración de los espacios fluviales. El concepto de espacio fluvial comprende tanto las aguas y los ecosistemas acuáticos, como las riberas fluviales, el dominio público, los espacios contiguos al río vinculados directamente con los usos de sus aguas, y los paisajes fluviales entendidos como síntesis de su tratamiento formal.
2. El Programa Coordinado contemplará las siguientes acciones:
- a) Estudio hidrológico-hidráulico de la totalidad del cauce.
- b) Reconocimiento del estado del cauce y sus márgenes.
- c) Identificación de intervenciones históricas sobre el cauce.
- d) Identificación de iniciativas en curso sobre el cauce, tanto en ámbitos rurales como en áreas urbanas.
-
e) Programación de acciones relativas a:
- • Recuperación de valores ecológicos: protección de calidad de las aguas sobre la base de alcanzar un elevado índice de calidad.
- • Recuperación, en su caso, del dominio público asociado al cauce.
- • Recuperación integral de la vegetación de ribera y el bosque galería.
- • Gestión para la protección y recuperación de la riqueza piscícola.
- • Corrección de impactos ambientales en el entorno del cauce.
- • Tratamiento paisajístico del cauce y sus márgenes.
- • Recuperación y rehabilitación de elementos históricos asociados al río.
- • Programación del uso público compatible con la protección del cauce.
- • Instalaciones y adecuaciones recreativas atendiendo a las características territoriales y urbanas de los diferentes tramos.
3. Esta iniciativa podrá ser extendida a otros ríos relevantes de Andalucía, siendo preferentes la revisión del Programa del Guadalete, y la puesta en marcha de un programa de ordenación y recuperación del río Genil.
Capítulo 3
Sistema Regional de Protección del Territorio
Sección 1
Sistema de Prevención de Riesgos
Andalucía, por sus características naturales, ha estado sometida históricamente a la ocurrencia de fenómenos de carácter catastrófico, que han condicionado y modulado las pautas de ocupación del espacio. La evolución de la utilización y aprovechamiento del territorio y el desarrollo económico y tecnológico, han intentado contener y controlar los efectos negativos o catastróficos de tales fenómenos. Al mismo tiempo, la creciente presión sobre el medio natural, derivada de la necesidad de sostener el crecimiento poblacional y económico, ha introducido nuevos factores de tensión ambiental y de riesgo para las personas y bienes públicos y privados. La última expresión de esta tensión es el fenómeno del cambio climático con una dimensión mundial en sus efectos, aunque una mayor responsabilidad para las sociedades cuyo modelo económico se sustenta en un elevado consumo de recursos energéticos y sus correspondientes emisiones a la atmósfera.
Puede decirse que Andalucía, con el desarrollo experimentado en las últimas décadas, se encuentra inmersa en un proceso de crecimiento y modernización del cual surgen nuevos riesgos a tener en cuenta, principalmente de carácter tecnológico, y, a la vez, nuevas y crecientes exigencias sociales para su prevención. Por ello es preciso avanzar desde todas las instancias, incluyendo en lugar destacado la ordenación del territorio, hacia una cultura de la seguridad y la precaución en todas las intervenciones susceptibles de provocar situaciones de riesgo.
Si bien los eventos catastróficos son de gran importancia por sus repercusiones sobre las vidas humanas y la economía, hay multitud de procesos de la naturaleza, más o menos inducidos, que resultan desfavorables para la sociedad, aún cuando no representen ningún episodio extremo o excepcional. En Andalucía, estos últimos presentan una importante significación en cuanto extensión y frecuencia, acrecentándose sus efectos por una utilización del espacio que, a menudo, no considera las características físicas de la región. Desde esta perspectiva, concurren en Andalucía riesgos y procesos tanto naturales como antrópicos:
-
• Las inundaciones constituyen uno de los principales riesgos de Andalucía, tanto por su frecuencia como por sus consecuencias. La intensidad de la precipitación, la topografía y la morfología de las cuencas (ramblas) hacen del sector sur y sudeste de la región los de mayor riesgo de inundación, situación agravada por las dificultades litológicas y tectónicas para la construcción de embalses de regulación y laminación en estos ámbitos. Los menores riesgos se presentan en los sectores abiertos al Atlántico y, fundamentalmente, en Sierra Morena.
Sobre estos procesos inciden notoriamente factores estrechamente ligados a prácticas poco adecuadas de utilización del suelo en amplias zonas, la colmatación o interrupción de cauces de avenida por infraestructuras y edificaciones, así como las deficiencias en las redes de saneamiento o la evacuación de aguas pluviales en los núcleos urbanos.
-
• Los procesos erosivos provocan graves desequilibrios ambientales de la región, cuyos efectos se resumen en: pérdida gradual de la capacidad productiva, con el consiguiente empobrecimiento de la cubierta vegetal y de los ecosistemas y el paisaje, en general; aumento de la escorrentía y de la torrencialidad; deterioro de la calidad de las aguas superficiales e incremento de las tasas de colmatación de embalses.
Estos procesos están asociados a situaciones diferentes de riesgo en la región andaluza:
- - La desertificación del sudeste árido, fundamentalmente climática y edáfica, y favorecida en ocasiones por usos y prácticas inadecuados.
- - La erosión en las zonas de montaña, vinculada a la pérdida del equilibrio hidrológico-forestal, con los problemas asociados de colmatación de los vasos de los embalses (Genil y Cuenca Sur, y puntualmente, algunos embalses de Sierra Morena).
- - La erosión en aquellas tierras agrícolas de elevada pendiente y con prácticas de manejo inadecuadas (alto Guadalquivir, subbético, sierras litorales mediterráneas...).
- - La erosión de suelos de buena capacidad agrológica, como las campiñas interiores del Guadalquivir, motivada por prácticas agrícolas inadecuadas.
- • Destacada importancia tienen los procesos erosivos en el litoral. La naturaleza catastrófica de la erosión costera deviene tanto de la capacidad y potencia erosiva del medio marino como de la intensa ocupación humana de este sector del territorio andaluz, ocupación que, además, en la mayoría de los casos, suele interferir en la dinámica natural.
- • Los principales riesgos geológicos en Andalucía están representados por los movimientos sísmicos y los deslizamientos de ladera. En cuanto a los primeros, Andalucía constituye una de las principales áreas de riesgo sísmico en Europa, especialmente en las provincias de Granada y Almería y en el Golfo de Cádiz. El predominio en Andalucía de litologías poco resistentes (a excepción de Sierra Morena y sectores concretos de las Béticas) y de un régimen pluviométrico irregular y torrencial, hacen a la región claramente susceptible a los movimientos de tierra. En especial los deslizamientos de laderas, favorecidos, además, por actuaciones antrópicas como construcciones o la alteración de la densidad de la cubierta vegetal constituyen un problema especialmente grave para muchas zonas de Andalucía.
- • En el caso de los espacios forestales, su principal amenaza se encuentran en los incendios que cíclicamente destruyen parte de este patrimonio natural. Las condiciones climáticas hacen de Andalucía un ámbito particularmente amenazado por este tipo de riesgo. De hecho, entre 1988 y 2004 se han visto afectados por algún incendio más de 2.500 km², una extensión equivalente al 6% de la superficie natural y forestal andaluza. En su origen se encuentran causas muy diversas. En una parte importante de ellos, bien la propia aparición del fuego, bien su propagación es necesario ponerla en relación con cuestiones directamente relacionadas con la ordenación del territorio. Los cambios en la distribución de los usos del suelo, el mal estado de conservación de muchos montes, la implantación de actividades asociadas a un incremento de los riesgos o el acelerado ritmo de ocupación del territorio por infraestructuras y usos urbanos, son otros tantos factores asociados a la persistencia de los incendios forestales como una grave amenaza para la preservación del propio patrimonio territorial regional.
-
• Entre los riesgos antrópicos de carácter catastrófico, hay que destacar los riesgos de accidentes mayores vinculados a actividades. En este tipo de riesgos se presupone la existencia de procesos o materiales especialmente peligrosos y susceptibles de generar fallos o accidentes con impactos muy graves sobre el medio y la sociedad. Estos riesgos están definidos y regulados en los Reales Decretos sobre Industrias en General, para la Prevención de Accidentes Mayores en determinadas Actividades (R.D. 886/1988 de 15 de julio y R.D. 952/1990 de 29 de junio).
Mayor significación, en cuanto a sus potenciales efectos, no tanto a su frecuencia o representación en el territorio, presentan los riesgos vinculados a las actividades nucleares o radiactivas, y a las instalaciones y actividades militares. Los primeros están representados en Andalucía por el centro de almacenamiento de El Cabril, ciertas instalaciones industriales, centros médicos y sanitarios y centros de investigación, por lo que se localizan preferentemente en las principales ciudades de la región. Respecto a las instalaciones militares (bases, polvorines, polígonos de tiro, maniobras), su peligrosidad intrínseca disminuye al localizarse en el exterior de los núcleos urbanos.
El tráfico de mercancías peligrosas (definidas según el Comité de Expertos de la ONU) contribuye a aumentar el riesgo de accidentes tecnológicos, especialmente en carretera (casi el 75% del transporte terrestre), seguida del ferrocarril, de los transportes marítimos y, en mucha menor medida, del aéreo. Como consecuencia de estos flujos los principales riesgos se localizan en determinados ejes viarios: el eje del valle del Guadalquivir (Huelva-Jaén), el eje litoral (Cádiz-Almería), y los transversales de Cádiz-Sevilla, Córdoba-Málaga, Jaén-Granada y Málaga-Granada. En cuanto al ferrocarril, los principales tráficos tienen lugar en los ejes Huelva-Sevilla-Córdoba, Cádiz-Bobadilla-Córdoba y Algeciras-Bobadilla-Granada. El tráfico marítimo, por su parte, concentra los riesgos en el Estrecho de Gibraltar y los enclaves industrial-portuarios de Huelva, Bahía de Cádiz y Bahía de Algeciras, con intensos tráficos de productos químicos y, especialmente, de hidrocarburos.
El sistema de protección civil es el que tiene la responsabilidad básica de articular las medidas preventivas y las de tipo paliativo ante cualquier tipo de riesgos. La ley 2/1985, sobre protección civil, no sólo incluye en su objeto la protección de las personas y los bienes ante catástrofes consumadas, sino también el estudio y prevención de las situaciones de grave riesgo colectivo, catástrofe o calamidad pública.
La Norma Básica de Protección Civil, aprobada por el Real Decreto 407/1992 de 24 de abril, establece la elaboración de Planes Territoriales por las Comunidades Autónomas que pueden tener el carácter de Plan Director. En base a ello, y a la Ley 2/2002 de Gestión de Emergencias, la Junta de Andalucía ha elaborado el Plan Territorial de Emergencia de Andalucía que desarrolla un modelo de organización dirigido a la coordinación entre diferentes niveles territoriales, administraciones y sectores implicados en los sistemas de emergencia. El Plan Territorial de Emergencia de Andalucía establece el marco de la planificación de emergencias que incluye:
- • Planes Territoriales de Emergencia: Provinciales (a elaborar por la Junta de Andalucía) y Locales, de ámbito municipal y supramunicipal (a elaborar por los Ayuntamientos o asociaciones de municipios).
- • Planes Especiales de Emergencias de ámbito regional.
- • Planes Específicos de Emergencias (para riesgos significativos en Andalucía que no cuenten con una Directriz Básica para su elaboración).
- • Planes de Emergencia Interior/Autoprotección (para centros o instalaciones generadoras de riesgos).
- • Planes Sectoriales aplicables a sistemas de emergencias (que ordenan la actuación de un sector determinado -sanitario, carreteras, infraestructuras, territorial, seguridad...).
La Norma Básica de Protección Civil, dispone asimismo, que serán objeto de Planes Especiales, entre otras, las emergencias por inundaciones y que estos Planes serán elaborados de acuerdo con la correspondiente Directriz Básica, la cual habrá de ser aprobada por el Gobierno y deberá establecer los requisitos mínimos sobre fundamentos, estructuras, organización, criterios operativos, medidas de intervención e instrumentos de coordinación que deben cumplir dichos Planes.
Las distintas Directrices Básicas de Planificación de Protección Civil para los riesgos naturales (inundaciones, riesgo sísmico y volcánico) apuestan por la ordenación del territorio para la prevención efectiva de estos riesgos catastróficos, al exigir, con carácter previo a la elaboración, aprobación y homologación de los planes especiales de emergencia correspondientes, la elaboración de estudios de peligrosidad, vulnerabilidad y riesgo y la consecuente zonificación del territorio, y estableciendo que «los análisis de riesgos y la zonificación territorial que queden especificadas en los planes especiales elaborados, aprobados y homologados conforme a lo dispuesto en estas Directrices Básicas, serán tenidos en cuenta por los órganos competentes en el proceso de planificación del territorio y de los usos del suelo».
Algunas de estas situaciones de riesgo han sido tratadas en otros apartados del Plan, en función de la problemática sectorial a la que se vinculan, desarrollándose aquí aquellos que tienen una especificidad que justifican su tratamiento singularizado.
[99] Objetivos [O].
1. Contribuir a incrementar la seguridad integral y la calidad de vida de la población.
2. Contribuir a la reducción de la incidencia de los fenómenos catastróficos, así como de los daños que pudieran provocar en futuras situaciones de emergencia.
3. Establecer medidas para la prevención de los riesgos.
4. Contribuir a la corrección o eliminación de los procesos que provocan la ruptura del equilibrio ambiental.
5. Contribuir al desarrollo y aplicación de la Estrategia Andaluza ante el Cambio Climático.
6. Impulsar el conocimiento de los procesos y riesgos con mayor incidencia en Andalucía
[101] Líneas Estratégicas [E]:
1. Incorporar a todos los niveles de la planificación la consideración de los riesgos como elemento necesario en la ordenación de usos.
2. Planificar las obras y actuaciones infraestructurales necesarias para la reducción de riesgos, así como para el establecimiento de redes de vigilancia y alerta.
3. Mejorar la calidad y eficacia de las determinaciones de la planificación urbanística y territorial en materia de prevención de riesgos.
4. Establecer criterios territoriales para la prevención de riesgos de inundaciones.
5. Establecer criterios territoriales para la prevención de riesgos sísmicos y otros riesgos geológicos.
6. Establecer criterios territoriales para la prevención de riesgos tecnológicos.
7. Establecer criterios territoriales para la prevención de incendios forestales.
8. Impulsar los trabajos dirigidos a un mejor conocimiento sobre riesgos naturales y tecnológicos en Andalucía y de sus factores de riesgo en Andalucía y, especialmente, a elaborar una cartografía de referencia con el detalle adecuado para la toma de decisiones de localización y ordenación de usos.
[101] Tratamiento de los riesgos en la planificación territorial y urbanística [N].
1. Los Planes de Ordenación del Territorio de ámbito subregional y el planeamiento urbanístico municipal, tendrán en cuenta los contenidos de los distintos planes de protección civil que les afecten, y establecerán las medidas específicas para aminorar los riesgos o sus eventuales consecuencias.
2. La planificación territorial y el planeamiento urbanístico, deberán incorporar las delimitaciones de las zonas afectadas por los distintos tipos de riesgos, diferenciadas según grado de peligrosidad, de acuerdo con lo que se establece en las determinaciones siguientes. Si la carencia de información técnica adecuada impidiera realizar una delimitación cierta y precisa de tales zonas, se señalarán, mientras no se disponga de tal información, áreas de protección cautelar.
3. Estas zonas de riesgo, ya sean delimitadas de forma cautelar o no, deberán ser objeto de determinaciones y ordenanzas adecuadas a los objetivos de prevención y minoración del riesgo o eventuales consecuencias contra personas y bienes.
[102] Cartografía de riesgos [N].
1. El Plan prevé, en coordinación con los servicios de Protección Civil, un programa de cartografía temática a la escala adecuada y de estudios de referencia, que orienten el tratamiento y prevención de los distintos tipos de riesgos [SG-05].
2. Los riesgos que deben considerarse prioritarios son los siguientes: inundaciones, sísmicos, otros geológicos (erosión costera, fallas activas, movimientos de laderas, suelos expansivos, subsidencias), incendios forestales y los tecnológicos (industriales, militares, nucleares, los regulados por el Reglamento de Explosivos, actividades extractivas, vertederos y transporte y almacenamiento de productos peligrosos).
[103] Normas Técnicas para la construcción y la obra pública [N].
Se procederá a la elaboración o actualización de Normas Técnicas específicas de prevención, fundamentalmente en lo que respecta a la construcción de edificios e infraestructuras, en relación con riesgos sísmicos, erosión costera, fallas activas, movimientos de laderas, suelos expansivos y subsidencias.
[104] Criterios para el tratamiento de riesgos en los procedimientos de prevención ambiental [N].
1. Las actividades sometidas a evaluación o informe ambiental según los términos de la Ley 7/1994, de 18 de mayo, de protección ambiental, así como las afectadas por la legislación específica relativa a accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, instalaciones nucleares, minería y transportes de mercancías peligrosas por carretera y ferrocarril, deberán incorporar el análisis de riesgos en los procedimientos respectivos de Evaluación de Impacto Ambiental derivados de su implantación, en el que se contemplarán todos los anteriormente reseñados, así como la suficiente justificación del cumplimiento de la normativa sectorial correspondiente en cuanto a seguridad.
2. Tal obligación será extensible a las actividades afectadas por la Directiva 96/61/CE, del Consejo, de 24 de septiembre, relativa a la prevención y al control integrado de la contaminación, y a las que lo fueran por la ley que la trasponga al derecho nacional, en cuanto a la particular consideración de los riesgos señalados en la prevista autorización ambiental integrada.
[105] Criterios territoriales ante el riesgo de inundaciones [D].
1. En el marco de desarrollo del Plan de Prevención de Avenidas e Inundaciones en Cauces Urbanos Andaluces, y de la legislación sectorial, el órgano competente en materias de aguas desarrollará un programa de deslinde de las zonas inundables de los cauces andaluces. Este deslinde deberá ser revisado o modificado, según se alteren las condiciones iniciales.
2. El deslinde de zonas inundables que se efectúe por la Administración competente deberá identificar:
- a) La línea correspondiente al riesgo de inundación para un periodo de retorno de 50 años o calado de la lámina de agua superior a 0,5 metros.
- b) La línea correspondiente al riesgo de inundación para un periodo de retorno entre 50 y 100 años.
- c) La línea correspondiente al riesgo de inundación para un periodo de retorno entre 100 y 500 años.
3. Los planes de ordenación del territorio subregionales y los planes urbanísticos municipales, a partir del deslinde a que hace referencia el apartado anterior y a la escala que le es propia, delimitarán las zonas inundables y ordenarán los usos ateniéndose a los siguientes criterios:
- a) En las zonas con riesgo de inundación para un periodo de retorno de 50 años o calado superior a 0,5 metros se garantizará la ausencia de cualquier instalación o edificación, temporal o permanente. Excepcionalmente y por razones de interés público podrán instalarse edificaciones temporales.
- b) En las zonas con riesgo de inundación para un periodo de retorno de 50 a 100 años, se garantizará la ausencia de cualquier instalación de industria pesada y de industria contaminante según la legislación vigente, o con riesgo inherente de accidentes graves, así como de instalaciones destinadas a servicios públicos esenciales o que conlleven un alto nivel de riesgo en situación de avenida.
- c) En las zonas sometidas a riesgo de inundación para periodos de retorno de 100 a 500 años, se garantizará la ausencia de industrias contaminantes, según la legislación vigente, con riesgo inherente de accidentes graves, así como las instalaciones destinadas a servicios públicos esenciales o que conlleven un alto nivel de riesgo en situación de avenida.
4. Hasta tanto se efectúe la delimitación de las zonas inundables por la administración territorial y urbanística, las administraciones competentes para la autorización de instalaciones, obras y edificaciones aplicarán cautelarmente los criterios establecidos en el apartado anterior en cuanto a la compatibilidad de usos.
5. La condición de inundable deberá tener reflejo en la clasificación del suelo, normativa y programación del planeamiento urbanístico y territorial, siguiendo los siguientes criterios:
- a) Consideración como suelo no urbanizable de especial protección el dominio público natural hidráulico y las zonas de riesgo de inundación para un periodo de retorno de 500 años, delimitadas por el órgano competente en la cartografía temática de referencia en su momento.
- b) Delimitaciones de zonas de restauración hidrológico-forestal de las cuencas y de conservación y restauración de cauces y riberas.
- c) Establecimiento de condiciones generales para la adecuación de los procesos de transformación de los usos del suelo a las características del medio, edificaciones e infraestructuras en zonas de riesgo, así como la previsión de condiciones de uso del suelo junto a los cauces (zonas verdes y espacios libres para proteger las márgenes y mantener los ecosistemas fluviales).
- d) Determinaciones sobre las características de las obras de infraestructuras de defensa para garantizar la reducción o eliminación de riesgos en áreas determinadas (encauzamientos, muros y diques, derivaciones de caudales o de mejora del drenaje...), y para evitar que aumenten un riesgo ya existente o generen uno nuevo.
- e) Previsión de las actuaciones estructurales necesarias para minorarlos, sin perjuicio de acciones concretas de adecuación de la edificación.
- f) Eliminación de elementos construidos susceptibles de ser afectados por riesgos o de contribuir al incremento de los mismos.
6. Con carácter general los planes, proyectos o actuaciones que puedan llevarse a cabo, tanto públicos como privados, que afecten a zonas de riesgo delimitadas, o donde existe constancia de que se hayan producido inundaciones, han de incorporar una evaluación del riesgo y sus consecuencias previsibles para la iniciativa que se emprende, y ello para su consideración en el procedimiento de autorización o aprobación, incluido el trámite de información pública.
[106] Criterios territoriales ante los riesgos geológicos [D].
1. Los Planes de Ordenación del Territorio subregionales y los planes urbanísticos municipales deberán incluir información sobre las afecciones derivadas en su ámbito territorial de la Norma de Construcción Sismorresistente, la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el Riesgo Sísmico y el Plan Especial de Protección Civil ante el Riesgo Sísmico de Andalucía, así como de cualquier otro tipo de normas que en el futuro se puedan dictar sobre prevención del riesgo sísmico.
2. En las zonas de más elevada peligrosidad se recomienda a la administración competente la elaboración de inventarios de grandes edificios e instalaciones singulares públicas o privadas de especial vulnerabilidad, así como de infraestructuras construidas con anterioridad a la elaboración de la citada normativa, al objeto de adoptar las medidas pertinentes para su adecuación y los mecanismos de prevención necesarios.
3. Para la mejora del tratamiento de los problemas de riesgos en el planeamiento urbanístico y territorial, se establecen las siguientes determinaciones:
- a) Desarrollar, en colaboración con las universidades andaluzas y el Instituto Tecnológico y Geominero de España, un programa de estudios y cartografía temática a escala adecuada sobre los riesgos geológicos de relevancia en Andalucía [SG-05].
- b) Incorporar en la planificación y diseño de infraestructuras los estudios previos y requerimientos técnicos necesarios para la minimización del riesgo o evitar efectos inducidos sobre otras áreas.
- c) En el caso de riesgos de movimientos de laderas, subsidencias y hundimientos por suelos expansivos, y según la naturaleza concreta del riesgo, deben determinarse, por parte de los planes municipales, condicionamientos técnicos para la construcción de edificios o infraestructuras.
- d) Los criterios para la protección de la costa frente a los riesgos de erosión deberán incorporarse en un Programa Regional de Ordenación del Litoral [ZN-02], previsto en este Plan.
- e) Elaborar directrices y criterios para la consideración y el tratamiento de los riesgos geológicos en el planeamiento urbanístico y la planificación subregional. Estas medidas podrán revestir el carácter de Normas Directoras o Planes Especiales.
[107] Criterios territoriales ante riesgos de incendios forestales [D]
1. Los Planes de Ordenación del Territorio de ámbito subregional y los planes urbanísticos municipales deberán incluir una identificación de las áreas de sus respectivos territorios sometidas a mayores riesgos de incendio, e incorporarán las determinaciones que, en su caso, puedan derivarse tanto de los programas de Protección Civil, como de la planificación forestal.
2. En la ordenación de usos contenida en los Planes de Ordenación del Territorio de ámbito subregional y los planes urbanísticos municipales deberán minimizar los riesgos de incendios evitando, en todo caso, la implantación de usos y actividades que puedan implicar un incremento de las probabilidades de incendios en las áreas más sensibles.
3. Los Planes de Ordenación del Territorio de ámbito subregional y los planes urbanísticos municipales, así como la planificación de las infraestructuras incluirán entre sus determinaciones la implantación de las infraestructuras y equipamientos necesarios para prevenir los incendios y servir de apoyo a los servicios de extinción.
4. De acuerdo con las determinaciones derivadas de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía y Ley 5/1999, de 29 de junio, de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales, los Planes de Ordenación del Territorio de ámbito subregional y los planes urbanísticos municipales garantizarán el mantenimiento del uso forestal y régimen jurídico de las superficies afectadas por incendios forestales.
[108] Criterios territoriales ante riesgos tecnológicos [D]
1. Los Planes de Ordenación de Territorio subregionales y los planes urbanísticos municipales deberán recoger todas las instalaciones, infraestructuras y actividades en general afectadas por la normativa vigente, o por las que en el futuro se puedan disponer en su desarrollo o sustitución, los planes de emergencia, interiores o exteriores, aprobados o en vías de serlo y las vías de transporte por donde circulen sustancias peligrosas, haciendo uso de los mapas de flujos de los transportes de mercancías peligrosas por carretera y ferrocarril e información complementaria sobre oleoductos y gasoductos.
2. Deberá delimitarse zonas de seguridad alrededor de tales instalaciones e infraestructuras de acuerdo con la naturaleza de las actividades y en consonancia con los criterios de la normativa sectorial correspondiente. La amplitud de tales zonas o su no consideración debe justificarse técnica y legalmente.
3. Desarrollar, en cumplimiento de las determinaciones de la Directiva Seveso II y en colaboración con la administración competente en materia de Protección Civil, criterios metodológicos y normativos para la implantación de instalaciones susceptibles de provocar accidentes mayores, de cara a su incorporación en el planeamiento urbanístico y la planificación territorial y sectorial correspondientes.
4. Al objeto de hacer frente a los riesgos tecnológicos que, aún cuando su origen pudiera encontrarse en otros ámbitos territoriales, en el medio marino o en el medio atmosférico, pudieran afectar a la Comunidad Autónoma Andaluza, se deberán desarrollar mecanismos de cooperación y coordinación, para la prevención y el tratamiento de los episodios catastróficos, con otras administraciones autonómicas o el Gobierno central.
Sección 2
Sistema del Patrimonio Territorial
Andalucía es, sin duda, una de las regiones europeas con mayor riqueza de valores y recursos patrimoniales (culturales, ambientales y paisajísticos), resultado de un medio natural particularmente diverso y de una prolongada historia de colonización humana, la cual ha dejado huellas de múltiples culturas.
El reciente período de gobierno autonómico ha supuesto un importante avance en el reconocimiento explícito de esos valores patrimoniales y en la puesta en marcha de instrumentos destinados a conseguir su preservación activa. Entre esos instrumentos deben destacarse los Catálogos provinciales de los Planes Especiales de Protección del Medio Físico (1986-87), basados en la Ley del Suelo de 1975, y las posteriores leyes de Inventario de Espacios Naturales Protegidos ( Ley 2/89) y la del Patrimonio Histórico de Andalucía ( Ley 1/91), con sus respectivos instrumentos de planificación (Planes Generales de Bienes Culturales, Planes de Ordenación de Recursos Naturales, Planes Rectores de Uso y Gestión). Asimismo, se han desarrollado otras iniciativas que han ido completando ese cuerpo básico de gestión y protección del patrimonio andaluz como las Directrices Regionales del Litoral de Andalucía o el Programas de planeamiento urbanístico de Conjuntos Históricos.
Dicho conjunto de iniciativas conforma un marco inicial para el entendimiento del patrimonio andaluz, a partir del cual se han logrado evidentes avances en el reconocimiento y conservación de numerosos bienes patrimoniales concretos.
En el momento actual, sin embargo, debe profundizarse en nuevos enfoques y perspectivas sobre la gestión patrimonial, acordes con planteamientos metodológicos e interpretativos que den respuesta a nuevas necesidades de gestión, para que sean plenamente incorporadas a la práctica de la administración pública, y generen sinergias en el desarrollo local y regional. Estos nuevos enfoques tienen que ver principalmente con aspectos como:
- • La persistencia de planteamientos excesivamente parciales en el entendimiento del patrimonio, tendentes a segregar, según modelos de gestión completamente diferenciados, los bienes naturales y culturales como entidades apenas relacionadas. Un enfoque que se muestra, por lo general, empobrecedor en el contexto de una realidad como la andaluza, en la que la práctica totalidad de sus espacios y recursos naturales no pueden ser explicados, ni gestionados, sin referirse a los procesos históricos mediante los que fueron configurados y a la base cultural que los sustentan.
- • El tradicional entendimiento de los bienes patrimoniales como elementos aislados, hitos sin conexión con el territorio y con el resto de bienes patrimoniales, del que se ha derivado la insuficiente integración regional del conjunto de bienes patrimoniales y la carencia de elementos de articulación entre ellos. Esta inercia se encuentra con modelos novedosos (funcionamiento en red y articulación física) que suponen una vía de superación que es necesario reforzar para que se constituya en un elemento básico de articulación regional.
- • La insuficiente incorporación de los paisajes andaluces como elementos integrantes del patrimonio de la comunidad. A pesar de un evidente progreso en la preocupación social y técnica por la identificación y preservación de los valores paisajísticos, no existe todavía una política paisajística efectiva. Y ello en un contexto en el que asistimos a una serie de procesos de transformación asociados a la urbanización (en especial en los ámbitos metropolitanos, litoral y a la progresión de la urbanización difusa del medio rural), a la extensión de los sistemas infraestructurales, y a las modificaciones en los sistemas productivos agrarios (abandono de formas tradicionales, por un lado, y por otro, la intensificación en algunos sistemas con nuevas técnicas), como los más significativos y de mayor incidencia sobre las estructuras morfológicas y funcionales del territorio.
- • El todavía escaso y poco definido impulso a la gestión del patrimonio como un recurso al servicio del desarrollo regional y local. Las potencialidades de una puesta en valor sistemática y adecuada del conjunto de bienes patrimoniales son aprovechadas todavía de una manera incipiente en muchas áreas de Andalucía, siendo necesaria una intervención coordinada y activa de todas las administraciones públicas y agentes sociales implicados para hacer efectiva su contribución al desarrollo económico y social.
Desde esta perspectiva, se viene configurando un marco de actuación para estas políticas desde el paisaje, entendido como la expresión visible de la relación de la sociedad con el medio a lo largo del tiempo, que constituye un bien común que ha de ser protegido, mejorado y fomentado, en tanto que es también expresión cultural del equilibrio y calidad del territorio. En la actualidad existen responsabilidades dispersas por el conjunto de la administración, aunque van existiendo referencias comunes como la reciente Convención Europea del Paisaje (Florencia, 2000), aprobada por el Consejo de Europa, y su antecedente, la Carta del Paisaje Mediterráneo (Sevilla, 1993), iniciativa promovida, entre otras regiones, por Andalucía.
La diversidad paisajística de Andalucía constituye uno de los valores esenciales del territorio y de la diversidad de las culturas que expresan las diferentes formas de adaptación al medio, en el envolvente común del mundo mediterráneo, y con las diferentes formas de utilización de los recursos del territorio y de la construcción de sus elementos urbanos e infraestructurales.
Teniendo en cuenta las anteriores consideraciones, la aportación del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía se dirige a ofrecer un marco de referencia (a partir de la identificación de ámbitos y redes de diferente escala y oportunidad) que hagan posible el desarrollo de políticas de gestión patrimonial integradoras, articuladoras del territorio y capaces de contribuir de manera eficaz a los procesos de desarrollo regional y local.
El Plan reconoce los actuales componentes del Sistema Patrimonial y aporta nuevos elementos y conceptos complementarios que deben ser integrados en el modelo global de gestión del patrimonio territorial de Andalucía, especialmente en lo que se refiere a la consideración del paisaje regional y de las redes territoriales y físicas a través de las cuales puede lograrse una mejor articulación de los bienes patrimoniales naturales y culturales.
Dentro del Sistema es necesario, por último, resaltar las funciones que desempeña el territorio de Doñana, que constituye uno de los referentes más importantes a nivel internacional de los valores ecológicos y las políticas de protección de la naturaleza Esta singularidad hace que deba ser considerado, desde la ordenación del territorio, como un valor fundamental de Andalucía y, consiguientemente, deba potenciarse el mantenimiento de políticas de desarrollo sostenible que, desde la prioridad de su conservación, garanticen en paralelo el fomento de los sectores productivos del ámbito y la mejora de la calidad de vida de las poblaciones locales.
[109] Objetivos [0].
1. Preservar el patrimonio territorial (natural y cultural), como un componente básico de la estructura regional de Andalucía y de su capacidad de articulación e identidad socioterritorial.
2. Poner en valor el patrimonio territorial como recurso para la ordenación del territorio y el desarrollo local y regional.
3. Incorporar la dimensión paisajística, en cuanto que su adecuada atención a la memoria del lugar y del tiempo, y con la necesaria calidad en sus soluciones y tratamientos.
[110] Líneas Estratégicas [E].
1. Integrar la protección de los bienes culturales y naturales y los ejes que los interconectan y hacen accesibles en una red territorialmente coherente que conforme un Sistema de Patrimonio Territorial.
2. Desarrollar la planificación como instrumento básico de gestión del patrimonio territorial, aportando referencias espaciales que reflejen las diferentes expresiones de las culturas territoriales presentes en la región, y sirvan como marco para actuaciones de ordenación, medidas de protección, intervenciones de mantenimiento y recuperación, restauración, acrecentamiento, investigación y desarrollo, difusión, fomento y puesta en valor del Patrimonio Territorial.
3. Incorporar el paisaje como elemento activo en la política y gestión del patrimonio territorial, desde su entendimiento como legado histórico e identidad colectiva, y como responsabilidad contemporánea en la configuración de entornos de calidad y de valores sociales para las generaciones futuras. Para ello se deberá impulsar la ratificación de la Convención Europea del Paisaje por el Parlamento de Andalucía, y ser consecuentemente desarrollada por las administraciones competentes en sus distintas líneas de actuación.
[111] Componentes del Sistema del Patrimonio Territorial de Andalucía [N].
1. El Sistema esta concebido como una red coherente de espacios y bienes naturales y culturales, así como una serie de ejes que los articulan entre sí y los hacen accesibles. Los recursos que componen dicho Sistema son:
- a) Los espacios naturales protegidos y bienes culturales protegidos por figuras internacionales (Reservas de la Biosfera, Patrimonio de la Humanidad, Humedales del Convenio RAMSAR, Zonas Especialmente Protegidas de Importancia para el Mediterráneo), así como los Lugares de Importancia Comunitaria de la región biogeográfica mediterránea incluidos en la Decisión de la Comisión, de 19 de julio de 2006, por la que se adopta, de conformidad con la Directiva 92/43/CEE del Consejo, la lista de los citados lugares.
- b) La Red de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía.
- c) Los espacios incluidos en el Catálogo de Espacios y Bienes Protegidos de los Planes Especiales de Protección del Medio Físico de ámbito provincial o, en su caso, los suelos no urbanizable calificados de especial protección por el planeamiento territorial o urbanístico.
- d) Las zonas que constituyen el dominio público hidráulico y marítimo terrestre.
- e) Las vías pecuarias y otros «caminos naturales».
- f) Los inventarios de georrecursos y de humedales.
- g) Ciudades históricas protegidas como Conjuntos Históricos.
- h) Otras Ciudades históricas no protegidas pero equivalentes en valores a los Conjuntos Históricos.
- i) Patrimonio inmueble con categoría de BIC o inscrito en el Catálogo General del Patrimonio Histórico de Andalucía.
- j) Otros yacimientos arqueológicos y elementos del patrimonio cultural (hábitat de cuevas, arquitectura popular, etc.).
2. La consideración integrada de todos estos espacios, bienes y elementos protegidos se concibe como una red territorial a escala regional y, consiguientemente, se establece una serie de ejes de comunicación que los articula física y funcionalmente:
- a) La red de comunicaciones convencional (red viaria y ferroviaria) que dan acceso a los espacios y bienes protegidos.
- b) La red urbana vinculada al patrimonio territorial, constituida por los núcleos urbanos incluidos en el Sistema del Patrimonio Territorial por su valor histórico y cultural y los núcleos urbanos incluidos en los espacios naturales protegidos, así como aquellos que sirven para su acceso desde el exterior.
- c) Las redes de comunicación complementarias o alternativas que interconectan los espacios y bienes protegidos (vías pecuarias, caminos rurales...).
- d) Los pasillos ecológicos que sirven de intercomunicación entre los espacios sujetos a protección ambiental.
3. El Sistema del Patrimonio Territorial toma en consideración las continuidades territoriales que se establecen con zonas limítrofes de Andalucía. En este sentido, se incorporarán a dicho Sistema, en su vertiente espacial andaluza, y se promoverán iniciativas para su tratamiento conjunto, los siguientes ámbitos:
- a) Un espacio común y compartido entre la provincia de Huelva y las regiones de Algarve y Alentejo, tomando como eje vertebrador el curso del río Guadiana y Chanza.
- b) Un espacio común y compartido entre Andalucía y el reino de Marruecos, bajo la figura de Reserva de la Biosfera, que incluirá los espacios naturales más relevantes del área sur de Andalucía (provincias de Cádiz y Málaga) y del norte de Marruecos.
- c) Espacios comunes y compartidos entre Andalucía (provincias de Huelva, Sevilla, Córdoba, Jaén, Granada y Almería) y los espacios protegidos contiguos de Extremadura, Castilla-La Mancha y Murcia.
[112] Referencias territoriales para la planificación y gestión de los bienes patrimoniales [N].
El Plan distingue los siguientes ámbitos de referencia para los instrumentos de planificación.
1. Los Dominios Territoriales establecidos en el Modelo constituyen el marco más genérico desde el que es posible identificar los bienes patrimoniales desde sus características tipológicas, y establecer estrategias de gestión integral del patrimonio, en cuanto que acogen valores ecológicos, culturales y paisajísticos relativamente homogéneos.
- a) Sierra Morena-Pedroches: Sierra Morena; y Los Pedroches.
- b) Valle del Guadalquivir: Vega y Bajo Guadalquivir; Campiña Baja; y Campiña Alta.
- c) Sierras y Valles Béticos: Sierras Subbéticas; Depresiones Intrabéticas; Altiplanicies orientales; Sierras y valles Penibéticos; y Sureste árido.
- d) Litoral: Litoral atlántico; y Litoral mediterráneo
2. La Unidades Territoriales establecidas en el Modelo Territorial, en tanto que responden a criterios de identificación de áreas con sistemas de poblamiento que una base histórica, cultural y ecológica común y, por lo tanto, son susceptibles de responder a procesos de planificación y gestión patrimonial unitarios.
3. Las redes urbanas de interés patrimonial, en las cuales son posibles y deseables el desarrollo de procesos de cooperación como red temática para la gestión de los patrimonios históricos y culturales. El Plan identifica las siguientes redes potenciales.
- a) Red de Ciudades patrimoniales principales, constituida por las ciudades de Granada, Córdoba y Sevilla. Esta Red agrupa a las ciudades patrimoniales andaluzas con mayor concentración de bienes culturales y que, a la vez, concentran las mayores oportunidades para consolidar e impulsar destinos turísticos interiores. La cooperación y la coordinación para la gestión y la puesta en valor de los recursos de este conjunto de ciudades deben constituir un objetivo de alcance regional.
-
b) Redes de ciudades patrimoniales. Constituida principalmente por ciudades grandes y medias con especiales valores patrimoniales y oportunidades de una gestión integrada en un marco territorial coherente. Entre este tipo de Redes se incluyen:
- • Red de ciudades medias patrimoniales del Valle del Guadalquivir. Constituye una trama de ciudades patrimoniales de tamaño medio con importantes valores patrimoniales y culturales que pueden ser la base de gestión y promoción en red.
- • Red de ciudades de Jaén. Constituida básicamente por el Centro Regional de Jaén, Úbeda y Baeza.
- • Red de ciudades del surco intrabético: Arcos de la Frontera, Ronda, Antequera y Loja.
- • Red de ciudades patrimoniales de las altiplanicies orientales: cuyo núcleo fundamental está constituido por Guadix y Baza.
- • Red de ciudades patrimoniales de la costa malagueña. Conjunto de ciudades del frente costero entre Estepona y Vélez-Málaga.
- • Red de ciudades patrimoniales de la Bahía de Cádiz-Jerez y la costa noroeste de Cádiz.
- • Red de ciudades patrimoniales de la Costa Tropical de Granada.
- • Redes de ciudades patrimoniales de los restantes Centros Regionales.
- c) Redes de centros históricos rurales que responden a una historia territorial compartida, tanto en los aspectos del patrimonio cultural como en la pertenencia a modelos comunes de organización espacial y de integración paisajística en su entorno.
-
d) Otras redes temáticas de carácter discontinuo. Constituyen propuestas de entendimiento en red de asentamientos caracterizados por responder a peculiaridades notables por su historia urbanística y territorial. El conocimiento y experiencia deben permitir ampliar nuevas propuestas orientadas hacia este objetivo, considerándose inicialmente las siguientes redes temáticas:
- • Redes de ciudades carolinas.
- • Redes de ciudades y territorios mineros.
- • Redes de poblados de colonización agraria.
- • Redes de ciudades desaparecidas.
- • Redes del Legado andalusí
- • Redes de ciudades de la caña de azúcar
- • Redes de ciudades del vino
- • Redes de ciudades termales
- • Otras redes temáticas de ciudades patrimoniales.
4. Ámbitos con especiales valores naturales y paisajísticos, pasillos potenciales de relación entre ellos, y redes de asentamientos urbanos de acceso y con mayor vinculación con dichos ámbitos.
- a) El Plan identifica, por un lado, los espacios naturales de mayor significación territorial, concebidos como red que ha de ser dotada de continuidad e interconexión. Se incluyen aquí tanto la Red de Espacios Naturales Protegidos como los Lugares de Importancia Comunitaria y las principales zonas húmedas del interior de Andalucía, así como los cursos de la red fluvial más significativos en cuanto a la configuración de redes naturales de continuidad. Se añade, además, la identificación de los más valiosos ámbitos agrarios desde el punto de vista paisajístico: Los Pedroches, Alpujarras, Vega de Granada, Axarquía, Vega de Motril, Vega del Guadalhorce, Llanos de Antequera, Aljarafe, Condado de Huelva, Altiplanicies de Granada, Depresión y Serranía de Ronda, Valle de Lecrín, Alto Andarax, Subbéticas de Córdoba y Campiñas de Cádiz.
- b) Por otro lado el Plan identifica los asentamientos con función de acceso a estos ámbitos protegidos, así como los más vinculados con los recursos del patrimonio natural, entre los cuales se desarrollan procesos de cooperación relacionados con la gestión de los espacios naturales.
[113] Estrategias de planificación y gestión integrada del Patrimonio Territorial [N].
1. El Plan establece la necesidad de desarrollar, a través de un Programa Coordinado [PT-01], estrategias comunes de planificación y gestión del Patrimonio Territorial para los ámbitos señalados, cuya elaboración corresponderá a las Consejerías de Agricultura y Pesca, Cultura, Medio Ambiente, Turismo, Comercio y Deportes y Obras Públicas y Transportes.
2. Estas Estrategias habrán de establecer un marco de actuación común para cada territorio en el que se integren tanto las políticas patrimoniales (ecológicas, culturales y paisajísticas) como las políticas urbanísticas, de ordenación del territorio y de desarrollo económico, particularmente aquellas relacionadas con la promoción turística vinculada a la puesta en valor de los bienes patrimoniales.
3. Dichas Estrategias deberán desarrollarse desde una perspectiva interdisciplinar y contener, al menos, los siguientes aspectos:
- a) La caracterización del medio físico y natural y de los posibles valores y recursos sujetos a protección.
- b) La caracterización de los modelos de gestión de recursos naturales representativos de las diferentes culturas territoriales.
- c) La caracterización del patrimonio histórico y cultural y la identificación de los elementos y valores que deben ser sujetos de algún tipo de protección y tratamiento (arqueológicos, etnográficos, bienes inmuebles, intangibles, etc.).
- d) La caracterización de los valores paisajísticos del ámbito y la identificación de las medidas necesarias para su protección, conservación y, en su caso, regeneración.
- e) Las líneas estratégicas encaminadas a la puesta en valor de los recursos patrimoniales en el marco del desarrollo comarcal y local, y la adecuación del uso turístico y recreativo a la capacidad de carga de cada territorio.
- f) Criterios para la protección y mejora del patrimonio territorial y su tratamiento en el planeamiento urbanístico, y demás instrumentos de planificación que incidan en sus recursos.
- g) Propuestas de interpretación del patrimonio territorial, incluyendo el diseño de la oferta de equipamientos y servicios de uso público.
- h) En su caso, criterios y medidas para el desarrollo de una política patrimonial compartida con los países y regiones limítrofes de Andalucía.
- i) Los instrumentos más adecuados previstos en el ordenamiento jurídico para el desarrollo de estas estrategias y sus contenidos mínimos, así como las prioridades para su elaboración.
4. En su elaboración ha de entenderse su potencialidad como instrumentos directamente vinculados a la cooperación y desarrollo territorial, por lo que su puesta en marcha habrá de considerarse la perspectiva supramunicipal y la participación activa de las administraciones locales y los agentes sociales.
5. Estas estrategias generales sobre el Patrimonio Territorial se desarrollarán y concretarán a través de los correspondientes instrumentos de planificación y gestión en los que se establecerán las medidas concretas de aplicación y desarrollo de los criterios y estrategias generales:
- a) Habrán de establecer un marco de actuación común para cada territorio en el que se integren tanto las políticas patrimoniales (ecológicas, culturales y paisajísticas) como las políticas urbanísticas, de ordenación del territorio y de desarrollo económico, particularmente aquellas relacionadas con la promoción turística vinculada a la puesta en valor de los bienes patrimoniales.
- b) En su elaboración han de entenderse como instrumentos directamente vinculados a la cooperación territorial, por lo que su puesta en marcha habrá de realizarse a partir de enfoques supramunicipales y, en su elaboración, participarán activamente las administraciones locales y los agentes sociales.
- c) En el marco de las estrategias generales deberán definirse los contenidos mínimos que deben desarrollar estos instrumentos de planificación y gestión, así como las prioridades para su elaboración.
[114] Sistema de Información de espacios y bienes catalogados del Patrimonio Territorial [N].
1. El Plan establece la necesidad de integrar en un instrumento de gestión e información pública los espacios y bienes sujetos a algún de protección legal [SG-04] en función de sus valores naturales, culturales, o paisajísticos, e incluidos en catálogos e inventarios de diferente naturaleza.
2. Dicha integración se hará bajo el formato de un sistema de información gestionado en plataforma compartida por las Consejerías de Obras Públicas y Transportes, Medio Ambiente y Cultura, en colaboración con todos los organismos competentes de cada una de las categorías de protección, dotándose de las bases de datos y coberturas cartográficas necesarias.
3. Este sistema de información estará formado, inicialmente, por todos los espacios y bienes incluidos en el Sistema del Patrimonio Territorial de Andalucía definido en este Plan y catalogados en sus respectivas legislaciones:
- a) Los espacios y bienes catalogados por el planeamiento urbanístico e integrados en el registro administrativo previsto en la legislación urbanística.
- b) Los espacios y bienes incluidos en los catálogos vinculados a legislaciones específicas.
4. A ellos habrán de añadirse los siguientes elementos:
- a) Todos aquellos nuevos espacios y elementos que se incorporen, con posterioridad al Plan, a algunos de los catálogos de protección por los organismos competentes en la gestión de cada una de las figuras de protección.
- b) Con carácter cautelar, los espacios y bienes identificados en las estrategias previstas, así como en sus instrumentos de desarrollo, con especial mención a aquellos elementos patrimoniales que deban ser incluidos en los respectivos Catálogos.
-
c) También formarán parte de este sistema de información, con carácter previo, los espacios y elementos resultantes de los estudios territoriales y sectoriales que contengan inventarios de bienes del patrimonio, susceptibles de ser catalogados por las diferentes administraciones públicas. Serán prioritarios los siguientes inventarios regionales:
- • Inventario de paisajes.
- • Inventario de bienes del patrimonio arqueológico y etnográfico.
- • Inventarios de bienes patrimoniales de carácter agrario y pesquero.
- • Inventario de bienes del patrimonio de la arquitectura y la ingeniería rural.
- • Inventario de bienes del patrimonio industrial y minero.
- • Inventario de bienes del patrimonio de la obra pública.
[115] Ordenación de los paisajes [D].
1. El paisaje constituye un elemento clave en la estrategia de conservación y gestión de los recursos patrimoniales, y por ello el Plan establece la elaboración del Programa Coordinado sobre el Paisaje [PT-02] en el que se desarrollarán las determinaciones que a continuación se establecen sobre ordenación y fomento del paisaje.
2. Estas determinaciones tienen por finalidad que la planificación y la gestión de los paisajes andaluces pueda incorporarse plenamente al Sistema del Patrimonio Territorial de Andalucía, sin perjuicio de las iniciativas normativas que se adopten para dotar al paisaje de la adecuada instrumentación para su protección, conservación, mejora y fomento de los paisajes andaluces.
3. En el marco de las estrategias que se desarrollen sobre el Patrimonio Territorial previstas en el Plan, se considerarán los siguientes aspectos relativos al paisaje:
- a) La identificación de los criterios generales para la protección, conservación y mejora del paisaje en cada uno de los ámbitos territoriales señalados como referencia para la planificación y gestión del patrimonio territorial, marcando en cada caso los objetivos de calidad del paisaje propuestos.
- b) La identificación de las unidades, elementos e hitos significativos del paisaje que entrarán a formar parte del inventario de recursos del Sistema Patrimonio Territorial contemplado en este Plan.
- c) Los criterios y medidas que, en relación con el paisaje, deberán adoptar los planes, programas e intervenciones con incidencia territorial.
-
d) La identificación de aquellos ámbitos que, por sus especiales características o valores, requieran el desarrollo de programas coordinados para la mejora y diversificación del paisaje. Desde la perspectiva regional se consideran prioritarios los siguientes espacios:
- • Los ámbitos de los Espacios Naturales Protegidos.
- • Los ámbitos litorales turísticos y de agricultura intensiva.
- • Los ámbitos con paisajes agrarios singulares afectados por procesos de transformación intensos: Aljarafe, Alcores, Vega inferior del Guadalquivir, Vega del Guadalhorce, Vega de Antequera, Vega de Granada, Valle de Lecrín, Alpujarras, Axarquía, Vegas de la Costa Tropical y Campo de Níjar.
- • Los ámbitos con requerimientos específicos vinculados a la protección del suelo y la diversificación paisajística: Campiña cerealista del Guadalquivir, Altiplanicies Orientales y Sureste Árido.
- • Los ámbitos afectados por el Programa Regional de la Dehesa.
- • Los ámbitos afectados por las actividades mineras.
- • Los espacios vinculados a las actividades pesqueras.
4. La planificación territorial y el planeamiento urbanístico incluirán entre sus determinaciones aquellas relativas a la protección y mejora del paisaje. En el marco de sus respectivos ámbitos, objetivos y alcance, los planes de ordenación del territorio subregionales y el planeamiento general incorporarán, según corresponda, determinaciones y normas relativas a la ordenación del paisaje, las cuales contemplarán, al menos, los siguientes aspectos:
-
a) La aplicación de criterios paisajísticos en la definición del modelo de ciudad, atendiendo principalmente a:
- • La incorporación de criterios de calidad paisajística en la urbanización y la promoción de soluciones edificatorias que valoren la adecuada inserción de las formas de arquitectura contemporánea en el entorno urbano y rural.
- • La recualificación de los espacios urbanos degradados, tanto residenciales como industriales e infraestructurales, así como el adecuado tratamiento y acabado de los bordes urbanos.
- • El desarrollo de programas y proyectos de intervención dirigidos a la mejora de la imagen y la escena urbana, así como para un tratamiento adecuado en situaciones paisajísticas características como las que se derivan de su topografía o la existencia de riberas fluviales o litorales.
- • La incorporación de criterios paisajísticos en las ordenanzas municipales que regulen con especial atención sobre aquellos elementos que configuran la estética urbana (publicidad, instalaciones, mobiliario urbano, entre otras).
- b) La identificación de los elementos paisajísticos presentes en el ámbito de ordenación.
- c) Los objetivos de calidad de los paisajes y las medidas generales de ordenación dirigidas a la preservación de los valores paisajísticos de cada una de los elementos contempladas.
- d) La regulación particular de los usos y actividades con potencial incidencia sobre los paisajes y los objetivos de calidad propuestos.
- e) La delimitación de zonas de protección visual de los núcleos de población y demás hitos significativos del paisaje en el ámbito de ordenación.
- f) La identificación de itinerarios de interés paisajístico, tanto urbanos como rurales, integrado en el sistema de espacios libres y peatonales.
- g) El análisis de las cuencas visuales y los criterios de tratamiento de las infraestructuras viarias y de su integración paisajística en el territorio, en particular para las vías de acceso y contornos urbanos.
- h) La identificación de aquellas áreas del ámbito de ordenación que requieran medidas de regeneración ambiental y paisajística (periferias urbanas, entornos agrarios degradados, suelos industriales, etc.), programando, en su caso, Planes Especiales de mejora del paisaje en zonas urbanas o rurales.
- i) La previsión de reservas de suelo específicas relacionadas con la promoción, acceso y uso público de los recursos patrimoniales capaces de constituirse en itinerarios integradores de la oferta de equipamientos de interpretación del patrimonio territorial y de los paisajes.
- j) Programas de intervención que desarrollen proyectos de imagen que incluyan la dotación de hitos y elementos artísticos.
5. En los planes de ordenación del territorio de los ámbitos de la costa de Granada y de La Janda en Cádiz, se deberá incluir como espacios a proteger las laderas subtropicales de Motril y el prado de Castill Novo en Conil de la Frontera, respectivamente.
6. La política agraria, en el marco de las medidas de carácter agroambiental y de desarrollo rural, considerará específicamente objetivos en relación con el paisaje rural. La Consejería de Agricultura y Pesca, en coordinación con las de Obras Públicas y Transportes, Medio Ambiente y Cultura, desarrollarán programas de protección y mejora de los paisajes rurales, de acuerdo con los siguientes criterios y prioridades:
- a) Mejorar la coordinación de la puesta en práctica de las medidas agroambientales con especial incidencia sobre el paisaje rural (reforestación, extensificación, fomento de la agricultura ecológica, la producción integrada y la aplicación de buenas prácticas, tratamiento de lindes y setos, restauración y recuperación de vías pecuarias, etc.).
- b) Potenciar los objetivos de protección y mejora del paisaje en los instrumentos propios de desarrollo rural (Programas Leader y Proder).
- c) Definir instrumentos económicos y de concertación para incentivar a la propiedad rural al mantenimiento y conservación de elementos característicos del paisaje agrario.
7. Infraestructuras y paisaje.
Las infraestructuras constituyen una de las actuaciones con más incidencia en el paisaje, tanto positiva como indeseada. Pese a la creciente preocupación y esfuerzos de incorporación del paisaje en las actuaciones públicas, sigue siendo necesario reforzar y actualizar los contenidos paisajísticos en la planificación, diseño, construcción y mantenimiento de la obra pública. Se consideran a estos efectos el conjunto de las infraestructuras de comunicaciones, hidráulicas y energéticas, incluidas sus mejoras y modificaciones.
- a) La planificación y ejecución de las infraestructuras incluirán en sus diferentes tipos de proyectos y estudios, la variable paisajística como objeto expreso de atención y referente informador de la definición de las soluciones constructivas a adoptar.
- b) Los proyectos de infraestructuras considerarán al menos los criterios de integración y adecuación paisajística en el entorno, los puntos de mayor valor paisajístico y los recorridos panorámicos, así como deberán atender a la mejora de la percepción estática y dinámica de los trayectos más significativos. Asimismo, se desarrollarán los criterios y proyectos de restauración paisajística que se consideren necesarios y se aportarán criterios para el tratamiento e inserción en el paisaje de las instalaciones complementarias y edificaciones.
- c) En el caso de las infraestructuras y actuaciones de obra pública que discurran o incidan directamente en el medio urbano, deberá asegurarse de manera adecuada su integración urbana, en función de las características morfológicas y funcionales del entorno en el que se ubiquen.
- d) Para los distintos tipos de infraestructuras se preverá la elaboración de protocolos metodológicos y de contenidos a incorporar en los respectivos pliegos de prescripciones técnicas, para asegurar el adecuado tratamiento del paisaje en todas las etapas de planificación, diseño, ejecución y mantenimiento de las actuaciones.
[116] Fomento del paisaje [D].
1. La política de paisaje debe resaltar, junto a las medidas destinadas a la mejora de los entornos habitables, su componente subjetivo, la percepción individual, a través de medidas que fomenten la difusión de los paisajes y el aprecio de sus valores.
2. Los poderes públicos favorecerán la difusión de los valores de los paisajes andaluces en tanto que resultado de una construcción social histórica en permanente evolución, promoviendo cuantas iniciativas conduzcan a su mejor conocimiento y valorización, así como para reforzar el compromiso intergeneracional de la sociedad andaluza con el paisaje como patrimonio colectivo.
3. Se creará un centro de estudios sobre el paisaje en colaboración con las universidades andaluzas como instrumento para el desarrollo de la investigación.
4. Se impulsará la creación de un observatorio del paisaje, que tendrá como objeto la creación y mantenimiento de un registro permanente de la situación y evolución de los paisajes de Andalucía. Este observatorio se concibe como una red de puntos de observación del paisaje y un archivo de imágenes o elementos de interpretación basado, principalmente, en la fotografía y complementado con diversos materiales gráficos y literarios. Todo ello con el objeto de configurar una herramienta de consulta, interpretación, seguimiento y control de los paisajes y de los procesos de transformación y cambio que afectan a los paisajes andaluces.
5. El Plan establece en su programa de actuación la formación de una Red de Miradores de Andalucía concebida como un equipamiento dotado de los medios adecuados para la contemplación e interpretación de la variedad y diversidad de paisajes, organizados jerárquicamente, y que incluya, al menos, la siguiente tipología: miradores de interés regional (en las puertas de entrada a la Comunidad, y miradores escénicos o panorámicos); miradores metropolitanos y urbanos; miradores del litoral; miradores de espacios naturales.
6. Se impulsará desde los poderes públicos la puesta en valor de objetivos de calidad paisajística en la intervención sobre el territorio mediante el fomento de buenas prácticas paisajísticas, tanto en las actuaciones de las administraciones, como propiciando el compromiso de los actores económicos y sociales en sus distintas manifestaciones. Para ello se pondrán en marcha los mecanismos de impulso y reconocimiento necesarios para el desarrollo de estas iniciativas.
Capítulo 4
Integración exterior de Andalucía
El objetivo general del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía, de contribuir a la construcción de Andalucía como territorio común desde el punto de vista político, económico, social y cultural, toma en consideración, como uno de los factores más decisivos para la región, su posición y los términos de su integración exterior.
La posición geográfica de Andalucía, dotada de unos evidentes potenciales estratégicos en el ámbito internacional, presenta determinados problemas y oportunidades de cuya resolución depende, en gran medida, el propio futuro de Andalucía.
Entre los problemas pueden destacarse:
- • El carácter periférico del territorio andaluz en el contexto de la geografía europea. Ello ha conllevado, en la historia reciente, un alejamiento de los centros de decisión y de los principales centros económicos de los países más desarrollados de Europa. Consecuentemente, Andalucía se encuentra también alejada de los principales ejes de comunicaciones europeos, lo que determina, globalmente, unos bajos niveles de accesibilidad. El importante papel de Andalucía como espacio de interconexión entre el Atlántico y el Mediterráneo y entre Europa y el norte de África ha supuesto la creación de una serie de enclaves con una clara dimensión exterior (fundamentalmente el área portuario-industrial de la Bahía de Algeciras) que, sin embargo, no han tenido los efectos deseados en cuanto a la articulación interna del territorio andaluz.
- • El menor grado de desarrollo relativo de Andalucía en el contexto de los países de la Unión Europea. De aquí se deriva, no sólo una menor presencia de los sectores económicos más estratégicos e innovadores para el desarrollo, sino que puede constituir una rémora para la plena integración del territorio andaluz en los procesos de modernización asociados a la nueva sociedad de la información. Así mismo, este menor grado de desarrollo se traduce en unos indicadores socioeconómicos alejados aún de la media europea, por lo que Andalucía ha de mantener un proceso continuado de reducción de dicho diferencial que tienda a la convergencia social y económica del conjunto del territorio europeo.
- • La dimensión mediterránea de Andalucía hace que en su territorio sean predominantes determinadas orientaciones productivas comunes con los países ribereños del norte de África y, por consiguiente, el proceso de integración económica y desarrollo del libre comercio plantearán en el futuro una serie de impactos que pueden afectar a la competitividad de dichos sectores (agricultura, turismo, y algunas actividades industriales principalmente). Así mismo, el papel de Andalucía como puerta de entrada de los flujos migratorios de África a Europa, y la propia capacidad de atracción de la economía regional para la captación de parte de dichos flujos, plantea uno de los grandes retos de futuro para el conjunto de Mediterráneo occidental: la integración social y económica de las poblaciones inmigrantes.
Por el contrario, entre las oportunidades derivadas de su posición geográfica han de mencionarse las siguientes:
-
• La posición de Andalucía como enlace entre dos de los ejes de desarrollo regional de la Unión Europea (el Arco Mediterráneo y el Arco Atlántico) y como punto de enlace principal entre Europa y África, refuerza el valor estratégico de la región en el contexto de las vías de cooperación e integración exterior de la Unión Europea. En concreto, Andalucía tiene la oportunidad de liderar buena parte de tales procesos de cooperación e integración. En este horizonte, la mejora de los sistemas de comunicaciones y transportes y, en general, el reforzamiento de los procesos de cooperación e intercambio, constituyen algunos de los retos con mayor incidencia.
La plena integración de Andalucía dentro del Arco Mediterráneo europeo debe ser uno de los objetivos fundamentales del desarrollo territorial para el conjunto de la Comunidad Autónoma.
En este sentido se considera de la máxima prioridad la ejecución de las conexiones ferroviarias entre Almería y el Levante peninsular, que, a corto plazo, den continuidad al eje ferroviario del Mediterráneo español y europeo, y su prolongación a través del eje ferroviario transversal (Almería-Granada-Sevilla), de la conexión con Linares y Madrid, y del conjunto del eje ferroviario del Mediterráneo hasta Cádiz, potenciando así la integración económica del conjunto de Andalucía y de las provincias orientales, y reforzando a la vez la dimensión internacional de sus puertos, con especial atención a sus funciones en relación con el norte de África.
-
• Dentro de esa posición geoestratégica es preciso destacar los vínculos y relaciones que se generan a través del sistema portuario, y en especial del Estrecho de Gibraltar en cuanto que nodo a través del cual se materializan una parte importante de los contactos entre Europa y África, además de la intercomunicación atlántica y mediterránea. El nodo del Estrecho de Gibraltar, que incluye los sistemas de ciudades entorno a la Bahía de Algeciras y del norte de África (Tetuán, Tánger, Ceuta), se presenta como un espacio de gran potencialidad en cuanto a su papel de centro neurálgico del transporte internacional (en donde el puerto de la Bahía de Algeciras desempeña una función principal) y por las múltiples oportunidades de cooperación económica y cultural que es posible poner en marcha entre las ciudades y los territorios de ambas orillas y sus respectivos traspaíses, aunque también presenta aspectos problemáticos como consecuencia de las migraciones.
Este papel geoestratégico a escala internacional del área del Estrecho de Gibraltar, reforzado por los acuerdos alcanzados entre el Reino de España y el Reino Unido, requiere la potenciación del desarrollo territorial del ámbito del Campo de Gibraltar, con el doble objetivo de reforzar sus funciones económicas y en los sistemas de transporte y, a su vez, mejorar la calidad de vida de su población.
En este sentido, desde la política territorial, algunos de los principales objetivos han de ser: el desarrollo de las infraestructuras portuarias de la Bahía de Algeciras; el reforzamiento de su articulación y complementariedad con el puerto de la Bahía de Cádiz, la mejora de su accesibilidad a través de las redes viarias y ferroviarias de primer nivel (autovía Cádiz-Algeciras, ferrocarril de altas prestaciones Algeciras-Madrid-París -proyecto prioritario de las redes transeuropeas-), la potenciación del uso conjunto del aeropuerto de Gibraltar y el desarrollo de la Zona de Actividades Logísticas.
A medio plazo debe continuar impulsándose el proyecto de enlace fijo entre Europa y África a través del Estrecho, así como el desarrollo de la conexión ferroviaria entre el Campo de Gibraltar y la Bahía de Cádiz y la conexión ferroviaria del litoral mediterráneo.
- • Las especializaciones productivas de Andalucía, al igual que pueden analizarse en términos de limitaciones, ofrecen también determinadas oportunidades con una fuerte incidencia en el desarrollo territorial. Sectores como las nuevas agriculturas, el turismo, la industria agroalimentaria, el sector del transporte, las telecomunicaciones, el sector medioambiental, los servicios avanzados, etc., presentan un fuerte componente de vinculación con el exterior y, por ello, canalizan buena parte de las relaciones de Andalucía con el resto del mundo y, especialmente, con el entorno más próximo de la Unión Europea y los países mediterráneos y arco atlántico y, en especial con el sur de Portugal. En este sentido, la mayor competitividad relativa de la economía andaluza en relación con los países del sur del Mediterráneo hace que muchos sectores cuenten con importantes posibilidades de incrementar sus relaciones e interdependencias en este ámbito territorial. La transferencia tecnológica cuenta, así mismo, con ventajas competitivas dada la posibilidad de desarrollar aplicaciones técnicas especialmente adaptadas a los países en vías de desarrollo que, además, poseen unas condiciones ecológicas y ambientales comunes con Andalucía.
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• Por último, deben destacarse la importancia que tiene la relación entre Andalucía y Portugal, que ha de entenderse como un aspecto de especial relevancia territorial y económica para el conjunto de la Comunidad Autónoma. Junto a los objetivos de desarrollo global de estas relaciones, desde la ordenación del territorio ha de prestarse especial atención al desarrollo de las zonas de contacto entre ambos países: la provincia de Huelva y las regiones portuguesas de Algarbe y Alentejo.
Ello requiere el impulso de los programas de cooperación entre Andalucía y Portugal a través de los instrumentos de desarrollo transfronterizo de la Unión Europea. Algunos de los aspectos fundamentales de esta integración territorial tienen que ver con el desarrollo y mejora de las comunicaciones entre las localidades de la zona, así como de los ejes de primer nivel que potencien la articulación entre el conjunto de Andalucía y el país vecino, especialmente las conexiones viarias con Lisboa, y la conexión ferroviaria Huelva-Faro.
[117] Objetivos [O].
1. Lograr la plena articulación e integración de Andalucía con el exterior tomando como base de partida el reforzamiento de las estructuras territoriales regionales.
2. Desarrollar estrategias de cooperación específicas para los diversos ámbitos de integración exterior de Andalucía (Europa, Mediterráneo, España).
3. Reforzar la articulación exterior de Andalucía a través de los sistemas infraestructurales básicos.
[118] Líneas estratégicas [E].
1. Reforzar la cooperación e integración de Andalucía con el territorio europeo, atendiendo especialmente a su integración en el Arco Mediterráneo y el Arco Atlántico.
2. Reforzar la cooperación e integración de Andalucía con el Mediterráneo y el norte de África, atendiendo a los procesos de desarrollo territorial y, especialmente, al desarrollo del nodo del Estrecho de Gibraltar.
3. Reforzar la cooperación e integración de Andalucía con Portugal, atendiendo especialmente a las relaciones con las regiones limítrofes de Algarve y Alentejo.
4. Reforzar la cooperación e integración con el resto de España, atendiendo de manera específica a la participación de Andalucía en las estrategias nacionales con mayor incidencia territorial, y a la cooperación con las Comunidades Autónomas limítrofes de Extremadura, Castilla-La Mancha y Murcia.
[119] Integración de Andalucía en Europa [D].
1. Reforzar el papel de las regiones y las ciudades en la organización de la Unión Europea. La Junta de Andalucía impulsará el reforzamiento de las competencias del Comité de las Regiones y promoverá una participación activa de la Comunidad Autónoma en el ejercicio de dichas competencias. Así mismo, se promoverá la creación de una instancia propia para la participación de las ciudades en las instituciones de la Unión Europea.
2. Avanzar en la convergencia económica, social y territorial de las regiones de Europa. La Junta de Andalucía promoverá el mantenimiento de instrumentos que, como los Fondos Estructurales y el Fondo de Cohesión, han de seguir contribuyendo al desarrollo de Andalucía y a la reducción del diferencial con el resto de países y regiones europeas, con el objetivo de lograr un territorio europeo equilibrado desde el punto de vista social y económico, lo que exige el mantenimiento de las políticas de desarrollo regional específicamente dirigidas a los territorios con un menor nivel de desarrollo relativo.
3. Andalucía y el desarrollo de la Estrategia Territorial Europea. Los objetivos territoriales forman parte esencial del proceso de construcción europea. En este sentido, es necesario seguir profundizando en procesos como el de la aplicación y desarrollo de la Estrategia Territorial Europea. En este marco, la Junta de Andalucía incorporará los contenidos y determinaciones del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía en los trabajos de desarrollo de dicha Estrategia, especialmente en las estrategias que comporten el refuerzo de las opciones para el Arco Mediterráneo y el Arco Atlántico.
4. Impulsar la dimensión exterior del Sistema de Ciudades de Andalucía. En el marco del Programa Regional de Ciudades, la Junta de Andalucía promoverá la coordinación de los Centros Regionales de manera que puedan representar adecuadamente en el contexto europeo los intereses globales de Andalucía en el territorio de las redes de cooperación.
5. Reforzar la posición de Andalucía en la definición de las infraestructuras básica de escala europea (las redes transeuropeas de transporte, energéticas y de telecomunicaciones). La Junta de Andalucía promoverá la incorporación de las propuestas del Plan (en concreto las referidas al Sistema Intermodal de Transportes y Comunicaciones, el Sistema de Telecomunicaciones y el Sistema Energético) en los procesos de decisión para la definición y desarrollo de las diferentes Redes Transeuropeas.
6. Impulsar las iniciativas de cooperación interregional para la conformación de redes europeas que favorezca la articulación territorial y el desarrollo de proyectos comunes de interés cultural, como son las iniciativas EUROVELO (red de vías ciclista) o REVERMED (red de itinerarios y caminos naturales).
7. Reforzar la participación de Andalucía en los programas e iniciativas comunitarias. La Junta de Andalucía impulsará una mayor participación, tanto de los organismos públicos como de las entidades privadas, en los diferentes programas e iniciativas europeas. En concreto se impulsará la participación de Andalucía en las Redes de Ciudades para la aplicación de programas europeos. La Junta de Andalucía promoverá, igualmente, el reconocimiento por parte de la Unión Europea de la función especial que la Comunidad Autónoma desempeña en el desarrollo de las políticas para el impulso de la cooperación exterior de Europa con los países del sur del Mediterráneo y con los países iberoamericanos.
[120] Integración de Andalucía en el Arco Mediterráneo [D].
1. Reforzar el papel de Andalucía en los foros e instancias institucionales del Arco Mediterráneo. La Junta de Andalucía reforzará su participación activa en la definición de los retos actuales y los escenarios futuros de desarrollo de las regiones mediterráneas. En concreto, Andalucía elaborará una estrategia global a incorporar en la Conferencia Euromediterránea.
2. Reforzar las infraestructuras de articulación territorial de Andalucía con el Arco Mediterráneo: red ferroviaria de alta velocidad, red viaria de alta capacidad, redes de telecomunicaciones, red eléctrica, red de gasoductos. De manera prioritaria se atenderá a la superación de las discontinuidades existentes en dichas redes de infraestructuras (conexión ferroviaria y gasoducto). La Junta de Andalucía promoverá que estas infraestructuras de articulación se integren en las Redes Transeuropeas.
3. Mejorar el grado de integración del sistema portuario y aeroportuario. La Junta de Andalucía impulsará el incremento de las relaciones entre los puertos y aeropuertos del Arco Mediterráneo, potenciando su funcionamiento integrado en redes.
4. Desarrollar y profundizar en la cooperación en materia de ordenación del territorio y urbanismo. La Junta de Andalucía impulsará los proyectos de cooperación con el resto de regiones del Arco Mediterráneo para el intercambio de experiencias y la formulación conjunta de estrategias comunes que hagan referencia a los aspectos compartidos en materia de ordenación del territorio y urbanismo. En este sentido, promoverá la formulación de un Modelo Territorial del conjunto del Arco Mediterráneo junto con el resto de las regiones, en el marco de la Estrategia Territorial Europea.
5. Creación de Redes de Ciudades en el Mediterráneo. La Junta de Andalucía favorecerá de manera prioritaria la creación de redes generales y temáticas de cooperación entre las ciudades del Arco Mediterráneo europeo.
6. Cooperación en materia de gestión del agua, los suelos y lucha contra la desertificación. La Junta de Andalucía impulsará la creación de una instancia permanente de cooperación en esta materia con el conjunto de las regiones del Arco Mediterráneo, dirigida al intercambio de experiencias, con el objetivo final de establecer una estrategia específica para la gestión integrada del agua y los suelos y de lucha contra la desertificación, común para el Mediterráneo.
7. Cooperación en materia ambiental. La Junta de Andalucía impulsará la creación de una instancia permanente de cooperación en materia de política ambiental en el Mediterráneo, dirigida a establecer una estrategia común en relación con los problemas ambientales específicos del ámbito mediterráneo, tanto los referidos a los ecosistemas comunes como a los problemas ambientales específicos de la ciudad mediterránea.
8. Cooperación en materia de paisaje. La Junta de Andalucía continuará impulsando la cooperación de las regiones mediterráneas en materia de paisaje, en la línea marcada por las iniciativas hasta ahora puestas en marcha, singularmente la Carta del Paisaje Mediterráneo y las experiencias de cooperación en materia de paisaje en el marco del Programa Interreg.
9. Cooperación en sectores económicos comunes. La Junta de Andalucía impulsará la creación de instancias y foros de cooperación que aborden los problemas y oportunidades de determinados sectores económicos compartidos por las regiones del Mediterráneo, en el horizonte de la creación del mercado euromediterráneo. En concreto, los referidos a los siguientes sectores: turismo, nuevas agriculturas, industria agroalimentaria, olivar y aceite, vitivinicultura, sector forestal, energías renovables, investigación y desarrollo tecnológico.
10. Cooperación en materia de patrimonio histórico. La Junta de Andalucía promoverá la creación de una instancia permanente de cooperación en materia de patrimonio histórico y cultural de las regiones del Mediterráneo, dirigida tanto al intercambio de experiencias como al desarrollo de programas comunes de actuación. En concreto se promoverá la creación de la Red de Ciudades Históricas del Mediterráneo Occidental.
[121] Integración de Andalucía en el Arco Atlántico [D].
1. Reforzar el papel de Andalucía en los foros e instancias institucionales del Arco Atlántico. La Junta de Andalucía reforzará su participación activa en la definición de los retos actuales y los escenarios futuros de desarrollo de las regiones que integran el Arco Atlántico. En especial, se dará prioridad a las estrategias dirigidas a favorecer la articulación del Arco Atlántico y el Arco Mediterráneo europeos a través del sistema urbano occidental andaluz y el área del Estrecho de Gibraltar. Así mismo, se establecen como prioritarias las líneas de cooperación con Portugal.
2. Reforzar las infraestructuras de articulación territorial: red viaria de alta capacidad, red ferroviaria de alta velocidad, redes de telecomunicaciones, red eléctrica, red de gasoductos. De manera prioritaria se atenderá a la superación de las discontinuidades existentes en dichas redes de infraestructuras para la interconexión de Andalucía con Portugal, tanto a nivel zonal (con los ámbitos regionales de Algarve y Alentejo), como en relación con las conexiones de Andalucía con Lisboa. La Junta de Andalucía promoverá que estas infraestructuras de articulación se integren en las Redes Transeuropeas.
3. Reforzar el grado de integración del sistema portuario y aeroportuario. La Junta de Andalucía impulsará el incremento de las relaciones entre las redes de puertos y aeropuertos del Arco Atlántico, potenciando su funcionamiento integrado en redes. Esta estrategia es especialmente importante en un espacio como el Arco Atlántico en el que, frente a las discontinuidades físicas, existe una mayor potencialidad para la articulación aérea y, sobre todo, marítima. En este sentido, se promoverá la creación de una instancia permanente de cooperación en la que se integren los puertos del Arco Atlántico europeo.
[122] Cooperación de Andalucía con el Magreb [D].
1. Establecer una estrategia europea específica de cooperación con el norte de África. La Junta de Andalucía promoverá la adopción por parte de la Unión Europea de una estrategia global para la integración del espacio euromediterráneo con el norte de África. Dicha estrategia se basará en el principio de la cooperación y tendrá como objetivo favorecer el incremento de las interrelaciones económicas, territoriales, sociales y culturales, en el horizonte de la creación de una zona de libre mercado.
2. Establecer un marco institucional estable de cooperación entre el Gobierno de Andalucía y el Reino de Marruecos. La Junta de Andalucía impulsará la creación de una instancia permanente encargada de desarrollar la cooperación con el Reino de Marruecos, al máximo nivel institucional, en el marco de la política nacional y comunitaria de relación exterior, a fin de garantizar la continuidad y coherencia de los programas de relación y cooperación entre ambos territorios. Dicho marco institucional se materializará en programas de cooperación con el Reino de Marruecos en las siguientes materias:
- a) Establecer la continuidad de las redes transeuropeas de transporte en el norte de África, red viaria de alta capacidad, red ferroviaria, sistema portuario, sistema aeroportuario, telecomunicaciones y redes energéticas. La consideración del norte de África como un espacio fronterizo con la Unión Europea requiere un planteamiento específico en relación con las continuidades físicas y territoriales que entre ambos han de establecerse. En este sentido, la Junta de Andalucía promoverá la incorporación en los programas de las Redes Transeuropeas de los ejes que interconectan Andalucía con el Reino de Marruecos, así como de las infraestructuras nodales (puertos y aeropuertos) del resto de países del norte de África.
- b) Cooperación en materia de inmigración. La Junta de Andalucía establecerá, de manera prioritaria, un programa de cooperación con el Reino de Marruecos tendente a abordar el conocimiento de los flujos migratorios y las circunstancias de índole socioeconómica de las zonas de origen y destino. A través de los instrumentos de planificación territorial y urbanística se tendrá en cuenta la realidad de los fenómenos migratorios, especialmente para dimensionar y cualificar las necesidades de vivienda y servicios públicos.
- c) Cooperación urbana. Red de Ciudades de Andalucía y norte de Marruecos. La Junta de Andalucía promoverá la constitución de redes de cooperación entre las ciudades de Andalucía y el Reino de Marruecos para el desarrollo de programas e iniciativas de cooperación en las diferentes materias relacionadas con la gestión urbana desde la perspectiva tanto económica y empresarial como técnica, social y cultural.
- d) Cooperación en sectores productivos comunes: agricultura, pesca, industria agroalimentaria, turismo, comercio y energías renovables. La Junta de Andalucía promoverá el desarrollo de programas de estudio y cooperación en cada uno de los sectores de actividad afectados por el incremento de la integración y la competencia económica entre las regiones mediterráneas europeas y del norte de África. En concreto se preverán las medidas necesarias para hacer frente al nuevo marco de competencia que se generará con la creación de la zona de libre comercio.
- e) Cooperación en materia de servicios públicos: educación, salud, cultura, servicios sociales y deportes. La Junta de Andalucía promoverá el desarrollo de programas de cooperación en materia de prestación y gestión de servicios públicos básicos con el Reino de Marruecos, incrementando la presencia andaluza en el país vecino.
- f) Cooperación en materia de desarrollo rural. La Junta de Andalucía promoverá el desarrollo de un programa específico de cooperación con el Reino de Marruecos en materia de promoción del desarrollo rural en el que se lleven a cabo intercambio de experiencias y la aplicación de actuaciones piloto de fomento del desarrollo social y económico de las áreas rurales más deprimidas.
- g) Cooperación en materia de gestión del medio natural: agua, erosión, espacios naturales, biodiversidad. La Junta de Andalucía promoverá el desarrollo de un programa de cooperación con el Reino de Marruecos dirigido a favorecer el intercambio de experiencias, la transferencia de tecnología y la aplicación de medidas y actuaciones piloto en materia de gestión de los recursos naturales básicos comunes en Andalucía y Marruecos. Asimismo, se impulsará la declaración de Reserva de la Biosfera para el área suroccidental de Andalucía y norte de Marruecos.
- h) Cooperación en materia de medio ambiente urbano: calidad ambiental, gestión de residuos, evaluación de impacto ambiental. La Junta de Andalucía promoverá el desarrollo de un programa de cooperación con el Reino de Marruecos dirigido al intercambio de experiencias, la transferencia de tecnología y la aplicación de medidas y actuaciones piloto en materia de gestión ambiental aplicada al medio urbano.
- i) Cooperación en materia de patrimonio histórico y rehabilitación urbana. La Junta de Andalucía promoverá el desarrollo de un programa de cooperación con el Reino de Marruecos dirigido a fomentar el desarrollo de proyectos comunes en materia de investigación, protección, conservación y fomento del patrimonio histórico y cultural, así como para el desarrollo de actuaciones concretas en materia de rehabilitación urbana.
- j) Cooperación en materia de investigación y desarrollo tecnológico. La Junta de Andalucía promoverá el desarrollo de un programa de cooperación con el Reino de Marruecos dirigido a potenciar proyectos comunes en materia de investigación y desarrollo tecnológico que favorezca el establecimiento de programas comunes entre las Universidades y centros de investigación de ambos territorios, así como los intercambios estables de personal docente e investigador.
- k) Creación de un sistema de información territorial. La Junta de Andalucía impulsará la creación de un sistema de información territorial del conjunto del Mediterráneo occidental.
3. Desarrollo territorial del ámbito transfronterizo del Nodo del Estrecho de Gibraltar mediante un Programa Coordinado [AR-04], incluyendo en él tanto el área de la Bahía de Algeciras como el norte de Marruecos.
En este marco, se establecerá una estrategia europea específica para el desarrollo territorial del Nodo del Estrecho de Gibraltar, en la que participen activamente la Administración General del Estado, la Junta de Andalucía, las Administraciones Locales del Campo de Gibraltar y la administración gibraltareña, en cooperación con el Reino de Marruecos. Dicha estrategia se materializará a través de las siguientes acciones y medidas:
- • Desarrollo de un programa específico de infraestructuras: red viaria, red ferroviaria, sistema portuario, sistema aeroportuario, telecomunicaciones, redes energéticas. Dicho programa tendrá por objetivo no sólo la planificación de los grandes ejes e infraestructuras transeuropeas que convergen en el área del Estrecho, sino también la organización de los sistemas y redes de infraestructuras que organicen internamente el territorio del Campo de Gibraltar y el norte de África.
- • Proyecto de enlace fijo entre Europa y África. La Junta de Andalucía, en cooperación con la Administración General del Estado, la Unión Europea y el Reino de Marruecos, impulsará el desarrollo de los trabajos de planificación para la creación de un enlace fijo para los transportes y las comunicaciones entre Europa y África a través del Estrecho de Gibraltar.
- • Desarrollo de un programa específico en materia de desarrollo económico. La Junta de Andalucía impulsará la puesta en marcha de un programa específico para promover el desarrollo económico compartido entre el área del Campo de Gibraltar y el norte de Marruecos, favoreciendo la integración entre los sectores económicos comunes y complementarios y la creación de redes empresariales de cooperación.
- • Desarrollo de un programa específico en materia de servicios públicos y calidad de vida. La Junta de Andalucía impulsará la puesta en marcha de un programa específico dirigido a la mejora del bienestar social y la calidad de vida en el ámbito del Campo de Gibraltar y el norte de África, sobre la base de la dotación de equipamientos y servicios públicos básicos y la lucha contra la exclusión social.
4. Impulsar los proyectos de cooperación entre el resto de la costa mediterránea andaluza y los ámbitos del Rif y Argelia, mediante eL desarrollo de estrategias tendentes a reforzar las relaciones entre ambas márgenes del Mar Mediterráneo.
[123] Cooperación de Andalucía con Portugal [D].
Establecer un marco institucional estable de cooperación entre Andalucía y Portugal. La Junta de Andalucía impulsará la creación de una instancia permanente encargada de desarrollar la cooperación con Portugal, al máximo nivel institucional, a fin de garantizar la continuidad y coherencia de los programas de relación entre ambos territorios. Así mismo, impulsará la creación de una instancia institucional de cooperación con las regiones de Algarve y Alentejo. Los temas prioritarios para dicha cooperación son:
1. El establecimiento de un modelo territorial común entre Andalucía y el sur de Portugal. La Junta de Andalucía impulsará, en colaboración con las regiones de Algarve y Alentejo, la formulación de una propuesta de modelo territorial común entre dichas regiones y los territorios limítrofes de Andalucía. Dicha propuesta habrá de servir de referente para el desarrollo de los proyectos de cooperación entre ambos territorios tanto los de iniciativa propia como los derivados de instrumentos de la Unión Europea.
2. La continuidad de las redes de transporte entre Andalucía y Portugal: red viaria, red ferroviaria, sistema portuario, sistema aeroportuario, telecomunicaciones, redes energéticas. La Junta de Andalucía, en colaboración con Portugal, definirá el modelo de articulación de los sistemas de transportes y comunicaciones entre ambos territorios y promoverá su inclusión en las Redes Transeuropeas de Transporte. Dicho modelo abordará, al menos, las necesidades de articulación entre Andalucía y Lisboa, así como la articulación entre Andalucía y las regiones de Algarve y Alentejo.
3. Cooperación urbana: Red de Ciudades de Andalucía y el sur de Portugal. La Junta de Andalucía promoverá la constitución de redes de cooperación entre las ciudades andaluzas y del sur de Portugal, para el desarrollo de programas e iniciativas de cooperación en las diferentes materias relacionadas con la gestión urbana desde la perspectiva tanto económica y empresarial como técnica, social y cultural.
4. Cooperación en sectores económicos comunes: agricultura, agroindustria, pesca, minería, turismo, energías renovables. La Junta de Andalucía promoverá el desarrollo de programas de estudio y cooperación en cada uno de los sectores de actividad compartidos por la estructura productiva de los territorios portugueses y andaluces limítrofes.
5. Cooperación en materia de servicios públicos: educación, salud, cultura, servicios sociales, deportes. La Junta de Andalucía impulsará la coordinación con Portugal para la prestación de servicios públicos a la población de los territorios limítrofes.
6. Cooperación en materia de desarrollo rural. La Junta de Andalucía promoverá el desarrollo de un programa específico de cooperación con las Regiones de Algarve y Alentejo en materia de promoción del desarrollo rural en el que se lleven a cabo intercambio de experiencias y la aplicación de actuaciones piloto de fomento del desarrollo social y económico de las áreas rurales más deprimidas.
7. Cooperación en materia de gestión del medio natural: agua, erosión, espacios naturales, biodiversidad. La Junta de Andalucía promoverá el desarrollo de un programa de cooperación con las Regiones de Algarve y Alentejo dirigido a favorecer el intercambio de experiencias, la transferencia de tecnología y la aplicación de medidas y actuaciones piloto en materia de gestión de los recursos naturales básicos comunes. En concreto, se impulsará la coordinación de los espacios incluidos en la Red Natura 2000 y los estudios para la declaración de un espacio natural protegido transfronterizo en el curso del Guadiana. Así mismo se desarrollará un programa específico de estudio y seguimiento de la dinámica costera en el conjunto de la franja litoral de Huelva y Algarve.
8. Cooperación en materia de medio ambiente urbano: calidad ambiental, gestión de residuos, evaluación de impacto ambiental. La Junta de Andalucía promoverá el desarrollo de un programa de cooperación con las regiones de Algarve y Alentejo dirigido al intercambio de experiencias, la transferencia de tecnología y la aplicación de medidas y actuaciones piloto en materia de gestión medioambiental aplicada al medio urbano.
9. Cooperación en materia de patrimonio histórico y rehabilitación urbana. La Junta de Andalucía promoverá el desarrollo de un programa de cooperación con las regiones de Algarve y Alentejo dirigido a fomentar el desarrollo de proyectos comunes en materia de investigación, protección, conservación y fomento del patrimonio histórico y cultural común, así como para el desarrollo de actuaciones concretas en materia de rehabilitación urbana.
10. Cooperación en materia de investigación y desarrollo tecnológico. La Junta de Andalucía promoverá el desarrollo de un programa de cooperación con Portugal dirigido a potenciar proyectos comunes en materia de investigación y desarrollo tecnológico, que favorezca el establecimiento de programas comunes entre las Universidades y centros de investigación de ambos territorios, así como los intercambios estables de personal docente e investigador.
11. Creación de un sistema de información territorial. La Junta de Andalucía impulsará la creación de un sistema de información territorial común del sur de Portugal y Andalucía.
[124] Cooperación e Integración en el marco de las estrategias nacionales de ordenación territorial [D].
1. Establecer la posición de Andalucía en el marco de las políticas de desarrollo territorial nacionales: redes de infraestructuras de transporte, telecomunicaciones, redes energéticas. La Junta de Andalucía promoverá la incorporación de las propuestas del Plan (en concreto las referidas al Sistema Intermodal de Transportes y Comunicaciones, el Sistema de Telecomunicaciones y el Sistema Energético) en los procesos de decisión para la definición de las diferentes Redes a escala nacional, así como las que se refieren a las Redes Transeuropeas.
2. Establecer la posición de Andalucía en relación con las estrategias nacionales en materia ambiental: planificación hidrológica y gestión del agua, erosión de los suelos, espacios naturales, espacios forestales, política agraria, biodiversidad, gestión de residuos, calidad ambiental, evaluación de impacto ambiental. La Junta de Andalucía promoverá la incorporación de las propuestas de la Comunidad Autónoma (tanto las incluidas en el Plan como las que corresponden a las diferentes políticas sectoriales del gobierno andaluz) en la definición de las respectivas estrategias de escala nacional.
3. Establecer la posición de Andalucía en relación con las estrategias nacionales de desarrollo económico: política industrial, política turística, política comercial, política de investigación y desarrollo tecnológico, incentivos económicos. La Junta de Andalucía promoverá la incorporación de las propuestas de la Comunidad Autónoma (tanto las incluidas en el Plan como las que corresponden a las diferentes políticas sectoriales del gobierno andaluz) en la definición de las respectivas estrategias de escala nacional.
4. Establecer la posición de Andalucía en relación con las estrategias nacionales de prestación de servicios públicos: educación, salud, cultura, servicios sociales, deporte. La Junta de Andalucía promoverá la adecuada integración entre los diferentes sistemas de servicios públicos andaluces en las respectivas redes a escala nacional. Así mismo, promoverá la adecuada evaluación de los déficits relativos de Andalucía respecto a la media nacional a fin de dotar los programas presupuestariamente de manera adecuada en los presupuestos generales del Estado.
5. Reforzar el papel de Andalucía en las relaciones con los espacios extrapeninsulares de Canarias, Ceuta y Melilla. La Junta de Andalucía impulsará el establecimiento de instancias permanentes de cooperación, al máximo nivel institucional, a fin de reforzar las interrelaciones con las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla y la Comunidad Autónoma de Canarias.
[125] Cooperación con las Comunidades Autónomas limítrofes [D].
1. El Plan establece determinaciones dirigidas a mejorar la articulación territorial y la integración entre Andalucía y las Comunidades Autónomas limítrofes, tanto globalmente, como de manera específica en lo que se refiere a los ámbitos territoriales a través de los cuáles se establece el contacto físico entre las Comunidades Autónomas, con los siguientes objetivos:
- a) Reforzar la cooperación con las Comunidades Autónomas limítrofes con Andalucía. La Junta de Andalucía impulsará el establecimiento de instancias permanentes de cooperación, al máximo nivel institucional, a fin de reforzar las interrelaciones con los Gobiernos regionales de Extremadura, Castilla-La Mancha y Murcia.
- b) Evaluación de los problemas y oportunidades de los territorios limítrofes de Andalucía con otras Comunidades Autónomas. La Junta de Andalucía impulsará la elaboración de un estudio sobre los problemas y oportunidades de los territorios limítrofes de Andalucía con otras Comunidades Autónomas, en relación con los aspectos territoriales, económicos y ambientales comunes.
2. La Junta de Andalucía impulsará la firma de un Convenio de Cooperación con la Comunidad Autónoma de Extremadura, en base al cual se aborden los diferentes aspectos territoriales que afectan a los territorios limítrofes y, en concreto:
- a) Redes de transporte entre Extremadura y Andalucía (provincias de Huelva, Sevilla y Córdoba).
- b) Gestión del agua en cuencas hidrográficas comunes.
- c) Gestión económica y ambiental de la dehesa.
- d) Espacios naturales y Red Natura 2000.
- e) Minería.
- f) Ámbitos compartidos para la prestación de servicios públicos.
3. La Junta de Andalucía impulsará la firma de un Convenio de Cooperación con la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en base al cual se aborden los diferentes aspectos territoriales que afectan a los territorios limítrofes y, en concreto:
- a) Redes de transporte entre Castilla - La Mancha y Andalucía (provincias de Córdoba, Jaén y Granada).
- b) Gestión del agua en cuencas hidrográficas comunes.
- c) Gestión económica y ambiental de la dehesa.
- d) Espacios naturales y Red Natura 2000.
- e) Articulación e integración del complejo minero-energético de Puertollano y Valle del Guadiato.
- f) Ámbitos compartidos para la prestación de servicios públicos.
4. La Junta de Andalucía impulsará la firma de un Convenio de Cooperación con la Comunidad Autónoma de Murcia, en base al cual se aborden los diferentes aspectos territoriales que afectan a los territorios limítrofes y, en concreto:
- a) Redes de transporte entre Murcia y Andalucía (provincias de Granada y Almería).
- b) Gestión del agua.
- c) Erosión de los suelos y desertificación.
- d) Espacios naturales y Red Natura 2000.
- e) Turismo.
- f) Nuevas agriculturas.
- g) Ámbitos compartidos para la prestación de servicios públicos.
TÍTULO IV
ZONIFICACIÓN
El Plan, por su propia naturaleza, está referido en primer lugar al conjunto del espacio geográfico regional. Sus determinaciones de Desarrollo Territorial están formuladas de manera que generen imágenes completas y coherentes de la totalidad del espacio andaluz. La construcción de dichas imágenes a través de los grandes Sistemas Regionales no se ha llevado a cabo, sin embargo, sin tener en cuenta la diversidad física de la geografía andaluza y los desequilibrios económicos y sociales que persisten en el interior de su territorio.
La consideración de tales diversidades y desequilibrios, así como de las diferentes tendencias, dinámicas y potencialidades de cada parte de la región, ha sido determinante para calibrar y matizar el despliegue de cada Sistema Regional en los diferentes ámbitos y zonas del territorio andaluz. El Plan se ha dotado, en consecuencia, de una interpretación de las diferentes zonas de la región que, de manera explícita, ha sido considerada para establecer sus determinaciones, especialmente en cuanto al Modelo Territorial de Andalucía, superador de los desequilibrios y desigualdades entre las diferentes partes de Andalucía.
Las referencias espaciales de menor escala que se contienen en las determinaciones de los Capítulos anteriores son consideradas en función de su pertenencia a alguno de los grandes Sistemas Regionales propuestos (Sistema de Ciudades y sus estructuras urbanas intermedias, Sistema de Articulación Regional y Sistema del Patrimonio Territorial). Sin embargo, dichas determinaciones afectan de manera no homogénea a todo el territorio andaluz. La puesta en práctica de sus determinaciones van a provocar efectos diferenciados sobre cada parte del territorio, generando oportunidades específicas para cada uno de ellos.
En ese sentido, se considera necesaria una aportación desde el Plan a unos referentes territoriales de escala intermedia (Zonificación) que, por un lado, identifiquen y precisen las determinaciones del Plan a menor escala y, por otro lado, sirvan como marco de referencia para el desarrollo de las políticas públicas con incidencia territorial. La Zonificación no se plantea con el objetivo de delimitar ámbitos de ordenación al que deban circunscribirse futuros planes y programas. El alcance de estos elementos de zonificación tiene las siguientes finalidades:
- • Analizar, contrastar y matizar, desde una escala suficiente, las consecuencias que se derivan para ámbitos intermedios significativos de la región de las grandes estrategias regionales. La lectura, desde escalas intermedias, de las grandes estrategias regionales derivadas del Modelo Territorial propuesto, permite completar y adaptar dicha ordenación a realidades espaciales de mayor detalle (por ejemplo en relación con las políticas de articulación, gestión de recursos naturales, organización funcional del territorio, etc.).
- • Establecer unos ámbitos de escala intermedia entre la regional y la subregional que puedan resultar útiles para contextualizar y enriquecer el marco de referencias territoriales en los que se desarrollan los planes, programas e iniciativas que se pongan en marcha desde esas escalas regionales y subregionales. En el primer caso, se trata de orientar a los planes y programas regionales con incidencia territorial de manera que adecuen sus propuestas teniendo en cuenta los elementos básicos de la diversidad territorial andaluza, matizando o adaptando sus determinaciones a las características de cada ámbito territorial y contribuyendo al objetivo de progresar en la eliminación de las desigualdades y desequilibrios internos de Andalucía.
En el segundo caso, se trata de ofrecer a las iniciativas de escala subregional (y especialmente al planeamiento urbanístico y a los planes de ordenación territorial de esa escala) un marco territorial más amplio y coherente, el cual debe ser tenido en cuenta para situar en un determinado contexto un buen número de propuestas de ordenación que requieren, necesariamente, mecanismos de coordinación y cooperación con territorios y redes de ciudades limítrofes.
La utilización de esas escalas de zonificación da respuesta, también, a las crecientes iniciativas de cooperación para el desarrollo territorial que están surgiendo en Andalucía. Iniciativas que se plantean con alcances y dimensiones espaciales cada vez más ambiciosas, superando los umbrales de lo puramente local o, incluso, de los límites de las comarcas históricas andaluzas. Actuando y considerando a estas escalas es posible mejorar la eficacia de muchos proyectos e iniciativas en curso, encontrando nuevas complementariedades y descubriendo nuevas oportunidades de cooperación para el desarrollo territorial.
La delimitación de los diferentes ámbitos de la Zonificación debe entenderse, pues, de una manera flexible. Aun cuando la representación gráfica delimita, necesariamente, recintos cerrados, estos deben interpretarse, en cada caso, aplicando criterios adaptados a los diferentes realidades y propósitos de los planes, programas e iniciativas con incidencia territorial que se lleven a cabo.
La Zonificación del Plan considera dos tipos de ámbitos de escala intermedia: los Dominios Territoriales (Capítulo 1) y las Unidades Territoriales (Capítulo 2).
-
• Los Dominios Territoriales identificados en el Modelo Territorial son un referente del Plan en tanto que grandes áreas geográficas que constituyen la primera, y más básica, expresión de la diversidad del espacio regional, de sus diferentes características ecológicas, de la distribución de los recursos básicos y de la diversidad de culturas territoriales sustentadas en modelos de uso y aprovechamiento del espacio. Cada uno de estas grandes áreas del territorio cuenta, a su vez, con unas tendencias generales de evolución económica y urbana también diferenciadas. El referente de los Dominios ha de ser tomado en consideración, por tanto, por el conjunto de las políticas públicas, especialmente aquellas vinculadas con el uso y la gestión de los recursos naturales.
Con relación a estos ámbitos, el Plan establece determinaciones generales referidas a las estrategias sobre el uso del territorio y sus recursos. Tomando como punto de partida la evaluación de las características esenciales de cada ámbito, sus orientaciones productivas, sus tendencias de evolución y los procesos más relevantes de transformación, el Plan se dirige a definir objetivos globales de escala regional a largo plazo respecto a la vocación general de los usos del suelo y las opciones y criterios en cuanto a la orientación de las principales tendencias y procesos de transformación económica y territorial de los diferentes ámbitos.
Estos objetivos globales enuncian, por tanto, grandes estrategias que se consideran fundamentales para la ordenación del territorio regional y que han de servir como envolvente más general para el conjunto de las políticas sectoriales y territoriales.
-
• La zonificación del Plan se concreta en Unidades Territoriales. Dichas Unidades son ámbitos a los que el Plan remite en cuanto que sobre ellas se enuncian, tal como se adelantó, objetivos que requieren, ya sea por su alcance o ya por su ámbito geográfico, un referente más adecuado que el de la escala completa de Andalucía o el de la escala estrictamente subregional.
La delimitación de las Unidades responde a criterios múltiples. Sus límites tienen en cuenta tanto factores físicos (medio natural, usos primarios del suelo) como urbanos y económicos (tramas y redes de ciudades, áreas de influencia urbana) En cualquier caso los límites no deben ocultar las zonas de transición, las fronteras más o menos indeterminadas. Ello es así sobre todo en lo que se refiere a las ciudades y núcleos de población que ejercen funciones de goznes entre diferentes Unidades. Son elementos territoriales con una especial riqueza y complejidad en su posición geográfica y en su influencia sobre el resto del espacio.
Capítulo 1
Dominios Territoriales
[126] Objetivos [O].
El objetivo básico del Plan en relación con los Dominios Territoriales es establecer las grandes orientaciones de la ordenación con relación a la utilización del territorio y los recursos en cada uno de los Dominios Territoriales de Andalucía.
[127] Líneas estratégicas [E].
1. Desarrollar modelos de gestión de los recursos naturales y el patrimonio territorial que garanticen la sostenibilidad ecológica y el desarrollo socioeconómico.
2. Desarrollar estrategias territoriales dirigidas a corregir aquellas tendencias de transformación territorial y económica que amenacen al equilibrio territorial.
[128] Identificación de los Dominios Territoriales [N]
Los grandes Dominios Territoriales definidos en el Modelo Territorial de Andalucía y sobre los que el Plan desarrolla sus determinaciones en relación con los usos del territorio y los recursos cuentan, a su vez, con referentes espaciales más pormenorizados en los que se explicitan diversas situaciones en cuanto a las características y el estado de los recursos naturales y las condiciones ambientales, así como en cuanto a los modelos de uso económico del territorio. Los Dominios Territoriales establecidos en el Modelo Territorial son:
Sección 1
Sierra Morena - Los Pedroches
Sierra Morena y Los Pedroches son zonas de montaña que han sufrido desde mitad del siglo XX hasta los años ochenta un fuerte descenso demográfico, motivado en gran parte por causas comunes al resto de otras áreas de montaña andaluzas que aquí se vieron agravadas por la crisis de sus distritos mineros (Andévalo y Río Tinto, Peñarroya-Pueblonuevo, Villanueva del Río y Minas). La baja densidad poblacional y la decadencia de sus principales núcleos urbanos han sido las principales consecuencias. Desde los años ochenta, sin embargo, se asiste a la aparición de nuevos procesos y tendencias que son los que hoy conforman el conjunto de problemas territoriales de este gran ámbito geográfico de Andalucía.
Se consolida el papel de este ámbito, especialmente en el caso de Sierra Morena, como proveedor de recursos naturales (de manera muy especial recursos hídricos) y servicios ambientales para otras áreas con dinámicas urbanas y agrícolas muy intensas (en particular los Centros Regionales de Huelva, Sevilla y Córdoba y el eje del Guadalquivir).
De otro lado, Sierra Morena ha sido receptora de una movilización de las poblaciones de esas áreas dinámicas en busca de oportunidades de recreo y ocio (turismo natural y rural), que muchas veces ha dado lugar a la aparición de nuevos núcleos de población, parcelaciones urbanísticas e instalaciones turísticas, que alteran innecesariamente la trama de asentamientos histórica y generan, frecuentemente, impactos paisajísticos y ambientales.
Complementariamente a las funciones de turismo rural y natural, se aprecian ciertos desarrollos más autónomos que tienen que ver con la puesta en valor de recursos naturales propios (de manera muy particular el sistema agrario de la dehesa, envolvente común de toda la zona y elemento identificador de su paisaje) y de oportunidades específicas de las economías urbanas de las poblaciones de Sierra Morena y Los Pedroches, en especial en ámbitos como la Sierra de Huelva y el Andévalo. Tanto en uno como en otro sentido han tenido especial trascendencia la declaración como Parque Natural y Reserva de la Biosfera de grandes extensiones de la Sierra y las experiencias de aplicación de los programas de desarrollo rural.
En su conjunto Sierra Morena-Los Pedroches se muestra, sin embargo, fuertemente desestructurada como consecuencia de la baja densidad de población, la ausencia de ciudades medias (con la excepción de Pozoblanco y Valverde del Camino), la debilidad de las tramas de poblamiento rural (escasos Centros Rurales con capacidad de organización del mundo rural, de lo que resultan amplias zona rurales desarticuladas) y la existencia de un sistema viario que prima la conexión exterior (hacia los Centros Regionales y los flujos de turismo y segunda residencia de ellos provenientes) más que su articulación interna.
Por último, hay que mencionar el carácter del ámbito como espacio limítrofe con los territorios de otras Comunidades Autónomas y, en su área más occidental con Portugal, lo que plantea la necesidad de consideración de aspectos tales como la gestión de sistemas agrarios y ecosistemas comunes, la articulación de las redes de transporte, la vinculación de sistemas productivos locales, o la existencia de centralidades y ámbitos de organización funcional para la prestación de servicios que traspasan los límites autonómicos.
[129] Desarrollo Rural de Sierra Morena-Los Pedroches [D]
1. En el marco de la política de desarrollo rural los instrumentos de planificación territorial deberán fomentar la formación de redes de cooperación en el ámbito de Sierra Morena-Los Pedroches para la diversificación de las actividades económicas y la consolidación de sistemas productivos locales.
2. En este proceso se tendrá especial consideración la experiencia acumulada por los Grupos de Desarrollo Rural.
[130] Programa de conservación y puesta en valor de la dehesa [D].
1. En el marco de una política agraria comunitaria y nacional que valora muy especialmente la sostenibilidad de los sistemas agrarios, la dehesa debe ser defendida como patrimonio cultural, y puesta en valor como recurso económico competitivo que genera alimentos de gran calidad y valor simbólico. La dehesa ha de ser reconocida como un sistema de uso y gestión integral de la tierra basado en la explotación principalmente ganadera, y también forestal y agrícola, de una superficie de pastizal y monte mediterráneo, con presencia dispersa de vegetación arbórea, el cual da lugar a un agrosistema en el que la conjunción del manejo agrosilvopastoral propicia importantes valores ambientales como un uso sostenible del territorio, un paisaje equilibrado y una elevada diversidad a distintos niveles de integración. El enfoque de un Programa Regional de actuación sobre la dehesa debe tener un carácter integral, acorde con la propia complejidad de ese medio (agrario productivo, ambiental, cultural y etnográfico, paisajístico, etc.).
2. El Programa Regional de la Dehesa [ZN-04] debe centrarse particularmente en el dominio de Sierra Morena y Los Pedroches y en zonas de la Serranía de Ronda.
3. Esta propuesta sobre la dehesa debe ser el resultado de la confluencia de, al menos, cuatro líneas de actuación que deben ser enriquecidas mutuamente a través de una coordinación interdepartamental basada en el Programa Regional propuesto:
- a) La política agraria andaluza, a través de programas de apoyo y asistencia técnica a sistemas agrosilvopastorales (caracterización, ordenación, gestión y mejora). Esta línea de actuación está expresamente prevista en el Plan de Modernización de la Agricultura Andaluza. Además debe ser integrada en las estrategias de desarrollo de los programas de desarrollo rural que se pongan en marcha en los ámbitos de Sierra Morena-Los Pedroches.
- b) La política ambiental, a través de los respectivos Planes de Ordenación de Recursos Natural en zonas con presencia de dehesas (en espacios naturales o en zonas forestales). Una política dirigida a la protección de la dehesa, la ordenación de sus recursos con criterios de sostenibilidad y, eventualmente, su recuperación en áreas que han sido abandonadas o sustituidas por otros usos (repoblaciones inadecuadas o roturaciones).
- c) La política de ordenación del territorio, dirigida a la identificación, gestión y ordenación de los elementos construidos del medio característicos de las dehesas y a la preservación de los elementos territoriales propios de este tipo de paisajes (caminos, infraestructuras rurales tradicionales, setos y cerramientos, etc.). Esta política requiere el desarrollo de criterios de actuación urbanística que deban ser aplicados por el planeamiento urbanístico general o especial en zonas y paisajes de dehesas (rehabilitación del patrimonio, integración paisajística de nuevas construcciones, protección de elementos singulares, etc.).
- d) Finalmente la acción integral sobre la dehesa debe ser enmarcada en un contexto de relación exterior de la Comunidad Autónoma, especialmente en lo que se refiere a la necesidad de cooperación con ámbitos próximos del sur peninsular que comparten sistemas productivos agrarios similares: Algarve, Alentejo, Extremadura y Castilla-La Mancha. Ello plantea la necesidad de coordinación de actuaciones en el marco de la política agraria común de la Unión Europea y de posibles líneas temáticas de cooperación en iniciativas comunitarias como INTERREG.
[131] Protección y puesta en valor de los recursos del patrimonio territorial [D].
Los importantes valores ecológicos del conjunto de Sierra Morena (prácticamente la totalidad de la Sierra está integrada en Parques Naturales o Lugares de Importancia Comunitaria y sus dehesas han sido reconocidas como Reserva de la Biosfera) son indisociables de la riqueza y diversidad de sus culturas territoriales expresadas en sus redes de asentamientos urbanos, las infraestructuras e instalaciones asociadas al uso de los recursos naturales y en valiosos paisajes agrarios (especialmente en el caso de Los Pedroches). Por ello se considera especialmente necesario el desarrollo de estrategias relativas al Patrimonio Territorial previstas en el presente Plan para el Dominio de Sierra Morena-Los Pedroches, así como su posterior desarrollo en cada una de las Unidades Territoriales según los instrumentos más adecuados para ello. Complementariamente, cada una de estas Unidades deberá desarrollar planes de promoción del turismo rural de acuerdo a las previsiones del Plan General de Turismo de Andalucía.
[132] Preservación de los recursos hídricos [D]
En este ámbito debe establecerse un modelo específico de gestión del agua basado en la preservación de los recursos regulados (protección de las cabeceras de embalse) y en el mantenimiento de altos niveles de calidad. Este modelo ha de tomar en consideración que la defensa de los recursos naturales y regulados de Sierra Morena es una condición básica para asegurar la sostenibilidad a largo plazo de la gestión del agua en toda la región.
[133] Control de los procesos de urbanización difusa de carácter turístico y de segunda residencia [D].
1. La política urbanística deberá atender la tendencia de incremento de la demanda de ocio y turismo mediante la intensificación de las actuaciones de control de la legalidad de las implantaciones de uso del suelo de carácter urbano, de reducción de los impactos (principalmente ambientales y paisajísticos) generados por procesos de urbanización ilegales (por incumplimiento o carencia de planeamiento) y, en su caso, de restitución de los terrenos a sus características originales.
2. Los usos y actividades turísticas y recreativas (incluyendo el uso residencial) deberán localizarse de manera preferente aprovechando el patrimonio edificado ya existente en las ciudades y asentamientos históricos y promoviendo la reutilización y la renovación de las viviendas y edificaciones sin uso o abandonadas.
[134] Mejora de la articulación territorial interna [D]
1. Desarrollo de ejes internos de comunicación que complementen la actual estructura viaria, la cual enfatiza la relación de los asentamientos rurales con las áreas urbanas de la Vega (Sevilla, Córdoba, Jaén o Huelva) en detrimento de la comunicación viaria horizontal, más integradora de las diferentes redes de asentamientos rurales: ámbitos de Aracena-Cortegana-norte del corredor de La Plataámbitos de Cazalla-Constantina-Alto Guadiato y Peñarroya-Pueblonuevo-Los Pedroches.
2. Potenciación de las posibilidades derivadas de la actual red ferroviaria como medio alternativo de transporte interno y hacia los Centros Regionales (principalmente en las comarcas de El Andévalo y Sierra de Aracena, Sierra Norte de Sevilla y Valle del Guadiato), y en particular para el acceso desde los Centros Regionales y las poblaciones de la Vega a las áreas recreativas de estos ámbitos.
3. Mejora de los ejes de conexión exterior. Articulación con los espacios limítrofes de Portugal, Extremadura, Castilla-La Mancha. Refuerzo de Sierra Morena y Los Pedroches como paso y frontera de Andalucía.
[135] Ordenación de las actividades mineras [D].
En el contexto del Plan de Ordenación de los Recursos Minerales de Andalucía la política regional abordará las siguientes cuestiones:
- a) Las estrategias de viabilidad de la actividad minera en las explotaciones actualmente en funcionamiento. En este sentido, será fundamental valorar la viabilidad a largo plazo de las explotaciones, previendo la necesidad de la puesta en marcha de Programas específicos de diversificación productiva y promoción de sectores alternativos en los ámbitos en los que dicha viabilidad esté comprometida: Franja Pirítica de Huelva y Sevilla, y Valle del Guadiato en Córdoba.
- b) Las estrategias de puesta en valor de nuevos recursos mineros, en directa relación con los programas de investigación minera tanto para la identificación y valoración de nuevos yacimientos como para la reutilización de residuos mineros.
- c) Las estrategias de regeneración ambiental de los espacios mineros abandonados. Se trata de un programa de gran trascendencia territorial en Sierra Morena toda vez que son muy numerosas las explotaciones sin actividad. Partiendo del inventario sistemático de las explotaciones abandonadas, el programa se centrará en los aspectos de mayor incidencia ambiental (control de lixiviados, regeneración de suelos contaminados y vertederos de residuos), y en proyectos de adecuación paisajística.
[136] Cooperación con otras Comunidades Autónomas y con Portugal [D].
El ámbito de Sierra Morena-Los Pedroches será prioritario en los programas de cooperación que la Junta de Andalucía ponga en marcha con las Comunidades Autónomas de Extremadura y Castilla-La Mancha, a partir del estudio sobre los problemas y oportunidades de los territorios limítrofes de Andalucía en relación con los aspectos territoriales, económicos y ambientales comunes, tal como se recoge en las determinaciones en relación con la integración exterior de Andalucía. Así mismo, el área más occidental de Sierra Morena y El Andévalo habrá de tener una participación destacada en la puesta en marcha de los programas de cooperación transfronteriza con Portugal (regiones de Algarve y Alentejo) previstos en el Plan.
Sección 2
Valle del Guadalquivir
El Valle del Guadalquivir constituye uno de los grandes ámbitos geográficos con mayores implicaciones en el orden territorial regional.
Por un lado, se trata de un extenso territorio caracterizado por una intensa ocupación humana a lo largo de la historia. Como resultado de ello, en este ámbito se localiza una parte fundamental del sistema urbano regional: los Centros Regionales de Jaén, Córdoba y Sevilla, y un potente sistema de ciudades medias con una función de primer orden en la articulación regional y en la conformación de los ejes de organización urbana (Redes de Ciudades Medias del noroeste de Jaén, sur de Córdoba, campiña de Sevilla, vega del Guadalquivir y bajo Guadalquivir). Este sistema urbano se ve beneficiado por unas muy buenas condiciones de accesibilidad ya que en él se apoyan varios de los principales ejes de comunicaciones regionales. Aprovechando esta circunstancia el Plan apuesta por mejorar la articulación territorial y las relaciones socioeconómicas entre las redes urbanas, que configuran este dominio.
Por otro lado, el espacio actual del Valle del Guadalquivir, dotado de una elevada fertilidad y aptitud agrológica de sus suelos, es el resultado de una secular historia de adaptación de los espacios productivos al entorno socioeconómico. El modelo actual de agricultura, basado en la explotación de cultivos herbáceos (cereales y cultivos industriales) y la olivicultura está muy relacionada con el sistema de protección comunitaria a la agricultura. Cualquier alteración de este régimen, tal y como se está poniendo de manifiesto en la actualidad, supondrá grandes cambios en los espacios productivos. Por otra parte, en los últimos años se están introduciendo -e incluso llegando a generalizar en algunas áreas productivas- sistemas de producción más respetuosos con el entorno que reducen la utilización de insumos y tienen en la preocupación por la conservación de los recursos uno de sus principales objetivos.
Desde la perspectiva de los usos del suelo y los modelos agrarios han de diferenciarse tres grandes ámbitos territoriales:
- • La baja campiña, definida por el predominio casi exclusivo del modelo agrícola de alternancia de trigo y cultivos industriales, por lo general sobre grandes propiedades, y en la que alcanzan su mayor nivel los problemas socioeconómicos, ambientales y paisajísticos antes señalados.
- • La alta campiña, definida por el casi monocultivo del olivar y los problemas asociados a la falta de diversificación productiva, ecológica y paisajística.
- • La vega del Guadalquivir, una pieza territorial estratégica en la escala regional por su importancia en el modelo de uso del agua (el mayor consumidor de agua de la región). A su vez se trata de un espacio con una problemática territorial específica derivada de la superposición, en una banda de territorio reducida, de gran número de ciudades medias y centros rurales, con dos Centros Regionales (Sevilla y Córdoba), y un potente entramado de infraestructuras (de transporte e hidráulicas) que determinan un alto grado de presión urbana sobre unos suelos de elevado valor agrícola.
En el caso concreto de Jaén el Valle del Guadalquivir aparece rodeado por espacios de elevado valor ecológico, especialmente los Parques Naturales de Cazorla, Segura y Las Villas y de Sierra Mágina que, junto a los objetivos de conservación han de poner en práctica programas dirigidos específicamente a favorecer un desarrollo compatible de las actividades productivas locales.
Así mismo, la totalidad de la provincia cuenta con uno de los más destacados legados del patrimonio histórico y cultural que deben ser aprovechados como recurso económico que favorezca, a su vez, la conservación y mejora de dicho patrimonio.
La base económica del sector agroindustrial del olivar, uno de los grandes recursos de la provincia, requiere la puesta en marcha de estrategias de modernización, innovación y diversificación que permitan afrontar el futuro del olivar de la provincia desde una posición competitiva.
Todo ello exige el mantenimiento de políticas de desarrollo socioeconómico globales para la provincia que abarquen de manera integrada un conjunto de cuestiones esenciales: sistemas de comunicaciones, desarrollo de los sectores productivos, fomento de la innovación tecnológica, potenciación de los programas de desarrollo rural, protección de la naturaleza, y aprovechamiento económico de los valores del patrimonio natural y cultural.
[137] Desarrollo Rural del Valle del Guadalquivir [D]
1. En el marco de la política de desarrollo rural los instrumentos de planificación territorial deberán fomentar la formación de redes de cooperación en el ámbito del Valle del Guadalquivir para la diversificación de las actividades económicas y la consolidación de sistemas productivos locales.
2. En este proceso se tendrá especial consideración la experiencia acumulada por los Grupos de Desarrollo Rural.
[138] Mejora de la eficiencia ecológica del espacio agrario del Valle del Guadalquivir [D].
1. Dar prioridad en el marco del Plan de Modernización de la Agricultura de Andalucía y del Plan Andaluz de Regadíos, a políticas de gestión de la demanda agrícola del agua en el Valle del Guadalquivir mediante programas de ahorro y eficiencia en el uso de los recursos hídricos dirigidos al objetivo fundamental de reducir las pérdidas de agua en las infraestructuras e implantar sistemas de riego eficientes. La posible ampliación de las tierras regadas estará supeditada a la utilización de recursos generados mediante políticas efectivas de ahorro y reutilización.
2. En el marco de las medidas de reutilización del agua deberán contemplarse las posibilidades de reutilización de las aguas residuales urbanas, especialmente del sistema de ciudades de la vega del Guadalquivir, estableciendo las medidas de coordinación necesarias con la planificación urbanística y de infraestructuras de saneamiento (especialmente en los Centros Regionales).
3. Fomentar la aplicación de prácticas agrícolas y ganaderas que avancen en el objetivo de la sostenibilidad como la agricultura ecológica, la producción integrada y la agricultura de conservación. Se desarrollará, por otra parte, un marco adecuado de medidas agroambientales orientadas a la consecución de los siguientes objetivos:
- a) La racionalización del uso de insumos.
- b) La lucha contra la erosión de los suelos.
- c) La conservación de sistemas de cultivo y de variedades vegetales y ganaderas singulares, en el marco de la diversificación de los usos agrícolas y la reducción de los monocultivos.
- d) La conversión de terrenos agrícolas marginales en superficie forestal.
- e) El fomento de las prácticas de agricultura ecológica.
[139] Recuperación paisajística del Valle del Guadalquivir [D].
1. La recuperación, mediante intervenciones selectivas, de la riqueza paisajística potencial de las campiñas, así como la protección de los hitos paisajísticos que conceden aun cierto grado de diversidad y complejidad al paisaje son los objetivos esenciales.
2. Desde el Plan de Ordenación del Territorio esta línea estratégica de actuación se concreta en:
- a) La incorporación al Sistema del Patrimonio Territorial de todos aquellos elementos que aun mantienen valores de diversidad paisajística, tales como bosques-isla, ríos, zonas húmedas, edificaciones singulares, etc.
- b) La potenciación de elementos territoriales susceptibles de ser utilizados con fines de diversificación paisajística; especialmente mediante el tratamiento adecuado de infraestructuras públicas y elementos del medio natural (carreteras, vías pecuarias, cauces y riberas, etc.). Todo ello debe constituir, finalmente, un proyecto integrado de mejora del paisaje en el marco de las estrategias para la protección y gestión del Patrimonio Territorial propuestas en este Plan.
[140] Programa Coordinado de Recuperación integral del Río Guadalquivir [D].
El Plan contempla como una de las intervenciones singulares propuestas, la elaboración del Proyecto Guadalquivir, entendido como proyecto regional, cuyo desarrollo afecta plenamente a este ámbito. Se trata de un proyecto integrado de planificación y actuación sobre el curso completo del río que tiene como objetivo revalorizar y dignificar paisajísticamente al río Guadalquivir como elemento emblemático del territorio andaluz.
[141] Redes de ciudades patrimoniales [D].
La importancia del patrimonio histórico del conjunto del Valle del Guadalquivir hace que su protección, conservación y puesta en valor sea un factor clave para el desarrollo territorial. Las estrategias de cooperación entre las Redes de Ciudades Medias constituyen un eje básico para la puesta en marcha de políticas comunes en esta materia. El Plan identifica en el Valle del Guadalquivir algunas de las más importantes redes de ciudades patrimoniales de Andalucía: la red de ciudades patrimoniales principales (Sevilla, Granada y Córdoba) y las redes de ciudades patrimoniales de Úbeda, Baeza, Jaén y las de las Campiñas de Sevilla y Córdoba.
Sección 3
Sierras y Valles Béticos
El mundo bético tiene, sin duda, una gran diversidad ecológica (relieve, clima y vegetación muy contrastados), lo que da lugar a espacios naturales bien diferenciados: montañas y vegas, bosques húmedos y desiertos, etc. Ello no es óbice, sin embargo, para poner de manifiesto la fuerte interrelación que existe entre todos esos elementos del medio natural.
Por otra parte, desde el punto de vista territorial, el sistema de asentamientos y ciudades de las sierras y valles béticos se organiza necesariamente a partir de esos contrastes del mundo físico, a partir de un conjunto de ciudades medias y grandes, localizadas sobre las tierras bajas y fértiles (Ronda, Antequera, Granada, Guadix, Baza), las cuales ejercen un dominio funcional sobre el poblamiento serrano circundante y, frente a ellos, los valles y laderas montañosas más apartadas e inaccesibles, que han configurado sistemas de asentamientos comarcales de una indiscutible personalidad cultural. Desde el punto de vista social y económico, el mundo bético ha mostrado una tendencia regresiva y una debilidad más acusada que en los casos del Valle del Guadalquivir o, sobre todo, el litoral. Una consecuencia de ello es la pérdida de peso demográfico del conjunto y de casi todas sus unidades.
De manera global, los sistemas béticos constituyen una gran barrera orográfica que marca, de manera fundamental, la organización del territorio andaluz, y no sólo para las diferentes zonas serranas que la componen, sino también por cuanto que actúan como barrera física para las relaciones entre el valle del Guadalquivir y el litoral mediterráneo, los dos ámbitos más dinámicos desde el punto de vista productivo y del sistema urbano.
El tratamiento de este conjunto geográfico remite inevitablemente a cada una de sus partes (valles y montañas, grandes vegas, depresiones), ahora bien, en la perspectiva de la ordenación del territorio, no deben ser entendidos como recintos cerrados, sino integrados planamente en el esquema de articulación regional.
En los últimos decenios se ha logrado ciertamente una mejora notable de la integración interna del mundo bético y de su conexión con los otros grandes ámbitos geográficos de Andalucía (el eje de la A-92 es un buen ejemplo de ello). Esa línea de articulación e integración debe ser proseguida teniendo en cuenta que se trata, justamente, de un medio físico particularmente difícil y singular.
Desde el punto de vista territorial han de diferenciarse, al menos, tres grandes zonas:
- • Las Sierras Subbéticas, en contacto con las campiñas altas del valle del Guadalquivir, presentan un predominio de usos agrícolas (gran parte del olivar andaluz) y forestales. En muchas de estas áreas del subbético los principales problemas se encuentran en la extensión de terrenos agrícolas marginales que han sobrepasado la frontera de los suelos de vocación forestal lo que determina, en ocasiones, unos elevados índices de erosión de los suelos. Algunos grandes espacios serranos se encuentran declarados como espacios naturales protegidos atendiendo a su riqueza ecológica.
- • Las Sierras Penibéticas, una serie de cadenas montañosas de compleja estructura, en las que se suceden macizos montañosos y valles (en los que se concentran los asentamientos urbanos y los usos agrícolas). La orientación forestal predominante no quita que, en determinadas zonas, la deforestación y la erosión se hayan convertido en problemas graves. El elevado valor ecológico de muchos de los macizos montañosos ha justificado su declaración como espacios naturales protegidos. Por su parte, la riqueza y diversidad que aportan los sistemas urbanos de los valles y las formas de agricultura que en ellos se asientan (regadíos tradicionales), representan valiosas culturas territoriales de Andalucía (Guadairo y Genal, Guadalhorce, Vélez, Guadalfeo, Andarax, Almanzora). Un proceso especialmente importante a destacar en estos valles penibéticos de la vertiente mediterránea, es la cada vez más intensa penetración de la influencia (económica y urbana) de las zonas costeras próximas. Así mismo, hay que destacar la peculiaridad del área más oriental del penibético en la que el envolvente de las condiciones climáticas y ecológicas de la aridez, marcan unos territorios con problemas y valores muy específicos.
- • Las depresiones intrabéticas están formadas por una serie de hoyas (Ronda, Antequera, vega de Granada) en las que se concentran los principales espacios para los aprovechamientos agrícolas y en los que, consiguientemente, se localizan varios de los principales elementos del sistema urbano penibético (las ciudades medias de Ronda y Antequera y el Centro Regional de Granada). Ello, unido a la función de estas depresiones como pasillo para las comunicaciones, determina un más alto grado de presión de los usos urbanos e infraestructurales, especialmente, en el caso de la vega de Granada en la que los fértiles suelos agrícolas dedicados al regadío entran en fuerte competencia con los procesos de desarrollo metropolitano.
- • Las hoyas o altiplanicies orientales de Guadix, Baza y Huéscar, son espacios en los que, junto a macizos montañosos de especial valor ecológico, predominan espacios agrícolas y ganaderos extensivos, junto a regadíos tradicionales en las vegas fluviales. Gran parte de estas altiplanicies entran de lleno en el dominio del sureste árido con el que comparten problemas asociados a la erosión y la gestión del agua.
Dentro del dominio es necesario resaltar la singularidad que aporta el conjunto montañoso de Sierra Nevada, en las provincias de Granada y Almería, ha de ser considerado como un espacio estratégico para el conjunto de Andalucía.
Sus valores ecológicos, que le hacen ser reconocido como uno de los más emblemáticos espacios naturales protegidos de la Península Ibérica, surgen de su singularidad como el área de alta montaña alpina más meridional de Europa. Ello le ha permitido desarrollar, de manera compatible con la conservación ambiental, las actividades del turismo de nieve que se configura como una especialización fundamental para el conjunto del sector turístico en Andalucía.
Por todo ello, desde la ordenación del territorio, Sierra Nevada ha de ser entendida como una pieza singular de Andalucía en la que ha de ponerse en práctica un modelo de desarrollo sostenible ejemplar que garantice la conservación de los recursos, el aprovechamiento de las potencialidades económicas y la mejora de la calidad de vida de las poblaciones locales de su entorno.
De igual forma, se considera necesario favorecer instrumentos de reequilibrio territorial dirigidos preferentemente a las áreas del interior de la provincia de Almería que mejoren la calidad de vida y potencien las oportunidades de desarrollo económico, buscando un equilibrio con las zonas del litoral. Especial significación han de tener los ámbitos de La Alpujarra, área de Tabernas, Los Filabres, Almanzora y Los Vélez.
[142] Desarrollo Rural en Sierras y Valles Béticos [D]
1. En el marco de la política de desarrollo rural los instrumentos de planificación territorial deberán fomentar la formación de redes de cooperación en el ámbito de las Sierras y Valles Béticos para la diversificación de las actividades económicas y la consolidación de sistemas productivos locales.
2. En esta línea, se prestará especial atención al importante papel que debe desempeñar en esta estrategia el sector industrial, a fin de que se produzca una mayor cohesión social y una mayor articulación territorial del interior de Andalucía Oriental con el conjunto de la Comunidad Autónoma y con el resto de España.
3. En este proceso se tendrá especial consideración la experiencia acumulada por los Grupos de Desarrollo Rural.
[143] Gestión integrada de los espacios forestales arbolados [D].
1. La conservación de los valores ecológicos de forma compatible con el desarrollo de las actividades productivas desde la perspectiva de la sostenibilidad es el objetivo común para la gestión de estos ámbitos.
2. Desde el punto de vista de la gestión de los recursos, los instrumentos principales son, junto al Plan Forestal Andaluz, los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales, los Planes Rectores de Uso y Gestión y los Planes de Desarrollo Sostenible (en los ámbitos declarados como Parque Natural: Sierra de Grazalema, Los Alcornocales, Sierra de las Nieves, Montes de Málaga, Sierra de Tejeda, Almijara y Alhama, Sierra de Huétor, Sierra Nevada, Sierra de Cazorla, Segura y Las Villas, Sierra de Castril y Sierra María-Los Vélez).
3. El mantenimiento de la diversificación de usos del suelo y la gestión sostenible del monte mediterráneo son los principios orientadores de los modelos de gestión, que han de complementarse con:
- a) La promoción de un modelo de desarrollo turístico sujeto a la capacidad de carga de cada territorio.
- b) La puesta en valor del patrimonio natural y cultural (desarrollando el concepto de las culturas territoriales como expresión de formas especialmente adecuadas de utilización de los recursos).
- c) El estricto control de los procesos de urbanización fuera de los cascos urbanos consolidados.
- d) La valoración de la incidencia del sector turístico sobre las economías locales.
[144] Adecuación de los usos del suelo agrícolas y forestales de acuerdo a su capacidad productiva y ecológica [D].
1. El objetivo general, a largo plazo, es la restitución de la vocación forestal de buena parte de estos espacios, especialmente en aquellos casos en que las características productivas y ecológicas de los suelos no justifican su dedicación al cultivo agrícola. Los espacios agrícolas que deban mantenerse han de orientarse, predominantemente, a producciones de calidad (dando prioridad a la implantación de la agricultura ecológica) y al desarrollo de los sistemas productivos locales basados en la transformación y comercialización de dichas producciones.
2. El marco de instrumentos de planificación se centra en el Plan Forestal Andaluz y los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales, los Planes Rectores de Uso y Gestión y los Planes de Desarrollo Sostenible (en los ámbitos declarados como Parque Natural: Sierras Subbéticas de Córdoba, Sierra Mágina y Sierra de Baza.
[145] Sostenibilidad de los espacios de regadío [D].
1. Los regadíos de las depresiones intrabéticas y las altiplanicies orientales han de preservarse de manera compatible con la ordenación de los procesos de desarrollo urbano, en razón de su espacial valor territorial. Ello es especialmente importante en las dos principales zonas de regadío penibético como son la hoya de Antequera y, sobre todo, la vega de Granada.
2. En un contexto físico y urbano diferente, la sostenibilidad de los regadíos tradicionales de las vegas fluviales de las altiplanicies orientales han de considerarse, también, un objetivo territorial en el contexto de un área marcada por la aridez y los problemas de erosión.
[146] Control de los procesos de urbanización turística y segunda residencia [D].
1. La política urbanística deberá atender la tendencia de incremento de la demanda de ocio y turismo mediante la intensificación de las actuaciones de control de la legalidad de las implantaciones de uso del suelo de carácter urbano, de reducción de los impactos (principalmente ambientales y paisajísticos) generados por procesos de urbanización ilegales (por incumplimiento o carencia de planeamiento) y, en su caso, de restitución de los terrenos a sus características originales.
2. Los usos y actividades turísticas y recreativas (incluyendo el uso residencial) deberán localizarse de manera preferente aprovechando el patrimonio edificado ya existente en las ciudades y asentamientos históricos y promoviendo la reutilización y la renovación de las viviendas y edificaciones sin uso o abandonadas.
3. En particular, el plan define la necesidad de establecer el suficiente control del fenómeno de urbanización en las sierras prelitorales y otras áreas de valor agrícola próximas al litoral.
[147] Modelo de gestión específico en las zonas áridas orientales [D].
El sureste árido ha de ser considerado como un territorio con requerimientos muy específicos de ordenación que afectan al conjunto de las políticas territoriales, económicas y ambientales. El Plan plantea el objetivo de establecer una política de gestión del medio natural centrada en el desarrollo de modelos de gestión del agua y los suelos adaptados a los rasgos singulares de aridez y erosión, así como en la puesta en valor de los ecosistemas y recursos del desierto, incluyendo la promoción de las actividades científicas y productivas asociadas a tales condicionantes.
[148] Mejora de la articulación territorial interna [D].
1. El reforzamiento del eje de articulación transversal de Andalucía y el incremento sustancial en el mismo de la participación del ferrocarril son los principales objetivos a corto plazo para la mejora general de la articulación de las áreas béticas.
2. Los objetivos de ordenación deben dirigirse, sobre todo, a mejorar la accesibilidad y la integración de los numerosos sistemas de asentamientos rurales de los valles y montañas béticos con los grandes ejes de articulación regional que atraviesan el ámbito. Un papel especialmente importante desempeña la articulación a través de los ejes de conexión del litoral mediterráneo con el interior.
3. Esos objetivos de articulación interna, dada la complejidad y diversidad de problemas inherentes al medio natural y humano del ámbito, deben ser, en todo caso, planteados y resueltos desde la perspectiva de cada Unidad Territorial.
Sección 4
Litoral
El conjunto de la franja litoral andaluza se configura como el espacio más dinámico de la región desde el punto de vista demográfico, territorial y económico. Las tendencias actuales siguen distinguiéndose hacia una progresiva transformación del territorio costero y un aumento de la densidad de ocupación urbana y turística, junto con un aumento de la presión sobre los recursos naturales, principalmente motivada por la presencia de actividades muy consuntivas (sobre todo la agricultura intensiva).
Por todo ello, el futuro del litoral constituye una cuestión esencial para la ordenación del territorio y para el conjunto de los objetivos económicos, sociales y ambientales de Andalucía.
Es reconocido que la evolución económica del conjunto de la región vendrá determinada en el futuro, en gran medida, por la capacidad de las zonas costeras para continuar impulsando la actividad económica y la modernización del sistema productivo.
En paralelo, es también reconocido que el actual modelo económico del litoral y, especialmente, el ritmo de crecimiento de determinadas actividades productivas y urbanas, comprometen la sostenibilidad económica y ecológica del conjunto del ámbito costero andaluz.
Desde el punto de vista territorial los principales procesos y tendencias que se detectan en el litoral son las siguientes:
- • La concentración de un potente sistema urbano, compuesto por cinco de los Centros Regionales y varias potentes Redes de Ciudades Medias, con unos fuertes ritmos de crecimiento de los usos urbanos e infraestructurales, y caracterizado por el predominio de un tipo de procesos de urbanización que a lo largo de los últimos cuarenta años han devenido en un modelo escasamente ordenado, y que tiende a una ocupación intensiva de la totalidad del espacio rural y natural costero.
- • La inadecuación entre el ritmo de crecimiento urbano y el ritmo de creación de nuevas dotaciones del sistema de transportes que hace que, en el futuro deban crearse nuevos ejes de comunicaciones de primer nivel que, por un lado articulen internamente al conjunto del litoral (culminación de la red viaria de alta capacidad y creación de un eje ferroviario) y, por otro, mejoren sustancialmente la articulación del litoral con el interior de Andalucía. Ello hace que previsiblemente, se incrementará la presión de los usos infraestructurales
- • El intenso proceso de crecimiento de las actividades turísticas basadas en el aprovechamiento de las condiciones naturales costeras (playas, clima) ha consolidado un sector económico estratégico para Andalucía, con capacidad de diversificación e innovación y con un potente efecto de arrastre sobre otros sectores (construcción, bienes de consumo intermedio y final, servicios avanzados, logística del transporte, etc.), cuya recualificación constituye un requisito esencial para su sostenibilidad económica y para la sostenibilidad ecológica del litoral a largo plazo.
- • El igualmente intenso ritmo de crecimiento de las nuevas agriculturas (cultivos forzados y bajo plástico), basado también en el aprovechamiento de las condiciones ambientales costeras (climáticas e hidrológicas), que han conformado uno de los sectores más innovadores y dinámicos de la economía andaluza actual, lo que le confiere un carácter estratégico para la economía regional. Su sostenibilidad económica se ve directamente comprometida por factores ambientales y ecológicos tales como la disponibilidad de agua (sobreexplotación y contaminación de acuíferos, incremento creciente de la demanda de nuevos recursos) y la contaminación generada por el uso masivo de productos agroquímicos.
- • Como resultado del conjunto de procesos de desarrollo urbano, infraestructural y de los sectores productivos más dinámicos, el conjunto del litoral ve sometidos sus recursos naturales y sus condiciones ambientales a unos niveles de presión muy elevados. Las tendencias actuales apuntan a que dichos niveles continuarán incrementándose en el futuro. El estado de recursos como el agua, los suelos, las aguas marinas, los frágiles ecosistemas costeros, los cada vez más escasos espacios rurales que se conservan, y los paisajes, comprometen a largo plazo la sostenibilidad del ecológica del litoral y, consiguientemente, amenazan su futuro económico.
El litoral andaluz, en definitiva, es un espacio estratégico para la Comunidad Autónoma debido a sus elevados valores ecológicos y a sus funciones económicas en sectores decisivos como el turismo y los servicios, las nuevas agriculturas, las actividades industriales o la pesca y la acuicultura, así como por su papel en las relaciones exteriores a través del sistema portuario y aeroportuario.
Esta diversidad de funciones hace que deba prestarse especial atención al objetivo de favorecer un desarrollo ordenado y sostenible de todo el litoral que garantice que pueda mantenerse, en el futuro, como el espacio más dinámico de Andalucía sin comprometer los recursos naturales básicos, el paisaje y la calidad ambiental.
Para ello es prioritario el desarrollo de los planes de ordenación del territorio de cada ámbito litoral de forma que, a corto plazo, el conjunto del litoral disponga de modelos de ordenación que expliciten los objetivos de desarrollo territorial, productivo y ambiental.
[149] Refuerzo de la articulación territorial interna del litoral y con el exterior [D].
1. Los sistemas de transporte del conjunto del litoral constituyen una de las prioridades territoriales del Plan. Por un lado es necesario mejorar sensiblemente la articulación física del litoral con el resto de Andalucía y con el exterior, para lo cual se establecen una serie de ejes de comunicaciones viarios y ferroviarios específicos que refuerzan las conexiones del litoral con el valle del Guadalquivir, así como las conexiones con el Arco Mediterráneo y el Arco Atlántico. Desde la perspectiva de la articulación interna de la franja litoral andaluza cobra especial relevancia la propuesta de creación de un eje ferroviario que conecte el conjunto de este espacio.
2. La importancia de los nodos intermodales de transporte en el litoral (especialmente los vinculados a los Centros Regionales y a sus instalaciones aeroportuarias y portuarias, pero también los vinculados a determinadas Redes de Ciudades Medias en territorios especializados en el turismo y las nuevas agriculturas) demanda el desarrollo de instrumentos de ordenación del transporte específicos.
3. Dentro de cada ámbito litoral, el establecimiento de un modelo de la red de transportes constituye un factor clave para la evolución futura del territorio. En este sentido los Planes de Ordenación del Territorio de ámbito subregional, y los Planes Intermodales de Transporte en el caso de los Centros Regionales, serán los instrumentos para su desarrollo.
[150] Modelo territorial de cada ámbito litoral mediante la planificación [N].
1. Cada ámbito litoral requiere de la formulación de un modelo territorial singular que responda a las necesidades de ordenación de espacios con dinámicas muy intensas y procesos complejos de competencia entre usos del suelo. El instrumento para la definición de estos modelos es el Plan de Ordenación del Territorio de ámbito subregional que, a corto plazo, debe cubrir la totalidad del espacio litoral.
2. El Plan establece una serie de criterios que toman como base de partida la consideración de que la sostenibilidad económica y ecológica del litoral andaluz a largo plazo están indisolublemente unidas, así como que los sectores más significativos del desarrollo productivo (el turismo y las nuevas agriculturas) tienen una directa relación con el modelo de gestión de los recursos del territorio (agua, suelos, espacios naturales, biodiversidad, patrimonio cultural, y paisaje).
3. Los modelos de desarrollo urbano contemplados en los Planes de Ordenación del Territorio de ámbito subregional y en el planeamiento urbanístico han de basarse en las siguientes orientaciones generales:
- a) La prioridad a los nuevos desarrollos urbanos ha de darse a aquellos que se basan en el crecimiento hacia el interior de los núcleos, es decir, la reordenación y recualificación de zonas de los cascos urbanos consolidados, así como en desarrollos que completen la imagen unitaria de la ciudad. Ello supone establecer como objetivo el de romper la tendencia a nuevos crecimientos exógenos a los núcleos urbanos consolidados, reduciendo el progresivo consumo de espacios naturales o rurales, en especial en las sierras prelitorales.
- b) Los desarrollos urbanos han de respetar la protección integral de los ecosistemas litorales (acantilados, dunas, arrecifes, zonas húmedas...) y el mantenimiento de la diversidad de usos del suelo, compatibilizando los usos urbanos con los rurales y naturales. Ello supone establecer el objetivo de evitar la formación de continuos urbanos en el frente costero.
- c) En los ámbitos más consolidados del desarrollo turístico se llevarán a cabo, en el marco del Plan General del Turismo Sostenible de Andalucía, Programas de Recualificación de Destinos de ámbito supramunicipal [SC-06] evalúen las necesidades de remodelación e incremento de la calidad de la oferta turística, y en los que se incorporarán los objetivos de diversificación de los usos del territorio, la preservación del patrimonio natural y cultural y la protección del paisaje.
- d) En los ámbitos menos consolidados del desarrollo turístico se llevarán a cabo, en el marco del Plan General del Turismo Sostenible de Andalucía, Planes de Actuación Turística Integrada [SC-06] de ámbito supramunicipal dirigidos a fomentar un crecimiento ordenado de la oferta turística. El planeamiento urbanístico deberá proponer modelos equilibrados de creación de oferta hotelera y segundas residencias.
-
e) En los ámbitos consolidados de agriculturas intensivas de exportación, especialmente las de invernaderos, los criterios de ordenación se dirigen a abordar, de manera integrada, las siguientes cuestiones:
- • La gestión del agua dará prioridad al objetivo de ahorro y eficiencia, condicionando los incrementos de consumo globales de cada zona a la obtención de recursos vía ahorro, y a la obtención de recursos no convencionales que habrán de justificar su impacto ambiental.
- • El modelo de explotación de los cultivos forzados ha de plantearse la reconversión a largo plazo de sus sistemas de uso masivo de productos químicos, lo que requiere la puesta en marcha de procesos de investigación e innovación tecnológica que permitan cumplir con este objetivo. Así mismo, han de afrontar la necesidad de aplicar estrategias para mejorar el paisaje.
- • La definición de los requerimientos especiales de ordenación urbanística que precisen los ámbitos de agricultura en invernaderos, así como de dotaciones específicas de infraestructuras y servicios.
4. El ámbito litoral requiere de forma prioritaria políticas de integración y cooperación para asegurar su futuro en condiciones de calidad urbana y ambiental. La existencia de problemas y oportunidades compartidos entre los diferentes municipios de cada ámbito litoral (y entre los del conjunto del dominio litoral) hacen necesario reforzar los instrumentos adecuados para desarrollar estrategias comunes: promoción económica y desarrollo territorial, dotación de infraestructuras y servicios económicos (suelo para actividades productivas, centros de desarrollo empresarial, centros de formación, centros de investigación, desarrollo tecnológico e innovación), dotaciones y servicios logísticos, promoción turística, protección ambiental, etc.
[151] Ordenación territorial para su articulación y competitividad económica [N].
1. Uno de los grandes objetivos del Plan a nivel regional es el de garantizar que, a largo plazo, el litoral, entendido como una de las piezas territoriales más decisivas para el futuro global de Andalucía, continúe desempeñando funciones esenciales desde el punto de vista económico, y lo haga sobre una base de sostenibilidad y respeto por su patrimonio natural y cultural. Para lograr este objetivo, desde el Plan de Ordenación del Territorio se plantean una serie de determinaciones tendentes a ordenar y reforzar las funciones de los espacios costeros en el Modelo Territorial regional.
2. Programa Regional de Ordenación del Litoral [ZN-02]. La complejidad de los procesos de desarrollo territorial que se producen en el litoral demanda la elaboración de un instrumento de ordenación general a escala regional que, tomando como punto de partida la experiencia de las Directrices Regionales del Litoral de Andalucía, incorpore los criterios, más globales, que actualmente se desarrollan en torno a la gestión integrada de zonas costeras.
Dicho Programa Regional del Litoral debe informar e integrar los contenidos de ordenación territorial desarrollados a escala subregional y establecer criterios de coordinación con políticas regionales confluyentes sobre el litoral.
3. Entre sus contenidos mínimos deben contemplarse:
- a) El desarrollo de las determinaciones contenidas en este Plan para el ámbito completo del litoral y para cada una de sus Unidades.
- b) La coordinación de planes y programas con incidencia sobre el litoral andaluz.
- c) La definición de los modelos de implantación turística.
- d) Los criterios de ordenación de las zonas de agricultura intensiva e invernaderos, con especial atención a la resolución de los problemas ambientales y urbanísticos que plantean dichos espacios.
- e) La integración paisajística de las infraestructuras, así como la potenciación y recuperación del paisaje costero y de las vertientes litorales.
- f) El manejo hidrológico-forestal de las cuencas vertientes a los ámbitos litorales.
- g) Los objetivos, cuantificados por zonas, de ahorro, eficiencia y reutilización en el consumo de agua. Objetivos que deberán servir de base para la aceptación de nuevas actividades consumidoras de recursos hídricos.
- h) La identificación de espacios excluidos de cualquier proceso de urbanización, ya sea por criterios de protección ecológica, por criterios de ordenación territorial y urbanística o de cualquier otra naturaleza.
- i) Las medidas necesarias para la protección del medio marino, asegurando el mantenimiento de la productividad biológica.
4. La formulación y redacción del Programa será corresponsabilidad de los siguientes departamentos de la Junta de Andalucía: Medio Ambiente, Agricultura y Pesca, Obras Públicas y Transportes, y Turismo, Comercio y Deporte.
[152] Gestión sostenible de los recursos del medio marino [R].
1. Las administraciones públicas velarán por la protección, potenciación y recuperación de las condiciones biológicas de los ecosistemas marinos.
2. Por parte del organismo sectorial competente se adoptarán las medidas necesarias para preservar las comunidades bénticas de aquellas actividades que alteren el funcionamiento biológico.
3. La ordenación y el esfuerzo pesquero se adecuará a la capacidad productiva existente, y a la aplicación de las tecnologías más adecuadas, tanto en zonas costeras como en alta mar, para garantizar la protección de los ecosistemas, así como fomentar los aprovechamientos artesanales y de bajo impacto.
4. La programación de infraestructuras de saneamiento y depuración dará prioridad a aquellas actuaciones que contribuyan de manera importante a la mejora de la calidad de las aguas marinas.
5. Se instará a la Administración del Estado a desarrollar la infraestructura necesaria para una eficaz prevención de los riesgos de vertidos de hidrocarburos al mar, así como disponer de los medios adecuados frente a la contaminación del mar.
6. Se promoverán y desarrollarán programas de investigación aplicable a los ecosistemas marinos (oceanografía física, prospecciones de fondos, estado y potencialidades de los caladeros regionales.
Capítulo 2
Unidades Territoriales
[153] Objetivos [O]
Las Unidades Territoriales definidas en el Modelo tienen como finalidad proponer un marco de referencias espaciales que deben ser tenidas en cuenta por los agentes públicos y privados de manera que ganen en eficacia y coherencia las actuaciones con incidencia territorial que se llevan a cabo, contribuyendo a desarrollar estrategias dirigidas a la reducción eliminación de los desequilibrios territoriales de Andalucía.
[154] Líneas Estratégicas [E]
Para la consecución de dicho objetivo se establecen las siguientes Líneas Estratégicas:
1. Ofrecer a las políticas sectoriales y a las políticas territoriales y urbanísticas de ámbito subregional o local un conjunto de referencias territoriales y de escalas de análisis de mayor extensión, que permitan enmarcar adecuadamente dichas políticas, de manera que puedan enriquecerse sus determinaciones y valorarse en cada caso las repercusiones que esas determinaciones tendrán en la materialización del Modelo Territorial de Andalucía.
2. Establecer un esquema de organización funcional del Sistema de Ciudades en el interior de la Unidades Territoriales a partir de la identificación de modelos de organización, jerarquías y especializaciones urbanas.
3. Servir de referencia para la información estadística agregada a escala intermedia (infraprovincial y supramunicipal) para mejorar el conocimiento de la realidad socioterritorial y sus tendencias.
[155] Tipología de Unidades Territoriales [D].
1. Centros Regionales.
Se corresponde con las ciudades principales y sus entornos metropolitanos que constituyen el Sistema Polinuclear de Centros Regionales. Su delimitación representa mayor complejidad en la medida en que el fenómeno metropolitano, su capacidad de establecer un ámbito de interrelación cada vez más extenso, y ello obliga a ser considerados de forma más flexible. Dicha flexibilidad tiene repercusión sobre el modelo general en la medida que influye sobre otras Unidades Territoriales. Las referencias complementarias que se establecen operan en el medio-largo plazo y habrán de ser objeto de un cuidadoso análisis de tendencias y de las respuestas de las políticas públicas para contener el fenómeno expansivo que podría conllevar la desestructuración el modelo establecido.
2. Unidades Territoriales Litorales basadas en Redes de Ciudades Medias.
Incluye las Unidades del frente litoral que, en todos los casos, están organizadas por Redes de Ciudades Medias más o menos consolidadas. El Plan apuesta por la identificación de ámbitos en los que la organización polinuclear representa un valor añadido a sus oportunidades de desarrollo territorial. El concepto de litoral incluye a la mayor parte de las sierras prelitorales y a sus sistemas de asentamientos rurales, dependientes de las ciudades costeras.
3. Unidades Territoriales Interiores basadas en Redes de Ciudades Medias.
La constatación de la riqueza que representan las ciudades medias en el sistema urbano andaluz, junto con los procesos recientes de cooperación y funcionamiento en red, permiten reconocer nuevos modelos de organización que no se ajustan a la centralidad de unos núcleos y la dependencia de otros. Son ámbitos urbanos complejos con una presencia dominante de ciudades medias de las que dependen funcional y económicamente la mayor parte de los ámbitos rurales, y gran potencial de funcionamiento en red.
4. Unidades Territoriales organizadas por Centros Rurales.
Unidades organizadas por Ciudades Medias o Centros Rurales que constituyen redes de asentamientos netamente rurales. Geográficamente estas Unidades ocupan tres tipos de áreas o dominios físicos: Sierra Morena, el Subbético oriental y el Penibético oriental.
[156] Identificación de las Unidades Territoriales [D]
1. La Unidades Territoriales delimitadas toman como criterio básico las Estructuras Urbanas Intermedias entendidas desde sus componentes básicos, los núcleos urbanos y las características socioterritoriales de sus ámbitos municipales. La delimitación político administrativa de sus contornos presentan, sin embargo algunas justificadas excepciones:
- a) Términos municipales adscritos a dos Unidades Territoriales. Algunos municipios, por la posición territorial de sus núcleos urbanos y las características físicas de su término, presentan una difícil adscripción unívoca a una Unidad Territorial. Son zonas de transición con límites más o menos indeterminados, que ejercen funciones de goznes entre diferentes Unidades. Son elementos territoriales con una especial riqueza y complejidad en su posición geográfica y en su influencia sobre el resto del espacio que han de ser considerados expresamente en la delimitación de ámbitos de planificación, siendo posible que por ello puedan estar en varios ámbitos de planificación.
- b) Unidades Territoriales interprovinciales. Algunas estructuras conformadas a través de procesos territoriales recientes justifican algunas continuidades a efectos de reconocer su funcionalidad y la potencia de relaciones territoriales, más allá de los límites provinciales. Este criterio no es óbice para identificar ámbitos internos más idóneos y coherentes para determinadas funciones.
2. El Plan identifica Unidades Territoriales representativas de los cuatro grandes Dominios Territoriales de Andalucía, más los Centros Regionales:
-
a)
Sierra Morena-Los Pedroches: Unidades de Andévalo, Sierra de Huelva; Sierra Norte de Sevilla; y Guadiato-Pedroches.
Son Unidades inmersas en un territorio caracterizado por un uso agroforestal bastante homogéneo, un débil poblamiento rural y bajas densidades, así como la ausencia de núcleos urbanos de tamaño medio (con las importantes excepciones de Pozoblanco y Valverde del Camino).
-
a)
El Valle del Guadalquivir: Unidades de Bajo Guadalquivir; Aljarafe-Condado; Vegas del Guadalquivir; Campiña de Sevilla; Campiñas y Subbético de Córdoba y Jaén; y Norte de Jaén].
Son unidades inmersas en un mundo y un paisaje agrícola con tres componentes esenciales: el regadío (Vegas y Bajo Guadalquivir), las campiñas cerealistas (Campiña de Sevilla) y las campiñas olivareras (Córdoba y Jaén). Las Unidades de Aljarafe-Condado y Campiñas y Subbético de Córdoba y Jaén presentan un esquema de uso algo más diversificado, pero basado en su mayor parte en la alternancia de tierras de secano y olivares con el añadido de viñedo y zonas regables. Las Unidades del Valle se caracterizan por la importante presencia de ciudades grandes y medias (en muchos casos antiguas agrociudades en evolución), con tendencias demográficas en general ligeramente positivas o incluso dinámicas (por ejemplo, las ciudades del Sur de Córdoba).
-
c)
Las Sierras y Valles Béticos: Unidades de Serranía de Ronda-Sierra de Cádiz; Antequera-Loja; Alpujarras; Montes y Altiplanicies Orientales; Sureste Árido; y Sierras de Mágina, Cazorla, Segura y Las Villas.
Se trata de un conjunto de Unidades con un soporte físico-ambiental muy diverso, compresivo de la riqueza histórica, ecológica y territorial del mundo Bético: Las Unidades forestales densamente arboladas (Serranía de Ronda y Sierra de Cádiz o Cazorla, Segura y Las Villas) se contraponen a Unidades caracterizadas por un medio árido y subdesértico (como el Sureste almeriense o las Altiplanicies granadinas). Las Unidades con una importante base agrícola de regadío (como Antequera-Loja) contrastan con otras Unidades basadas en una agricultura de montaña especialmente difícil (Alpujarras).
-
d)
El Litoral: Unidades de la Costa Occidental de Huelva; Costa noroeste de Cádiz; La Janda; Costa del Sol Occidental; Vélez-Málaga-Axarquía; Costa Tropical; Poniente Almeriense; y Levante almeriense.
Presentan una dinámica de crecimiento demográfico basado en tres procesos paralelos y parcialmente coincidentes en el espacio: el desarrollo de economías urbanas, industriales y comerciales; la expansión del turismo (Costa del Sol); y el crecimiento de la agricultura intensiva de cultivos protegidos (Poniente Almeriense). En los casos de las restantes Unidades, estos tres procesos de transformación se solapan, creando territorios menos especializados en conjunto con usos mixtos urbanos, turísticos y agrícolas (Costa Occidental de Huelva; costa Noroeste de Cádiz; La Janda; Vélez-Málaga-Axarquía; Costa Tropical; y Levante almeriense).
- e) Las Unidades de los Centros Regionales. Corresponden a los ámbitos de las estructuras urbanas que conforman los Centros Regionales: Sevilla, Córdoba y Jaén (insertos geográficamente en el Valle del Guadalquivir); Granada (inserta en la Depresión Intrabética); y Huelva, Bahía de Cádiz-Jerez, Bahía de Algeciras, Málaga y Almería, (que conforman el frente litoral de Centros Regionales).
[157] Organización funcional de las Unidades Territoriales [D]
1. El Sistema de Ciudades y las estructuras urbanas intermedias constituyen el marco de referencia para la organización del territorio regional. Como desarrollo de dicho Sistema, el Plan establece una organización funcional que identifica una jerarquía de ciudades que han de servir como referente para las políticas de localización de servicios y equipamientos. Dicha propuesta contempla los siguientes elementos: la tipología de las estructuras urbanas intermedias, y la categorización de las ciudades.
2. El conjunto de ámbitos subregionales organizados por las diferentes Estructuras Urbanas Intermedias y el Sistema de Ciudades distingue entre::
- a) Ámbitos de organización metropolitana de los Centros Regionales, en los que la delimitación de centros y ámbitos funcionales de menor nivel, incluso infralocal dada su tamaño poblacional, ha de realizarse, necesariamente, desde la planificación territorial subregional y sectorial.
- b) Ámbitos organizados por Redes de Ciudades Medias. Son modelos de organización policéntricos en los que la localización y gestión de las dotaciones de servicios y equipamientos presentan oportunidades especiales para organizarse en redes. Su que aportan, además, economías de escala con capacidad para desarrollar funciones más especializadas tanto en los servicios públicos como en las dotaciones vinculadas con el sistema productivo.
- c) Ámbitos organizados por Centros Urbanos en Á reas Rurales en los que la localización y gestión de las dotaciones de servicios y equipamientos han de basarse en modelos de organización territorial adaptados a las condiciones de baja densidad y accesibilidad, aprovechando las oportunidades que ofrecen Ciudades Medias y los Centros Rurales identificados en el Modelo.
3. La categorización de las ciudades, según su nivel de especialización funcional, diferencia varios niveles:
- a) Los Centros Regionales y, especialmente, sus ciudades principales, que han de desempeñar el primer nivel de especialización funcional gracias a la localización de servicios y dotaciones cuyo ámbito de cobertura sea regional o provincial. La dimensión poblacional de estas Unidades obligan a prestar especial atención a la organización funcional interna de servicios y equipamientos con el objeto de lograr una accesibilidad equivalente, que habrá de lograrse tanto por una distribución espacial adecuada, como por el cumplimiento de estándares.
-
b) Los Centros Funcionales Especializados en los que, junto a las dotaciones de carácter básico supramunicipal, desempeñan otras funciones con un ámbito de cobertura territorial mayor. Se diferencian aquí dos niveles de especialización.
- • Un conjunto de Ciudades Medias de primer nivel, que constituyen el principal escalón de articulación entre los Centros Regionales y el resto del territorio, y cuyos niveles de madurez y complejidad urbana favorecen la localización de dotaciones especializadas de nivel subregional.
- • En un segundo nivel se incluyen otras Ciudades Medias que, con un nivel de especialización menor, desempeñan funciones similares o complementarias a las anteriores, así como también algunos Centros Rurales seleccionados atendiendo a necesidades de articulación de extensas áreas rurales.
- c) Los Centros Funcionales Básicos, que han de servir como referente para la localización de los equipamientos y servicios supramunicipales. Se diferencian también dos niveles. En primer lugar, atendiendo al nivel de complejidad y madurez urbana, se incluye el resto de las Ciudades Medias y los Centros Rurales de primer nivel. En segundo lugar, el resto de los Centros Rurales, así como una serie de asentamientos que, pese a no formar parte de la propuesta de centros del Sistema de Ciudades, se han seleccionado atendiendo a la necesidad de dar cobertura territorial a determinadas áreas rurales de baja densidad y accesibilidad.
4. El Plan distingue, finalmente, tres situaciones singulares a efectos de la organización funcional del territorio:
- a) Los núcleos rurales bajo influencia de la fuerte polarización ejercida por los Centros Regionales, en un contexto de ausencia o débil estructura territorial.
- b) Ámbitos territoriales de baja densidad y débil demanda, que requieren políticas de prestación de servicios adecuadas a esta realidad.
- c) Una situación excepcional, entre los ámbitos de baja densidad, la constituyen las áreas de muy baja ocupación humana, y que por su extensión y posición geográfica pueden pivotar sobre distintos centros urbanos y Unidades Territoriales. Son los ámbitos de Doñana (Aljarafe-Condado, Centro Regional de Sevilla, Bajo Guadalquivir, Costa Noroeste de Cádiz); Alcornocales (Serranía de Ronda-Sierra de Cádiz, La Janda, Centro Regional del Campo de Gibraltar); Sierra Nevada (Centro Regional de Granada, Alpujarras, Altiplanicies orientales, Sureste árido); Sierra Morena oriental (Norte de Jaén, Los Pedroches-Guadiato); y Sierra Morena central (Sierra de Cardeña y de Hornachuelos).
[158] Unidades Territoriales y planificación [D]
1. El Plan se desarrolla mediante planes y programas para los cuales las Unidades Territoriales son referencia para la delimitación de su ámbito. La distinta naturaleza y objetivo de la planificación aconseja esta flexibilidad, al tiempo que la necesidad de justificar, en la formulación del plan o programa, el ámbito escogido en relación con las características y referencias territoriales establecidas en este Plan. Así mismo, debe expresar su contribución a la consecución general de los objetivos del Plan y del Modelo Territorial de Andalucía.
2. El Plan ha definido en sus Estrategias de Desarrollo la prioridad de algunos ámbitos subregionales para dotarse de un plan de ordenación del territorio, cuya referencia territorial debe ser las Unidades aquí establecidas. Algunas de las características de las Unidades Territoriales delimitadas pueden aconsejar, no obstante, delimitar ámbitos de planificación más acotados a determinadas problemáticas y objetivos.
Son representativas de la necesidad de este tipo de ajustes las siguientes situaciones:
- a) Los municipios cuyo término tienen una posición compartida entre dos Unidades Territoriales.
- b) Las Unidades de carácter interprovincial.
- c) Las áreas de influencia o segundas coronas metropolitanas.
TÍTULO V
DESARROLLO Y GESTIÓN DE LA POLÍTICA TERRITORIAL
Por su naturaleza y ámbito, el Plan adquiere un carácter ordenador de la actuación pública, especialmente en su función planificadora. Las Estrategias que desarrollan el Modelo Territorial de Andalucía están dirigidas, principalmente, para que esta acción pública y planificadora, se desarrolle de forma coherente y genere sinergia entre sus diferentes capacidades para la consecución de objetivos comunes y complementarios. Las determinaciones sustantivas del Plan están referidas, principalmente, a los diferentes tipos de planes que por su contenido contribuyen a los objetivos de la política territorial de la Comunidad y del Modelo Territorial de Andalucía como su expresión más completa.
La política territorial, por su carácter transversal, requiere para su efectiva aplicación y desarrollo unos instrumentos organizativos (Capítulo 1) que se responsabilicen de su gestión y aplicación, asumiendo el impulso de los instrumentos que incluyen en su programa de actuación. Dichos órganos vienen establecidos en la normativa sobre competencias en materia de ordenación del territorio y urbanismo y órganos a los que se atribuye las diferentes competencias ( Decreto 193/2003, de 1 de julio). Se apunta, sin embargo, la necesidad de revisar el marco de órganos colegiados para lograr mayor eficacia en sus respectivos cometidos. En este marco, el Plan establece y singulariza aquellas actividades directamente relacionadas con la aplicación y desarrollo de sus determinaciones y para la consecución de sus objetivos.
Al mismo tiempo, establece los vínculos con otras administraciones en sus respectivas responsabilidades y competencias, así como con la sociedad en general, en la perspectiva de su contribución coherente a los objetivos de la política territorial de la Comunidad Autónoma.
Con el fin de hacer efectivo el entendimiento de la planificación como proceso continuo de toma de decisiones, se establecen mecanismos específicos de evaluación y control que, por su naturaleza, han de tener también una dimensión de comunicación con el conjunto de la sociedad y de sus instituciones de gobierno. El Plan establece un conjunto de estrategias y directrices para lograr la consecución del Modelo Territorial de Andalucía. Ello requiere instrumentos que faciliten su propio seguimiento y evaluación, tanto de su aplicación como de su efecto real (Capítulo 2). Este es el objetivo de los instrumentos previstos para el seguimiento y evaluación territorial.
El Plan contiene, en definitiva, mecanismos de control para alcanzar los objetivos que se enuncian, especialmente en la consecución de un desarrollo sostenible en todo el territorio andaluz.
El Programa de Actuación (Capítulo 3) constituye el compromiso de asegurar el cumplimiento de los objetivos a través del desarrollo de un conjunto de actuaciones planificadoras de especial importancia. El Programa reúne de forma sistemática la invocación realizada en las Estrategias de Desarrollo Territorial a los diferentes planes y programas, según su diferente naturaleza y alcance, dotándola de capacidad operativa. De alguna forma, supone un recorrido transversal a las Estrategias desde la perspectiva de su desarrollo instrumental, ligada en todo caso a las responsabilidades y funciones de los diferentes sectores de las Administraciones Públicas que tienen al territorio como un factor de su política.
Capítulo 1
Instrumentos de gestión de la Política Territorial
[159] Órganos y funciones de la política territorial [N].
1. De conformidad con la normativa reguladora del ejercicio de las competencias que regula las competencias de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio, éstas corresponde a los siguientes órganos:
- a) Consejo de Gobierno.
- b) Titular de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.
- c) Titular de la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
- d) Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Andalucía.
- e) Comisiones Provinciales de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
- f) Titular de las Delegaciones de la Consejería de Obras Públicas y Transporte.
2. Las funciones en el ejercicio de la competencia en ordenación del territorio son las siguientes:
- a) Acordar la formulación y aprobación de los instrumentos de planificación integral del territorio, así como sus revisiones y modificaciones, de conformidad con lo establecido en la Ley 1/1994.
- b) Acordar la formulación y aprobación de los Planes que tengan la condición de planes con Incidencia en la Ordenación del Territorio de acuerdo con la Ley 1/1994.
- c) Declarar las Actuaciones de Interés Autonómico previstas en la Ley 1/1994.
- d) Informar, con carácter previo a su aprobación, las actividades de planificación relacionadas en el Anexo de la Ley 1/1994.
- e) Informar sobre las actividades de intervención singular relacionadas en el Anexo de la Ley 1/1994.
- f) Informar sobre la incidencia territorial de los Planes Generales de Ordenación Urbanística, conforme a la Disposición Adicional 8ª de la Ley 7/02.
- g) Emitir los informes que la normativa sectorial requiera de la Consejería competente en ordenación del territorio.
- h) Realizar el seguimiento, desarrollo y ejecución de los planes de ordenación del territorio.
- i) Organizar y mantener el Sistema de Información Territorial previsto en la Ley 1/1994.
3. El seguimiento y evaluación del desarrollo y gestión del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía corresponderá a la Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Andalucía.
4. Sin perjuicio de lo anterior, la Junta de Andalucía deberá analizar y armonizar el funcionamiento de órganos colegiados y consultivos, regionales y subregionales, con funciones relacionadas con la planificación, y su seguimiento y evaluación, para mejorar su capacidad de coordinación y eficacia, en especial, en las iniciativas multiobjetivos, las de incidencia territorial e intersectorial, o las que sean de interés general para la Comunidad. Asimismo, deberá armonizar los procedimientos de tramitación de planes, programas y actuaciones de incidencia intersectorial que afecten a otras competencias, con el fin de mejorar su evaluación y la adopción unitaria de acuerdos y resoluciones.
[160] Política territorial y entidades locales [R].
1. El Municipio es la entidad básica de la organización político-administrativa del territorio, y la política local elemento esencial en la consecución de los objetivos globales de Andalucía como Comunidad, equilibrada, cohesionada y sostenible.
2. Para hacer efectiva la mayor implicación de la Administración Local en la política territorial de Andalucía se constituirá, en el marco de la Mesa de Concertación Local, una Comisión de Estudio con la participación de una representación propuesta por la Federación Andaluza de Municipios y Provincias, dando continuidad a la constituida durante la fase de redacción para el seguimiento y evaluación del Plan.
3. Fomentar la participación de las instituciones locales a través de la institucionalización del denominado Cauce de Participación Municipal [SG-06], inicialmente realizado durante la fase de elaboración del Plan, para contribuir de forma sistemática al conocimiento de la percepción de problemas y oportunidades territoriales y de las aspiraciones básicas de la sociedad en el marco de la política territorial.
- a) La periodicidad del Cauce de Participación Municipal será cuatrienal, de forma que sus resultados se incorporen cada dos informes generales de seguimiento y evaluación del Plan.
- b) Su desarrollo deberá contar con el concurso de la Federación Andaluza de Municipios y Provincias a través de la Mesa de Concertación Local, y la Consejería de Gobernación.
4. Los municipios son elementos clave en la formulación de los objetivos y criterios de la ordenación del ámbito territorial en el que se encuadra. Por ello será fundamental favorecer su participación en los procesos de planificación:
- a) Los municipios estarán representados en la respectiva Comisión de Redacción de Plan de Ordenación del Territorio subregional del ámbito territorial al que pertenezcan, y colaborarán en la definición de sus objetivos y orientaciones, desde la perspectiva del interés general del territorio.
- b) Los municipios podrán promover, de acuerdo con lo previsto en la Ley 1/1994, la formulación de instrumentos de planificación territorial, expresando sus motivaciones, objetivos y ámbito territorial. En todo caso, deberá justificarse su adecuación al Modelo Territorial de Andalucía y a las Estrategias de Desarrollo Territorial.
5. El Plan fomenta las iniciativas de cooperación municipal y su institucionalización a través de las diferentes opciones de organización supramunicipal, adecuada a sus características y problemáticas, en el marco de la legislación vigente, y de acuerdo con el alcance y funciones establecidas para cada figura.
6. Las redes de cooperación local constituye un instrumento de primer orden para el desarrollo territorial, por lo que deben consolidarse las entidades ya creadas, en especial los Grupos de Desarrollo Rural, para fomentar la perspectiva territorial y cooperativa de la gestión local.
[161] Política territorial autonómica y relaciones transrregionales [R].
La gestión del territorio de la Comunidad andaluza tiene que articularse con la de sus territorios vecinos y con aquellos otros con los que comparta problemas y oportunidades. A tal fin también es objeto de la política territorial y su gestión los aspectos instrumentales relacionados con la integración exterior de Andalucía, desarrollando las siguientes recomendaciones:
1. La Estrategia Territorial Europea constituye una referencia para la política territorial andaluza con la que este Plan es coherente al compartir sus orientaciones y opciones políticas. Su desarrollo y aplicación se realiza a través de los sucesivos sistemas de planificación, siendo este Plan de alcance regional una pieza clave. En el seguimiento de la Estrategia Territorial Europea, y revisión en su caso, la Comunidad andaluza tiene que participar de forma activa desarrollando los mecanismos que a tal efecto se prevean, y en particular, en la constitución de los observatorios de la política territorial y la dotación de los medios apropiados en la región.
2. El programa comunitario INTERREG constituye un valioso instrumento para el desarrollo de la Estrategia Territorial Europea, así como para la participación regional en la búsqueda de soluciones a los problemas territoriales, y en particular los transfronterizos. El Plan establece la necesidad de coordinar en la Comunidad Autónoma las diferentes iniciativas y proyectos en el marco de los objetivos del Plan y de sus Estrategias, con el fin de que sean un instrumento que coadyuve a su consecución.
3. El Plan establece la necesidad de hacer partícipe a las regiones y comunidades autónomas vecinas de los procesos de planificación y su gestión (desarrollo, seguimiento y evaluación) que les afecte, incorporando en sus respectivos procedimientos las consultas y, en su caso, la solicitud de informe sobre las consideraciones y posibles incidencias a que hubiere lugar. En todo caso, deberán desarrollarse mecanismos adecuados para la necesaria concertación en cuestiones comunes de interés estratégico suprarregional.
[162] Política territorial y participación pública [D].
La política territorial requiere desarrollar y potenciar los mecanismos de participación pública en los procesos de planificación y gestión del territorio. A tal fin, los poderes públicos deberán promover:
- a) El fomento de la difusión y acceso general a la información que afecte al sistema territorial de Andalucía y su gestión, disponiendo de los mecanismos adecuados para recoger las aportaciones que se realicen.
- b) Incorporación de las aspiraciones e iniciativas de la sociedad civil mediante la articulación de los mecanismos adecuados de participación pública en los procesos de planificación y desarrollo de planes.
- c) En el marco del diálogo con los agentes sociales y económicos, refrendado en los Acuerdos sobre Concertación Social, se establecerá una mesa de trabajo específica sobre ordenación del territorio, y en particular sobre el litoral, en el que se deben debatir cuantas cuestiones sean planteadas en el seno de la Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Andalucía.
- d) Para conocer de forma directa el estado de satisfacción y aspiraciones de la sociedad andaluza, contemplando la diversidad de situaciones y entornos de vida, se pondrá en práctica la elaboración de una Encuesta de Calidad de la Vida Urbana en la que se analicen los problemas y demandas en orden a ser incorporadas en las políticas públicas.
- e) Promoción entre el amplio tejido asociativo (sindical, empresarial, profesional, cultural, cívico....) de las referencias del Modelo para su contribución al desarrollo y gestión del territorio y sus pautas de ordenación.
- f) En los procesos de planificación y memorias de gestión se deberá contemplar, de forma expresa y adecuada, el tratamiento y resultados de los procesos de participación pública.
[163] Memoria de Gestión del Plan [N].
1. Los objetivos y estrategias territoriales establecidos en el Plan definen un marco de actuación que deberá desarrollarse en el tiempo conforme a sus previsiones. Es consustancial al entendimiento del plan como proceso continuo, definir mecanismos de seguimiento y evaluación, y a tal fin se establece la elaboración periódica de la Memoria de Gestión relativa al desarrollo y aplicación del Plan como instrumento sistemático de control.
2. Está concebido como documento síntesis que reflejará el grado de cumplimiento de las previsiones del Plan y su incidencia en el conjunto de las actuaciones públicas. Propondrá, a su vez, las medidas a adoptar para evitar los desajustes identificados. Asimismo, podrá justificar la pertinencia de aplicar los supuestos de modificación parcial o de revisión, y orientar los criterios por los que se guiarían.
3. La Memoria se elaborará periódicamente por el órgano responsable de ordenación del territorio e informada por la Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Andalucía, y hecha público para general conocimiento.
4. El contenido de la Memoria se adaptará a las exigencias de cada periodo, aunque con carácter general se referirá a las siguientes cuestiones:
- a) Descripción de la evolución de las principales variables del sistema territorial.
- b) Estado del cumplimiento de objetivos y determinaciones del Plan.
- c) Estado de ejecución de las actuaciones programadas en desarrollo del Plan.
- d) Identificación y valoración de las iniciativas relacionadas con la gestión del territorio.
- e) Indicadores de seguimiento.
5. En todo caso, la Memoria considerará los requerimientos derivados de la política territorial europea, en particular en cuanto al cumplimiento de los documentos de referencia y los objetivos que se marquen en desarrollo de la Estrategia Territorial Europea y el Informe de Cohesión.
[164] Informe de planes y actuaciones con incidencia en la ordenación del territorio [D].
Este informe, de acuerdo con la Ley 1/1994, tiene como finalidad evaluar la coherencia de los planes, y actuaciones singulares no previstas en la planificación, con la ordenación del territorio.
1. Los planes deben aportar la información necesaria para justificar dicha coherencia y que sus objetivos contribuyen a los objetivos finales de los planes de ordenación del territorio regional y de ámbitos subregionales. En particular, la información suministrada hará referencia (según los casos) a los siguientes aspectos:
- a) El sistema de ciudades regional o a escala intermedia, es decir, sobre la estructura de núcleos urbanos y las relaciones existentes entre ellos.
- b) Los principales ejes de comunicaciones y las infraestructuras básicas del sistema de transportes, de las telecomunicaciones, de la energía y del agua.
- c) Los equipamientos educativos, sanitarios, culturales y de servicios sociales.
- d) Los usos del suelo y la localización de actividades económicas.
- e) El uso, aprovechamiento y conservación de los recursos patrimoniales básicos.
2. Las actuaciones con incidencia en la ordenación del territorio, en función de su objeto, ámbito y alcance, incorporarán la información necesaria para justificar las circunstancias que motivan dicha actuación, con relación a las previsiones de los planes de ordenación del territorio o de incidencia territorial correspondientes, así como para poder evaluar sus repercusiones territoriales en algunos de los aspectos relacionados en el apartado anterior.
[165] Incidencia territorial de planes urbanísticos [N].
1. En el marco de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 1/1994 y Disposición Adicional Octava de la Ley 7/2002, los Planes Generales de Ordenación Urbanística contendrán, junto a las determinaciones previstas por la legislación urbanística, la valoración de la incidencia de sus determinaciones en la ordenación del territorio, particularmente en el sistema de ciudades, sistema de comunicaciones y transportes, equipamientos, infraestructuras o servicios supramunicipales y recursos naturales básicos, así como su repercusión en el sistema de asentamientos.
2. El instrumento de planeamiento urbanístico habrá de establecer de forma expresa en su documentación la coherencia de sus previsiones con los planes de ordenación del territorio y los planes con incidencia en la ordenación del territorio en vigor, así como las determinaciones territoriales establecidas en la Ley 7/2002.
3. El informe de incidencia que han de emitir los órganos competentes en materia de ordenación del territorio abarcará, al menos, a los siguientes aspectos del planeamiento urbanístico:
- a) Caracterización del municipio en el Sistema de ciudades, regional y de escala intermedia, y la zonificación establecida en el Plan.
- b) Modelo de crecimiento y su incidencia sobre la estructura de asentamientos, en relación a la capacidad de carga del territorio.
- c) Determinaciones del plan en materia de infraestructuras de comunicaciones y transportes, nodos, redes y sistemas, en coherencia con el modelo territorial propuesto.
- d) Infraestructuras y servicios relativos al ciclo integral del agua, abastecimiento de energía y gestión de residuos en función de las previsiones de crecimiento establecidas.
- e) Dotaciones y equipamientos de ámbito o alcance supramunicipal, incluido el sistema de espacios libres.
- f) Nivel de protección del territorio y medidas relativas a la prevención de riesgos.
[166] Evaluación estratégica de planes y programas [R].
1. La evaluación estratégica de planes y programas, tendrá como referencia de conjunto el territorio al que se refiere, tanto sus componentes como sistema como, específicamente, los factores que dan soporte a la actividad en cuestión.
2. La evaluación estratégica de planes y programas, derivada de la Directiva 2001/42/CE y de la Ley 9/2006 tendrá como una de sus referencias las Estrategias de Desarrollo Territorial del presente Plan, y en particular las determinaciones que le correspondan en razón a la materia, así como los criterios generales sobre seguimiento y evaluación de planes establecidos en el siguiente Capítulo 3.
3. La evaluación se substanciará sobre una información contenida en la propia documentación del plan o programa, al menos referida a:
- a) Síntesis de objetivos y contenidos del plan o programa
- b) Aspectos relevantes de la situación del territorio, medio ambiente, patrimonio y riesgos, así como la identificación de las diferentes políticas incluidas en el ámbito.
- c) Los probables efectos (secundarios, acumulativos sinérgicos, permanentes y temporales, positivos y negativos) significativos relativos a la biodiversidad, la población, la salud humana, el medio ambiente y los recursos naturales, el patrimonio cultural, el paisaje, y la interrelación entre todos estos factores.
- d) Las medidas previstas para prevenir, reducir, y compensar cualquier efecto negativo.
- e) Las alternativas consideradas y la justificación de la elección realizada.
- f) La identificación de medidas e indicadores de seguimiento y evaluación.
[167] Armonización de informes incidentales [D].
La Junta de Andalucía estudiará la fórmula más adecuada para la armonización, en una única resolución, del resultado de los informes específicos a que hubiere lugar, incorporando, en todo caso, los considerandos derivados de cada materia.
Capítulo 2
Instrumentos para el seguimiento y evaluación del territorio y de su planificación
[168] Objetivos y Líneas Estratégicas [D].
Los objetivos relacionados con la evaluación y seguimiento del Plan requieren establecer un conjunto de medidas que permitan evaluar el Modelo Territorial de Andalucía y las políticas contenidas en el Plan. Para ello se establecen las siguientes líneas estratégicas:
1. Idear y definir un marco conceptual de análisis del Modelo Territorial de Andalucía, que responda y sea capaz de sintetizar la información estadística existente, para así poder extraer conclusiones certeras sobre la evolución de las variables físicas y socioeconómicas del Sistema Territorial de Andalucía.
2. Realizar el seguimiento y la evaluación del grado de aplicación y desarrollo de las políticas propuestas en el Plan, así como contrastar su validez como instrumentos para lograr los objetivos planteados en el Modelo Territorial de Andalucía.
3. Definir un Sistema de Indicadores agrupado bajo este marco conceptual, que constituirán las verdaderas células de información del Sistema de Indicadores.
4. Realizar propuestas sobre la adecuación y actualización del Sistema de Información Territorial para el cálculo de los indicadores propuestos y adecuar, cuando sea necesario, el Plan Estadístico de Andalucía.
5. Impregnar, a los distintos instrumentos de planificación con incidencia territorial, de la filosofía de evaluación del presente Plan, tanto en los ámbitos más importantes objeto de seguimiento, como en la utilización del marco conceptual y esquema de aplicación propuestos.
[169] Sistema de Información Territorial [N].
1. El Sistema de Información Territorial [SG-01] previsto en la Ley 1/1994 tiene una función instrumental de apoyo a la política territorial, y en su organización atenderá a las siguientes funciones.
- a) Reunir, organizar y estructurar la información (bases de datos y cartográficas) relativa al sistema territorial y a las políticas e instrumentos de planificación que inciden en la ordenación del territorio, así como sus indicadores de seguimiento y evaluación. En particular deberá disponer de la información relativa a las determinaciones básicas del planeamiento territorial y urbanístico conectado con el Registro de instrumentos urbanísticos previstos en la legislación.
- b) Constituirse en la herramienta operativa básica para organizar la información necesaria y elaborar los indicadores de seguimiento y evaluación del Plan, necesarios para generar Informes del desarrollo del Plan.
- c) Participará de las iniciativas a escala estatal y europea en materia de sistemas de información, para coordinar las funciones de seguimiento y evaluación de la política territorial global, adaptándose si fuera necesario a cuantos requisitos vengan dados desde estas instancias.
2. Los objetivos del Plan y sus principios orientadores constituyen el marco conceptual bajo el que se desarrollará la evaluación y el seguimiento del Sistema Territorial de Andalucía y de las estrategias de desarrollo territorial contenidas en el Plan.
3. Para ofrecer una visión sintética y comprensiva de la evaluación y el seguimiento del Sistema Territorial de Andalucía se adoptará un Sistema de Indicadores en cuyo esquema conceptual se insertan y ordenan las variables e indicadores relativos a los elementos territoriales del espacio biofísico, y a los elementos territoriales del espacio socioeconómico, según se detalla en el apartado siguiente.
4. Este conjunto de medidas deberá ser puestas a punto en el marco del Sistema Estadístico de Andalucía, de acuerdo con los siguientes criterios:
- a) La información requerida será también extraída a través de las estructuras previstas y ámbitos estadísticos contenidos en el Plan Estadístico de Andalucía. Éste habrá de ajustar su estructura e incluir cuantas disposiciones sean necesarias para contribuir a la obtención de dicha información.
- b) Las áreas administrativas encargadas de la producción de la información estadística necesaria, atendiendo cada una a sus respectivas competencias, cuidarán de que aquella información que se les requiera por parte del Sistema de Información Territorial sea recogida en condiciones idóneas de calidad y agregación.
[170] Sistema de indicadores [N].
1. Los indicadores habrán de cumplir los siguientes requisitos:
- a) Los indicadores elegidos han de poseer validez científica, estar basados, preferentemente, en unidades físicas, ser sensibles y reflejar los cambios que se produzcan, fáciles de entender e interpretar, estar basados en información disponible o accesible y poder ser revisados a lo largo del tiempo.
- b) El ámbito territorial del cálculo es regional y se realizarán cálculos subregionales cuando ello contribuya a aclarar o justificar ciertas tendencias y cuando el cumplimiento de objetivos concretos así lo exija.
- c) La interpretación final del valor numérico o la tendencia seguida por los indicadores servirá para obtener conclusiones sobre el desarrollo de las políticas contenidas en el Plan, así como de su efecto en la consecución de sus objetivos. Dichos análisis y conclusiones formarán parte de la elaboración del Informe a que se refiere el artículo [172].
- d) En el marco de su aplicación a este Informe se deberá someter al propio Sistema de Indicadores a un proceso de evaluación para introducir cuantas modificaciones sean oportunas para su mejor funcionamiento.
- e) De forma anual se procederá, en lo posible, a la actualización y revisión de los indicadores procediendo a su cálculo.
2. El conjunto de la información de síntesis para la evaluación del sistema territorial constituye el Sistema de Indicadores cuyos componentes básicos son los siguientes
-
a) Estructura territorial. Indicadores directamente relacionados con los objetivos sociales y económicos del Plan, así como, con las medidas adoptadas para su consecución. Estos indicadores deben responder a los siguientes criterios y agruparse según el alcance de las determinaciones del Plan:
-
• Los indicadores se organizarán de acuerdo con los componentes de la estructura territorial definidos en el Plan: Sistema de Ciudades (población y poblamiento, actividad económica, equipamientos y servicios, procesos de urbanización, cohesión social...); Sistemas de Articulación (transportes, telecomunicaciones, agua y energía); Sistema de Protección del Territorio (riesgos y patrimonio territorial); Integración exterior; y Zonificación (referencia territorial para la presentación de la información).
Se diferenciarán, a su vez, dos tipos de indicadores:
- • Los Indicadores generales están relacionados con los objetivos y fines últimos, en particular con la cohesión social y territorial de Andalucía, y sus valores en el conjunto de la Unión Europea.
- • Los Indicadores asociados a medidas o instrumentos concretos previstos en el Plan, considerando en cualquier caso su distribución equilibrada y su accesibilidad en la totalidad del territorio andaluz.
-
b) Sostenibilidad. Las variables relacionadas con el análisis de la sostenibilidad física del Modelo Territorial de Andalucía, de acuerdo con las aportaciones realizadas en el Informe de Sostenibilidad del presente Plan, distinguirá entre dos tipos de indicadores:
- • Indicadores estructurales o de sostenibilidad. Ofrecen información sobre el funcionamiento general del Sistema Territorial en cuanto a sostenibilidad física, referidos a las estructuras territoriales básicas. Su finalidad es el seguimiento y la evaluación de la tendencia de los indicadores, más que la consecución de objetivos numéricos concretos.
- • Indicadores de gestión. Estos indicadores están relacionados con las determinaciones y directrices del Plan y deben permitir su seguimiento y evaluación su grado de cumplimiento.
3. La adopción del Sistema de Indicadores corresponde al desarrollo del Plan, debiendo formar parte de la estructura de información que se establezca para el «Informe sobre el Estado del Territorio de Andalucía» a que se refiere el artículo [172]. A tal fin se programa esta actuación a corto plazo [SG-03] teniendo en cuenta para ello los objetivos y determinaciones del Plan, así como las recomendaciones del Informe de Sostenibilidad anexo al Plan.
[171] Seguimiento y evaluación de planes de desarrollo [N].
1. Los planes y programas de desarrollo del Plan deberán prever los mecanismos necesarios para su seguimiento y control y asegurar su adecuada ejecución y desarrollo.
2. La planificación territorial de ámbito subregional deberá contener un apartado de seguimiento y evaluación de sus determinaciones que sea coherente con las directrices establecidas en este Plan, aunque convenientemente adaptados a su naturaleza o ámbito. Deberán identificarse la doble funcionalidad de dichos indicadores: la estructura territorial, y el cumplimiento de los objetivos de sostenibilidad.
3. Los Planes con Incidencia en la Ordenación del Territorio contendrán, a efectos de evaluación y seguimiento, y con independencia de sus instrumentos de evaluación concretos, un apartado donde se evaluarán las cuestiones territoriales de interés y el efecto en ellas de las medidas de planificación que estos planes contengan.
Se considerarán cuestiones territoriales de interés, particularmente, las variables territoriales de carácter socioeconómicas, así como las relacionadas a la sostenibilidad general.
4. Los municipios se dotarán de sistemas de información territorial propios, adaptados a sus características de tamaño y funcionalidad, en los que se generará la información para el cálculo de indicadores relacionados con el seguimiento y evaluación del planeamiento; en particular, sus determinaciones y propuestas en cuanto a la ordenación estructural y la configuración de sus sistemas generales, tanto en relación con los aspectos territoriales y la sostenibilidad física del modelo. En la medida de sus posibilidades, procurará que el cálculo de los indicadores necesarios esté coordinado con los previstos en otros tipos de planificaciones, en particular, las Agendas 21 Locales.
[172] Observatorio Territorial de Andalucía [N]
1. Se creará un Observatorio Territorial con el objeto de analizar las características y la evolución del territorio andaluz y sus tendencias, así como la incidencia sobre él de las políticas públicas.
2. El Observatorio, en su organización y funcionamiento, deberá establecer los cauces necesarios para propiciar la participación de las instituciones científicas, los agentes sociales y económicos y las organizaciones ciudadanas, elaborando, con carácter periódico, un Informe sobre el Estado del Territorio de Andalucía, a partir de información independiente, relevante y contrastada.
3. En relación con el Plan, el Observatorio participará en las actividades relacionadas con su seguimiento, desarrollo y evaluación, que le sean encomendadas.
Capítulo 3
Programa de Desarrollo del Plan
[173] Planificación derivada del Plan [N].
1. El Plan, para la profundización de sus estrategias en la perspectiva de la construcción del Modelo Territorial de Andalucía, debe desarrollarse a partir de diferentes planes y programas, que tienen la consideración de instrumentos de la política territorial de acuerdo con la Ley 1/1994: planes de ordenación del territorio de ámbito subregional, planes con incidencia en la ordenación del territorio, y planeamiento urbanístico.
2. La formulación y elaboración de estos planes seguirán los principios de coordinación, cooperación y participación, adoptando los mecanismos necesarios para asegurar la coherencia de sus contenidos, así como una adecuada participación activa de los organismos implicados de forma directa o indirecta con el fin de aprovechar la sinergia de todo proceso de planificación.
3. Dichos planes y programas tendrán los contenidos propios que establece su propia legislación y, de acuerdo con la Ley 1/1994, un contenido adicional que deriva de su condición de ser parte activa en la consecución de los objetivos de la política territorial, armonizando sus contenidos con los objetivos y estrategias establecidos en el presente Plan.
4. En todo caso, estos planes y programas deberán contener en sus respectivas Memorias un capítulo expreso que justifique la coherencia de sus propuestas y determinaciones con las estrategias y directrices o recomendaciones de desarrollo territorial establecidas en este Plan, y, en su caso, justificar que las desviaciones contribuyen en mejor manera a los objetivos globales.
[174] Programa de Actuación [N]
1. Para asegurar el adecuado desarrollo y consecución de los objetivos y estrategias de la política territorial, en este Plan se establece un Programa de Actuación como parte de su contenido sustantivo.
2. El Programa de Actuación está concebido como un instrumento que establece los compromisos de la Administración para el desarrollo territorial de Andalucía a través de su función planificadora en los distintos ámbitos competenciales, y de acuerdo con los criterios y orientaciones establecidos en el Plan.
3. Las actividades de planificación consideradas se refieren a los siguientes tipos de instrumentos:
- a) Los planes que forman parte del sistema de planificación previsto en la Ley 1/1994 (planes de ordenación territorial de ámbito subregional, planes con incidencia en la ordenación del territorio).
- b) Planes y Programas sectoriales previstos en su legislación.
- c) Un conjunto de instrumentos propios para el desarrollo del Plan denominados «Programas Coordinados» por la corresponsabilidad de diferentes departamentos en su impulso elaboración.
- d) Otras actuaciones de carácter instrumental asociadas a la gestión del Plan.
4. El Programa se presenta ordenado según los grandes apartados de las Estrategias de Desarrollo Territorial, adoptando los siguientes subprogramas:
- a) Sistema de Ciudades [SC].
- b) Articulación Regional [AR].
- c) Patrimonio Territorial [PT].
- d) Actuaciones Zonales [ZN].
- e) Actuaciones de Seguimiento y Gestión [SG].
5. Para cada una de las actuaciones programadas se establece su objeto específico, su alcance y determinaciones de las que deriva, el ámbito territorial, la responsabilidad administrativa en su ejecución, la previsión temporal según prioridad, y la estimación económica de los costes de su elaboración. El mapa de la ficha de cada actuación programada tiene sólo un valor ilustrativo.
SC - 01PLANES DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO ÁMBITO SUBREGIONAL
Alcance: Directriz
Tipología: Plan de Ordenación del Territorio
Base legal: Ley 1/1994, de 11 de enero de 1994, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencias de aplicación POT.A: [25], [26]; Tabla III.1, Titulo III, Capítulo 1, Sección 4.; [31]; Tabla III.2, Titulo III, Capítulo 1, Sección 4., [40]; Tabla III.3, Titulo III, Capítulo 1, Sección 4
Objeto / Contenido: Formulación y desarrollo de Planes de Ordenación del Territorio de ámbito subregional para cada uno de los grandes tipos de Unidades Territoriales:
En los Centros Regionales los contenidos de estos planes deberán integrar, en la mayor medida posible, a otras iniciativas de planificación confluyentes en cuanto a la escala de intervención y la incidencia sobre el modelo territorial de los Centros Regionales; por ejemplo, Planes de Transporte Metropolitanos. Igualmente deberán reforzar su papel como instrumentos de coordinación urbanística de las aglomeraciones urbanas.
En los territorios organizados por Redes de Ciudades Medias se formularán Planes de Ordenación del Territorio de ámbito subregional que desarrollarán medidas para consolidar el Modelo Territorial de Andalucía.
En las Redes de Asentamientos en Ámbitos Rurales se formularán Planes de Ordenación del Territorio de ámbito subregional en aquellas áreas rurales que así lo precisen teniendo en cuenta su complejidad, los requerimientos de accesibilidad en el contexto regional, las necesidades de organización funcional o coordinación urbanística, la intensidad actual o prevista de usos turísticos y recreativos y la importancia del patrimonio urbano y natural que es necesario preservar.
Órgano responsable / otros órganos participantes: Consejería de Obras Públicas y Transporte
Programación temporal: Corto / Medio Plazo
Estimación Económica: 8.100.000
Ámbito territorial / Esquema gráfico:
SC - 02PROGRAMA ANDALUZ DE CIUDADES
Alcance: Directriz
Tipología: Programa coordinado en desarrollo POT
Base legal:
Referencias de aplicación POT.A: [22], [25], [30]
Objeto / Contenido: El Programa Andaluz de Ciudades es el principal instrumento de la Política Regional de Ciudades cuyo objetivo principal es la coordinación de los planes, programas y actuaciones de la Junta de Andalucía, aportando la adecuada dimensión territorial para el desarrollo de las diferentes políticas sectoriales con incidencia urbana.
Tendrá carácter plurianual y se redactará bajo la corresponsabilidad de una Comisión Interdepartamental de la que formarán parte, al menos, las siguientes Consejerías de la Junta de Andalucía: Presidencia; Economía y Hacienda; Obras Públicas y Transporte; Innovación, Ciencia y Empresa; Turismo, Comercio y Deporte; Empleo; Igualdad y Bienestar Social; Educación, Salud; Cultura; y Medio Ambiente.
El Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía aporta al Programa Andaluz de Ciudades la estructura y los contenidos mínimos de una estrategia compartida para el Sistema de Ciudades , señalando los aspectos específicos que deberán ser tenidos en cuenta por las diferentes políticas sectoriales.
Las medidas del Programa se materializarán a través de las diferentes iniciativas de planificación con incidencia territorial previstas en el ordenamiento jurídico, adecuando sus determinaciones y programas respectivos a las determinaciones del presente Plan.
La capacidad de incidencia del Plan sobre el elenco de planes e instrumentos operativos dependerá de varios factores y, especialmente, del estado y del proceso de planificación de cada uno de ellos, pudiendo en algunos casos influir sobre sus determinaciones en el momento de la formulación o revisión y, en otros casos, a través de los mecanismos de gestión y aplicación de planes en marcha.
Órgano responsable / otros órganos participantes: Comisión Interdepartamental de la Junta de Andalucía: Consejerías de la Junta de Andalucía: Presidencia; Gobernación; Economía y Hacienda; Obras Públicas y Transporte; Innovación, Ciencia y Empresa; Turismo, Comercio y Deporte; Empleo; Igualdad y Bienestar Social; Educación, Salud; Cultura; y Medio Ambiente.
Municipios de las Centros Regionales
Programación temporal: Corto Plazo
Estimación Económica: 3.000.000
Ámbito territorial / Esquema gráfico:
SC-O3PLAN ANDALUZ DE VIVIENDA Y SUELO
Alcance: Directriz
Tipología: Plan o Programa Sectorial
Base legal:
Referencias de aplicación POT.A: [25], [50], [56]
Objeto / Contenido: Los objetivos del Plan son facilitar el acceso a la vivienda de familias con ingresos inferiores que tienen dificultades de acceso al mercado inmobiliario actual; de los jóvenes andaluces, principal sector demandante de vivienda, posibilitando su emancipación y movilidad geográfica o laboral; de los mayores de 65 años; de las familias numerosas, familias monoparentales, y aquellas otras con recursos limitados y especiales problemas sociales. De la misma manera, se incluye entre los objetivos genéricos del Plan la pretensión de alcanzar un modelo de ciudad sostenible mediante la consolidación y mejora de la trama urbana existente a través de procesos de rehabilitación integrada, así como mediante la eliminación de situaciones de infravivienda que permitan conservar la población en sus barrios, impulsando y colaborando activamente en los procesos de erradicación del chabolismo. Igualmente se persigue dinamizar el tejido urbano mediante la liberación del amplio patrimonio de viviendas desocupadas y mejorar la sostenibilidad ambiental y la calidad de las viviendas introduciendo las nuevas tecnologías y modernizando las infraestructuras, en definitiva, complementando los objetivos establecidos en otras políticas sectoriales del Gobierno Andaluz.
Un aspecto específico, al que deberá prestar especial atención el Plan es el relacionado con los problemas de exclusión social, lo que debe dar lugar a un Programa Coordinado de Rehabilitación Integral en Zonas con Necesidades de Transformación Social. Las áreas urbanas, particularmente las grandes ciudades y determinadas zonas del litoral, concentran gran parte de la población andaluza afectada por problemas de marginalidad. La política territorial y urbanística, en apoyo de las políticas sociales y en coordinación con otras intervenciones, debe hacer frente a estas situaciones mediante las siguientes medidas:
Actuaciones coordinadas en las áreas urbanas de las ciudades andaluzas con mayores problemas de exclusión y marginalidad social. Estas actuaciones deberán realizarse mediante una acción concertada entre las Consejerías de Gobernación, Igualdad y Bienestar Social y Obras Públicas y Transporte, reforzando conjuntamente las acciones de cada una de dichas Consejerías relacionadas con los problemas de estas zonas urbanas: las Zonas con necesidades de Transformación Social, el Plan de Vivienda y Suelo y otros programas específicos (Rehabilitación Integral de Barriadas) derivados de la gestión de suelo y patrimonio residencial. Esta coordinación deberá reforzarse desde una perspectiva intersectorial, al menos con los departamentos con competencias en salud, educación y empleo.
Actuaciones coordinadas de la misma naturaleza en las Unidades Territoriales con mayor presencia de población inmigrante de carácter estacional (con prioridad en el Poniente y Levante almeriense y en la Costa Occidental de Huelva).
Órgano responsable / otros órganos participantes: Consejería de Obras Públicas y Transportes. Comisión Intersectorial de la Junta de Andalucía. Ayuntamientos afectados
Programación temporal: Corto Plazo
Estimación Económica: 900.000
Ámbito territorial / Esquema gráfico:
SC- 04PROGRAMA REGIONAL DE ESPACIOS PÚBLICOS DE INTERÉS SUPRAMUNICIPAL
Alcance: Directriz
Tipología: Plan o Programa Sectorial
Base legal:
Referencias de aplicación POT.A: [49]
Objeto / Contenido: El Programa Regional de Espacios Públicos de Interés Supramunicipal tendrá como finalidad el establecimiento de una Red de interés regional de espacios libres de uso público y de naturaleza metropolitana o supramunicipal con los siguientes criterios:
- • Estará integrada por aquellos elementos que defina el planeamiento territorial en los ámbitos metropolitanos, y aquellos otros espacios libres supramunicipales de relevancia regional contemplados en el planeamiento urbanístico.
- • Debe jugar un papel complementario a los espacios naturales en su función de esparcimiento y ocio de la población.
Órgano responsable / otros órganos participantes: Consejería de Obras Públicas y Transporte Ayuntamientos
Programación temporal: Corto Plazo
Estimación Económica: 2.000.000
Ámbito territorial / Esquema gráfico:
SC - 05PLAN ANDALUZ DE DESARROLLO INDUSTRIAL 2007-2013
Alcance: Directriz
Tipología: Plan o Programa Sectorial
Base legal:
Referencias de aplicación POT.A: [51]
Objeto / Contenido: El Plan Andaluz de Desarrollo Industrial establece el marco de actuación de la Junta de Andalucía para favorecer una industria competitiva en un entorno globalizado, basada en el conocimiento y la innovación como principal factor de mejora de la productividad, que funcione como motor de desarrollo para la economía de la región y que sea capaz de contribuir a la reducción de los desequilibrios territoriales.
Este plan es una consecuencia de los Acuerdos de Concertación Social de Andalucía entre la Junta de Andalucía, la Confederación de Empresarios de Andalucía (CEA), y los sindicatos Unión General de Trabajadores de Andalucía (UGT-A) y Comisiones Obreras de Andalucía (CC.OO.-A).
Los ámbitos de actuación del Plan serán los siguientes:
- - Dotación de equipamientos e infraestructuras.
- - Creación y generación de servicios avanzados.
- - Gestión de incentivos y apoyo financiero.
- - Mejora del marco político-administrativo.
En este marco deberá ponerse en marcha un Programa Regional de Suelo para Actividades Productivas por las Consejerías de Obras Públicas y Transportes, y de Innovación, Ciencia y Empresa de acuerdo con el Plan Andaluz de Desarrollo Industrial, que permita coordinar la participación de entidades públicas en la promoción de suelo.
Órgano responsable / otros órganos participantes: Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa Agentes Sociales y Económicos (Acuerdos Concertación Social), Consejería de Obras Públicas y Transportes
Programación temporal: Corto Plazo
Estimación Económica: 2.400.000
Ámbito territorial / Esquema gráfico:
SC - 06PLANIFICACIÓN TURÍSTICA
Alcance: Directriz
Tipología: Plan con Incidencia en la Ordenación del Territorio
Base legal: Ley 12/1999, de 15 de diciembre, del Turismo Ley 1/1994, de 11 de enero de 1994, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Referencias de aplicación POT.A: [53], [150]
Objeto / Contenido: En desarrollo de la legislación turística se pondrá en marcha el siguiente sistema de planes turísticos:
- • El Plan General del Turismo Sostenible de Andalucía se configura como el instrumento fundamental para la ordenación de los recursos turísticos de Andalucía, estableciendo el modelo y las estrategias para su desarrollo turístico futuro. Esta ordenación se traduce en inversiones dirigidas principalmente a mejoras cualitativas que compatibilicen el desarrollo turístico y la calidad medioambiental.
- • En los ámbitos litorales más consolidados desde el punto de vista del desarrollo turístico se llevarán a cabo, en el marco del Plan General del Turismo Sostenible de Andalucía, Programas de Recualificación de Destinos de ámbito supramunicipal que evalúen las necesidades de remodelación e incremento de la calidad de la oferta turística, y en los que se incorporarán los objetivos de diversificación de los usos del territorio, la preservación del patrimonio natural y cultural y la protección del paisaje.
- • En los ámbitos menos consolidados del desarrollo turístico se llevarán a cabo, en el marco del Plan General del Turismo de Andalucía, Planes de Actuación Turística Integrada de ámbito supramunicipal dirigidos a fomentar un crecimiento ordenado de la oferta turística. El planeamiento urbanístico deberá proponer modelos equilibrados de creación de oferta hotelera y segundas residencias.
Órgano responsable / otros órganos participantes: Consejería de Turismo, Comercio y Deporte
Programación temporal: Corto Plazo
Estimación Económica: 1.200.000
Ámbito territorial / Esquema gráfico:
SC - 07PLANIFICACIÓN COMERCIAL
Alcance: Directriz
Tipología: Plan o Programa Sectorial
Referencias de aplicación POT.A: [52]
Objeto / Contenido: Los contenidos territoriales relacionados con el comercio se desarrollará a través de dos instrumentos de planificación:
- • El III Plan Integral de Fomento de Comercio Interior de Andalucía, derivado de los Acuerdos de Concertación Social y tienen como principales líneas de actuación: renovar tecnológicamente a las pequeñas y medianas empresas mediante ayudas para nuevas tecnologías, impulsar planes de desarrollo, especialmente en los cascos históricos, que permitan reducir las desigualdades territoriales, analizar el comercio ambulante, desarrollar nuevas ofertas de formación e impulsar el asociacionismo.
- • El Plan Andaluz de Orientación Comercial tiene por objeto orientar la dotación de los grandes establecimientos comerciales en Andalucía, de forma que el crecimiento de la estructura comercial se lleve a cabo de manera gradual y equilibrada, de acuerdo con la situación de la oferta y la demanda de la zona afectada.
Órgano responsable / otros órganos participantes: Consejería de Turismo, Comercio y Deporte
Programación temporal: Corto Plazo
Estimación Económica: 800.000
Ámbito territorial / Esquema gráfico:
SC - 08PROGRAMA DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL CIUDAD 21
Alcance: Directriz
Tipología: Plan o Programa Sectorial
Base legal:
Referencias de aplicación POT.A: [25]; [58]
Objeto / Contenido: El Programa CIUDAD 21, impulsado por la Consejería de Medio Ambiente, intenta conjugar los esfuerzos de las distintas Administraciones con competencias en la mejora del medio ambiente urbano, y se inserta en un marco de colaboración permanente con la Federación Andaluza de Municipios y Provincias.
Su objetivo es conseguir, en torno a una serie de indicadores ambientales y estrategias de actuación conjunta, unos espacios urbanos más eficientes energéticamente, menos generadores de residuos o ruidos, que integren la naturaleza en la ciudad e inciten a una participación informada y activa.
Órgano responsable / otros órganos participantes: Consejería de Medio Ambiente
Programación temporal: Corto Plazo
Estimación Económica: 400.000
Ámbito territorial / Esquema gráfico:
AR - 01PLAN DIRECTOR DE INFRAESTRUCTURAS DE ANDALUCÍA
Alcance: Directriz
Tipología: Plan con Incidencia en la Ordenación del Territorio
Base legal: Ley 1/1994, de 11 de enero de 1994, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencias de aplicación POT.A: [63], [64]
Objeto / Contenido: El Plan Director de Infraestructura de Andalucía desarrollará las directrices del Plan en materia de infraestructuras de transporte, telecomunicaciones, infraestructuras energéticas e infraestructuras hidráulicas. Tiene como objetivo principal planificar las actuaciones que hagan efectiva la articulación de Andalucía internamente y con el exterior.
El PDIA se coordinará con las previsiones del Plan Estratégico de Infraestructuras y Transportes, elaborado por la Administración del Estado, y con las establecidas por la política de la Unión Europea, en particular las relativas a las redes transeuropeas.
Órgano responsable / otros órganos participantes: Consejería de Obras Públicas y Transportes
Programación temporal: Corto Plazo
Estimación Económica: 2.400.000
Ámbito territorial / Esquema gráfico:
AR - 02PLANES DE TRANSPORTE DE VIAJEROS
Alcance: Directriz
Formulación en Centros Regionales de Sevilla, Málaga, Bahía de Cádiz y Jerez, Granada, Bahía de Algeciras, Huelva, Almería, Córdoba y Jaén
Tipología: Plan con Incidencia en la Ordenación del Territorio
Ley 1/1994, de 11 de enero de 1994, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencias de aplicación POT.A: [69]
Objeto / Contenido: Los nodos de los Centros Regionales serán objeto de Planes de Transporte Metropolitano y la creación de Consorcios Metropolitanos de Transporte. En estos ámbitos las prioridades se dirigen hacia: la identificación de la imagen final de las redes de transporte metropolitano en sus diferentes niveles jerárquicos y funcionales (redes interurbanas, redes metropolitanas, redes locales, redes urbanas); el fomento de los servicios de transporte público metropolitano; el desarrollo de servicios ferroviarios y/o de metro; y la coordinación y complementariedad de los servicios de transporte público de viajeros por carretera.
De manera específica, los Planes de Transporte deberán abordar, también, la ordenación de las infraestructuras y servicios para el transporte de mercancías. En este sentido instalaciones como los puertos y los aeropuertos han de convertirse en elementos esenciales para la creación de infraestructuras y servicios intermodales del transporte. Así mismo, estos Planes han de incorporar objetivos y medidas concretos en relación con la mejora del impacto energético, ambiental y paisajístico del transporte en el ámbito metropolitano.
La consolidación del Sistema Regional de Transporte de Viajeros requiere, también, de una planificación a escala regional tendente a potenciar el transporte público, apoyar la intermodalidad, mejorar la calidad de los servicios y de los equipamientos e Integrar las instalaciones en las ciudades.
Órgano responsable / otros órganos participantes: Consejería de Obras Públicas y Transportes Municipios de los Centros Regionales, Diputaciones Provinciales
Programación temporal: Corto y Medio Plazo
Estimación Económica: 1.200.000
Ámbito territorial / Esquema gráfico:
AR - 03PLAN REGIONAL DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS
Alcance: Directriz
Tipología: Plan con Incidencia en la Ordenación del Territorio
Base legal: Ley 1/1994, de 11 de enero de 1994, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencias de aplicación POT.A: [69]
Objeto / Contenido: El Sistema de Transporte de Mercancías está llamado a desempeñar un papel crucial dentro de la estrategia de desarrollo regional. Su consolidación como tal y su eficacia es una pieza imprescindible para mejorar la competitividad de la economía andaluza y alcanzar una satisfactoria integración en los mercados nacionales e internacionales, que requiere la formulación de un Plan Regional con las siguientes líneas de actuación:
- • El apoyo a iniciativas que suponga una transferencia de los tráficos pesados de la carretera al resto de modos, en especial el ferroviario y el portuario.
- • El cierre de un sistema viario y ferroviario de gran capacidad que conecte los Nodos Regionales, en particular los que unen los puertos con los grandes corredores de transporte nacionales e internacionales.
- • La conexión eficiente en el interior de estos Nodos Regionales de las grandes infraestructuras modales (aeropuertos, puertos y terminales ferroviarias de mercancías) entre si a través de las redes viarias y ferroviarias de mayor capacidad.
- • La construcción de una red regional de Áreas de Transporte que haga viable la intermodalidad y multimodalidad y que, por otra parte, incentive la implantación de actividades logísticas que cualifiquen la producción regional. Una red que requiere del impulso de la Administración Autonómica, pero que necesariamente deberá contar con la participación activa de otras Administraciones y de los agentes privados del sector.
El Plan Regional de Transporte de Mercancías desarrollará las determinaciones del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía en relación con las «áreas de ordenación del transporte» con la finalidad de programar las actuaciones en infraestructuras y el desarrollo de modelos específicos de gestión del transporte.
Órgano responsable / otros órganos participantes: Consejería de Obras Públicas y Transportes
Programación temporal: Corto Plazo
Estimación Económica: 800.000
Ámbito territorial / Esquema gráfico:
AR - 04PROGRAMA COORDINADO NODO DEL ESTRECHO DE GIBRALTAR
Alcance: Directriz
Tipología: Programa coordinado en desarrollo POT
Base legal: Ley 1/1994, de 11 de enero de 1994, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencias de aplicación POT.A: [122]
Objeto / Contenido: Establecer una estrategia europea específica para el desarrollo territorial del Nodo de Gibraltar, en la que participen activamente la Administración General del Estado, la Junta de Andalucía, las Administraciones Locales del Campo de Gibraltar, y la administración gibraltareña, en cooperación con el Reino de Marruecos. Dicha estrategia se materializará a través de las siguientes acciones y medidas:
- 1. Desarrollar un programa específico de infraestructuras: red viaria, red ferroviaria, sistema portuario, sistema aeroportuario, telecomunicaciones, redes energéticas. Dicho programa tendrá por objetivo no sólo la planificación de los grandes ejes e infraestructuras transeuropeas que convergen en el área del Estrecho, sino también la organización de los sistemas y redes de infraestructuras que organicen internamente el territorio del Campo de Gibraltar y el norte de África.
- 2. Proyecto de enlace fijo entre Europa y África. La Junta de Andalucía, en cooperación con la Administración General del Estado, la Unión Europea y el Reino de Marruecos, impulsará el desarrollo de los trabajos de planificación para la creación de un enlace fijo para los transportes y las comunicaciones entre Europa y África a través del Estrecho de Gibraltar.
- 3. Desarrollar un programa específico en materia de desarrollo económico. La Junta de Andalucía impulsará la puesta en marcha de un programa específico para promover el desarrollo económico compartido entre el área del Campo de Gibraltar y el norte de Marruecos, favoreciendo la integración entre los sectores económicos comunes y complementarios y la creación de redes empresariales de cooperación.
- 4. Desarrollar un programa específico en materia de servicios públicos y calidad de vida. La Junta de Andalucía impulsará la puesta en marcha de un programa específico dirigido a la mejora del bienestar social y la calidad de vida en el ámbito del Campo de Gibraltar y el norte de África, sobre la base de la dotación de equipamientos y servicios públicos básicos y la lucha contra la exclusión social.
Órgano responsable / otros órganos participantes: Consejería de la Presidencia Administración General del Estado, Reino de Marruecos y Municipios del Centro Regional de Bahía de Algeciras
Programación temporal: Medio / Largo Plazo
Estimación Económica: 1.000.000
Ámbito territorial / Esquema gráfico:
AR - 05PLAN DE INNOVACIÓN Y MODERNIZACIÓN DE ANDALUCÍA Y PLAN DE DESARROLLO DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN
Alcance: Directriz
Tipología: Plan o Programa Sectorial
Base legal:
Referencias de aplicación POT.A: [75], [76]
Objeto / Contenido: Los aspectos territoriales relacionados con la Innovación y la Sociedad de la Información serán desarrollados por dos planes:
-
• El Plan de Innovación y Modernización de Andalucía, un instrumento derivado del concepto de Segunda Modernización y con la idea de impulsar, en base a ella, desarrollos crecientes de bienestar social y económico en la Comunidad andaluza.
El Plan continúa las orientaciones trazadas por la Segunda Modernización, concretando políticas y acciones encaminadas a situar a Andalucía entre las regiones más innovadoras de Europa como un Plan Específico de Actuaciones de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.
En relación con el Sistema de Telecomunicaciones el Plan se marca como objetivo la equidad territorial para evitar la exclusión en los procesos de innovación y fija como línea estratégica la igualdad en el terreno digital entre zonas urbanas y rurales.
-
• El Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información con los siguientes objetivos:
- a) Conseguir que todos los andaluces sean ciudadanos informados y conocedores de los beneficios y de la potencialidad del uso de las TIC y facilitar la incorporación de las mismas a su vida cotidiana.
- b) Ayudar a transformar las empresas andaluzas en organizaciones orientadas a la excelencia, incorporando la innovación y potenciando el uso de las TIC.
- c) Continuar con la transformación de las Administraciones Públicas de Andalucía, implementando la estrategia de la «Administración Inteligente», facilitando así la respuesta a las necesidades de la ciudadanía.
- d) Facilitar el despliegue de infraestructuras de banda ancha en toda la Comunidad.
Órgano responsable / otros órganos participantes: Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa
Programación temporal: Corto Plazo
Estimación Económica: 800.000
Ámbito territorial / Esquema gráfico:
AR - 06PLAN ANDALUZ DE SOSTENIBILIDAD ENERGÉTICA
Alcance: Recomendación
Tipología: Plan con Incidencia en la Ordenación del Territorio
Base legal: Ley 1/1994, de 11 de enero de 1994, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencias de aplicación POT.A: [81]
Objeto / Contenido: El Plan, en su consideración de Plan con incidencia en la Ordenación del Territorio, se constituirá en instrumento planificador que orientará estratégicamente las políticas sectoriales en materia de infraestructuras energéticas, de fomento de las energías renovables, así como las actuaciones en materia de ahorro, eficiencia y diversificación energética que se desarrollen en Andalucía.
El Plan Andaluz de Sostenibilidad Energética contendrá, al menos, los siguientes contenidos:
- a) El diagnóstico de la situación energética.
- b) La determinación de los objetivos generales a alcanzar, y la justificación de su coherencia con el modelo territorial regional, con la planificación económica y con la planificación del medio ambiente de Andalucía.
- c) El análisis de la demanda de energía prevista en Andalucía en el período de vigencia del Plan, así como una previsión de dicha demanda en el horizonte del año 2.020.
- d) La determinación y el análisis del potencial energético de nuestra región, sobre todo en lo que se refiere a las energías renovables.
- e) La definición de los objetivos, criterios, directrices y principales intervenciones previstas relativas a: Las infraestructuras eléctricas, así como la calidad de suministro; Las infraestructuras gasistas, petrolíferas y su derivados; Las infraestructuras necesarias para el fomento de las energías renovables; Actuaciones para el impulso del ahorro y la eficiencia energética.
- f) La estructuración de las actuaciones y medidas en Programas de implantación que al menos serán: Programa de fomento de energías renovables; Programa de ahorro y eficiencia energética; Programa de infraestructuras energéticas; Programa de innovación energética; Programa de difusión de la nueva cultura energética.
Órgano responsable / otros órganos participantes: Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa
Programación temporal: Corto Plazo
Estimación Económica: 600.000
Ámbito territorial / Esquema gráfico:
AR - 07PROGRAMAS AGUA-TERRITORIO
Alcance: Directriz
Tipología: Programa coordinado en desarrollo POT
Base legal:
Referencias de aplicación POT.A: [97]
Objeto / Contenido: Programas coordinados de gestión del agua desde la perspectiva de la demanda y en ámbitos considerados tanto desde el punto de vista de sus características físico naturales y ecológicas y de la disponibilidad de recursos hídricos, como desde el punto de vista de los modelo territorial de usos y actividades vinculados con el uso del agua.
Los contenidos mínimos que han de contemplar estos Programas territoriales para la gestión del agua en cada ámbito, son:
- a) Definición cuantitativa de los objetivos de gestión de la demanda, ahorro y reutilización a los que deberán atenerse cualquier iniciativa de incremento de los recursos (regulación, explotación de acuíferos), en base al principio de vincular el incremento a la oferta de recursos al cumplimiento de medidas de racionalización de la demanda y máxima eficiencia en la gestión de los recursos disponibles.
- b) Modelo de gestión interanual de los recursos hídricos: recursos disponibles y dotaciones por tipos de usos y estrategia de garantía en periodos de sequías.
- c) Objetivos de ahorro y eficiencia en el uso del agua.
Órgano responsable / otros órganos participantes: Consejería de Obras Públicas y Transporte
Consejería de Medio Ambiente, Consejería de Agricultura/Ministerio de Medio Ambiente
Programación temporal: Medio Plazo
Estimación Económica: 3.000.000
Ámbito territorial / Esquema gráfico:
AR - 08PROGRAMA COORDINADO DE RECUPERACIÓN DEL RÍO GUADALQUIVIR
Alcance: Directriz
Tipología: Programa coordinado en desarrollo POT
Base legal:
Referencias de aplicación POT.A: [98]; [140]
Objeto / Contenido: Este Programa se fundamenta en el objetivo de hacer del principal río de Andalucía, un ejemplo de lo que debe ser la acción integrada para la protección y regeneración de los espacios fluviales. El concepto de espacio fluvial comprende tanto las aguas y los ecosistemas acuáticos, como las riberas fluviales, los espacios de dominio público, los espacios contiguos al río vinculados directamente con los usos de sus aguas, y los paisajes fluviales, entendidos como formalización del conjunto del espacio fluvial.
El Programa Regional contemplará las siguientes acciones:
- • Estudio hidrológico-hidráulico de la totalidad del cauce del Guadalquivir.
- • Reconocimiento del estado del cauce y sus márgenes.
- • Identificación de intervenciones históricas sobre el cauce.
- • Identificación de iniciativas en curso sobre el cauce, tanto en ámbitos rurales como en áreas urbanas.
-
• Programación de acciones relativas a:
- · Recuperación de valores ecológicos: protección de calidad de las aguas para alcanzar un ICG nunca inferior a 80.
- · Recuperación, en su caso, del dominio público asociado al cauce.
- · Acciones para la recuperación integral de la vegetación de ribera y el bosque galería.
- · Planes de gestión para la protección y recuperación de la riqueza piscícola.
- · Acciones para la corrección de impactos ambientales en el entorno del cauce.
- · Acciones relativas al tratamiento paisajístico del cauce y sus márgenes.
- · Programación del uso público compatible con la protección del cauce.
- · Programa de instalaciones y adecuaciones recreativas atendiendo a las características territoriales y urbanas de los diferentes tramos del Guadalquivir.
Órgano responsable / otros órganos participantes: Consejería de Obras Públicas y Transportes, Consejería de Medio Ambiente
Ministerio de Medio Ambiente
Programación temporal: Largo Plazo
Estimación Económica: 1.080.000
Ámbito territorial / Esquema gráfico
PT - 01ESTRATEGIAS DE PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN INTEGRADA DEL PATRIMONIO TERRITORIAL
Alcance: Directriz
Tipología: Programa coordinado en desarrollo POT
Base legal:
Referencias de aplicación POT.A: [113]
Objeto / Contenido: El Plan establece la necesidad de unas estrategias comunes de planificación y gestión del Patrimonio Territorial para los ámbitos de referencia señalados, cuya elaboración corresponderá a las Consejerías de Agricultura, Cultura, Medio Ambiente y Obras Públicas y Transportes.
Estas Estrategias habrán de establecer un marco de actuación común para cada territorio en el que se integren tanto las políticas patrimoniales (ecológicas, culturales y paisajísticas) como las políticas urbanísticas, de ordenación del territorio y de desarrollo económico, particularmente aquellas relacionadas con la promoción turística vinculada a la puesta en valor de los bienes patrimoniales.
Dichas Estrategias deberán contener, al menos, los siguientes aspectos: marco jurídico para su desarrollo y contenidos mínimos, así como las prioridades para su elaboración. Se desarrollarán y concretarán a través de los instrumentos más adecuados para aplicar los criterios y estrategias contenidas en las Directrices de Protección del Patrimonio Territorial. Estos planes han de entenderse como instrumentos directamente vinculados a la cooperación territorial, por lo que su puesta en marcha habrá de realizarse a partir de enfoques supramunicipales y, en su elaboración, participarán activamente las administraciones locales y los agentes sociales de los ámbitos (Mancomunidades, Consorcios, Grupos de Desarrollo Local, etc.).
Órgano responsable / otros órganos participantes: Consejería de Obras Públicas y Transportes
Consejería de Cultura, Consejería de Medio Ambiente, Consejería de Turismo, Comercio y Deporte
Programación temporal: Corto Plazo
Estimación Económica: 600.000
Ámbito territorial / Esquema gráfico
PT - 02PROGRAMA COORDINADO SOBRE EL PAISAJE
Alcance: Directriz
Tipología: Programa coordinado en desarrollo POT
Base legal:
Referencias de aplicación POT.A: [115]
Objeto / Contenido: Desarrollo de una política específica sobre paisaje, a partir de la elaboración de una Estrategia sobre el tratamiento de los paisajes en las políticas públicas en desarrollo y aplicación de la Convención Europea del Paisaje, en la doble vertiente de ordenación de lo paisajes y el fomento de sus valores. En su desarrollo deberá contenerse programas específicos, entre ellos:
-
• Programas de Protección y Mejora de los Paisajes Rurales. La Consejería de Agricultura y Pesca, en coordinación con las de Obras Públicas y Transportes, Medio Ambiente y Cultura, desarrollará un programa de protección y mejora de los paisajes rurales, de acuerdo con los siguientes criterios y prioridades.
- a) Mejorar la coordinación de las medidas agroambientales con especial incidencia sobre el paisaje (reforestación, fomento de la agricultura ecológica, lindes y setos, recuperación de vías pecuarias).
- b) Incorporar objetivos de protección del paisaje en los instrumentos de desarrollo rural (Programas Leader y Proder).
- c) Definir instrumentos para incentivar el mantenimiento de elementos característicos del paisaje agrario tradicional.
-
• Programa de Recuperación Paisajística del Valle del Guadalquivir. Con el objetivo de recuperar la riqueza paisajística de las campiñas, así como de proteger los hitos paisajísticos que conceden aun cierto grado de diversidad y complejidad al paisaje. Esta línea estratégica de actuación se concreta en:
- a) La incorporación al Sistema del Patrimonio Territorial de todos los elementos que mantienen valores de diversidad paisajística, tales como bosques-isla, ríos, zonas húmedas, edificaciones singulares, etc.
- b) La potenciación de elementos territoriales susceptibles de ser utilizados con fines de diversificación paisajística; especialmente mediante el tratamiento adecuado de infraestructuras públicas y elementos del medio natural (carreteras, cauces y riberas, etc.).
- • Creación de una Red de Miradores de Andalucía. Concebida como equipamiento para la interpretación de los paisajes, organizados jerárquicamente, y que incluya, al menos, la siguiente tipología: de interés regional (en las puertas de entrada a la Comunidad, y miradores escénicos o panorámicos); metropolitanos y urbanos; del litoral; y de espacios naturales.
Órgano responsable / otros órganos participantes:
Consejería de Obras Públicas y Transportes
Consejería de Cultura, Consejería de Medio Ambiente, Consejería de Agricultura y Pesca, Consejería de Turismo, Comercio y Deporte
Programación temporal: Medio Plazo
Estimación Económica: 1.200.000
Ámbito territorial / Esquema gráfico:
ZN - 01PROGRAMAS DE INTERVENCIÓN EN ÁREAS RURALES CON PROBLEMAS ESPECÍFICOS
Alcance: Directriz
Tipología: Programa coordinado en desarrollo POT
Base legal:
Referencias de aplicación POT.A: [41]
Objeto / Contenido: Se establecen Programas de intervención en determinadas áreas rurales de acuerdo con las siguientes directrices.
- 1. Los Programas de Intervención tienen como objetivo la mejora a corto plazo de las condiciones de calidad de vida en determinadas áreas rurales, actuando especialmente en la dotación de servicios públicos y en la mejora de las infraestructuras.
- 2. Se formularán en ámbitos que presentan indicadores especialmente desfavorables en dotaciones de servicios y equipamientos. Estas áreas se sitúan por lo general en las áreas de menor accesibilidad de la región y presentan, además, un nivel de despoblamiento muy elevado. Los ámbitos prioritarios para la puesta en marcha de estos Programas son: Filabres (Almería); Andévalo occidental (Huelva); Valle del Guadiato (Córdoba), Valle del Genal (Málaga); Sierra de Segura (Jaén), Sierra Tejeda-Almijara (Málaga y Granada), Alpujarras (Granada y Almería) y Los Montes (Granada).
Órgano responsable / otros órganos participantes:
Consejería de Obras Públicas y Transporte.
Estos Programas de intervención tendrán carácter multisectorial, bajo la corresponsabilidad de las siguientes Consejerías: Asuntos Sociales, Salud y, Educación, en coordinación con las respectivas Diputaciones Provinciales
Programación temporal: Corto Plazo
Estimación Económica: 2.000.000
Ámbito territorial / Esquema gráfico:
ZN-02PROGRAMA REGIONAL DE ORDENACIÓN DEL LITORAL
Alcance: Directrices
Tipología: Programa coordinado en desarrollo POT
Base legal:
Referencias de aplicación POT.A: [151]
Objeto / Contenido: La complejidad de los procesos de desarrollo territorial que se producen en el litoral demanda la elaboración de un instrumento de ordenación general a escala regional que, tomando como punto de partida la experiencia de las Directrices Regionales del Litoral de Andalucía, incorpore los criterios, más globales, que actualmente se desarrollan en torno a la gestión integrada de zonas costeras.
El Programa Regional del Litoral debe informar e integrar los contenidos de ordenación territorial desarrollados a escala subregional y establecer criterios de coordinación con políticas regionales concluyentes sobre el litoral.
Entre sus contenidos mínimos deben contemplarse:
- a) El desarrollo de las determinaciones contenidas en este Plan para el ámbito completo del litoral y para cada una de sus Unidades.
- b) La coordinación de planes y programas con incidencia sobre el litoral andaluz.
- c) La definición de los modelos de implantación turística.
- d) Los criterios de ordenación de las zonas de agricultura intensiva e invernaderos, con especial atención a la resolución de los problemas ambientales y urbanísticos que plantean dichos espacios.
- d) La integración paisajística de los elementos territoriales y las infraestructuras.
- e) La recuperación del paisaje costero y de las vertientes litorales.
- f) El manejo hidrológico-forestal de las cuencas vertientes a los ámbitos litorales.
- g) Los objetivos, cuantificados por zonas, de ahorro, eficiencia y reutilización en el consumo de agua. Objetivos que deberán servir de base para la aceptación de nuevas actividades consumidoras de recursos hídricos.
- h) La identificación de espacios excluidos de cualquier proceso de urbanización, ya sea por criterios de protección ecológica, por criterios de ordenación territorial y urbanística o de cualquier otra naturaleza.
La formulación y redacción del Programa será corresponsabilidad de los siguientes departamentos de la Junta de Andalucía: Medio Ambiente, Agricultura, Obras Públicas y Transportes, y Turismo.
Órgano responsable / otros órganos participantes:
Consejería de Obras Públicas y Transporte
Consejería de Medio Ambiente, Consejería de Agricultura y Pesca y Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, Ministerio de Medio Ambiente
Programación temporal: Corto Plazo
Estimación Económica: 500.000
Ámbito territorial / Esquema gráfico:
ZN - 03PROGRAMA COORDINADO PARA EL DESARROLLO DE LAS ZONAS DEL INTERIOR DE ANDALUCÍA
Alcance: Directriz
Tipología: Programa coordinado en desarrollo POT
Base legal:
Referencias de aplicación POT.A: [33]
Objeto / Contenido: El programa tiene como objetivo reforzar la zona central de Andalucía como una pieza estratégica para el desarrollo económico y territorial de la Comunidad Autónoma, que debe contribuir a equilibrar el dinamismo generado por las aglomeraciones urbanas y la franja litoral.
Para el ámbito delimitado por las ciudades de Córdoba, Estepa, Antequera, Granada y Úbeda el programa contempla diversas actuaciones en materia de infraestructuras del transporte y las comunicaciones y el apoyo a los Sistemas Productivos Locales con medidas de incentivos para la actividad empresarial, la creación y mantenimiento de empleo, la innovación productiva y la difusión del desarrollo tecnológico.
Órgano responsable / otros órganos participantes: Consejería de Economía y Hacienda. Comisión Interdepartamental de la Junta de Andalucía
Programación temporal: Corto Plazo
Estimación Económica: 500.000
Ámbito territorial / Esquema gráfico:
ZN-04PROGRAMAS DE DESARROLLO RURAL
Alcance: Recomendación
Tipología: Plan o Programa Sectorial
Base legal:
Referencias de aplicación POT.A: [129], [137], [142]
Objeto / Contenido: Durante más de una década de ejecución de programas de desarrollo rural en Andalucía, se han producido resultados muy significativos. Se han creado nuevas oportunidades y esperanzas a los habitantes de las zonas rurales. Se ha reactivado y dinamizado la economía de estas áreas y se está fijando la población en municipios donde existían graves riesgos de migración.
Asimismo, están resurgiendo la identidad comarcal y los valores endógenos como alternativa a los riesgos de la globalización. Por otra parte, el nivel de desarrollo y la madurez de las experiencias permiten impulsar nuevas líneas de cooperación internacional.
La experiencia surgida de la implementación de los programas de desarrollo rural ofrece un ejemplo único de cooperación entre las instituciones públicas y el sector privado en el seno de los Grupos de Desarrollo Rural. Este modelo permite que las decisiones sean conjuntas, que se tomen de abajo-arriba, de forma que se definan estrategias que permitan el aprovechamiento de todos los recursos y oportunidades por parte de los emprendedores y emprendedoras de la sociedad rural.
En este marco debe desarrollarse una línea de actuación específica para la Dehesa. De acuerdo con una política agraria comunitaria y nacional que valora la sostenibilidad de los sistemas agrarios, la dehesa debe ser defendida como patrimonio cultural, y puesta en valor como recurso competitivo. El enfoque debe tener un carácter integral, acorde con la propia complejidad de este medio y centrarse particularmente en el dominio de Sierra Morena y Los Pedroches y en zonas de la Serranía de Ronda. La intervención debe ser el resultado de la confluencia de, al menos, cuatro líneas:
- a) La política agraria andaluza, a través de programas de apoyo y asistencia técnica a sistemas agrosilvopastorales.
- b) La política ambiental, a través de los respectivos Planes de Ordenación de Recursos Natural.
- c) La política de ordenación del territorio, dirigida a la identificación, gestión y ordenación de los elementos construidos del medio característicos de las dehesas y a la preservación de los elementos territoriales propios de este tipo de paisajes.
- d) La cooperación con ámbitos próximos del sur peninsular que comparten sistemas productivos agrarios similares.
Órgano responsable / otros órganos participantes: Consejería de Agricultura y Pesca
Programación temporal: Corto Plazo
Estimación Económica: 900.000
Ámbito territorial / Esquema gráfico:
SG - 01SISTEMA DE INFORMACIÓN TERRITORIAL
Alcance: Norma
Tipología: Programas de seguimiento y Gestión
Base legal: Ley 1/94 de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencias de aplicación POT.A: [169]
Objeto / Contenido: Adecuación del Sistema de Información Territorial al esquema conceptual y a la propuesta de indicadores de seguimiento recogidos en el Plan. Tendrá como objetivos fundamentales:
- a) Reunir, organizar y estructurar la información (bases de datos y bases cartográficas) relativa al sistema territorial y de las políticas e instrumentos de planificación que inciden en la ordenación del territorio, así como de sus indicadores de seguimiento y evaluación.
- b) Constituir una herramienta operativa básica para organizar la información necesaria y elaborar los indicadores de seguimiento y evaluación, y, asimismo, es básico para generar el Informe de Desarrollo y Aplicación de la Política Territorial de Andalucía
Órgano responsable / otros órganos participantes: Consejería de Obras Públicas y Transportes
Programación temporal: Corto Plazo
Estimación Económica: 1.000.000
Ámbito territorial / Esquema gráfico:
SG - 02SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LA PLANIFICACIÓN TERRITORIAL
Alcance: Norma
Tipología: Programas de seguimiento y Gestión
Base legal:
Referencias de aplicación POT.A [163 y 172]
Objeto / Contenido: Elaboración periódica de Informes de seguimiento continúo de la realidad territorial andaluza y evaluación sistemática de los niveles de aplicación del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía, mediante la elaboración de las Memorias de Gestión del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía y del Informe sobre el Estado del Territorio de Andalucía.
El primero de estos documentos reflejará el grado de cumplimiento de las previsiones del Plan, su incidencia en el conjunto de las actuaciones públicas, y propondrá las medidas a adoptar para evitar los desajustes identificados. Asimismo, podrá justificar la pertinencia de aplicar los supuestos de modificación parcial o de revisión, y orientar los criterios por los que se guiarían.
El contenido de las memorias se adaptará a las exigencias de cada periodo, aunque con carácter general se referirá a las siguientes cuestiones:
- a) Descripción de la evolución de las principales variable del sistema territorial.
- b) Estado del cumplimiento de objetivos y determinaciones.
- c) Estado de ejecución de las actuaciones programadas en desarrollo del Plan.
- d) Identificación y valoración de las iniciativas relacionadas con la gestión del territorio.
- e) Indicadores de seguimiento.
El Informe sobre el Estado del Territorio de Andalucía se elaborará por el Observatorio Territorial de Andalucía, a partir de información independiente, relevante y contrastada y será publicado para general conocimiento.
Órgano responsable / otros órganos participantes: Consejería de Obras Públicas y Transportes
Programación temporal: Corto Plazo
Estimación Económica: 800.000
Ámbito territorial / Esquema gráfico:
SG - 03SISTEMA DE INDICADORES PARA LA EVALUACIÓN DE LA PLANIFICACIÓN TERRITORIAL
Alcance: Norma
Tipología: Programas de seguimiento y Gestión
Base legal: Ley 1/94 de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencias de aplicación POT.A: [170]
Objeto / Contenido: El conjunto de indicadores relevantes para la evaluación del sistema territorial constituye el Sistema de Indicadores cuyos componentes básicos son los siguientes:
-
a) Estructura territorial. Estos indicadores están directamente relacionados con los objetivos sociales y económicos del Plan, así como, con las medidas adoptadas por éste para su consecución. Como consecuencia, los indicadores se agrupan, según el alcance de dichas medidas:
- - Indicadores generales, relacionados con los objetivos y fines últimos, en particular con la cohesión social y territorial de Andalucía, y sus valores en el conjunto de la Unión Europea.
- - Indicadores asociados a medidas o instrumentos concretos previstos en el Plan, considerando en cualquier caso su distribución equilibrada y su accesibilidad en la totalidad del territorio andaluz
-
b) Sostenibilidad. Las variables que tienen que ver con el análisis de la sostenibilidad física del Modelo Territorial de Andalucía. A su vez, este grupo de indicadores se dividirá en dos subgrupos:
- - Indicadores estructurales o de sostenibilidad: el objetivo es el seguimiento y la evaluación de la tendencia de los indicadores, más que la consecución de objetivos numéricos concretos. Este tipo de indicadores estarán directamente relacionados con el funcionamiento físico del Sistema Territorial de Andalucía, y con las Estrategias de Desarrollo Territorial.
- - Indicadores de gestión hacia la sostenibilidad. Estos indicadores están relacionados con las determinaciones y directrices del Plan y deben permitir su evaluación y seguimiento para determinar su grado de cumplimiento.
Órgano responsable / otros órganos participantes:
Consejería de Obras Públicas y Transportes
Sistema Estadístico de Andalucía
Programación temporal: Corto Plazo
Estimación Económica: 100.000
Ámbito territorial / Esquema gráfico:
SG - 04SISTEMA DE INFORMACIÓN DE ESPACIOS Y BIENES CATALOGADOS DEL PATRIMONIO TERRITORIAL
Alcance: Norma
Tipología: Programas de seguimiento y Gestión
Base legal:
Referencias de aplicación POT.A: [111]
Objeto / Contenido: El Plan establece la necesidad de integrar en un instrumento de gestión e información pública los espacios y bienes sujetos a algún de protección legal en función de sus valores naturales, culturales, o paisajísticos, e incluidos en catálogos e inventarios de diferente naturaleza.
Dicha integración se hará bajo el formato de un sistema de información gestionado en plataforma única por las Consejerías de Obras Públicas y Transportes, Medio Ambiente y Cultura, en colaboración con todos los organismos competentes de cada una de las categorías de protección, dotándose de las bases de datos y coberturas cartográficas necesarias.
Este sistema de información estará formado por los espacios y bienes incluidos en el Sistema del Patrimonio Territorial de Andalucía y catalogados en sus respectivas legislaciones, los espacios y bienes catalogados por el planeamiento urbanístico e integrados en el registro previsto en la legislación y los espacios y bienes incluidos en los catálogos vinculados a legislaciones específicas.
Con carácter cautelar, los espacios y bienes identificados en las estrategias previstas, así como en sus instrumentos de desarrollo, con especial mención a aquellos elementos patrimoniales que deban ser incluidos en los respectivos Catálogos.
También formarán parte de este sistema de información, con carácter previo, los espacios y elementos resultantes de los estudios territoriales y sectoriales que contengan inventarios de bienes del patrimonio, susceptibles de ser catalogados por las diferentes administraciones públicas. Serán prioritarios los siguientes inventarios regionales establecidos en la normativa de referencia.
Órgano responsable / otros órganos participantes: Consejería de Obras Públicas y Transportes, Consejería de Medio Ambiente y Consejería de Cultura
Programación temporal: Corto Plazo
Estimación Económica: 200.000
Ámbito territorial / Esquema gráfico:
SG - 05PROGRAMA DE CARTOGRAFÍA DE RIESGOS
Alcance: Norma
Tipología: Programas de seguimiento y Gestión
Base legal: Ley 1/94 de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencias de aplicación POT.A: [102]
Objeto / Contenido: El Plan prevé en coordinación con los servicios de Protección Civil, un programa de cartografía temática a la escala adecuada y de estudios de referencia, que orienten el tratamiento y prevención de los distintos tipos de riesgos.
Los riesgos que deben considerarse prioritarios son los siguientes: inundaciones, incendios forestales, sísmicos, otros geológicos (erosión costera, fallas activas, movimientos de laderas, suelos expansivos, subsidencias) y los tecnológicos (industriales, militares, nucleares, los regulados por el Reglamento de Explosivos, actividades extractivas, vertederos y transporte y almacenamiento de productos peligrosos).
Órgano responsable / otros órganos participantes:
Consejería de Obras Públicas y Transportes
Consejería de Gobernación
Programación temporal: Medio Plazo
Estimación Económica: 800.000
Ámbito territorial / Esquema gráfico
SG - 06CAUCE DE PARTICIPACIÓN MUNICIPAL
Alcance: Norma
Tipología: Programas de seguimiento y Gestión
Base legal: Ley 1/94 de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencias de aplicación POT.A: [161]
Objeto / Contenido: Para fomentar la participación de las instituciones locales se formalizará el Cauce de Participación Municipal, ya puesto en marcha en la fase de elaboración del Plan, para contribuir de forma sistemática al conocimiento de la percepción de problemas y oportunidades territoriales y de las aspiraciones básicas de la sociedad en el marco de la política territorial.
La periodicidad del Cauce de Participación Municipal será cuatrienal y sus resultados se incorporarán a los informes generales de seguimiento y evaluación del Plan.
Su desarrollo deberá contar con el concurso de la Federación Andaluza de Municipios y Provincias
Órgano responsable / otros órganos participantes:
Consejería de Obras Públicas y Transportes
Federación Andaluza de Municipios y Provincias
Programación temporal: Corto Plazo
Estimación Económica: 200.000
Ámbito territorial / Esquema gráfico
Índice de Determinaciones
-
TÍTULO I. BASES DE ORDENACIÓN, APLICACIÓN Y DESARROLLO
- [1] Naturaleza, ámbito y finalidad del Plan [N]
- [2] Tipología, alcance y eficacia de las determinaciones del Plan [N]
- [3] Contenido sustantivo y documentación del Plan. Interpretación [N]
- [4] Modelo Territorial de Andalucía [N]
- [5] Estrategias de Desarrollo Territorial y Zonificación [N]
- [6] Desarrollo operativo y aplicación del Plan [N]
- [7] Gestión de la política territorial [N]
- [8] Vigencia. Condiciones de modificación y revisión [N]
- [9] Información y publicidad [N]
-
TÍTULO II.: MODELO TERRITORIAL DE ANDALUCÍA
- [10] Objetivos del Modelo Territorial de Andalucía [O]
- [11] Principios orientadores del Modelo Territorial de Andalucía [E]
- [12] Referentes Territoriales del Modelo [N].
- [13] Sistema Polinuclear de Centros Regionales [N]
- [14] Redes de Ciudades Medias [N].
- [15] Redes de Asentamientos en Áreas Rurales [N]
- [16] Esquema Básico de Articulación Territorial de Andalucía [N]
- [17] Dominios Territoriales [N]
- [18] Unidades Territoriales [N]
-
TÍTULO III.: ESTRATEGIAS DE DESARROLLO TERRITORIAL
-
Capítulo 1.: Sistema de Ciudades
-
Sección 1.: Centros Regionales
-
Sección 2.: Redes de Ciudades Medias
- [28] Objetivos [O]
- [29] Líneas Estratégicas [E]
- [30] Programa Andaluz de Ciudades: contenidos para las Redes de Ciudades Medias [N]
- [31] Planes de Ordenación del Territorio [N]
- [32] Localización de equipamientos y servicios especializados [N]
- [33] Funciones de las Redes de Ciudades Medias en los Ejes de Articulación Regional [D]
- [34] Redes de Ciudades Medias y Cooperación [R]
-
Sección 3.: Redes de Asentamientos en Áreas Rurales
- [35] Objetivos [O]
- [36] Líneas Estratégicas [E]
- [37] Accesibilidad y conectividad de las Áreas Rurales [D]
- [38] Localización de equipamientos y servicios [N]
- [39] Redes de Asentamientos en Áreas Rurales y Cooperación [R]
- [40] Planes de Ordenación del Territorio [N]
- [41] Programas de intervención en Áreas Rurales con problemas específicos [N]
- [42] Localización de equipamientos y servicios especializados [D]
-
Sección 4.: Orientación y control de los procesos de urbanización y la calidad urbana
- [43] Objetivos [O]
- [44] Líneas Estratégicas [E]
- [45] Modelo de ciudad [N]
- [46] Ordenación y mejora de los procesos de urbanización [D]
- [47] Políticas urbanas con incidencia en los procesos de planificación [D]
- [48] Equipamientos [D]
- [49] Mejora de la dotación de zonas verdes y espacios libres de carácter metropolitano o supralocal [D]
- [50] Política de vivienda y suelo residencial [N]
- [51] Suelo para actividades productivas [N]
- [52] Actividad comercial [D]
- [53] Urbanización de área turística [D]
- [54] Movilidad urbana [D]
- [55] Control de los procesos de parcelación urbanística en suelo no urbanizable [N]
- [56] Integración social en el espacio urbano [D]
- [57] Valorización de los recursos patrimoniales de la ciudad [D]
- [58] Medidas y criterios para la sostenibilidad del sistema urbano [D]
- [59] Medidas y líneas de actuación para la mejora del balance ecológico de las ciudades [D]
- [60] Calidad ambiental en el medio urbano [D]
- [61] Mejora de los mecanismos de evaluación de impacto ambiental de la planificación urbanística y territorial [D]
-
Capítulo 2.: Sistemas de Articulación Regional
-
Sección 1.: Sistema Intermodal de Transportes
- [62] Objetivos [O]
- [63] Líneas Estratégicas [E]
- [64] Directrices territoriales sobre infraestructuras y redes de transporte a escala regional [D]
- [65] Estrategias y prioridades territoriales del Sistema Ferroviario [D]
- [66] Estrategias y prioridades territoriales del Sistema Viario [D]
- [67] Estrategias y prioridades territoriales del Sistema Portuario [D]
- [68] Estrategias y prioridades territoriales del Sistema Aeroportuario [D]
- [69] Infraestructuras intermodales en los Nodos de Transporte [D]
- [70] Integración urbana de redes y nodos [D]
- [71] Modelos territoriales específicos en relación con la gestión del transporte [D]
- [72] Consumo energético y ambiental de los transportes [D]
-
Sección 2.: El Sistema de Telecomunicaciones
- [73] Objetivos [O]
- [74] Líneas Estratégicas [E]
- [75] Desarrollo Territorial de la Sociedad de la Información [D]
- [76] Desarrollo de una Red Corporativa de Telecomunicaciones de Andalucía [D]
- [77] Fomento de proyectos telemáticos locales y comarcales [D]
- [78] Diagnóstico y seguimiento sobre el sistema de telecomunicaciones [D]
-
Sección 3.: Sistema Energético
- [79] Objetivos [O]
- [80] Líneas Estratégicas [E]
- [81] Redes e infraestructuras territoriales del sistema energético regional [D]
- [82] Requisitos territoriales de las redes energéticas de transporte y distribución [D]
- [83] Fomento de las energías renovables y sostenibilidad del Sistema Energético [D]
- [84] Energía y ciudad [D]
- [85] Impacto ambiental del Sistema Energético [D]
- [86] Sistema energético y modelo territorial [D]
-
Sección 4.: Sistema Hidrológico-Hidráulico
- [87] Objetivos [O]
- [88] Líneas Estratégicas [E]
- [89] Componentes del sistema hidrológico [N]
- [90] Red hidrográfica [D]
- [91] Zonas húmedas [D]
- [92] Embalses [D]
- [93] Acuíferos [D]
- [94] Aguas costeras [D]
- [95] Ordenación territorial del regadío [N]
- [96] El ciclo urbano del agua [N]
- [97] Programas Agua-Territorio [N]
- [98] Programa Coordinado de Recuperación Integral del Río Guadalquivir [D]
-
Capítulo 3.: Sistema de Protección Territorial
-
Sección 1.: Sistema de Protección de Riesgos
- [99] Objetivos [O]
- [100] Líneas Estratégicas [E]
- [101] Tratamiento de los riesgos en la planificación territorial y urbanística [N]
- [102] Cartografía de riesgos [N]
- [103] Normas Técnicas para la construcción y la obra pública [N]
- [104] Criterios para el tratamiento de riesgos en los procedimientos de prevención ambiental [N]
- [105] Criterios territoriales ante el riesgo de inundaciones [D]
- [106] Criterios territoriales ante los riesgos geológicos [D]
- [107] Criterios territoriales ante riesgos de incendios forestales [D]
- [108] Criterios territoriales ante riesgos tecnológicos [D]
-
Sección 2.: Sistema del Patrimonio Territorial
- [109] Objetivos [0]
- [110] Líneas Estratégicas [E]
- [111] Componentes del Sistema del Patrimonio Territorial de Andalucía [N]
- [112] Referencias territoriales para la planificación y gestión de los bienes patrimoniales [N]
- [113] Estrategias de planificación y gestión integrada del Patrimonio Territorial [N]
- [114] Sistema de Información de espacios y bienes catalogados del Patrimonio Territorial [N]
- [115] Ordenación de los paisajes [D]
- [116] Fomento del paisaje [D]
-
Capítulo 4.: Integración exterior de Andalucía
- [117] Objetivos [O]
- [118] Líneas Estratégicas [E]
- [119] Integración de Andalucía en Europa [D]
- [120] Integración de Andalucía en el Arco Mediterráneo [D]
- [121] Integración de Andalucía en el Arco Atlántico [D]
- [122] Cooperación de Andalucía con el Magreb [D]
- [123] Cooperación de Andalucía con Portugal [D]
- [124] Cooperación e Integración en el marco de las estrategias nacionales de ordenación territorial [D]
- [125] Cooperación con las Comunidades Autónomas limítrofes [D]
-
TÍTULO IV.: ZONIFICACIÓN
-
Capítulo 1.: Dominios Territoriales
-
Sección 1: Sierra Morena - Los Pedroches
- [129] Desarrollo Rural de Sierra Morena-Los Pedroches [D]
- [130] Programa de conservación y puesta en valor de la dehesa [D]
- [131] Protección y puesta en valor de los recursos del patrimonio territorial [D]
- [132] Preservación de los recursos hídricos [D]
- [133] Control de los procesos de urbanización difusa de carácter turístico y de segunda residencia [D]
- [134] Mejora de la articulación territorial interna [D]
- [135] Ordenación de las actividades mineras [D]
- [136] Cooperación con otras Comunidades Autónomas y con Portugal [D]
-
Sección 2.: Valle del Guadalquivir
- [137] Desarrollo Rural del Valle del Guadalquivir [D]
- [138] Mejora de la eficiencia ecológica del espacio agrario del Valle del Guadalquivir [D]
- [139] Recuperación paisajística del Valle del Guadalquivir [D]
- [140] Programa Coordinado de Recuperación Integral del Río Guadalquivir [D]
- [141] Redes de ciudades patrimoniales [D]
-
Sección 3.: Sierras y Valles Béticos
- [142] Desarrollo Rural [D]
- [143] Gestión integrada de los espacios forestales arbolados [D]
- [144] Adecuación de los usos del suelo agrícolas y forestales de acuerdo a su capacidad productiva y ecológica [D]
- [145] Sostenibilidad de los espacios de regadío [D]
- [146] Control de los procesos de urbanización turística y segunda residencia [D]
- [147] Modelo de gestión específico en las zonas áridas orientales [D]
- [148] Mejora de la articulación territorial interna [D]
-
Sección 4.: Litoral
- [149] Refuerzo de la articulación territorial interna del litoral y con el exterior [D]
- [150] Modelo territorial de cada ámbito litoral mediante la planificación [N]
- [151] Ordenación territorial para su articulación y competitividad económica [N]
- [152] Gestión sostenible de los recursos del medio marino [R]
-
Capítulo 2.: Unidades Territoriales
-
TÍTULO V.: DESARROLLO Y GESTIÓN DE LA POLÍTICA TERRITORIAL
-
Capítulo 1.: Instrumentos de gestión de la Política Territorial
- [159] Órganos y funciones de la política territorial [N]
- [160] Política territorial y entidades locales [R]
- [161] Política territorial autonómica y relaciones transrregionales [R]
- [162] Política territorial y participación pública [D]
- [163] Memoria de Gestión del Plan [N]
- [164] Informe de planes y actuaciones con incidencia en la ordenación del territorio [D]
- [165] Incidencia territorial de planes urbanísticos [N]
- [166] Evaluación estratégica de planes y programas [R]
- [167] Armonización de informes incidentales [D]
-
Capítulo 2.: Instrumentos para el seguimiento y evaluación del territorio y su planificación
-
Capítulo 3.: Programa de Desarrollo del Plan
Índice de Cartografía
- 1. Modelo Territorial de Andalucía
- 2. Modelo Territorial. Esquema Básico de Articulación Regional
- 3. Referentes Territoriales del Modelo: Dominios Territoriales
- 4. Referentes Territoriales del Modelo: Unidades Territoriales
- 5. Sistema Regional de Ciudades
- 6. Sistema Polinuclear de Centros Regionales
- 7. Redes de Ciudades Medias
- 8. Redes de Asentamientos en Áreas Rurales
- 9. Sistema Intermodal de Transportes y Comunicaciones
- 10. Estrategias y Prioridades Territoriales para el Sistema Ferroviario
- 11. Estrategias y Prioridades Territoriales para el Sistema Viario
- 12. Estrategias y Prioridades Territoriales para el Sistema Portuario y Aeroportuario
- 13. Áreas y nodos del Sistema Intermodal de Transporte
- 14. Infraestructuras de Telecomunicaciones
- 15. Sistema Energético Regional: Redes y Ámbitos para la Ordenación
- 16. Componentes del Sistema Hidrológico
- 17. Protección de Recursos Hídricos
- 18. Ordenación Territorial del Regadío
- 19. Ciclo Urbano del Agua
- 20. Programas Agua-Territorio
-
21. Componentes Principales del Sistema de Patrimonio Territorial
- 21.1 Plan Especial de Protección del Medio Físico. Provincia de Almería
- 21.2 Plan Especial de Protección del Medio Físico. Provincia de Cádiz
- 21.3 Plan Especial de Protección del Medio Físico. Provincia de Córdoba
- 21.4 Plan Especial de Protección del Medio Físico. Provincia de Granada
- 21.5 Plan Especial de Protección del Medio Físico. Provincia de Huelva
- 21.6 Plan Especial de Protección del Medio Físico. Provincia de Jaén
- 21.7 Plan Especial de Protección del Medio Físico. Provincia de Málaga
- 21.8 Plan Especial de Protección del Medio Físico. Provincia de Sevilla
- 22. Referentes Territoriales Planificación y Gestión de los Bienes Patrimoniales
- 23. Referentes Territoriales: ámbitos y redes naturales del Patrimonio Territorial
- 24. Integración con Europa y el Mediterráneo
- 25. Cooperación e integración exterior
- 26. Dominios Territoriales. Sierra Morena-Los Pedroches
- 27. Dominios Territoriales. Valle del Guadalquivir
- 28. Dominios Territoriales. Sistemas Béticos
- 29. Dominios Territoriales. Litoral
- 30. Zonificación del Plan: Unidades Territoriales
- 31. Organización Funcional
Serie Cartográfica 1400.000 (Edición reducida)
- I Modelo Territorial de Andalucía
- II Referentes Territoriales del Modelo. Unidades Territoriales
- III Sistema Regional de Ciudades
- IV Infraestructuras Intermodales en los Nodos de Transporte
- V El Sistema Energético
- VI El Sistema Hidrológico
- VII El Sistema de Patrimonio Territorial