Publicado en BOJA núm. 259 de 31 de Diciembre de 2008 y BOE núm. 18 de 21 de Enero de 2009
Vigencia desde 01 de Enero de 2009. Esta revisión vigente desde 01 de Enero de 2013
Versiones/revisiones:
TÍTULO V DE LAS NORMAS TRIBUTARIAS
Artículo 40 Tasas
Se eleva, para el año 2009, el importe de las tasas de cuantía fija de la Comunidad Autónoma de Andalucía hasta la cantidad que resulte de la aplicación del coeficiente 1,02 a la cuantía exigible para el año 2008.