Decreto Legislativo 2/2009, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de carreteras
- ÓrganoDEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA
- Publicado en DOGC núm. 5452 de 27 de Agosto de 2009 y BOE núm. 264 de 02 de Noviembre de 2009
- Vigencia desde 28 de Agosto de 2009. Revisión vigente desde 01 de Mayo de 2020
Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
- Artículo único.
- DISPOSICIONES ADICIONALES
- DISPOSICIONES DEROGATORIAS
- DISPOSICIONES FINALES
- Texto refundido de la Ley de carreteras
- TÍTULO PRIMERO. Disposiciones generales
- Artículo 1 Objeto
- Artículo 2 Ámbito de aplicación
- Artículo 3
- Artículo 4 Clasificación funcional
- Artículo 5 Clasificación técnica
- Artículo 6 Titularidad de las carreteras
- Artículo 7 Catálogo de carreteras
- Artículo 8 Régimen jurídico
- Artículo 9 Normas complementarias
- Artículo 10 Seguridad viaria
- Artículo 11 Coordinación
- Artículo 12 Cambio de titularidad de carreteras entre las administraciones catalanas
- TÍTULO SEGUNDO. Planificación y proyectos
- CAPÍTULO I. Planificación
- CAPÍTULO II. Estudios y proyectos
- CAPÍTULO III. Proyectos a ejecutar mediante el contrato de concesión de obra pública
- Artículo 21 Gestión de carreteras en régimen de concesión de obra pública
- Artículo 22 Estudio de viabilidad
- Artículo 23 Información pública
- Artículo 24 Evaluación de impacto ambiental
- Artículo 25 Aprobación
- Artículo 26 Anteproyecto de construcción y explotación
- Artículo 27 Información pública
- Artículo 28 Aprobación
- TÍTULO TERCERO. Financiación y explotación
- TÍTULO CUARTO. Régimen de uso y de protección
- CAPÍTULO I. Delimitación del dominio público viario y zonas de protección
- Artículo 33 Tipología
- Artículo 34 Zona de dominio público
- Artículo 35 Utilización de la zona de dominio público
- Artículo 36 Zona de servidumbre
- Artículo 37 Utilización de la zona de servidumbre
- Artículo 38 Zona de afectación
- Artículo 39 Utilización de la zona de afectación
- Artículo 40 Línea de edificación
- Artículo 41 Supuestos especiales de la línea de edificación
- Artículo 42 Publicidad y letreros informativos e indicativos
- Artículo 43 Autorización administrativa
- CAPÍTULO II. Funcionalidad de la vía y accesos
- CAPÍTULO III. Tramos urbanos y travesías
- CAPÍTULO IV. Delimitación del derecho de propiedad para la preservación del dominio público viario
- CAPÍTULO I. Delimitación del dominio público viario y zonas de protección
- TÍTULO QUINTO. Protección de la legalidad y régimen sancionador
- DISPOSICIONES ADICIONALES
- DISPOSICIONES TRANSITORIAS
- DISPOSICIONES FINALES
- TÍTULO PRIMERO. Disposiciones generales
- Norma afectada por
- 1/5/2020
- LE0000664459_20200501
L 5/2020 de 29 Abr. CA Cataluña (medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente)
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Letra b) del número 1 del artículo 15 redactada por el número 1 del artículo 150 de la Ley 5/2020, 29 abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente («D.O.G.C.» 30 abril).
LE0000395757_20200501Número 2 del artículo 15 redactado por el número 2 del artículo 150 de la Ley 5/2020, 29 abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente («D.O.G.C.» 30 abril).
LE0000395757_20200501Número 5 del artículo 19 redactado por el número 3 del artículo 150 de la Ley 5/2020, 29 abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente («D.O.G.C.» 30 abril).
LE0000395757_20200501Número 7 del artículo 19 introducido por el número 4 del artículo 150 de la Ley 5/2020, 29 abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente («D.O.G.C.» 30 abril).
LE0000395757_20200501Número 2 del artículo 35 redactado por el número 5 del artículo 150 de la Ley 5/2020, 29 abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente («D.O.G.C.» 30 abril).
LE0000395757_20200501Número 3 del artículo 35 introducido por el número 6 del artículo 150 de la Ley 5/2020, 29 abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente («D.O.G.C.» 30 abril).
LE0000395757_20200501Número 4 del artículo 37 introducido por el número 7 del artículo 150 de la Ley 5/2020, 29 abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente («D.O.G.C.» 30 abril).
LE0000395757_20200501Número 2 del artículo 40 redactado por el número 8 del artículo 150 de la Ley 5/2020, 29 abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente («D.O.G.C.» 30 abril).
LE0000395757_20200501
- 31/3/2017
- LE0000594291_20200501
L 5/2017 de 28 Mar. CA Cataluña (medidas fiscales, administrativas, financieras y de creación y regulación de impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en establecimientos turísticos, sobre elementos radiotóxicos y otros)
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Letra d) del artículo 3 redactada por el número 1 del artículo 200 de la Ley [CATALUÑA] 5/2017, 28 marzo, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y de creación y regulación de los impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en establecimientos turísticos, sobre elementos radiotóxicos, sobre bebidas azucaradas envasadas y sobre emisiones de dióxido de carbono («D.O.G.C.» 30 marzo).
LE0000395757_20200501Número 3 del artículo 6 redactado por el número 2 del artículo 200 de la Ley [CATALUÑA] 5/2017, 28 marzo, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y de creación y regulación de los impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en establecimientos turísticos, sobre elementos radiotóxicos, sobre bebidas azucaradas envasadas y sobre emisiones de dióxido de carbono («D.O.G.C.» 30 marzo).
LE0000395757_20200501Número 4 del artículo 10 introducido por el número 3 del artículo 200 de la Ley [CATALUÑA] 5/2017, 28 marzo, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y de creación y regulación de los impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en establecimientos turísticos, sobre elementos radiotóxicos, sobre bebidas azucaradas envasadas y sobre emisiones de dióxido de carbono («D.O.G.C.» 30 marzo).
LE0000395757_20200501Número 5 del artículo 10 introducido por el número 3 del artículo 200 de la Ley [CATALUÑA] 5/2017, 28 marzo, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y de creación y regulación de los impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en establecimientos turísticos, sobre elementos radiotóxicos, sobre bebidas azucaradas envasadas y sobre emisiones de dióxido de carbono («D.O.G.C.» 30 marzo).
LE0000395757_20200501Número 2 del artículo 15 redactado por el número 4 del artículo 200 de la Ley [CATALUÑA] 5/2017, 28 marzo, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y de creación y regulación de los impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en establecimientos turísticos, sobre elementos radiotóxicos, sobre bebidas azucaradas envasadas y sobre emisiones de dióxido de carbono («D.O.G.C.» 30 marzo).
LE0000395757_20200501Número 2 del artículo 20 redactado por el número 5 del artículo 200 de la Ley [CATALUÑA] 5/2017, 28 marzo, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y de creación y regulación de los impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en establecimientos turísticos, sobre elementos radiotóxicos, sobre bebidas azucaradas envasadas y sobre emisiones de dióxido de carbono («D.O.G.C.» 30 marzo).
LE0000395757_20200501
- 14/3/2015
- LE0000548385_20170804
L 3/2015 de 11 Mar. CA Cataluña (medidas fiscales, financieras y administrativas)
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- Número 7.2 del artículo 7 redactado por el apartado 1 del artículo 89 de la Ley [CATALUÑA] 3/2015, 11 marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas («D.O.G.C.» 13 marzo).LE0000395757_20200501
Número 7.3 del artículo 7 redactado por el apartado 1 del artículo 89 de la Ley [CATALUÑA] 3/2015, 11 marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas («D.O.G.C.» 13 marzo).LE0000395757_20200501
Número 7.4 del artículo 7 redactado por el apartado 1 del artículo 89 de la Ley [CATALUÑA] 3/2015, 11 marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas («D.O.G.C.» 13 marzo).LE0000395757_20200501
Número 10.3 del artículo 10 redactado por el apartado 2 del artículo 89 de la Ley [CATALUÑA] 3/2015, 11 marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas («D.O.G.C.» 13 marzo).LE0000395757_20200501
Número 18.3 del artículo 18 introducido por el apartado 3 del artículo 89 de la Ley [CATALUÑA] 3/2015, 11 marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas («D.O.G.C.» 13 marzo).LE0000395757_20200501
Número 18.4 del artículo 18 introducido por el apartado 3 del artículo 89 de la Ley [CATALUÑA] 3/2015, 11 marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas («D.O.G.C.» 13 marzo).LE0000395757_20200501
Número 31.5 del artículo 31 introducido por el apartado 4 del artículo 89 de la Ley [CATALUÑA] 3/2015, 11 marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas («D.O.G.C.» 13 marzo).LE0000395757_20200501
Artículo 40 redactado por el apartado 4 bis del artículo 89 de la Ley [CATALUÑA] 3/2015, 11 marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas («D.O.G.C.» 13 marzo).LE0000395757_20200501
Artículo 41 redactado por el apartado 4 bis del artículo 89 de la Ley [CATALUÑA] 3/2015, 11 marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas («D.O.G.C.» 13 marzo).LE0000395757_20200501
Letra c) del número 56.5 del artículo 56 redactado por el apartado 7 del artículo 89 de la Ley [CATALUÑA] 3/2015, 11 marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas («D.O.G.C.» 13 marzo).LE0000395757_20200501
Artículo 48 redactado por el apartado 6 del artículo 89 de la Ley [CATALUÑA] 3/2015, 11 marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas («D.O.G.C.» 13 marzo).LE0000395757_20200501
- 31/1/2014
- LE0000522139_20200501
L 2/2014 de 27 Ene. CA Cataluña (medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público)
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- Número 19.1 del artículo 19 redactado por el número 1 del artículo 176 de la Ley [CATALUÑA] 2/2014, 27 enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público («D.O.G.C.» 30 enero).LE0000395757_20200501
Número 19.2 del artículo 19 redactado por el número 1 del artículo 176 de la Ley [CATALUÑA] 2/2014, 27 enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público («D.O.G.C.» 30 enero).LE0000395757_20200501
Número 19.3 del artículo 19 redactado por el número 1 del artículo 176 de la Ley [CATALUÑA] 2/2014, 27 enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público («D.O.G.C.» 30 enero).LE0000395757_20200501
Letra e) del artículo 29 introducida por el número 2 del artículo 176 de la Ley [CATALUÑA] 2/2014, 27 enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público («D.O.G.C.» 30 enero).LE0000395757_20200501
Artículo 30 bis introducido por el número 3 del artículo 176 de la Ley [CATALUÑA] 2/2014, 27 enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público («D.O.G.C.» 30 enero).LE0000395757_20200501
Número 43.3 del artículo 43 derogado por el número 4 del artículo 176 de la Ley [CATALUÑA] 2/2014, 27 enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público («D.O.G.C.» 30 enero).LE0000395757_20200501
Letra f) del número 56.3 del artículo 56 introducida por el número 5 del artículo 176 de la Ley [CATALUÑA] 2/2014, 27 enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público («D.O.G.C.» 30 enero).LE0000395757_20200501
Número 58.4 del artículo 58 introducido por el número 6 del artículo 176 de la Ley [CATALUÑA] 2/2014, 27 enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público («D.O.G.C.» 30 enero).LE0000395757_20200501
Capítulo V del título V redactado por el número 7 del artículo 176 de la Ley [CATALUÑA] 2/2014, 27 enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público («D.O.G.C.» 30 enero).LE0000395757_20200501
- 31/12/2011
- LE0000470160_20180720
L 10/2011 de 29 Dic. CA Cataluña (simplificación y mejora de la regulación normativa)
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- Número 4 del artículo 41 introducido por el artículo 167 de la Ley [CATALUÑA] 10/2011, 29 diciembre, de simplificación y mejora de la regulación normativa («D.O.G.C.» 30 diciembre).LE0000395757_20200501
Número 1 del artículo 42 redactado por el artículo 168 de la Ley [CATALUÑA] 10/2011, 29 diciembre, de simplificación y mejora de la regulación normativa («D.O.G.C.» 30 diciembre).LE0000395757_20200501
Número 2 del artículo 42 redactado por el artículo 168 de la Ley [CATALUÑA] 10/2011, 29 diciembre, de simplificación y mejora de la regulación normativa («D.O.G.C.» 30 diciembre).LE0000395757_20200501
Número 3 del artículo 43 introducido por el artículo 169 de la Ley [CATALUÑA] 10/2011, 29 diciembre, de simplificación y mejora de la regulación normativa («D.O.G.C.» 30 diciembre).LE0000395757_20200501
Número 5 del artículo 52 introducido por el artículo 170 de la Ley [CATALUÑA] 10/2011, 29 diciembre, de simplificación y mejora de la regulación normativa («D.O.G.C.» 30 diciembre).LE0000395757_20200501
Letra k) del número 4 del artículo 56 introducida por el artículo 171 de la Ley [CATALUÑA] 10/2011, 29 diciembre, de simplificación y mejora de la regulación normativa («D.O.G.C.» 30 diciembre).LE0000395757_20200501
Número 3 del artículo 58 introducido por el artículo 172 de la Ley [CATALUÑA] 10/2011, 29 diciembre, de simplificación y mejora de la regulación normativa («D.O.G.C.» 30 diciembre).LE0000395757_20200501
Párrafo 2.º del número 2 del artículo 60 introducido por el número 1 del artículo 173 de la Ley [CATALUÑA] 10/2011, 29 diciembre, de simplificación y mejora de la regulación normativa («D.O.G.C.» 30 diciembre).LE0000395757_20200501
Letra d) del número 4 del artículo 60 introducida por el número 2 del artículo 173 de la Ley [CATALUÑA] 10/2011, 29 diciembre, de simplificación y mejora de la regulación normativa («D.O.G.C.» 30 diciembre).LE0000395757_20200501
Disposición Adicional 3.ª introducida por el artículo 174 de la Ley [CATALUÑA] 10/2011, 29 diciembre, de simplificación y mejora de la regulación normativa («D.O.G.C.» 30 diciembre).LE0000395757_20200501
El presidente de la Generalidad de Cataluña
Sea notorio a toda la ciudadanía que el Gobierno ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 67.6.a) del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo el siguiente Decreto legislativo
Exposición de motivos
La disposición final segunda de la Ley 11/2008, de 31 de julio, de modificación de la Ley 7/1993, de 30 de septiembre, de carreteras, autoriza al Gobierno para que, en el plazo de un año desde su entrada en vigor, refunda en un texto único la Ley 7/1993 y las disposiciones que la modifican, y para que regularice, aclare y armonice los textos de las disposiciones mencionadas.
El Texto refundido de la Ley de carreteras elaborado en ejercicio de esta delegación recoge en un texto único las modificaciones de la Ley de carreteras derivadas de las leyes 21/2001, de 28 de diciembre; 6/2005, de 2 de junio, y 11/2008, de 31 de julio, y, al amparo de la habilitación para regularizar, aclarar y armonizar los textos legales objeto de refundición, introduce la precisión necesaria con el fin de ajustar la numeración de los artículos y de las remisiones entre artículos, de precisar y unificar la terminología, de sustituir términos androcéntricos que supongan una discriminación de sexo, de corregir errores de concordancia y de contribuir a la aclaración de los preceptos. Asimismo, la existencia de tres regímenes transitorios, el previsto por la Ley 7/1993 y los previstos en relación con la aplicación de las modificaciones introducidas por las leyes 6/2005 y 11/2008, ha exigido la necesaria adecuación de las disposiciones transitorias para regular todas las situaciones de transitoriedad que se puedan producir. Finalmente, las disposiciones adicionales y finales del Texto refundido regularizan y armonizan las correspondientes disposiciones de los dos textos legales objeto de refundición.
En consecuencia, en ejercicio de la autorización mencionada, de acuerdo con el dictamen emitido por el Consejo de Trabajo, Económico y Social de Cataluña, dada la intervención de la Comisión de Gobierno Local de Cataluña y la audiencia dada a las diputaciones y de acuerdo con el dictamen emitido por la Comisión Jurídica Asesora, a propuesta del consejero de Política Territorial y Obras Públicas, y de acuerdo con el Gobierno,
Decreto:
Artículo único
Se aprueba el Texto refundido de la Ley de carreteras, cuyo texto se publica a continuación.
Disposición adicional
Todas las referencias realizadas a otras disposiciones en las leyes objeto de refundición se entenderán realizadas a los artículos correspondientes del Texto refundido que se aprueba.
Disposición derogatoria
Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a este Decreto legislativo y al Texto refundido que aprueba y, particularmente, las siguientes:
- 1. La Ley 7/1993, de 30 de septiembre, de carreteras.LE0000008526
- 2. El artículo 57 de la Ley 21/2001, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.LE0000164637
- 3. La Ley 6/2005, de 2 de junio, de modificación de la Ley 7/1993, de 30 de septiembre, de carreteras.LE0000214848
- 4. La Ley 11/2008, de 31 de julio, de modificación de la Ley 7/1993, de 30 de septiembre, de carreteras.LE0000337409
Disposición final
Este Decreto legislativo y el Texto refundido que aprueba entran en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
Por lo tanto, ordeno que todos los ciudadanos a los que sea de aplicación este Decreto legislativo cooperen en su cumplimiento y que los tribunales y las autoridades a los que corresponda lo hagan cumplir.
Barcelona, 25 de agosto de 2009
José Montilla i Aguilera Presidente de la Generalidad de Cataluña
Joaquim Nadal i Farreras Consejero de Política Territorial y Obras Públicas