Resolución GRI/2463/2012, de 19 de octubre, por la que se da publicidad al deslinde entre los términos municipales de Casserres y de Montclar.
- Órgano DEPARTAMENTO DE GOBERNACION Y RELACIONES INSTITUCIONALES
- Publicado en DOGC núm. 6256 de 19 de Noviembre de 2012
- Vigencia desde 09 de Diciembre de 2012.
Sumario
Los días 21 de diciembre de 2011 y el 27 de julio de 2012, y los días 29 de diciembre de 2011 y 26 de junio de 2012, los plenos de los ayuntamientos de Montclar y de Casserres aprobaron, respectivamente, con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la corporación, el deslinde efectuado el día 23 de noviembre de 2011 por las respectivas comisiones municipales de delimitación. Este deslinde forma parte del proceso de elaboración del Mapa municipal de Cataluña, previsto en el artículo 28.1 del Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 2/2003, de 28 de abril.
De acuerdo con el artículo 32.1 del Decreto 244/2007, de 6 de noviembre, por el que se regula la constitución y la demarcación territorial de los municipios, de las entidades municipales descentralizadas y de las mancomunidades de Cataluña,
Resuelvo:
-1 Dar publicidad al deslinde aprobado por los ayuntamientos de Casserres y de Montclar que se describe a continuación, y que se incorpora en los correspondientes mapas municipales:
- Mojón 1: se sitúa entre la partida de El Serrat del Minguet, al noreste, y la partida de El Serrat de la Creu, al suroeste, a unos cincuenta metros al oeste del margen oeste del camino de Cardona a Casserres, y en el eje de un camino. Este mojón es también común al término municipal de Viver i Serrateix. Las coordenadas UTM ETRS89 31 T son: X: 401150,6 e Y: 4649651,1.
- Mojón 2: se sitúa al sur de la partida de Cal Camada, en el lugar conocido como El Serrat Roig, y a unos cinco metros al oeste del margen oeste de La Rasa de Cal Fàbrega. La línea de término reconocida entre los mojones primero y segundo es la recta que los une. Las coordenadas UTM ETRS89 31T son: X: 401308,1 e Y: 4650301,1.
- Mojón 3: se sitúa al sureste de la partida de La Baga de l’Alzina, a unos veintidós metros al sureste de un camino, y en el eje de la acequia de Cal Fàbrega. La línea de término reconocida entre los mojones segundo y tercero es la normal bajada desde el mojón segundo hasta el eje de La Rasa de Cal Fàbrega, por donde continúa hasta el mojón tercero. Este mojón es también común al término municipal de L’Espunyola. Las coordenadas UTM ETRS89 31T son: X: 400975,3 e Y: 4651277,8.
- Mojón 4: se sitúa al suroeste de la partida de La Costa de la Rovirassa, a unos sesenta y cuatro metros al sur de El Serrat de la Bandera, y el margen sur del camino que va de L’Espunyola a Gironella. Este mojón es también común al término municipal de L’Espunyola. Las coordenadas UTM ETRS89 31T son: X: 401831,6 e Y: 4654078,0.
- Mojón 5: se sitúa en el lugar conocido como El Serrat de la Rovirassa, a unos sesenta y cuatro metros al este de La Casa de la Rovirassa de Baix, y en la divisoria de aguas. La línea de término reconocida entre los mojones cuarto y quinto es la recta que los une. Las coordenadas UTM ETRS89 31T son: X: 402296,1 e Y: 4653928,0.
- Mojón 6: se sitúa en el lugar conocido como El Serrat de la Rovirassa, en la divisoria de aguas, y a unos noventa y seis metros al sur de un camino. La línea de término reconocida entre los mojones quinto y sexto es la recta que los une. Las coordenadas UTM ETRS89 31T son: X: 402521,5 e Y: 4653954,0.
- Mojón 7: se sitúa al norte de la partida de El Reguer, en el eje de la Riera de Clarà, a unos noventa metros al sur del margen sur de un camino, y a unos cuatrocientos veinte metros al noreste de La Casa Nova del Pujol. La línea de término reconocida entre los mojones sexto y séptimo es la recta que los une. Este mojón es también común al municipio de Avià. Las coordenadas UTM ETRS89 31T son: X: 402768,9 e Y: 4654888,7.
-2 Indicar que contra los acuerdos plenarios de aprobación de este deslinde, que ponen fin a la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso potestativo de reposición, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Las administraciones públicas interesadas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, sin perjuicio de la posibilidad de formular el requerimiento previo previsto en el artículo 44 de esa misma Ley.