Reglamento de 2 de marzo de 2009 de organización y funcionamiento de la Sindicatura de Cuentas de Castilla-La Mancha (Vigente hasta el 10 de Junio de 2014).
- Órgano CORTES DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA
- Publicado en DOCM núm. 60 de 27 de Marzo de 2009
- Vigencia desde 16 de Abril de 2009. Esta revisión vigente desde 16 de Abril de 2009 hasta 10 de Junio de 2014
Título I
Normas generales
Artículo 1 Objeto
De conformidad con lo previsto en la Ley 5/1993, de 27 de diciembre, de la Sindicatura de Cuentas de Castilla-La Mancha, modificada por la Ley 13/2007, de 8 de noviembre, el presente Reglamento tiene por objeto:
- a) Ordenar el funcionamiento de la Sindicatura de Cuentas y establecer las atribuciones y el estatuto de sus miembros.
- b) Regular los procedimientos de fiscalización externa de la actividad económico-financiera del sector público castellano-manchego.
- c) Regular otras actuaciones de la Sindicatura de Cuentas, así como las relaciones con otros órganos de control externo.
- d) Ordenar el régimen económico y presupuestario de la Sindicatura de Cuentas, y el régimen del personal a su servicio.
Artículo 2 Identidad corporativa
La Sindicatura de Cuentas utilizará en el sello de sus actuaciones y como señal de identidad corporativa el escudo de Castilla-La Mancha, que se describe en la Ley 1/1983, de 30 de junio, enmarcado con la leyenda «omnia cum ratione».
Artículo 3 Relaciones con las Cortes de Castilla-La Mancha
Las relaciones de la Sindicatura de Cuentas con las Cortes de Castilla-La Mancha se canalizarán a través de la Comisión de Economía y Presupuestos, salvo en aquellos casos en los que este Reglamento prevea la intervención del Presidente o de la Mesa de las Cortes.