Ley 5/1987, de 27 de marzo, de elecciones al Parlamento de Cantabria
Ficha:
- Órgano GOBIERNO DE CANTABRIA
- Publicado en BOC núm. 67 de 03 de Abril de 1987
- Vigencia desde 04 de Abril de 1987. Revisión vigente desde 09 de Marzo de 2019
Versiones/revisiones:
TITULO
PRELIMINAR
Artículo 1
La presente Ley, en cumplimiento de las previsiones contenidas en el Estatuto de Autonomía para Cantabria, tiene por objeto regular el procedimiento para la elección de los miembros del Parlamento de Cantabria, sin perjuicio de la aplicación de los preceptos contenidos en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.
La denominación "Parlamento de Cantabria" ha sido introducida por Ley [CANTABRIA] 6/1999, 24 marzo («B.O.C.» 26 marzo), de modificación de la Ley 5/1987, de 27 marzo, de elecciones a la Asamblea Regional, en sustitución de la anterior denominación "Asamblea Regional de Cantabria".