Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General
- ÓrganoJEFATURA DEL ESTADO
- Publicado en BOE de 20 de Junio de 1985
- Vigencia desde 21 de Junio de 1985. Revisión vigente desde 07 de Diciembre de 2018
Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- PREÁMBULO
- TÍTULO. PRELIMINAR
- TÍTULO PRIMERO. Disposiciones Comunes para las Elecciones por Sufragio Universal Directo
- CAPÍTULO PRIMERO. Derecho de sufragio activo
- CAPÍTULO II. Derecho de sufragio pasivo
- CAPÍTULO III. Administración Electoral
- CAPÍTULO IV. El censo electoral
- CAPÍTULO V. Requisitos generales de la convocatoria de elecciones
- CAPÍTULO VI. Procedimiento electoral
- SECCIÓN 1. Representantes de las candidaturas ante la Administración electoral
- SECCIÓN 2. Presentación y proclamación de candidatos
- SECCIÓN 3. Recursos contra la proclamación de candidaturas y candidatos
- SECCIÓN 4. Disposiciones generales sobre la campaña electoral
- SECCIÓN 5. Propaganda y actos de campaña electoral
- SECCIÓN 6. Utilización de medios de comunicación para la campaña electoral
- SECCIÓN 7. Derecho de rectificación
- SECCIÓN 8. Encuestas electorales
- SECCIÓN 9. Papeletas y sobres electorales
- SECCIÓN 10. Voto por correspondencia
- SECCIÓN 11. Apoderados e interventores
- SECCIÓN 12. Constitución de las Mesas Electorales
- SECCIÓN 13. Votación
- SECCIÓN 14. Escrutinio en las Mesas Electorales
- SECCIÓN 15. Escrutinio general
- SECCIÓN 16. Contencioso electoral
- SECCIÓN 17. Reglas generales de procedimiento en materia electoral
- CAPÍTULO VII. Gastos y subvenciones electorales
- CAPÍTULO VIII. Delitos e infracciones electorales
- SECCIÓN 1. Disposiciones generales
- SECCIÓN 2. Delitos electorales
- Artículo 139
- Artículo 140 Delitos por abuso de oficio o falsedad
- Artículo 141 Delito por infracción de los trámites para el voto por correo
- Artículo 142 Delito por emisión de varios votos o emisión sin capacidad
- Artículo 143 Delitos por abandono o incumplimiento en las Mesas electorales
- Artículo 144 Delitos en materia de propaganda electoral
- Artículo 145 Delitos en materia de encuestas electorales
- Artículo 146
- Artículo 147 Delito de alteración del orden del acto electoral
- Artículo 148
- Artículo 149
- Artículo 150 Delito de apropiación indebida de fondos electorales
- SECCIÓN 3. Procedimiento judicial
- SECCIÓN 4. Infracciones electorales
- TÍTULO II. Disposiciones Especiales para las Elecciones de Diputados y Senadores
- TÍTULO III. Disposiciones Especiales para las Elecciones Municipales
- CAPÍTULO PRIMERO. Derecho de sufragio activo
- CAPÍTULO II. Derecho de sufragio pasivo
- CAPÍTULO III. Causas de incompatibilidad
- CAPÍTULO IV. Sistema electoral
- CAPÍTULO V. Convocatoria
- CAPÍTULO VI. Procedimiento electoral
- CAPÍTULO VII. Gastos y subvenciones electorales
- CAPÍTULO VIII. Mandato y constitución de las Corporaciones Municipales
- CAPÍTULO IX. Elección de Alcalde
- TÍTULO IV. Disposiciones Especiales para la Elección de Cabildos Insulares Canarios
- TÍTULO V. Disposiciones Especiales para la Elección de Diputados Provinciales
- TÍTULO VI. Disposiciones especiales para las Elecciones al Parlamento Europeo
- CAPÍTULO PRIMERO. Derecho de sufragio activo
- CAPÍTULO II. Derecho de sufragio pasivo
- CAPITULO III. Incompatibilidades
- CAPÍTULO IV. Sistema electoral
- CAPÍTULO V. Convocatoria de elecciones
- CAPÍTULO VI. Procedimiento electoral
- CAPÍTULO VII. Gastos y subvenciones electorales
- DISPOSICIONES ADICIONALES
- DISPOSICIONES TRANSITORIAS
- Disposición transitoria primera
- Disposición transitoria segunda
- Disposición transitoria tercera
- Disposición transitoria cuarta
- Disposición transitoria quinta
- Disposición transitoria sexta
- Disposición transitoria séptima
- Disposición transitoria octava Congelación de subvenciones para gastos electorales y envíos de publicidad y propaganda electoral
- DISPOSICIONES DEROGATORIAS
- DISPOSICIONES FINALES
- Norma afectada por
- Corregido por
- LE0000147410_19850621
BOE 20 Enero 1986. Corrección de errores L Organica 5/1985, de 19 Jun. (corrección de errores de la LO 5/1985 de 19 Jun., sobre el Régimen Electoral General)
- Afectaciones recientes
- 22/5/2019
- JU0006386810
TC, Pleno, S 76/2019, 22 May. 2019 (Rec. 1405/2019)
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- La Sentencia TC ( Pleno) de 22 de mayo de 2019, Rec. 1405/2019, declara contrario a la Constitución y nulo el apartado 1 del artículo 58 bis, incorporado por la disposición final tercera, apartado dos, de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.LE0000007691_20181207
- 7/12/2018
- LE0000632849_20181207
LO 3/2018 de 5 Dic. (Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales)
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Número 3 del artículo 39 redactado por el apartado uno de la disposición final tercera de la L.O. 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales («B.O.E.» 6 diciembre).
LE0000007691_20181207Artículo 58 bis introducido por el apartado dos de la disposición final tercera de la L.O. 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales («B.O.E.» 6 diciembre).
LE0000007691_20181207
LE0000632850_20181207LO 2/2018 de 5 Dic. (modificación de la LO 5/1985 de 19 Jun., del Régimen Electoral General para garantizar el derecho de sufragio de todas las personas con discapacidad)
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Letra b) del número 1 del artículo 3 suprimida por el apartado uno del artículo único de la L.O. 2/2018, de 5 de diciembre, para la modificación de la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General para garantizar el derecho de sufragio de todas las personas con discapacidad («B.O.E.» 6 diciembre).
LE0000007691_20181207Letra c) del número 1 del artículo 3 suprimida por el apartado uno del artículo único de la L.O. 2/2018, de 5 de diciembre, para la modificación de la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General para garantizar el derecho de sufragio de todas las personas con discapacidad («B.O.E.» 6 diciembre).
LE0000007691_20181207Número 2 del artículo 3 redactado por el apartado dos del artículo único de la L.O. 2/2018, de 5 de diciembre, para la modificación de la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General para garantizar el derecho de sufragio de todas las personas con discapacidad («B.O.E.» 6 diciembre).
LE0000007691_20181207Disposición adicional octava introducida por el apartado tres del artículo único de la L.O. 2/2018, de 5 de diciembre, para la modificación de la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General para garantizar el derecho de sufragio de todas las personas con discapacidad («B.O.E.» 6 diciembre).
LE0000007691_20181207
- 2/11/2016
- LE0000584656_20161102
LO 2/2016 de 31 Oct. (modificación de la LO 5/1985 de 19 Jun., Régimen Electoral General, para el supuesto de convocatoria automática de elecciones en virtud de lo dispuesto en el apdo. 5 del art. 99 de la Constitución)
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- Disposición adicional séptima introducida por el artículo único de la L.O. 2/2016, de 31 de octubre, de modificación de la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, para el supuesto de convocatoria automática de elecciones en virtud de lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 99 de la Constitución («B.O.E.» 1 noviembre).LE0000007691_20181207
- 1/4/2015
- LE0000549724_20150401
LO 3/2015 de 30 Mar. (control de la actividad económico-financiera de los Partidos Políticos)
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- Artículo 59 redactado por el número uno de la disposición final cuarta de la L.O. 3/2015, de 30 de marzo, de control de la actividad económico-financiera de los Partidos Políticos, por la que se modifican la L.O. 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los Partidos Políticos, la L.O. 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos y la L.O. 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas («B.O.E.» 31 marzo).LE0000007691_20181207
Número 2 del artículo 134 redactado por el número dos de la disposición final cuarta de la L.O. 3/2015, de 30 de marzo, de control de la actividad económico-financiera de los Partidos Políticos, por la que se modifican la L.O. 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los Partidos Políticos, la L.O. 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos y la L.O. 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas («B.O.E.» 31 marzo).LE0000007691_20181207
Número 3 del artículo 153 introducido, en su actual redacción, por el número tres de la disposición final cuarta de la L.O. 3/2015, de 30 de marzo, de control de la actividad económico-financiera de los Partidos Políticos, por la que se modifican la L.O. 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los Partidos Políticos, la L.O. 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos y la L.O. 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas («B.O.E.» 31 marzo).LE0000007691_20181207
Letra a) del número 3 del artículo 175 redactada por el número cuatro de la disposición final cuarta de la L.O. 3/2015, de 30 de marzo, de control de la actividad económico-financiera de los Partidos Políticos, por la que se modifican la L.O. 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los Partidos Políticos, la L.O. 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos y la L.O. 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas («B.O.E.» 31 marzo).LE0000007691_20181207
Letra a) del número 3 del artículo 193 redactada por el número cinco de la disposición final cuarta de la L.O. 3/2015, de 30 de marzo, de control de la actividad económico-financiera de los Partidos Políticos, por la que se modifican la L.O. 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los Partidos Políticos, la L.O. 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos y la L.O. 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas («B.O.E.» 31 marzo).LE0000007691_20181207
Número 3 del artículo 227 redactado por el número seis de la disposición final cuarta de la L.O. 3/2015, de 30 de marzo, de control de la actividad económico-financiera de los Partidos Políticos, por la que se modifican la L.O. 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los Partidos Políticos, la L.O. 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos y la L.O. 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas («B.O.E.» 31 marzo).LE0000007691_20181207
- 8/9/2011
- LE0000458460_20110908
LO 7/2011 de 15 Jul. (modificación del art. 160 de la LO 5/1985 de 19 Jun., Régimen Electoral General)
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- Penúltimo inciso del número 2 del artículo 160 redactado por el artículo único de la L.O. 7/2011, de 15 de julio, de modificación del artículo 160 de la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 16 julio).LE0000007691_20181207
- 30/1/2011
- JU0006007876
TC, Pleno, S 151/2017, 21 Dic. 2017 (Rec. 5210/2014)
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Párrafo 3.º de la letra a) del número 1 del artículo 197 declarado inconstitucional por Sentencia TC (Pleno) 151/2017 de 21 de diciembre («B.O.E» 17 emero de 2018), con el alcance establecido en su fundamento jurídico 8, que establece que la nulidad derivada de la declaración de inconstitucionalidad debe quedar diferida hasta la convocatoria de un nuevo proceso de elecciones locales, de conformidad con lo previsto en el art. 42.3 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, periodo de tiempo en el que el legislador podrá proceder, en su caso, a sustituir la norma declarada nula observando el contenido de este pronunciamiento.
LE0000007691_20181207
LE0000443268_20110130LO 2/2011 de 28 Ene. (modificación de la LO 5/1985 de 19 Jun., Régimen Electoral General)
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- Número 3 del artículo 2 introducido por el apartado uno del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Letra k) del número 1 del artículo 6 redactada por el apartado dos del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Letra l) del número 1 del artículo 6 redactada por el apartado tres del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Letra e) del número 3 del artículo 6 redactada por el apartado cuatro del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Número 2 del artículo 19 redactado por el apartado cinco del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Número 1 del artículo 21 redactado por el apartado seis del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Número 2 del artículo 26 redactado por el apartado siete del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Número 3 del artículo 27 redactado por el apartado ocho del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Letra c) del artículo 30 redactada por el apartado nueve del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Número 2 del artículo 31 redactado por el apartado diez del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Artículo 34 redactado por el apartado once del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Artículo 35 redactado por el apartado doce del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Artículo 36 redactado por el apartado trece del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Artículo 37 redactado por el apartado catorce del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Artículo 39 redactado por el apartado diecisiete del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Téngase en cuenta que conforme establece la disposición transitoria segunda de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la presente Ley («B.O.E.» 29 enero), no obstante lo previsto en este apartado, el censo electoral vigente para las elecciones que se celebrarán el 22 de mayo de 2011 será el cerrado el 1 de febrero de 2011.LE0000007691_20181207
Número 1 del artículo 40 redactado por el apartado dieciocho del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Número 2 del artículo 50 introducido, en su actual redacción, por el apartado diecinueve del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Número 3 del artículo 50 introducido, en su actual redacción, por el apartado diecinueve del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Número 4 del artículo 50 renumerado e introducido por el apartado diecinueve del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero). Su contenido literal se corresponde con el del anterior número 2 del mismo artículo.LE0000007691_20181207
Número 5 del artículo 50 renumerado e introducido por el apartado diecinueve del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero). Su contenido literal se corresponde con el del anterior número 3 del mismo artículo.LE0000007691_20181207
Artículo 53 redactado por el apartado veinte del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Número 1 del artículo 54 redactado por el apartado veintiuno del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Número 3 del artículo 55 redactado por el apartado veintidós del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Rúbrica de la sección 6.ª del Capítulo VI del Título I modificada por el apartado veintitrés del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Artículo 60 redactado por el apartado veinticuatro del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Artículo 66 redactado por el apartado veinticinco del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Número 7 del artículo 69 redactado por el apartado veintiséis del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Número 4 del artículo 70 introducido por el apartado veintisiete del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Artículo 75 redactado por el apartado veintiocho del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Número 5 del artículo 79 introducido por el apartado veintinueve del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Número 3 del artículo 86 redactado por el apartado treinta del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Número 2 del artículo 87 redactado por el apartado treinta y uno del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Número 2 del artículo 96 redactado por el apartado treinta y dos del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Número 2 del artículo 127 redactado por el apartado treinta y tres del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Artículo 129 redactado por el apartado treinta y cuatro del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Número 1 del artículo 131 redactado por el apartado treinta y cinco del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Número 4 del artículo 133 redactado por el apartado treinta y seis del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Número 5 del artículo 133 redactado por el apartado treinta y siete del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Párrafo introductorio del artículo 139 redactado por el apartado treinta y ocho del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Artículo 140 modificado conforme establece el apartado treinta y nueve del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Artículo 141 redactado por el apartado cuarenta del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Artículo 142 redactado por el apartado cuarenta y uno del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Artículo 143 redactado por el apartado cuarenta y dos del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Artículo 144 redactado por el apartado cuarenta y tres del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Artículo 145 redactado por el apartado cuarenta y cuatro del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Artículo 146 redactado por el apartado cuarenta y cinco del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Artículo 147 redactado por el apartado cuarenta y seis del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Número 1 del artículo 149 redactado por el apartado cuarenta y siete del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Artículo 150 redactado por el apartado cuarenta y ocho del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Número 1 del artículo 153 redactado por el apartado cuarenta y nueve del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Número 2 del artículo 153 redactado por el apartado cuarenta y nueve del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Número 3 del artículo 153 suprimido por el apartado cuarenta y nueve del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Letra a) del número 2 del artículo 155 redactada por el apartado cincuenta del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Letra b) del número 2 del artículo 155 redactada por el apartado cincuenta del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Letra d) del número 2 del artículo 155 redactada por el apartado cincuenta del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Número 3 del artículo 169 redactado por el apartado cincuenta y uno del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Artículo 175 redactado por el apartado cincuenta y dos del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).nero)LE0000007691_20181207
Número 1 del artículo 179 modificado conforme establece el apartado cincuenta y tres del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Artículo 184 redactado por el apartado cincuenta y cuatro del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Artículo 190 suprimido por el apartado cincuenta y cinco del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Artículo 193 redactado por el apartado cincuenta y seis del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Número 1 del artículo 197 modificado conforme establece el apartado cincuenta y siete del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Rubrica del artículo 197 introducida por el apartado cincuenta y siete del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Número 9 del artículo 201 redactado por el apartado cincuenta y ocho del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Número 10 del artículo 201 redactado por el apartado cincuenta y ocho del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Párrafo segundo del número 1 del artículo 205 introducido por el apartado cincuenta y nueve del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Párrafo tercero del número 1 del artículo 205 introducido por el apartado cincuenta y nueve del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Número 2 del artículo 205 redactado por el apartado sesenta del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Artículo 227 redactado por el apartado sesenta y uno del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Número 2 de la disposición adicional primera redactado por el apartado sesenta y dos del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Disposición transitoria octava introducida por el apartado sesenta y tres del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Véase la disposición transitoria primera de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero), respecto al límite de los gastos a que se refiere el presente apartado.LE0000007691_20181207
Véase la disposición transitoria primera de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero), respecto al límite de los gastos a que se refiere el presente apartado.LE0000007691_20181207
Véase la disposición transitoria primera de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero), respecto al límite de los gastos a que se refiere el presente apartado.LE0000007691_20181207
Véase la disposición transitoria primera de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero), respecto al límite de los gastos a que se refiere el presente apartado.LE0000007691_20181207
Anterior número 1 del artículo 38 suprimido y párrafo tercero del número 2 (anterior 3) introducido conforme establecen los apartados quince y dieciséis del artículo único de la L.O. 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).
LE0000007691_20181207
LE0000443269_20110130LO 3/2011 de 28 Ene. (modificación de la LO 5/1985 de 19 Jun., Régimen Electoral General)
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- Letra b) del número 2 del artículo 6 redactada por el apartado uno del artículo único de la L.O. 3/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Número 4 del artículo 6 introducido por el apartado dos del artículo único de la L.O. 3/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Número 5 del artículo 41 redactado por el apartado tres del artículo único de L.O. 3/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Número 5 del artículo 49 redactado por el apartado cinco del artículo único de la L.O. 3/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Número 4 bis del artículo 108 introducido por el apartado seis del artículo único de la L.O. 3/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Letra f) del número 2 del artículo 155 introducida por el apartado siete del artículo único de la L.O. 3/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Número 5 del artículo 155 introducido por el apartado ocho del artículo único de la L.O. 3/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero). LE0000007691_20181207
Letra e) del número 2 del artículo 178 introducida por el apartado nueve del artículo único de la L.O. 3/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero). LE0000007691_20181207
Número 3 del artículo 178 redactado por el apartado diez del artículo único de la L.O. 3/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero). LE0000007691_20181207
Párrafo segundo del número 3 del artículo 182 introducido por el apartado once del artículo único de la L.O. 3/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Letra e) del número 1 del artículo 203 introducida por el apartado doce del artículo único de la L.O. 3/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Número 2 del artículo 203 redactado por el apartado trece del artículo único de la L.O. 3/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Artículo 209 redactado por el apartado catorce del artículo único de la L.O. 3/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Letra e) del número 2 del artículo 211 introducida por el apartado quince del artículo único de la L.O. 3/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Número 3 del artículo 211 redactado por el apartado dieciséis del artículo único de la L.O. 3/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
Número 4 del artículo 44 redactado por el apartado cuatro del artículo único de la L.O. 3/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero).LE0000007691_20181207
- 5/11/2010
- LE0000433169_20101105
LO 8/2010 de 4 Nov. (reforma de la LO 5/1985 de 19 de junio, del Régimen Electoral General y de la LO 2/1979 de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional)
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- Número 2 del artículo 171 redactado por el artículo primero de la LO 8/2010, de 4 de noviembre, de reforma de la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, y de la L.O. 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional («B.O.E.» 5 noviembre).LE0000007691_20181207
Número 3 del artículo 172 redactado por el artículo primero de la L.O. 8/2010, de 4 de noviembre, de reforma de la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, y de la L.O. 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional («B.O.E.» 5 noviembre).LE0000007691_20181207
- 10/10/2007
- LE0000250408_20071010
LO 9/2007 de 8 Oct. (modificación de la LO 5/1985 de 19 Jun., Régimen Electoral General)
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- Número 4 del artículo 24 redactado por el artículo 1 de la LO 9/2007, de 8 de octubre, de modificación de la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 9 octubre).LE0000007691_20181207
Artículo 74 redactado por el artículo 2 de la LO 9/2007, de 8 de octubre, de modificación de la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 9 octubre).LE0000007691_20181207
Artículo 87 redactado por el artículo 3 de la LO 9/2007, de 8 de octubre, de modificación de la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 9 octubre).LE0000007691_20181207
Número 2 de la disposición adicional primera redactado por el artículo 4 de la LO 9/2007, de 8 de octubre, de modificación de la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 9 octubre).LE0000007691_20181207
- 24/3/2007
- LE0000242473_20190308
LO 3/2007 de 22 Mar. (igualdad efectiva de mujeres y hombres)
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- Artículo 44 bis introducido por el apartado uno de la disposición adicional segunda de la L.O. 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres («B.O.E.» 23 marzo).LE0000007691_20181207
Párrafo 2.º del número 2 del artículo 187 introducido por el apartado dos de la disposición adicional segunda de la L.O. 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres («B.O.E.» 23 marzo).LE0000007691_20181207
Párrafo 2.º del número 3 del artículo 201 introducido por el apartado tres de la disposición adicional segunda de la L.O. 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres («B.O.E.» 23 marzo).LE0000007691_20181207
Número 2 de la disposición adicional primera redactado por el apartado cuatro de la disposición adicional segunda de la L.O. 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres («B.O.E.» 23 marzo).LE0000007691_20181207
Disposición transitoria séptima introducida por el apartado cinco de la disposición adicional segunda de la L.O. 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres («B.O.E.» 23 marzo).LE0000007691_20181207
- 30/11/2003
- LE0000194967_20031130
LO 16/2003 de 28 Nov. (modificación de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General)
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- Artículo 215 redactado por el número 1 del artículo único de la L.O. 16/2003, de 28 de noviembre, de modificación de la L.O. del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 noviembre).LE0000007691_20181207
Número 2 del artículo 220 redactado por el número 2 del artículo único de la L.O. 16/2003, de 28 de noviembre, de modificación de la L.O. del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 noviembre).LE0000007691_20181207
- 12/3/2003
- LE0000185699_20030312
LO 1/2003 de 10 Mar. (garantía de la democracia en los Ayuntamientos y seguridad de los concejales)
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- Número 2 del artículo 6 redactado por el artículo quinto de la L.O. 1/2003, de 10 de marzo, para la garantía de la democracia en los Ayuntamientos y la seguridad de los Concejales («B.O.E.» 11 marzo).LE0000007691_20181207
Número 2 del artículo 39 redactado por el artículo quinto de la L.O. 1/2003, de 10 de marzo, para la garantía de la democracia en los Ayuntamientos y la seguridad de los Concejales («B.O.E.» 11 marzo).LE0000007691_20181207
Artículo 41 redactado por el artículo quinto de la L.O. 1/2003, de 10 de marzo, para la garantía de la democracia en los Ayuntamientos y la seguridad de los Concejales («B.O.E.» 11 marzo).LE0000007691_20181207
Número 3 del artículo 46 redactado por el artículo quinto de la L.O. 1/2003, de 10 de marzo, para la garantía de la democracia en los Ayuntamientos y la seguridad de los Concejales («B.O.E.» 11 marzo).LE0000007691_20181207
Número 3 del artículo 78 redactado por el artículo quinto de la L.O. 1/2003, de 10 de marzo, para la garantía de la democracia en los Ayuntamientos y la seguridad de los Concejales («B.O.E.» 11 marzo).LE0000007691_20181207
Número 1 del artículo 79 redactado por el artículo quinto de la L.O. 1/2003, de 10 de marzo, para la garantía de la democracia en los Ayuntamientos y la seguridad de los Concejales («B.O.E.» 11 marzo).LE0000007691_20181207
Número 1 del artículo 123 redactado por el artículo quinto de la L.O. 1/2003, de 10 de marzo, para la garantía de la democracia en los Ayuntamientos y la seguridad de los Concejales («B.O.E.» 11 marzo).LE0000007691_20181207
Artículo 127 redactado por el artículo quinto de la L.O. 1/2003, de 10 de marzo, para la garantía de la democracia en los Ayuntamientos y la seguridad de los Concejales («B.O.E.» 11 marzo).LE0000007691_20181207
Artículo 127 bis introducido por el artículo quinto de la L.O. 1/2003, de 10 de marzo, para la garantía de la democracia en los Ayuntamientos y la seguridad de los Concejales («B.O.E.» 11 marzo).LE0000007691_20181207
Número 4 del artículo 133 redactado por el artículo quinto de la L.O. 1/2003, de 10 de marzo, para la garantía de la democracia en los Ayuntamientos y la seguridad de los Concejales («B.O.E.» 11 marzo).LE0000007691_20181207
Número 6 del artículo 133 redactado por el artículo quinto de la L.O. 1/2003, de 10 de marzo, para la garantía de la democracia en los Ayuntamientos y la seguridad de los Concejales («B.O.E.» 11 marzo).LE0000007691_20181207
Número 5 del artículo 134 introducido por el artículo quinto de la L.O. 1/2003, de 10 de marzo, para la garantía de la democracia en los Ayuntamientos y la seguridad de los Concejales («B.O.E.» 11 marzo).LE0000007691_20181207
Letra i) del número 1 del artículo 140 introducida en su actual redacción por el artículo quinto de la L.O. 1/2003, de 10 de marzo, para la garantía de la democracia en los Ayuntamientos y la seguridad de los Concejales («B.O.E.» 11 marzo).LE0000007691_20181207
Letra j) del número 1 del artículo 140 renombrada por el artículo quinto de la L.O. 1/2003, de 10 de marzo, para la garantía de la democracia en los Ayuntamientos y la seguridad de los Concejales («B.O.E.» 11 marzo). Su contenido literal se corresponde con el de la anterior letra i).LE0000007691_20181207
Número 3 del artículo 153 introducido por el artículo quinto de la L.O. 1/2003, de 10 de marzo, para la garantía de la democracia en los Ayuntamientos y la seguridad de los Concejales («B.O.E.» 11 marzo).LE0000007691_20181207
Número 5 del artículo 175 introducido por el artículo quinto de la L.O. 1/2003, de 10 de marzo, para la garantía de la democracia en los Ayuntamientos y la seguridad de los Concejales («B.O.E.» 11 marzo).LE0000007691_20181207
Artículo 182 redactado por el artículo quinto de la L.O. 1/2003, de 10 de marzo, para la garantía de la democracia en los Ayuntamientos y la seguridad de los Concejales («B.O.E.» 11 marzo).LE0000007691_20181207
Artículo 183 redactado por el artículo quinto de la L.O. 1/2003, de 10 de marzo, para la garantía de la democracia en los Ayuntamientos y la seguridad de los Concejales («B.O.E.» 11 marzo).LE0000007691_20181207
Número 11 del artículo 201 introducido por el artículo quinto de la L.O. 1/2003, de 10 de marzo, para la garantía de la democracia en los Ayuntamientos y la seguridad de los Concejales («B.O.E.» 11 marzo).LE0000007691_20181207
Número 5 del artículo 227 introducido por el artículo quinto de la L.O. 1/2003, de 10 de marzo, para la garantía de la democracia en los Ayuntamientos y la seguridad de los Concejales («B.O.E.» 11 marzo).LE0000007691_20181207
Disposición adicional primera redactada por el artículo quinto de la L.O. 1/2003, de 10 de marzo, para la garantía de la democracia en los Ayuntamientos y la seguridad de los Concejales («B.O.E.» 11 marzo).LE0000007691_20181207
Disposición adicional sexta introducida por el artículo quinto de la L.O. 1/2003, de 10 de marzo, para la garantía de la democracia en los Ayuntamientos y la seguridad de los Concejales («B.O.E.» 11 marzo).LE0000007691_20181207
Número 5 del artículo 193 introducido por el artículo quinto de la L.O. 1/2003, de 10 de marzo, para la garantía de la democracia en los Ayuntamientos y la seguridad de los Concejales («B.O.E.» 11 marzo).LE0000007691_20181207
- 29/6/2002
- LE0000174829_20150401
LO 6/2002 de 27 Jun. (partidos políticos)
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- Número 4 del artículo 44 introducido por el número 1 de la disposición adicional segunda de la L.O. 6/2002, 27 junio, de Partidos Políticos («B.O.E.» 28 junio).LE0000007691_20181207
Número 5 del artículo 49 introducido por el número 2 de la disposición adicional segunda de la L.O. 6/2002, 27 junio, de Partidos Políticos («B.O.E.» 28 junio).LE0000007691_20181207
- 12/5/1999
- LE0000053194_20000630
Sentencia TC 149/2000 de 1 Jun. (cuestión deinconstitucionalidad 2.426/1996. encuanto excluye el recurso judicial contra determinados actos de la JuntaElectoral Central )
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- La Sentencia del Tribunal Constitucional 149/2000, 1 junio, declara la inconstitucionalidad y consiguiente nulidad de la expresión «o judicial» contenida en el último inciso del artículo 21.2, en cuanto excluye de manera indiscriminada y absoluta la posibilidad de todo recurso judicial contra las resoluciones de las Juntas Electorales que contempla («B.O.E.» 30 junio).LE0000007691_20181207
LE0000010691_19970531LO 1/1997 de 30 May. (modificación de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General para la transposición de la Directiva 94/80/CE, de elecciones municipales)
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- Número 1 del artículo 85 redactado por el artículo 5 de la L.O. 1/1997, 30 mayo, de modificación de la L.O. del Régimen Electoral General para la transposición de la Directiva 94/80/CE, de elecciones municipales («B.O.E.» 31 mayo).LE0000007691_20181207
LE0000009215_19940331LO 13/1994 de 30 Mar. (modificación LO 5/1985 de 19 Jun., del régimen electoral general)
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- Capítulo III del Título VI renumerado por el artículo 9 de la L.O. 13/1994, 30 marzo, de modificación de la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 31 marzo).LE0000007691_20181207
Capítulo IV del Título VI renumerado por el artículo 9 de la L.O. 13/1994, 30 marzo, de modificación de la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 31 marzo).LE0000007691_20181207
Capítulo V del Título VI renumerado por el artículo 9 de la L.O. 13/1994, 30 marzo por la que se modifica la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 31 marzo). Su contenido literal se corresponde con el anterior Capítulo IV del mismo Título.LE0000007691_20181207
LE0000041639_19910315LO 8/1991 de 13 Mar. (modificación de la LO 5/1985 de 19 Jun., régimen electoral general)
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- Número 3 del artículo 38 redactado por Ley Orgánica 8/1991, 13 marzo, de modificación de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo).LE0000007691_20181207
Número 4 del artículo 38 redactado por la Ley Orgánica 8/1991, 13 marzo, de modificación de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo).LE0000007691_20181207
Número 5 del artículo 38 renumerado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Su contenido literal se corresponde con el anterior número 4 del mismo artículo.LE0000007691_20181207
Artículo 41 redactado por Ley Orgánica 8/1991, 13 marzo, de modificación de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo).LE0000007691_20181207
Número 1 del artículo 85 redactado por el artículo 5 de la Ley Orgánica 8/1991, 13 marzo, de modificación de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo).LE0000007691_20181207
Artículo 197 redactado por la Ley Orgánica 8/1991, 13 marzo, de modificación de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo).LE0000007691_20181207
Número 7 del artículo 107 incorporado por la Ley Orgánica 8/1991, 13 marzo, de modificación de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo).LE0000007691_20181207
Número 1 del artículo 227 redactado por la Ley Orgánica 8/1991, 13 marzo, de modificación de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo).LE0000007691_20181207
- Otras afectaciones anteriores
- LE0000012233_19990512
LO 8/1999 de 21 Abr. (modificación de la LO 5/1985 de 19 Jun., del Régimen Electoral General)
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- Artículo 197 redactado por L.O. 8/1999, 21 abril, de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 22 abril).Artículo 197 bis introducido por L.O. 8/1999, 21 abril, de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 22 abril).Artículo 198 redactado por L.O. 8/1999, 21 abril, de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 22 abril).Número 7 del artículo 201 redactado por L.O. 8/1999, 21 abril, de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 22 abril).Número 4 del artículo 207 introducido por L.O. 8/1999, 21 abril, de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 22 abril).
LE0000011223_19980706LO 3/1998 de 15 Jun. (modificación de LO de régimen electoral general)
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- Disposición adicional quinta introducida por L.O. 3/1998, 15 junio, de modificación de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General («B.O.E.» 16 junio).
LE0000010691_19970531LO 1/1997 de 30 May. (modificación de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General para la transposición de la Directiva 94/80/CE, de elecciones municipales)
LE0000008600_20150818LO 1/1996 de 15 Ene. (protección jurídica del menor, modificación del CC y de la LEC)
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- Número 1 del artículo 176 redactado por L.O. 1/1997, 30 mayo, de modificación de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General para la transposición de la Directiva 94/80/CE, de Elecciones Municipales («B.O.E.» 31 mayo).Artículo 177 redactado por L.O. 1/1997, 30 mayo, de modificación de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General para la transposición de la Directiva 94/80/CE, de Elecciones Municipales («B.O.E.» 31 mayo).Número 5 del artículo 178 introducido por L.O. 1/1997, 30 mayo, de modificación de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General para la transposición de la Directiva 94/80/CE, de Elecciones Municipales («B.O.E.» 31 mayo).Artículo 187 bis introducido por L.O. 1/1997, 30 mayo, de modificación de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General para la transposición de la Directiva 94/80/CE, de Elecciones Municipales («B.O.E.» 31 mayo).
LE0000018349_20201218LO 10/1995 de 23 Nov. (Código Penal)
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- La expresión «activo y» contenida en el artículo 137 ha sido derogada por el apartado 1.f) de la Disposición Derogatoria Única de la L.O. 10/1995, 23 noviembre, Código Penal («B.O.E.» 24 noviembre).
LE0000009264_19950324LO 3/1995 de 23 Mar. (modificación LO 5/1985 de 19 Jun., régimen electoral general)
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- Letra b) del número 1 del artículo 19 introducida por L.O. 3/1995, 23 marzo, de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 24 marzo).Nùmero 2 del artículo 19 redactado por L.O. 3/1995, 23 marzo, de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 24 marzo).Número 2 del artículo 24 redactado por L.O. 3/1995, 23 marzo, de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 24 marzo).Número 4 del artículo 24 redactado por L.O. 3/1995, 23 marzo, de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 24 marzo).Número 3 del artículo 32 redactado por L.O. 3/1995, 23 marzo, de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 24 marzo)..Número 4 del artículo 33 redactado por L.O. 3/1995, 23 marzo, de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 24 marzo).Número 5 del artículo 33 redactado por L.O. 3/1995, 23 marzo, de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 24 marzo).Artículo 34 redactado por L.O. 3/1995, 23 marzo, de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 24 marzo).Artículo 35 redactado por L.O. 3/1995, 23 marzo, de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 24 marzo).Artículo 36 redactado por L.O. 3/1995, 23 marzo, de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 24 marzo).Artículo 37 redactado por L.O. 3/1995, 23 marzo, de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 24 marzo).Artículo 38 redactado por L.O. 3/1995, 23 marzo, de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 24 marzo).Artículo 39 redactado por L.O. 3/1995, 23 marzo, de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 24 marzo).Número 4 del artículo 41 redactado por L.O. 3/1995, 23 marzo, de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 24 marzo).Número 5 del artículo 41 redactado por L.O. 3/1995, 23 marzo, de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 24 marzo).Número 3 del artículo 75 redactado por L.O. 3/1995, 23 marzo, de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 24 marzo).Número 5 del artículo 85 introducido por L.O. 3/1995, 23 marzo, de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 24 marzo).Letra c) del número 1 del artículo 19 renombrada por L.O. 3/1995, 23 marzo, de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 24 marzo). Su contenido literal se corresponde con la anterior letra b) del mismo artículo.Letra d) del número 1 del artículo 19 renombrada por L.O. 3/1995, 23 marzo, de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 24 marzo). Su contenido literal se corresponde con la anterior letra c) del mismo artículo.Letra e) del número 1 del artículo 19 renombrada por L.O. 3/1995, 23 marzo, de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 24 marzo). Su contenido literal se corresponde con la anterior letra d) del mismo artículo.Letra f) del número 1 del artículo 19 renombrada por L.O. 3/1995, 23 marzo, de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 24 marzo). Su contenido literal se corresponde con la anterior letra e) del mismo artículo.Letra g) del número 1 del artículo 19 renombrada por L.O. 3/1995, 23 marzo, de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 24 marzo). Su contenido literal se corresponde con la anterior letra f) del mismo artículo.Letra h) del número 1 del artículo 19 renombrada por L.O. 3/1995, 23 marzo, de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 24 marzo). Su contenido literal se corresponde con la anterior letra g) del mismo artículo.Letra i) del número 1 del artículo 19 renombrada por L.O. 3/1995, 23 marzo, de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 24 marzo). Su contenido literal se corresponde con la anterior letra h) del mismo artículo.Letra j) del número 1 del artículo 19 renombrada por L.O. 3/1995, 23 marzo, de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 24 marzo). Su contenido literal se corresponde con la anterior letra i) del mismo artículo.Letra k) del número 1 del artículo 19 renombrada por L.O. 3/1995, 23 marzo, de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 24 marzo). Su contenido literal se corresponde con la anterior letra j) del mismo artículo.Letra l) del número 1 del artículo 19 renombrada por L.O. 3/1995, 23 marzo, de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 24 marzo). Su contenido literal se corresponde con la anterior letra k) del mismo artículo.
LE0000009215_19940331LO 13/1994 de 30 Mar. (modificación LO 5/1985 de 19 Jun., del régimen electoral general)
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- Capítulo VI del Título VI renumerado por el artículo noveno de la L.O. 13/1994, 30 marzo, de modificación de la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 31 marzo). Su contenido literal se corresponde con el anterior Capítulo V del mismo Título.Capítulo VII del Título VI renumerado por el artículo 9 de la L.O. 13/1994, 30 marzo por la que se modifica la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 31 marzo). Su contenido literal se corresponde con el anterior Capítulo VI del mismo Título.Inciso final del número 1 del artículo 42 redactado por L.O. 13/1994, 30 marzo por la que se modifica la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 31 marzo).Inciso final del número 2 del artículo 42 redactado por L.O. 13/1994, 30 marzo por la que se modifica la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 31 marzo).Número 1 del artículo 50 redactado por L.O. 13/1994, 30 marzo por la que se modifica la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 31 marzo).Número 2 del artículo 51 redactado por L.O. 13/1994, 30 marzo por la que se modifica la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 31 marzo).Número 3 del artículo 54 introducido por L.O. 13/1994, 30 marzo por la que se modifica la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 31 marzo).Artículo 55 redactado por L.O. 13/1994, 30 marzo por la que se modifica la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 31 marzo).Número 1 del artículo 56 redactado por L.O. 13/1994, 30 marzo por la que se modifica la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 31 marzo).Número 2 del artículo 56 redactado por L.O. 13/1994, 30 marzo por la que se modifica la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 31 marzo).Artículo 58 redactado por L.O. 13/1994, 30 marzo por la que se modifica la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 31 marzo).Número 3 del artículo 96 redactado por L.O. 13/1994, 30 marzo por la que se modifica la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 31 marzo).Número 2 del artículo 127 redactado por L.O. 13/1994, 30 marzo por la que se modifica la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 31 marzo). Número 1 del artículo 132 redactado por L.O. 13/1994, 30 marzo por la que se modifica la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 31 marzo). Número 3 del artículo 132 redactado por L.O. 13/1994, 30 marzo por la que se modifica la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 31 marzo). Número 4 del artículo 133 redactado por L.O. 13/1994, 30 marzo por la que se modifica la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 31 marzo). Número 2 del artículo 193 redactado por L.O. 13/1994, 30 marzo por la que se modifica la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 31 marzo).Artículo 210 redactado por L.O. 13/1994, 30 marzo por la que se modifica la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 31 marzo).Capítulo II del Título VI introducido por L.O. 13/1994, 30 marzo por la que se modifica la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 31 marzo).Artículo 215 redactado por L.O. 13/1994, 30 marzo por la que se modifica la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 31 marzo).Número 2 del artículo 220 redactado por L.O. 13/1994, 30 marzo por la que se modifica la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 31 marzo).Artículo 220 bis introducido por L.O. 13/1994, 30 marzo por la que se modifica la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 31 marzo).Número 2 del artículo 227 redactado por L.O. 13/1994, 30 marzo por la que se modifica la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 31 marzo).Número 3 del artículo 227 redactado por L.O. 13/1994, 30 marzo por la que se modifica la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 31 marzo)..Número 4 del artículo 227 renumerado por L.O. 13/1994, 30 marzo por la que se modifica la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 31 marzo). Su contenido literal se corresponde con el anterior número 3 del mismo artículo.Inciso inicial del número 3 del artículo 42 redactado por L.O. 13/1994, 30 marzo por la que se modifica la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 31 marzo).Número 2 del artículo 175 redactado por L.O. 13/1994, 30 marzo por la que se modifica la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 31 marzo).Rúbrica del Capítulo I del Título VI redactada por L.O. 13/1994, 30 marzo por la que se modifica la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 31 marzo).Capítulo IV del Título VI renumerado por L.O. 13/1994, 30 marzo por la que se modifica la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 31 marzo). Su contenido literal se corresponde con el anterior Capítulo III del mismo Título.Número 2 del artículo 132 redactado por L.O. 13/1994, 30 marzo por la que se modifica la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 31 marzo).
LE0000009170_19921104LO 6/1992 de 2 Nov. (modificación LO 5/1985 de 19 Jun., del Régimen Electoral General)
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- Artículo 72 redactado por L.O. 6/1992, 2 noviembre por la que se modifican determinados artículos de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 3 noviembre).Artículo 73 redactado por L.O. 6/1992, 2 noviembre por la que se modifican determinados artículos de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio del Régimen Electoral General («B.O.E.» 3 noviembre).Número 1 del artículo 141 redactado por L.O. 6/1992, 2 noviembre por la que se modifican determinados artículos de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 3 noviembre).Número 2 del artículo 141 renumerado por L.O. 6/1992, 2 noviembre por la que se modifican determinados artículos de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 3 noviembre). Su contenido literal se corresponde con el anterior apartado único del mismos artículo.
LE0000041639_19910315LO 8/1991 de 13 Mar. (modificación de la LO 5/1985 de 19 Jun., régimen electoral general)
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- Número 3 del artículo 10 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo).Número 4 del artículo 10 renumerado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Su contenido literal se corresponde con el anterior número 3 del mismo artículo.Artículo 19 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Número 2 del artículo 27 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo).Número 3 del artículo 27 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo).Número 4 del artículo 27 renumerado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Su contenido literal se corresponde con el anterior número 3 del mismo artículo.Número 5 renumerado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Su contenido literal se corresponde con el anterior número 4 del mismo artículo.Número 3 del artículo 31 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Número 7 del artículo 46 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Párrafo segundo del artículo 62 introducido por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Número 1 del artículo 64 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). .Número 3 del artículo 64 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Número 8 del artículo 69 introducido por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Número 1 del artículo 83 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo).Número 3 del artículo 83 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo).Número 4 del artículo 83 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo).Número 1 del artículo 84 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo).Número 2 del artículo 85 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). La expresión «por el examen de las listas del censo electoral o de las certificaciones aportadas, el derecho a votar del elector» contenida en el número 3 del artículo 86 ha sido introducida por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General, en sustitución de la expresión «por el examen de las listas del censo electoral, el derecho a votar del elector» («B.O.E.» 14 marzo). Número 4 del artículo 86 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Número 5 del artículo 96 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo).Número 1 del artículo 97 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo).Número 2 del artículo 97 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo).Artículo 98 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo).Artículo 99 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo).Letra e) del número 2 del artículo 100 introducida por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo).Número 3 del artículo 100 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo).Número 4 del artículo 101 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). La frase «El escrutinio general se realiza el tercer día...» contenida en el número 1 del artículo 103 ha sido introducida por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General, en sustitución de la frase «El escrutinio general se realiza el quinto día...» («B.O.E.» 14 marzo).La expresión «El Presidente extiende el acta de constitución de la Junta, firmada por él mismo, los Vocales y el Secretario, así como por los representantes y apoderados de las candidaturas debidamente acreditados» contenida en el número 1 del artículo 104 ha sido introducida por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo).Número 3 del artículo 105 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo).Número 4 del artículo 105 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo).Número 1 del artículo 106 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Número 2 del artículo 107 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Número 1 del artículo 108 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Número 2 del artículo 108 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Número 3 del artículo 108 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Número 4 del artículo 108 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Número 5 del artículo 108 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Número 6 del artículo 108 renumerado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Su contenido literal se corresponde con el anterior número 4 del mismo artículo.Número 7 del artículo 108 renumerado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Su contenido literal se corresponde con el anterior número 5 del mismo artículo.Número 8 del artículo 108 renumerado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Su contenido literal se corresponde con el anterior número 6 del mismo artículo.Número 2 del artículo 112 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Número 3 del artículo 112 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Número 4 del artículo 112 renumerado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Su contenido literal se corresponde con el anterior número 3 del mismo artículo.Número 5 del artículo 112 renumerado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Su contenido literal se corresponde con el anterior número 4 del mismo artículo.Letra d) del número 2 del artículo 113 redactada por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Número 2 del artículo 114 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Artículo 121 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Número 2 del artículo 122 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Artículo 130 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Número 2 del artículo 131 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Número 5 renumerado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Su contenido literal se corresponde con el anterior número 4 del mismo artículo.Número 6 renumerado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Su contenido literal se corresponde con el anterior número 5 del mismo artículo.Número 4 del artículo 155 introducido por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Número 1 del artículo 157 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Número 2 del artículo 157 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Número 3 del artículo 157 renumerado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Su contenido literal se corresponde con el anterior número 2 del mismo artículo.Número 4 del artículo 157 renumerado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Su contenido literal se corresponde con el anterior número 3 del mismo artículo.Artículo 159 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Artículo 160 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). La expresión «...en el plazo de seis meses a la...» contenida en el número 1 del artículo 181 ha sido introducida por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General, en sustitución de la expresión «...en el plazo de tres meses a la...» («B.O.E.» 14 marzo).Artículo 193 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Expresión «en los términos previstos en el artículo 42, apartado 3, de esta Ley Orgánica» del número 1 del artículo 194 introducida por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Frase «en los términos previstos en el artículo 42, apartado 3, de esta Ley Orgánica» del número 2 del artículo 201 introducida por L.O. 8/1991, 13 marzo, de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo).Número 6 del artículo 201 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo, de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo).Número 8 del artículo 201 renumerado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Su contenido literal se corresponde con el anterior número 7 del mismo artículo.Número 9 del artículo 201 introducido por L.O. 8/1991, 13 marzo, de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo).Número 10 del artículo 201 introducido por L.O. 8/1991, 13 marzo, de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo).Artículo 212 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Artículo 213 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). La referencia al artículo 108, 2 y 8 del número 2 de la disposición adicional 1.ª ha sido introducida por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General, en sustitución de la referencia al artículo 108, 1 y 6 («B.O.E.» 14 marzo).Artículo 42 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Letra b) del número 1 del artículo 9 redactada por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo).Número 5 del artículo 9 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo).Número 6 del artículo 9 renumerado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Su contenido literal se corresponde con el anterior número 5 del mismo artículo.Letra b) del número 1 del artículo 10 redactada por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo).Letra b) del número 1 del artículo 11 redactada por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo).Artículo 175 redactado por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Número 3 del artículo 113 suprimido por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo). Frase final del número 6 del artículo 46 introducida por L.O. 8/1991, 13 marzo de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 14 marzo).
LE0000041520_19870404LO 1/1987 de 2 Abr. (modificación de la LO 5/1985 de 19 Jun., régimen electoral general)
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- Número 6 del artículo 63 introducido por L.O. 1/1987, 2 abril de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 3 abril).Número 7 del artículo 63 renumerado por L.O. 1/1987, 2 abril de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 3 abril). Su contenido literal se corresponde con el anterior número 5 del mismo artículo.Número 3 del artículo 95 redactado por L.O. 1/1987, 2 abril de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 3 abril).Número 2 del artículo 96 redactado por L.O. 1/1987, 2 abril de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 3 abril).Número 1 del artículo 127 redactado por L.O. 1/1987, 2 abril de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 3 abril).Número 2 del artículo 128 redactado por L.O. 1/1987, 2 abril de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 3 abril). Disposición transitoria sexta introducida por L.O. 1/1987, 2 abril de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 3 abril). Letra c) del apartado 1 del artículo 1 redactada por L.O. 1/1987, 2 abril, de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 3 abril).Título VI introducido por L.O. 1/1987, 2 abril de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 3 abril).Número 5 del artículo 63 introducido por L.O. 1/1987, 2 abril de modificación de la Ley Orgánica 5/1985, 19 junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 3 abril).
LE0000049470_19850904RD 1560/1985 de 28 Ago. (dirección general del instituto nacional de estadística. Modificación de la estructura orgánica integrandola en la oficina del censo electoral)
LE0000078937OM 21 Abr. 1994 (se fijan las cantidades actualizadas de las subvenciones a los gastos originados por actividades electorales para las elecciones al Parlamento Europeo de 12 Jun. 1994)
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- Número 1 del artículo 227 redactado por O.M. 21 abril 1994, por la que se fijan las cantidades actualizadas de las subvenciones a los gastos originados por actividades electorales para las elecciones al Parlamento Europeo de 12 junio 1994 («B.O.E.» 23 abril).
LE0000053194_20000630Sentencia TC 149/2000 de 1 Jun. (cuestión deinconstitucionalidad 2.426/1996. encuanto excluye el recurso judicial contra determinados actos de la JuntaElectoral Central )

Preámbulo
I.
La presente Ley Orgánica del Régimen Electoral General pretende lograr un marco estable para que las decisiones políticas en las que se refleja el derecho de sufragio se realicen en plena libertad. Este es, sin duda, el objetivo esencial en el que se debe enmarcar toda Ley Electoral de una democracia.
Nos encontramos ante el desarrollo de una de las normas fundamentales de un Estado democrático, en tanto que sólo nos podemos afirmar en democracia cuando el pueblo puede libremente constituir la decisión mayoritaria de los asuntos de Gobierno.
La Constitución española se inscribe, de forma inequívoca, entre las constituciones democráticas más avanzadas del mundo occidental, y por ello establece las bases de un mecanismo que hace posible, dentro de la plena garantía del resto de las libertades políticas, la alternancia en el poder de las distintas opciones derivadas del pluralismo político de nuestra sociedad.
Estos principios tienen su plasmación en una norma como la presente que articula el procedimiento de emanación de la voluntad mayoritaria del pueblo en las diversas instancias representativas en las que se articula el Estado español.
En este sentido, el artículo 81 de la Constitución establece la necesidad de que las Cortes Generales aprueben, con carácter de orgánica, una Ley que regule el régimen electoral general.
Ello plantea, de un lado, la necesidad de dotar de un tratamiento unificado y global al variado conjunto de materias comprendidas bajo el epígrafe constitucional «Ley Electoral General» así como regular las especificidades de cada uno de los procesos electorales en el ámbito de las competencias del Estado.
Todo este orden de cuestiones requiere en primer término, aprobar la normativa que sustituya al vigente Real Decreto-Ley de 1977, que ha cubierto adecuadamente una primera etapa de la transición democrática de nuestro país. No obstante, esta sustitución no es en modo alguno radical, debido a que el propio texto constitucional acogió los elementos esenciales del sistema electoral contenidos en el Real Decreto-Ley.
En segundo lugar la presente Ley Orgánica recoge normativa electoral sectorial ya aprobada por las Cámaras, así en lo relativo al régimen de elecciones locales se sigue en lo fundamental el régimen vigente regulado en la Ley 39/1978, y modificado por la Ley 6/1983 en la presente legislatura. De la misma forma las causas de inelegibilidad e incompatibilidad de Diputados y Senadores que introduce la Ley son las ya previstas en el Proyecto de Ley Orgánica de Incompatibilidades de Diputados y Senadores, sobre el que las Cámaras tuvieron ocasión de pronunciarse durante la presente legislatura.
Por último, el nuevo texto electoral aborda este planteamiento conjunto desde la experiencia de un proceso democrático en marcha desde 1977, aportando las mejoras técnicas que sean necesarias para cubrir los vacíos que se han revelado con el asentamiento de nuestras instituciones representativas.
II.
La Ley parte, por lo tanto, de esta doble filosofía; pretende cumplir un imperativo constitucional inaplazable, y lo pretende hacer desde la globalidad que la propia Constitución impone.
La Ley Orgánica del Régimen Electoral General está estructurada precisamente para el cumplimiento de ambos fines. En ella se plantea una división fundamental entre disposiciones generales para toda elección por sufragio universal directo y de aplicación en todo proceso electoral y normas que se refieren a los diferentes tipos de elecciones políticas y son una modulación de los principios generales a las peculiaridades propias de los procesos electorales que el Estado debe regular.
La Constitución impone al Estado, por una parte, el desarrollo del artículo 23, que afecta a uno de los derechos fundamentales en la realización de un Estado de Derecho: la regulación del sufragio activo y pasivo para todos los ciudadanos; pero, además, el artículo 81 de la Constitución, al imponer una Ley Orgánica del Régimen Electoral General, amplía el campo de actuación que debe cubrir el Estado, esto es, hace necesaria su actividad más allá de lo que es mera garantía del derecho de sufragio, ya que, como ha declarado el Tribunal Constitucional, bajo ese epígrafe hay que entender lo que es primario y nuclear en el régimen electoral.
Además, el Estado tiene la competencia exclusiva, según el artículo 149.1.1 de la Constitución, para regular las condiciones básicas que garantizan la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos constitucionales, derechos entre los que figura el de sufragio comprendido en el artículo 23 de la Constitución.
La filosofía de la Ley parte del más escrupuloso respeto a las competencias autonómicas, diseñando un sistema que permita no sólo su desarrollo, sino incluso su modificación o sustitución en muchos de sus extremos por la actividad legislativa de las Comunidades Autónomas.
El título preliminar con el que se abre este texto normativo delimita su ámbito, en aplicación de la filosofía ya expuesta.
El Título I abarca, bajo el epígrafe «Disposiciones comunes para las elecciones por sufragio universal directo» un conjunto de capítulos que se refieren en primer lugar al desarrollo directo del artículo 23 de la Constitución, como son los capítulos primero y segundo que regulan el derecho de sufragio activo y pasivo. En segundo término, regula materias que son contenido primario del régimen electoral, como algunos aspectos de procedimiento electoral. Finalmente, se refiere a los delitos electorales. La regulación contenida en este Título es, sin duda, el núcleo central de la Ley, punto de referencia del resto de su contenido y presupuesto de la actuación legislativa de las Comunidades Autónomas.
Las novedades que se pueden destacar en este Título son entre otras el sistema del Censo Electoral, la ordenación de los gastos y subvenciones electorales y su procedimiento de control y las garantías judiciales para hacer eficaz el ejercicio del derecho de sufragio activo y pasivo.
El Título II contiene las disposiciones especiales para la elección de Diputados y Senadores. En él se recogen escrupulosamente los principios consagrados en la Constitución: la circunscripción electoral provincial y su representación mínima inicial, el sistema de representación proporcional y el sistema de inelegibilidades e incompatibilidades de los miembros del Congreso de los Diputados y del Senado.
Sobre estas premisas constitucionales, recogidas también en el Decreto-Ley de 1977 la Ley trata de introducir mejoras técnicas y correcciones que redunden en un mejor funcionamiento del sistema en su conjunto.
El Título III regula las disposiciones especiales para las elecciones municipales. En él se han recogido el contenido de la Ley 39/1978 y las modificaciones aportadas por la Ley 6/1983, aunque se han introducido algunos elementos nuevos como el que se refiere a la posibilidad y el procedimiento de la destitución de los Alcaldes por los Concejales, posibilidad ya consagrada por la Jurisprudencia del Tribunal Constitucional.
Los Títulos IV y V se refieren a la elección de los Cabildos Insulares canarios y de las Diputaciones Provinciales, y en ellos se han mantenido el sistema vigente.
III.
Un sistema electoral en un Estado democrático debe garantizar, como elemento nuclear del mismo, la libre expresión de la soberanía popular y esta libertad genérica se rodea hoy día de otro conjunto de libertades, como la libertad de expresión, de información, de reunión, de asociación, etc. Por ello, el efecto inmediato de esta Ley no puede ser otro que el de reforzar las libertades antes descritas, impidiendo que aquellos obstáculos que puedan derivarse de la estructura de una sociedad, transciendan al momento máximo de ejercicio de la libertad política.
El marco de la libertad en el acceso a la participación política diseñado en esta Ley es un hito irrenunciable de nuestra historia y el signo más evidente de nuestra convivencia democrática.