Ley 2/2007 de 16 de marzo, de cuerpos y escalas de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears
Ficha:
- ÓrganoPRESIDENCIA DEL GOBIERNO DE LAS ISLAS BALEARES
- Publicado en BOIB núm. 49 de 03 de Abril de 2007 y BOE núm. 101 de 27 de Abril de 2007
- Vigencia desde 03 de Julio de 2007. Revisión vigente desde 16 de Junio de 2022
Versiones/revisiones:


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TÍTULO I
OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA LEY
Artículo 1 Objeto
El objeto de la presente ley es la ordenación de los cuerpos y las escalas en que se agrupa el personal funcionario al servicio de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
Artículo 2 Ámbito de aplicación
1. Esta ley es de aplicación al personal funcionario al servicio de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears y de las entidades autónomas dependientes de la misma, excepto lo dispuesto en el apartado siguiente.
2. Queda excluido del ámbito de aplicación de esta ley el personal funcionario docente y el personal estatutario al servicio de la sanidad pública autonómica, que se rige por su normativa específica.