Ley 10/2000, de 27 de diciembre, de Carta de Derechos Sociales.
- Órgano PRESIDENCIA DEL GOBIERNO VASCO
- Publicado en BOPV núm. 249 de 30 de Diciembre de 2000 y BOE núm. 299 de 13 de Diciembre de 2011
- Vigencia desde 01 de Enero de 2001. Esta revisión vigente desde 01 de Enero de 2009
TITULO III
LA RENTA BASICA
Artículo 6 Beneficiarios
...

Artículo 7 Cuantía
...

Artículo 8 Duración
...

Artículo 9 Derecho a la inserción socio-laboral
1.- Todas las personas que se encuentran en situación de exclusión social tienen derecho a la inserción socio-laboral, mediante su participación obligada en convenios de inserción, de conformidad con las disposiciones legales aplicables.
2.- Las Administraciones públicas vascas competentes promoverán la creación de los servicios y programas necesarios para el ejercicio efectivo de este derecho, sin perjuicio de priorizar en su aplicación la inserción socio-laboral por las vías más normalizadas.