RESOLUCIÓN TSF/285/2020, de 28 de enero, por la que se dispone la inscripción y la publicación del Convenio colectivo de trabajo del sector de oficinas y despachos de Cataluña para los años 2019-2021

Ficha:
  • ÓrganoDEPARTAMENTO DE TRABAJO, ASUNTOS SOCIALES Y FAMILIAS
  • Publicado en
  • Vigencia desde 01 de Enero de 2019. Revisión vigente desde 01 de Enero de 2019
Versiones/revisiones:
(1)

Cuando el lector/a de contadores, además de las funciones propias de lectura de consumos de los contadores de suministro (agua, gas y electricidad, etc.), realice funciones de verificación e inspección, tales como las de precintaje/desprecintaje de los módulos, paneles, armarios de protección eléctrica, así como en los mismos equipos de medida; ubicaciones, notificaciones o posibles partes de incidencias en los equipos de lectura (roturas, fraudes, manipulación de contadores, avería de los contadores.), quedarán asimilados al grupo 5, nivel 1.

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(2)

La persona contratada como auxiliar de primera ocupación podrá permanecer en el grupo y nivel indicado en el presente Convenio colectivo por un periodo máximo de 18 meses; transcurrido este plazo se le deberá reconocer el grupo y nivel correspondiente a sus funciones.

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