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01/07/2009 04:00:00 SEGUROS 18 minutos

La importancia jurídica y económica del Seguro de Crédito en tiempos de crisis

Las aseguradoras de crédito son uno de los principales soportes que, gestionando el crédito comercial, permiten acolchar los violentos giros de confianza propios de todo sistema financiero, atenuando sus extremados efectos y permitiendo un crecimiento más estable y regular de la realidad económica.

Juan Palao Uceda

Las aseguradoras de crédito son uno de los principales soportes que, gestionando el crédito comercial, permiten acolchar los violentos giros de confianza propios de todo sistema financiero, atenuando sus extremados efectos y permitiendo un crecimiento más estable y regular de la realidad económica. Esto no significa que haya que sobreestimar la intervención del seguro de crédito en el sistema económico ni de verlo como una panacea. Los beneficios que brinda dicho seguro pasan por una actuación responsable y leal del asegurado.

1. El seguro en general como fautor de la actividad económica.

La generalización de los seguros hoy nos parece un hecho normal y cotidiano. Esa extensión a todos los ámbitos de la vida de los mismos se debe, principalmente, a la apremiante necesidad que subvienen, erigiéndose en uno de los principales favorecedores (junto a otras actividades como la bancaria) de la implantación, normalización y desarrollo de la actividad económica y comercial en una nación.

La Mutua más antigua que se conoce era la de los burreros palestinenses. La pérdida de su herramienta de trabajo, el burro, para algunos de ellos, implicaba comúnmente la ruina. Desprovistos de su medio de subsistencia se encontraban abocados a la quiebra. Ante estos altos riesgos asumidos, ¿quién se emplearía en el transporte de mercancías? Por esta razón convinieron lo siguiente:

A aquel de nosotros que habrá perdido su burro a causa de los ladrones o de las fieras, le procuraremos otro burro.”1

Es evidente que ese pacto ayudó a normalizar y fomentar el transporte de mercaderías en Palestina.

Otro ejemplo revelador nos lo ofrece el comercio marítimo de las ciudades italianas del medioevo. A causa de la necesidad apremiante de acotar los riesgos adherentes a un medio tan voluble y cambiante como la mar, proliferaron los seguros marítimos en la Edad Media, fundamentalmente en las ciudades Italianas2. Este aseguramiento aprovechó, igualmente, en beneficio de la proliferación del suministro por mar y del comercio a un tiempo.

Como vemos este mecanismo de protección del comerciante ante las contingencias presta un determinante impulso a la inversión en una economía.

En este contexto de soporte, amparo y fomento del comercio, se incardinan los seguros de crédito y caución, tratando uno de los mayores riesgos presentes en la actividad empresarial3, la insolvencia de los deudores.

2. El seguro de crédito apoyo destacado de la economía favoreciendo el crédito.

Primeramente, y para entrar en el papel que el seguro de crédito desempeña en la economía, hemos de definir aquello que favorece, esto es, “el crédito”.

En puridad el crédito se da en una operación, en un sentido genérico, “cuando entre la prestación y la contraprestación media un intervalo de tiempo: el acreedor efectúa, de inmediato, su prestación (entrega de un bien, realización de un servicio, etc.), pero el deudor solo realizará la prestación posteriormente4.

El crédito (credere, lat = confiar)5, aquí, vuelve a retomar su prístino sentido de “confianza y opinión que goza una persona de que cumplirá puntualmente los compromisos que contraiga6.

A este respecto, nos encontramos dos caras del crédito que son fundamentales para el ciclo económico.

  1. El crédito entre los comerciantes entendido como aplazamiento de las deudas.

    La falta de seguridad jurídica es uno de los mayores óbices y obstáculos para el crecimiento de un sistema económico de una nación7.

    Debido a esta falta de seguridad, en las transacciones, no amparadas por un ordenamiento legal eficiente, primero, se recela mucho antes de cerrar un negocio y, por otro lado, no se asume mucho riesgo ni se comercia comúnmente a crédito, lo que dificulta e imposibilita muchas relaciones comerciales8. El entendimiento entre oferta y demanda choca con un gran obstáculo. De ahí que la confianza o crédito sea esencial para la economía.

    V.gr. Cuando una fábrica no tiene líquido, si no hay confianza, no puede comprar materias primas ni producir hasta tener dinero de caja o, en el caso de un distribuidor, no compra ni comercia, hasta no tener fondos para obtener la mercadería, ya que no les otorgan crédito sus proveedores aplazando las deudas.

    Todo ello hace que se pierda dinamismo y celeridad en el flujo económico. La contratación se minora y, con ella, se reduce lo que produce un país, en bienes y servicios (PIB), por las menores compras y ventas.

    Por eso ha dicho un autor respecto del crédito o confianza:

    <<... [es] un vastísimo sistema complejo y simétrico, que sirve de potente fuerza motriz para el desarrollo económico, adquiriendo una importancia decisiva en la producción social.>>9

    En la misma línea se ha dicho:

    <> 10

  2. El crédito entendido como préstamos e inversión.

    Una segunda vertiente del crédito la encontramos en los bancos, entendida como la concesión de préstamos o créditos, pues la causa de esos negocios también radica, y con más razón, en la confianza.

    Una situación de estancamiento parecida a la arriba descrita se vivió en España. La economía estaba parada pues existían muchas tierras sin cultivar y sin producir. El problema consistía en que no había dinero disponible para sembrarlas, puesto que la desconfianza de los banqueros y del sector excedentario en recursos, obstaculizaba la mayor parte de los préstamos11.

    Esta necesidad apremiante de crédito o confianza movió al legislador a realizar una reforma importante del sistema registral, instituyendo un Registro Hipotecario a través de una nueva normativa (Ley Hipotecaria de 8 de Febrero de 1861).

    Garantizando la devolución del préstamo a través de un bien inmueble se creó lo que se ha dado en llamar el <>12, esto es, un crédito o confianza artificial basado en el valor del inmueble.

    Se sustituyó el inexistente crédito personal en los agricultores por la confianza en el valor de una cosa, en este caso, bienes raíces.

    Gracias a esta institución se logro que los agricultores tuvieran semillas para sus cultivos y se pudiera producir en tierras donde antes no se producía nada.

    Igualmente la disponibilidad de una garantía real (hipotecaria) sobre un inmueble, en estos últimos años de crecimiento, ha servido de vehículo para la concesión de préstamos que han hecho posible la compra de pisos, favoreciendo al sector de la construcción.

    Todo ello con independencia de que, más tarde, la desmedida especulación, causara una ascensión irreal de los precios de los mismos y una incorrecta valoración de los riesgos inherentes a la concesión de préstamos hipotecarios.

Concluimos pues afirmando que el crédito favorece y estimula el crecimiento económico y es el que se ve favorecido con los seguros de crédito como a continuación veremos.

3. Marco legal del seguro de crédito.

La legislación en materia de seguro es de carácter tuitivo, esto es, se promulga en favor del Asegurado para protegerle como parte más débil en la contratación, de ahí su carácter imperativo, resultando nulo cualquier pacto en contrario.

No obstante, el seguro de crédito es un seguro de daños que ha sido calificado por la ley como seguro de “Grandes Riesgos” (art. 107 de la Ley 50/1980 de 8 de Octubre del Contrato de Seguro) por los altos riesgos que cubre.

El alto riesgo de estos seguros deriva de que dista mucho de ser un riesgo estacionario o constante.

Esta categorización priva del carácter imperativo a la legislación en esta clase de seguro, por lo que entre las partes existe libertad pactos (art. 44.2. de la Ley del Contrato de Seguro13).

Esto no obsta a que muchas aseguradoras de crédito invoquen la normativa sectorial en su articulado e incluyan en sus pólizas cláusulas tomadas de la propia ley.

Por otro lado, perteneciendo a la clase de seguros de daños, de lo que trata es de, en caso de pérdidas por la insolvencia de un deudor, pagar una indemnización al asegurado al objeto de que quede éste indemne, esto es, evitar su daño económico.

Debido a esta función indemnizatoria se pacta una cifra de indemnización que ronda el 80% de las cantidades no pagadas que constan en facturas. De esta forma se busca cubrir los daños y perjuicios experimentados por el asegurado pero nunca se asegura su ganancia (art. 71 Ley de Contrato de Seguro), lo que, por otro lado, podría desencadenar numerosos abusos.

4. Ventajas del seguro de crédito.

El seguro de crédito aporta grandes ventajas a un sistema económico. Fortaleciendo éste último dentro de una economía, permite un desarrollo económico más sostenible.

De ahí la intervención de los Estados, en la creación de las aseguradoras y, posteriormente, tratando de facilitar la proliferación de este tipo de seguros, en España a través Consorcio de Compensación de seguros14,.

Algunas de las ventajas aportadas por el seguro de crédito, como se verá, llevan aparejadas otras.

  1. Mayor contratación y producción.

    Como ya hemos dicho el crédito o confianza dentro de un sistema fomenta la producción en un país, ya que facilita las relaciones contractuales. En este sentido el seguro de crédito se erige como una importante fuerza motriz del sistema comercial.

    La cobertura del seguro de crédito permite hacer más fluidas las relaciones comerciales entre los proveedores, en tanto, cada comerciante no necesita recelar de sus clientes ni examinar a cada paso la estructura financiera de éstos.

    Se eliminan pues obstáculos para la negociación y comercialización de productos, lo cual como hemos dicho, tiene un reflejo en la producción15.

  2. Liberación de medios líquidos de la empresa.

    En el caso expuesto de los burreros palestinenses arriba planteado podría haber habido una alternativa a su agrupación mutual. Se podría haber pensado en un provisionamiento individual de cada burrero para cubrir los posibles riesgos de la pérdida de su burro.

    Esto es, si cada transportista hubiera guardado una cantidad equivalente al valor de otro burro no hubieran necesitado hacer tal pacto mutual, pero eso les hubiera supuesto inmovilizar un capital que hubiera ralentizado, o incluso, imposibilitado su actividad.

    A este respecto, el seguro de crédito aporta grandes beneficios, ya que protege ante impagos y morosidad, pero sin el <> de la inversión que producen las provisiones contables16.

    Ya sabemos que los capitales son más rentables en el ámbito empresarial que en el privado17 por tanto, al inmovilizar esos capitales en los balances, provisionando cada crédito, la compañía tiene menos competitividad y puede estar perdiendo oportunidades comerciales al carecer de medios de pago.

    Además los nuevos seguros de crédito, mediante el aplazamiento y fraccionamiento de las primas, minoran y atenúan todavía más el impacto financiero que supone la cobertura de las operaciones para los asegurados.

  3. Dispersión de su riesgo comercial.

    Hemos de tener en cuenta también la dispersión del riesgo comercial inherente a la mayor venta, resultado del seguro18.

    En el caso de que un comerciante venda 100 en lugar de 10, no será tan dependiente a la ganancia de cada uno de esos 10. Si de 100 le dejan de pagar 20 (un 20%) podrá soportar mas fácilmente su repercusión financiera, en tanto, si de 10 le dejan de pagar 2 (un 20%), posiblemente este perdiendo todo su margen de beneficio y computando pérdidas.

    Por ello la mayor producción y apertura a los mercados es un factor de dispersión de riesgo importantísimo que, si esta acompañado de un seguro de crédito, se hará de forma más rápida, ágil y segura.

  4. Cobertura más eficiente de gastos fijos.

    Este incremento de la negociación inherente a la confianza que ofrece un seguro de crédito, tiene otras ventajas para el comerciante. Estas son las que se refieren a la amortización de sus gastos fijos, dando estabilidad a largo plazo a la actividad mercantil.

    La mayor contratación, derivada de la confianza aportada al comerciante por una aseguradora de crédito, le permite amortizar y cubrir esos gastos con más facilidad.

    Verbi gracia, el pago del alquiler, de los salarios, de las cuotas del leasing del coche, de la fotocopiadora... va a tener que efectuarlos de todas formas la empresa. Por ello, si media una mayor producción, logra que su inversión en salario, en el local, en los equipos... tenga más sentido y sea más rentable19.

    A veces compensa a los empresarios vender a pérdidas sin beneficio final neto para amortizar parte de estos gastos fijos20.

  5. Protección frente a la iliquidez.

    Un gran fantasma que, en todo tiempo, amenazaba y amenaza en la actualidad al comerciante es la falta de liquidez.

    Si se pierden medios líquidos de pago, la explotación, aún las más prósperas, pueden estar expuestas a una verdadera quiebra, aunque se cuente con un gran patrimonio para hacer frente a sus pagos.

    Un ejemplo claro de esto lo hemos encontrado en muchos sectores como el inmobiliario. Cuando en el mercado hay poca demanda de un producto y es muy difícil lograr liquidez con su venta, entonces la empresa esta expuesta a un malbaratamiento de patrimonio, quiebra, créditos a alto interés...

    No podemos obviar que hay que atender los compromisos ya adquiridos (vencimientos, salarios,...). Un gran impago puede hacer tambalearse o incluso hacer a una compañía que caiga por tierra, puesto que una empresa no puede desatender sus obligaciones de pago y congelar su actividad, hasta recibir nueva liquidez.

    Por ello, en ocasiones, la falta de liquidez puede originar un fatal desenlace de la compañía. En este sentido, el seguro de crédito, con independencia de que los impagos sean transitorios, permite a través de sus anticipos, suministrar a la compañía el líquido necesario para que pueda atender sus compromisos21 y no perder su crédito en el mercado, optimizando así el ciclo de cobros y pagos22.

    En la coyuntura actual en donde, como alternativa a la falta de medios de pago las empresas han optado por alargar los plazos de pago, esta característica del seguro de crédito ha cobrado singular importancia23.

  6. Mayor orden en la llevanza de la empresa.

    Las obligaciones que implica un seguro de crédito, no mucho más gravosas que las impuestas de forma generalizada para todas las empresas de capital, contribuyen eficientemente a un mayor control y vigilancia del empresario sobre su propia explotación.

    Como decimos estas obligaciones no suponen mayores costes añadidos sino una mayor diligencia y control en la marcha y prospectivas del negocio.

  7. Vigilancia continuada de su cartera de clientes.

    Por último el seguro de crédito quita al comerciante el fantasma de la morosidad mediante los análisis de solvencia que la compañía efectúa para fijar sus clasificaciones.

    En puridad esto allana el camino al empresario de manera que, sin desentenderse totalmente de a quien hace las ventas, si se pueda concentrar en la actividad que le es propia de comercialización y producción sin sobresaltos.

    <>24

  8. Mayor estabilidad financiera.

    Todo lo referido le brinda a la empresa Asegurada una mayor estabilidad financiera que, en multitud de ocasiones, se traduce en el acceso a fuentes de financiación externas para aprovechar las coyunturas.

    Una compañía que tiene aseguradas sus operaciones genera más confianza ante terceros25 que otra, con la misma estructura financiera, que no las tenga.

  9. Ventajas del recobro en el seguro de crédito.

    Además de todo lo antedicho, la tramitación del recobro gestionada y encomendada por la Aseguradora, aligera esta nueva carga y preocupación que tendría el Asegurado26. Por otro lado la asunción de la mayoría de los costes procesales del mismo por parte de la Compañía de seguros, es otras de las ventajas aportadas por la póliza de crédito.

    La red de Abogados y procuradores de las Aseguradoras esta compuesta, por la continua afluencia de casos que tienen del mismo género, por personas altamente especializadas27 en estos recobros y en procedimientos concursales.

5. Desechar el binomio prima – indemnización. El seguro de crédito no implica un balance.

De todo lo que hemos dicho se extraen un conjunto de conclusiones que hacen más comprensible la utilidad y los verdaderos beneficios que se obtienen de un seguro de crédito.

Hemos pues desechar la imagen de que los beneficios que procuran estos seguros han de ser extraídos de un balance entre lo que se paga de prima y lo que se indemniza por impagos.

En puridad, el seguro de crédito crea una simbiosis muy beneficiosa con el Asegurado y le ayuda a desarrollar y hacer crecer su proyecto empresarial, más allá de la simple indemnización por impagos.

La cobertura crea una estructura de confianza y fortaleza en la empresa para crecer y desarrollarse en los tiempos en los que la coyuntura económica eso permite, que trasciende con mucho una mera consideracióncuantitativa entre estos dos binomios.

En este sentido, el seguro de crédito brinda a la empresa estabilidad a su proyecto empresarial y mayores probabilidades de permanencia, le ofrece una solución a sus obligaciones financieras transitorias, le permite optimizar su actividad comercial sin inmovilizar en la empresa elevadas reservas por los previsibles riesgos y, finalmente, le permite expandirse y lanzarse a otros mercados internacionales con mas seguridad y garantías.

La prima es el precio por todo lo referido, por la mayor tranquilidad, agilidad y respaldo existente aunque haya épocas en que el Asegurado no registre ningún impagado y en las que pueda llegar a pensarque no le sirve de nada su seguro. Además, precisamente, enocasiones esto se debe a las ventajas preventivas que aporta el seguro de crédito.

6. La importancia del Seguro de Crédito a la Exportación.

Respecto a este último extremo, las aseguradoras de crédito, cumplenuna importantísima tarea para la economía comercial.

La producción nacional tiene un techo si se dirige y enfoca únicamente al consumidor nacional. Esto es, una vez se ha suministrado el producto hasta colmar la demanda de todos los consumidores nacionales, las empresas hallan un techo en la comercialización de sus productos y, por consiguiente, en su producción.

La externalización y la salida a los mercados internacionales permite a las empresas nacionales seguir produciendo para el exterior aún cuando la demanda interna ya esta satisfecha, lo cual lleva a una mayor producción (PIB) y crecimiento económico nacionales.

A causa de esto el Estado en años pasados y en el presente ha tratado de desempeñar un destacado papel en el fomento del créditoa la exportación, y la internacionalización de lasempresas españolas, que pasa por un asesoramiento a las mismas(ICEX).

7. Conclusiones.

Labuena fe el alma de los contratos28

Ciertamente del seguro de crédito se deriva un beneficio recíproco en donde ambas partes interesadas han de complementarse y apoyarse mutua y recíprocamente, para que la relación alcance el fin y teleología buscada.

Empero, al igual que un conductor una vez contratado su seguro de coches, no va conduciendo temerariamente confiado en la cobertura del seguro, de igual manera, el Asegurado no comercia por grandes cantidades con clientes nuevos, sin ningún tipo de consideración ni miramiento ulterior u ocultando circunstancias que agravan el riesgo de las operaciones a su Aseguradora.

La Aseguradora igualmente ha de estar ahí, cuando el asegurado necesita de su apoyo y no, por diferentes pretextos, faltar a sus obligaciones para con él. No sería de recibo que solo permanezcan con elasegurado en tiempos de bonanza.

Por ello, todas las Aseguradoras tienen que convencerse de su gran función como valedoras de intereses económicos de los Estados y cumplir su papel fielmente y más en épocas como la presente que aportan un basamento para que pueda continuar la actividad económica.

Como hemos dicho, no de la indemnización simplemente, sino de muchas otras ventajas del seguro, cada día, se benefician los Asegurados e,indirectamente, la economía.

Sin embargo no hay que caer en el error de pensar que los seguros de crédito son la panacea y que las Aseguradoras de crédito no buscan optimizar, como cualquier otra empresa sus beneficios, ajustando los riesgos y proponiendo nuevas condiciones a los asegurados en épocas de gran siniestralidad.

Juan Palao Uceda.
Abogado.
Miembro de la Asesoría Jurídica de Crédito y Caución. Grupo Atradius.

Notas

1 GRATTON, J. “ Esquema de una historia del Seguro”. Buenos Aires: Arayú, 1955. Pág. 17.

2 URIA, R. „ Derecho Mercantil“. 20ª Edición. Barcelona: Marcial Pons, 1998. Pág. 1189.

3 SOLANO, A – Delegado General para Cataluña y Baleares de la “ Compañía Española de Seguros y Reaseguros de Crédito y Caución, S.A. El Seguro de Crédito y su actual trascendencia. Conferencia pronunciada en la Escuela Profesional del Seguro de Barcelona con ocasión de la solemne clausura del curso 1960 – 1961.

Pág. 29-30.- <<...vital importancia y trascendencia que en la actualidad española tiene el Seguro de Crédito para fomentar el incremento del Comercio y, claro es, de la industria.>>

4 TORRES DE CRUELLS, J. La suspensión de pagos. Barcelona: Ed. Bosch, 1957, Pág. 14.

5 HOPT, K.J. & MÜLBERT, P.O. KREDITRECHT. Bankkredit und Darlehen im deutschen Recht. Berlin: J. Schweitzer Verlag KG & de Gruyter, 1989. Pág. 54.

6 Acepción del Diccionario de la Real Academia de la Lengua. APODACA Y OSUNA, F. Presupuestos de la quiebra. México D.F.: Editorial Stylo, 1945. Pág. 23.- <>.

7 GARRIDO CHAMORRO, P. “Economía de Mercado y Seguridad Jurídica” en Martín Romero, J.C. [dir.]. La reforma de la justicia preventiva – Seminario organizado por el Consejo General del Notariado de la UIMP. Madrid: Thomson – Civitas, 2004.Pág. 50.- <<... absoluta ineficiencia de semejante mecanismo de seguridad jurídica explicará en gran medida la falta de pujanza de ese proceso de supuesto crecimiento económico.>>. IBIDEM. Pág. 48.- <> SOLANO, A. Op. Cit. Pág.6.- <

8 SOLANO, A. Op. Cit. Pág.15.- <>

9 APODACA Y OSUNA, F. op. cit. Pág. 24.

10 QUINTUS MUCIUS SCAEVOLA. Código Civil. Comentado y concordado extensamente e ilustrado con la exposición de los principios científicos de cada institución, y un estudio comparativo de los principales códigos europeos y americanos. Madrid: Instituto Editorial Reus, 1949. Tomo XXVI. Volumen I. Pág. 19.

11 Ley hipotecaria de 8 de Febrero de 1861. EM. <>

12 Ley hipotecaria de 8 de Febrero de 1861. EM.- <<...el prestamista nada le interesan el crédito, el estado de fortuna, las cualidades morales de la persona a quien da su dinero, por que para nada las tiene en cuenta; lo que le importa es que la finca baste a reintegrarle en su día de lo que pidió. Su crédito no es un crédito personal, es un crédito real; no depende de la persona del deudor, no esta sujeto a sus vicisitudes; lo que importa al acreedor es que la hipoteca no desaparezca.>>

13 Esta ley adaptada a la Directiva 88/357 CEE.

14 “La Administración apoya al seguro de crédito a través del reaseguro”. CyCNews. Boletín On-line. nº 102. 01/04/2009

15 SOLANO, A. Op. Cit. Pág.. 29-30.- <<...vital importancia y trascendencia que en la actualidad española tiene el Seguro de Crédito para fomentar el incremento del Comercio y, claro es, de la industria.>>

16 SOLANO, A. Op. Cit. Pág.. 14.- <>

17 GARRIGUES, J. op. cit. 1936. Tomo I. Pág. 179.

18 SOLANO, A. Op. Cit. Pág.. 15.

19 Esta vertiendo doctrinal acerca de la gestión empresarial esta representada, fundamentalmente por la “Theory of Constrains”, donde lo importante es favorecer la producción logrando un margen de contribución de la mercadería a los gastos fijos cada vez mayor.

20 Véase la corriente de gestión empresarial basada en la restricción de los límites en la producción.

21 SOLANO, A. Op. Cit. Pág.. 14-15.- <<...la Compañía de seguros efectúa de un modo justo y equitativo las correspondientes liquidaciones provisionales... el comerciante asegurado siempre se hallará en una situación de notoria superioridad sobre otro cualquier acreedor, pues en un plazo de tiempo relativamente corto, teniendo en cuenta la duración de las quiebras y suspensiones de pagos y, en general, de los procedimientos judiciales, encontrará tesorería repuesta con la indemnización correspondiente...>>

22 Informe “Managers Answers, Cobros y Morosidad 2009”. Interban Network y Tatum.

23 “El seguro de crédito reduce la tasa de impagos”. CyCNews. Boletin On-Line. nº 102. 01/04/2009.

24 SOLANO, A. Op. Cit. Pág.. 17

25 IBIDEM. Pág.. 18.- <>

26 SOLANO, A. Op. Cit. Pág.. 17.- <>

27 IDEM. <>

28 SHAKESPEARE, W. “Hamlet”. Acto III, Escena XXVI.

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