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Justicia Gratuita
El presente versa sobre una cuestión no exenta de polémica e interpretaciones, es decir, la cuestión que se plantea en principio es ¿en qué momento comienza el cómputo del plazo para contestar / oponerse a una demanda, recurrir, etc., cuando el demandado es beneficiario de justicia gratuita y, en su caso, para recurrir en vía contencioso – administrativa o ejercitar otra acción de naturaleza judicial?
Héctor Taillefer de Haya