Noticias JurídicasOrigen https://noticias.juridicas.com

Conocimiento Tribunas
14/03/2022 15:15:44 ROSA GONZÁLEZ FISCAL 3 minutos

¿Cómo será el Plan Anual de Control Tributario de 2022?

«La economía sumergida vuelve a ser una realidad que se busca controlar y eliminar. Por ello, se prestará atención a los empresarios que no admitan pagos por medios bancarios y a los contribuyentes cuyo nivel de gasto y consumo no se corresponde con rentas declarada»

Rosa González

Asesora fiscal en Labe Abogados

¿Cómo será el Plan Anual de Control Tributario de 2022?

El pasado 26 de enero la Dirección General de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria aprobó las directrices que guiarán las actuaciones a realizar en este 2022. Las actuaciones y objetivos a realizar son muchos, por lo que a continuación se resaltan las que afectan a un mayor número de contribuyentes.

Las criptomonedas han tenido su protagonismo en este Plan de Control. Se ha indicado que a lo largo del 2022 se desarrollarán las obligaciones informativas sobre criptomonedas. Se aprobarán las Órdenes Ministeriales que regulen los modelos que sean requeridos para cumplimentar estas obligaciones de información. Estos modelos estarán disponibles en 2023 respecto a la información a declarar del 2022.

Es decir, el Modelo 721, relativo a la declaración informativa de tenencia de criptomonedas en el extranjero, será objeto de aprobación y de regulación detallada para el ejercicio 2022. Sin embargo, para el ejercicio 2021 cuyo plazo de presentación es el 31 de marzo de 2022, existe un vacío normativo. Existe obligación de declarar, pero no existe el modelo para hacerlo.

Por otro lado, la prevención del incumplimiento en materia tributaria es uno de los objetivos por los que velará nuestra administración. La principal actuación que se llevará a cabo en este sentido es la depuración del censo de empresarios. Esto supone la eliminación de aquellas entidades que han quedado inactivas, ya que pueden ser ocultadoras de la verdadera titularidad de bienes y derechos.

Para ello, se procederá al cierre de la página del Registro Mercantil y a la revocación del NIF de dichas entidades. Como consecuencia de esto, solo aquellas empresas que estén realizando una actividad económica mantendrán la vigencia jurídico y fiscal.

Como no podía ser de otra forma, las actuaciones de comprobación del fraude tributario es otra de las directrices del Plan Anual para 2022.

En esta línea, como novedad, se anuncia que se enviarán cartas de aviso a contribuyentes de cuyo comportamiento se intuya incumplimientos tributarios mantenidos durante varios ejercicios. Estas cartas de aviso no suponen el inicio de un procedimiento de inspección o comprobación. El objetivo es que con estas comunicaciones el contribuyente conozca la valoración que tiene Hacienda de su comportamiento y regularice la situación de forma voluntaria. De esta manera se evitan el coste de gestión que suponen los procedimientos de comprobación.

Entre las comprobaciones que se realizarán a lo largo del año, destacan las bases imponibles negativas de los grupos de sociedades que apliquen el régimen de consolidación fiscal. También se configura como área de atención preferente las declaraciones de retenciones a cuenta del Impuesto sobre la Renta de No Residentes, así como de los modelos 190 y modelos 184.

La economía sumergida vuelve a ser una realidad que se busca controlar y eliminar. Por ello, se prestará atención a los empresarios que no admitan pagos por medios bancarios y a los contribuyentes cuyo nivel de gasto y consumo no se corresponde con rentas declaradas. Además se anuncia un desarrollo reglamentario para la prohibición del software de doble uso, de forma que se indicarán las condiciones mínimas que deben tener todos los programas de facturación.

Del exponencial aumento del comercio electrónico en estos años de pandemia surge la necesidad de identificar a los empresarios que venden a consumidores fiscales ubicados en España. Puesto que en estos casos el hecho imponible del IVA se realiza en España, se facilitará el registro en la Agencia Tributaria de estos operadores no residentes a fin de tenerlos identificados.

Por último, en fase recaudatoria, se continuará con el impulso de procedimientos de derivación tributaria. De esta forma, se intentará cobrar las deudas de las entidades que han sufrido un vaciamiento patrimonial por parte de sus responsables.

Te recomendamos