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08/03/2024 11:30:19 CAMILO ALFONSO ESCOBAR MORA DERECHOS Y DEBERES 6 minutos

La calificación jurídica de la inteligencia artificial

El autor hace una reflexión sobre el fundamento jurídico de la inteligencia artificial

Camilo Alfonso Escobar Mora

Abogado y fundador de JURÍDIA, Academia de Filosofía del Derecho para abogados

La calificación jurídica de la inteligencia artificial

El derecho se basa en la calificación jurídica. Es decir, en la definición de la situación jurídica. Es decir, en el desciframiento de cómo existen los derechos y deberes. Por eso, define las condiciones del ejercicio de los derechos y deberes. Es decir, la forma de cada derecho y deber. La forma (de la existencia) del cumplimiento del derecho. Es decir, la forma del goce de los derechos y cumplimiento de los derechos.

El derecho indica el deber ser. Lo que debe existir (incluido, lo que debe hacerse). Para que exista el bien. Es decir, el ejercicio de los derechos y deberes. El efecto del ejercicio de los derechos y deberes. Por eso, define lo que debe ser. Lo cual aplica en (relación con) el/cada/todo (el todo del) ser relacionado con lo definido en él -en el, todo del, derecho-.

Ahí/aquí (en -relación con- ello) es donde es importante la calificación jurídica. Porque se debe descifrar la condición jurídica del ser relacionado con el derecho. Del ser que debe cumplir con el derecho. Del ser en relación con el cual debe existir el cumplimiento del derecho. Es decir, el goce de los derechos y cumplimiento de los deberes. Es decir, del ser que debe ser bueno (válido jurídicamente).

El ser relacionado con el derecho debe existir de una forma válida jurídicamente (de una forma válida). Es decir, de una forma que coincida con lo definido en el derecho. Con base en la forma en la cual le aplique (el todo de lo definido en él). De acuerdo con la forma en la cual exista el ser. Según la forma en la cual exista la relación jurídica vínculada con ello.

Es decir, a la medida de la forma en la cual exista cada relación jurídica relacionada con el ser. Con la forma (de la existencia) del ser. Con la forma en la cual existe/exista/vaya existiendo el ser. De acuerdo con los hechos de la relación jurídica, propiamente, con -el (todo del) hecho de la- forma (de la existencia) -del todo de- la relación jurídica.

Entonces, se deben calificar/descifrar/definir/detectar/atender (jurídicamente) los hechos de la relación jurídica. Propiamente, se debe hacer que (el hecho de) la relación jurídica coincida con el derecho. Cumpla con el derecho. Exista de una forma armónica con lo definido en el derecho. Lo cual lo deben hacer los seres humanos existentes en relación con ella (con su forma de -la- existencia).

Los seres humanos (solo) lo pueden hacer (lo logran) si cada uno cumple con la forma en la cual -a cada quien- le aplique el derecho. De acuerdo con la forma en la cual cada quien exista en la respectiva relación jurídica. Con base en la forma (de la existencia) del -todo del- hecho de la relación jurídica. Creado por el resultado de la unión de sus hechos.

Por ende, se deben calificar los hechos de la relación jurídica. Se debe calificar el hecho de la relación jurídica. Para saber cómo le aplica el derecho. A la relación jurídica. A la medida de la relación jurídica. Eso lo debe hacer cada ser humano relacionado con ella. Con base en la forma en la cual a cada quien le aplique/proceda el derecho. En relación con ello.

No se trata de que cada quien tenga una calificación antijurídica. Se trata de que cada quien haga/tenga/atienda una calificación armónica con el derecho. Una calificación jurídica. Válida jurídicamente. Coincidente con el derecho. Es decir, una calificación que permita que exista el goce de los derechos y cumplimiento de los deberes. En relación con el respectivo ser. En relación con la relación jurídica.

Así, por ejemplo, se califica (incluido, se puede y debe clasificar) la inteligencia artificial. A la medida de cada quien. A la medida de cada relación jurídica en la cual exista (lo conocido/denominado como) inteligencia artificial. La (una, alguna) forma -de la existencia- de la inteligencia artificial.

Esa es la forma (de la existencia) de la inteligencia artificial buena. De la inteligencia artificial válida jurídicamente. De hacer el bien. En relación con la inteligencia artificial. De cumplir con el derecho (del cumplimiento del derecho). En relación con la inteligencia artificial (I.A.).

Porque es un objeto/producto/ser (creado por el resultado de la unión de sus partes) existente (que existe) con base en el ejercicio de los derechos y deberes. Por ello, es una forma (de la existencia) en relación con la cual existe el goce de los derechos y cumplimiento de los deberes. Lo cual permite (es decir, haciendo) que exista el ejercicio de los derechos y deberes en relación con ella. Es decir, (lo que hace/logra -lográndose, logrando-, el, que exista) el bien. Lo bueno. La bondad. El bienestar. Bondad.

Pero ello depende de que exista calificación jurídica y de que se atienda (su efecto/resultado -es decir, de que se cumpla con el deber existente con la calificación, es decir, de que se cumpla con el derecho de acuerdo con la forma en la cual aplique). Es decir, que de se cumpla con el derecho. En relación con la inteligencia artificial.

Esto (solo) existe cuando se conocen las formas (de la existencia) relacionadas con el derecho y, propiamente, -a- la forma (de la existencia) del derecho -es decir, a los elementos del derecho, es decir, al/el fundamento del derecho (fundamento jurídico), y, propiamente, el todo creado por el resultado de la unión de las partes del derecho-.

La solución existe. He indicado como existe la inteligencia artificial buena. Como hacer bien la inteligencia artificial. El criterio de la validez jurídica de la inteligencia artificial. El fundamento del derecho en relación con la inteligencia artificial. La forma de ser diligente (la forma -de la existencia- de la diligencia) en relación con la inteligencia artificial. La forma de cumplir con el derecho (la forma -de la existencia- del cumplimiento del derecho) en relación con la inteligencia artificial.

Se debe hacer/aplicar/lograr/descifrar/generar/obtener/crear a la medida de cada relación jurídica vinculada con la inteligencia artificial. Siendo las condiciones de la diligencia la forma de conocer cómo solucionarlo y, propiamente, la forma de crearlo.

De hecho, la evolución consiste/es la simplificación de la forma de lograrlo (en relación con la inteligencia artificial y, en general, en cada relación jurídica -existente- de acuerdo con el hecho de su forma de existencia).

Esa es la forma del bien. De la calidad de la vida válida jurídicamente. Es decir, de la forma de la vida existente con base en el ejercicio de los derechos y deberes. Es decir, de la (calidad de la) vida que existe cuando se gozan los derechos y cumplen los deberes. Del cumplimiento del derecho.

Gracias a que cada quien existe de una forma armónica jurídicamente. Con base en la calificación jurídica de cada quien. De acuerdo con la calificación jurídica de cada relación jurídica.
 

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