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Un juez de Zaragoza cuestiona la legalidad del certificado de antecedentes penales sexuales para trabajar con menores

02 de marzo de 2018 Jurisprudencia Delito sexual

El magistrado del Juzgado Contencioso administrativo nº 3 de Zaragoza ha cuestionado la legalidad del Real Decreto 1110/2015, que regula el Registro de Delincuentes Sexuales, al considerar que alguna de las medidas que establece son contrarios a la Constitución y a otras reglas de nuestro Ordenamiento jurídico, y anula la exigencia que le hacía la administración aragonesa a una profesora para que presentase un certificado negativo de antecedentes penales por delitos sexuales.

Multa millonaria a Facebook por facilitar información engañosa sobre la adquisición de WhatsApp

18 de mayo de 2017 Noticias INFRACCIÓN DERECHO UE

La Comisión Europea ha impuesto a Facebook una multa de 110 millones de euros por proporcionar información incorrecta o engañosa durante la investigación de la adquisición de Whatsapp por parte de Facebook. Dijo a la Comisión que no podría establecer una correspondencia automatizada y fiable entre las cuentas de los usuarios,y posteriormente actualizó los términos del servicio para incluir la posibilidad de vincular los números de teléfono y las cuentas de los usuarios. Esta es la primera multa a una empresa por haber proporcionado información incorrecta o engañosa desde la entrada en vigor del Reglamento de control de concentraciones entre empresas de 2004.

El TS anula el Modelo de Medición de Cargas de Trabajo de Juzgados y Tribunales

17 de octubre de 2014 Noticias Jueces y Magistrados

El acuerdo impugnado está referido a la carga de trabajo de los Juzgados y Tribunales, sin referencia o exclusión alguna del personal ajeno a la carrera judicial, por lo que afecta sin duda a todo el personal integrante del órgano jurisdiccional, dependa o no del Consejo General del Poder Judicial; por ello   debería haber sido aprobado con audiencia previa del Ministerio de Justicia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 110.3 LOPJ, al afectar a competencias propias de dicho departamento.

El TS unifica el criterio para la aplicación de los intereses de demora a las deudas laborales

27 de agosto de 2014 Noticias Deudas laborales

Las deudas que no ostenten naturaleza salarial han de indemnizarse con el tipo de interés legal del dinero previsto en el art. 1108 CC, mientras que tratándose de créditos estrictamente salariales se ha de aplicar el interés del 10 por ciento establecido en el art. 29.3 ET, con independencia del carácter «comprensible» o no de la oposición de la empresa a la deuda. 

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