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Las actividades docentes realizadas por los religiosos para los colegios de su congregación no constituyen relación laboral

19 de marzo de 2014 Jurisprudencia Contrato de trabajo

Las actividades docentes realizadas por los religiosos no son ajenas a sus compromisos como tales, pues su pertenencia a una comunidad religiosa, en uso de la libertad asociativa, implica la aceptación, además de los trabajos en beneficio de la comunidad, de aquellas otras tareas no genuinamente religiosas como la actividad docente.Dado que no se ha acreditado que la relación entre una religiosa y su congregación tuviese naturaleza laboral, el cese en la actividad docente tras abandonar la comunidad religiosa no se puede considerar despido.

Confirmada la sancion a un juez de Valencia que nombraba administradores concursales a alumnos de cursos que organizaba

El TS confirma la sanción de pérdida de titularidad de un Juzgado Mercantil, por una falta muy grave de realizar actividades incompatibles con su función. El magistrado organizaba cursos sobre derecho concursal sin solicitar permiso para ello y llegó a nombrar como administradores concursales en asuntos pendientes de su juzgado a algunos de sus alumnos.

El TC anula la libre colegiación de funcionarios aprobada por la Junta por “vulnerar” competencias

El Tribunal Constitucional (TC) ha estimado el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Gobierno de la Nación contra un precepto del artículo 30.2 de la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2002 que establecía que no será exigible el requisito de colegiación al personal funcionario, estatutario o laboral de las administraciones públicas de Andalucía para el ejercicio de sus funciones, “o para la realización de actividades propias de su profesión por cuenta de aquellas”.

Los trabajadores empleados en plataformas de extracción de gas situadas en el mar, sobre la plataforma continental adyacente a un Estado miembro, están en principio sujetos al Derecho de la Unión

17 de enero de 2012 Jurisprudencia SEGUROS SOCIALES

En efecto, para la aplicación del Derecho de la Unión, debe considerarse que un trabajo efectuado en una plataforma de perforación -en el marco de actividades de exploración y/o de explotación de los recursos naturales- ha sido efectuado en el territorio de dicho Estado.

Condenado el ex presidente de la sala de lo contencioso del TSJ Cataluña por asesorar a un particular sobre materias de las que debía conocer

El magistrado acusado asesoró de manera permanente a una empresa en asuntos en los que debía intervenir por razón de su cargo, pues aconsejó en la materia sobre la que versaban los recursos contencioso administrativos que debían ser resueltos en el Tribunal que presidía: intercambió y comentó con ellos, de manera continuada, información sobre determinadas actuaciones judiciales relacionadas con dichos recursos; envió un modelo al que ajustar la presentación de uno de sus recursos; habló con su abogado sobre otro de ellos, en el que pedía la adopción de unas medidas cautelares, dándole su conformidad al mismo; y promovió reuniones o encuentros con las letradas de la Administración contra la que la empresa litigaba

Las actividades docentes realizadas por los religiosos para los colegios de su congregación no constituyen relación laboral

19 de marzo de 2014 Jurisprudencia Contrato de trabajo

Las actividades docentes realizadas por los religiosos no son ajenas a sus compromisos como tales, pues su pertenencia a una comunidad religiosa, en uso de la libertad asociativa, implica la aceptación, además de los trabajos en beneficio de la comunidad, de aquellas otras tareas no genuinamente religiosas como la actividad docente.Dado que no se ha acreditado que la relación entre una religiosa y su congregación tuviese naturaleza laboral, el cese en la actividad docente tras abandonar la comunidad religiosa no se puede considerar despido.

Confirmada la sancion a un juez de Valencia que nombraba administradores concursales a alumnos de cursos que organizaba

El TS confirma la sanción de pérdida de titularidad de un Juzgado Mercantil, por una falta muy grave de realizar actividades incompatibles con su función. El magistrado organizaba cursos sobre derecho concursal sin solicitar permiso para ello y llegó a nombrar como administradores concursales en asuntos pendientes de su juzgado a algunos de sus alumnos.

El TC anula la libre colegiación de funcionarios aprobada por la Junta por “vulnerar” competencias

El Tribunal Constitucional (TC) ha estimado el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Gobierno de la Nación contra un precepto del artículo 30.2 de la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2002 que establecía que no será exigible el requisito de colegiación al personal funcionario, estatutario o laboral de las administraciones públicas de Andalucía para el ejercicio de sus funciones, “o para la realización de actividades propias de su profesión por cuenta de aquellas”.

Los trabajadores empleados en plataformas de extracción de gas situadas en el mar, sobre la plataforma continental adyacente a un Estado miembro, están en principio sujetos al Derecho de la Unión

17 de enero de 2012 Jurisprudencia SEGUROS SOCIALES

En efecto, para la aplicación del Derecho de la Unión, debe considerarse que un trabajo efectuado en una plataforma de perforación -en el marco de actividades de exploración y/o de explotación de los recursos naturales- ha sido efectuado en el territorio de dicho Estado.

Condenado el ex presidente de la sala de lo contencioso del TSJ Cataluña por asesorar a un particular sobre materias de las que debía conocer

El magistrado acusado asesoró de manera permanente a una empresa en asuntos en los que debía intervenir por razón de su cargo, pues aconsejó en la materia sobre la que versaban los recursos contencioso administrativos que debían ser resueltos en el Tribunal que presidía: intercambió y comentó con ellos, de manera continuada, información sobre determinadas actuaciones judiciales relacionadas con dichos recursos; envió un modelo al que ajustar la presentación de uno de sus recursos; habló con su abogado sobre otro de ellos, en el que pedía la adopción de unas medidas cautelares, dándole su conformidad al mismo; y promovió reuniones o encuentros con las letradas de la Administración contra la que la empresa litigaba

Las actividades docentes realizadas por los religiosos para los colegios de su congregación no constituyen relación laboral

19 de marzo de 2014 Jurisprudencia Contrato de trabajo

Las actividades docentes realizadas por los religiosos no son ajenas a sus compromisos como tales, pues su pertenencia a una comunidad religiosa, en uso de la libertad asociativa, implica la aceptación, además de los trabajos en beneficio de la comunidad, de aquellas otras tareas no genuinamente religiosas como la actividad docente.Dado que no se ha acreditado que la relación entre una religiosa y su congregación tuviese naturaleza laboral, el cese en la actividad docente tras abandonar la comunidad religiosa no se puede considerar despido.

Confirmada la sancion a un juez de Valencia que nombraba administradores concursales a alumnos de cursos que organizaba

El TS confirma la sanción de pérdida de titularidad de un Juzgado Mercantil, por una falta muy grave de realizar actividades incompatibles con su función. El magistrado organizaba cursos sobre derecho concursal sin solicitar permiso para ello y llegó a nombrar como administradores concursales en asuntos pendientes de su juzgado a algunos de sus alumnos.

El TC anula la libre colegiación de funcionarios aprobada por la Junta por “vulnerar” competencias

El Tribunal Constitucional (TC) ha estimado el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Gobierno de la Nación contra un precepto del artículo 30.2 de la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2002 que establecía que no será exigible el requisito de colegiación al personal funcionario, estatutario o laboral de las administraciones públicas de Andalucía para el ejercicio de sus funciones, “o para la realización de actividades propias de su profesión por cuenta de aquellas”.

Los trabajadores empleados en plataformas de extracción de gas situadas en el mar, sobre la plataforma continental adyacente a un Estado miembro, están en principio sujetos al Derecho de la Unión

17 de enero de 2012 Jurisprudencia SEGUROS SOCIALES

En efecto, para la aplicación del Derecho de la Unión, debe considerarse que un trabajo efectuado en una plataforma de perforación -en el marco de actividades de exploración y/o de explotación de los recursos naturales- ha sido efectuado en el territorio de dicho Estado.

El llamado Convenio con Asunción en la Ley Concursal

Debido a la situación actual de crisis económica, el legislador se ve forzado a la búsqueda de nuevos métodos aplicables ante el concurso empresarial, diferentes del convenio o la liquidación, que flexibilicen el proceso y ahorren costes. Sin embargo, olvida que ya en el art 100.2. II de la LC encontramos una solución: El Convenio de Asunción, configurado con la intención de evitar la destrucción de la red empresarial mediante el mantenimiento de la actividad industrial, en donde un tercero asume la posición del deudor. Con él podrían llegarse a acuerdos en donde la solución no fuese destructiva, sino todo lo contrario, beneficiosa, ya que saldrían del mercado sujetos ineficientes y entrarían nuevos, predeterminados a responsabilizarse de la salvaguarda de los activos y actividades mediante la asunción de los pasivos. Por esta vía la autonomía de la voluntad hace presencia en el contenido legal de un convenio, que goza a su vez de protección jurídica. Por lo tanto, a priori, podría considerarse una gran aportación del legislador.