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Análisis de normativa: ley 11/2020, que limita los precios del alquiler en Cataluña

22 de septiembre de 2020 Noticias PROBLEMA DE LA VIVIENDA

La Ley 11/2020, de 18 de septiembre, regula la contención y moderación de rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda cuando ésta esté destinada a residencia permanente del arrendatario y se halle en área declarada con mercado de vivienda tenso. Este régimen de contención de rentas persigue el equilibrio entre el interés patrimonial del arrendador y la función social de la propiedad urbana y se instrumenta mediante la aplicación del índice de referencia de precios de alquiler de viviendas. Cataluña limita el precio de los alquileres

El TJUE establece que las compañías de alquiler de vehículos no tendrán que pagar royalties por las radios de sus coches

07 de abril de 2020 Jurisprudencia DERECHOS DE AUTOR

La sentencia resuelve las cuestiones prejudiciales presentadas por Tribunal Supremo de Suecia acerca de si un arrendador de vehículos equipados con receptores de radio es un usuario que realiza una “comunicación al público” en el sentido del artículo 3, apartado 1, de la Directiva 2001/29 o del artículo 8, apartado 2, de la Directiva 2006/115 sobre el derecho de autor.

El Supremo esclarece los requisitos para enervar un desahucio de alquiler por impago del IBI

15 de julio de 2019 Jurisprudencia ALQUILERES

Una reclamación extrajudicial no satisfecha del impago del IBI no habilita al arrendador para instar el desahucio por incumplimiento si la cantidad reclamada es superior a la que corresponde. No importa que la arrendataria hubiese pagado el concepto en otras ocasiones; el ocupante de la vivienda disfruta de la potestad de impugnar la cantidad por excesiva en cualquier momento y enervar por ello el desahucio.

La Audiencia Provincial de Madrid insiste: el arrendamiento de habitaciones no está protegido por la LAU

13 de junio de 2019 Jurisprudencia ARRENDAMIENTOS

El alquiler de una habitación con pacto de aprovechamiento de zonas comunes de baños y cocina no es un arrendamiento protegible por la LAU al no poder “satisfacer de modo permanente las necesidades de vivienda del arrendatario”. Así, la Audiencia Provincial de Madrid permite a un arrendador ejecutar desahucio sin ser aplicables los tres años de protección del inquilino.