Aseguradora

20 entradas

Una aseguradora es multada con 40.001 euros por incumplir la normativa de protección de datos

14 de agosto de 2020 Jurisprudencia PROTECCIÓN DE DATOS

La entidad responsable del tratamiento de datos personales no puede quedar exonerada de su responsabilidad por la infracción tipificada en el art. 44.3.e) de la LOPD la cual es consistente en el impedimento o la obstaculización del ejercicio del derecho de oposición, en virtud de las cláusulas del contrato celebrado con otra entidad para la prestación de campañas publicitarias.