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Solicitar extensión de efectos de una sentencia firme en materia tributaria no exige previa solicitud de Hacienda

Cuando ya ha habido un proceso jurisdiccional que ha decidido por sentencia firme idéntica pretensión a la que se quiere reclamar no resulta muy conforme con la finalidad y naturaleza propias de este incidente procesal requerir que el interesado, con carácter previo al escrito razonado que ha de dirigir al órgano jurisdiccional que ha dictado la sentencia cuya extensión de efectos se pretende, presente una solicitud de rectificación de la autoliquidación del tributo en cuestión ante la Administración tributaria

El Supremo fija que reclamar la extensión de efectos de un fallo firme en materia tributaria no exige una previa solicitud a Hacienda

29 de junio de 2020 Jurisprudencia IMPUESTOS

La Sala III, de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Supremo ha fijado como criterio interpretativo que la solicitud de extensión de efectos del fallo de una sentencia firme en materia tributaria no requiere que el interesado, con carácter previo al escrito que ha de dirigir al tribunal que ha dictado la sentencia cuya extensión de efectos se pretende, presente una solicitud de rectificación de la autoliquidación del tributo en cuestión ante una Administración tributaria.

La Audiencia Nacional aplica el silencio positivo a los ERTE por Covid-19 solicitados a la autoridad laboral

25 de junio de 2020 Jurisprudencia EMPLEO

Ante la falta de regulación de las repercusiones del silencio administrativo por parte la autoridad laboral en el RD 1483/2012, Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada, o en el RD-ley 8/2020, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del Covid-19, se ha de acudir a lo regulado en el art. 24 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, que, como regla general, tiene carácter positivo  

Los principios generales del embargo de bienes inmuebles

22 de mayo de 2020 Artículos doctrinales

En este artículo se exponen los principios más relevantes que informan la actuación de los órganos judiciales a la hora de acordar los embargos de bienes inmuebles. Se trata de un catálogo criterios objetivos a los que la autoridad judicial que acuerda la traba debe sujetarse, si bien su aplicación práctica vendrá modulada por las circunstancias del caso concreto. Proporcionalidad, orden de prelación, menor onerosidad, mutabilidad… son algunas de las reglas que informan esta actividad coercitiva tan típica de nuestros Tribunales.