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La venta al por menor del adicto a las drogas para autofinanciarse: el nuevo párrafo segundo del artículo 368 del Código Penal

Las reformas penales pueden responder a diversos motivos por parte del legislador, algunos determinados por la adecuación legislativa a la realidad y a la petición social, incorporando, actualizando, o haciendo desaparecer conductas incluidas en el catálogo de delitos. En otras ocasiones, el legislativo responde a iniciativas propias que buscan encontrar un efecto educador o más bien ejemplificante al incluir o suprimir aspectos no asumidos por la sociedad en ese momento, y que puede que consiga enraizar o no; y por último, también en ocasiones, y oyendo las sugerencias de los aplicadores del Derecho, incluya o corrija aspectos necesitados de una nueva modulación.

El objeto como elemento esencial del contrato

01 de abril de 2011 Artículos doctrinales CONTRATOS

Siguiendo el art. 1.261 del Código Civil, existe contrato cuando concurren en el mismo, el consentimiento de los contratantes, un objeto cierto que sea materia de contratación y una causa de la obligación que se establezca. Por lo que contrario sensu la ausencia de cualquiera de estos tres elementos dan lugar a la inexistencia del contrato. La carencia absoluta o inexistencia de cualquiera de estos elementos esenciales provocarán la nulidad radical del contrato, en tanto que, se entraría en contrariedad con el Derecho imperativo. Cualquier acto contrario a las normas imperativas o prohibitivas no debe tener existencia y validez jurídica.

Notas sobre la responsabilidad de los arts.17 ss de la Ley de Ordenación de la Edificación

Probablemente por el temor reverencial que el CC suele inspirar al legislador, la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE) no derogó explícitamente el art.1591 de dicho Código, precepto acerca del cual guarda un espeso silencio. Pero para el intérprete no hay duda de que dicho art.1591 sólo rige como Derecho transitorio, conforme a la disposición transitoria 1ª de la citada LOE; ello, incluso en los casos en que el ‘promotor’ de la edificación no es un empresario, sino un particular que encarga la obra para sí.

Clima social y político originario de la LO 5/2010: estudio del anteproyecto de reforma del Código Penal

La elaboración del Anteproyecto de Ley Orgánica por la que se reforma el Código Penal inspirada por el anterior titular del Ministerio de Justicia, Fernández Bermejo, y su consiguiente entrada en vigor el 23 de diciembre de 2010, no ha estado exenta de polémica, tanto en los medios de comunicación como en la doctrina jurídica. La citada modificación del Código Penal vigente de 1995 mediante anteproyecto de ley orgánica realizado por el Gobierno y con el apoyo del principal partido de la oposición, PP, fue el producto del malestar social que provocaron determinados casos en la opinión pública.

Algunas notas sobre la Reforma del Código Penal sobre el comiso y el blanqueo de capitales

El presente trabajo se centrará en la incidencia de la reforma de 23-06-2010 sobre las figuras del blanqueo de capitales y el comiso, reguladas en los artículos 301, 302 y 127 del Código Penal, así como con la figura del partícipe a título lucrativo. A modo de introducción, se debe destacar que produce un importante cambio en las posibles interpretaciones de los mencionados preceptos legales, que puede verse como una superposición entre si, o por contrario, puede que de pie a extrañas hipótesis de concursos de normas o de delitos.

La atenuante de dilaciones indebidas tras la reforma del Código Penal de 2011

Tomando como punto de referencia la reforma de la situación denominada convencionalmente como dilaciones indebidas, en este trabajo se tratará el tratamiento que la Jurisprudencia española ha dado a esa situación, primero como reflejo de la legislación internacional y europea, construyendo una doctrina a nivel nacional, hasta que finalmente se ha plasmado en el Código penal con la reforma del artículo 20, introduciendo una circunstancia 6ª nueva y específica de esta atenuante por la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

Consecuencias jurídicas de las dilaciones indebidas

El sistema que sigue nuestro Código Penal en materia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a diferencia de lo que ocurre en otros ordenamientos jurídicos, consiste en la previsión en su Libro I.1 de genéricas circunstancias que a priori resultan de aplicación a toda clase de delitos; lo que no impide a su vez que en la Parte especial se comprendan igualmente respecto de determinadas figuras delictivas, circunstancias específicas que constituyen elementos típicos accidentales, como verdaderos elementos integrantes del mismo, formando en este caso los denominados “tipos derivados”, “privilegiados” o “cualificados”.

La gestión de las reclamaciones de consumo después de la entrada en vigor del Código de consumo de Cataluña

01 de febrero de 2011 Artículos doctrinales CONSUMO

¿Que espera una persona consumidora cuando acude a un servicio público de consumo con una queja provocada por una mala prestación de un servicio por parte de una empresa o por la compra de un producto que no es conforme con el contrato de compra venta? ¿Sabe realmente el ciudadano cuales son sus derechos ante la administración pública y cual va a ser el curso de su reclamación o denuncia? ¿Saben las empresas ante que procedimiento se encuentran cuando se tramita contra ellas una denuncia o reclamación de consumo y cuales pueden ser sus consecuencias?

Deficiencias de las acciones de filiación del Código en materia de legitimación activa, plazos y efectos

01 de enero de 2011 Artículos doctrinales FILIACIÓN

En contra de su aparente sencillez, la regulación de las acciones de filiación está cargada de oscuridades; en particular, en materia de legitimación activa, plazos para ejercitarlas así como respecto de los efectos que producen caso de ser estimadas. Las deficiencias del Código llegan a su grado máximo en sede de acciones de impugnación, donde el legislador de 1981 actúo con una torpeza tal que resulta imposible admitir la literalidad de la mayor parte de los arts. 136-141.

El aval cambiario

El régimen jurídico del aval de letra de cambio aparece recogido en los arts. 36 a 37 de la Ley Cambiaria. Su reglamentación se ajusta casi en su integridad a las directrices consagradas en las correspondientes normas contenidas en los arts. 30 a 32 de la Ley Uniforme de Ginebra de 1930. Se implantó así en nuestro ordenamiento cambiario una nueva concepción del aval, distinta por completo de la que hasta entonces parecía desdibujarse en la escueta y confusa preceptiva sobre la materia expresada en los arts. 486 y 487 del Código de Comercio.

La cesión del contrato en la doctrina civil

01 de octubre de 2010 Artículos doctrinales CONTRATOS

La cesión de contrato, es una figura jurídica que no se halla expresamente regulada en el Código Civil, pero que es admitida sin reparos por la mayoría de la Doctrina y la Jurisprudencia. Nuestro Código contempla únicamente la figura de la cesión de créditos y la de asunción de deudas, por lo que el fundamento de la “cesión de contrato” como se entiende por la Doctrina, debería localizarse en el artículo 1.255 CC y el principio de la autonomía de la voluntad...

El plagio literario

El Código Penal regula esta figura en su Art. 270 –dentro de los delitos contra la propiedad intelectual– y castiga con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses a quien “con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, (…) sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios”.

Tratamiento concursal de las cuentas de titularidad indistinta conyugal en Cataluña

01 de septiembre de 2010 Artículos doctrinales DERECHO CONCURSAL

El Ordenamiento jurídico catalán no cuenta con ninguna norma que contemple el régimen jurídico de las cuentas colectivas en caso de concurso de acreedores, no obstante, el Código de Familia de Cataluña dispone de un artículo, el art. 13, por el que se disciplina el embargo de las cuentas de titularidad indistinta cuando esos titulares sean cónyuges.

Requisitos procesales del delito de conducción bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas del art. 379.2 del Código Penal

A la hora de efectuar la prueba de drogas, entendida como aquella destinada a la detección de las sustancias enumeradas por el tipo, en los conductores de vehículos a motor o ciclomotores cuando estos realicen dicha actividad por las vías públicas y en todo caso, por aquellas que determina la Ley sobre tráfico y seguridad vial, debemos tener en cuenta toda una serie de garantías procesales, las cuales devendrán en una obtención legítima de la prueba.

Delitos contra la seguridad vial: conducción bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas (art.379.2 CP) ...

Para abordar el marco normativo penal en esta materia, es preciso analizar los diferentes tipos, que se recogen en la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en su redacción dada por la Ley Orgánica 15/2007, de 30 de noviembre, los cuales se establecen dentro del Capítulo IV, del Título XVII, de los delitos contra la seguridad vial.

La compensación del 1.438 CC para los matrimonios celebrados con separación de bienes. Cuantificación y naturaleza

Nuestro Código Civil prevé, en su artículo 1.438, una cláusula cuyo contenido es ciertamente singular, vagamente abordada por la Doctrina y la Jurisprudencia, fundada en el Principio de equidad y cuya utilización en la práctica, a día de hoy, es todavía muy escaso, estando prevista de forma específica para aquellos Matrimonios en que los cónyuges optan, a través de la celebración de Capítulos Matrimoniales, por un Régimen Económico de Separación de Bienes.

Incompatibilidades para el ejercicio de la función de albacea: concurrencia de las calidades de albacea y abogado y posibilidades de defender en juicio la validez del testamento

El tema que nos ocupa es el análisis de un supuesto que ha recibido escaso tratamiento jurisprudencial y doctrinal, no por su falta de trascendencia jurídica sino por las pocas oportunidades en que dicha situación ha venido a plantearse ante los tribunales. La cuestión es intrincada por que se encuentra en relación a diversas cuestiones. Para comenzar, el tema se halla relacionado con la cuestión de las causas de remoción del albaceazgo, las cuales, por no venir reguladas por el Código Civil...

Pensión compensatoria del artículo 97 CC y el Régimen Económico de Separación de Bienes, ¿procede o no procede?

Contenida en el artículo 97 del Código Civil, se trata de una cuantía que uno de los cónyuges ha de satisfacer a favor del otro, normalmente bajo la forma de una renta periódica, y que tiene su origen en el desequilibrio que este último ha sufrido en relación con el que conserva el primero, como consecuencia directa de la separación o divorcio que ha implicado el cese de su vida en común.

La impotencia de un legislador bienintencionado: el futuro delito de acoso inmobiliario

El 14 de noviembre de 2008 el Gobierno de la Nación aprobaba un proyecto de ley para reformar el Código Penal, que introducía el delito de acoso moral y, con él, un subtipo de acoso inmobiliario. Un año después, sin embargo, se le confirió al precepto una redacción completamente nueva, que ya está lista para ser enviada a las cámaras parlamentarias.