Conduccion

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No basta el consumo de drogas para condenar por delito contra la seguridad del tráfico, pues se debe acreditar que afecta a la capacidad psicofísica del conductor

A diferencia del alcohol, las drogas permanecen en el organismo más tiempo del que duran sus efectos. La simple detección de sustancias tóxicas indica un previo consumo, pero no la prueba suficiente de que sigan produciendo los efectos que les son propios, y sin ello no es posible una condena de un delito del art. 379.2 CP

La consideración de un «Gran Scooter» como ciclomotor, aun siendo un vehículo de dos ruedas con motor eléctrico, obliga al usuario a tener permiso de conducción

02 de noviembre de 2019 Jurisprudencia TRÁFICO Y SEGURIDAD VIAL

El Juzgado absuelve a su conductor, pues desconocía la exigencia de carné, al haber sido inducido a error por la información facilitada en el lugar de venta y la documentación entregada. Existió, por tanto, un error sobre un hecho constitutivo de la infracción penal.  

Un tribunal considera que dar positivo en una prueba de drogas no implica haber conducido bajo sus efectos

El Tribunal Superior de Justicia de Islas Baleares ha declarado improcedente el despido de un conductor de autobús que dió positivo en consumo de cannabis por no apreciar más indicios que probasen que conducía bajo los efectos de la droga. En el accidente murió un motorista que dio positivo en cocaína, que chocó contra vehículo y luego contra el autobús  

Un juez alerta de la proliferación de testigos falsos en delitos por conducción bajo la influencia del alcohol o sin permiso

La Magistrada descarta la versión que de los hechos dan los testigos y concluye que el acusado es autor de los hechos que se le imputan al no haber base para dudar de la versión de los agentes de la Policía Local. Además, acuerda deducir testimonio contra los testigos como presuntos autores de un delito de falso testimonio.