Contable

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'Caso Palau': CDC condenada por cobrar 6,6 millones en comisiones ilegales

15 de enero de 2018 Noticias TRAFICO DE INFLUENCIAS

La sentencia impone penas que van desde los 8 meses de prisión hasta los 7 años y 6 meses. El Tribunal reconoce la utilización del Palau de la Música en un entramado que permitía el cobro de comisiones ilegales a través de obra pública. El Tribuanl acuerda comiso de las ganancias obtenidas por Convergència Democràtica de Catalunya, Félix Millet Tusell y Jordi Montull Bagur con la comisión de tráfico de influencias.

El presidente del CGPJ anuncia un paquete de medidas para luchar contra la corrupción

26 de noviembre de 2014 Noticias Administración de justicia

El presidente del CGPJ ha anunciado que va a proponer al órgano de gobierno de los jueces cuatro medidas concretas de lucha contra la corrupción a implantar en 2015: la designación de letrados que auxilien a los jueces que deben llevar a cabo diligencias en el extranjero; la puesta en marcha de una Unidad de Apoyo para Causas de Corrupción (UACC) para detectar los problemas que surjan en los órganos judiciales que lleven causas por corrupción; la especialización del servicio de inspección de los tribunales y la formación especializada en materia económica, financiera y contable de los jueces que llevan estas causas.

Una empresa que contabilice en "B" puede proceder a un despido colectivo, pero en la negociación con los representantes de los trabajadores debe aportar la contabilidad real

06 de marzo de 2014 Jurisprudencia Despido colectivo

El hecho de que una empresa lleve una «contabilidad B» no es óbice para que la empresa pueda decidir extinciones de contratos si hay una disminución continuada de los ingresos (sin perjuicio, claro está, de las responsabilidades administrativas o penales a que hubiere lugar), pero siempre será necesario a la hora de negociar con los representantes de los trabajadores que se aporte la contabilidad real, pues solo así existirá una verdadera negociación. La falta de entrega a los representantes de la contabilidad real del grupo supone la nulidad de los despidos, pues la empresa negoció de mala fe ocultando datos trascendentales de su realidad contable tanto a los acreedores tributarios como a los trabajadores.

Una empresa que contabilice en "B" puede proceder a un despido colectivo, pero en la negociación con los representantes de los trabajadores debe aportar la contabilidad real

06 de marzo de 2014 Jurisprudencia Despido colectivo

El hecho de que una empresa lleve una «contabilidad B» no es óbice para que la empresa pueda decidir extinciones de contratos si hay una disminución continuada de los ingresos (sin perjuicio, claro está, de las responsabilidades administrativas o penales a que hubiere lugar), pero siempre será necesario a la hora de negociar con los representantes de los trabajadores que se aporte la contabilidad real, pues solo así existirá una verdadera negociación. La falta de entrega a los representantes de la contabilidad real del grupo supone la nulidad de los despidos, pues la empresa negoció de mala fe ocultando datos trascendentales de su realidad contable tanto a los acreedores tributarios como a los trabajadores.

Una empresa que contabilice en "B" puede proceder a un despido colectivo, pero en la negociación con los representantes de los trabajadores debe aportar la contabilidad real

06 de marzo de 2014 Jurisprudencia Despido colectivo

El hecho de que una empresa lleve una «contabilidad B» no es óbice para que la empresa pueda decidir extinciones de contratos si hay una disminución continuada de los ingresos (sin perjuicio, claro está, de las responsabilidades administrativas o penales a que hubiere lugar), pero siempre será necesario a la hora de negociar con los representantes de los trabajadores que se aporte la contabilidad real, pues solo así existirá una verdadera negociación. La falta de entrega a los representantes de la contabilidad real del grupo supone la nulidad de los despidos, pues la empresa negoció de mala fe ocultando datos trascendentales de su realidad contable tanto a los acreedores tributarios como a los trabajadores.

Las nuevas tecnologías en las relaciones laborales: Control empresarial del correo electrónico y de Internet.

Es de sobra conocido por todos que las nuevas tecnologías se han implantado definitivamente en las relaciones laborales. Esta progresiva incorporación ha ido generando incontables problemas para una legislación laboral que, no lo olvidemos, proviene en sus aspectos generales de mediados del siglo pasado. Multitud de cuestiones que en estos momentos son, por decirlo de una manera coloquial, del día a día; en el momento de la promulgación del Estatuto de los Trabajadores, allá por marzo de 1980, no se podían ni siquiera imaginar. El vertiginoso proceso de implantación de estas tecnologías ha provocado que la legislación laboral española, a pesar de sus múltiples reformas y contrarreformas, no ha sabido o no ha podido adaptarse a la nueva realidad de las empresas y los trabajadores.

Características de las Sentencias penales en los Delitos Económicos

Además de las exigencias formales y constitucionales ya descritas, que son comunes a todas las sentencias, el enjuiciamiento de la delincuencia económica, conlleva la necesidad de resolver una serie de cuestiones que aparecen en prácticamente todos los asuntos de esta clase. No podemos olvidar que estas sentencias se refieren a cuestiones meramente del orden civil, siendo fundamental, por un lado, el auxilio de los conocimientos económicos y contables y, por otro lado, manejar la jurisprudencia que va surgiendo continuamente, en la interpretación de las conductas y tipos delictivos de una materia, que, en más de una ocasión se presenta como una auténtica ingeniería financiera.

Análisis jurídico, tributario y contable de las operaciones de reducción y aumento de capital simultáneos o comúnmente conocidas como operaciones acordeón

La empresa -entendida como unidad económica- está sometida al riesgo inherente del desarrollo del negocio, pudiendo generarse circunstancias internas o externas que pongan en peligro o incluso impidan su continuidad por su inviabilidad económica o financiera. Las sociedades de capital incursas en causa de disolución, provocada entre otras razones por pérdidas, pueden acordar una serie de medidas de "saneamiento patrimonial" para la remoción de esta situación.

La nueva contabilidad europea: quedan menos de 6 meses

01 de septiembre de 2007 Artículos doctrinales CONTABILIDAD

La Ley 16/2007, de 4 de julio, de reforma y adaptación de la legislación mercantil en materia contable para su armonización internacional con base en la normativa de la Unión Europea, (BOE de 5 de julio de 2007), establece las nuevas normas contables que deberán aplicar las empresas, en concreto la novedad en todo este proceso armonizador de las normas contables fue el Reglamento (CE) N.º 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de julio de 2002.

La Agencia Tributaria pone en marcha un plan especial para controlar las ventas 'en negro'

29 de abril de 2014 Noticias Economía sumergida

 la Agencia Tributaria hará una apuesta decidida por el uso de las nuevas tecnologías para mejorar el control con auditorías informáticas y un sistema para garantizar la trazabilidad de algunos negocios. Este sistema se aplicará en terminales públicas de venta, apuntes contables, cajas registradoras, programas informáticos y medios de pago, entre otros aspectos de la actividad comercial.

Wolters Kluwer lanza los nuevos CISS Fiscal, Laboral y Contable-Mercantil

Estas tres nuevas plataformas de trabajo y consulta para profesionales de la asesoría y la empresa ofrecen respuesta inmediata a las búsquedas de información de cada materia. Su potente buscador ha sido valorado como “el mejor del mercado” en todas las pruebas reales con asesores profesionales. Los contenidos están integrados con la Solución de Gestión A3Asesor, lo que mejora exponencialmente la productividad, eficiencia y rentabilidad del despacho.

Publicado el primer borrador del nuevo Plan General de Contabilidad

20 de febrero de 2007 Noticias ECONOMIA

El proceso de reforma de nuestra normativa contable, para alcanzar un mayor nivel de convergencia con las normas internacionales de información financiera adoptadas por la Unión Europea y que se enmarca en la política de transparencia del Gobierno, se inició con la aprobación por el Consejo de Ministros, el 5 de mayo de 2006, del Proyecto de Ley de reforma mercantil en materia contable para su armonización internacional con base en la normativa de la Unión Europea, en la actualidad, en tramitación parlamentaria.