Cuidado

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Anulada la normativa interna de una entidad bancaria por discriminar a los hombres al quedar la paternidad menos protegida que la maternidad

Si la paternidad queda menos protegida que la maternidad, como ocurre en este caso en el que la norma interna la equipara con una incapacidad temporal sin cobrar en ese tiempo los objetivos, implica desincentivar el reparto equilibrado de las cargas familiares y un perjuicio económico para quienes tienen y quieres compartir el cuidado de la familia.

Prestación económica por cuidado de menores afectados por enfermedad grave: su escolarización no es impedimento para su percepción

La escolarización del menor no puede ser obstáculo al reconocimiento de la prestación porque resulta impensable que hoy en día, ningún menor, por severas que sean las limitaciones que padece, no acuda a algún centro de escolarización, tratamiento, centro especial o de otro tipo, para, en la medida de lo posible, mejorar su situación e intentar que adquiera los conocimientos que su situación le permita.  

Permisos retribuidos excepcionales: atender a la esposa enferma es un deber y un derecho del trabajador

No se entienden los argumentos esgrimidos por la Comunidad de Madrid para denegar este permiso solicitado por un trabajador para asistir a su mujer tras un traumatismo craneocervical, ya que su situación no se arreglaba con una simple reducción de jornada o ayuda parcial, debiendo los poderes públicos asegurar la protección social, económica y jurídica de la familia.  

El derecho del progenitor no custodio a obtener información acerca de sus hijos

Aún en situaciones de crisis de pareja, aunque los padres vivan separados, la patria potestad es por lo general compartida. Para poder cumplir con los deberes inherentes a dicha patria potestad, el progenitor que no ostenta la guardia y custodia, y que por ello tiene durante una menor fracción de tiempo a sus hijos en su compañía, necesita ser informado por parte del otro progenitor sobre todo aquel detalle que puede influir en el desarrollo y bienestar de los menores. Dicho deber de información al no custodio también recae sobre instituciones como centro educativos y sanitarios.

El subsidio por cuidado de un hijo gravemente enfermo se extingue si uno de los padres deja de trabajar

04 de septiembre de 2018 Jurisprudencia Menores

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha retirado el subsidio que recibía una madre divorciada para cuidar a su hija gravemente enferma al darse de baja su ex marido en  la Seguridad Social. De acuerdo con el alto tribunal, ambos progenitores, pese a haber roto su convivencia, compartan de manera efectiva el cuidado de los hijos comunes, en especial cuando padecen una enfermedad grave.

La Ley de muerte digna de Valencia permite rechazar tratamientos y elegir el lugar donde recibir cuidados paliativos

03 de julio de 2018 Noticias Derechos y garantías

La Ley 16/2018, de 28 de junio, regula el ejercicio de los derechos de la persona en el proceso final de su vida para asegurar el respeto a su dignidad, autonomía e intimidad. Reconoce el derecho a rechazar intervenciones y tratamientos, a realizar la declaración de voluntades anticipadas, a recibir cuidados paliativos integrales y a elegir el lugar donde recibirlos. Establece también los deberes que en este contexto han de cumplir las instituciones y centros sanitarios y sociales y su personal.

Europa propone reforzar el permiso parental, de paternidad y para los cuidadores

26 de abril de 2017 Noticias UNIÓN EUROPEA

La Comisión UE ha adoptado una seria de propuestas sobre derechos sociales de los eurpeos. Destacan las iniciativas para conciliar la vida personal y profesional, en las que se establecen una serie de normas mínimas nuevas o más amplias Se plantea que el actual permiso parental de cuatro meses pueda utilizarse hasta los 12 años de edad. Además se convierte en un derecho individual para madres y padres, sin que sea posible transferir al otro progenitor.

El TS reconoce la prestación económica a una madre para cuidar de su hijo enfermo, aunque éste acuda a un centro especial

28 de julio de 2016 Jurisprudencia MENORES

En su sentencia, subraya que se cumplen los requisitos legales para conceder la prestación a la progenitora, porque, aunque el niño vaya a un colegio, necesita cuidado directo, continuo y permanente de su madre, y aclara que en ninguno de los preceptos aplicables se exige que la necesidad de cuidar al menor de manera directa suponga la atención al mismo durante las 24 horas del día.