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Publicada la adaptación electrónica de la Caja General de Depósitos

26 de noviembre de 2020 Noticias LEGISLACIÓN

El desarrollo de la administración electrónica y la preocupación por evitar cargas administrativas innecesarias a los particulares, requiere que la Caja General de Depósitos adopte estas nuevas formas de funcionamiento y complete la telematización de sus procedimientos. Analizamos el Real Decreto 937/2020, de 27 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Caja General de Depósitos (BOE 26 noviembre)

Contenido y novedades del Real Decreto 635/2015, de 10 de julio, por el que se regula el depósito legal de las publicaciones en línea

Reseñamos los aspectos más relevantes del RD 635/2015, y destacamos el cambio de concepto que supondrá el depósito legal de las publicaciones en línea a partir de su vigencia. Las obligaciones que impone a los editores o productores de los sitios web en acceso abierto son nulas (dejarse rastrear), y pocas y de fácil cumplimiento (facilitar claves de acceso) en el caso de los sitios web de los contenidos de acceso restringido.

El Tribunal de Justicia precisa las condiciones para que las autoridades aduaneras de los Estados miembros retengan mercancías –imitaciones o copias de productos protegidos en la Unión por los derechos de propiedad intelectual– procedente

Cuando dichas mercancías están en depósito aduanero o en tránsito en la Unión, pueden calificarse de «mercancías falsificadas» o de «mercancías piratas» si se acredita que están destinadas a ser comercializadas en la Unión.

El Tribunal de Justicia precisa las condiciones para que las autoridades aduaneras de los Estados miembros retengan mercancías –imitaciones o copias de productos protegidos en la Unión por los derechos de propiedad intelectual– procedente

Cuando dichas mercancías están en depósito aduanero o en tránsito en la Unión, pueden calificarse de «mercancías falsificadas» o de «mercancías piratas» si se acredita que están destinadas a ser comercializadas en la Unión.

Una polémica sin solución, sobre el depósito para recurrir de la Disposición Adicional 15ª Ley Orgánica del Poder Judicial

Una de las novedades de última hora de la reforma procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, fue la introducción de un depósito para la interposición de los recursos. En el apartado V del preámbulo de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, por la que se modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial1, se justifica la reforma en la necesidad de disuadir a quienes recurren sin fundamento jurídico alguno, para que no prolonguen indebidamente el tiempo de resolución del proceso en perjuicio del derecho a la tutela judicial efectiva de las otras partes personadas en el proceso.

El depósito para recurrir: Parafiscalidad vs Constitución

01 de noviembre de 2009 Artículos doctrinales OFICINA JUDICIAL

El pasado 5 de noviembre de 2009 entró en vigor la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, cuyo artículo primero, inciso diecinueve, añade una disposición adicional, la decimoquinta, a la Ley Orgánica modificada.