Deudas

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Los gestores de los registros de morosos son responsables de comprobar 'la existencia, certeza y vencimiento de las deudas' que determinaron la inclusión en el mismo

10 de junio de 2014 Noticias Registro de morosos

La interpretación de las normas reglamentarias en materia de protección de datos de carácter personal no puede llevar a que el responsable del "registro de morosos", esto es, la empresa titular del fichero común en el que se incluyen los datos sobre incumplimientos de obligaciones dinerarias procedentes de los ficheros de distintos acreedores, esté excluido de la obligación de velar por la calidad de los datos, y, por tanto, de cancelar o rectificar de oficio los que le conste que sean no pertinentes, inexactos o incompletos. Como responsable del tratamiento de los datos obrantes en el registro de morosos del que es titular, le compete atender la solicitud de cancelación o rectificación del afectado cuando la misma sea suficientemente fundada porque los datos incluidos en el fichero no respetan las exigencias de calidad derivadas de las normas reguladoras del derecho. Y por las mismas razones ha de responder de los daños y perjuicios causados al afectado cuando se hayan incumplido estas obligaciones.

Hacienda embarga 542 cajas de seguridad bancarias a contribuyentes que mantienen deudas con el Fisco

31 de octubre de 2013 Noticias Inspección tributaria

Una vez efectuadas las actuaciones de embargo, la Agencia Tributaria notificará las actuaciones a los deudores, emplazándoles en la sucursal de la entidad financiera para proceder a la apertura de las cajas e inventariar los bienes y derechos embargables, para lo que solicitará la autorización judicial pertinente si no existe conformidad por parte del deudor. Si se localiza dinero en efectivo, se usará para liquidar las deudas.

Medidas de protección a deudores hipotecarios sin recursos

09 de marzo de 2012 Noticias DEUDAS HIPOTECARIAS

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto que establece medidas para paliar el problema de los desahucios para las personas en riesgo de exclusión social. En él se fijan los umbrales que dan entrada al colectivo a proteger, se limitan los intereses de demora y se reforman los procedimientos de ejecución extrajudicial. Junto al Real Decreto Ley, se incluye un Código de Buenas Prácticas que podrán suscribir de forma voluntaria las entidades financieras y que será publicado en el Boletín Oficial del Estado. Una vez suscrito, su cumplimiento será obligatorio y podrá invocarse ante los Tribunales.