Exencion

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El TS confirma la retirada de más de 6000 archivos musicales de la web Goear por vulneración de derechos de propiedad intelectual

La cuestión analizada por la Sala se centra en determinar si este portal musical realizaba un servicio de mera intermediación, en cuyo caso tanto la normativa comunitaria como la nacional prevén exenciones respecto a la responsabilidad en materia de propiedad intelectual, o si tenía un papel más activo que excede de la condición de mero intermediario.

La exención en IRPF de las indemnizaciones alcanza a los intereses indemnizatorios generados cuando se retrasa su pago

23 de noviembre de 2018 Noticias Impuestos

La Dirección General de Tributos adecúa su criterio al dictado por el TEAC y confirma que la exención de las indemnizaciones de responsabilidad civil por daños personales, declarada exenta por la Ley del Impuesto, incluye también a los intereses que responden al retraso en el pago en la medida en que éstos son de naturaleza indemnizatoria por la mora del asegurador aun no teniendo encaje en el mismo concepto que la indemnización por daños personales.  

La Iglesia deberá pagar el impuesto sobre construcciones y obras si reforma un edificio destinado a actividades ajenas a las estrictamente religiosas

22 de enero de 2018 Jurisprudencia ICIO

El Juzgado número 4 de Madrid, que remitió al Tribunal de Justicia de la Unión Europea la cuestión prejudicial sobre exenciones del ICIO y ayudas estatales, ha confirmado la imposibilidad de conceder este beneficio fiscal a las obras de ampliación y remodelación de un edificio destinado únicamente a salón de actos de un colegio de Getafe perteneciente a una Congregación Religiosa.

Requisitos para la exención del IVA en los alquileres turísticos de viviendas por internet

14 de diciembre de 2017 Noticias PISOS TURÍSTICOS

Cuando el arrendamiento de vivienda con fines turísticos a través de una plataforma telemática de alquileres en internet no va acompañado de la prestación de servicios complementarios propios de la industria hotelera, la operación estará sujeta y exenta de IVA. En cambio, la mediación del portal de internet constituye una operación sujeta y no exenta del impuesto, por la que la entidad mediadora deberá facturar el importe de la comisión, con el tipo impositivo general del 21%. En este sentido se ha pronunciado recientemente la Dirección General de Tributos en su Consulta Vinculante V2545-17, de 9 de octubre de 2017.

La justicia europea considera que algunas exenciones fiscales a favor de la Iglesia Católica pueden ser ayudas estatales prohibidas

Una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea hecha pública hoy establece que pueden constituir ayudas prohibidas si se otorgan respecto de actividades que no tiene una finalidad estrictamente religiosa. Señala que la exención del impuesto municipal ICIO establecida en la Orden de 5 de junio de 2001 es una medida a priori selectiva que conferiría una ventaja económica a la Congregación.

Las exenciones fiscales en favor de los colegios religiosos no infringen la prohibición de las ayudas estatales del Derecho de la Unión

16 de febrero de 2017 Jurisprudencia TJUE

Según las conclusiones de la Abogado General Juliane Kokott, una exención fiscal en favor de la Iglesia Católica en España por obras realizadas en un edificio escolar no es una ayuda estatal prohibida en la medida en que la Iglesia utilice el edificio para impartir enseñanza obligatoria y, por tanto, en el contexto de su labor social, cultural y educativa, pero sí en la medida en que lo utilice para una oferta educativa de carácter comercial.

Las direcciones IP de los usuarios de Internet deben ser consideradas como datos personales y por tanto, están protegidos por la LOPD

22 de octubre de 2014 Jurisprudencia Protección de datos

El TS establece que las direcciones IP de los usuarios de Internet deben ser consideradas como datos personales, pues contienen información concerniente a personas físicas "identificadas o identificables", por lo que, como tales, se encuentran protegidos por las garantías establecidas por la LOPD para su tratamiento. Además, no gozan de las características necesarias para obtener de la AEPD la exención del deber de información al interesado del tratamiento de sus datos, cuando resulte imposible o exija esfuerzos desproporcionados, previsto en el artículo 5.5 de la misma.

Las direcciones IP de los usuarios de Internet deben ser consideradas como datos personales y por tanto, están protegidos por la LOPD

22 de octubre de 2014 Jurisprudencia Protección de datos

El TS establece que las direcciones IP de los usuarios de Internet deben ser consideradas como datos personales, pues contienen información concerniente a personas físicas "identificadas o identificables", por lo que, como tales, se encuentran protegidos por las garantías establecidas por la LOPD para su tratamiento. Además, no gozan de las características necesarias para obtener de la AEPD la exención del deber de información al interesado del tratamiento de sus datos, cuando resulte imposible o exija esfuerzos desproporcionados, previsto en el artículo 5.5 de la misma.