IdentificaciÓn

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Publicada la nueva ley sobre servicios electrónicos de confianza

12 de noviembre de 2020 Noticias FIRMA ELECTRÓNICA

La Ley 6/2020, de 11 de noviembre, que entra en vigor el viernes 13 de noviembre, no incorpora una regulación sistemática de los servicios electrónicos de confianza, sino sólo algunos aspectos, como complemento del Reglamento (UE) 910/2014, de 23 de julio de 2014. Regula las obligaciones y responsabilidad de los prestadores de servicios electrónicos de confianza, atribuye a los documentos electrónicos para cuya producción o comunicación se haya utilizado un servicio de confianza cualificado una ventaja probatoria y deroga la Ley de firma electrónica.

¿Sabe usted por qué le hemos parado? La frase por la que se revoca la condena a un conductor que circulaba a 228 km/hora

22 de febrero de 2018 Jurisprudencia Exceso de velocidad

La Audiencia Provincial de Salamanca ha estimado el recurso de apelación de un conductor que fue 'cazado' en plena autopista a 228km/h y le absuelve de la pena de nueve meses de cárcel y multa ecónomica que se le había impuesto al considerar que se había producido una vulneración al principio de inocencia del conductor y que los guardias civiles que le detuvieron no le informaron previamente de sus derechos.

La identificación de las causas de la eventualidad es requisito constitutivo para estos contratos

21 de abril de 2017 Jurisprudencia CONTRATO LABORAL

La Audiencia Nacional anula un precepto del Convenio Colectivo Estatal del Sector de Industrias de Aguas de Bebidas Envasadas que permitía que los contratos eventuales se remitiesen al apartado concreto del Convenio que regula esa modalidad contractual, sin necesidad de identificar las razones.Con esta redacción, que no supera el test de legalidad.

El Supremo otorga a los juzgados locales la competencia en la investigación sobre las fosas de la Guerra Civil y del Franquismo

La Sala Segunda del Tribunal Supremo, mediante Auto motivado notificado hoy, ha acordado que la competencia sobre las denominadas “fosas del franquismo”, y, por tanto, sobre la tramitación de las distintas diligencias abiertas para esclarecer la localización e identificación de los restos mortales de personas desaparecidas durante los años de la Guerra Civil y la inmediata posguerra en diferentes puntos de la geografía española, corresponde a los Juzgados de instrucción de aquellos lugares donde supuestamente ocurrieron los hechos y no a la Audiencia Nacional.

El Supremo otorga a los juzgados locales la competencia en la investigación sobre las fosas de la Guerra Civil y del Franquismo

La Sala Segunda del Tribunal Supremo, mediante Auto motivado notificado hoy, ha acordado que la competencia sobre las denominadas “fosas del franquismo”, y, por tanto, sobre la tramitación de las distintas diligencias abiertas para esclarecer la localización e identificación de los restos mortales de personas desaparecidas durante los años de la Guerra Civil y la inmediata posguerra en diferentes puntos de la geografía española, corresponde a los Juzgados de instrucción de aquellos lugares donde supuestamente ocurrieron los hechos y no a la Audiencia Nacional.

El Supremo otorga a los juzgados locales la competencia en la investigación sobre las fosas de la Guerra Civil y del Franquismo

La Sala Segunda del Tribunal Supremo, mediante Auto motivado notificado hoy, ha acordado que la competencia sobre las denominadas “fosas del franquismo”, y, por tanto, sobre la tramitación de las distintas diligencias abiertas para esclarecer la localización e identificación de los restos mortales de personas desaparecidas durante los años de la Guerra Civil y la inmediata posguerra en diferentes puntos de la geografía española, corresponde a los Juzgados de instrucción de aquellos lugares donde supuestamente ocurrieron los hechos y no a la Audiencia Nacional.

El Gobierno aprueba el Proyecto de Ley Orgánica de protección de la seguridad ciudadana

12 de julio de 2014 Noticias Seguridad ciudadana

El Proyecto regula con detalle las potestades de intervención policial (identificaciones, cacheos, controles en vías públicas): la identificación debe respetar los principios de no discriminación y proporcionalidad, prohibiéndose las identificaciones indiscriminadas o por perfiles étnicos. El traslado a dependencias policiales para identificación sólo se practicará cuando no sea posible la identificación por medios físicos o telemáticos y siempre por un tiempo que no podrá superar las seis horas, expidiendo un volante acreditativo del tiempo de permanencia en dependencias policiales. Se regula por primera vez la práctica de los registros corporales externos o cacheos, sometidos a los principios de no discriminación e injerencia mínima.