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La protección del derecho fundamental a la propia imagen en las redes sociales y los límites a los usos realizados por terceros

El avance de la tecnología, y los usos generalizados de las redes sociales, son una realidad de nuestra sociedad desde hace años. Sin embargo, no ha sido hasta el 24 de febrero de 2020 cuando el Tribunal Constitucional ha dictado su primera Sentencia sobre el derecho fundamental a la propia imagen en el entorno digital, su relación con los medios de comunicación y con las redes sociales. El artículo desbroza la materia y el camino a recorrer. 

El Tribunal Supremo considera delito difundir imágenes obtenidas con el permiso de la víctima que afectan gravemente a su intimidad

27 de febrero de 2020 Noticias

El tribunal se pronuncia por primera vez sobre el artículo 197.7 del Código Penal, introducido tras la reforma de 2015. Dicho artículo establece que se castigará con una pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a doce meses al que, sin autorización de la persona afectada, difunda, revele o ceda a terceros imágenes o grabaciones audiovisuales de aquélla que hubiera obtenido con su anuencia en un domicilio o en cualquier otro lugar fuera del alcance de la mirada de terceros, cuando la divulgación menoscabe gravemente la intimidad personal de esa persona.

El TS valida como prueba la grabación de las cámaras de vigilancia durante el atraco a una joyería

16 de enero de 2020 Jurisprudencia VIDEOVIGILANCIA

El tribunal considera que la existencia de cámaras de videovigilancia instaladas en el entorno seguro de comercios o establecimientos que den a la vía pública y capten imágenes de un hecho que es delito –como ocurrió en este caso- no suponen una vulneración del derecho a la intimidad y a la propia imagen, en contra de lo que alega el recurrente en su recurso. 

Las críticas a empresas en Internet a juicio

23 de septiembre de 2019 Noticias REPUTACIÓN EMPRESARIAL

La reciente sentencia de un juzgado de Barcelona que desestima la demanda de una empresa, propietaria de dos restaurantes en Valencia, en la que reclamaba una indemnización de 669.000 euros al portal de opiniones Tripadvisor, por dañar su imagen y prestigio, no es un caso aislado. En más de una ocasión, tanto dentro como fuera de nuestras fronteras, las críticas de clientes difundidas a través de Internet sobre hoteles, restaurantes u otro tipo de servicios han sido discutidas ante los tribunales.