Instituciones

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El TS fija doctrina sobre la caracterización y régimen jurídico de la cláusula rebus sic stantibus

24 de julio de 2014 Jurisprudencia

El TS establece que en la actualidad se ha producido un cambio en la concepción tradicional de la figura que de una consideración sumamente restrictiva o excepcional ha pasado, en la línea con el necesario ajuste de las instituciones a la realidad social del momento a una configuración plenamente normalizada, en donde su prudente aplicación deriva de la exigencia de su específico y diferenciado fundamento técnico y de su concreción funcional en el marco de la eficacia causal del contrato. Conforme con esta interpretación, cuando, fuera de lo pactado, sin culpa de las partes y de forma sobrevenida, las circunstancias que dotaron de sentido la base o finalidad del contrato cambian profundamente, las pretensiones de las partes, lo que conforme al principio de buena fe cabe esperar en este contexto, pueden ser objeto de adaptación o revisión de acuerdo al cambio operado.

Anulada una sanción a un Guardia Civil por haberse vulnerado su derecho a la libertad de expresión dentro de los límites legales

11 de febrero de 2014 Jurisprudencia Guardia Civil

Los guardias civiles tienen derecho a la libertad de expresión "en los términos establecidos por la Constitución, con los límites que establece su régimen disciplinario, el secreto profesional y el respeto a la dignidad de las personas, las Instituciones y los Poderes Públicos". Por lo que no procede una sanción por unas manifestaciones realizadas sin utilizarse términos irrespetuosos , ofensivos o considerados hacia mandos o autoridades del Estado, ni exponiendo nada que no fuera ya de público conocimiento.

El aprendizaje del inglés jurídico y la enseñanza del Derecho Español en lengua Inglesa. Sobre una experiencia pionera en España

Si para ejercer la abogacía queremos utilizar la lengua inglesa habrá que tener en cuenta:a) que la lengua es el principal vehículo de comunicación de otra cultura, b) que la OtraCultura —la del Common Law— tiene un sistema legal que no tiene una constitución escrita, ni un código civil, ni penal, ni mercantil, etc.  En esa cultura, la equidad prevalece sobre el “Case Law” o jurisprudencia. Toda esta complejidad podría aclararse si nos centramos en las diferencias culturales (en las leyes y sus convenciones textuales, en las instituciones, en los tribunales, en los profesionales de la justicia) y en los rasgos propios del lenguaje jurídico  y su terminología (préstamos, frases hechas y términos equívocos).  En este artículo se subraya la importancia del estudio del inglés jurídico en un mundo cada vez más globalizado y se profundiza en una experiencia innovadora que se ofrece por la Universidad Internacional de Andalucía (UNIA).  Nuestra estrategia es la enseñanza online del inglés jurídico mediante el estudio del Derecho español.

Mediación Concursal tras la nueva Ley de Emprendedores.

17 de octubre de 2013 Artículos doctrinales

La Ley de Emprendedores aprobada en el congreso, institucionaliza la llamada Mediación Concursal para ello introduce los artículos 231 a 242 de la Ley Concursal y también dos disposiciones adicionales la séptima referida a los créditos de derecho público y la octava referida a la remuneración del Mediador Concursal. Se crea la figura del Mediador Concursal, cuya finalidad será la consecución de la aprobación de un acuerdo de pagos que permita la supervivencia de la empresa. También, como hecho relevante, se introduce en esta ley una limitación de la responsabilidad universal por deudas que tradicionalmente regía en nuestro derecho y que tenía su reflejo en el artículo 1.911 del Código Civil. Así nuestro derecho de insolvencia se equipara a otras legislaciones como la alemana o la norteamericana que recogían instituciones como el fresh start discharge o la liberación por deudas, recogido en el derecho alemán y otras instituciones europeas.

Identidad e Integración Europea en un Mundo Globalizado (II)

La realidad mundial globalizada impone sus implacables reglas; por ello, la unidad política/integración económica entre los pueblos europeos se hace cada vez más indispensable para mantener la prosperidad y bienestar en el continente. El presente trabajo trata de demostrar como ese ideal unitario/integrador ha de hundir sus raíces en el acervo común de los principios o valores (democráticos y solidarios), encarnados por la civilización europea desde el siglo XVIII en adelante; así, también será objeto de análisis la necesidad de una Europa que, en pos de los anhelos de sus primeras instituciones comunitarias, lidere dignamente el Concierto de las Naciones.

Identidad e Integración Europea en un Mundo Globalizado (I)

La realidad mundial globalizada impone sus implacables reglas; por ello, la unidad política/integración económica entre los pueblos europeos se hace cada vez más indispensable para mantener la prosperidad y bienestar en el continente. El presente trabajo trata de demostrar como ese ideal unitario/integrador ha de hundir sus raíces en el acervo común de los principios o valores (democráticos y solidarios), encarnados por la civilización europea desde el siglo XVIII en adelante; así, también será objeto de análisis la necesidad de una Europa que, en pos de los anhelos de sus primeras instituciones comunitarias, lidere dignamente el Concierto de las Naciones.

Del presupuesto de la inscripción registral del acreedor ejecutante como título legitimador para incoar y seguir los procedimientos hipotecarios, y de otras consideraciones.

El presente artículo, desarrollado al hilo del Auto número 133/2012 de la Audiencia Provincial de Castellón, versa sobre la cuestión de la necesaria concurrencia del requisito procesal de la inscripción registral de la titularidad del acreedor-cesionario hipotecario al efecto de poder instar uno cualesquiera de los procedimientos de ejecución hipotecaria. A este fin y, con carácter previo, para una mejor comprensión de la materia resultará oportuno en esta sede relacionar la figura de la cesión de créditos, (arts. 1526 y siguientes del C.C.), con la extinción del crédito por pago, (art. 1156 y concordantes del C.C.), y con la incidencia que sobre las instituciones anteriores, en relación a sus efectos, tiene la elección de la forma pública en la documentación del crédito o del negocio de su cesión, (arts. 1218 y cc. del C.C.), y con las notificaciones, (cuestión esta última propia de la normativa notarial y civil-procesal).

Los derechos económicos, sociales y culturales en el ámbito del Consejo de Europa y en el ámbito universal

En 1949, a través del Tratado de Londres, se constituyó el Consejo de Europa (en adelante, CE). Esta organización internacional, con personalidad jurídica reconocida en el ámbito del derecho internacional público, no puede confundirse con el Consejo de Ministros de la Unión Europea o con el Consejo Europeo, puesto que, éstas últimas, constituyen dos instituciones de la Unión Europea (cfr. arts. 237 a 243 y 235 y 236 TFUE, respectivamente).

Mediación civil y familiar en Cataluña (y IV). Fuentes, legislación y bibliografía

La exposición de motivos de la LMPDC utiliza la expresión de "relaciones dinámicas entre la mediación y el proceso judicial". Que las relaciones entre mediación y proceso sean "dinámicas" significa: que ambas instituciones son complementarias y no puramente alternativas, optativas o mutuamente excluyentes y que ambos recursos conflictuales pueden yuxtaponerse en el tiempo o utilizarse de manera lineal, combinada o cíclica.

Personal Estatutario de los Servicios de Salud. Jurisdicción competente tras la Ley 55/2003

El Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, aprobado por Ley 55/2003, de 16 de Diciembre califica de "relación funcionarial especial" la existente entre el personal -antes estatutario- "que desempeña su función en los centros e instituciones sanitarias de los servicios de salud de las comunidades autónomas o en los centros y servicios sanitarios de la Administración General del Estado" y su empleadora.

Los funcionarios denuncian la descoordinación entre los sistemas informáticos que se utilizan en la Administración de Justicia

03 de octubre de 2014 Noticias Administración de Justicia

En la actualidad se están utilizando nueve sistemas diferentes de gestión procesal: el utilizado en el territorio administrado por el Ministerio de Justicia más los de Andalucía, Canarias, Cantabria, Cataluña, Madrid, Navarra, País Vasco y Comunidad Valenciana. Estas aplicaciones no son capaces de compartir datos entre sí, ni están coordinación con los sistemas de Instituciones Penitenciarias y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, todo lo cual está lastrando gravemente el funcionamiento de la Administración de Justicia.

Tres asociaciones judiciales consideran 'correcta' la sentencia de la AN sobre el acoso al Parlament y piden no exacerbar las acusaciones

El portavoz de la asociación Francisco de Vitoria, Marcelino Sexmero, precisó que el tipo penal invocado por la Fiscalía --delito contra las altas instituciones del Estado-- es antiguo y poco aplicado, además de prever penas graves, por lo que requiere un especial esfuerzo probatorio. Los acusados lo eran colectivamente, como autores de "delito masa", que castiga a los partícipes por el mero hecho de "estar ahí". Por tanto, el riesgo que se asumía al acusar por él es que se haya dictado un fallo absolutorio como éste, por no haberse contado con prueba suficiente y, además, en el actual entorno social.

La AN absuelve a los acusado de atentar contra las instituciones por el asedio al Parlamento de Cataluña

La Sala de lo Penal de la AN absuelve a los acusados por cuanto la falta de organización de la manifestación, sin que se hubiese fijado un perímetro que hiciese compatible la acción de los piquetes con la libertad de los diputados de acceder a la asamblea para ejercer sus funciones, hizo inevitable el encuentro de los diputados con los manifestantes, provocando no solo la contaminación física entre unos y otros, sino la necesidad de los parlamentarios de abrise camino entre las gentes allí congregadas, a lo que se añade que cierto exceso es posiblemente consustancial al ejercicio de manifestación en una sociedad abierta y compleja.