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La acción de restitución derivada de la nulidad de la cláusula de gastos hipotecarios está sometida al plazo de prescripción de 5 años del artículo 1964 CC

10 de mayo de 2019 Jurisprudencia CONSUMIDORES

Según el criterio fijado por la Audiencia Provincial de Lugo debe aplicarse el plazo de prescripción genérico de 5 años del art. 1964 CC, y el inicio del cómputo se sitúa en el 23 de enero de 2019, fecha de la sentencia en la que el Tribunal Supremo sienta en plenitud doctrina jurisprudencial sobre la cláusula de gastos y los efectos derivados de la misma.

Nuevo auto de archivo de ejecución hipotecaria tras la STJUE sobre vencimiento anticipado

22 de abril de 2019 Jurisprudencia CLÁUSULAS ABUSIVAS

El juzgado de Primera Instancia nº 2 de Badajoz se une a los juzgados de Arona, en Tenerife, y Hospitalet de Llobregat, en Barcelona, y ordena el sobreseimiento del procedimiento de ejecución en curso tras declarar la nulidad de la cláusula por resultar abusiva para el consumidor. El Tribunal Supremo no se ha pronunciado aún sobre el asunto pendiente sobre el que remitió la cuestión al TJUE.

«Especial Ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario»

Analiza las novedades de la norma pero también sus puntos oscuros o problemáticos, poniendo al lector en alerta de los posibles problemas a los que puede tener que enfrentarse. En esta tarea es fundamental la aportación de los autores, figuras de primer nivel reconocidos por la comunidad jurídica y habituales conferenciantes y ponentes en la materia. Junto al análisis experto, dos elementos prácticos: un cuadro con las 15 claves de la nueva regulación y una tabla comparativa de las normas que se ven afectadas con su publicación. Además se incluye el texto de la norma.

Un Juzgado de Ceuta cuestiona al TJUE si las cláusulas que reparten los gastos hipotecarios al consumidor son válidas

Tras la sentencia del Supremo de 2015 que declaró abusivas este tipo de cláusulas no negociadas, se han ido dictando otras resoluciones que entienden que es válido el reparto de determinadas comisiones entre banco y cliente. Para el juzgado, se ha de unificar un criterio que otorgue seguridad jurídica en el mundo de los consumidores y usuarios.