Un municipio no puede prohibir la mendicidad en sus calles a través de una ordenanza 29 de enero de 2020 Jurisprudencia ADMINISTRATIVO El Ayuntamiento de Reus aprobó en 2016 un reglamento para penalizar que los mendigos pidiesen limosna; el TSJ de Cataluña ha anulado el precepto por quedar fuera de cualquier base legal