Modificacion

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Una pensión compensatoria establecida con carácter indefinido no puede modificarse por el mero transcurso del tiempo, si no se ha modificado el desequilibrio que la motivó

17 de noviembre de 2014 Jurisprudencia Pensión compensatoria

El TS reitera que no procede la fijación de un plazo temporal para la extinción de la pensión compensatoria prevista con carácter indefinido, salvo que haya habido una modificación sustancial de las circunstancias que se tuvieron en cuenta a la hora de establecerla.

Menoscaba la dignidad del trabajador encomendarle tareas marginales, como pasear y dar de comer al perro del encargado

La modificación de condiciones de trabajo establecida por la empresa, para encomendar al trabajador tareas vejatorias, como es no encargarle actividad alguna, o dar de comer y pasear al perro del encargado, además de la realización de otras tareas marginales, menoscaba la dignidad del trabajador y justifica la resolución del contrato de trabajo ex art. 50.1 a) ET.

La recepción de una herencia por el perceptor de la pensión compensatoria es una circunstancia sobrevenida que puede permitir su modificación o extinción

El TS fija como doctrina jurisprudencial que la percepción de una herencia por parte del cónyuge perceptor de una pensión compensatoria, puede encajar en el presupuesto contemplado en el artículo 100 CC para que pueda estimarse la pretensión de modificar la cuantía de la pensión.

El TS avala que, en virtud de la reforma laboral, es procedente la reducción unilateral por la empresa de las comisiones a vendedores a causa de la disminución de ventas

20 de febrero de 2014 Jurisprudencia Salarios

La reforma permite que el salario pueda ser modificado a la baja por la unilateral voluntad del empresario, con el límite de la retribución prevista en el convenio colectivo y únicamente en las cuantías que el trabajador perciba como mejora del convenio. El TS añade que el control judicial de este tipo de mendidas no se limita a verificar que las modificaciones guarden relación con la competitividad, sino que a los órganos jurisdiccionales les compete también apreciar la "razonable adecuación entre la causa acreditada y la modificación acordada".

El TS fija doctrina sobre la posibilidad de reducir la pensión de alimentos por el nacimiento de nuevos hijos del alimentante

El nacimiento de nuevos hijos fruto de una relación posterior, no supone, por sí solo, causa suficiente para dar lugar a la modificación de las pensiones alimenticias establecidas a favor de los hijos de una anterior relación, sino que es preciso conocer si la capacidad patrimonial o medios económicos del alimentante es insuficiente para hacer frente a esta obligación ya impuesta y a la que resulta de las necesidades de los hijos nacidos con posterioridad.

La multa no debe ser un instrumento recaudatorio

28 de abril de 2014 Artículos doctrinales Multa

Una de las medidas aplicadas durante los últimos tiempos para incrementar los ingresos de las Administraciones públicas lo constituye el aumento del número de imposiciones de sanciones pecuniarias, comúnmente conocidas como multas, así como un aumento de la cuantía de las mismas a través de las modificaciones que se están operando en la legislación. Sin embargo esta práctica supone una distorsión que provoca deformidades en nuestro sistema jurídico.

Propuesta de procedimiento de subrogación anticipada en el pago de salarios en supuestos de insolvencia empresarial

02 de abril de 2014 Artículos doctrinales Salarios

Ante las dificultades con que se encuentran las empresas en insolvencia actual o inminente para conseguir créditos quedan, habitualmente, en un segundo plano, las responsabilidades salariales, que se intentan soslayar mediante el recurso a las medidas de extinción, modificación y suspensión de contratos previstas en el ET y cuya aplicación en materia de concurso de acreedores se hace en virtud del procedimiento dispuesto en el artículo 64 de la LC. En este artículo se propone introducir en el ET una nueva figura de Procedimiento de subrogación anticipada en el pago del salario que, con el mismo procedimiento dispuesto en el citado artículo 64 permita que, en determinados supuestos tasados y autorizados por el juez, el FOGASA se hiciera cargo del pago de los salarios durante un periodo máximo de 120 días.

La fusión de sociedades desde el punto de vista del derecho mercantil

En este trabajo se analiza la fusión de sociedades como modificación estructural, estudiando la legislación vigente, las opiniones de la doctrina y las aportaciones que ha realizado la jurisprudencia sobre esta operación desde el punto de vista del Derecho Mercantil, teniendo en cuenta que esta figura tiene incidencia en otras ramas del ordenamiento jurídico como el Derecho Financiero o el Derecho del Trabajo.

Plazo de pago e interés de demora actuales en los contratos administrativos anteriores al TRLCSP

Dado el rápido y sucesivo cambio legislativo que se ha producido en la contratación administrativa, los contratos o concesiones llevadas a cabo con anterioridad a la entrada en vigor de la nueva normativa y que aún se encuentran vigentes y desplegando sus efectos por mor de su duración o de sucesivas prórrogas se encuentran en una situación que puede generar confusión, no solo por la sucesiva modificación de las normas que los rigen, sino por las disposiciones transitorias que se han ido introduciendo en las mismas.

Principales novedades tras la modificación de la LEC por la Ley 1/2013 de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social

17 de julio de 2013 Artículos doctrinales Reforma LEC

En atención a la crisis por la que atraviesa nuestro país y a los diversos movimientos sociales que reclaman una solución para tal drama, las Cortes Generales han aprobado la Ley 1/2013 de 14 de mayo con la que se pretende paliar en cierta medida tal situación y que contiene una serie de reformas de la LEC para la protección de los deudores frente a las conductas en muchas ocasiones abusivas de los Acreedores, pasémos a su análisis

La nueva redacción del articulo 52 b) del Estatuto de los trabajadores: falta de adaptación del trabajador a las modificaciones técnicas.

l artículo 52 b) del ET establecía, antes de la reforma llevada a cabo por la ley 3/2012, de 6 de julio, que el contrato podrá extinguirse "Por falta de adaptación del trabajador a las modificaciones técnicas operadas en su puesto de trabajo, cuando dichos cambios sean razonables y hayan transcurrido como mínimo dos meses desde que se introdujo la modificación. El contrato quedará en suspenso por el tiempo necesario y hasta el máximo de tres meses, cuando la empresa ofrezca un curso de reconversión o de perfeccionamiento profesional a cargo del organismo oficial o propio competente. Durante el curso se abonará al trabajador el equivalente al salario medio que viniera percibiendo".