Obligatoria

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¿Hace falta cambiar la Ley de procedimiento administrativo para acabar con la obligatoriedad de la cita previa?

08 de febrero de 2024 Artículos doctrinales CITA PREVIA

En muchas Administraciones Públicas se sigue exigiendo de manera obligatoria la solicitud de una cita previa para servicios de atención básicos. Por parte del Ministerio de transformación digital se ha anunciado la eliminación de dicha obligatoriedad y la vuelta a su carácter voluntario mediante la modificación del art. 14 de la Ley 39/2015 de procedimiento administrativo común para ser aplicado a todas las Administraciones públicas españolas. Con la información disponible, se analiza dicho anuncio  

El TSXG deniega la homologación al título de la ESO en España de estudios realizados a distancia en un centro de Estados Unidos

24 de octubre de 2022 Jurisprudencia EDUCACIÓN

Avala la resolución de la Consellería de Educación de octubre de 2021 en la que rechazó la solicitud del recurrente, nacido en 2003, quien se dio de alta en febrero de 2019 en cuarto de ESO en un centro de Santiago de Compostela, en el que finalizó el curso sin ser propuesto para el título de graduado en educación secundaria obligatoria

La Junta de Andalucía impone la tramitación electrónica obligatoria de procesos selectivos de personal y bolsas de trabajo

23 de octubre de 2020 Noticias MEDIDAS COVID-19

En el contexto de la pandemia del Covid-19 y para minimizar el riesgo de contagio, el Decreto-ley 27/2020, de 22 de octubre, establece la obligación de relacionarse exclusivamente a través del uso de medios electrónicos con la Administración General de la Junta de Andalucía en los procedimientos selectivos de acceso, provisión de puestos y bolsas de trabajo.

El Supremo reafirma su nueva doctrina sobre la exención en IRPF de la indemnización obligatoria por cese de los Altos directivos

18 de septiembre de 2020 Noticias TRIBUTARIO

Confirma con ello el cambio de criterio iniciado en sentencia de noviembre de 2019 en el que señalaba que lo relevante es el carácter obligatorio de la indemnización, en una cuantía mínima obligatoria de siete días de salario por año de trabajo, con el límite de seis mensualidades y, por tanto, en esa cuantía la indemnización está exenta de tributación en el IRPF