Perjuicios

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Requisitos para considerar abusiva la cláusula de un contrato que permite al vendedor retener las cantidades entregadas a cuenta por el comprador en caso de resolución por incumplimiento de este

26 de junio de 2014 Jurisprudencia Cláusulas abusivas

Según el TS, el art. 87.2 del TR de la para la defensa de los consumidores, no es aplicable a la cláusula penal prevista para la resolución por incumplimiento del contrato imputable al consumidor. Para enjuiciar la abusividad de la cláusula conforme a este criterio es preciso comparar la cantidad que resulta de la aplicación de la cláusula penal con el valor de los daños y perjuicios efectivamente causados al predisponente. Y para valorar si la indemnización prevista en la cláusula penal es desproporcionadamente alta, lo procedente es hacer un enjuiciamiento concreto, que compare el importe resultante de la aplicación de la cláusula penal y el importe acreditado de los daños y perjuicios efectivamente sufridos por el predisponente.

Procedencia de la indemnización por daño moral al cliente que encontró un tornillo oxidado en una pizza congelada

30 de abril de 2014 Jurisprudencia Daños y perjuicios

La demandada suministró al actor un producto de alimentación que no reunía las exigencias de calidad, seguridad e higiene que son indispensables para considerar correctamente cumplidas las obligaciones de la compraventa, sino un producto no idóneo para el consumo o distinto del adquirido, lo que en la órbita del contrato de compraventa en el que se desenvuelve la relación que une a las partes litigantes, puede dar lugar al reconocimiento de daños y perjuicios.

Suspensión cautelar del pago de la cláusula suelo de una hipoteca hasta que haya sentencia en el proceso de nulidad planteado por un consumidor

Ante el riesgo de mora procesal, la única forma de evitar los perjuicios que se podrían causar al demandante es suspender el abono de esas cantidades para que no se cobren. «No habiendo sido cobradas, si se declara la nulidad no se producirá el daño de la no devolución de cantidades cobradas indebidamente», explica el Juzgado.

Fraudes alimentarios. ¿Qué comemos?

El derecho de la alimentación, desde sus orígenes, ha evolucionado en función de los conocimientos cotidianos, de las experiencias personales y de las ideas imperantes. En muchas ocasiones, las cuestiones de higiene alimentaria estuvieron supeditadas a profundas creencias religiosas convertidas en ley. A lo largo de la historia, las diferentes autoridades se han preocupado, principalmente, de las adulteraciones y fraudes alimentarios. La necesidad de proteger a los ciudadanos de los perjuicios derivados de estas conductas no es una invención de la sociedad moderna. El Código Babilónico de Hammurabi ya sancionaba, hace unos 4.000 años, las adulteraciones alimentarias.

La UE aprueba la Directiva para facilitar las demandas por daños y perjuicios contra las empresas que participan en acuerdos ilegales para subir precios

11 de noviembre de 2014 Noticias Unión Europea

La UE ha aprobado finalmente este lunes la Directiva para facilitar las demandas por daños y perjuicios contra las empresas que participan en acuerdos ilegales para subir precios. El objetivo de esta iniciativa es permitir que los consumidores y pymes afectados puedan lograr indemnizaciones ante los tribunales nacionales. La directiva se publicará en las próximas semanas en el Diario Oficial de la UE y los Estados miembros dispondrán entonces de dos años de plazo para incorporarla a sus respectivas legislaciones nacioanles.

La indemnización por daño moral derivada de accidente de trabajo no puede compensarse con el importe de la pensión por incapacidad laboral derivada del mismo

07 de octubre de 2014 Noticias Accidentes de trabajo

El TS modifica su doctrina anterior sobre la aplicación del factor corrector por perjuicios económicos en los accidentes laborales, para establecer que el factor corrector de la Tabla IV del baremo del Anexo al RD Legislativo 8/2004 alude exclusivamente al daño moral sufrido, por lo que de su importe no puede deducirse cantidad alguna imputable a la incapacidad laboral ya compensada por las prestaciones de Seguridad Social.

Los gestores de los registros de morosos son responsables de comprobar 'la existencia, certeza y vencimiento de las deudas' que determinaron la inclusión en el mismo

10 de junio de 2014 Noticias Registro de morosos

La interpretación de las normas reglamentarias en materia de protección de datos de carácter personal no puede llevar a que el responsable del "registro de morosos", esto es, la empresa titular del fichero común en el que se incluyen los datos sobre incumplimientos de obligaciones dinerarias procedentes de los ficheros de distintos acreedores, esté excluido de la obligación de velar por la calidad de los datos, y, por tanto, de cancelar o rectificar de oficio los que le conste que sean no pertinentes, inexactos o incompletos. Como responsable del tratamiento de los datos obrantes en el registro de morosos del que es titular, le compete atender la solicitud de cancelación o rectificación del afectado cuando la misma sea suficientemente fundada porque los datos incluidos en el fichero no respetan las exigencias de calidad derivadas de las normas reguladoras del derecho. Y por las mismas razones ha de responder de los daños y perjuicios causados al afectado cuando se hayan incumplido estas obligaciones.

Responsabilidad civil del notario que autorizó una escritura de compraventa sin advertir al comprador de la existencia de un embargo sobre la finca

Acreditado que sistema de comunicación entre la notaría y el registro no funcionó y que el registro remitió la comunicación en la que informaba del embargo judicial trabado sobre la finca objeto de la compraventa, la notaría debió recibirlo, resultando que la ignorancia del notario sobre la existencia de esta carga es inexcusable, a los efectos de responder, conforme al art. 146 RN, de los daños y perjuicios ocasionados al comprador.

La UE acuerda facilitar las demandas por daños y perjuicios contra las empresas que participan en acuerdos ilegales para subir precios

03 de diciembre de 2013 Noticias Notas de prensa

Los ministros de Industria de los Veintiocho han alcanzado este lunes un acuerdo político -pendiente de ratificar por la Eurocámara- para facilitar las demandas por daños y perjuicios contra las empresas que participan en acuerdos ilegales para subir precios. El objetivo de esta iniciativa es permitir que los consumidores y pymes afectados puedan lograr indemnizaciones ante los tribunales nacionales.

La vicepresidenta afirma que 'austeridad, transparencia, responsabilidad y regeneración democrática' son los ejes del programa de reformas del Gobierno

Soraya Sáenz de Santamaría ha anunciado que el Gobierno prepara una ley que tipificará como delito las infracciones más graves en la gestión de los recursos públicos. Los gobernantes que gasten más de lo razonable, lleven a cabo una gestión deficiente y causen perjuicios a los ciudadanos responderán, si es necesario, ante la justicia.