Retraso

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Los viajeros de tren tienen derecho al reembolso parcial del precio del billete en caso de retraso significativo, incluso cuando este se deba a un supuesto de fuerza mayor.

27 de septiembre de 2013 Jurisprudencia Transporte por ferrocarril

Una sentencia del TUE establece que las compañías ferroviarias deben reembolsar el billete por retraso aunque no sean responsables del mismo. El transportista no puede invocar, para eludir su obligación de reembolso, las normas de Derecho internacional que le exoneran, en caso de fuerza mayor, de la reparación del daño causado por un retraso.

El incumplimiento del deber de abonar puntualmente los salarios justifica la resolución del contrato, al margen de cualquier elemento subjetivo como la situación del empresario

21 de abril de 2014 Jurisprudencia Impago de salarios

El incumplimiento del deber de abonar puntualmente los salarios (artículo 4.2 del ET) es de naturaleza objetiva, al margen de cualquier elemento de culpabilidad subjetiva del empresario incumplidor, por lo que justifica la decisión extentiva del contrato, pues la mala situación económica de la empresa, que había dado lugar a un acuerdo con los trabajadores, no incluía mención alguna a que los empleados hubiera aceptado el pago con retraso de sus salarios.

Los viajeros de tren tienen derecho al reembolso parcial del precio del billete en caso de retraso significativo, incluso cuando este se deba a un supuesto de fuerza mayor.

27 de septiembre de 2013 Jurisprudencia Transporte por ferrocarril

Una sentencia del TUE establece que las compañías ferroviarias deben reembolsar el billete por retraso aunque no sean responsables del mismo. El transportista no puede invocar, para eludir su obligación de reembolso, las normas de Derecho internacional que le exoneran, en caso de fuerza mayor, de la reparación del daño causado por un retraso.

El incumplimiento del deber de abonar puntualmente los salarios justifica la resolución del contrato, al margen de cualquier elemento subjetivo como la situación del empresario

21 de abril de 2014 Jurisprudencia Impago de salarios

El incumplimiento del deber de abonar puntualmente los salarios (artículo 4.2 del ET) es de naturaleza objetiva, al margen de cualquier elemento de culpabilidad subjetiva del empresario incumplidor, por lo que justifica la decisión extentiva del contrato, pues la mala situación económica de la empresa, que había dado lugar a un acuerdo con los trabajadores, no incluía mención alguna a que los empleados hubiera aceptado el pago con retraso de sus salarios.

Los viajeros de tren tienen derecho al reembolso parcial del precio del billete en caso de retraso significativo, incluso cuando este se deba a un supuesto de fuerza mayor.

27 de septiembre de 2013 Jurisprudencia Transporte por ferrocarril

Una sentencia del TUE establece que las compañías ferroviarias deben reembolsar el billete por retraso aunque no sean responsables del mismo. El transportista no puede invocar, para eludir su obligación de reembolso, las normas de Derecho internacional que le exoneran, en caso de fuerza mayor, de la reparación del daño causado por un retraso.

El proceso europeo de escasa cuantía

En los países de nuestro entorno y dentro de la comunidad europea, numerosos Estados miembros han introducido en su ordenamiento procesos civiles simplificados para las demandas de escasa cuantía con el objeto de abaratar los costes para el justiciable así como para evitar retraso en sus cobros. En los asuntos transfronterizos los obstáculos para la obtención de una sentencia rápida y poco costosa aumentan de forma alarmante, por ello es necesario el proceso de escasa cuantía europeo.

El acceso a los recursos de casación y amparo constitucional

El artículo pretende llamar la atención sobre un posible mecanismo legal alternativo para aliviar la crónica congestión y retraso que sufren en España los recursos de casación ante el Tribunal Supremo y los recursos de amparo ante el Tribunal Constitucional, o, al menos, para arrojar alguna luz sobre los problemas teóricos y prácticos que dicha situación obliga a plantear.