Cambio de doctrina: no cabe recurso de suplicación frente a sentencias sobre modificación sustancial de condiciones de trabajo, aunque reclamen cuantías superiores a 3.000 € 11 de octubre de 2023 Noticias RECURSO DE SUPLICACIÓN Si el legislador hubiera querido que el monto de ese detrimento patrimonial fuera tenido en cuenta para posibilitar el recurso así lo hubiera dispuesto de manera expresa
El complemento de maternidad a hombres tiene efectos desde el reconocimiento de la pensión 30 de mayo de 2022 Noticias SENTENCIA La sentencia íntegra se conocerá en próximos días
La justicia considera procedente el despido de la vigilante que dejó ir a un pasajero sospechoso 13 de noviembre de 2017 Jurisprudencia Despido El Tribunal Superior de Justicia de Madrid desestima el recurso de suplicación interpuesto por la vigilante de seguridad de Barajas que fue despedida por incumplimiento de sus obligaciones.
TC: Todos los procesos laborales en los que se invoque lesión de derechos fundamentales son recurribles en suplicación 29 de septiembre de 2016 Noticias Derecho de acceso a los recursos Según el TC, con independencia de la modalidad procesal seguida, cuando una pretensión formulada en un proceso laboral se fundamente en la lesión de derechos fundamentales y libertades públicas, la decisión recaída en primera instancia es recurrible en suplicación.
A efectos del cálculo de la indemnización por despido debe computarse el tiempo de tramitación del recurso de suplicación que confirma la improcedencia del cese 14 de diciembre de 2015 Jurisprudencia Indemnización por despido Según el TS, la indemnización por despido ha de calcularse computando como periodo de servicios el tiempo que media entre el inicio declarado de la relación laboral y la fecha de la sentencia que declaró la improcedencia del despido. Por tanto, la antigüedad computable para la indemnización por despido incluye desde el momento del cese al de la sentencia de instancia que decreta la improcedencia del despido, pero no comprende el periodo de tiempo posterior a la sentencia de instancia, por no mediar servicios ni salarios por voluntad exclusiva del trabajador.
La interpretación jurisprudencial del criterio de afectación general en el recurso de suplicación. 13 de junio de 2012 Artículos doctrinales Recurso de suplicación El artículo 191 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social (en adelante LRJS) determina el ámbito de aplicación del recurso de suplicación con ciertas aunque no profundas modificaciones al anterior artículo 189 del Texto Refundido de la Ley 271995, de 7 de abril, de Procedimiento Laboral (en adelante LPL). Junto a la cuantía mínima de acceso al recurso que pasa de 1.800 a 3.000 euros, aparecen señalados cambios en cuanto a la recurribilidad de los autos y en lo referente al régimen de excepciones. Es respecto a esta materia en la que el punto 2 del citado artículo establece un nuevo régimen de excepciones en el que se equiparan, a efectos de suplicación, todos los supuestos de extinción del contrato con el despido, y se incluyen como recurribles: los procedimientos de subsanación de la mediación cuando ésta sea obligatoria, aquéllos que impugnen la falta de competencia territorial y funcional, los procedimientos de oficio, y los recursos de impugnación de resoluciones administrativas cuando la cuantía no sea susceptible de determinación económica o, de serlo, supere los 18.000 euros.
Dos puntos criticos del procedimiento concursal en relación con los trabajadores: Incidente concursal laboral y Régimen jurídico del Recurso de Suplicación en materia laboral 01 de febrero de 2007 Artículos doctrinales PROCEDIMIENTO CONCURSAL LABORAL La largamente esperada Reforma Concursal ha tenido una importancia crucial en la suerte de los créditos laborales. En particular, el crédito salarial, declarado en concurso el empresario o empleador, es el que ha sufrido mayores repercusiones: desaparición de raiz del privilegio de ejecución separada y sometimiento obligado a un procedimiento el cual, pese a simplificarse en relación a los derogados, dista, por su marcado carácter multidisciplinar y por su finalidad intrínseca (satisfacción de los acreedores bajo el principio de la par conditio creditorum), de la agilidad del procedimiento laboral, tanto en su fase declarativa como en la ejecutiva.
El TS establece que trabajadores y sindicatos no pagarán tasas cuando recurran en el Orden Social 10 de junio de 2013 Noticias Tasas judiciales Para la tramitación de los recursos de suplicación y casación no son exigibles tasas, ni al trabajador, ni al beneficiario de la Seguridad Social, ni al funcionario o personal estatutario, ni a los sindicatos.
Un Juez de lo Social inaplica la ley de tasas por entender que resulta contraria al derecho de la Unión Europea. 13 de diciembre de 2012 Noticias Ley de Tasas Entiende que una tasa vinculada a la prestación de un servicio público, que "en cuantía puede llegar hasta 10.500 euros en el ámbito del recurso de suplicación, y cuyo incumplimiento lleva a la preclusión del acto jurisdiccional es un obstáculo contrario al Derecho a la tutela judicial efectiva y a un juez imparcial".