Suspendido

20 entradas

Se reanudan los plazos procesales, ¿qué dice exactamente el Real Decreto 537/2020?

25 de mayo de 2020 El sector legal PROCESALISTAS

El Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, que prorroga por quinta vez el estado de alarma, acuerda también alzar desde el 4 de junio la suspensión de los plazos procesales y de los plazos de prescripción y caducidad de derechos y acciones que estableció el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. Asimismo dispone la reanudación o, en su caso, el reinicio, a partir del 1 de junio, del cómputo de los plazos administrativos suspendidos.  

Los trabajadores de servicios esenciales podrán solicitar a su empresa un certificado que facilite los desplazamientos

31 de marzo de 2020 Noticias

La Orden SND/307/2020, 30 de marzo, aclara que podrán continuar desarrollando su actividad los trabajadores autónomos que presten servicios no suspendidos por la declaración del estado de alarma y los representantes sindicales y patronales. También aprueba un modelo de declaración responsable para facilitar los trayectos entre el lugar de residencia y de trabajo de los trabajadores por cuenta ajena que no deban acogerse al permiso retribuido recuperable.

Durante la vigencia del estado de alarma se suspende el plazo de caducidad de los asientos registrales

18 de marzo de 2020 El sector legal PLAZOS

Los trámites como recursos gubernativos, notificaciones de defectos, notificaciones del art 199 LH, etc., quedan suspendidos por tratarse de trámites administrativos. Lo mismo procede decir respecto de los trámites referidos al Registro Mercantil y de Bienes Muebles, si bien en el Decreto se ocupan de algunos de ellos referidos a la vida societaria. Los asientos registrales que se suspenden son aquellos que se pueden cancelar por el transcurso del tiempo. El cómputo de los plazos se reanudará cuando finalice el estado de alarma.  

El control médico empresarial de las ausencias por accidente o enfermedad no puede suponer un coste para el trabajador

Está claro que los trabajadores están obligados a someterse a los controles médicos, pero no por ello deben asumir desembolsos del transporte para acudir a las visitas médicas presenciales, porque ello quebraría el equilibrio del contrato de trabajo, que se encuentra suspendido como consecuencia de la situación de IT.