Swaps

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Hacer test conveniencia a clientes no exime a bancos de obligación informar productos complejos

19 de abril de 2018 Jurisprudencia

El Tribunal Supremo ha anulado cinco contratos de swaps contraídos con el Banco Santander por error en el consentimiento y condena a la entidad bancaria a reintegrar el saldo de las sumas percibidas durante su ejecución. Los contratos incluían una cláusula según la cual los clientes declaraban que habían sido informados por el banco de que la operación no era «conveniente ni adecuada» para ellos.

El TS inadmite un recurso conjunto contra 16 'swaps' por no superar ninguno los 600.000 euros

La demanda inicial acumuló las acciones correspondientes a 24 sociedades y dos personas físicas y en ella se pretendía la nulidad por vicios en el consentimiento de swaps suscritos con el Banco de Santander. El Supremo inadmite el recurso de casación porque aplica la regla general para determinar la cuantía del litigio: la acción de mayor valor y no la suma de la cuantía de cada acción. Además recuerda que las vías de la cuantía y la del interés casacional son excluyentes.

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