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"Hoy el cliente no pide una solución jurídica desde tu torre de marfil, sino una solución que tenga en cuenta el negocio"

28 de julio de 2017 Noticias LEGAL MANAGEMENT FORUM

Entrevistamos a Elisabeth de Nadal, socia de Cuatrecasas, está desarrollando tareas de gestión y dirección en la firma después de una larga etapa de ejercicio profesional. A su juicio, son tan importantes las habilidades técnicas como las relacionales en el desempeño de los abogados y está convencida de que para desarrollar el talento hay que crear espacios de libertad y personalizar las carreras profesionales.

Menoscaba la dignidad del trabajador encomendarle tareas marginales, como pasear y dar de comer al perro del encargado

La modificación de condiciones de trabajo establecida por la empresa, para encomendar al trabajador tareas vejatorias, como es no encargarle actividad alguna, o dar de comer y pasear al perro del encargado, además de la realización de otras tareas marginales, menoscaba la dignidad del trabajador y justifica la resolución del contrato de trabajo ex art. 50.1 a) ET.

Las actividades docentes realizadas por los religiosos para los colegios de su congregación no constituyen relación laboral

19 de marzo de 2014 Jurisprudencia Contrato de trabajo

Las actividades docentes realizadas por los religiosos no son ajenas a sus compromisos como tales, pues su pertenencia a una comunidad religiosa, en uso de la libertad asociativa, implica la aceptación, además de los trabajos en beneficio de la comunidad, de aquellas otras tareas no genuinamente religiosas como la actividad docente.Dado que no se ha acreditado que la relación entre una religiosa y su congregación tuviese naturaleza laboral, el cese en la actividad docente tras abandonar la comunidad religiosa no se puede considerar despido.

Menoscaba la dignidad del trabajador encomendarle tareas marginales, como pasear y dar de comer al perro del encargado

La modificación de condiciones de trabajo establecida por la empresa, para encomendar al trabajador tareas vejatorias, como es no encargarle actividad alguna, o dar de comer y pasear al perro del encargado, además de la realización de otras tareas marginales, menoscaba la dignidad del trabajador y justifica la resolución del contrato de trabajo ex art. 50.1 a) ET.

Las actividades docentes realizadas por los religiosos para los colegios de su congregación no constituyen relación laboral

19 de marzo de 2014 Jurisprudencia Contrato de trabajo

Las actividades docentes realizadas por los religiosos no son ajenas a sus compromisos como tales, pues su pertenencia a una comunidad religiosa, en uso de la libertad asociativa, implica la aceptación, además de los trabajos en beneficio de la comunidad, de aquellas otras tareas no genuinamente religiosas como la actividad docente.Dado que no se ha acreditado que la relación entre una religiosa y su congregación tuviese naturaleza laboral, el cese en la actividad docente tras abandonar la comunidad religiosa no se puede considerar despido.

Menoscaba la dignidad del trabajador encomendarle tareas marginales, como pasear y dar de comer al perro del encargado

La modificación de condiciones de trabajo establecida por la empresa, para encomendar al trabajador tareas vejatorias, como es no encargarle actividad alguna, o dar de comer y pasear al perro del encargado, además de la realización de otras tareas marginales, menoscaba la dignidad del trabajador y justifica la resolución del contrato de trabajo ex art. 50.1 a) ET.

Las actividades docentes realizadas por los religiosos para los colegios de su congregación no constituyen relación laboral

19 de marzo de 2014 Jurisprudencia Contrato de trabajo

Las actividades docentes realizadas por los religiosos no son ajenas a sus compromisos como tales, pues su pertenencia a una comunidad religiosa, en uso de la libertad asociativa, implica la aceptación, además de los trabajos en beneficio de la comunidad, de aquellas otras tareas no genuinamente religiosas como la actividad docente.Dado que no se ha acreditado que la relación entre una religiosa y su congregación tuviese naturaleza laboral, el cese en la actividad docente tras abandonar la comunidad religiosa no se puede considerar despido.

Private Finance Initiative en el ordenamiento jurídico español: tres modelos asociativos de contratación pública

La implementación práctica de los contenidos de la Tercera Vía1 en el Reino Unido dieron lugar a la aparición de nuevos vínculos entre la Administración Pública y la iniciativa privada que se denominaron Public-Private Partnerships (PPP) o Asociaciones Público-Privadas (APP). Las relaciones surgidas de esta unión compartían una filosofía en la que cada agente, público y privado, participaba en los proyectos llevando a cabo aquellas tareas para las que cada uno contaba con una ventaja comparativa mayor.

El personal eventual: Análisis jurisprudencial. Naturaleza Jurídica y Normativa (II)

Algunos autores, no sin razón, estiman que el personal eventual es un híbrido entre el empleado (funcionario o laboral) y el político. Es como un político que asume tareas laborales o un trabajador que es libremente elegido por el político que está en la cúspide del poder (Amparo Honicks Frasquet). Para estos autores se confunden en la figura del “personal eventual” las funciones de empleado público y las de político.