Terceros

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Presentado un Código de Conducta sobre protección de datos personales de empresas de servicios en la nube

28 de septiembre de 2016 Noticias Protección de datos

En virtud del mismo, las empresas se comprometen a no recoger ni extraer datos o hacer perfiles de los datos de sus clientes --vendedores de Software, integradores de sistemas, industrias de manufactura y servicios como aplicaciones o redes sociales, Administraciones y ONGs-- para comercializarlos, publicidad o actividades de marketing o similares en beneficio propio ni revenderlos a terceros.

Partícipe por título lucrativo

11 de febrero de 2015 Artículos doctrinales

Los arts. 109 y 116 del Código Penal obligan al responsable criminalmente a responder de las consecuencias civiles del delito o falta. El Código Penal también contempla la responsabilidad civil de terceros que no han participado en el ilícito penal, entre ellos quien por título lucrativo hubiere participado de los efectos de un delito o falta, responsabilidad que requiere determinar el fundamento de su responsabilidad y sus requisitos, sin olvidar que se trata de responsabilidad civil y no penal.

Consecuencias del impago de la prima del seguro obligatorio de responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor respecto de terceros perjudicados. STS, Sala Civil, 10 septiembre 2015

En este artículo se analizará la doctrina recientemente fijada por el Tribunal Supremo respecto de las consecuencias del impago de la primera o única prima del seguro obligatorio de responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor.

TS: Solo cabe una decisión arbitral sobre descuelgue de un convenio colectivo si previamente ha fracasado la negociación colectiva

El TS confirma la nulidad de la decisión arbitral dictada por la CCNCC en el descuelgue instado por Air Europa respecto del II Convenio para Tripulantes de Cabina y declara que, en el procedimiento de inaplicación de convenios, sólo es posible instar el pronunciamiento de terceros cuando ha fracasado una negociación colectiva verdadera.

El impago de la prima no libera a la aseguradora de su obligación de indemnizar, hasta que no comunique al cliente la baja del contrato

El TS señala en una reciente sentencia en la que fija doctrina, que la falta de pago de la primera prima antes de la ocurrencia del siniestro no produce el efecto “ope legis” de liberar al asegurador de su obligación de indemnizar. Frente a terceros, es necesario acreditar, además, la comunicación recepticia dirigida al tomador del seguro declarando resuelto y sin efecto alguno el contrato.

La responsabilidad por la información facilitada por los acreedores anteriores y preferentes en el marco de la ejecución

Dentro del ámbito de la ejecución, el acreedor anterior y preferente, que tiene inscrito o anotado su crédito en el Registro de la Propiedad, puede verse compelido por el Juzgado, para que manifieste el importe real de su crédito en ese momento. Dicha declaración implica una responsabilidad del acreedor que hace esa manifestación, en cuanto que puede afectar tanto al propio acreedor, como al ejecutante o a terceros que participen en la subasta.

Condenados los responsables de Youkioske a seis años de prisión

La Sala de lo Penal de la AN ha dictado sentencia, de fecha 5 de marzo de 2015, por la que condena a los administradores de YouKioske por los delitos contra la propiedad intelectual y delito de promoción y constitución de una organización criminal. Aplica el tipo agravado del delito contra la propiedad intelectual, por considerar que hay publicidad, lucro, conciencia de ajenidad y perjuicio a terceros.

El Tribunal Supremo rechaza apelación de terceros por no ser consumidores ni concurrir rasgos de usura

La Sentencia dictada por esta Sala el día 18 de junio de 2012 desestima el recurso de casación en el que, con solicitud de revocación de la Sentencia dictada en apelación, se pretendía la nulidad de un contrato de préstamo por ser contrario a la Ley de represión de la usura o, subsidiariamente, la nulidad de una de sus cláusulas –la tercera- por ser contraria al apartado 1.a) y 2 del artículo 10 de la Ley 26/1984, de 19 de julio General para la defensa de los consumidores y usuarios. La Sentencia de apelación desestimó el recurso de los prestatarios en atención a que no reunían la condición de consumidores y al carácter negociado de las cláusulas contractuales. Rechazó igualmente el pretendido carácter usurario del préstamo por no concurrir los presupuestos para la aplicación de la Ley de represión de la usura.

Un vendedor de viajes aéreos no puede incluir por defecto un seguro de anulación de vuelo en la venta de billetes de avión a través de Internet

05 de septiembre de 2012 Jurisprudencia Seguro de anulación

Una asociación alemana de protección de los consumidores demandó a una sociedad que gestiona un portal de Internet a través del cual comercializa viajes aéreos, ante los tribunales alemanes para que abandonara la práctica consistente en incluir por defecto un seguro de anulación en la tarifa aérea. En este contexto, el Oberlandesgericht Köln (Tribunal de apelación de Colonia) preguntó al Tribunal de Justicia si los precios de esos servicios prestados por terceros, facturados al cliente por la sociedad que vende el vuelo junto a la tarifa aérea, en forma de un precio global, constituyen «suplementos opcionales de precio», de manera que los servicios controvertidos deban proponerse sobre una base de opción de inclusión.

La «Directiva retorno» se opone a una normativa nacional que impone una pena de prisión a un nacional de un tercer país en situación irregular en el curso del procedimiento de retorno

09 de diciembre de 2011 Jurisprudencia DIRECTIVA RETORNO

Dicha Directiva no se opone a que se impongan sanciones penales, con arreglo a las normas nacionales y respetando los derechos fundamentales, a nacionales de terceros países a los que se aplique dicho procedimiento y que se encuentren en situación irregular sin que exista un motivo justificado para el no retorno.

El Tribunal Supremo rechaza apelación de terceros por no ser consumidores ni concurrir rasgos de usura

La Sentencia dictada por esta Sala el día 18 de junio de 2012 desestima el recurso de casación en el que, con solicitud de revocación de la Sentencia dictada en apelación, se pretendía la nulidad de un contrato de préstamo por ser contrario a la Ley de represión de la usura o, subsidiariamente, la nulidad de una de sus cláusulas –la tercera- por ser contraria al apartado 1.a) y 2 del artículo 10 de la Ley 26/1984, de 19 de julio General para la defensa de los consumidores y usuarios. La Sentencia de apelación desestimó el recurso de los prestatarios en atención a que no reunían la condición de consumidores y al carácter negociado de las cláusulas contractuales. Rechazó igualmente el pretendido carácter usurario del préstamo por no concurrir los presupuestos para la aplicación de la Ley de represión de la usura.