Trienios

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El personal eventual de la Administración tiene derecho a la percepción de trienios

Según el TJUE, la normativa europea se opone a una normativa nacional, como es la Ley 7/2007, por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, que excluye, sin justificación alguna por razones objetivas, al personal eventual del derecho a percibir los trienios que se conceden, entre otros, a los funcionarios de carrera, siempre que ambas categorías de trabajadores se hallen en situaciones comparables en relación con la percepción de dicho complemento salarial.

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