Viviendas

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14.000 euros por soportar los decibelios de los conciertos en directo del pub de su edificio

26 de mayo de 2017 Jurisprudencia RUIDO

El tema del ruido, soportado todos los días (y noches) por sufridos vecinos cuyas viviendas son contiguas a locales de ocio, ha sido y parece que seguirá siendo, objeto de múltiples litigios. En esta ocasión ha sido la Audiencia Provincial de Alicante, en sentencia de 8 de febrero de 2017, quien da la razón a una mujer víctima de los ruidos emitidos por un local-pub situado en el edificio donde se ubicaba su vivienda.

El Supremo confirma que ingenieros e ingenieros técnicos pueden realizar Informes de Evaluación de Edificios

La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso del Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España referente a la certificación energética de viviendas, de forma que da la razón a los ingenieros técnicos e ingenieros sobre su capacidad legal para realizar Informes de Evaluación de Edificios.

La sociedad gestora de una cooperativa de viviendas está obligada a devolver a su costa las cantidades percibidas y no aseguradas

Dado que las juntas rectoras de las cooperativas de viviendas o las gestoras de comunidades son responsables de la constitución de aval o seguro en garantía de las cantidades entregadas a cuenta, el incumplimiento de esa de esa obligación faculta al cooperativista a desvincularse de la misma y recuperar dichas cantidades de la gestora.

Los bancos deben responder de las cantidades entregadas por los compradores de vivienda que no hayan sido ingresadas en una cuenta especial ni avaladas por el promotor

El TS fija como doctrina jurisprudencial que: «En las compraventas de viviendas regidas por la Ley 57/1968 las entidades de crédito que admitan ingresos de los compradores en una cuenta del promotor sin exigir la apertura de una cuenta especial y la correspondiente garantía responderán frente a los compradores por el total de las cantidades anticipadas por los compradores e ingresadas en la cuenta o cuentas que el promotor tenga abiertas en dicha entidad».

La cobertura del seguro por cantidades anticipadas al constructor se mantiene aunque este no haya entregado al comprador su certificado individual

El TS declara que es posible entender directamente cubierto el riesgo del asegurado, en los casos de suscripción de pólizas colectivas para el aseguramiento de las cantidades entregadas a cuenta en la construcción de viviendas, a pesar de la omisión de un certificado individual por culpa del promotor.

Crisis económica y la moderna configuración jurisprudencial de la cláusula rebus sic stantibus

Las dificultades que la crisis económica está ocasionando en el cumplimiento de determinados negocios jurídicos concluidos en un contexto de bonanza, provocan que en la actual coyuntura su exacto cumplimiento se esté convirtiendo en una pesada e incluso inasumible carga, especialmente en el caso de los compradores de viviendas con problemas de acceso a la financiación, entre otros motivos por la propia depreciación del inmueble. La nueva concepción jurisprudencial de la cláusula rebus sic stantibus viene de la mano de la necesidad de dar respuesta a estas situaciones.

La cláusula “rebus sic stantibus”. A colación de la STS 333/2014, de 30 de junio

15 de abril de 2015 Artículos doctrinales

Con ocasión de la grave crisis económica y financiera que ha atravesado nuestro país, se han multiplicado demandas ante los Tribunales de Justicia reclamando una solución ante los grandes y desorbitados desequilibrios creados entre los compradores de viviendas y las promotoras, sobre todo desde el punto de vista obligacional, alegando la denominada cláusula “rebus sic stantibus”.

Absuelta la acusada que facilitó el acceso de la señal de «Digital+» que tenía contratada, a todas las viviendas de su Comunidad de Propietarios

27 de noviembre de 2014 Jurisprudencia Delitos contra el mercado

La colocación de un potenciador de señal del descodificador de Digital+ en la antena colectiva de un edificio de propietarios, empleando un sistema de cableado, antena y amplificadores de señal no prohibidos en el ámbito de la Unión Europea, determina la atipicidad de la conducta en relación con el delito contra el mercado y los consumidores del art. 286.3 CP.

Los sistemas de videovigilancia de viviendas particulares, que graban también la vía pública, están sometidos a la normativa sobre protección de datos

12 de diciembre de 2014 Noticias Protección de datos

Según el TJUE,  la utilización de un sistema de videovigilancia en la vivienda familiar de una persona física, con el fin de proteger los bienes, la salud y la vida de los propietarios de la vivienda, y cuya vigilancia cubre también el espacio de la vía pública, está incluido dentro del ámbito del tratamiento automatizado de datos personales, pues no puede considerarse como una actividad exclusivamente personal o doméstica excepcionada del mismo.